Clase obrera y divorcio en el Valladolid de la Segunda República
Résumés
Cet article explorera la relation entre les changements dans la vie conjugale et familiale et l'extension de nouvelles identités de genre manifestées par la loi sur le divorce de 1932. La promulgation de la législation sur le divorce pendant la Seconde République a permis une nouvelle conception du lien matrimonial et de la relation entre époux. Le texte analyse, à travers l'étude des procès de divorce déposés devant le tribunal de Valladolid, comment la nouvelle législation a affecté la classe ouvrière de la ville, en particulier les cheminots, dont la plupart étaient liés au socialisme, en tenant compte de l'intersectionnalité de la classe, du genre et de la religiosité. L'étude des dossiers judiciaires nous permet de comprendre si la classe ouvrière a adopté ou rejeté les nouveaux comportements familiaux et de genre qui ont commencé à se répandre depuis les années 1920. Elle nous permet aussi de cerner la mentalité ouvrière à l'égard du mariage et du rôle des époux au sein de la société conjugale.
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Presentación
- 1 Nerea Aresti Esteban y Miren LLona González, «Ser mujer en el mundo que habitó Clara Campoamor. Los (...)
- 2 Ministerio de Justicia, Estadística de divorcios y separaciones, Madrid, 1936.
- 3 Ahora, 10-vii-1936, p. 13.
1Este texto busca explorar en la vida matrimonial, familiar y en la incidencia de los nuevos modelos –o ideales– de género que estarían abriéndose camino en España cuando menos desde los años 19201. También, lógicamente, entre los miembros de la sociedad vallisoletana a partir de los datos –aunque no solo– que aparecen en las demandas de divorcio presentadas ante la Audiencia de Valladolid, provincia española a la que ceñimos nuestro estudio. Aunque sería temerario generalizar y deducir del panorama crudo que los expedientes conservados ofrecen sobre los entresijos de la vida doméstica que el matrimonio o la propia familia se hallaban en crisis en España a la altura de los años 30. Máxime cuando los divorcios –o separaciones– fueron escasos a tenor de las estadísticas sobre la aplicación de la ley de 19322. Aún queda por confirmar si en años posteriores crecieron considerablemente los trámites de divorcio. A tenor de los datos de nuestro estudio no fue así. Aunque en 1936, el diario Ahora afirmaba que en los tribunales de Madrid se recibían anualmente 4.000 demandas de divorcio3.
- 4 Detalles interesantes sobre esta oferta en Jesús María Palomares Ibáñez, El socialismo en Castilla. (...)
2Sin embargo, tampoco se puede obviar la realidad conflictiva que reflejan y que contradice la supuesta armonía pregonada y auspiciada desde el púlpito o desde los medios católicos. Pero que también y desde una perspectiva laica se aparta de la ejemplaridad, mutuo respeto entre los cónyuges y aliento –dentro de ciertos límites– a la emancipación femenina que presidirían el modelo familiar defendido por los partidos obreros y propagado a través de su prensa, de su literatura o de su sociabilidad específica, caso, por lo que se refiere a los socialistas, de las Casas del Pueblo de entre las cuales la ubicada en la capital vallisoletana fue un centro muy activo y que brindaba una rica oferta de servicios, también en el plano de la cultura4. En lo que hace a nuestra investigación el estudio de ese hipotético desajuste resulta particularmente pertinente dado que está centrada sobre la recepción entre la clase obrera local, de Valladolid, de la norma divorcista y entre la que sería su fracción más influida por la propaganda socialista: los trabajadores del ferrocarril.
- 5 Un primer acercamiento a esta temática lo hemos efectuado en Sofía Rodríguez Serrador y Rafael Serr (...)
3Los expedientes judiciales que hemos consultado se guardan en dos archivos diferentes: el Histórico Provincial de Valladolid, en donde se conservan, aunque no todas, las demandas presentadas ante el juez de instrucción competente, es decir, aquel con jurisdicción sobre la localidad en la que la pareja tuviera o hubiera tenido su último domicilio; y, por otro lado, el Archivo de la Real Chancillería, también de Valladolid, en cuya sección Justicia contemporánea se custodian las sentencias de divorcio –o separación– falladas por la Audiencia Provincial5, las últimas de las cuales se dictaron en 1938.
- 6 «El Gobierno ha anunciado oficialmente el propósito de revisar con rapidez y decisión la legislació (...)
4Pero antes de seguir adelante debemos recordar que el divorcio del que estamos hablando fue el que el Parlamento español aprobó, mediante una ley específica publicada en la Gaceta el 2 de marzo de 1932, que estuvo vigente en la parte de España controlada por los militares sublevados contra el gobierno legítimo de la República –a la que corresponde Valladolid– hasta aproximadamente seis años después, es decir, 1938, en que fue suspendida6. A pesar de que no fueron muchos los españoles y españolas que presentaron demandas ante los tribunales, la norma de 1932 fue acogida con gran hostilidad por la jerarquía y el asociacionismo católicos que concebían el matrimonio no como un contrato civil susceptible de ser denunciado o roto, sino como un sacramento instituido por Dios y que por ello no podía ser disuelto por los cónyuges.
- 7 Si agregamos los pocos casos –al menos dos– en que los cónyuges optaron por la vía del divorcio por (...)
- 8 Su artículo, titulado «El divorcio español» viene reproducido en Ricardo Lezcano, El divorcio en la (...)
5Tampoco fueron muchos los pleitos de divorcio que se presentaron ante los tribunales vallisoletanos durante el tiempo de vigencia de esta ley [hasta marzo de 1938], en torno a 1707, pero llama la atención la frecuencia de casos en los que el oficio del marido pertenecía a la clase obrera y, dentro de ella, al sector ferroviario. En efecto (y a falta de que luego lo visualicemos en una tabla y un gráfico), en aquellos para los que la profesión del esposo nos es conocida –118 demandas–, en aproximadamente unos veinticinco se trataba de trabajadores del ferrocarril, que suponían además en torno a una tercera parte de aquellos en los que ya se tratara del cónyuge demandante o del demandado, pertenecían a la clase obrera (71 en total) que fue la que, en España recurrió más a la vía abierta por la norma divorcista, desmintiendo los augurios que pronosticaban lo contrario como los del conocido periodista Francisco de Cossío, según el cual el divorcio iba a beneficiar solo a millonarios y artistas8.
- 9 Ana Aguado, «La República de las ciudadanas. Entre el reformismo social y la igualdad (1931-1936)», (...)
6En un plano general, español, según la estadística referida a la aplicación de la ley en el bienio 1932-1933 ya se había puesto de manifiesto que la clase obrera era la que más uso estaba haciendo del divorcio: el 31 % del total de los demandantes en que se conoce la profesión del esposo. En el caso vallisoletano, y teniendo a la vista todos los procesos de divorcio entre 1932 y 1938, la proporción asciende a algo más del 60 %. Y si ponemos el foco en los ferroviarios locales, resulta que suponían el 21,18 % de los casos para los que conocemos la profesión. Por otro lado, la circunstancia de que en algunas investigaciones sobre la Segunda República en Valladolid se haya detectado que se estaban configurando en los ambientes obreros nuevos modelos de familia muy diferenciados del burgués o de clase media invitan a recurrir a los pleitos de divorcio para contrastar esos nuevos modelos con la dura y deslavazada realidad familiar que aparece en ellos. También, si el proceso de construcción de una cultura feminista que se ha apreciado para estos años9 afectó de alguna forma a las mujeres que aparecen en estos pleitos, ya sea como demandantes o demandadas.
- 10 Ricardo Lezcano, El divorcio en la II República, op. cit.
7No es abundante, más bien lo contrario, la bibliografía existente sobre esta primera implantación del divorcio en España, y menos aún, desde la perspectiva adoptada aquí. Exceptuando algunas tesis doctorales no publicadas, de carácter jurídico, defendidas al hilo del retorno del divorcio en 1981, las monografías de carácter histórico son todavía escasas por lo que conserva su validez el estudio que dedicó al tema Ricardo Lezcano en plena Transición española a la democracia10, pues ese era uno de los retos pendientes para superar el Franquismo, aunque se han publicado posteriormente algunos artículos y libros escritos preferentemente desde una perspectiva de género. De la bibliografía existente hemos dado cuenta en la presentación de este dossier.
El Valladolid obrero en el primer tercio del siglo XX y el peso adquirido por los trabajadores del ferrocarril
- 11 El dato en Guillermo-Ángel Pérez Sánchez, Ser trabajador. Vida y respuesta obrera (Valladolid, 1875 (...)
- 12 Guillermo-Ángel Pérez Sánchez, «Los Talleres Principales de reparación de la Compañía del Norte en (...)
- 13 Montserrat Álvarez Martín y Pedro Pablo Ortúñez Goicoechea, «La formación de un distrito industrial (...)
8Aunque la ciudad castellana no era todavía, en la época que estudiamos aquí un núcleo industrial (condición que adquiriría más adelante, a partir de la década de 1960), sí que debe subrayarse que hacia 1930 el sector secundario era ya el principal sector de actividad, absorbiendo en torno al 47 % de la población activa total, si bien eso no implica que dicho sector hubiera traspasado los umbrales de la modernidad por cuanto más de las dos terceras partes de sus integrantes carecían de una adscripción definida a un sector manufacturero, tratándose más bien de jornaleros y de peones de la construcción. Eso no obsta para que ciertos subsectores como la metalurgia no preanunciaran el camino que iba a seguir la industria local en el futuro, absorbiendo ya, para 1920 cerca de un tercio del empleo en el secundario de la ciudad11. La fuente principal de trabajo en este subsector, y la más cualificada procedía de los Talleres de reparación del material de la Compañía del Norte, a los que nos referiremos luego que han sido catalogados como una gran empresa, la única que propiamente habría en Valladolid en la etapa estudiada12 y que, además, crearon las condiciones para que se instalaran otras firmas del metal de tamaño medio como la Fundición Gabilondo o los Talleres Miguel de Prado13.
- 14 Jesús María Palomares Ibáñez, El socialismo en Castilla. Partido y sindicato en Valladolid durante (...)
- 15 Ángel de Prado Moura, El movimiento obrero en Valladolid durante la II República, Salamanca, Junta (...)
9En todo caso, Valladolid era ya, cuando la República inició su recorrido en abril de 1931 una población en la que el proletariado poseía una impronta importante, que políticamente se traducía en un apoyo bastante masivo, en los medios populares, al Partido Socialista o en la afiliación al sindicato UGT. Jesús María Palomares y posteriormente, Enrique Berzal han estudiado, partiendo de finales del siglo XIX en que se fundó la Agrupación de dicho partido en la ciudad las dimensiones y altibajos de la sindicación obrera, así como el influjo de los socialistas locales sobre el movimiento huelguístico, poniendo el foco en coyunturas como la de los primeros años del nuevo siglo o la de la fase final de la Restauración14. Ángel de Prado, por su parte lo ha estudiado específicamente para los años de la Segunda República15.
- 16 Por esas fechas aproximadamente pasó a integrarse en la Federación local la primera sociedad formad (...)
- 17 Jesús María Palomares Ibáñez, El socialismo en Castilla, op. cit. p. 63.
- 18 Remitimos a: Memoria del II Congreso Federación Nacional de Trabajadores de la Tierra (1932), Jaén, (...)
10En concreto, la fuerza del sindicalismo ugetista se acreditó desde fechas tempranas, y así, en 1903 la UGT contaba ya –comprendiendo también a la provincia– con 25 secciones y 2.300 afiliados, figurando la vallisoletana entre las diez provincias españolas que contaban con una mayor implantación (más tarde, a partir de 1905 y hasta 1909, se experimentaría un fuerte retroceso). En 192216, por otro lado, el nº de agrupaciones socialistas en la provincia ascendería a 22 y en 1930 a 40. Y, casi de inmediato, el paso a la República, en 1931, significaría un impulso decisivo para el PSOE y la UGT vallisoletanos, Si nos referimos propiamente al Sindicato, en octubre de dicho año el número de afiliados superaba los 13.000 de los que cerca de 7.000 eran campesinos y algo menos de 3.000, ferroviarios (traspasarían esa cifra en 1934 con 3.11217). No cabe desdeñar la importancia del subsector de la construcción, con más de 1.000 afiliados a una de las sociedades más potentes de la Federación local: la Progresiva. El avance de la UGT no se detendría en los datos de octubre de 1931 sino que proseguiría –como en el resto de España– al menos hasta 1933: para hacerse una idea, tan solo por lo que respecta a la FNTT, los socios vallisoletanos de las 144 sociedades campesinas entonces existentes serían algo más de 11.000 cuando se celebró el congreso de dicha rama jornalera de la UGT en 193218.
- 19 Pedro Pablo Ortúñez Goicoechea, «La Compañía de los Caminos de Hierro del Norte y Valladolid (c. 18 (...)
11Dentro de la clase obrera de la ciudad, como decimos, los empleados del ferrocarril conformaban el grupo cuantitativa y cualitativamente más importante De ahí, también la frecuencia con que estos trabajadores y sus esposas aparecen en la documentación consultada. Todo ello trae su origen último en la preferencia mostrada por la Compañía de los Caminos de Hierro del Norte de España, constituida en 1858, por Valladolid como punto principal de la línea Madrid-Irún, enclave ferroviario en el que decidió ubicar sus Talleres principales que comprendían la sección de máquinas y la de coches y vagones, así como el depósito de locomotoras de toda la red. En sus inicios se estableció incluso en la ciudad del Pisuerga la dirección general de la empresa ferroviaria19.
- 20 Guillermo Ángel Pérez Sánchez, «Los Talleres principales...», art. cit., p. 266.
- 21 El Financiero Hispano-Americano. Revista económica, industrial, y mercantil, doctrinal y práctica, (...)
- 22 Ángel de Prado Moura, El movimiento obrero en Valladolid durante la II República, op. cit., p. 164.
- 23 Juan José Malmierca Santos, y José Luis González Bopete, «Vida laboral de los ferroviarios de Norte (...)
12Los Talleres eran la fuente principal de empleo (aunque no la única) en las instalaciones y servicios de Norte en la ciudad, llegando a comprender en el año fundacional de la II República, 1931, a 2.236 trabajadores, repartidos entre personal de plantilla y el temporero o a jornal20. Sin embargo, para valorar la importancia cuantitativa del empleo ferroviario total en Valladolid en el primer tercio del siglo XX, debe tenerse en cuenta que los Talleres no eran la única fuente del empleo en lo relativo al ferrocarril: según el número extraordinario publicado por la revista El Financiero Hispano Americano publicado en 1911, los servicios ferroviarios proporcionarían en total a esa fecha unos 3.000 empleos21. Hacia 1920 esta mano de obra vendría a suponer el 12 % de la población activa de la ciudad y una proporción nada desdeñable de su sector secundario. Otras estimaciones, como la que efectúa Ángel de Prado elevan incluso a 4.500 el empleo ferroviario total en la ciudad en la etapa republicana22. Todo este contingente humano encontró su traducción en el espacio urbano, especialmente en aquellas áreas más próximas a la Estación, como se solía designar en Valladolid el vasto espacio ocupado por las instalaciones ferroviarias23.
- 24 Jesús María Palomares Ibáñez, Valladolid, 1900-1931, Valladolid, Ateneo de Valladolid, 1981, p. 34, (...)
- 25 Juan José Castillo, «Los sindicatos católicos de ferroviarios y mineros (1913-1920)», en íd., El si (...)
13El colectivo ferroviario va a estar presente desde fechas tempranas en el movimiento obrero de la ciudad, llegando incluso a asumir su liderazgo en algunas coyunturas, como en la de los años 1916-1917. Un hecho que hay que poner en relación con la hegemonía lograda por los empleados del ferrocarril en la UGT local desde la segunda década del XX. Su importancia, además, trascendería durante la Restauración el plano local convirtiéndose Valladolid en un punto clave del asociacionismo en este sector del transporte: en la sede (dentro de la Unión Ferroviaria de la UGT) del comité nacional del sindicato de Norte24 o, también, de la entidad que, con un carácter mutualista agrupaba a los maquinistas y fogoneros de la Compañía. Resulta sintomático asimismo el que el Sindicato católico de los ferroviarios españoles, creado en 1913 y que impulsó el marqués de Comillas25, se ubicara también en la ciudad, en la Casa Social Católica inaugurada en 1915 (justamente la antítesis de la Casa del Pueblo socialista en la geografía asociativa vallisoletana).
- 26 Estos aspectos en: Juan José Malmierca Santos, y José Luis González Copete, «Vida laboral de los fe (...)
- 27 Emerenciana Paz Juez Gonzalo, El mundo social de los ferrocarriles españoles de 1857 a 1917, Madrid (...)
14Habría que valorar también, para entender mejor la elevada presencia de este colectivo obrero en los pleitos de divorcio aspectos tales como la remuneración salarial, por encima de los ingresos medios de los obreros vallisoletanos de la época, la composición del salario, que podía verse incrementado por primas y gratificaciones de la Compañía; los requisitos que exigía la empresa para admitir en plantilla a un trabajador (saber leer y escribir y otros conocimientos elementales), la existencia de un Economato –desde 1878– y su funcionamiento26, las normas de la Compañía en el caso de sentencias judiciales que afectaran a su personal y que por lo que hemos visto de sentencias de divorcio o separación en que el marido era declarado culpable conllevaban el hacer descuentos en el sueldo para pagar los alimentos fijados a la esposa27. Sin desdeñar desde luego otras motivaciones relacionadas -quizá– con una mentalidad más tolerante en el marco obrero “ilustrado” o consciente.
El peso de la cultura socialista en las familias obreras (y de los empleados de Norte en especial)
- 28 Manuel Pérez Ledesma, El obrero consciente. Dirigentes, partidos y sindicatos en la II Internaciona (...)
- 29 Un útil estudio: Ana Aguado, «Familia e identidades de género. Representaciones y prácticas (1889-1 (...)
- 30 Mercedes Arbaiza, «Obreras, amas de casa y mujeres liberadas. Trabajo, género e identidad obrera en (...)
15Lo señalado hasta aquí bastará seguramente para presuponer el carácter militante de buena parte de los miembros del colectivo obrero local cuyos comportamientos, actitudes, lenguaje, formas de relación traducirían casi con seguridad pautas culturales específicas al obrerismo socialista, al obrero consciente28, pero que cabe preguntarse si tenían su traducción en la esfera privada, familiar, en las relaciones de pareja o si ese era un territorio29, en cambio, en el que funcionaban los estereotipos tradicionales de género que reservaban a la mujer el papel de ama de casa sumisa a los mandatos y deseos del marido. A este respecto, algunos estudios han apuntado a cómo, ya desde finales del siglo XIX, el ideal de domesticidad empezaba a ser cuestionado en determinados ambientes obreros 30.
- 31 Julio de la Cueva Merino, «Socialistas y religión en la Segunda República: de la Liga nacional laic (...)
16Insistimos en el peso de la cultura proletaria de signo socialista –y anticlerical, pues la inquina hacia la Iglesia era uno de sus rasgos más característicos31–, ya que sus rivales, los afiliados a los sindicatos católicos pensamos que poca influencia debieron de ejercer sobre el colectivo obrero (y ferroviario de la ciudad) y dudamos mucho de que se hubiera llegado a conformar una influyente cultura obrera católica alternativa a la de signo socialista entre el proletariado vallisoletano, al menos por lo que respecta al ámbito urbano (en el medio rural las cosas eran probablemente muy diferentes).
- 32 Jordi Luengo López, «María de la O Lejárraga en Blanco y Negro. Columnas, Cartas y calendarios ante (...)
- 33 Sus novelas El artículo 438 (1921) y La malcasada (1923) eran una defensa del divorcio a través de (...)
17Tampoco podemos desligar nuestro estudio del impacto que tuvieron en la sociedad española, y en el mundo obrero, los nuevos modelos de feminidad -y masculinidad– difundidos especialmente a partir de los años veinte y cuya extensión se debió, en parte, a la acción reivindicativa del feminismo o de la aparición de arquetipos como la «moderna», que se extendió gracias a la actividad de muchas intelectuales que, como María Lejárraga, reivindicaron la conquista de la igualdad femenina, cuyos valores encarnaría ese nuevo tipo de mujer32. Una emancipación que implicaba también repensar las relaciones personales y, por ende, el matrimonio y la familia o reclamar el divorcio –caso de Carmen de Burgos, Colombine– como una forma de liberar a las mujeres sometidas a matrimonios violentos33. Y si bien el ideal de la mujer moderna nos puede parecer urbano y burgués, no cabe duda de que acabaría proyectándose también sobre las mujeres obreras.
- 34 Marta del Moral Vargas, «El miedo a la emancipación. La disolución de la militancia segregada en el (...)
- 35 El Socialista, 15/09/1931.
18Especialmente interesante resulta cómo los nuevos ideales sobre la feminidad, la familia y el divorcio fueron planteados en los espacios propios de socialización obrera femenina. Desde principios del siglo XX habían venido funcionando en el país Agrupaciones Femeninas Socialistas -Bilbao desde 1904 y Madrid desde 1906– que se convirtieron en espacios de debate político seguros para las mujeres que giraban en la órbita del socialismo. La combinación de unos ideales feministas obreros tiene quizá su mejor ejemplo en la obra de María Cambrils Feminismo socialista, que denuncia las múltiples injusticias a las que el orden social somete a las mujeres, incluidos el ámbito familiar y matrimonial, fruto de subordinación femenina a la «autoridad abusiva del hombre». Abusos que reconoce también en el seno del vínculo conyugal. Sin embargo, el pensamiento feminista en el socialismo fue minoritario34, y dominaba la supeditación de las mujeres al varón, también en las clases trabajadoras, aunque eso no quita para que, con el tiempo el discurso emancipatorio influyera en que se delineara una conciencia igualitaria que, al llegar la Segunda República, permitió cuestionar las relaciones de género y su organización legal incluso en el articulado constitucional. Las intervenciones de Matilde Huici en la Casa del Pueblo de Madrid para explicar los derechos de la mujer recogidos en el proyecto constitucional se situaban en esa línea igualitaria35.
- 36 Carmen DE BURGOS, Parlamentarismo femenino, El Norte de Castilla, 24/07/1931, p. 1.
- 37 Sonsoles Gómez Carbonero, Cultura ciudadana y socialización política en la República. Actitudes y c (...)
19Veremos ahora en qué medida los modelos de familia, de matrimonio y de mujer fomentados por la República pudieron ser asumidos por los sectores obreros (y progresistas) de la ciudad. Recordemos que desde los años veinte el periódico El Norte de Castilla contaba con una Página Femenina y ya con la proclamación de la Segunda República la publicación dio cabida a los textos de Carmen de Burgos36. Y contrastaremos la imagen que se ofrece en la que es seguramente la investigación más interesante sobre la II República en la ciudad vallisoletana, la que en su día llevó a cabo Sonsoles Gómez Carbonero37, con los datos que brindan los pleitos de divorcio, lo que nos servirá, a su vez, para examinarlos de manera más detenida.
- 38 Fue impulsada por la Asociación de Mujeres Vallisoletanas Católicas.
- 39 Artículo de Nicolás S. de Otto, DR, 06/12/1931.
20De acuerdo con la investigación que tomamos como referencia el modelo de mujer-ciudadana, comprometida con los problemas de su tiempo y activa políticamente en causas progresistas sí que se hizo realidad en el Valladolid popular de los años treinta, aunque los casos que se han podido documentar se refieran solo a una minoría, a un número reducido de mujeres. Hemos puntualizado lo de las causas progresistas ya que el activismo político femenino en aquellos años no se limitó en modo alguno a los sectores de izquierda, sino que comprendió también a grupos conservadores, sobre todo del ámbito de la derecha católica, acelerándose el activismo político de las mujeres católicas y su organización con la concesión del sufragio. Esta movilización se evidencia en las diversas asociaciones que estuvieron activas en la ciudad –así, la Liga anticomunista femenina38– o la sección femenina de Acción Popular cuyo concurso fue esencial de cara a las elecciones a partir de 1933, precisamente cuando las mujeres españolas pudieron votar por primera vez. No cabe olvidar tampoco que la prensa católica local apelaba a la participación electoral de las mujeres en defensa de la religión, la patria, el orden, el trabajo y la familia39.
- 40 Sonsoles Gómez Carbonero, Cultura ciudadana…, p. 220 y ss.
- 41 Sobre la represión en el ámbito ferroviario véase Francisco Polo Muriel, La depuración del personal (...)
- 42 Para otras provincias como la de Valencia se ha estudiado también la adscripción socio-profesional (...)
21La fuente principal utilizada para argumentar cómo en ambientes urbanos vinculados con el republicanismo o el socialismo se estaba modificando la concepción sobre los roles femeninos tradicionales que tomaban como modelo el ángel del hogar consiste en la información obtenida del Tribunal regional de responsabilidades políticas40. No fueron muchas las mujeres procesadas por ese supuesto en Valladolid, unas 75 –aproximadamente el 8 % de los encausados– y de ellas solo se ha obtenido información complementaria que permita ubicarlas socialmente o en planos como el político o el cultural de unas 4641. Pues bien, lo que predomina son mujeres pertenecientes a medios obreros con escasos medios económicos, con un peso específico ciertamente significativo del mundo del ferrocarril: en total 18 de ellas, bien fueran solteras o casadas –sobre todo– eran hijas o esposas de ferroviarios. Abundan entre ellas las mujeres casadas sobre las solteras (25 frente a 21) y es pertinente señalar que entre las primeras una estaba separada y otra divorciada. Por lo demás, la atención exclusiva a «sus labores» no era predominante si bien cabe pensar que los oficios que desempeñaban las que trabajaban sería compatible con los trabajos del hogar o incluso –así, el de modistas– se ejecutaría dentro de casa42.
- 43 La socialización política familiar era una experiencia común en la militancia socialista y republic (...)
- 44 Cultura ciudadana…,, p. 222-223.
22La socialización política de mujeres como las procesadas se habría producido fundamentalmente según Gómez Carbonero en el espacio privado familiar corriendo a cargo, como se pone de manifiesto en algunos de los expedientes, de padres, maridos, novios que tenían ya un compromiso político previo. Un fenómeno experimentado por las mujeres socialistas en general, como ha señalado Marta del Moral43. Y se expresó por su impulso, en los sectores populares de la ciudad de Valladolid, a una fuerte movilización a través del uso y la difusión de símbolos, consignas, y más en general, de nuevas actitudes políticas44. Así, a algunas se les acusó de saludar con el puño cerrado, de colgar banderas republicanas o rojas en sus balcones, de participar activamente en las campañas electorales de los partidos obreros, de hablar mal de la religión y de las personas de orden, de difundir proclamas a favor de la Unión Soviética... Una actitud militante en el ámbito de la izquierda que se advierte también en la educación de sus hijos a los que en algunos casos vistieron con camisas o pañuelos de color rojo o afiliaron a organizaciones juveniles de los partidos obreros. Entresacando algunos informes recogidos en estos expedientes, vemos que en uno de ellos se decía:
- 45 Ibídem, p. 223.
Ella y su familia usaban camisas y pañuelos rojos y por su extremismo tenían atemorizados a los pocos vecinos derechistas de su calle. El marido era ferroviario. Toda la familia estaba afiliada a la Casa del Pueblo. Los seis hijos del matrimonio eran marxistas45.
23Quizás estas mujeres concienciadas y comprometidas que fueron procesadas por el Tribunal de responsabilidades políticas se ajustaran bien al nuevo perfil femenino que se ha detectado en el Valladolid popular y republicano que ponía el acento en la mujer como persona, ciudadana y trabajadora, en lugar de como madre o esposa, lo cual supondría una alteración completa de la misión que tradicionalmente tenían asignada. Pero es cierto también que la población a partir de la cual se ha percibido este giro histórico es reducida, un total de 75 mujeres sobre un conjunto de procesados que estuvo en torno al millar y que necesitaríamos más datos, procedentes de otros ámbitos no necesariamente políticos para determinar su alcance y si se ajustaba realmente al perfil citado.
- 46 Ibídem, p. 229.
- 47 Ibídem, p. 230.
- 48 Ana Aguado Higón, “Entre lo público y lo privado. Sufragio y divorcio en la Segunda República”, op. (...)
24Esa limitación de orden cuantitativo cabe extenderla asimismo a las apreciaciones –en la investigación que tomamos como referencia– sobre el cambio en el modelo de familia propiciado por la nueva legislación republicana que habría dado lugar a una ruptura radical con el modelo socio-mental de familia aún vigente y ayudado a la gestación de una nueva organización de la estructura familiar caracterizada por el papel central otorgado a la ciudadanía de sus miembros y por su alejamiento respecto de la autoridad moral de la Iglesia46. Con todo ello «la familia habría pasado de girar en torno a los preceptos religiosos tradicionales a ordenarse de acuerdo con los principios democráticos y laicos republicanos recogidos en la propia Constitución de la República»47. Y que contemplaban el matrimonio desde una perspectiva igualitaria y contractual48.
- 49 Tomamos la referencia de Ana Aguado y Luz Sanfeliu, «El camino de la liberación. Asociacionismo fem (...)
- 50 Remitimos a Sofía Rodríguez Serrador, y Rafael Serrano García, «Politización femenina en Valladolid (...)
- 51 Estampa, 22/04/1933.
- 52 Luz Sanfeliu, «Unión Republicana Femenina: una escuela de formación cívica (1931-1933)», in Teresa (...)
- 53 ¡Adelante!, nº 65, 25.XII.32.
- 54 Estampa, 22/04/1933.
25Somos conscientes, empero, de que, en los años treinta, además de la familia, hubo otras vías para la socialización política de las mujeres en los valores –e imaginarios– de la cultura obrera y, en un plano más general, en ideales republicanos como la igualdad, el laicismo y el acceso a la ciudadanía. Cobraron especial relevancia a este respecto el asociacionismo femenino y la práctica de la «sociabilidad asociativa» –en palabras de Maurice Agulhon49– de la que en la ciudad vallisoletana hay algunos buenos ejemplos50, caso del grupo local de Unión Republicana que contaba a la altura de 1933 con unas doscientas socias51. Este tipo de activismo político permitía difundir una identidad de género que Luz Sanfeliu ha calificado de “ciudadana republicana”52. Es interesante también cómo durante la Segunda República se establece en Valladolid el Grupo Femenino Socialista, creado en 1932, que reunió a unas 150 afiliadas y cuyo objetivo era atraer a las mujeres a la militancia en las organizaciones de clase, elevar su formación política y cultural para un uso «consciente» de sus derechos legales, establecer lazos de solidaridad entre sus afiliadas para la mutua ayuda y, además, defender los postulados que defienden a la mujer como «madre, como menor y como obrera»53. Algunos indicios permiten pensar en una socialización política común en Valladolid entre republicanas y socialistas, pues la secretaria de la URF de Valladolid, María Cayón, era la viuda de Antonio G. Santelices54, uno de los fundadores de la Casa del Pueblo local.
- 55 La maestra Fuyola era militante del PCE desde 1930 -candidata del partido en varias elecciones– y c (...)
- 56 El Norte de Castilla, 17/03/1936, p. 6.
26Cabe suponer, además, con respecto a la campaña para las elecciones de febrero de 1936 y durante la llamada Primavera del Frente Popular que la militancia y la movilización de aquellas mujeres que se sentían identificadas con los valores de la izquierda subió varios puntos, como parece probar el multitudinario mitin en un teatro de la ciudad, que dieron Encarnación Fuyola55 y Aurora Arnáiz, al que siguió una manifestación hasta el Gobierno Civil56. La presencia de estas destacadas líderes nacionales, vinculadas al PCE y a la movilización antifascista, permite atisbar una militancia femenina local de un espectro político más amplio.
- 57 Rafael Serrano García, «La cuestión del voto femenino –jornalero– en el campo durante la II Repúbli (...)
27Pero todo lo anterior no quiere decir, empero, que partidos como el socialista, y las organizaciones sindicales situadas en su órbita no sustentaran una visión androcéntrica que supusiera alguna quiebra en el enfoque dominante, patriarcal. de las relaciones entre los dos sexos, incluso en el ámbito obrero, un aspecto que será clave en nuestra argumentación. Una visión, envuelta en una retórica paternalista y benevolente, que se percibe bastante bien en los argumentos empleados en las campañas electorales –a partir de 1933– para lograr que las mujeres de las familias obreras votaran socialista57.
- 58 Pilar Díaz Sánchez, «Familia y cambio social en la II República española», in José Manuel Trujillan (...)
28Ello vendría de alguna forma refrendado por algunos estudios sociológicos que se hicieron a principios de la década de 1990 sobre la población inmigrante madrileña con la mira puesta en caracterizar cómo sería la familia perteneciente a las clases populares –aunque no necesariamente de ideología socialista– en los años republicanos. En ellos se puede advertir que la impronta patriarcal se mantenía muy vigente, caracterizando los hijos a sus padres de «serios» y «trabajadores», pero también de «rígidos» y «autoritarios», a los que de forma mayoritaria trataban de Usted. El respeto y la obediencia eran palabras comúnmente utilizadas para calificar las relaciones con el padre (mucho más que con la madre58).
La luz que arrojan los expedientes de divorcio
- 59 “El matrimonio se funda en la igualdad de derechos para ambos sexos”.
29Por lo que hace a nuestra investigación, sí que pensamos que el recurso mayoritario al divorcio o la separación por parte de cónyuges que procedían en buena parte de los casos de familias obreras (de la ciudad, pero también de las comarcas rurales) constituye un indicio que parece ir en la dirección señalada en el punto anterior, aunque los expedientes de divorcio no permiten ser en modo alguno concluyentes sobre el supuesto de que el medio familiar obrero se hubiera configurado como un ámbito de socialización política democrática, ciudadana, en el que se pondría en práctica la igualdad jurídica entre los esposos que consagraba el artículo 43 de la Constitución republicana59. Incluso por lo que respecta a aquellos pleitos en los que los cónyuges pertenecían a un medio tan militante y combativo como era el ferroviario
- 60 Estampa, 27-06-1931.
30En cuanto al nuevo perfil femenino, rompedor de los moldes tradicionales que estaría encarnando en un grupo todavía minoritario pero ya significativo de mujeres obreras (o de la clase media), los expedientes de divorcio sí que ofrecen indicios, más que de compromiso ciudadano o de emancipación económica por parte de las esposas de, en ciertos casos, una voluntad (que no aparece vinculada explícitamente a un proceso de concienciación política), de romper con las ataduras que ligaban a la mujer al hogar y exigían de la casada una moralidad irreprochable, a salvo de cualquier maledicencia. Pero el hecho mismo de que una parte significativa de estas mujeres de familias obreras se atreviera a iniciar y llevar adelante el pleito de divorcio es en s. Yunqueitante y combativo como era elmportante estaba cambiando en la conciencia femenina.evar adelante el pleito de divorcio eí mismo revelador de que algo muy importante estaba cambiando en la conciencia femenina. Además, los sectores feministas republicanos y socialistas impulsaron la idea del divorcio como un arma defensiva para la mujer, que la liberaría de esos matrimonios fracasados que no eran como declaraba Clara Campoamor «ni unión, ni separación, sino una situación híbrida, dolorosa y cruel»60.
- 61 El beneficio de pobreza venía regulado por los artículos 13 y 15 de la ley de enjuiciamiento civil. (...)
- 62 Tal certificación era requerida en la tramitación de los incidentes de pobreza.
31Pero profundicemos un poco en el carácter, más incluso que obrero, popular, que revisten los casos de divorcio instados ante la Audiencia de Valladolid como parece indicar el hecho de que, en una elevada proporción, que se acercaría al 60 % del total (101 casos), uno o los dos miembros de la pareja plantearon un incidente de pobreza61 para que se les asignara abogado y procurador de oficio. Ese carácter popular que predomina en las demandas de divorcio cabe inferirlo con una mayor seguridad de la mención expresa a la profesión del marido –mucho más raramente en la de la esposa cuando la tiene–, y de los datos, desperdigados, que en la documentación aparecen sobre los sueldos o jornales percibidos que, en ocasiones, estaban en el límite del jornal medio de un bracero en Valladolid que en 1931 según certificaciones del Ayuntamiento ascendía a 5 pesetas (pts.).62. Un buen ejemplo lo tenemos en el divorcio solicitado por un obrero de los Talleres de Miguel de Prado que declaró ganar 6,50 pts./día (d.). los días que trabajaba, lo que, con ese matiz, vendría a ser de 5 pts./d. De otros expedientes sí se infiere que el esposo ganaba más, pero generalmente no excedía de las 10 pts. diarias, incluyendo aquí a aquellos ferroviarios cuyo salario se explicita en la demanda. Es cierto que este colectivo disfrutaba también de otras ventajas, ya hemos apuntado.
32Una última aproximación a la hora de perfilar bien la elevada presencia popular, obrera en los expedientes de divorcio vallisoletanos viene dada por la profesión del cónyuge cabeza de familia. Abundando en lo que ya hemos anticipado en la introducción, en 118 casos conocemos la profesión o el oficio, resultando de la clasificación socioprofesional que insertamos más abajo, que en algo más del 60 % de los casos el esposo pertenecía a la clase obrera y solo en alrededor del 12 % a la burguesía (incluimos aquí los pleitos de divorcio que proceden de los juzgados rurales).
Cuadro 1.
Grupo socioprof. |
Nº |
% |
Clase obrera |
71 |
60,16 |
Cl. Media baja |
24 |
20,33 |
F. armadas |
8 |
6,77 |
Burguesía |
14 |
11,86 |
Otros |
1 |
0,84 |
TOTAL |
118 |
100 |
Demandantes de divorcio según la profesión del marido
Sofía RODRÍGUEZ SERRADOR, y Rafael SERRANO GARCÍA, «El divorcio en Valladolid durante la II República (1931-1937)», in Investigaciones Históricas, 39 (2019), p. 577-620.
- 63 Lo que en un cierto número de ejemplos tenía como corolario el contagio a la esposa de una enfermed (...)
33Los datos anteriores invitan a escrutar en el interior de la vida de las familias obreras, en los conflictos que en ellas se planteaban y que podían dar lugar a la ruptura/separación por una de las partes y a contrastar lo hallado –como efectuaremos más en detalle, centrándonos en el colectivo ferroviario– con los nuevos modelos tanto de familia como de mujer que se estarían perfilando durante la Segunda República y que han sido delineados para el caso vallisoletano como recogimos en el punto anterior. Pues bien, lo que aparece es un panorama en el que los malos tratos por parte de los esposos eran bastante frecuentes –se probaran o no por sentencias de la justicia municipal–, en que la estabilidad del hogar familiar a menudo parecía pender de un hilo por las intemperancias, embriaguez y proclividad a llevar más una vida de soltero –de soltero juerguista y asiduo al prostíbulo63, cabría apostillar– por parte del varón o, en algunos ejemplos por la decisión de la esposa de sacar los muebles y enseres domésticos de casa. Pero tampoco se dibuja netamente el perfil de una esposa sumisa y dispuesta a aguantarlo todo. Obviamente, ya el paso que un buen número de ellas dieron para romper –o separarse al menos– con su pareja parece bien expresivo de los cambios que empezaba a introducir la República en la vida familiar, en la propia autoestima o lo que sería lo mismo, en el sentimiento de su propia dignidad por parte de las mujeres casadas. Nos parece revelador al respecto que en más de 40 pleitos de divorcio –sobre 71– procedente de familias obreras la iniciativa partiera de la esposa.
- 64 Ricardo Lezcano, El divorcio en la II República, op. cit., p. 272.
34El dato no nos debe de extrañar por cuanto en el conjunto del divorcio vallisoletano las esposas superaron con creces a sus maridos a la hora de dar ese paso. Grosso modo y a falta de un reajuste más preciso reexaminando expediente tras expediente, en torno al 65 % de las solicitudes que se presentaron ante los juzgados de la capital y provincia procedieron de las esposas, lo cual abona esa impresión sobre la percepción que empezaron a tener las mujeres casadas españolas de las oportunidades que les abría el régimen republicano. Una tendencia ya señalada por Ricardo Lezcano en su estudio sobre el divorcio64. La prensa se preguntaba por qué las mujeres querían divorciarse y Clara Campoamor respondía -pocos días antes del golpe de Estado– que «las mujeres son las que más necesidad tienen de acogerse a los beneficios de esta Ley. Los hombres, con abandonar a su mujer han resuelto el problema, sin necesidad de más trámites». No se crea además que esa elevada proporción de demandas presentadas por las mujeres fuese un hecho primordialmente urbano. Según nuestros datos, fue algo mayor -en torno al 70 %– en las zonas rurales que en la ciudad.
35No solo entre las casadas más jóvenes, cuyo matrimonio se había celebrado a finales de los años veinte o ya con la República: nos han llamado la atención algunos casos, procedentes de los entornos rurales que van en esa dirección: así, el de una mujer con 81 años, cuyo matrimonio se remontaba nada menos que a 1880 que en 1934 planteó una demanda para separarse de su marido, propietario, ante el juzgado de Peñafiel. Dos años antes había caído enferma y la habían colocado en una habitación apartada de la casa notando en su esposo un desvío, una conducta despreciativa solo paliada cuando una hija se la llevó consigo gracias a lo cual pudo reponerse (en todo ese tiempo su cónyuge la ignoró, no visitándola ni proporcionándola alimentos). Se dio cuenta entonces de que de volver a juntarse llevaría una vida de constante malestar por lo que solicitó formalmente la separación. Se antoja, pues, revelador de las oportunidades que la ley abría a las mujeres la actitud de esta anciana dispuesta a no tolerar más, por su propia dignidad de esposa el desafecto del marido con el que hasta entonces había condescendido en cuanto a este se le antojaba «para evitar disgustos».
- 65 Diputado a Cortes en la candidatura del Frente Popular y ejecutado en el verano de 1936.
36Como hemos señalado más arriba hemos encontrado aproximadamente 25 pleitos en los que la profesión del esposo es la de ferroviario, si bien no todos ellos nos aportan una información provechosa acerca del carácter de las relaciones en el seno de la pareja o sobre el funcionamiento de la unidad familiar. Es más, si bien algunos, pocos, son indicativos de que cuando menos el cabeza de familia estaría en la órbita del Partido Socialista (o de la UGT) por cuanto sus abogados se adscribían a ese partido político (caso de Federico Landrove López65 o de Pablo Puente Paz), o podemos inferir por otros datos que su concepción del mundo se ajustaría a o no estaría lejos de sus postulados, lo encontrado es poco o nada explícito al respecto y, lo que es quizás más relevante en este contexto: el panorama general que nos ofrecen estos pleitos sobre las interioridades de familias pertenecientes a un medio tan ideológicamente caracterizado en Valladolid como era el ferroviario es todo menos armónico, igualitario entre los miembros de la pareja o en que quedara patente cómo la conducta de los miembros de la familia se sujetaba a unas elevadas normas éticas, diferenciadas de las burguesas, tanto en lo público, en la esfera ciudadana, como en la más oculta y privada.
37Por lo pronto, frente a las visiones idealizadas del mundo obrero, el comportamiento de los varones cabeza de familia (que trabajaban en los talleres o en el complejo de la estación vallisoletana o tenían otros puestos en la Compañía) que se perfila aquí dista mucho de ser ejemplar e incluso, si aplicáramos criterios jurídicos hoy vigentes rozaría en ciertos casos el Código Penal. No en todos, claro está, pero sí en varios de ellos en que los malos tratos de palabra y de obra, el desamparo económico de la familia, el abandono del hogar, la embriaguez habitual, la vida licenciosa, el contagio de enfermedades sexuales estaban presentes -cuando no eran la norma por parte del varón– y podían venir acreditados de manera objetiva cuando la esposa en un punto crítico de la historia de su matrimonio había solicitado el depósito o iniciado los trámites (antes, claro está, de 1932), de la separación ante el tribunal eclesiástico, único competente en este tipo de litigios hasta la legislación republicana.
- 66 Sara Moreno Tejada, «La Ley de Divorcio de 1932. Entre la culpabilidad y la causalidad», op. cit.
- 67 Decreto declarando restablecida la institución del Jurado, conforme a su ley Orgánica de 20 de abri (...)
- 68 María Luisa Velasco Junquera, Mujeres en la Segunda República. Una mirada sobre la violencia de gén (...)
- 69 Sara Moreno Tejada, La ley de divorcio de 1932. Un análisis normativo y jurisprudencial, Pamplona, (...)
- 70 Rubén Pérez Trujillano, «Entre los derechos de las mujeres y el poder judicial el divorcio durante (...)
38Aunque el maltrato era una de las causas de divorcio este debía exceder «los límites de disputas más o menos violentas que no trascienden del domicilio» 66, y para su admisión debía demostrarse que había existido intervención policial o incluso asistencia médica. También cuando los malos tratos recibidos habían sido denunciados ante el juez municipal y había recaído sentencia condenatoria, si bien esta solía ser bastante benigna. Debe tenerse en cuenta que los tribunales y la propia jurisprudencia eran marcadamente tolerantes respecto de este tipo de prácticas que solo eran consideradas como causa de divorcio en los casos realmente graves y cuando eran reiterados, pero, además, la esposa debía demostrarlos y eso no era nada fácil pues el tribunal juzgador pasaba las pruebas por un tamiz muy estrecho. Esto ocurría a pesar de que desde inicios de siglo XX, una parte de la prensa y la literatura manifestaron una crítica creciente a la tolerancia de las autoridades, la legislación, y la sociedad con la violencia de género. Este rechazo a la violencia contra las mujeres también se aprecia en la normativa emanada del primer gobierno republicano. Al restablecer los jurados populares se regulaba que en caso de juicios cuyo «móvil pasional fuera el amor, los celos, la fidelidad o cualquier otro aspecto de las relaciones sexuales y en que agresores o víctimas fueren de distinto sexo» el jurado estaría compuesto por el mismo número de hombres y mujeres67. Además, la reforma del Código Penal eliminó el parricidio por honor, y suprimió el delito de adulterio en la mujer68. Sin embargo, la admisión de los malos tratos como motivo de divorcio dependía enormemente de los Tribunales que, en ocasiones atribuían a la mujer cierta responsabilidad por su conducta, llegando a disculpar las acciones del marido, reduciendo el maltrato a un «arrebato»69. En esta línea, Rubén Pérez Trujillano señala cómo al aducir malos tratos como causa del divorcio el Tribunal podía valorar si la mujer «había dado motivos» para la agresión70.
39Frente a las alegaciones presentadas por las esposas –cuando eran ellas las demandantes– no era raro que el esposo, presunto culpable en estos casos de maltrato, contraatacara llegando incluso a plantear una reconvención y ofreciera una imagen de su mujer muy alejada del modelo de la «perfecta casada», es decir, de un ser virtuoso, paciente, ahorrativo, muy consciente de sus obligaciones domésticas y de absoluta fidelidad a su marido. En varios de los casos estudiados uno de los reproches esgrimidos sería el abandono de sus deberes domésticos con el consiguiente desarreglo del hogar, la mala administración, el no tener a punto la comida cuando llegaba el marido de trabajar… Reproches que a veces se emparejaban con la afición a los bailes, a alternar con otros hombres que no dejaban de ser insinuaciones de un posible adulterio, de propensión a la vida disoluta, etc.
40No en todos los casos, claro está, ya que en otros los reproches del marido se centraban en el desapego o la falta de afecto, en el carácter agrio de la esposa, los celos, etc., y que en ocasiones hallaban su desenlace en el abandono del hogar por parte de ella, ignorándose su paradero. Se trata, aquí, de pleitos en los que es el marido el que plantea la demanda si bien los expedientes son poco explícitos respecto de las interioridades de la vida familiar y el comportamiento de los dos miembros de la pareja no está contrastado con las versiones de uno y de otra (lo mismo ocurre, lógicamente, cuando es el marido el que es declarado rebelde por el tribunal ignorándose donde recalaba).
- 71 Hemos utilizado varios de estos ejemplos en otros artículos que hemos publicado sobre el divorcio v (...)
- 72 Archivo de la Real Chancillería de Valladolid [ARCHV], Audiencia Territorial, C. 366.
41Puede ser interesante exponer algunos de los ejemplos que sirvan de fundamento a las consideraciones anteriores, tal y como muestran los pleitos estudiados71. Uno de ellos se refiere a un matrimonio en el que el marido, V. L. P. que aparece en los autos como encargado del economato de la Compañía, aporta incidentalmente el interesante dato –para intentar situarle ideológicamente– de los descuentos que se le hacían en su sueldo por estar afiliado a algunas asociaciones (muy posiblemente entre ellas la Unión ferroviaria, de UGT). Pues bien, en este caso es su esposa, B. V. T. la que presenta demanda de separación alegando malos tratos y que incluso el marido la había echado de casa en alguna ocasión72. Frente a esas acusaciones que, de ser ciertas, probarían su culpabilidad, el marido replica –presenta reconvención– y busca dibujar un perfil muy negativo de su esposa, reprochándola una mala administración, el haber contraído deudas en el economato, poniendo en relación la demanda de separación con el descubrimiento por su esposo de sus deudas y engaños.
- 73 Un estudio reciente que viene al caso, aunque se refiere al noviazgo y no al matrimonio: Cristina d (...)
- 74 Centro Documental de la Memoria Histórica, PS SANTANDER C, C. 50, exp. 15.
42Una separación que según la reconvención planteada por este ferroviario le aseguraría la pensión alimenticia que tenía solicitada y mediante la cual «lograría aquella libertad que desea la demandante…» citando en abono de su insinuación una frase pronunciada por la esposa («que hoy la mujer tenía libertad para hacer cuanto le viniese en gana y que eso es lo que ella estaba deseando») que de ser cierta, situaría el trasfondo de la demanda y del disenso entre los cónyuges en un terreno distinto, en el de la búsqueda de un mayor espacio de libertad por parte de ella73 que su marido, aun suscribiendo seguramente la ideología socialista, no parecía muy dispuesto a tolerar, máxime si ello comportaba un desarreglo en el funcionamiento del hogar y la economía domésticas. Lo que no hay en cambio aquí son insinuaciones sobre posibles infidelidades o una conducta más relajada en las costumbres de la esposa. Esa libertad podría aludir a los nuevos comportamientos femeninos fruto de la transformación en las identidades de género. En ocasiones, esa idea de que unas actuaciones femeninas al margen de lo esperado, llevan a calificar a la esposa de «mujer moderna», lo encontramos en un juicio de divorcio de un matrimonio de obreros del País Vasco74.
- 75 ARCHV, Audiencia Territorial, C. 366.
43Otro ejemplo de interés es uno en el que el marido, F. D. P., parece situarse en el plano de las creencias en una posición muy en sintonía con el anticlericalismo suscrito por el republicanismo histórico y por los partidos y organizaciones obreras, especialmente de estas últimas por su negativa a que la hija del matrimonio fuera bautizada (aunque luego él lo matiza) seguramente porque coincidía con la línea propagada en periódicos como El Socialista o el vallisoletano ¡Adelante!, de secularizar ritos de paso como el nacimiento. Justamente el desacuerdo entre los esposos sobre esta cuestión parece ser uno de los motivos de la demanda de separación presentada por la esposa, R. V. O. quien alegó, en efecto, además de malos tratos y desamparo económico, unas discrepancias absolutas en materia religiosa que el demandado no obstante trató de relativizar aduciendo que ella no era tan religiosa como pretendía aparentar75, pues no iba a misa los domingos y que en realidad lo que ambos habían acordado era no bautizar a la niña hasta que tuviera uso de razón (en la prueba testifical, no obstante, quedó acreditado que el demandado no consintió en que se bautizara a su hija).
44También en este caso el esposo, que presentó reconvención (solicitando el divorcio, no la separación) cargó contra su esposa afeándola el completo abandono de sus obligaciones domésticas e, incluso, de su aseo personal, extremos, sin embargo, que el tribunal no consideró probados. Según él, R. pretendía seguir haciendo «vida de señorita» como la que ambos llevaron en los primeros meses de casados, en Madrid. Una vida impropia de su clase, y no la de la mujer de un obrero que se presentaba a sí mismo como una persona instruida, aficionada a los libros lo que le había permitido adquirir una cultura «no corriente entre los hombres de su clase» con lo que pretendía subrayar el desnivel que le separaba de su mujer, educada en el puesto de verduras de su madre y a la que «le falta trato social para convivir con su marido».
45Aquí, a diferencia del pleito anterior, la Audiencia decretó la separación que se justificaba en la causa alegada por la esposa: la diferencia en materia de creencias u opiniones religiosas que figuraba entre los supuestos previstos por la ley para optar a esta forma de interrupción de la vida conyugal. De ser cierta la imagen que de sí mismo pretendía proyectar el esposo como la de un obrero que había logrado acceder a la cultura, resultan inteligibles las discrepancias en el terreno religioso.
46Este caso tuvo sin embargo una continuación ya que F. D. P. lo reabrió en 1935 presentando esta vez una demanda de divorcio, aduciendo tener noticias ciertas de que su esposa llevaba –estando ya separados– una «conducta inmoral y de desenfreno» que se había exteriorizado por medio de signos ostensibles de estar embarazada, y porque sabía que vivía amancebada con un sujeto. Por eso y «en defensa de su dignidad ultrajada y de la educación de su hija», decía verse precisado a reabrir el caso. Sus argumentos se veían reforzados por opiniones del vecindario según las cuales la que todavía era legalmente su esposa tenía fama de «mujer libertina» recibiendo en su casa a un hombre joven con el que convivía, el cual entraba y salía regularmente de aquel domicilio. Pues bien, en el nuevo juicio que se abrió, la Sala decretó que había lugar al divorcio y declaró culpable a la demandada que probablemente había interpretado su separación como una oportunidad para emparejarse de nuevo, pero con un hombre más de su gusto, un trabajador también, a lo que parece, y para llevar una vida amorosa más libre a la que invitaba el ambiente mucho más permisivo instaurado en España por la República.
- 76 ARCHV, Audiencia Territorial, C. 371.
47Algunos de los casos de divorcio, planteados por los maridos y en que su cónyuge desaparece del hogar doméstico parecen ir también en la dirección del apercibimiento por parte de las esposas de estos trabajadores del ferrocarril de las oportunidades que se les abrían con el nuevo régimen y de que, en una situación legal de mayor igualdad, no tenían por qué continuar sujetas a un marido con el que no se entendían o al que habían dejado de profesar afecto. Uno de estos pleitos es el planteado por A. G. A. para divorciarse de su mujer, R. B. V. que había desaparecido hacía tiempo del domicilio conyugal, aunque su esposo no denunció la ausencia ni hizo gestión alguna para averiguar su paradero76. Al demandante le defendió el letrado Pablo Puente, en la órbita del Partido Socialista, por lo que hay que presumir que su cliente también lo estaría o sería simpatizante.
48El matrimonio lo contrajeron en 1928 y él trabajaba en los Talleres de la Compañía del Norte. En los dos primeros años de su vida conyugal, ningún incidente vino a turbarla según el demandante. Tuvieron al poco tiempo un hijo. Después, las relaciones se fueron deteriorando lo que se atribuye en la demanda al carácter agrio e intolerante de ella y a su falta de afecto. Se produjeron riñas y altercados, no imputables al marido -siempre según el alegato de su abogado– sino al mal carácter de la esposa, confirmado por los testigos (que no citaban, de todos modos, ningún hecho concreto). Se llegó así al 4 de septiembre de 1931 en que ella desapareció del domicilio conyugal llevándose al niño, sin dejar noticia de su paradero, aunque el demandante sospechaba que podía estar en Madrid o en Barcelona. La Sala, empero, no apreció que el marido hubiera hecho gestión alguna para poner fin a la ausencia por lo que aplicó la causa 12ª del artículo 3º de la ley -separación libremente consentida durante tres años– y al ser esta una causa objetiva, consideró que no procedía declarar la culpabilidad de la esposa.
- 77 Debe tratarse de Sant Andreu del Palomar, en Barcelona, donde la Compañía del Norte tenía unas impo (...)
49Un caso similar, tanto porque el esposo demandante llevaba como abogado a otro socialista, Federico Landrove, como porque el cambio de actitud de la esposa se inicia también significativamente en 1931, el año de instauración de la República, es el del divorcio pedido por C. M. R. para disolver su matrimonio con S. G. L. Ambos se casaron en Barcelona en 1925 y el matrimonio vivió normalmente en San Andrés77 hasta que un día de 1931, al regresar a su casa se apercibió de que su esposa había abandonado el domicilio. Se había marchado a Madrid donde la localizó, pero logró convencerla para reanudar su vida conyugal. Para evitar nuevas tentaciones de fuga el demandante solicitó de la empresa el traslado a Valladolid adonde se vinieron en 1933 si bien la esposa pronto volvió a dar muestras de desagrado y de desear romper la vida conyugal, hasta que en febrero de ese año se marchó de nuevo, retornando a Barcelona donde, según noticias de su esposo se había colocado como tanguista, frecuentando, en concepto de tal los cabarets y cafés cantantes «de peor nota» de la capital barcelonesa, acompañada de personas de dudosa moralidad. La Sala dio por probado el adulterio al suponer que, dada la vida que llevaba la esposa en la ciudad condal, no guardaría la fidelidad debida en el matrimonio. Falló, pues, el divorcio por las causas 5ª y 8ª (abandono culpable; violación de los deberes que impone el matrimonio).
- 78 ARCHV, Audiencia Territorial, C. 371.
- 79 Émile zola, La bête humaine, Paris, Flammarion, 1983, edic. de Robert A. Jouanny.
50Siendo la alegación de malos tratos bastante frecuente en estos pleitos en que el marido era un obrero, en algunos aparecen de una forma rotunda, asociada a otro tipo de conductas también lesivas para la esposa e hijos. Sería el caso del divorcio planteado por A. V. B. con su esposo J. B. G. alegando celos, embriaguez, malos tratos de palabra (insultos como «puta», «zorra», «pendón» eran frecuentes) y obra, y llegando a decir en público que los hijos que había tenido no eran de él78. Este comportamiento, según su abogado, era aún más ofensivo tratándose de una persona «que ha sido siempre modelo de esposas y de madres, cuya honorabilidad y reputación son notorias». Unos abusos que evocan algunos episodios de La bestia humana, de É. Zola, así cuando en el capítulo I de esta novela, Roubaud, subjefe de estación, golpea violentamente a su esposa Séverine al conocer su enredo sexual con el magistrado Grandmorin79.
- 80 Como en el caso –por continuar con el novelista francés–, de Coupeau, el marido de Gervaise Marcqua (...)
- 81 Sobre la tramitación de las separaciones matrimoniales antes de 1932 es útil: Isidoro iglesias garc (...)
51La situación empeoró a partir de 1929 llegando el marido a embriagarse casi a diario80. Hasta la amenazó con estrangularla, a ella y a sus hijos y hubieron de marcharse de casa. La demandante recordaba algunos episodios violentos como el ocurrido el 8 de septiembre de 1930 en que, tras golpearla brutalmente la tiró un hacha o el de 5 de mayo de 1931 en que tras insultarla la echó de casa amenazándola con matarla si no lo verificaba. Este último suceso fue denunciado por ella y el marido fue condenado en el juzgado municipal. La demandante ya no lo soportó más y pocos días más tarde solicitó su depósito judicial que se ejecutó el 16 del mismo mes, designándose depositario a su padre (obsérvese que la Republica había sido proclamada apenas un mes antes). Se le señalaron alimentos provisionales en la cantidad de 105 pesetas que seguían vigentes al iniciarse este pleito ya que, acreditada la interposición en su momento de una demanda de divorcio ante el tribunal eclesiástico, fueron ratificados por el juzgado de 1ª instancia. Esta causa, iniciada por la jurisdicción eclesiástica81 no había llegado a cerrarse al entrar en vigor la ley de 1932.
52Otro caso, en fin, en el que además de los malos tratos, la embriaguez, el adulterio, el desamparo, seguidos del depósito de ella o la interposición de demanda ante el tribunal del Arzobispado (antes, lógicamente de la nueva legislación republicana sobre la familia) figura el contagio por enfermedad venérea es el de A, R. D. contra su marido, también empleado en la Compañía del Norte, J. B. C. El contagio (que parece una realidad no infrecuente, aunque no limitara su influjo a las parejas obreras) la obligó a recibir tratamiento, estando ya curada. Es peculiar de este caso el que él reconvenga la demanda acusando a su esposa de lo mismo que ella le reprocha: el de llevar una vida licenciosa, ser proclive al trato con hombres y frecuentar incluso, casas de mala nota, seguramente las mismas que él conocía por propia experiencia. Todo lo cual denotaría el «estigma familiar» pues una cuñada trabajaba en cabarets y cafés cantantes. La esposa no negó conocer diversos prostíbulos de Valladolid, pero no porque llevara una vida licenciosa, sino para sacar a su marido de ellos y el tribunal no solo pareció dar por ciertas sus explicaciones y refrendar su honradez e inocencia, sino que, al fallar el divorcio tildó la conducta de J. B. C. de «inmoral y abyecta». En los años inmediatos a la Segunda República se extendieron en la sociedad nuevas corrientes higienistas que luchaban contra la prostitución y las enfermedades venéreas, y la Ley de Divorcio, se había hecho eco de estas preocupaciones en su desarrollo.
A modo de conclusión provisional: la necesidad de seguir nuevas pistas de investigación
53El debate sobre el divorcio, y el estudio de su aplicación real, quizá permiten reflexionar más profundamente sobre el cambio en la forma de entender las relaciones familiares y personales entre la clase obrera. También en cómo las mujeres empezaban a entenderse a sí mismas en la sociedad de los años treinta. A pesar de los discursos catastrofistas o frívolos de la época, la mayor parte de las demandas de divorcio regularizaron situaciones previas de separación conyugal, algunas de muy larga duración.
- 82 Algunas indicaciones útiles: Anne-Marie Sohn, “Sois un homme!”. La construction de la masculinité a (...)
- 83 Algunas obras recientes, aunque de desigual interés: Guereña, Juan Luis, Detrás de la cortina. El s (...)
54Resulta obvio, por tanto, a la luz de lo que hemos expuesto, pero también del contenido de otras demandas en las que el cabeza de familia era un proletario que además de a factores económicos o ideológicos sería preciso, para sopesar mejor el interés histórico de estos expedientes, valerse de recursos que proceden de la historia cultural, como los modelos de masculinidad y feminidad82 vigentes entonces en la clase obrera española, las pautas por las que se regían comúnmente las familias obreras en su día a día, los hábitos sexuales83, la violencia intrafamiliar, etc. La producción literaria de las décadas de los años veinte y treinta reflejó una sociedad en transición en cuanto a sus comportamientos y modelos de género. Así, el recurso a la literatura y a la prensa enriquecería enormemente el conocimiento sobre la percepción de las identidades de género, de las relaciones matrimoniales o de la violencia conyugal en la clase obrera.
55Debería esclarecerse asimismo, por lo que atañe específicamente a los ferroviarios –no solo los españoles–, si dentro de una cultura obrera compartida se singularizaban por algunos rasgos específicos o si el hecho de pertenecer a la aristocracia obrera –como era el caso de los empleados de «Norte» en el contexto vallisoletano–, con un mayor bienestar por tanto, con un nivel cultural superior y con un considerable grado de conciencia sindical implicaba necesariamente que su comportamiento en el seno de la familia fuera más igualitario en la línea que prescribía la Constitución republicana, más respetuoso de la dignidad de sus esposas e hijas, más tolerante con su forma de entender la vida, con sus aficiones y gustos. También sería un punto para trabajar en el futuro, si en el seno de esa «elite obrera» las mujeres tenían una conciencia mayor de sus derechos y, en el caso de la Ley de Divorcio de cómo esta normativa amparaba sus demandas. E incluso de si los hombres de este entorno percibían a sus compañeras como mujeres informadas y capaces de ejercer los derechos regulados por la ley.
56Esta diferenciación, podría hacer que los ferroviarios se distinguieran, a este respecto de los simples peones que arrastraban una vida miserable y que también por su falta de cultura podían convertir la vida familiar en un infierno como acreditan distintos casos que nos aparecen en esta documentación. Pero no lo tenemos claro. Sería necesario contar con un volumen mucho mayor de expedientes de divorcio para zanjar en un sentido o en otro estos interrogantes. Sobre todo, el de si había calado en los medios obreros el modelo de familia alineada con los valores democráticos y ciudadanos que se ha querido vislumbrar en el estudio sobre la Segunda República en Valladolid antes citado.
Notes
1 Nerea Aresti Esteban y Miren LLona González, «Ser mujer en el mundo que habitó Clara Campoamor. Los ideales de género en el primer tercio del siglo XX», en Clara Campoamor Rodríguez. Mujer y ciudadana, 1888-1972, Catálogo de la exposición celebrada en La Biblioteca Nacional de Madrid en 2022 (Comisaria: Rosa María Capel Martínez), p. 143-161.
2 Ministerio de Justicia, Estadística de divorcios y separaciones, Madrid, 1936.
3 Ahora, 10-vii-1936, p. 13.
4 Detalles interesantes sobre esta oferta en Jesús María Palomares Ibáñez, El socialismo en Castilla. Partido y sindicato en Valladolid durante el primer tercio del siglo XX, Salamanca, Universidad de Valladolid/Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Salamanca, 1988, p. 111-118.
5 Un primer acercamiento a esta temática lo hemos efectuado en Sofía Rodríguez Serrador y Rafael Serrano García, «El divorcio en Valladolid durante la IIa República (1931-1937)», Investigaciones Históricas, 39 (2029), p. 577-620.
6 «El Gobierno ha anunciado oficialmente el propósito de revisar con rapidez y decisión la legislación laica que suprimió en nuestra Patria el sentido católico y espiritual de las le yes, y entre las disposiciones que reclaman esta revisión ha de ocupar lugar preferente la llamada “Ley del Divorcio”». Decreto de 2 de marzo de 1938 (BOE de 5 de marzo). Finalmente, el divorcio sería derogado por la Ley de 23 de septiembre de 1939.
7 Si agregamos los pocos casos –al menos dos– en que los cónyuges optaron por la vía del divorcio por mutuo disenso ya que en ellos no era necesario que interviniera la Audiencia provincial, sino que bastaba con la decisión que adoptara al respecto el juez de instrucción competente.
8 Su artículo, titulado «El divorcio español» viene reproducido en Ricardo Lezcano, El divorcio en la II República, Madrid, Akal editor, 1979, p. 326-327.
9 Ana Aguado, «La República de las ciudadanas. Entre el reformismo social y la igualdad (1931-1936)», in Miguel Gómez Oliver (Dir.), Hacia una España nueva. A los 90 años de la Segunda República española, Granada, Comares, 2021, p. 44.
10 Ricardo Lezcano, El divorcio en la II República, op. cit.
11 El dato en Guillermo-Ángel Pérez Sánchez, Ser trabajador. Vida y respuesta obrera (Valladolid, 1875-1931), Valladolid, Universidad de Valladolid, 1996, p. 179.
12 Guillermo-Ángel Pérez Sánchez, «Los Talleres Principales de reparación de la Compañía del Norte en Valladolid: un estudio de Historia Social (1861-1931)», Investigaciones Históricas, 12 (1992), p. 283.
13 Montserrat Álvarez Martín y Pedro Pablo Ortúñez Goicoechea, «La formación de un distrito industrial metalúrgico en Valladolid (c. 1842-c. 1953)», Documentos de trabajo de la Asociación española de Historia económica, 9, 2009).
14 Jesús María Palomares Ibáñez, El socialismo en Castilla. Partido y sindicato en Valladolid durante el primer tercio del siglo XX, op. cit. y Enrique Berzal de la Rosa, La Unión General de Trabajadores, compromiso social y movilización ciudadana. Valladolid (1897-2020), Madrid, Memoria Democrática/Centro de Estudios Políticos y Constitucionales, 2022.
15 Ángel de Prado Moura, El movimiento obrero en Valladolid durante la II República, Salamanca, Junta de Castilla y León, 1985
16 Por esas fechas aproximadamente pasó a integrarse en la Federación local la primera sociedad formada solamente por mujeres, la de modistas, sastras y oficios de la aguja
17 Jesús María Palomares Ibáñez, El socialismo en Castilla, op. cit. p. 63.
18 Remitimos a: Memoria del II Congreso Federación Nacional de Trabajadores de la Tierra (1932), Jaén, Publicaciones de la Universidad de Jaén, 2000 [Edición facsímil], nota introductoria de Salvador Cruz Artacho, Francisco Cobo Romero y Manuel González de Molina.
19 Pedro Pablo Ortúñez Goicoechea, «La Compañía de los Caminos de Hierro del Norte y Valladolid (c. 1850-1936)», in Real Academia de Bellas Artes de la Purísima Concepción, Conocer Valladolid 2010. IV Curso de patrimonio cultural, Valladolid, 2011, p. 87-98.
20 Guillermo Ángel Pérez Sánchez, «Los Talleres principales...», art. cit., p. 266.
21 El Financiero Hispano-Americano. Revista económica, industrial, y mercantil, doctrinal y práctica, «Extraordinario Valladolid», julio de 1911, p. 23.
22 Ángel de Prado Moura, El movimiento obrero en Valladolid durante la II República, op. cit., p. 164.
23 Juan José Malmierca Santos, y José Luis González Bopete, «Vida laboral de los ferroviarios de Norte», in Pedro carasa (Coord.), La ciudad y el tren. Talleres y ferroviarios en Valladolid (1856-1936), Valladolid, Ayuntamiento de Valladolid, 2003, p. 146.
24 Jesús María Palomares Ibáñez, Valladolid, 1900-1931, Valladolid, Ateneo de Valladolid, 1981, p. 34, n. 74.
25 Juan José Castillo, «Los sindicatos católicos de ferroviarios y mineros (1913-1920)», en íd., El sindicalismo amarillo en España. Aportación al estudio del catolicismo social español (1912-1923), Madrid, EDICUSA, 1977, p. 104.
26 Estos aspectos en: Juan José Malmierca Santos, y José Luis González Copete, «Vida laboral de los ferroviarios de Norte», in Pedro Carasa (coord..), op. cit.
27 Emerenciana Paz Juez Gonzalo, El mundo social de los ferrocarriles españoles de 1857 a 1917, Madrid, Universidad Complutense, Tesis doctoral, 1991, p. 170-174.
28 Manuel Pérez Ledesma, El obrero consciente. Dirigentes, partidos y sindicatos en la II Internacional, Madrid, Alianza editorial, 1987.
29 Un útil estudio: Ana Aguado, «Familia e identidades de género. Representaciones y prácticas (1889-1970)», in Francisco Chacón y Joan Bestard (dirs.), Familias. Historia de la sociedad española (del final de la Edad Media a nuestros días, Madrid, Cátedra, 2011, p. 743-808.
30 Mercedes Arbaiza, «Obreras, amas de casa y mujeres liberadas. Trabajo, género e identidad obrera en España», in Mary Nash Feminidades y masculinidades. Arquetipos y prácticas de género, Madrid, Alianza Editorial, 2014, p. 129-158.
31 Julio de la Cueva Merino, «Socialistas y religión en la Segunda República: de la Liga nacional laica al inicio de la Guerra Civil» in Julio de la Cueva Merino y Feliciano Montero García (eds.), Izquierda obrera y religión en España (1900-1939), Alcalá de Henares, Universidad de Alcalá de Henares, 2012, p. 71-97.
32 Jordi Luengo López, «María de la O Lejárraga en Blanco y Negro. Columnas, Cartas y calendarios ante el advenimiento de la mujer moderna», in Revista de Escritoras Ibéricas, 4, 2016, p. 121-152.
33 Sus novelas El artículo 438 (1921) y La malcasada (1923) eran una defensa del divorcio a través de las historias de tormento que vivían sus protagonistas, sometidas a la autoridad de maridos maltratadores.
34 Marta del Moral Vargas, «El miedo a la emancipación. La disolución de la militancia segregada en el socialismo madrileño (1906-1927)», in Ayer, 121 (2021), p. 79-105.
35 El Socialista, 15/09/1931.
36 Carmen DE BURGOS, Parlamentarismo femenino, El Norte de Castilla, 24/07/1931, p. 1.
37 Sonsoles Gómez Carbonero, Cultura ciudadana y socialización política en la República. Actitudes y comportamientos de los vallisoletanos entre 1931 y 1936, Valladolid, Universidad de Valladolid, Tesis Doctoral, 2000.
38 Fue impulsada por la Asociación de Mujeres Vallisoletanas Católicas.
39 Artículo de Nicolás S. de Otto, DR, 06/12/1931.
40 Sonsoles Gómez Carbonero, Cultura ciudadana…, p. 220 y ss.
41 Sobre la represión en el ámbito ferroviario véase Francisco Polo Muriel, La depuración del personal ferroviario durante la Guerra Civil y el Franquismo (1936-1975), Madrid, Universidad Autónoma de Madrid, Tesis doctoral, 2015.
42 Para otras provincias como la de Valencia se ha estudiado también la adscripción socio-profesional de las mujeres encausadas por este Tribunal: véase –basándose en datos de Olivares Álvaro–, Ana Aguado Higón y Luz Sanfeliú, «Trabajadoras y republicanas. Mujeres y trabajo durante la Segunda República y la Guerra Civil en Valencia», en Baetica. Estudios Historia Moderna y Contemporánea, 41 (2021), p. 375.
43 La socialización política familiar era una experiencia común en la militancia socialista y republicana -ambas en los márgenes del sistema de la Restauración– y que a través de los vínculos familiares reforzaba el compromiso político, que se concebía como una forma de vida. Marta del Moral Vargas, «La militancia familiar como forma de compromiso político: el liderazgo de las hermanas García Pérez (1918-1931)», en Arbor, 196 (2018), https://doi.org/10.3989/arbor.2020.796n2003
44 Cultura ciudadana…,, p. 222-223.
45 Ibídem, p. 223.
46 Ibídem, p. 229.
47 Ibídem, p. 230.
48 Ana Aguado Higón, “Entre lo público y lo privado. Sufragio y divorcio en la Segunda República”, op. cit.
49 Tomamos la referencia de Ana Aguado y Luz Sanfeliu, «El camino de la liberación. Asociacionismo femenino y culturas obreras en la Segunda República (1931-1936)», in Pasado y Memoria, 22 (2021), p. 239. Este trabajo, como otros de las autoras que lo firman es muy útil para conocer el despliegue en España de ese tipo de asociaciones con un sesgo de género y de cómo este proceso se relacionó con la transformación de las identidades femeninas.
50 Remitimos a Sofía Rodríguez Serrador, y Rafael Serrano García, «Politización femenina en Valladolid en los años de la Segunda República» in Congreso internacional Contemporáneas. Políticas, trabajadoras y hacedoras de sociedad, Universidade de Santiago de Compostela, 2022.
51 Estampa, 22/04/1933.
52 Luz Sanfeliu, «Unión Republicana Femenina: una escuela de formación cívica (1931-1933)», in Teresa María Ortega López, Ana Aguado Higón, y Elena Hernández Sandoica (eds.), Mujeres, dones, mulleres, emakumeak. Estudios sobre la historia de las mujeres y del género, Madrid, Cátedra, 2019, p. 95-113.
53 ¡Adelante!, nº 65, 25.XII.32.
54 Estampa, 22/04/1933.
55 La maestra Fuyola era militante del PCE desde 1930 -candidata del partido en varias elecciones– y cofundadora del Socorro Rojo, fue una activa propagandista que llegó a estar encarcelada durante el quinquenio republicano por su militancia. María POVEDA, «Encarnación Fuyola Miret: profesora, feminista, antifascista y…exiliada». in Ángeles Egido, Matilde Eiroa San Francisco, Encarnación Lemus, María Fernanda Santiago Bolaños, (dirs.). Véase asimismo Luiza Iordache Cârstea, Rocío Negrete Peña, (coords.): Mujeres en el exilio republicano de 1939 (Homenaje a Josefina Cuesta), Madrid, Ministerio de la Presidencia, 2021, p. 423-434. Arnaíz contaba con una amplia filiación socialista y fue líder de las Juventudes Socialistas Unificadas. Ambas políticas impulsaron la Asociación de Mujeres Antifascistas.
56 El Norte de Castilla, 17/03/1936, p. 6.
57 Rafael Serrano García, «La cuestión del voto femenino –jornalero– en el campo durante la II República, a través de la prensa», comunicación presentada al XVI Congreso de la Asociación de Historia Contemporánea, Logroño, 7 a 9 de septiembre de 2023.
58 Pilar Díaz Sánchez, «Familia y cambio social en la II República española», in José Manuel Trujillano Sánchez (ed.), Jornadas “Historia y fuentes orales”. Memoria y sociedad en la España contemporánea, Ávila, Fundación Cultural Santa Teresa, 1993, p. 139-147.
59 “El matrimonio se funda en la igualdad de derechos para ambos sexos”.
60 Estampa, 27-06-1931.
61 El beneficio de pobreza venía regulado por los artículos 13 y 15 de la ley de enjuiciamiento civil. Se trataba de un incidente del asunto principal, el divorcio en estos casos.
62 Tal certificación era requerida en la tramitación de los incidentes de pobreza.
63 Lo que en un cierto número de ejemplos tenía como corolario el contagio a la esposa de una enfermedad venérea.
64 Ricardo Lezcano, El divorcio en la II República, op. cit., p. 272.
65 Diputado a Cortes en la candidatura del Frente Popular y ejecutado en el verano de 1936.
66 Sara Moreno Tejada, «La Ley de Divorcio de 1932. Entre la culpabilidad y la causalidad», op. cit.
67 Decreto declarando restablecida la institución del Jurado, conforme a su ley Orgánica de 20 de abril de 1888, con las modificaciones que se establecen. Gaceta, 28 de abril de 1931.
68 María Luisa Velasco Junquera, Mujeres en la Segunda República. Una mirada sobre la violencia de género en Logroño, Logroño, Instituto de Estudios Riojanos, Ayuntamiento de La Rioja, 2006, p. 120-121.
69 Sara Moreno Tejada, La ley de divorcio de 1932. Un análisis normativo y jurisprudencial, Pamplona, Aranzadi, 2022, p. 49.
70 Rubén Pérez Trujillano, «Entre los derechos de las mujeres y el poder judicial el divorcio durante la Segunda República española (1931-1936)», op. cit.
71 Hemos utilizado varios de estos ejemplos en otros artículos que hemos publicado sobre el divorcio vallisoletano.
72 Archivo de la Real Chancillería de Valladolid [ARCHV], Audiencia Territorial, C. 366.
73 Un estudio reciente que viene al caso, aunque se refiere al noviazgo y no al matrimonio: Cristina de pedro, «‘Eso será si yo quiero’. Conflictos familiares en torno al noviazgo y la sexualidad en los barrios populares madrileños (1918-1936)», in Carlos hernández quero y Álvaro parís, eds., Politización popular y cotidiana en la Europa contemporánea, Granada, Comares, 2023, p. 157-174.
74 Centro Documental de la Memoria Histórica, PS SANTANDER C, C. 50, exp. 15.
75 ARCHV, Audiencia Territorial, C. 366.
76 ARCHV, Audiencia Territorial, C. 371.
77 Debe tratarse de Sant Andreu del Palomar, en Barcelona, donde la Compañía del Norte tenía unas importantes instalaciones.
78 ARCHV, Audiencia Territorial, C. 371.
79 Émile zola, La bête humaine, Paris, Flammarion, 1983, edic. de Robert A. Jouanny.
80 Como en el caso –por continuar con el novelista francés–, de Coupeau, el marido de Gervaise Marcquart, tras sufrir un grave accidente laboral, en la novela L’Asommoir, que en castellano se ha traducido como La Taberna. Hemos consultado la edición de Cátedra, 2003, en traducción de Francisco Caudet.
81 Sobre la tramitación de las separaciones matrimoniales antes de 1932 es útil: Isidoro iglesias garcía, La llamada demanda de divorcio. Monografía práctica premiada por el ilustre Colegio de abogados de Madrid en concurso público, Valladolid, Imprenta del Colegio Santiago, 1925.
82 Algunas indicaciones útiles: Anne-Marie Sohn, “Sois un homme!”. La construction de la masculinité au xixe siècle, Paris, Éditions du Seuil, 2009; Thierry Pillon., «Virilité ouvrière», in Courtine, J. J., Histoire de la virilité. 2. La virilité en crise? Le xxe-xxie siècle, Paris, Éditions du Seuil, 2011, p. 311-334.
83 Algunas obras recientes, aunque de desigual interés: Guereña, Juan Luis, Detrás de la cortina. El sexo en España (1790-1950), Madrid, Cátedra, 2018. Debe verse también: Zubiaurre, Maite, Culturas del erotismo en España, 1898-1939, Madrid, Cátedra, 2014.
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Pour citer cet article
Référence électronique
Rafael Serrano García et Sofía Rodríguez Serrador, « Clase obrera y divorcio en el Valladolid de la Segunda República », Cahiers de civilisation espagnole contemporaine [En ligne], 33 | 2024, mis en ligne le 29 avril 2025, consulté le 15 mai 2025. URL : http://journals.openedition.org/ccec/20335 ; DOI : https://doi.org/10.4000/13txd
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