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Cuestiones globales y casos

La lucha del pueblo maya por el territorio y los recursos bioculturales

Maya Lorena Pérez Ruiz

Résumés

México ejemplifica las dificultades asociadas a las políticas de reconocimiento de la diversidad cultural. Bajo la presión de los movimientos sociales ha transitado de establecer políticas nacionales de integración, monoculturales, a políticas interculturales y de reconocimiento de derechos. Existe ahora un escenario complejo en el que si bien se han reconocido importantes derechos para la población indígena también se ha reformado el Estado para despojarla de sus recursos, según el modelo económico neoliberal vigente. Un caso paradigmático de un pueblo que lucha por resistirse al despojo de su territorio y sus recursos bioculturales es el maya de Yucatán que hoy enfrenta una amplia gama de luchas. Una de las más significativas es la de los apicultores que se han opuesto al gobierno mexicano y a la empresa transnacional MONSANTO en contra de la siembra de soya genéticamente modificada. Hasta ahora los apicultores mayas han logrado detenerlos.

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Texte intégral

Las paradojas de las políticas de reconocimiento en el estado neoliberal mexicano

1En la actualidad México en un país diverso en lo cultural, pero desigual en lo social y económico. En nuestro territorio se hablan alrededor de 66 lenguas indígenas (más sus variaciones dialectales) y más de diez millones de personas hablan una lengua indígena; en tanto que más de 24 millones se auto-reconocen indígenas, es decir el 21.5% de la población nacional. A pesar de la riqueza cultural que la población indígena le aporta a nuestro país, siete de cada 10 indígenas viven en la pobreza (INEGI, 2016). Situación que genera fuertes tensiones sociales y culturales.

  • 1 En él se señala que México tiene una composición pluricultural sustentada originalmente en sus pueb (...)

2La lucha por el reconocimiento de los derechos de los pueblos indígenas en nuestro país ha sido larga y se ha desarrollado en interacción directa con las políticas estatales y la fuerza de los movimientos sociales. Así, en el siglo XX, bajo diversas movilizaciones, los pueblos indígenas lucharon frente a la imposición de la educación pública que los obligaba a castellanizarse, a dejar sus lenguas propias y a abandonar sus culturas e identidades propias; logrando que se modificaran las políticas de integración y castellanización hacia otras biculturales y plurilingües. Un nuevo impulso cobraron los movimientos indígenas ante la proximidad del año 1992 en oposición a los festejos por los 500 años del llamado “Descubrimiento de América”. Las demandas indígenas ya no fueron sólo por su derecho a mantener su identidad y cultura, sino que exigen autonomía. En ese marco de conflicto, en enero de 1992 se reformó el artículo 4º de la Constitución para reconocer por primera vez a los indígenas como integrantes del Estado mexicano1. Sin embargo, en ese mismo año se reformó el artículo 27º constitucional que otorgaba el derecho de los campesinos a la tierra y protegía a los ejidos y comunidades indígenas para liberalizar el mercado de tierras y posibilitar la entrada de los capitales privados para la explotación del subsuelo y los recursos hídricos y mineros en todo el territorio nacional. Con este paso el Estado mexicano dejó abiertamente su rostro nacionalista, social y regulador, para asumir abiertamente su perfil neoliberal.

3Un par de años después, en enero de 1994, cuando entraba en vigor el tratado de libre comercio con Canadá y Estados Unidos, emergió el levantamiento armado del Ejército Zapatista de Liberación Nacional (EZLN) que se declaró en contra del gobierno mexicano, al oponerse al modelo neoliberal mexicano y a la reforma del artículo 27º y se alió con el movimiento indígena nacional en torno a la demanda de la autonomía indígena. La respuesta gubernamental a la declaración de guerra del EZLN fue primero militar, pero casi de inmediato se articuló en una estrategia de largo plazo para reprimirlo y debilitarlo. En medio de los diálogos para negociar la paz, el gobierno federal construyó un cerco múltiple para encapsular territorialmente a los zapatistas, quitarles bases sociales de apoyo, alejarlos y confrontarlos de los partidos políticos y organizaciones de izquierda que los apoyaban, y sobre todo para encausar la demanda zapatistas hacia vías legales como la reforma del Estado y para, por ese camino, apropiarse y oficializar muchas de sus demandas (Pérez Ruiz, 2005).

  • 2 Se adicionó un segundo y tercer párrafos al artículo 1º, se reformó su artículo 2º, se derogó el pá (...)

4Luego de un complejo proceso de negociación y confrontación entre EZLN y el gobierno federal, en el que influyeron además instancias de mediación y partidos políticos, se lograron los Acuerdos de San Andrés en 1996 para reconocer el derecho de autonomía de los indígenas. Sin embargo, las negociaciones entre el EZLN y el gobierno federal se interrumpieron en 1997 y en el año 2001, con el descontento formal del EZLN, los legisladores mexicanos aprobaron una nueva reforma constitucional para reconocer el derecho a la autonomía de los indígenas. Dicha autonomía, sin embargo, no reconoce la autonomía territorial ni la pluralidad jurídica y concibe a los indígenas como “sujetos de interés público” y no como “sujetos de derecho”, lo que ha limitado el ejercicio pleno de su autonomía dentro del Estado nacional (Pérez Ruiz, 2005)2. En este contexto nuevamente se actualizaron las instituciones y políticas del Estado. Así, bajo la lógica de por un lado reconocer derechos y por el otro impulsar el desarrollo neoliberal que los contradice o limita, en julio de 2003 entró en vigor el decreto por el que se expidió la Ley de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas que abrogó la Ley de creación del Instituto Nacional Indigenista. Ese mismo año se decretó la Ley General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas y se creó el Instituto Nacional de Lenguas Indígenas (INALI). Además que desde entonces se implementaron diversos programas de acción afirmativa de la diferencia cultural en diversas universidades, como la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), entre otras. De forma significativa cobró nuevos impulsos la interculturalidad en la educación básica y se crearon universidades indígenas e interculturales en los estados de Chiapas, Guerrero, Hidalgo, Michoacán, Nayarit, Puebla, Quintana Roo, San Luis Potosí, Tabasco y Veracruz. Paralelamente a lo anterior, México firmó convenios a nivel internacional a favor de los pueblos indígenas y la diversidad cultural. Destacan entre ellos el Convenio 169 sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes, aprobado por la Organización Internacional del Trabajo (OIT) en junio de 1989, y por la Cámara de Senadores en México el 11 de julio de 1990; la Convención sobre la protección y promoción de la diversidad de las expresiones culturales, firmada en el seno de la UNESCO en octubre de 2005 y ratificada por México en 2006; y la Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas aprobada por la Asamblea General de la ONU en septiembre de 2007.

  • 3 Se aprobó en la Cámara de Senadores y falta por ratificarse en la Cámara de Diputados.

5En la actualidad en México se promueve la diversidad cultural, pero sucede en medio de reformas estructurales y políticas nacionales que impulsan un modelo de sociedad sujeto al predominio de los capitales privados, muchos de corte extractivista, proclives al despojo y explotación desmedida de los recursos naturales y la diversidad biocultural, y que además uniformizan formas de vida, de producción y consumo, acentúan la pobreza y la polarización social. Así, desde que en 1982 comenzó lo que se llamó la reforma, modernización o adelgazamiento del Estado, en una alianza entre el Poder ejecutivo, el Poder legislativo y el Poder Judicial se han efectuado las siguientes reformas, tendentes a eliminar regulaciones y a privilegiar la participación de capitales privados en áreas sustantivas para el país: Religiosa (1991-1993), Agraria (1992); Minera (1992); Comercial-TLC (1994); Política (1997); Indigenista (2003); Energética (2013); Telecomunicaciones (2013); Educativa (2013), y la Cultural (2017), que apuntan a que el patrimonio cultural de México y de los pueblos indígenas sea usado en beneficio del turismo y las industrias culturales. Y la Ley General de Biodiversidad (2017)3 que según los especialistas no restringe expresamente la explotación de minas e hidrocarburos en las áreas naturales protegidas y mercantiliza especies y conocimientos ancestrales en territorios indígenas. Quedan por legislarse la Ley de agua y la Ley forestal.

6En este complejo escenario, se presenta una de las paradojas más dolorosas de la realidad mexicana: desde la formación de la nación mexicana nunca los indígenas habían tenido tantos derechos y nunca habían sufrido un embate tan fuerte para despojarlos de sus recursos. Después de la reforma del artículo 27º constitucional y de que la ley de minas se publicó ese mismo 1992 para declarar la minería como de prioridad nacional, bajo presiones de todo tipo, grandes extensiones de sus territorios están siendo concesionados a empresas mineras extranjeras. Y algo similar sucede con las empresas de nacionalidades diversas que ganan concesiones para la extracción de petróleo y el manejo de la energía eólica y solar. Ello se suma la biopiratería, fomentada por universidades y laboratorios que patentan su herbolaria con sus usos ancestrales para su beneficio privado; y a las acciones del narcotráfico que usan los territorios indígenas para la producción de mariguana y amapola, y que saquean sus bosques.

7Para enfrentar lo anterior, los pueblos indígenas emplean todos los recursos institucionales y del derecho para defenderse. Sin embargo, las políticas de reconocimiento parecen insuficientes para enfrentar las reformas estructurales y las políticas culturales, ante lo cual los indígenas resisten y continúan movilizándose. Forman organizaciones que litigan en contra de las decisiones gubernamentales, emplean controversias constitucionales para revertir leyes y decretos, organizan policías comunitarias, se oponen a las compañías mineras, luchan en contra de la construcción de presas, se oponen a la siembra de transgénicos que contaminan sus semillas de maíz, de frijol, su miel, sus ríos; y, en suma, luchan por recuperar el control de sus territorios, en contra del despojo de sus expresiones culturales y por asumir el derecho de decidir sobre su devenir como pueblos.

La siembra de transgénicos en México

  • 4 México es el segundo proveedor de miel para Unión Europea, al exportar 26 mil toneladas, con un val (...)

8Las primeras autorizaciones para la siembra de organismo genéticamente modificados (OGM) se iniciaron en México en 1988, con la aprobación de la solicitud de la empresa Sinalopasta (propiedad de la empresa estadounidense Cambell’s) para establecer sitios de ensayo para la siembra de tomate. Entre 1988 y 2004 se otorgaron 317 permisos a 38 empresas y 3 institutos de investigación en 17 estados del país, con una superficie de 667,510 hectáreas. Desde 2005 hasta agosto de 2017 las solicitudes de liberación de siembra de transgénicos, ante la Comisión Intersecretarial de Bioseguridad de los Organismos Genéticamente Modificados (CIBIOGEM) aumentaron a 853, para establecer 356 sitios más, en una superficie que asciende a 15.4 millones de hectáreas, para 9 cultivos distintos, de los cuales el algodón y la soya ocupan los primeros lugares. De esas solicitudes 379 fueron presentadas por MONSANTO y Bayer, empresas que desde 2016 están en proceso de fusión. Dow AgroScience, PHI-Pioneer y Syngenta, son otro bloque importante (Vásquez Sandoval, 2017). Del total de las 853 solicitudes mencionadas, 327 corresponden a solicitudes para la siembra de maíz transgénico y el 70% de ellas han sido presentado MONSANTO y Pioneer (Vásquez Sandoval, 2017). Hasta ahora, debido a la protesta social por las consecuencias que acarreará ello en México como Centro de origen y Centro de Domesticación del maíz, no se han otorgado esos permisos para la liberación de su siembra transgénica. MONSANTO pretendía lograr un amparo contra los 26 juicios que se han promovido desde 2013 en contra suya y de Dow, Pionner y Dupont, con los que se ha podido impedir los cultivos de maíz transgénico. Sin embargo, en 2017 un juzgado federal prohibió la emisión de autorizaciones para las siembras de maíz transgénico mientras se resuelva el fondo de la demanda colectiva (Enciso y Arellano, 2017). En cambio, sí se ha autorizado la siembra de algodón y soya transgénica en 5.77 millones de hectáreas. Así, entre 2005 y 2014, MONSANTO, PHI-Pioneer y Bayer consiguieron 43 permisos para sembrar soya transgénica en Tamaulipas, Jalisco, Nayarit, San Luis Potosí, Veracruz, Chiapas, Quintana Roo Campeche y Yucatán (Vásquez Sandoval, 2017). Las cuatro últimas entidades con fuerte población de origen maya, tres de ellas en la Península de Yucatán son productoras importantes de miel para exportación4. A partir del cultivo masivo de la soya transgénica las comunidades mayas han denunciado el despojo de tierras, la tala de bosques, la pérdida de biodiversidad y la aparición de nuevas enfermedades, relacionadas con la contaminación del aire, la tierra y los mantos freáticos y acuíferos subterráneos (Vásquez Sandoval, 2017). A lo que se suman las quejas por la contaminación de la miel.

La siembra de soya transgénica en tierras mayas y la contaminación de la miel

  • 5 En 2013 un estudio de Amigos de la Tierra encontró glifosato en la orina del 45% de los ciudadanos (...)

9La soya transgénica está asociada al empleo intensivo de agroquímicos, sobre todo con el herbicida a base de glifosato, que con el nombre comercial de Roundup producido también por MONSANTO, se emplea con su siembra. Sobre esta substancia la Organización Mundial de la Salud (OMS) señaló en 2015, que tiene relación con el desarrollo del cáncer en seres humanos. Tal resultado se obtuvo investigaciones realizadas entre agricultores de Estados Unidos, Canadá y Suecia, así como en Argentina, Brasil, Bolivia, Paraguay y Uruguay (Ribeiro, 2015)5, lo que ha desatado fuertes movimientos de oposición a su uso incluso en áreas públicas y privadas en ciudades de varios países.

10El permiso para la siembra comercial de este transgénico, patentado por MONSANTO lo otorgó en 2012 la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (Sagarpa), con el aval de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), para los estados de Campeche, Quintana Roo y Yucatán, Chiapas, San Luis Potosí, Veracruz y Tamaulipas. Ello a pesar de las opiniones en contra de sus órganos técnicos, como el Instituto Nacional de Ecología (INE), la Comisión Nacional para el Conocimiento y Uso de la Biodiversidad (Conabio), la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas (Conanp) y el Instituto Nacional de Ecología y Cambio Climático (Inecc) que señalaron las afectaciones ambientales y los posibles riesgos para la biodiversidad mexicana que ello implicaría (Greenpeace, 2018; Agencia EFE, 23.11.2017).

  • 6 Ver su manejo informativo en la página del Comité Nacional Sistema Productos Oleaginosas: <http://w (...)
  • 7 Los menonitas, como grupo religioso pacifista de los anabaptistas, se originó en Suiza en 1525 dura (...)
  • 8 Están en esa lista: los agroproductores Alfonso Romo Garza (asesor de López Obrador, Presidente ele (...)

11La siembra de soya transgénica en tierras mayas ha sido producto de la convergencia de por al menos tres tipos de actores. Por una parte se encuentra la Sagarpa, órgano ejecutivo del gobierno mexicano, que impulsó entre los campesinos el programa Pro Oleaginosas6, que incluyó la siembra de soya genéticamente modificada, otorgando un subsidio de 1,500 pesos por tonelada producida, además de garantizar el abasto de semillas. Dicho interés se fundamenta en que la demanda nacional de soya en México es de 5 millones de toneladas caña año para producir alimentos balanceados, de los cuales se importa el 90 por ciento. Por otro lado están los menonitas7, provenientes de los estados de Chihuahua, Tamaulipas, Zacatecas y Durango, en el norte de México, que desde hace treinta años se han ido asentando en Campeche, en los municipios de Hopelchén y Hacelchakán, y en Quintana Roo en el municipio de Bacalar. Y que han encontrado en la combinación de la siembra maíz (en invierno) y de soya (en verano) una forma de adaptarse a las condiciones climáticas de la Península de Yucatán. Y por otro lado más, está el conjunto de empresarios agroindustriales y de exportadores que ven en la soya un insumo fundamental para alimentar a los cerdos cuya carne se exporta a China, Japón, Hong Kong y Corea del Sur, así como para producir aceites y alimentos balanceados8.

12Lo anterior ha dado como resultado la siembra de grandes extensiones de soya transgénica en el sur de Campeche, en el nororiente de Yucatán, así como en una región cercana a la Laguna de Bacalar en Quinta Roo. Así en el último ciclo agrícola de 2017 en la Península de Yucatán se cosecharon 120,000 toneladas de soya transgénica con la proyección de que la producción aumentase hasta 170,000 hectáreas anuales (Martínez, 2018).

  • 9 En 2018 Greenpeace dio a conocer un informe que demuestra, mediante investigación directa, la exist (...)

13La falta de controles efectivos sobre la siembra de soya transgénica generó una expansión más allá de las áreas aprobadas, con la consecuente contaminación de los recursos hídricos por los agroquímicos empleados (a causa de la gran permeabilidad de los suelos calcáreos de la Península), así como de la flora que alimenta a las abejas productoras de miel. En 2011 la Unión Europea, rechazó la compra de varios contenedores con miel proveniente de la Península de Yucatán por estar contaminada con polen transgénico lo que evidenció un problema de contaminación. Ante lo cual, los campesinos mayas que la producen y las asociaciones de apicultores que la acopian y venden iniciaron la defensa legal en contra del cultivo de soya transgénica9.

14En esta lucha por detener y hasta prohibir la siembra de soya transgénica en la Península de Yucatán, los apicultores afectados de las diversas regiones interpusieron varios amparos judiciales en contra de la autorización emitida en 2012 por la Sagarpa para que pudieran sembrarse comercialmente la soya transgénica. A los cuales, a su vez, respondieron MONSANTO, la Senasica y el Ministerio Público Federal con recursos de revisión para tratar de revocarlos. Igualmente, Greenpeace estableció denuncias por la siembra ilegal de ese tipo de soya ante la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA), así como por los ilícitos que en materia de bioseguridad significa este tipo de semilla ante la Unidad Especializada en Investigación de Delitos contra el Ambiente y previstos en Leyes Especiales de la Procuraduría General de la República (PGR) (Greenpeace, 2018).

  • 10 En Quintana Roo el amparo lo interpusieron los apicultores de los ejidos La Buena Fe, Nuevo Jerusal (...)

15En este escenario los actores con intereses distintos se han alineado a favor de uno u otro bando. En torno a los apicultores han surgido o se ha agrupado organizaciones de productores y exportadores de miel, como el Colectivo Apícola de los Chenes, organizaciones campesinas, la Unión Nacional de Organizaciones Regionales Campesinas Autónomas (UNORCA-Yucatán); organizaciones no gubernamentales, como Indignación-Promoción y defensa de los derechos humanos; Fundar-Centro de análisis e Investigación; Educación, Cultura y Ecología (EDUCE); Centro Mexicano de Derecho Ambiental (CEMDA), Greenpeace y la Unión de Científicos Comprometidos, así como universitarios, investigadores y activistas que defienden los derechos humanos, culturales y territoriales del pueblo maya, como la Asamblea de Afectados Ambientales. Varios de ellos agrupados en el Colectivo Ma’OGM, que en maya significa “No a los Organismos Genéticamente Modificados”, y en la Misión de Observación de la Consulta del Pueblo Maya (Torres-Mazuera, 2018); así como en el Consejo Regional Maya del Poniente de Bacalar10. A ellos se suman los funcionarios del orden federal y estatal preocupados por la pérdida de la biodiversidad y los procesos de contaminación de suelos, aire y agua.

16Del otro lado, están los productores de soya, los que rentan o venden tierras para esos fines, quienes comercializan la semilla, así como las empresas y los empresarios que se benefician de la compra-venta de semillas e insumos producidos por MONSANTO, y de la soya misma que se emplea para la alimentación de ganado y para la elaboración de alimentos humanos procesados; quienes cuentan, además, con el apoyo de investigadores de centros de innovación científica y tecnológica nacionales y de varias entidades federativas, así como de instituciones gubernamentales de fomento agropecuario e industrial como la Sagarpa e incluso de la Semarnat.

17En los procesos judiciales, mediante los cuales los apicultores se han opuesto, han intervenido la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA), la Unidad Especializada en Investigación de Delitos contra el Ambiente y previstos en Leyes Especiales de la Procuraduría General de la República (PGR), y el Servicio Nacional de Sanidad Inocuidad y Calidad agroalimentaria (Senasica), la Comisión Intersecretarial de Bioseguridad de los Organismos Genéticamente Modificados (CIBIOGEM) y la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas (CDI), la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), así como jueces distritales, hasta que los litigios alcanzaron a la Suprema Corte de Justicia de la Nación y a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. Además que han intervenido el Presidente de la República y otros funcionarios de alto nivel. Sobre esto último, llama la atención el decreto del gobernador del estado de Yucatán, Rolando Zapata Bello, que el 26 de octubre de 2016 declaró a su entidad libre de transgénicos. En él reconoce que la milpa maya maneja y cuida la biodiversidad y la agrobiodiversidad, por lo que más de 45,000 familias dependen de ese sistema agroforestal. Además que se opone al permiso otorgado para que en más de 2 millones de hectáreas en Yucatán, Campeche y Quintana se siembren organismos genéticamente modificados, incluso en áreas de conservación, como en la Reserva Estatal Biocultural del Puuc y la Reserva de la Biosfera de Río Lagartos (Zapata Bello, 2016). Ante ello, en el mes de diciembre de ese año el presidente de la República, Enrique Peña Nieto, solicitó ante la Suprema Corte que vetara tal decreto. En su controversia constitucional considera que una declaratoria de ese tipo le compete únicamente al poder federal, específicamente a la Sagarpa (Llañez Salazar, 2017; De Ita, 2016).

18Como parte de este complejo proceso de litigios, en noviembre de 2015 la Suprema Corte de Justicia de la Nación suspendió la fase comercial de la soya genéticamente modificada bajo el argumento de que los campesinos de origen maya no habían sido consultados. Lo que significa que la suspensión es temporal y no definitiva, además que no contempla los daños medioambientales que causa la siembra de transgénicos, tanto por el empleo del Glifosato como por la afectación de la alta biodiversidad que existe en esta región (Calderón, 2015), no suprime la legislación que lo permite. Y en septiembre de 2017, el Senasica órgano desconcentrado de la Sagarpa, revocó el permiso que le otorgó en 2012 a MONSANTO para producir comercialmente soya transgénica, por su manejo no confiable y la falta de certeza en que sus controles sean efectivos, generando daños irreversibles. En tanto, y pese a la suspensión, de forma ilegal la soya transgénica continúa sembrándose sin ningún control (Greenpeace, 2018).

El sustento cultural de los campesinos mayas y de la producción de miel

19La apicultura es una actividad productiva que en la Península de Yucatán se practica desde tiempos prehispánicos, con la “abejita que no pica” Melipona, como parte de lo que ahora se llama la milpa maya: una estrategia de manejo de la selva que tiene como eje la producción de una gran diversidad de maíces, con cualidades y temporalidades diferentes, como medida de adaptación a los tipos de vegetación, a las variaciones climáticas y a las calidades de los suelos peninsulares. Se caracteriza por el manejo de la diversidad tanto medioambiental como de los germoplasmas que los campesinos mayas han creado a lo largo del tiempo, por lo que comprende una gran cantidad de sistemas de producción y de formas tecnológicas para usufructuar el territorio y aprovechar la diversidad de recursos que brinda la selva. Se inscribe en un complejo cultural de origen mesoamericano que en Yucatán expresa la cosmovisión de la población campesina de origen maya y que comprende complejas formas de organización social, en las que predominan las relaciones familiares y de parentesco que le imprimen a la tierra un valor simbólico de identidad y pertenencia, auto concibiéndose milenariamente como “la gente de maíz”. El eje productivo de la milpa, por tanto, es la siembra de diversas variedades de maíz, frijol y calabaza que se articula con otras actividades, por ejemplo, con la producción de frutales, la siembra de hortalizas, la producción de ganado de solar y la apicultura que, junto a la recolección de leña, plantas silvestres y fauna silvestre, es una manera que permite aprovechar las áreas de selva y donde la vegetación se recupera luego de la siembra de maíz. Los campesinos mayas han mostrado gran capacidad para adaptar la milpa a la diversidad medio ambiental regional y micro regional, así como también a la diversidad de situaciones históricas vividas a lo largo de su historia, lo cual se corrobora con las luchas de los milperos para conservar a lo largo del tiempo esta estrategia de manejo medioambiental como una forma de vida arraigada en su cultura, en la que durante siglos, además, han combinado la producción para el autoconsumo con la producción para la venta (Pérez Ruiz, 1983; 2018).

20En la actualidad persiste la meliponicultura para producir miel con la abeja melipona (Melipona beecheii), y la apicultura que se efectúa con la llamada abeja americana (Apis mellifera). Esta última, de origen europeo, se introdujo al estado de Yucatán en 1898 cuando se importó por primera vez de Estados Unidos la A. mellifera ligústica; sin embargo fue hasta entrado el siglo XX que se inició el cultivo de estas abejas en Quintana Roo y Campeche. Hoy esta apicultura se realiza con los híbridos producto de la cruza de la abeja (Apis mellifera) con la africana (Apis mellifera adansonni) fundamentalmente para la producción de miel polifloral (Ayala R., 2001).

21Como pasa con frecuencia con la introducción de una actividad económica nueva, que sucede por la adaptación o el declive de una anterior, el impulso de la apicultura se ha dado mediante complejos procesos en los que han intervenido varios actores con sus intereses también diversos. Sólo como ejemplo cabe decir que en el Estado de Yucatán este tipo de apicultura se promovió gubernamentalmente, entre 1931 y 1943, a través del Departamento de Agricultura y Fomento del Estado y de Fomento de Yucatán, con el fin de diversificar la producción luego del desplome de los precios en el mercado del henequén (Agave fourcroydes) (Castillo Calero, 2017). Pero que su impacto entre los campesinos es incomprensible sin atender a sus peculiaridades culturales así como al permanente proceso de domesticación de especies nativas, de apropiación y adaptación de especies que llegaron de otras regiones, así como mediante la actualización de sus conocimientos y tecnologías en interacción permanente con otros conocimientos, de diversos orígenes (Bonfil Batalla 1987). Así que según algunos testimonios la abeja americana llegó sola a las comunidades y fueron los campesinos mayas, con su capacidad de observación y experimentación, los que la adaptaron a sus sistemas productivos, dándole una importancia que ha variado con el tiempo:

La abeja americana vino sola, no ves que un señor compró la abeja en Estados Unidos y como es rico la instaló en la misma ciudad de Mérida. Pero las abejitas empiezan a pillar azúcar de las tiendas, de las flores de los jardines. Se multiplican y los comerciantes las queman con petróleo. Las abejas huyen y el señor se arruinó. Y así llegaron acá. En el cenote hay bastantes, se cuelgan los panales. Es 1920 creo, cuando Juan Nah fue el primero que las vio: se posaron en un árbol hueco, y ese mi primo (que es papá del actual) vio un extraño animal que pica, abrió el tronco y vio que está blanco. Y luego cuando tiene miel está amarillo y pensó quemarlo, pero alguien le dijo ‘esas abejas tienen reina’ y se pusieron a buscarla forrados todos hasta los pies por el miedo. Se las llevaron y las pusieron en una caja de jabón, del de antes que era de madera, y luego se hacen los cuadros como se puede (Clotilde Cob, Yaxcabá, en Pérez Ruiz, 1983).

  • 11 La Ley ganadera de 1971 en Yucatán, obligó a los poseedores de ganado bovino a cercar los espacios (...)

22Sin embargo, fue hasta 1971 que los campesinos hicieron de la apicultura una actividad importante económicamente, ante los cambios legislativos11 que los llevaron a vender su ganado bovino (fuente importante para obtener ingresos económicos) y a centrarse en la producción de miel para con su venta obtener el dinero que antes ganaban con la ganadería a pequeña escala.

23En la actualidad la apicultura sigue desarrollándose en toda la península principalmente entre los campesinos mayas que hacen milpa y su importancia económica se ha acentuado conforme los acopiadores y comercializadores han llevado la miel a mercados internacionales. De acuerdo al Consejo Nacional del Sistema Apícola, México exportó 55,000 toneladas de miel en 2017, colocándose como el tercer exportador a nivel mundial, hacia mercados de Europa, principalmente Francia y Alemania, y Medio Oriente, y de esa cantidad el 60% proviene de los Estados de Campeche, Yucatán y Quintana Roo (SIPSE, 2017).

24La producción de miel, sin embargo, ha descendido. Las causas algunos las encuentran en la deforestación que está provocando la intensificación de la agricultura en la Península; otros en el uso desmedido de pesticidas que acompañan no sólo la siembra de transgénicos, sino también la producción de hortalizas; otros más lo asocian con la cruza de la Apis mellifera con la abeja africana (Apis mellifera adansonni) que llegó a la Península a finales del siglo XX; mientras que para ciertos académicos y productores el problema es multifactorial, agregando a los elementos antes mencionados el cambio climático, que ha acentuado los períodos de sequías y ha aumentado el número de huracanes que azotan la región.

Las trampas de la justicia en las batallas del pueblo maya

25Los derechos del pueblo maya en la Península de Yucatán fueron reconocidos después de las reformas constitucionales realizadas a nivel federal (1992 y 2001), ya que las constituciones de las entidades federativas que conforman la República mexicana, deberán ser concordantes con ésta. Por tanto, lo establecido en la Constitución Mexicana ha sido el referente base para establecer los derechos indígenas consignados en las constituciones de los 32 estados del país, aunque en casos como los de Yucatán y Campeche, no sólo han reproducido las limitaciones de la federal, sino que además las han aumentado. Así la capacidad de los pueblos indígenas para decidir sobre sí mismos se han establecido bajo una visión limitada de su autonomía (son sujetos de interés público y no sujetos de derecho) y mediante una interpretación que confunde la noción de “pueblo”, como lo establecen los instrumentos internacionales, con los de “comunidad” y “localidad”.

  • 12 Ley publicada en el Diario Oficial del Estado, México, 3 de mayo de 2011. Disponible en línea: <htt (...)

26Por ejemplo, las reformas a la constitución de Yucatán de 2000, promulgadas hasta en 2007 como la “Ley para la Protección de los Derechos de la Comunidad Maya en el Estado de Yucatán”12, no hacen referencia al “Pueblo Maya” sino a la “Comunidad Maya” o se les menciona como “minoría étnica” y “minorías mayas”, a pesar de que esta población representa más de la mitad de la población total de Yucatán. Ignora, por tanto, el derecho internacional sobre los derechos de los pueblos indígenas, así como la jurisprudencia al respecto del Sistema Interamericano de Derechos Humanos (Llañez Salazar, 2017).

  • 13 “Ley de derechos, cultura y organización de los pueblos y comunidades indígenas del Estado de Campe (...)

27Además que lo referente a los derechos de los indígenas a ejercer su cultura y su identidad, en esas constituciones se entienden bajo una concepción reducida e instrumental de sus derechos que se reducen a comportarse según sus costumbres y tradiciones y a gobernarse mediante “sus usos y costumbres”. Bajo esta lógica, el interés de gobernantes y jueces se ha centrado en establecer cuáles son las “comunidades” y localidades indígenas, según sus integrantes cumplan o no con los requisitos para ser indígena, para lo cual se emplean listados de rasgos culturales, entre los que predomina el uso de la lengua maya y la conservación de ciertos elementos (como la forma de vestir) estereotipados, como si la identidad y la pertenencia de un pueblo pudiera resultar de la suma o la resta de un listado de rasgos y prácticas culturales. Algo similar sucede con las legislaciones de Campeche y Quintana Roo en esta materia13.

28Este reconocimiento restrictivo de la condición indígena ha generado prácticas violatorias de los derechos del pueblo maya que se han evidenciado en los procesos judiciales que los apicultores han emprendido en contra de la siembra de la soya genéticamente modificada, ya que no siempre se les concede el derecho a tener un traductor-intérprete en los juicios de amparo que han emprendido (Llañez Salazar, 2017).

29En Quintana Roo los juicios de amparo se orientaron directamente en contra de Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados, de 2005, que incluye a la Ley Federal de Producción, Certificación y Comercio de Semillas (de 2007) y la Ley Federal de Variedades Vegetales (de 1996) (Espinoza, 2018b). Mientras que en Campeche y Yucatán, los argumentos han sido principalmente: la continuidad de la apicultura como una forma cultural del pueblo maya de usar y conservar la biodiversidad; la afectación del derecho al trabajo que tienen los apicultores al afectarse la apicultura y meliponicultura por el polen transgénico; los daños por contaminación al medio ambiente por el uso excesivo de herbicidas, pesticidas y la deforestación; la violaciones a su derecho de ser consultados, de forma previa, libre e informada, como lo establece el artículo 2o de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT); además que se ignoraron las opiniones vinculantes emitidas por el entonces INE, la CONABIO y la CONANP que desaconsejaron el otorgamiento del permiso para su siembra (Geenpeace, 2018; Torres-Mazuera, 2018).

30De todos esos argumentos, el que ha prevalecido para ordenar la suspensión de la siembra de la soya transgénica ha sido el de la violación al derecho a la consulta previa, libre e informada de las y los miembros del pueblo maya. Al omitirse los argumentos sobre el derecho a un ambiente sano y la pérdida de la biodiversidad, se cerró la posibilidad de crear jurisprudencia sobre el principio precautorio en torno a los organismos genéticamente modificados. En tal escenario es en torno a la consulta dónde se está desarrollando la batalla principal, ya que la suspensión dictada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (emitida en 2015) se confirmará o se revocará hasta que la Comisión Intersecretarial de Bioseguridad de los Organismos Genéticamente Modificados (Cibiogem), realice una consulta pública a las comunidades indígenas potencialmente afectadas por el cultivo de soya genéticamente modificada. La consulta se puso en práctica desde 2016 y desde entonces se ha desencadenado una disputa por definir, acotar, y/o ampliar los términos en que ésta se desarrollará. De una parte, con una visión limitada sobre quién debe ser el sujeto de la consulta, sus mecanismos y el uso de traductores, están los funcionarios de diferentes dependencias del gobierno encargadas de llevar a cabo la consulta o acompañar el proceso (Cibiogem, Sagarpa, Senasica, CDI y CNDH); y del otro, están quienes promovieron los juicios de amparo y buscan una participación no restrictiva, para que se incluya en la consulta a los miembros de las comunidades indígenas asentadas en los territorios que pudieses ser afectados, y que buscan el amplio uso de la traducción en lengua maya yucateca para cumplir con el requerimiento de que la información pueda ser comprendida. Quienes cuentan con el apoyo de sus abogados y asesores (Torres-Mazuera, 2018). En este contexto las consultas realizadas han tenido diferentes resultados, en un proceso judicial que aún no concluye y que entre otras cosas está provocando divisiones y hasta confrontaciones entre la población.

31En tanto, la lucha de las comunidades mayas se amplia y ya no sólo se oponen a la siembra de organismos genéticamente modificados, sino que luchan en contra de los megaproyectos, como los de energía eólica y solar. Así el 13 de enero de 2018 más de 30 comunidades de distintas partes de la Península de Yucatán se constituyeron en la Asamblea de Defensores del Territorio Maya. Exigen que la implementación de los megaproyectos en su territorio sea apegada a los derechos de los pueblos originarios, que estos sean bien informados, cuenten con los asesores de su elección y sean tomadas en cuenta sus propuestas en torno a dichos proyectos para que no se afecten sus formas de vida. Al conformar la Asamblea de Defensores del Territorio Maya Múuch’ Xíimbal, sus participantes dijeron: “No buscamos negociar los precios de la tierra, sino el respeto irrestricto de nuestros derechos, ya que la tierra no se vende, ni se renta, porque es nuestra madre; es herencia de nuestros antepasados y el futuro de nuestros hijos”. En esa reunión, las autoridades de los ejidos participantes denunciaron los mecanismos que se emplean para engañarlos: “Quienes se quedan a vivir y trabajar en el territorio son la gente mayahablante de más edad y que –aunque aparenten hablar el español– desconocen los términos jurídicos de los documentos que les hacen firmar durante las ‘asambleas’ convocadas por los asesores de las mismas empresas”. Así pusieron de manifiesto cómo mediante regalos y obras sociales doblegan a los actores locales para que estos apoyen sus proyectos, sin que se analicen los impactos negativos que estos tendrán sobre la vegetación, la fauna, los recursos hídricos, y en general sobre la vivienda, la alimentación y la cultura de los pueblos mayas, estrechamente ligados a la selva, a sus animales, a la milpa y a los lugares sagrados de su territorio (Asamblea de Defensores del Territorio Maya Múuch’ Xiimbal, 2018).

Reflexión final

32La llamada Guerra de Castas en la que combatieron los mayas en contra de la población que se consideraba de origen español inició en 1847, duró más de cincuenta años y forma parte sustantiva de la memoria colectiva en Yucatán, tanto para los pobladores que reivindican su origen maya como para aquellos que aún se consideran diferentes por descender de los españoles, o de los libaneses o de otras poblaciones que llegaron a la Península de Yucatán y que generalmente se auto conciben como superiores a los mayas. En dicha guerra los mayas sublevados lograron tomar bajo su control casi todo el territorio peninsular aunque, según cuenta la memoria popular, éstos fueron derrotados cuando ya teniendo sitiadas las ciudades criollas, los rebeldes las abandonaron porque empezaron las lluvias y se retiraron para sembrar sus milpas. El hecho de que esta idea se reproduzca como verdad entre los viejos campesinos mayas, junto al hecho verificable de que una de las demandas de los rebeldes era que se les permitiera a los campesinos sembrar sus milpas sin tener que pagar renta a los hacendados, expresa la importancia que para los campesinos mayas tiene la siembra de maíz, unida al control de sus tierras agrícolas y sus selvas y a todo el sistema productivo, simbólico y cultural que implica la milpa. Por lo cual puede afirmarse que la milpa configura el sustrato cultural en que los campesinos de origen maya luchan hoy por conservar su territorio y defender dentro de él una forma campesina de vida, producción y cultura. Lo cual se confirma en los objetivos de la Asamblea de Defensores del Territorio Maya Múuch’ Xíimbal, recientemente formada.

  • 14 En los municipios de Dzilam de Bravo, Motul, Suma, Sinanché, Yobaín, Telchac Pueblo, Tizimín, Muna, (...)
  • 15 Véase: Yucatán Ahora, 2018.

33Así, la lucha del pueblo maya ya no es únicamente en contra de los transgénicos sino de cualquier otra forma de destrucción y despojo territorial, como el que se está desarrollando en torno a los megaproyectos turísticos y de urbanización y al establecimiento de los parques para producir energía eólica y fotovoltaica ya aprobados. Y que ocuparán más de 8,700 hectáreas14, más las recientemente anunciadas 762 hectáreas de la Sierrita de Ticul en las que se pretenden instalar 1, 227, 200 celdas solares15. En esa ambición por apropiarse legal e ilegalmente de los territorios del pueblo maya la desinformación, el engaño y sobre todo la manipulación en las consultas públicas son una estrategia en la que actúan las empresas con el apoyo directo e indirecto del Poder Ejecutivo, el Poder Legislativo y hasta del Poder Judicial. Con todo ello, lejos del imaginario difundido ampliamente en México de que el Estado mexicano es inexistente, o que es un Estado fallido, debilitado por los poderes fácticos, como el de los capitales transnacionales y los organismos multilaterales, se puede concluir que lo que tenemos ahora es un Estado mexicano fuerte y activo, en el que muchos de sus integrantes –en todos los ámbitos y niveles de la vida pública– actúan a favor, si no es que en colusión directa, con los empresarios que impulsan en todo el mundo un proyecto neoliberal de despojo sobre los recursos de los pueblos. De acuerdo a Espinoza (2018a) el Derecho moderno, y con éste el sistema de justicia, se ha erigido en función de las necesidades del capital por lo que es incapaz de reconocer las necesidades de las comunidades que rige y que debería representar, de no tratarse de un Derecho enajenado que cosifica las relaciones sociales y fetichiza las normas del Estado. Así es como a nombre del Estado de Derecho juridiza la totalidad de la vida humana, monopoliza el uso de la fuerza, ejerce la violencia y socava las capacidades comunitarias de gestión económica, política y jurídica de la sociedad.

34Pese a ello, el pueblo maya –como lo hizo durante la Colonia, en el México Independiente y como lo hace en el México de hoy– emplea el Derecho para defenderse al mismo tiempo que resiste de muchas otras formas: con sus organizaciones, con sus movilizaciones políticas, con sus alianzas estratégicas con otros sectores sociales, pero también mediante el ejercicio constante de su ritualidad, de sus fiestas y de su identidad, con los cuales se prepara para resistir otros cientos de años.

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Notes

1 En él se señala que México tiene una composición pluricultural sustentada originalmente en sus pueblos indígenas; y se establece que la ley protegerá y promoverá el desarrollo de sus lenguas, culturas, usos, costumbres, recursos y formas específicas de organización social.

2 Se adicionó un segundo y tercer párrafos al artículo 1º, se reformó su artículo 2º, se derogó el párrafo primero del artículo 4º, y un sexto párrafo al artículo 18 y otro a la fracción tercera del artículo 115 de la Constitución. Se reconoce que la “nación tiene una composición pluricultural sustentada originalmente en sus pueblos indígenas que son aquellos que descienden de poblaciones que habitaban en el territorio actual del país al iniciarse la colonización y que conservan sus propias instituciones sociales, económicas, culturales y políticas, o parte de ellas”. Así como el “derecho de los pueblos indígenas a la libre determinación se ejercerá en un marco constitucional de autonomía que asegure la unidad nacional” (Senado de la República, 2001). En enero del 2016 se adicionó el derecho de los pueblos indígenas a elegir a sus autoridades y a establecer las formas de su gobierno de acuerdo a sus normas, procedimientos y prácticas tradicionales, siempre que no sean violatorias de los derechos humanos y de los derechos que como ciudadanos tienen los indígenas, en el marco de la nación mexicana (Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 2016).

3 Se aprobó en la Cámara de Senadores y falta por ratificarse en la Cámara de Diputados.

4 México es el segundo proveedor de miel para Unión Europea, al exportar 26 mil toneladas, con un valor superior a los 84 millones de euros (Vásquez Sandoval, 2017).

5 En 2013 un estudio de Amigos de la Tierra encontró glifosato en la orina del 45% de los ciudadanos de 18 ciudades europeas. Otro estudio en Alemania encontró niveles de 5 a 20 por ciento más en la orina de las personas que los niveles permitidos en agua potable. Mientras que en Estados Unidos en 2014 se encontró en la leche materna en porcentajes hasta 1600 por ciento superiores a lo permitido por la directiva europea. En Brasil, en el Mato Grosso, en 2011 se encontró el glifosato en el agua que se bebe en las escuelas, así como en el 88 por ciento de las muestras de sangre y orina en los profesores del municipio Lucas de Río Verde (Ribeiro, 2015). Ante las evidencias, la Ministra de Ecología de Francia, Segolene Royal, en marzo de 2017, condenó la decisión de la Agencia Europea de Sustancias y Mezclas Químicas (ECHA) de no considerar cancerígena el glifosato, hasta hoy el herbicida más usado en el mundo y fuente de contaminación de los ríos franceses (Agencia EFE, 16.03.2017). A finales de 2017 Francia anunció que prohibirá su uso antes de que concluya el periodo presidencial de Emmanuel Macron en 2022. Actualmente se veta su uso en espacios públicos y a partir de 2019 en jardines particulares (El Puntano, 2017). La Unión Europea, en cambio, en noviembre de 2017 renovó la autorización de su empleo por cinco años más (Rejón, 2017).

6 Ver su manejo informativo en la página del Comité Nacional Sistema Productos Oleaginosas: <http://www.oleaginosas.org/cat_145.shtml> y <http://www.oleaginosas.org/cat_146.shtml#426>, consultados el 03 de noviembre de 2018.

7 Los menonitas, como grupo religioso pacifista de los anabaptistas, se originó en Suiza en 1525 durante la reforma protestante. Llegaron a México en 1922 y desde entonces se han extendido por varias regiones conservando su lengua y una forma de vida endogámica en lo cultural y ligada a la producción agropecuaria.

8 Están en esa lista: los agroproductores Alfonso Romo Garza (asesor de López Obrador, Presidente electo de la República) y Jacobo Xacur Eljure, las transnacionales Cargill y Herdez, y las empresas yucatecas Proteínas y Oléicos (conocida como la Hidrogeneradora y propiedad de Jacobo Xacur Eljure), Kekén y Grupo Kuo (ambos de Fernando Senderos Mestre) y la almacenadora Enerall (de Romo Garza). Durante 2017 la exportadora Kekén envió a los países asiáticos más de 26,000 toneladas de carne de cerdo (Martínez, 2018).

9 En 2018 Greenpeace dio a conocer un informe que demuestra, mediante investigación directa, la existencia de al menos 12 sitios con siembra ilegal de soya en el estado de Campeche (Greenpeace, 2018).

10 En Quintana Roo el amparo lo interpusieron los apicultores de los ejidos La Buena Fe, Nuevo Jerusalén, Paraíso y Buena Esperanza. Con el apoyo de asociaciones y cooperativas como Kabi Habin Sociedad de Producción Rural de Riesgo Limitado (de 22 comunidades del municipio de Bacalar), el Colectivo de Semillas Much’ Kanan I’ínaj (de 10 comunidades del municipio de Bacalar), y EDUCE, agrupados en el Consejo Regional Maya del Poniente de Bacalar (Vera, 2016).

11 La Ley ganadera de 1971 en Yucatán, obligó a los poseedores de ganado bovino a cercar los espacios dedicados a la producción de ganado bovino, para impedir que los animales entraran a las milpas y causaran destrozos. Los campesinos, ante el dilema de usar la tierra para sembrar maíz o volverse ganaderos, vendieron sus animales y muchos de ellos emplearon ese dinero para la producción de miel (Pérez Ruiz, 1983).

12 Ley publicada en el Diario Oficial del Estado, México, 3 de mayo de 2011. Disponible en línea: <https://poderjudicialyucatan.gob.mx/digestum/marcoLegal/02/2012/DIGESTUM02104.pdf>, consultado el 03 de noviembre de 2018.

13 “Ley de derechos, cultura y organización de los pueblos y comunidades indígenas del Estado de Campeche”, Poder Legislativo del Estado Campeche, Periódico Oficial, 13 de julio de 2017. Disponible en línea: <http://ayuntamientodehopelchen.com/assets/l.d.c.o.p.c.i.e.c.2.pdf>, consultado el 03 de noviembre de 2018; “Ley de derechos, cultura y organización indígena del Estado de Quintana Roo”, Periódico Oficial, 19 de agosto de 2013. Disponible en línea: <http://documentos.congresoqroo.gob.mx/leyes/cultural/ley019/L1320130819306.pdf>, consultado el 03 de noviembre de 2018.

14 En los municipios de Dzilam de Bravo, Motul, Suma, Sinanché, Yobaín, Telchac Pueblo, Tizimín, Muna, Sacalum, Ticul, Peto, Valladolid, Sucilá, Progreso y Cansahcab (Narváez, 2017).

15 Véase: Yucatán Ahora, 2018.

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Pour citer cet article

Référence électronique

Maya Lorena Pérez Ruiz, « La lucha del pueblo maya por el territorio y los recursos bioculturales »Amérique Latine Histoire et Mémoire. Les Cahiers ALHIM [En ligne], 36 | 2018, mis en ligne le 21 janvier 2019, consulté le 16 septembre 2024. URL : http://journals.openedition.org/alhim/6963 ; DOI : https://doi.org/10.4000/alhim.6963

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Auteur

Maya Lorena Pérez Ruiz

Instituto Nacional de Antropología e Historia (México)Doctora en Antropología Social, investigadora de la Dirección de Etnología y Antropología social del Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH) y miembro del Sistema Nacional de Investigadores Nivel III, en México

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