La memoria histórica de la Guerra Civil, la dictadura franquista, y la Transición, en España. Síntesis histórica e iniciativas legislativas recientes
Résumés
Cet article traite la problématique de la mémoire historique concernant la Guerre Civile, la dictature franquiste et la transition démocratique en Espagne. En premier lieu, il propose une synthèse historique du phénomène, depuis les dernières années du régime de Franco, jusqu’à la promulgation en 2007, des lois étatiques et catalanes sur la mémoire historique. Ensuite, il témoigne de l’interruption de l’action du Gouvernement en la matière à partir de 2012, ainsi que de la continuité des initiatives désolidarisées de l’Administration centrale. Enfin, il expose et analyse les initiatives législatives des régions autonomes concernant la mémoire historique, qui ont eu lieu entre 2016 et début 2018.
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Mots clés :
mémoire, Histoire, législation, guerre civile d’Espagne, dictature franquiste, transition démocratique en EspagnePlan
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De los orígenes a las normas estatal y catalana de 2007
- 1 Si bien España se había constituido en Reino desde la aprobación de la quinta Ley fundamental por l (...)
- 2 Francisco Erice, «Combates por el pasado y apología de la memoria, a propósito de la represión fran (...)
- 3 Juan Andrés Blanco, «La historiografía de la guerra civil española», Hispania Nova. Revista de Hist (...)
1El Estado Español silenció la memoria de los derrotados en la Guerra Civil y de quienes padecieron la represión del régimen franquista por motivos ideológicos, y recluyó sus remembranzas del conflicto y de la posguerra en el ámbito privado o en la lejanía del exilio1. La dictadura puso en marcha múltiples mecanismos de propaganda y socialización política con el objetivo de imponer su propia versión de la historia reciente del país. Las autoridades gubernativas colocaron placas en todos los núcleos urbanos, levantaron tributos monumentales, instituyeron fiestas y rituales que conmemoraban la contienda, y habilitaron lugares donde rendir culto a los combatientes que fallecieron en nombre de la España Nacional. El No-Do, la enseñanza, el cine, la literatura, y otras tantas manifestaciones culturales y artísticas, se pusieron al servicio del Estado para sancionar el movimiento fundacional del nuevo régimen, que, al enfatizar los desmanes del terror rojo, atribuyó la violencia ilegítima de forma exclusiva al bando republicano2. El levantamiento militar se representó como una lucha de liberación nacional destinada a detener el marxismo, la masonería, el judaísmo, y el separatismo, para lo cual hubo que reinterpretar la historia de los periodos anteriores. Al terminar la II Guerra Mundial, los apologistas del Generalísimo eludieron el antiliberalismo y el desprecio por la democracia parlamentaria que habían caracterizado al dictador y le ungieron, al abrigo de la coyuntura internacional, como el «centinela de Occidente» que había anticipado la lucha contra el comunismo. En las décadas de 1950 y 1960 un sector del ámbito académico contestó el discurso imperante: en las universidades españolas se pusieron por escrito diversos ensayos que centraron su atención en el bando lealista, el movimiento obrero y la historia de la República española; por norma general, estos trabajos trataron los aspectos políticos con cierta carga ideológica. Por su parte, diversos investigadores extranjeros, en su mayoría anglosajones, rubricaron sendas síntesis sobre la Guerra Civil, cuyos paradigmas interpretativos adquirieron una larga vigencia. Sus obras aludían al fracaso de la tarea de gobierno del régimen republicano como detonante del conflicto, que habría estallado a tenor de las amenazas y dificultades internas que constriñeron el ensayo democrático que se puso en marcha a partir de 19313.
- 4 Javier Rodrigo, «La Guerra Civil: «memoria», «olvido», «recuperación» e instrumentalización», Hispa (...)
- 5 Antonio González, «La política archivística del Gobierno español y la ausencia de gestión del pasad (...)
2Durante la Transición, las delicadas circunstancias por las que atravesó el país obligaron a las formaciones políticas que habrían de gestionar el cambio de régimen a operar sobre las bases de la negociación y la aquiescencia. En este sentido, la violencia callejera, el terrorismo de extrema derecha y de la izquierda radical, la lucha armada de eta, la actuación de unos cuerpos del orden acostumbrados a un marco de acción no democrático, la amenaza de unas fuerzas armadas cuya afección parecía titubear, y una plétora de desafíos que debían encauzarse (legalización del Partido Comunista de España, descentralización autonómica, etc.), recomendaron obviar el análisis del pasado reciente. La memoria de la Guerra Civil y de la dictadura franquista quedó relegada a la esfera privada, al ámbito de la erudición, la historiografía, y algunas ciencias sociales. Nacía así el mito fundacional del nuevo Estado de derecho. Esto es, una transición pacífica en pos de la reconciliación nacional que permitiría superar las divisiones del periodo anterior. En aras de la gobernabilidad del país, se desbancó el valor de la República española como antecedente de la democracia, por lo que el bando lealista perdió la legitimidad constitucional que acaso hubiera podido reclamar. Por omisión, se fraguó una política de des-memoria histórica en torno a la Guerra Civil y a la dictadura franquista4. La Amnistía del 15 de octubre de 1977 ofició la ausencia de un modelo de gestión del pasado traumático de España e impidió un concierto real entre las partes afectadas. A diferencia de lo que ocurrió en Alemania, Japón, Francia, Portugal, o Grecia, no se aplicó un patrón de enjuiciamiento penal sobre los responsables de la dictadura. No se depuró de los organismos públicos a los colaboradores de los aparatos represivos del régimen, tal y como sí se hizo en los países excomunistas de la Europa Central y del Este (República Checa, Bulgaria, Hungría, Polonia, etc.). Tampoco se imitó a Chile, Sudáfrica, o Argentina, que, con sus respectivas comisiones de la verdad y la reconciliación, sacaron a la luz muchas de las violaciones de los derechos humanos que se habían cometido en su territorio5.
- 6 Francisco Espinosa, «De saturaciones y olvidos. Reflexiones en torno a un pasado que no puede pasar (...)
- 7 María de la Cinta Ramblado, «¿Compromiso, oportunismo o manipulación? El mundo de la cultura y los (...)
3A pesar de sus limitaciones, el proceso político que experimentó el país tras la muerte del dictador inauguró una etapa de emancipación y de conquista de los derechos democráticos. En este contexto, las aristas de la memoria comenzaron a penetrar las comisuras del silencio y, de manera fortuita, los familiares de los represaliados por el régimen franquista vindicaron algunas de sus demandas desde la pura improvisación y la iniciativa personal. Al margen del Gobierno de la Unión de Centro Democrático (UCD) y del resto de formaciones, numerosos allegados de las víctimas del franquismo dieron digna sepultura a sus seres queridos, actos tirantes que fueron rechazados por las fuerzas conservadoras y que la prensa ignoró. Ciertamente, el pacto de olvido y la distorsión de la información que habían caracterizado el tratamiento de la Guerra Civil durante medio siglo seguían custodiando el imaginario colectivo del pueblo español cual rehén inadvertido. Así lo demuestra una encuesta realizada por Cambio 16 en 1983, comentada por el historiador e hispanista alemán Walther L. Bernecker, según la cual, el 76% de los sondeados se consideraba «mal informado» sobre el conflicto, un 53% respondía que los dos bandos luchaban por una causa digna, y el 73% pensaba que «era mejor olvidar» la Guerra Civil6. Sin embargo, la investigación histórica y el mundo de la cultura vigorizaron las ansias de conocimiento de la población en torno a la materia, y dieron visibilidad a cuestiones sensibles que hasta la fecha habían quedado veladas. Los aspectos económicos del conflicto, la intervención extranjera en la guerra, los efectos del conflicto a nivel local, y, entre otros aspectos, el estudio de la represión, abonaron las investigaciones que se llevaron a cabo durante los años ochenta y noventa. Aumentó la recreación visual de la contienda, al tiempo que la literatura y otras formas de expresión artística exploraron y reivindicaron la experiencia de los vencidos. Maryse Bertrand de Muñoz explicaba que, desde 1936 hasta 1993, se habían escrito unas 1.300 obras literarias sobre la guerra. En efecto, novelistas y directores de cine mostraron un gran interés por recuperar las reminiscencias de antaño. El relato testimonial y las perspectivas de género ocuparon ulteriormente su propio estrato de expresión7.
- 8 Joan Sagués, «Han vuelto a pasar (casi) cuarenta años. Memoria y políticas públicas de memoria en E (...)
4En 1986, cincuenta aniversario del conflicto, se convocaron multitud de actos a lo largo y ancho del país con el propósito de recordar el estallido de la Guerra Civil. Estos eventos fueron organizados por asociaciones y entidades de distinta índole, nunca por la autoridad pública. Por su parte, el Gobierno encabezado por el Partido Socialista Obrero Español (psoe), se abstuvo de participar y descartó cualquier tipo de celebración. El discurso hegemónico continuaba refiriéndose a la conflagración como un error colectivo, y el concepto de la reconciliación eclipsaba otras consideraciones. Esta visión, que defendía la despolitización del pasado y la no conmemoración, entró en conflicto al cabo de unos años con el cambio de paradigma que emplazó la Guerra Civil en el debate público y exigió una respuesta de las autoridades. Distintas voces comenzaron a defender la restitución de la legitimidad republicana no sólo como reparación de una violencia represiva, que, desencadenada tras el golpe de estado, truncó la legalidad parlamentaria, sino también como vehículo para mejorar la calidad de la democracia española, lo cual exigía una discusión abierta sobre el pasado y la conmemoración explícita del mismo. Los partidarios de esta premisa argumentaban que las raíces del sistema actual se encontraban en la experiencia democrática de los años treinta y en la lucha que se libró posteriormente, contra la dictadura, para recuperarla. A tenor de ello, se exigió la rehabilitación de las víctimas del franquismo y se denunció el supuesto pacto de silencio que se fraguó durante la Transición. La política se inmiscuyó en el asunto cuando el Partido Popular (pp), formación mayoritaria de la derecha, se hizo con el poder en 1996. El psoe, ahora en la oposición, se acomodó en el debate que se había articulado en torno a la Guerra Civil y, a diferencia del laconismo que había caracterizado su otrora postura, abanderó las reclamaciones del pasado. Desde las filas conservadoras, algunos de cuyos miembros fueron simbólicamente identificados como albaceas testamentarios del régimen anterior, se vilipendió el movimiento de recuperación de la memoria y se advirtió que los fantasmas del pasado, es decir, la violencia y la división de la sociedad española, podían volver8. A partir de entonces, el enjuiciamiento moral de la Guerra Civil y de la dictadura franquista, junto con el recuerdo de sus víctimas, se hicieron un hueco en el debate público, convirtiéndose en un arma política a disposición de las rencillas partidistas y en un reñidero frecuentado por la prensa.
- 9 El Gobierno vasco comisionó el Grupo de Trabajo de la Sociedad de Ciencias de Aranzadi, que, entre (...)
- 10 Proposición no de Ley 161/001512 sobre el reconocimiento moral de todos los hombres y mujeres que p (...)
- 11 Proposición no de Ley 161/001591 por la que se declara y se insta a los poderes públicos a reparar (...)
- 12 Proposición no de Ley 161/001636 sobre el desarrollo de una política de Estado para el reconocimien (...)
5Los sectores conservadores secundaron el discurso revisionista de una camarilla de periodistas e historiadores, entre ellos Federico Jiménez Losantos, César Vidal, José María Marco, y Pío Moa, que recobraron los paradigmas interpretativos del tardofranquismo acerca de los orígenes de la Guerra Civil, la República española y la historia reciente de España. Bajo el amparo de sus postulados, y por medio del Manifiesto de las Humanidades, en septiembre del año 2000 el Ejecutivo de José María Aznar (pp) trató de cambiar el contenido curricular de la asignatura de historia en los institutos de enseñanza secundaria y bachillerato. La interpretación de la Guerra Civil y del pasado de España entraron así en la lid, contra la voluntad de la mayoría de los docentes, que, atónitos, se veían inmersos en un debate que afectaba a la propia identidad nacional. Justo por esas fechas tuvo lugar un acontecimiento que marcaría profundamente el devenir de la cuestión que nos ocupa. En la provincia de León el desentierro de una fosa común motivó la fundación de la Asociación para la Recuperación de la Memoria Histórica (armh). De ese momento en adelante, ésta y otras organizaciones como el Foro por la Memoria se dedicaron a recuperar los cadáveres de personas fusiladas o asesinadas, durante y después de la guerra, por el régimen franquista9. El impacto mediático de las exhumaciones dio un impulso considerable al movimiento de la memoria histórica. Tanto es así, que en el decurso de 2002 la oposición parlamentaria elevó a la Comisión Constitucional del Congreso de los Diputados varias Proposiciones no de Ley vinculadas con la recuperación y la reevaluación del pasado. En el mes de junio, el Grupo Parlamentario Federal de Izquierda Unida (iu) adelantó la primera de estas iniciativas, al presentar una propuesta de reconocimiento moral de todas aquellas personas que habían padecido la represión del régimen franquista por razones políticas10. A lo largo de septiembre, octubre y noviembre, los Grupos Parlamentarios Socialista, Federal de Izquierda Unida, y Mixto, este último integrado por formaciones regionalistas y nacionalistas de izquierda e Iniciativa per Catalunya Verds (icv), sometieron a la consideración de la Comisión Constitucional varias Proposiciones no de Ley ligadas al desentierro de las fosas comunes y a la reparación moral de los familiares de las víctimas11. Esta batería de iniciativas legislativas se completó con una propuesta del grupo Parlamentario Socialista, que pretendía impulsar una política pública para el reconocimiento del exilio al que se vieron forzados muchos españoles y españolas durante la Guerra Civil y la dictadura12. En su sesión del 20 de noviembre de 2002, la Comisión Constitucional acordó aprobar, con modificaciones, el conjunto de Proposiciones no de Ley que acabamos de señalar. La exposición de motivos con la que el organismo argumentaba su dictamen reiteraba el valor de la Transición como proceso de tránsito pacífico y pactado hacia la democracia, y justificaba la prescripción del pasado que había exigido tal empresa. Así lo expone el articulado, que, no en balde, designa la Carta Magna de 1978 como la «Constitución de la Concordia»:
- 13 Boletín Oficial de las Cortes Generales. Congreso de los Diputados, serie D, núm. 448, de 29 de nov (...)
Todos los constituyentes, en aras de aquel consenso básico orientado al establecimiento de un marco democrático duradero, hicieron importantes renuncias […] nada queda en la sociedad española del endémico enfrentamiento civil porque, consciente y deliberadamente, se quiso pasar página para no revivir viejos rencores, resucitar odios o alentar deseos de revancha13.
6No obstante, el Partido Popular, que contaba con mayoría absoluta en el Congreso de los Diputados, impidió que estas iniciativas alcanzasen rango de ley.
7Hasta 2002, se habían adoptado varias disposiciones a fin de corregir y subsanar algunos de los agravios de los que habían sido víctimas los combatientes y la población civil del territorio republicano. Nos referimos a un conjunto de leyes aprobadas en las postrimerías del franquismo, en plena Transición, y en las primeras legislaturas del régimen monárquico, cuyo ámbito de acción se desplegaba en torno al tratamiento que debían recibir, bajo la forma de pensiones y compensaciones económicas, los excombatientes, los mutilados civiles de guerra, los familiares de los fallecidos a causa de la guerra y sus consecuencias, y quienes habían sido encarcelados por motivos políticos antes del 15 de junio de 1977. A fin de cuentas, lo esencial de estas medidas, es decir, la amnistía política y la equiparación en derechos de los ciudadanos de uno y otro bando contendiente, no es sino el punto partida natural del proceso de paz y reconciliación que debe llevarse a cabo en cualquier país tras una guerra civil. No eran actuaciones de tipo memorialista, ni revisaban el sentido de la contienda, de la dictadura o de la Transición. Antes bien, su vocación era la de establecer las condiciones elementales del estado de derecho que exigía la vuelta al orden democrático. A saber, en 1969 el Generalísimo tuvo a bien validar un Decreto-Ley que prescribía todos los delitos cometidos con anterioridad al 1 de abril de 1939. Era esta una ley de amnistía retroactiva, que, como bien reza su articulado, atañe exclusivamente al periodo de la Guerra Civil:
- 14 Decreto-Ley 10/1969, de 31 de marzo, por el que se declara la prescripción de todos los delitos com (...)
es oportuno hacer expreso reconocimiento de la prescripción de las posibles responsabilidades penales que pudieran derivarse de cualquier hecho que tenga relación con aquella Cruzada, quedando de esta forma jurídicamente inoperante cualquier consecuencia penal de lo que en su día fue una lucha entre hermanos14.
8Es sabido que, acorde con lo acontecido durante la contienda y los años posteriores, para la justicia civil y castrense franquista, quienes auxiliaron la rebelión, traicionaron a la patria y se opusieron a los intereses de la nación, fueron aquellos que respaldaron al Gobierno legítimo de la República. Paradójicamente, los militares y civiles que se sumaron y simpatizaron con el sublevamiento se encontraban del lado de la legalidad; la subversión de los fundamentos jurídicos que habían antecedido al régimen fue una constante a lo largo del franquismo. Los crímenes políticos cometidos durante la dictadura y los primeros años de la Transición serían amnistiados en 1977, con la Ley de Amnistía del 15 de octubre. Los supuestos contemplados en el Artículo primero de la norma rezan:
- 15 Ley 46/1977, de 15 de octubre, de Amnistía, Boletín Oficial del Estado, núm. 248, 17 octubre 1977, (...)
Quedan amnistiados: a) Todos los actos de intencionalidad política […] tipificados como delitos y faltas realizadas con anterioridad al día quince de diciembre de 1976. b) Todos los actos de la misma naturaleza realizados entre el quince de diciembre de 1976 y el quince de junio de 1977, cuando en la intencionalidad política se aprecie además un móvil de restablecimiento de las libertades públicas o de reivindicación de autonomías de los pueblos de España. c) Todos los actos de idéntica naturaleza o intencionalidad […] realizados hasta el seis de octubre de 1977, siempre que no hayan supuesto violencia grave contra la vida o la integridad de las personas15.
- 16 Decreto 670/1976, de 5 de marzo, por el que se regulan pensiones a favor de los españoles que habie (...)
- 17 Real Decreto-ley 43/1978, de 21 de diciembre, por el que se reconocen beneficios económicos a los q (...)
- 18 Ley 5/1979, de 18 de septiembre, sobre reconocimiento de pensiones, asistencia médico-farmacéutica (...)
- 19 Ley 4/190, de 29 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para 1990, Boletín Oficial del Esta (...)
9El caso de los excombatientes fue objeto de distintas iniciativas legislativas sancionadas a lo largo de los años. El Decreto de 5 de marzo de 1976 equiparaba a los lisiados de guerra de las fuerzas republicanas con los del bando nacional, haciendo así extensibles a los primeros las pensiones de invalidez que percibían los veteranos del ejército franquista16. Dos Reales Decretos-leyes de 1978 y la Ley de 26 de junio de 1980 complementarían el dosier, que se dio por zanjado en 1984 con la Ley de 22 de octubre que reconocía los derechos y servicios prestados a quienes durante la Guerra Civil formaron parte de las Fuerzas de Orden Público y Cuerpo de Carabineros de la República17. La concesión de pensiones a las viudas, huérfanos y familiares de los republicanos fallecidos como consecuencia o con ocasión de la Guerra Civil, fue reglamentada mediante la Ley de 18 de septiembre de 1979, mientras que los mutilados civiles de guerra, quienes ya se beneficiaban de una pensión establecida en el precitado Decreto de 1976, recibirían una retribución anual en virtud de la Ley de 29 de marzo de 198218. Este ciclo legislativo concluyó en 1990 con una Disposición adicional a los Presupuestos Generales del Estado para ese año, que concedía indemnizaciones a quienes habían sufrido prisión a lo largo de la dictadura y hasta el mes de octubre de 1977, durante tres o más años, por razones políticas19. Con todo, las Proposiciones no de Ley que había elevado la oposición parlamentaria a la Comisión Constitucional del Congreso de los Diputados en 2002, fue la primera batería de iniciativas legislativas en defensa de la memoria histórica y la reevaluación del pasado que unió bajo esta bandera a partidos políticos españoles tras la Transición.
- 20 Víctor Manuel Santidrián, «Las cosas de la memoria (histórica)», Hispania Nova. Revista de Historia (...)
- 21 Puede consultarse este documento en la página web de la organización, https://www.es.amnesty.org
10Después de la victoria electoral del psoe en los comicios generales de 2004, el nuevo Ejecutivo socialista se comprometió a sancionar en las Cortes un paquete de medidas vinculadas con la memoria de la Guerra Civil y la reparación de las víctimas que sufrieron la represión posterior. Con este propósito, el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero dispuso una Comisión Interministerial que estudió el tipo de compensaciones que convendría asignar a los agraviados. Un año más tarde, el Gobierno bipartito del Partido dos Socialistas de Galicia-psoe (psdg) y del Bloque Nacionalista Galego (bng) que ocupó el poder tras las elecciones al Parlamento de Galicia de 2005, declaró 2006 como Ano da Memoria. La Consellería de Cultura puso en marcha un proceso que se sustentaba sobre tres pilares: la difusión, el homenaje y la investigación20. El Congreso de los Diputados secundó entonces la consagración ungida por el presidente de la Junta de Galicia y secretario general del psdg, Emilio Pérez Touriño, y la nación entera se sumió oficialmente en el Año de la Memoria Histórica. A su vez, algunas de las partes implicadas, y las asociaciones que las respaldaban, elevaron el pleito de la Guerra Civil y la represión franquista a las más altas instancias europeas. Ya en 1946 la Asamblea General de las Naciones Unidas denunció el carácter ilegal de la dictadura y reconoció, en diversas sesiones plenarias, que su gestación se debía a una sublevación encaminada a derrocar un Gobierno legítimo. En 2006, el Consejo de Europa condenó las violaciones de los derechos humanos que había perpetrado el franquismo, mientras que el Parlamento Europeo exigió la reparación moral de las víctimas del régimen y condenó el levantamiento de 1936. Al compás de las denuncias que se formularon en torno al bibliocausto, a las expurgaciones de documentos, y al memoricidio de la guerra, en marzo de 2006 Amnistía Internacional dio a conocer un crítico informe titulado «Víctimas de la Guerra Civil y el régimen franquista: el desastre de los archivos y la privatización de la verdad»21.
- 22 Llei 13/2007, del 31 d’octubre, del Memorial Democràtic, Butlletí Oficial del Parlament de Cataluny (...)
11A finales de 2007, el Ejecutivo socialista logró aprobar la Ley por la que se reconocen y amplían derechos y se establecen medidas en favor de quienes padecieron persecución o violencia durante la guerra civil y la dictadura (en adelante Ley de memoria histórica), que defendía la recuperación del pasado como instrumento para implementar la calidad democrática e impulsaba la reparación de las víctimas. Paralelamente, el Parlament de Catalunya ratificó la Llei del Memorial Democràtic, que, si bien perseguía los mismos fines de resarcimiento y compensación que la legislación sancionada por el Congreso de los Diputados, superaba la Ley española en la medida que exponía la inoperancia de la Transición a la hora de expiar el pasado, reconocía la lucha contra la dictadura y reivindicaba la legitimidad de la República española22. Transcribimos aquí un extracto de la exposición de motivos que antecedía la Ley de memoria histórica, en el que se recogía la misión esencial de la misma:
- 23 Ley 52/2007, de 26 de diciembre, por la que se reconocen y amplían derechos y se establecen medidas (...)
La presente Ley quiere contribuir a cerrar heridas todavía abiertas en los españoles y a dar satisfacción a los ciudadanos que sufrieron, directamente o en la persona de sus familiares, las consecuencias de la tragedia de la Guerra Civil o de la represión de la Dictadura. Quiere contribuir a ello desde el pleno convencimiento de que, profundizando de este modo en el espíritu del reencuentro y de la concordia de la Transición, no son sólo esos ciudadanos los que resultan reconocidos y honrados sino también la Democracia española en su conjunto. No es tarea del legislador implantar una determinada memoria colectiva. Pero sí es deber del legislador, y cometido de la ley, reparar a las víctimas, consagrar y proteger, con el máximo vigor normativo, el derecho a la memoria personal y familiar como expresión de plena ciudadanía democrática, fomentar los valores constitucionales y promover el conocimiento y la reflexión sobre nuestro pasado, para evitar que se repitan situaciones de intolerancia y violación de derechos humanos como las entonces vividas23.
12A grandes rasgos, las medidas de reparación que pretendía implementar la nueva legislación se concretaron en:
El derecho a obtener una Declaración de reparación y reconocimiento personal a quienes durante la Guerra Civil y la Dictadura» fueron reprimidos a razón de su «pertenencia, colaboración o relación con partidos políticos, sindicatos, organizaciones religiosas o militares, minorías étnicas, sociedades secretas, logias masónicas y grupos de resistencia, así como el ejercicio de conductas vinculadas con opciones culturales, lingüísticas o de orientación sexual.
Se declara la ilegitimidad de los tribunales, y cualesquiera otros órganos penales o administrativos que, durante la Guerra Civil, se hubieran constituido para imponer, por motivos políticos, ideológicos o de creencia religiosa, condenas o sanciones de carácter personal, así como la de sus resoluciones […] Igualmente, se declaran ilegítimas […] las condenas y sanciones dictadas por motivos políticos, ideológicos o de creencia por cualesquiera tribunales u órganos penales o administrativos durante la Dictadura contra quienes defendieron la legalidad institucional anterior, pretendieron el restablecimiento de un régimen democrático en España o intentaron vivir conforme a opciones amparadas por derechos y libertades hoy reconocidos por la Constitución.
Mejora de las prestaciones […] de reconocimiento de pensiones, asistencia médico-farmacéutica y asistencia social a favor de las viudas, hijos y demás familiares de los españoles fallecidos como consecuencia o con ocasión de la pasada Guerra Civil»; atribución de pensiones de orfandad; modificación del ámbito de aplicación de las indemnizaciones a favor de quienes sufrieron prisión; derecho a una indemnización «a los beneficiarios de quienes fallecieron durante el período comprendido entre el 1 de enero de 1968 y el 31 de diciembre de 1977, en defensa y reivindicación de las libertades y derechos democráticos.
Las Administraciones públicas […] facilitarán a los descendientes directos de las víctimas que así lo soliciten las actividades de indagación, localización e identificación de las personas desaparecidas violentamente durante la Guerra Civil o la represión política posterior y cuyo paradero se ignore»; «La Administración General del Estado elaborará planes de trabajo y establecerá subvenciones para sufragar gastos derivados» de dichas actividades; «El Gobierno […] elaborará un protocolo de actuación científica y multidisciplinar que asegure […] una adecuada intervención de las exhumaciones. Asimismo, celebrará los oportunos convenios de colaboración para subvencionar a las entidades sociales que participen en los trabajos»; Las Administraciones públicas elaborarán […] dentro de su respectivo ámbito territorial, mapas en los que consten los terrenos en que se localicen los restos» de las víctimas, ulteriormente, «El Gobierno […] confeccionará un mapa integrado que comprenda todo el territorio español»; «la exhumación se someterá a autorización administrativa por parte de la autoridad competente»; las actividades de exhumación podrán llevarse a cabo por medio de «la ocupación temporal de los terrenos donde deban realizarse», previa autorización de las autoridades competentes.
Las Administraciones públicas […] tomarán las medidas oportunas para la retirada de escudos, insignias, placas y otros objetos o menciones conmemorativas de exaltación, personal o colectiva, de la sublevación militar, de la Guerra Civil y de la represión de la Dictadura», lo cual, no será de aplicación «cuando concurran razones artísticas, arquitectónicas o artístico-religiosas»; «El Gobierno colaborará con las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales en la elaboración de un catálogo de vestigios relativos a la Guerra Civil y a la Dictadura a los efectos» de proceder a su eventual destrucción.
En ningún lugar del recinto [Valle de los Caídos] podrán llevarse a cabo actos de naturaleza política ni exaltadores de la Guerra Civil […] o del franquismo»; «El Gobierno […] confeccionará un censo de edificaciones y obras realizadas» mediante trabajos forzosos.
Concesión de la nacionalidad española a los voluntarios integrantes de las Brigadas Internacionales»; «no les será de aplicación la exigencia de renunciar a su anterior nacionalidad.
Creación del Centro Documental de la Memoria Histórica y Archivo General de la Guerra Civil»; «Adquisición y protección de documentos sobre la Guerra Civil y la Dictadura», para ello, «La Administración General del Estado aprobará, con carácter anual y con la dotación que en cada caso se establezca en los Presupuestos Generales del Estado, un programa de convenios para la adquisición de documentos.
«Las personas cuyo padre o madre hubiese sido originariamente español podrán optar a la nacionalidad española de origen»; «Este derecho también se reconocerá a los nietos de quienes perdieron o tuvieron que renunciar a la nacionalidad española como consecuencia del exilio. Fuente: BOE, op. cit.
- 24 Joan Sagués, «Han vuelto a pasar (casi) cuarenta años…», art. cit.
- 25 Llei 10/2009, del 30 de juny, sobre la localització i la identificació de les persones desaparegude (...)
13Las formaciones políticas y la prensa de tendencia conservadora criticaron la Ley de memoria histórica por considerarla fútil y lesiva. La Iglesia católica desempolvó su tradicional beligerancia en lo referente a la Guerra Civil, y ese mismo año la Santa Sede beatificó a 498 mártires de la persecución religiosa en España. En sentido contrario, algunos representantes del poder judicial, las asociaciones memorialistas y ciertas organizaciones humanitarias denunciaron los límites del paquete legislativo. Reprobaron la falta de medidas para localizar e identificar a las víctimas, la perpetuación del mito de la Transición basado en la reconciliación, y, en particular, el que no se creara una institución para llevar a cabo las políticas públicas de memoria. Por otro lado, la inhabilitación por prevaricación del magistrado Baltasar Garzón en motivo del proceso penal contra los crímenes del franquismo que había puesto en marcha en 2008, impidió judicializar las tropelías del régimen24. En cuanto a las exhumaciones, cabe señalar que el Parlament de Catalunya sobrepasó el marco normativo sancionado por el Congreso de los Diputados. En 2009, el órgano legislativo de la Generalitat aprobó la Llei sobre la localització i la identificació de les persones desaparegudes durant la Guerra Civil i la dictadura franquista, i la dignificació de les fosses comunes. La medida venía a completar la Llei del Memorial Democràtic de 2007, y, en virtud de la misma, se reglamentaba la actuación a seguir y el abasto de las competencias que observaría la Administración autonómica catalana en lo referente al desentierro de las fosas comunes. A diferencia de lo estipulado por la normativa estatal, esta Ley capacitaba a la Generalitat a iniciar de oficio las intervenciones de localización, identificación y recuperación de los restos, sin prejuicio de que dicha actuación pudiera también ser emprendida por las entidades privadas o familiares de las víctimas. El Gobierno catalán quedaba facultado para asumir los costes de las intervenciones, que, en caso de ser instadas por terceros, serían sometidas a un régimen estricto de supervisión y eventual desautorización. Asimismo, se creaba el Comitè Tècnic per a la Recuperació i la Identificació de Persones Desaparegudes durant la Guerra Civil i la Dictadura Franquista, con objeto de establecer una fórmula organizativa específica para asistir las actuaciones que debería llevar a cabo el Ejecutivo autonómico en aplicación de la Ley25.
14Desde la aprobación de la Ley de memoria histórica y hasta que concluyó el mandato de José Luís Rodríguez Zapatero a finales de 2011, la Administración General del Estado puso en marcha distintas líneas de trabajo en cumplimiento de la legislación sancionada en 2007, cuyos logros más destacados reseñamos a continuación:
Archivos |
Puesta a disposición de los ciudadanos del Portal de Víctimas de la Guerra Civil y Represaliados del Franquismo, cumpliendo así con el mandato de facilitar el acceso a los documentos relativos a las víctimas de la Guerra Civil, el exilio y la dictadura. Contiene los nombres de las víctimas de ambos bandos que fueron violentadas durante la contienda, y los de los represaliados por la dictadura. Actualmente cuenta con 774.060 registros. |
Mapa de fosas |
Contiene más de 2.000 fosas existentes en el territorio español, e información sobre las personas allí enterradas (cuando existen datos sobre las mismas). Las fosas localizadas se clasifican en varias categorías: exhumadas, no intervenidas, desaparecidas, y fosas trasladadas al Valle de los Caídos. |
Vestigios |
Hasta finales de abril de 2011, cerca de 570 vestigios de la Guerra Civil y la dictadura habían sido retirados de los organismos de la Administración General del Estado. |
Reparación moral |
Creación de la Oficina para las Víctimas de la Guerra Civil y de la Dictadura, que acompañaba a los ciudadanos en su proceso de solicitud de la declaración de reparación moral y reconocimiento personal. |
Prestaciones |
Actualización de los importes de las pensiones de orfandad; indemnizaciones por tiempos de prisión: se resolvieron favorablemente 382 demandas; Indemnizaciones a fallecidos o incapacitados en defensa de la democracia: se resolvieron favorablemente 49 demandas. |
Subvenciones |
Concedidas a asociaciones, fundaciones, agrupaciones de particulares, sindicatos, y universidades. Con ellas se financiaron proyectos dirigidos a la localización y exhumación de fosas comunes, a la recopilación de documentos históricos y de testimonios de las víctimas, a la elaboración de censos de personas desaparecidas, a la realización de homenajes, publicaciones, documentales, estudios, exposiciones o jornadas de divulgación. Entre los años 2006 y 2010 se subvencionaron 642 proyectos, con un montante total de cerca de 20 millones de euros. |
Valle de los caídos |
La Comisión de Expertos para el Futuro del Valle de los Caídos elaboró un informe sobre posibles actuaciones a desarrollar para convertir el lugar en un centro de memoria que dignificara y rehabilitase a las víctimas de la Guerra Civil y la dictadura. |
Nacionalidad |
Hasta enero de 2011 se practicaron más de 168.000 inscripciones de nacionalidad. |
15Fuente: Gobierno de España - https://www.memoriahistorica.gob.es [consultado el 01/09/2017]
De la interrupción de la acción del Gobierno de la nación en materia memorialista, a la continuidad de las iniciativas desvinculadas de la Administración General del Estado
- 26 «El Gobierno elimina en 2013 el presupuesto para memoria histórica», Público, 29/09/2012.
- 27 «El «justiciero» Garzón vuelve a por Franco», La Razón, 02/10/2012.
16El triunfo del Partido Popular en las elecciones generales de 2011 impuso una clara involución en el proceso de recuperación del pasado. Durante el último año de su mandato, el Ejecutivo de José Luís Rodríguez Zapatero destinó 6,2 millones de euros a la implementación de la Ley de memoria histórica. En 2012 el Gobierno de Mariano Rajoy rebajó la partida hasta los 2,5 millones, que se invirtieron íntegramente en las exhumaciones, y suprimió la Oficina para las Víctimas de la Guerra Civil y la Dictadura. Por el contrario, el consorcio encargado de la conmemoración del Bicentenario de la Constitución de 1812 recibió 600.000 euros26. Cabría conjeturar, en vistas de ello, que en contraposición a la experiencia republicana de 1931 como antecedente de la democracia, el Partido Popular consagraba la Carta Magna y las Cortes de Cádiz de comienzos del siglo XIX como su versión palingenésica, liberal y monárquica, del parlamentarismo constitucional español. Por su parte, en una comparecencia junto a los líderes sindicales de la Unión General de Trabajadores (ugt) y de Comisiones Obreras (cc.oo.), Baltasar Garzón reclamó la creación de una comisión de la verdad que abordara los crímenes de la dictadura franquista. Los poderes públicos ignoraron la proclama del exmagistrado, que se granjeó, eso sí, la inquina de algún portavoz periodístico de tendencia conservadora27. Los Presupuestos Generales del Estado de 2013 eliminaron toda financiación destinada a la memoria histórica. La recuperación y reparación del pasado quedaban relegadas, de nuevo, al albedrío de la sociedad civil, que, en ciertas regiones y lugares, pudo contar con el respaldo de la autoridad pública. En su defecto, tanto el resarcimiento de las víctimas de la Guerra Civil y la dictadura, como la reevaluación del sentido de la contienda y la Transición, quedaron suspendidas una vez más en el limbo de la no-conmemoración y la despolitización, consumándose así la perennidad de un debate inconcluso.
- 28 Ley Foral 33/2013, de 26 de noviembre, de reconocimiento y reparación moral de las ciudadanas y ciu (...)
- 29 Ley 4/2014, de 27 de noviembre, de creación del Instituto de la Memoria, la Convivencia y los Derec (...)
- 30 Puede hallarse una copia de ambos documentos mediante el buscador Planes y proyectos, en la rúbrica (...)
- 31 Real Decreto-ley 3/1979, de 26 de enero, sobre protección de la seguridad ciudadana, Boletín Oficia (...)
- 32 Ley 4/2008, de 19 de junio, de Reconocimiento y Reparación de las Víctimas del Terrorismo, Boletín (...)
17Después de 2007 las Cortes españolas no volvieron a legislar en torno a la memoria histórica, y el Gobierno de la nación se inhibió en la materia desde 2013. De ese momento en adelante y hasta finales de 2015, los frentes que aglutinaron el avance de la acción y de las políticas de recuperación del pasado fueron el ámbito municipal, la palestra cultural, el entorno académico, las distintas parcelas de actuación en las que se manifestó la operatividad de las asociaciones cívicas y el marco autonómico. En efecto, algunas comunidades autónomas imitaron la vía catalana y optaron por seguir su propia senda legislativa en lo referente a la memoria histórica. Se dieron tres iniciativas de este tipo. Dos de ellas alcanzaron rango de ley, la otra adoptó la forma de un proyecto de ley y pasarían años antes de que se sancionara en rango superior. Por orden cronológico, la primera actuación en el ámbito autonómico que tuvo lugar durante el trienio 2013-2015 fue la aprobación por parte del Gobierno de Navarra, por aquel entonces en manos de la conservadora Unión del Pueblo Navarro (upn), de la Ley Foral de Memoria Histórica. A imagen de la Llei del Memorial Democràtic de 2007, esta norma confería a la Comunidad Foral un paquete legislativo propio y completo en lo que a la memoria histórica se refiere. Asimismo, incluía un reglamento homólogo a la Ley catalana de 2009 concerniente a las fosas comunes, por cuanto fijaba el obligado cumplimiento del Protocolo de Exhumaciones que había codificado el Gobierno navarro en 2011. La Ley de 2007 aprobada por el Parlamento catalán creó una institución pública dependiente de la Generalitat, el Memorial Democràtic de Catalunya, a fin de centralizar las intervenciones memorialistas y velar por el complimiento de la norma sancionada. La Ley navarra de 2013 emuló este proceder al constituir la Comisión Técnica de Coordinación, órgano de la Diputación Foral que velaría por el desarrollo normativo y la correcta actuación en todos los ámbitos de intervención contemplados por la Ley: entre otros, la creación del Centro Documental de la Memoria Histórica de Navarra, el establecimiento de un Catálogo de Lugares de la Memoria Histórica de Navarra, el censo y retirada de símbolos, leyendas y menciones franquistas, la anulación de distinciones, nombramientos, títulos y honores franquistas, y la actualización del mapa de fosas de Navarra. La ordenanza incluía una novedad significativa: al amparo del Instituto de Medicina Legal de Navarra, se creaba un Banco de ADN en el que se conservarían muestras de restos óseos de las distintas exhumaciones llevadas a cabo, junto a las de aquellas personas que así lo solicitasen por tener víctimas en su familia28. La siguiente normativa sancionada por una Cámara legislativa autonómica fue la Ley de creación del Instituto de la Memoria, la Convivencia y los Derechos Humanos, aprobada por el Parlamento Vasco a finales de 2014, cuando el Partido Nacionalista Vasco (PNV) liderado por Iñigo Urkullu ocupaba la Lehendakaritza. Del mismo modo en que el Memorial Democràtic y la Comisión Técnica de Coordinación quedaron ligadas a los Gobiernos catalán y navarro, este organismo fue integrado en la Administración institucional de la Comunidad Autónoma del País Vasco. Ahora bien, a diferencia de dichas instituciones catalana y navarra, el organismo vasco no visaba exclusivamente el trabajo memorialista ligado a la Guerra Civil y al franquismo. Antes bien, según reza la exposición de motivos de la Ley que lo instituía, el Instituto de la Memoria tenía a bien gestionar «el sufrimiento injustamente padecido» por la sociedad vasca, y la afrenta perpetrada contra la «convivencia democrática» en el seno de la misma, ocasionadas por las cuatro «experiencias traumáticas» que habían lacerado a Euskadi a «lo largo de los últimos cien años […]: la Guerra Civil, la dictadura franquista, el terrorismo de eta, y los contraterrorismos ilícitos». La finalidad y las funciones del nuevo organismo apenas quedaban descritas en la exposición de motivos de la Ley. Los capítulos y artículos subsiguientes de la norma no concretaban los medios para llevar a cabo el difuso cometido asignado al Instituto de la Memoria, ni especificaban ningún plan de actuación concreto29. A todas luces, este organismo venía a completar el fomento de las políticas públicas en defensa de las víctimas del terrorismo y a favor de la convivencia, en aras de la definitiva superación del conflicto vasco. Los antecedentes legislativos que comenzaron a regular la cuestión son recientes. A saber, en materia de reconciliación, la primera normativa impulsada por el Gobierno Vasco fue el Plan de Paz y Convivencia del año 2006, cuya última actualización se operó en 2010 con el Plan de Convivencia Democrática y Deslegitimación de la Violencia30. Las primeras normativas reguladoras de los derechos de las víctimas del terrorismo se remontan, en el ámbito estatal, a una escueta referencia del Real Decreto Ley 3/1979, y, en el ordenamiento jurídico del País Vasco, al programa de ayudas recogido en el Decreto 221/198831. La legislación estatal y autonómica no actualizaron de manera significativa los programas de atención a las víctimas hasta la aprobación de la Ley del Parlamento Vasco 4/2008 de Reconocimiento y Reparación a las Víctimas del Terrorismo del País Vasco, y a la Ley 29/2011 de Reconocimiento y Protección Integral a las Víctimas del Terrorismo32. El Instituto de la Memoria, la Convivencia y los Derechos Humanos de Euskadi debía armonizar este conjunto de planes y normativas, y obrar en beneficio de su efectiva aplicación. La restitución del pasado ligado a la Guerra Civil y al franquismo ocupaba una posición secundaria en la agenda de prioridades del organismo.
- 33 10-15/PL-000006 Proyecto de Ley de Memoria Democrática de Andalucía, Boletín Oficial del Parlamento (...)
- 34 En efecto, las notas de opinión y los editoriales publicados por los principales rotativos del país (...)
18La tercera y última iniciativa autonómica a la que nos referíamos al comienzo de este apartado, propuesta legislativa que no alcanzó rango de ley hasta un tiempo después, fue el Proyecto de Ley de Memoria Democrática de Andalucía33. Aprobada por el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, esta normativa preveía dotar de mayor profundidad e instrumentos de aplicación a la legislación estatal que habían sancionado las Cortes españolas en 2007. En este sentido, a imagen y semejanza de las Leyes catalana y navarra de 2007 y 2013, el proyecto andaluz fijaba, entre otras disposiciones, la obligación de la Junta de Andalucía de realizar las actuaciones necesarias en el ámbito de las exhumaciones, la regulación de los Lugares y los Senderos de Memoria Democrática, así como la creación del Instituto de la Memoria Democrática de Andalucía para el impulso de las medidas establecidas en la norma. El Proyecto de Ley contenía una novedad significativa que generó cierta polémica: la materia de la memoria democrática sería incluida en el currículo de la educación secundaria obligatoria, del bachillerato, de la educación permanente de personas adultas, y en los planes de formación del profesorado34. No obstante, el debate de la totalidad del Proyecto de Ley en la Cámara legislativa andaluza, el plazo para la presentación de enmiendas y la espera del informe que debía realizar la Comisión de Cultura del Parlamento de Andalucía, demoraron la votación de la proposición en el Parlamento autonómico hasta el mes de marzo de 2017.
- 35 En 2015 la urbe de Valencia sumaba sesenta calles dedicadas a personajes y a conceptos franquistas, (...)
- 36 Tal es el caso de la Universidad de Sevilla, donde el equipo de gobierno hizo retirar el escudo fra (...)
- 37 «Madrid retirará los nombres franquistas de las calles», Ibidem, 01/07/2015.
- 38 Carlos Herrera, periodista de la Cadena Cope y columnista en ABC, atribuyó al proyecto un carácter (...)
- 39 «Carmena afirma que le «parece muy bien» que Bernabéu tenga una calle», El País, 09/07/2015.
- 40 «Rematar la purga del 36», ABC, 26/11/2015, p. 22.
19A pesar de la inhibición del Gobierno de la nación y de la Administración Central del Estado, y al margen de las iniciativas legislativas en el marco autonómico, el trienio 2013-2015 concluía con otras muchas acciones y episodios ligados a la memoria histórica que acontecieron en varios ámbitos de actuación. La distinta naturaleza de cada uno de ellos, y su profusión, nos impiden inventariarlos de manera pormenorizada. No obstante, conviene identificar algunos de estos sucesos a fin de demostrar que las pulsiones en defensa de la rehabilitación del pasado siguieron ocupando un estrato significativo de la actualidad española. La inobservancia de la Ley de memoria histórica en la que incurrió el Ejecutivo central al no retirar la simbología y la nomenclatura franquista que seguían presidiendo las calles, plazas, monumentos, y arquitectura civil, de diversos pueblos y ciudades del país, motivó la interposición de denuncias, así como la intervención en la materia por parte de varios ayuntamientos y comunidades de vecinos. Mientras que en Valencia y Játiva se activó la vía judicial, en localidades de gran tamaño como Lugo o Jerez imperó el acuerdo consistorial, al tiempo que el sufragio popular sancionó el cambio en el nomenclátor de algunas poblaciones pequeñas35. El voto mayoritario emitido en el seno de los cuerpos gestores de instituciones y organismos varios, impuso asimismo el correctivo preceptivo en otros escenarios36. En la ciudad de Madrid la polémica en torno al cambio del callejero emponzoñó el debate político. Con la admisión a trámite de una denuncia interpuesta por la acusación particular, que exigía la retirada de los nombres que lucían un total de 186 vías, seis centros educativos, una placa y siete espacios públicos, arrancó la disputa que enfrentaría a los partidos con representación en el ayuntamiento de la urbe. Ahora Madrid, firma capitalina de Podemos, formación de izquierdas que se fundó a comienzos de 2014, se presentó a las elecciones municipales de 2015 con un programa que defendía el cumplimiento de la Ley de memoria histórica. El equipo consistorial encabezado por Manuela Carmena, dirigente podemita que se hizo con la alcaldía de la ciudad tras anunciarse un acuerdo con los concejales del partido socialista de Madrid (psoe-M), hizo saber que el Ayuntamiento rebautizaría los nombres de las calles y plazas de la capital que ensalzaban el sublevamiento de 1936 y la dictadura franquista37. pp y Ciudadanos, formación de centro-derecha presidida por Albert Rivera y cuyo primer congreso tuvo lugar en 2006, manifestaron su enfado por quedar al margen de la iniciativa. Las displicencias que verbalizaron fueron recogidas y pregonadas por los rotativos conservadores, algunos de cuyos columnistas habituales amonestaron con severidad todo cuanto tuviera que ver con la reparación del pasado38. Ahora Madrid y psoe-M fueron incapaces de consensuar los nombres que debían abandonar el callejero39. Ante la falta de entendimiento, Ahora Madrid optó por aplazar la modificación del nomenclátor, derrotero unilateral que abrió una brecha profunda entre ambos partidos40. Una grave crisis política amenazó entonces la continuidad de las fuerzas progresistas al frente de la ciudad, cuyo espacio público seguía exhibiendo a finales de 2015 decenas de nombres asociados al golpe militar de 1936 y a la dictadura franquista.
- 41 «Es tiempo de que Cataluña devuelva los papeles de Salamanca sin dueño», ABC, 19/01/2015, p. 56-57; (...)
- 42 La Vanguardia, 16/07/2015, p. 7. El periodista, traductor, y miembro del Institut d’Estudis Catalan (...)
- 43 Así lo hizo en el País Vasco la Sociedad de Ciencias de Aranzadi. «Las últimas horas de Pedro Urigu (...)
- 44 Entre otras, el audiovisual producido por realizadores catalanes «héroes invisibles: afroamericanos (...)
- 45 Destacan la puesta en marcha del proyecto Sidbrint, portal web alimentado por decenas de investigad (...)
- 46 «Los campos de concentración de Franco: así eran y así se sobrevivía», El País, 02/09/2015.
20Viejas pendencias memorialistas emergieron fugazmente a la superficie. Tal es el caso de la restitución de los papeles de Salamanca, litigio político y judicial que había enfrentado a centenares de demandantes catalanes, respaldados por la Generalitat, contra la Junta de Castilla y León y el ayuntamiento salmantino41. Otro tanto ocurrió con la siempre polémica misa en homenaje a los muertos de la Guerra Civil que venía celebrándose desde el final de la contienda en el castillo de Montjuïc, en Barcelona. En Comú Podem, coalición electoral liderada por la filial catalana de Podemos, prohibió la ceremonia al considerar que encubría un acto de exaltación del levantamiento de 193642. En lo referente a las fosas comunes, se llevaron a cabo, de manera muy localizada, algunas exhumaciones43. En el ámbito de la cultura, se rubricaron distintas propuestas de tipo memorialista44. La Universidad de Barcelona lideró, por su parte, las actuaciones impulsadas desde el academicismo45. En el campo de los «lugares de memoria», basta con identificar una de las muestras que reflejan la adopción de medidas encaminadas a conservar el patrimonio memorialista. Nos referimos a la coordinación de esfuerzos que se operó entre el ayuntamiento de Sevilla y el Grupo de Trabajo Recuperando la Memoria Histórica, del sindicato Comisión General del Trabajo (cgt), para preservar un campo de concentración franquista que funcionó durante largos años junto al puerto de la ciudad46.
- 47 «Acto contra la impunidad de los crímenes del franquismo», Ibidem, 14/01/2015. La enmienda fallida (...)
- 48 Carta aprobada en el Encuentro Estatal de Colectivos de Memoria Histórica y de Víctimas del Franqui (...)
21El año 2015 se inició con la lamentación proferida por la armh en el Ateneo de Madrid acerca del incumplimiento de la Ley de memoria histórica por parte del Gobierno del pp, prosiguió con la enmienda fallida del partido socialista sobre los Presupuestos Generales del Estado de 2016 al objeto de retomar algunos supuestos de la Ley de 2007, y se cerró con la publicación de la «Carta de Vicálvaro»47. Este documento reagrupaba las reivindicaciones consensuadas por las setenta entidades de todo el país y del extranjero que se dieron cita en el Encuentro Estatal de Colectivos de la Memoria Histórica y de Víctimas del franquismo. Las principales asociaciones vinculadas a la causa memorialista habían rubricado el texto, entre otras, la armh y la Federación Estatal de Foros por la Memoria. El memorando, que denunciaba el «total abandono y olvido de las víctimas del franquismo», fue enviado a todos los partidos políticos a fin de asegurar que las Cortes Generales salientes de las elecciones que se celebrarían a finales de ese año tratasen con carácter de urgencia las demandas que contenía el documento48. En los años sucesivos, las reivindicaciones contenidas en la «Carta de Vicálvaro» no serían atendidas por el Gobierno de la nación, que no había participado en ninguna de las iniciativas que han sido descritas en este apartado. Sin embargo, el equilibrio de fuerzas que venía imperando en el panorama político español sufrió una profunda mutación, que abriría la veda a un nuevo ciclo de actuaciones memorialistas a lo largo del trienio 2016-2018 en el ámbito autonómico y municipal.
2016-2018: el gran salto adelante en el ámbito de las iniciativas legislativas autonómicas ligadas a la memoria histórica
22Entre marzo y septiembre de 2015, quince de las diecisiete comunidades existentes celebraron elecciones a sus Parlamentos. En el mes de junio lo hicieron todos los municipios del país. A tenor de las nuevas alianzas políticas que se establecieron tras los comicios, muchos consistorios y consejos ejecutivos autonómicos asistieron a un cambio de guardia al frente de sus equipos de gobierno. Por su parte, el Partido Popular no revalidó la mayoría absoluta en los comicios generales que se celebraron a finales de 2015. Recuerde el lector que Mariano Rajoy tuvo que recorrer una tortuosa singladura hasta lograr ser envestido presidente en octubre de 2016. En el impase, el país había quedado en manos de un Ejecutivo sin plenitud de funciones, el psoe había padecido su mayor derrumbe electoral hasta la fecha y se sumergió en una inevitable crisis interna, el desafío soberanista de Catalunya se desveló con toda su intensidad, y, si bien la nación española había logrado salir de la recesión económica, el cambio en el sistema de partidos era ya un hecho consumado, a lo que había contribuido un incesable goteo de escándalos de corrupción ligados al mundo de la política y de las finanzas. La vocación regeneracionista con la que asumieron el poder en las Administraciones territoriales los vencedores de los comicios inauguró un ciclo fecundo de actuaciones en defensa de la memoria histórica, que alcanzó su máxima expresión en las iniciativas legislativas que se implementaron en el ámbito autonómico.
23Las acciones en defensa de la revitalización del pasado que se impulsaron durante el trienio 2016-2018 en doce comunidades autónomas pueden agruparse en cuatro grupos distintos en función de su alcance normativo, en base a la identidad de sus promotores, y según concluyó el proceso legislativo que habría de validar o no su ratificación. En este sentido, distinguimos un primer conjunto de nuevas reglamentaciones en materia de memoria histórica de alcance limitado, por cuanto se ceñían a un ámbito de actuación concreto. En segundo lugar, discernimos una serie de medidas destinadas a dar cumplimiento a ciertos capítulos y títulos de la Ley de 2007. Por otro lado, se registraron varias proposiciones legislativas que no alcanzaron rango de ley. En último lugar, destaca la sanción de paquetes legislativos que conferían a Andalucía y a la Comunidad Valenciana una norma propia e integral, tal y como habían hecho anteriormente Cataluña y Navarra con sus respectivas Leyes de memoria histórica.
- 49 «(Comunidad Valenciana) Justicia catalogará los vestigios de la Guerra Civil y el franquismo», El P (...)
- 50 «Valencia creará una «comisión de la memoria» que abrirá fosas», Ibidem, 27/08/2015.
24En cuanto al primer grupo de iniciativas legislativas al que hemos aludido, es decir, el de las normativas específicas, cabe señalar que fueron validadas por los respectivos Parlamentos regionales tras operarse en cada uno de ellos el cambio de mayorías que subvino a las elecciones autonómicas de 2015. La Generalitat valenciana, ahora en manos de socialistas, nacionalistas de izquierdas y ecologistas, puso en marcha la catalogación de todos los vestigios y símbolos de exaltación de la Guerra Civil y la dictadura que se hallaban presentes en la comunidad49. Asimismo, el Ejecutivo autonómico encabezado por el secretario general del Partit Socialista del País Valencià-psoe, Ximo Puig, creó una comisión interdepartamental que se encargaría de exhumar fosas y de reivindicar la biografía de algunas víctimas del franquismo50. Estas medidas se presentaron como un revulsivo al presunto incumplimiento de la Ley de memoria histórica de 2007, en el que había incurrido durante la legislatura anterior el Gobierno valenciano presidido por el conservador Alberto Fabra. En las Islas Baleares, la nueva coalición en el poder formada por el partido socialista y la plataforma progresista Més per Mallorca tramitó con éxito en el Parlamento autonómico la Ley para la recuperación de personas desaparecidas durante la Guerra Civil y el franquismo. Esta norma, que regulaba e impulsaba en la región las campañas destinadas al desentierro de fosas, criticaba abiertamente la total omisión de sus responsabilidades en la materia por parte de los anteriores Gobiernos insulares, liderados por el socialista Francesc Antich y, más tarde, por el conservador José Ramón Bauzá. A su vez, la exposición de motivos de la Ley preconfiguraba un cambio de paradigma respecto al papel que debía jugar el Gobierno de la nación en materia de exhumaciones. Según reza el articulado, la delegación no vinculante en la Administración local de las políticas de desentierro de las fosas, transferencia inducida por la norma de 2007, inflige a los ciudadanos un agravio comparativo:
- 51 Ley 10/2016, de 13 de junio, para la recuperación de personas desaparecidas durante le Guerra Civil (...)
Tampoco se puede dejar toda esta responsabilidad en manos de unas pocas administraciones locales porque no todas tienen los mismos recursos económicos y personales a la hora de proceder a investigar y exhumar las fosas, y porque se dejaría la decisión a la existencia o no de la voluntad política y a menudo personal de quien gobierna en un momento y en un lugar determinados. Esto está causando ya graves discriminaciones entre los familiares de los desaparecidos, puesto que en unas comunidades autónomas algunos gastos son sufragados por el gobierno autonómico, en otras subvenciona directamente a las asociaciones, en algunos municipios el ayuntamiento se implica y lleva la iniciativa de la exhumación, y, en el resto de casos, no hay ninguna política pública que permita llevar a cabo investigaciones y exhumaciones.51
- 52 Ibidem.
- 53 «Ollo destaca que se han dado «pasos de gigante» en materia de memoria histórica», Diario de Navarr (...)
25A tenor de ello, en función de otras consideraciones y acorde a lo dictaminado por las instancias supragubernamentales, el prefacio de la Ley balear sostiene que la Administración Central del Estado debería hacerse cargo de las políticas de exhumación: «de acuerdo con la consideración de las desapariciones forzadas como posibles crímenes contra la humanidad […] es el Estado […] quien tendría que investigar y aclarar estos crímenes y, como parte de la investigación, proceder a la exhumación de los restos localizados en las fosas. Se recogen así las observaciones de los órganos internacionales que constatan que un estado no puede delegar en las familias ni en las asociaciones esta tarea»52. Navarra fue la tercera y última comunidad donde la Administración autonómica impulsó una serie de actuaciones concretas en el ámbito de la memoria histórica, al tiempo que implementó una reforma legislativa específica vinculada con la materia. De un tiempo atrás, algunos representantes de la oposición navarra y ciertas fuerzas extraparlamentarias venían acusando al Gobierno de upn de no haber puesto en marcha el cumplimiento de la Ley Foral de Memoria Histórica de 2013 salvo de forma testimonial. La coalición que se hizo con la victoria en las elecciones al Parlamento de Navarra del mes de mayo de 2015, el cuadripartito integrado por Geroa Bai, eh Bildu, Podemos, e Izquierda-Ezkerra, asumió la mayoría de las reclamaciones sobre la materia que habían formulado hasta entonces estas formaciones, y trató de llevarlas a la práctica. Con ello, tras los comicios autonómicos y hasta el mes de mayo de 2017, la Consejería de Relaciones Ciudadanas e Institucionales del Gobierno foral retiró la Cruz Laureada de la fachada del Palacio de Navarra, exhumó a los generales golpistas Mola y Sanjurjo del centro de Pamplona, recuperó cuarenta y ocho cuerpos de fosas comunes y abrió un centenar de expedientes en el banco de adn53. En junio de ese año, con la firma de los socios que integraban el cuadripartito y el apoyo, no sin reservas, de la oposición, la Diputación navarra modificó la Ley Foral de Memoria Histórica de 2013 para incluir en ella el reconocimiento a las personas que sufrieron el robo de bebés durante el franquismo. Se estipulaba así la elaboración de un censo de bebés robados en la Comunidad Foral, y se solicitaba al Estado las modificaciones legales pertinentes para crear una fiscalía especializada en aras a elevar a la categoría de lesa humanidad este tipo de delito cometido durante la dictadura. La represión de género y la implicación de los aparatos del Estado en la perpetración de la tragedia son mencionados en el preámbulo de la Ley, que terminó siendo aprobada por el Parlamento navarro el 3 de julio de 2017. Así reza el pasaje en cuestión:
- 54 Ley foral 11/2017, de 3 de julio, por la que se modifica la ley foral 33/2013, de 26 de noviembre, (...)
Cabe señalar que hubo una represión de género basada en la imposición de un único modelo de ser mujer y una única forma de ser madre, la que entraba en el modelo de familia tradicional que imponía aquel franquismo moralista. En este contexto se produjeron de forma masiva los «robos de bebés», que se llevaron a cabo con la colaboración de personas pertenecientes a instituciones religiosas, sanitarias, políticas y judiciales. Así, miles de bebés fueron sustraídos a sus padres y madres en toda España para entregarlos en falsa adopción a través del engaño, la ocultación y la marginación, afectando especialmente a mujeres políticamente significadas, con familia numerosa, con carencias de índole cultural y económica y normalmente de baja posición social54.
- 55 «Asturias estrecha el cerco a la exaltación al franquismo», La Voz de Asturias, 27/10/2016. El comp (...)
- 56 Proyecto de Decreto de la Memoria Histórica y Democrática de Castilla y León, documento que se hall (...)
- 57 «Castilla y León ya tiene su Memoria Histórica», ABC Castilla y León, 25/01/2018.
26El Principado de Asturias, la Región de Murcia, Castilla y León, y La Rioja, optaron por dar cumplimiento y/o reglamentar algunos de los artículos que contenía la Ley de 2007. En vez de impulsar un paquete normativo propio e integral, o en lugar de legislar en torno a ciertas cuestiones y problemáticas que habían sido desatendidas por dicha Ley, los Ejecutivos autonómicos de estas comunidades prefirieron servirse del marco operacional que había configurado la norma estatal de 2007. Si bien se trataba de una opción continuista, a la par que modesta en sus aspiraciones, los responsables políticos de estas comunidades estimaban que no era menester crear nuevas leyes de memoria histórica, sino implementar la existente, pues consideraban que la norma sancionada por el Gobierno de José Luís Rodríguez Zapatero seguía siendo una herramienta válida para intervenir en el ámbito memorialístico. La retirada de simbología franquista, la renovación de los nomenclátores, y la actuación en el campo de las exhumaciones, son un denominador común en el conjunto de las actuaciones que se llevaron a cabo en estas regiones. No obstante, el impacto y la trascendencia de las diligencias practicadas en cada territorio varía significativamente de un lugar a otro. Las iniciativas más relevantes fueron las acometidas en el Principado de Asturias, así como en Castilla y León. En la primera de estas comunidades, donde el Gobierno autonómico se hallaba en manos de un partido socialista diezmado que se había visto obligado a buscar el apoyo de Izquierda Unida tras las elecciones regionales de 2015, la Junta General del Principado aprobó un paquete de medidas en otoño de 2016 que venía a dar cumplimiento a ciertos aspectos tratados por la Ley de memoria histórica de 2007. Esto es, la digitalización de los archivos relacionados con la Guerra Civil, la constitución de una comisión de expertos que se encargaría de elaborar el catálogo autonómico de vestigios de la guerra, la actualización del mapa de fosas comunes y la transmisión de recomendaciones a los ayuntamientos para la retirada de los símbolos franquistas55. Por su parte, en enero de 2018 el Consejo de Gobierno de Castilla y León, órgano en poder del Partido Popular tras los últimos comicios autonómicos, sancionó el proyecto de Decreto sobre la Memoria Histórica y Democrática. Los sindicatos ugt y ccoo, así como algunas asociaciones memorialistas, dieron su visto bueno a la proposición, que debería ser aprobada de manera definitiva una vez concluido el periodo de tiempo destinado a aportar alegaciones o sugerencias. Pese a su nombre, y bien que el proyecto estipulaba la creación de un Consejo Asesor de la Memoria Histórica de carácter consultivo en todas aquellas cuestiones relacionadas con el cumplimiento de la Ley de 2007, el Decreto no era sino la regulación de los supuestos que recogía la legislación estatal en el ámbito de las exhumaciones; es decir, que normativizaba los procedimientos de localización, el desentierro, y la identificación de las víctimas de la Guerra Civil. Esto incluía la elaboración de un mapa de fosas que sería remitido posteriormente al Gobierno de la nación56. A su vez, la Consejería de Presidencia de la Junta de Castilla y León aprobó una partida de 100.000 euros para el año 2018 destinada a subvencionar una campaña de exhumaciones57.
- 58 «Diez años de la Ley de Memoria», La opinión de Murcia, 23/01/2018.
- 59 Proposición de ley 70, de lugares y senderos de memoria democrática de la Comunidad Autónoma de la (...)
- 60 Decreto 15/2017, de 12 de mayo, por el que se crea el Consejo Asesor de la Memoria Histórica, Bolet (...)
- 61 Ibidem. Puede consultarse en la página web del Gobierno de La Rioja el Primer Plan de Acción que ap (...)
27En la región de Murcia, la capital de esta comunidad autónoma tuvo que esperar hasta la pérdida de la mayoría absoluta del Partido Popular tras las elecciones municipales de 2015 para que el reglamento regulador de la denominación de vías, espacios y edificios públicos de la ciudad incluyera a finales de 2016 la obligada aplicación de lo dictado en la Ley de memoria histórica de 200758. Unos meses después, psoe y Podemos lograron sacar adelante en la Asamblea Regional, parlamento autonómico en el que el Partido Popular tenía una escueta mayoría de diputados, una moción que instaba al Gobierno de la comunidad a crear un catálogo de Lugares de Memoria Histórica de la Región de Murcia. Ciudadanos y pp se abstuvieron de votar la medida. En noviembre de 2017, Podemos oficializó la iniciativa al presentar en la Asamblea Regional una Proposición de ley de Lugares y Senderos de Memoria Democrática de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia59. Por último, la iniciativa legislativa impulsada en La Rioja fue la más tibia e imprecisa de todas las actuaciones que hemos incluido en este grupo. El Ejecutivo autonómico de esta comunidad, órgano en manos del pp bajo un acuerdo de gobernabilidad con Ciudadanos, aprobó en connivencia del partido socialista el Decreto de creación del Consejo Asesor de la Memoria Histórica en primavera de 2017. Según reza la exposición de motivos de la norma, la vocación de la misma consistía en «adoptar las medidas necesarias para la aplicación» de la Ley de 2007, a cuyo fin el susodicho Consejo Asesor velaría por el «asesoramiento, la información, el debate, el estudio, propuesta en la defensa y la promoción de los derechos humanos en torno a la recuperación de la memoria histórica y el reconocimiento de los desaparecidos durante la Guerra Civil y la posguerra»60. Sin embargo, el Decreto confería al Consejo Asesor de la Memoria Histórica un carácter meramente consultivo, y postergaba sine die su habilitación normativa, facultad que reposaría exclusivamente en el titular de la Consejería competente en materia de relaciones institucionales del Ejecutivo autonómico. La independencia y la libertad de acción del Consejo Asesor podían ser coercidas no sólo por el Gobierno de turno que ostentase el poder en la comunidad, sino también por el Ejecutivo central y la Iglesia, puesto que de entre los vocales que integrarían el organismo, uno representaría al Gobierno de España, y otro a la Diócesis de Calahorra y La Calzada-Logroño61.
28A diferencia de lo ocurrido en estas cuatro comunidades autónomas, según habíamos adelantado, Andalucía y la Comunidad Valenciana imitaron a Cataluña y Navarra al sancionar sus propias leyes de memoria histórica; se imponía así en ambos territorios la elaboración de códigos integrales, en detrimento de la norma aprobada por el Gobierno de José Luís Rodríguez Zapatero. Las Leyes catalana y navarra sirvieron de inspiración, por lo que los paquetes legislativos andaluz y valenciano incorporaron en su articulado muchas de las medidas recogidas por la Llei del Memorial Democràtic de 2007 y por la Ley Foral de Memoria Histórica de 2013. El Proyecto de Ley de Memoria Democrática de Andalucía que venía siendo objeto de debate en el Parlamento andaluz desde 2015, y cuyo contenido esencial ya hemos desgranado en las páginas precedentes, influyó sobremanera en la redacción de la nueva Ley valenciana.
- 62 Respecto a los argumentos que sostuvieron en la Cámara andaluza el Partido Popular y Ciudadanos a l (...)
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- 64 Ley 14/2017, de 10 de noviembre, de la Generalitat de memoria democrática y para la convivencia de (...)
- 65 Idem.
29En marzo de 2017, los votos a favor del partido socialista, Podemos, e Izquierda Unida, validaron en el Parlamento andaluz la Ley de memoria histórica y Democrática de Andalucía. El Partido Popular y Ciudadanos se abstuvieron de votar62. Esta Ley no sólo recogía los supuestos más destacados que había implementado hasta la fecha el resto de legislación autonómica referida a la materia, entre otros, la cuestión de los niños robados durante la dictadura, sino que incorporaba disposiciones innovadoras. A modo de síntesis, destacan la ampliación del estatus de víctima a los familiares de los represaliados, la ampliación del horizonte temporal de la Ley desde la Segunda República hasta 1982, y la creación de una suerte de comisión de la verdad y reparación de las víctimas del franquismo, que, sin competencias procesales, estaba llamada a recoger testimonios orales y documentación para elaborar un informe que sería remitido al Parlamento de Andalucía, al defensor del Pueblo Andaluz, y al defensor del Pueblo estatal, para ser enviado después al Congreso de los Diputados. A todo esto, tal y como adelantaba el Proyecto de Ley de Memoria Democrática de Andalucía de 2015, la norma sancionada en 2017 obligaba a incluir el estudio de la Guerra Civil y el franquismo en el currículum oficial de la enseñanza primaria, secundaria, y de adultos63. En la Comunidad Valenciana, el Ejecutivo socialista y el resto de formaciones políticas de izquierdas que respaldaban al Gobierno autonómico lograron aprobar en el Parlamento valenciano, a finales de 2017, la Ley de memoria democrática y para la convivencia. El preámbulo de la misma reconocía que dicha norma había tomado como modelo el resto de códigos autonómicos de índole memorialista que la habían precedido, por lo que su articulado recoge la mayoría de disposiciones que habían prefijado de manera acumulativa las Leyes catalana, navarra, y andaluza. Aun así, sobresale una novedad significativa: además de crear una comisión de la verdad de ámbito autonómico, la norma obligaba a la Generalitat a solicitar al Gobierno de la nación «la creación de una comisión de la verdad, en la línea de las recomendaciones de Naciones Unidas […] sobre los hechos y acontecimientos acaecidos durante la Guerra Civil y la dictadura franquista»64. En suma, esta era la reglamentación de memoria histórica más completa que había sido aprobada hasta comienzos de 2018. Tanto es así, que la propia Ley se cuidaba de señalar, en el Artículo 18, que algunas de sus disposiciones serían llevadas a la práctica «de acuerdo a las disponibilidades presupuestarias»65.
30Para terminar, debemos tratar el conjunto de proyectos legislativos que fueron presentados en los Parlamentos de distintas comunidades autónomas, y que al término de este estudio todavía no habían alcanzado rango de ley. La primera de estas iniciativas se presentó en las Cortes de Castilla-La Mancha en 2016. Un año después, se registraron proyectos del mismo tipo en los Parlamentos del País Vasco, Aragón, Extremadura, Asturias, y las Islas Baleares. La norma castellano-manchega fue la única que quedó definitivamente bloqueada. Las demás, superaron con éxito el primer eslabón de su tramitación parlamentaria, por lo que el proceso legislativo que habría de validar o no su eventual ratificación se mantenía activo a comienzos de 2018 y cumplía con el curso ordinario a seguir. Todas estas iniciativas eran proposiciones de ley que recogían paquetes normativos integrales, es decir, nuevas leyes de memoria histórica para cada una de las susodichas comunidades autónomas. A imagen y semejanza de la Ley de memoria democrática y la convivencia de la Comunidad Valenciana de 2017, y de la Ley de memoria histórica y Democrática de Andalucía de ese mismo año, estas proposiciones de ley habían adoptado como modelo la Llei del Memorial Democràtic de Catalunya de 2007, la Ley Foral de Memoria Histórica de Navarra de 2013, así como el Proyecto de Ley de Memoria Democrática de Andalucía. A tenor de ello, compartían la mayoría de disposiciones que habían sido ya sancionadas en el ámbito autonómico un tiempo atrás, caso catalán y navarro, o que estaban siendo validadas en 2017, caso andaluz y valenciano; por lo tanto, superaban en contenido y reglamentación a la Ley de memoria histórica de 2007. En líneas generales, el régimen normativo común que recogen estos proyectos de ley se manifiesta por vía de las siguientes medidas de actuación:
Extensión del periodo cronológico que regularían estos códigos.
Inclusión en la categoría de víctimas de los niños y niñas robados durante la dictadura.
Asunción de responsabilidades por parte del Gobierno autonómico a la hora de llevar a cabo las actuaciones necesarias en materia de fosas comunes.
Tipificación como infracciones, con sus correspondientes sanciones económicas, de delitos vinculados con la destrucción, remoción, o excavaciones sin autorización, de fosas comunes; el incumplimiento de la orden de retirada, y la exhibición pública, de simbología u otros elementos visuales ligados a la dictadura; la no conservación, realizar obras sin autorización, impedir la vista pública, o dañar, los espacios y mobiliario catalogados como Lugares de Memoria.
Creación de bancos de ADN.
Impulso de comisiones de la verdad.
Establecimiento de protocolos de actuación en materia de enseñanza.
Creación del preceptivo órgano público que debía velar por el cumplimiento de la norma; función que los códigos autonómicos ya validados habían atribuido, respectivamente, al Memorial Democràtic de Catalunya, la Comisión Técnica de Coordinación navarra, el Instituto de la Memoria, la Convivencia y los Derechos Humanos del País Vasco, el Instituto Valenciano de Memoria Democrática, los Derechos Humanos y las Libertades Públicas, el Consejo Asesor de la Memoria Histórica de Castilla y León, y el Instituto de la Memoria Democrática de Andalucía.
Establecimiento de planes de acción periódicos llamados a acotar las intervenciones concretas que se comprometería a implementar la Administración autonómica, en virtud de la norma, durante un plazo de tiempo determinado.
- 66 El Consejo Económico y Social de Aragón, órgano consultivo formado por agentes sociales de la regió (...)
- 67 Proyecto de Ley de Memoria Democrática de Aragón, Boletín Oficial de las Cortes de Aragón, número 1 (...)
- 68 «eh Bildu propone una ley vasca de memoria histórica para las víctimas del franquismo», El Mundo, 2 (...)
- 69 «El Parlamento vasco rechaza tramitar una ley para anular las sentencias franquistas», Público, 09/ (...)
- 70 En efecto, hubo de modificarse el nombre de la Proposición de ley, además de pactar enmiendas duran (...)
- 71 Proposició de Llei de Memòria Democràtica de les Illes Balears, Butlletí Oficial del Parlament de l (...)
- 72 Proposición de Ley del Principado de Asturias para la recuperación de la memoria democrática en el (...)
31A continuación, identificamos las citadas proposiciones de ley, y singularizamos algunas de sus disposiciones que no sólo sobrepasan el compendio de medidas comunes a todas ellas que venimos de listar, sino que rebasan el contenido de las leyes autonómicas integrales en materia de memoria histórica que habían sido sancionadas hasta finales de 2017. Durante el primer semestre de ese año, el Departamento de Presidencia de la Diputación General de Aragón entregó el Anteproyecto de ley de Memoria Democrática al Consejo de Gobierno de dicha comunidad, órgano que desde las elecciones autonómicas de 2015 había quedado en manos de una coalición formada por el partido socialista y la formación nacionalista Chunta Aragonesista66. En julio de 2017, tras haber enmendado el documento, el Ejecutivo aragonés remitió el Proyecto de ley de Memoria Democrática de Aragón a las Cortes autonómicas, al objeto de iniciar su tramitación parlamentaria. La norma presentaba una serie de disposiciones novedosas que conviene destacar: el Gobierno de la región prestaría el apoyo necesario en las iniciativas de exhumación de las víctimas aragonesas que fueron inhumadas sin autorización en el Valle de los Caídos, se homenajearía en los campos de concentración y en los escenarios bélicos de Europa a los aragoneses que hubieran participado de forma activa en la lucha contra el fascismo, y se sometería a votación en las Cortes aragonesas un informe que instaría a las Cortes Generales del Estado a adoptar una serie de modificaciones normativas en materia de memoria histórica; en particular, la derogación total o parcial de la Ley 46/1977, de 15 de octubre, de Amnistía, así como la ratificación de la Convención sobre la imprescriptibilidad de los crímenes de guerra y de los crímenes de lesa humanidad aprobada por las Naciones Unidas en 1968, que insta a los Estado firmantes a la persecución y castigo de dichos crímenes67. En noviembre de 2017, eh Bildu registró en el Parlamento Vasco la Proposición de Ley vasca de Memoria Histórica para el Reconocimiento y Reparación Integral de las Víctimas del Franquismo. Se trataba de una ley integral de memoria histórica para Euskadi, que, tal y como ocurría con el paquete legislativo aragonés, incluía algunos artículos singulares que todavía no habían sido recogidos por ninguna otra norma memorialista. Nos referimos a la tipificación y resarcimiento del trabajo esclavo, la equiparación de las reparaciones económicas que se concederían a las víctimas del franquismo con las cuantías estipuladas para las víctimas del terrorismo, la rehabilitación de todos los funcionarios desposeídos de sus funciones por tribunales y órganos franquistas, así como la restitución de los bienes muebles e inmuebles incautados68. Al igual que la Proposición de ley de Castilla-La Mancha de 2016 y que la de las Islas Baleares de 2017, la iniciativa de eh Bildu incluía la declaración de ilegitimidad e ilegalidad de las sentencias dictadas por los tribunales franquistas, disposición que amenazaba seriamente la validación de la norma en la Cámara vasca. Ciertamente, un par de semanas atrás, los votos en contra de pp y PNV, junto a la abstención del partido socialista, tumbaron la Proposición de ley de Reparación Jurídica de las Víctimas del Franquismo que había presentado Elkarrekin Podemos en el Parlamento Vasco. Esta norma, que contó con el apoyo de eh Bildu, declaraba la ilegalidad de los procedimientos judiciales y los consejos de guerra instruidos entre 1936 y 1978 en Euskadi69. Si bien esta cuestión parecía no suscitar reticencia alguna entre las formaciones políticas de las Islas Baleares, donde el Parlamento autonómico acogió a trámite la Proposición de ley de Memoria Democrática de las Islas Baleares presentada por psoe, Més, y Podemos, otros escollos separaban a la izquierda y a la derecha al debatir la iniciativa en el hemiciclo balear70. Las medidas idiosincráticas de esta Proposición de ley que conviene destacar son la puesta en marcha de un comité de trabajo para investigar la desaparición de fondos documentales, y la creación de secciones sobre memoria histórica en archivos, bibliotecas y museos71. Sin ser tan extensa ni estar reglamentado hasta el extremo de los proyectos vasco, aragonés, y balear, la Proposición de ley para la recuperación de la Memoria Democrática en el Principado de Asturias recogía, a su vez, los estándares y criterios que habían prefijado los paquetes normativos sancionados a lo largo de 2017 en Andalucía y la Comunidad Valenciana72. El proyecto asturiano, que no incluye ninguna novedad singular, fue presentado por Izquierda Unida a finales de mayo de ese año. En noviembre de 2017, los grupos parlamentarios de psoe, Podemos, Izquierda Unida, y Ciudadanos, aprobaron que la Junta General del Principado de Asturias tramitase posteriormente el código en el Parlamento autonómico. Tanto pp como Foro de Ciudadanos, escisión asturiana del Partido Popular que se constituyó en formación política en 2011, votaron en contra.
- 73 Proposición de ley de la Memoria Democrática de Castilla-La Mancha, Boletín Oficial - Cortes de Cas (...)
- 74 Criterio del Consejo de Gobierno y conclusión de la tramitación de la Proposición de ley de la Memo (...)
- 75 «El psoe tumba la ley de memoria histórica impulsada por Podemos en Castilla-La Mancha», Periódico (...)
- 76 «Piden a la Junta que rectifique su posición a la Ley de Memoria Democrática regional», 29/10/2016, (...)
- 77 «Lo importante es que se cumpla la ley, no tanto crear leyes nuevas», Foro por la Memoria de Castil (...)
- 78 Ibidem.
32Por último, debemos tratar el caso de la Proposición de ley sobre Memoria Democrática que presentó Podemos en las Cortes de Castilla-La Mancha en septiembre de 2016, proyecto que había sido redactado originalmente por la asociación conquense Ciudadanos por la República73. Un mes después, el Consejo de Gobierno de la comunidad, en manos del partido socialista, bloqueó de manera definitiva la tramitación parlamentaria de la iniciativa «por suponer un aumento de créditos presupuestarios»74. La tensión entre los partidos políticos de izquierdas que despertó en Castilla-La Mancha esta resolución contaba con precedentes homólogos en otras regiones en las que se había acontecido un episodio parecido. Lo sorprendente del caso radica, por el contrario, en las disensiones que generó en el seno del movimiento memorialista castellano-manchego; a la vista de los hechos, los largos años de reivindicación fallida que acumulaba en la materia el asociacionismo popular, y la politización del asunto que venían llevando a cabo las formaciones electorales de un tiempo atrás, comenzaban a fracturar las filas de los defensores de la restitución del pasado. En efecto, a tenor de la decisión adoptada por el Ejecutivo castellano-manchego, Podemos denunció las presuntas afinidades ideológicas que existían entre el partido socialista y el pp, puesto que ninguno de los dos parecía «querer una ley de Memoria Democrática» para la región. Por su parte, el psoe definió la iniciativa de Podemos como un «copia y pega» del Proyecto de ley de Memoria Democrática de Andalucía de 2015, y exhortó a dicha formación a presentar iniciativas parlamentarias en el Congreso de los Diputados para pedir que se cumpliera la normativa estatal y se habilitaran dotaciones presupuestarias en la materia. Las declaraciones del portavoz del Gobierno de Castilla-La Mancha despejaban el balón al tejado del Ejecutivo central: «Tiene que haber un planteamiento serio por parte del Gobierno de España que financie la normativa que ya hay a nivel estatal […] Las comunidades autónomas no pueden asumir todas las competencias por la inacción del Gobierno de España»75. Los argumentos encontrados de Podemos y psoe reflejaban la división de posturas que se estaba gestando en el ámbito de la memoria histórica desde comienzos del trienio 2016-2018: por un lado, las voces que defendían la validez y la necesidad de seguir avanzando en la implementación de la Ley aprobada en 2007, y por el otro, quienes criticaban las limitaciones de esta norma y abogaban, a tenor de la inacción del Ejecutivo central, por sancionar nuevos y más ambiciosos paquetes legislativos en el marco competencial de las comunidades autónomas. Al calor de las rencillas partidistas que generó esta polémica en Castilla-La Mancha, la toma de posiciones a favor de una u otra opción se trasladó al terreno de las asociaciones memorialistas. Junto a las filiales castellano-manchegas de Podemos, Izquierda Unida, Partido Comunista de España, algunas organizaciones sindicales, y ciertos colectivos republicanos, catorce agrupaciones vinculadas con la defensa de la memoria histórica suscribieron un comunicado conjunto para mostrar su enojo y repulsa frente al rechazo a la tramitación de la Proposición de ley de Memoria Democrática de Castilla-La Mancha76. Por el contrario, los apéndices regionales de las dos mayores plataformas memorialistas del país, el Foro por la Memoria Histórica, y la armh, rubricaron sendas notas de prensa en las que expresaron su oposición al modo en que se había impulsado la iniciativa. En primer lugar, estos comunicados denunciaban que ninguna de las dos entidades había sido consultada por Podemos a la hora de redactar ni presentar la Proposición de ley, que, según se lee en ambas circulares, adolecía de graves carencias, como la falta de una reivindicación que exigiera la derogación de la Ley de Amnistía de 1977. Además de acusar al psoe de haber «demostrado no tener voluntad política para aceptar ni desarrollar este proyecto», las notas de prensa reprochaban la instrumentalización de la materia que estaban llevando a cabo los partidos de izquierda. Así lo expone el texto difundido por el Foro por la Memoria de Castilla-La Mancha: «lamentamos que la negativa por parte del gobierno regional parece estar encuadrada en la pugna por la hegemonía política a la que estamos asistiendo en los últimos tiempos entre el psoe y Podemos»77. Sirvámonos de este mismo comunicado para reflejar la apuesta a favor del cumplimiento integral de la normativa de 2007 que hacían ambas asociaciones, en detrimento de la elaboración de nuevos marcos reglamentarios: «Se nos quiere intentar convencer de que o bien este proyecto es una especie de desarrollo regional de la Ley de Memoria, o que viene a completarla, cuando lo que necesitamos no son marcos jurídicos nuevos, sino que se cumplan los que ya existen»78.
Conclusiones
33Transcurrieron casi setenta años desde el final de la Guerra Civil y más de tres décadas desde la muerte de Franco, antes de que el Estado español validara un paquete legislativo a fin de reevaluar el sentido histórico de la contienda y de la dictadura, y de impulsar la reparación de las víctimas; siendo consideradas como tales no sólo los excombatientes, sus familiares, los mutilados civiles de guerra, y quienes fueron encarcelados por motivos políticos hasta 1977, sino otras tantas casuísticas y expresiones genéricas de las múltiples manifestaciones de la acción represiva que ejerció el franquismo. La inherente falta de libertades que caracteriza un régimen totalitario como el que existió en España hasta finales de la década de 1970, y los mecanismos de socialización política que puso en marcha la dictadura desde el comienzo de su existencia, explican que no se llevara a cabo ningún resarcimiento para con el conjunto de las víctimas ni reinterpretación histórica alguna de la guerra a lo largo del régimen franquista. La Ley de Amnistía de 1977, los Pactos de la Moncloa que firmaron ese mismo año los principales partidos con representación parlamentaria en el Congreso de los Diputados, y el espíritu de reconciliación nacional que caracterizó la génesis del nuevo Estado de derecho, es decir, el mito de una transición pacífica que hacía de la no-conmemoración y de la no-reevaluación de la historia reciente un imperativo político, perpetuaron la ausencia de un modelo de gestión del pasado traumático de España incluso cuando el país había vuelto a la normalidad democrática. En el ámbito internacional, la condena del franquismo sancionada por la ONU en su conferencia fundacional del mes de junio de 1945, seguida por la retirada de embajadores aprobada por el organismo en diciembre de 1946, hubieran podido alterar de manera radical el destino de España de no haber cambiado la coyuntura política al son de la Guerra Fría y de la polarización del planeta en dos bloques antagonistas. En efecto, la adopción por parte de los Estados Unidos de la doctrina Truman, los Acuerdos de Madrid concertados con dicha nación en 1953, el Concordato con el Vaticano rubricado ese mismo año, la subsiguiente normalización de las relaciones diplomáticas, y el ingreso en la onu a finales de 1955, hicieron de la continuidad de la dictadura y de la política interna del país una cuestión estrictamente ligada a la soberanía española. Si bien en 2006 tanto el Consejo de Europa como el Parlamento Europeo condenaron el levantamiento de 1936, denunciaron la naturaleza autoritaria del franquismo, y exigieron la reparación de las víctimas del régimen, resoluciones que atestiguan la inhibición del Estado español en la materia hasta una fecha tan tardía, ninguna instancia internacional podía obligar al Gobierno de la nación ni a la Administración pública a tomar medidas en el asunto. Se requería la voluntad política de los representantes electos del pueblo español para impulsar un verdadero cambio de rumbo en el ámbito memorialista. A este respecto, las fuerzas políticas hegemónicas se obstinaron durante largos años en no alterar la prescripción del pasado que había sido sellada bajo tácito acuerdo durante la Transición. A lo largo de las décadas de 1980 y 1990 las actuaciones a favor de la recuperación de la memoria histórica quedaron circunscritas en torno al asociacionismo, esto es, a la iniciativa popular. De modo puntual, algunas administraciones locales intervinieron también en la materia en el ámbito municipal. De 1996 en adelante, espoleado bien por un compromiso moral genuino, bien por el oportunismo político, el partido socialista se hizo garante de las reclamaciones memorialistas. Tras alcanzar la victoria en las elecciones generales de 2004, el psoe se comprometió a sancionar una ley integral de memoria histórica. Esta iniciativa legislativa sería validada por las Cortes en 2007. Dejando a un lado el posicionamiento particular que adoptaron las formaciones políticas conservadoras de la periferia, la derecha española se hallaba instalada todavía en una negativa rotunda a la hora de acordar cualquier tipo de concesión en materia memorialista. Por el contrario, la iniciativa impulsada por el partido socialista, conjunto de medidas mayormente destinadas a la reparación de las víctimas de la dictadura y a la reevaluación histórica de la Guerra Civil, demostraba que en el seno de la izquierda mayoritaria se había operado un cambio de postura en lo concerniente a la recuperación del pasado.
34Bajo el beneficio de la duda que confiere el paso del tiempo, cabe plantearse algunas preguntas. ¿Acaso el viraje socialista se produjo con demasiado retraso? ¿Puede estimarse que el paquete legislativo impulsado por el Gobierno de José Luís Rodríguez Zapatero era limitado? ¿El rechazo de la medida por parte de la derecha española auguraba una resolución harmoniosa y duradera del contencioso? Lo cierto es que la Ley de memoria histórica no reivindicaba la legitimidad política de la República española ni la consagraba como antecedente directo de la democracia patria, no reconocía el pleno valor de la lucha contra la dictadura, no estipulaba el conjunto de medidas necesarias para localizar e identificar a los cadáveres que se hacinaban en las fosas comunes, más allá de la Oficina para las Víctimas de la Guerra Civil y de la Dictadura no creaba un organismo encargado de llevar a cabo las políticas públicas de memoria, y, al perpetuar el mito de la Transición basado en la avenencia de las partes, no exponía su fallida a la hora de expiar el pasado traumático del país. Estas limitaciones prolongaron la falta de sincronización entre las reclamaciones en defensa de la memoria histórica que abanderaban las asociaciones memorialistas, y las políticas de restitución del pasado que habría de llevar a cabo la Administración pública. En otras palabras, las demandas que siguieron formulando los colectivos ciudadanos sobrepasaban de largo los límites del marco de actuación que había fijado la norma sancionada en 2007. Esto se puso de manifiesto apenas un año después, cuando la inhabilitación por prevaricación de Baltasar Garzón frustró de raíz las expectativas que albergaban los grupos memorialistas respecto al enjuiciamiento de los crímenes del franquismo. A su vez, la circunspección con la que el paquete legislativo acotaba los términos de la actuación de la Administración Central del Estado espoleó la descentralización de la intervención de la autoridad pública en el campo de la memoria histórica: el Gobierno gallego se había adelantado a la acción retardataria del Ejecutivo central al decretar 2006 como Ano da Memoria, mientras que la Generalitat de Catalunya impulsó su propia Ley de memoria histórica ya en 2007, norma que superaba algunas de las disposiciones contenidas en la legislación estatal. Ahora bien, el elemento que marcó el devenir de la memoria histórica en España de ese momento en adelante, el verdadero nudo gordiano de la cuestión, fue la no incorporación de la derecha hegemónica a ese intento de resolución de la problemática que pretendía llevarse a la práctica mediante la Ley de 2007. La memoria histórica representa hoy, como lo hacía entonces, algo más que la condena del franquismo y la reparación de sus víctimas, o la restitución de la legitimidad republicana. El cambio efectivo del paradigma interpretativo que suscita la cuestión, conlleva la revisión profunda del discurso en torno a los orígenes palingenésicos de la democracia española, y exige una reinterpretación crítica de la salida del periodo dictatorial que representó la Transición. Si bien en 2007 la rúbrica de un pacto de Estado sobre la memoria histórica se auspiciaba harto improbable, la aquiescencia de la derecha hegemónica para con la iniciativa, o cuanto menos, la ausencia por su parte de un rechazo enconado, resultaba de vital importancia a la hora de resolver la disputa. El pecado original yace del lado del pp, que en lugar de sumarse al proyecto o no entorpecerlo, lo rechazó de manera frontal, bien que el psoe prefirió validar la norma gracias al respaldo de la mayoría parlamentaria en vez de alcanzar un acuerdo con la oposición conservadora. Era esta una solución ilusoria y perecedera, pues un lustro más tarde se hizo evidente que la implementación de la Ley de memoria histórica, y la continuidad de las políticas públicas encaminadas al cumplimiento de la norma, quedaban irremisiblemente supeditadas a la voluntad política del partido de turno que ocupase el Palacio de La Moncloa. Bastaba con bloquear la concesión de fondos para interrumpir la acción de la Administración Central del Estado en la materia.
35En 2012 el Ejecutivo de Mariano Rajoy rebajó a un tercio la subvención de las actividades ligadas al cumplimiento de la Ley de 2007. Los Presupuestos Generales de 2013 eliminaron toda financiación estatal destinada a la memoria histórica. A finales de 2017, el posicionamiento omiso del Gobierno central no había variado ni un ápice, hasta el extremo de invalidar una enmienda sobre los Presupuestos Generales de 2016 presentada por la oposición al objeto de retomar algunos supuestos de la Ley de 2007. La reiterada inobservancia de la norma por parte del pp ha dado lugar a un fenómeno que ha venido a caracterizar de 2013 en adelante la problemática de la memoria histórica en España: la delegación de hecho sobre las comunidades autónomas, autoridades locales, y actores no dependientes de la Administración pública, de las responsabilidades en la materia que debería asumir el Estado. En efecto, las iniciativas en defensa de la restitución del pasado han seguido adelante a pesar de la inacción del Gobierno de la nación. No obstante, esto ha comportado una clara dispersión de las políticas encaminadas a recuperar la memoria histórica, así como una atomización de los cuerpos y entidades erigidos en ejecutores de las mismas.
36Las páginas precedentes atestiguan una notoria continuidad de la actividad que venían y siguen llevando a cabo en el campo de la restitución del pasado las asociaciones memorialistas, instituciones culturales y académicas, equipos de investigación, artistas y representantes del mundo de la cultura, ayuntamientos, equipos de gobierno y Parlamentos de las distintas comunidades autónomas. En lo que respecta a este último ámbito, el de las intervenciones en el plano local y regional, queda claro que el cambio de mayorías en alcaldías y Cámaras legislativas autonómicas que subvino a las elecciones de 2015 y 2016 jugó un papel determinante a la hora de suplir la dejación de sus obligaciones en la que venía incurriendo el Gobierno central. De todas las iniciativas en defensa de la memoria histórica que se han puesto en marcha hasta comienzos de 2018, las más relevantes son las que han tenido lugar en el ámbito de las comunidades autónomas. A finales de 2017, además de Cataluña, otras tres comunidades autónomas contaban ya con su propia ley integral de memoria histórica; algunos Parlamentos autonómicos habían sancionado propuestas concretas en la materia que superaban el contenido de la Ley de 2007; otras comunidades autónomas aprobaron distintas medidas y/o reglamentos destinados a dar cumplimiento a dicha norma; a su vez, fueron varias las comunidades autónomas en las que se presentaron Proyectos de ley vinculados con la memoria histórica. En algunas regiones estas proposiciones adquirieron rango de ley, en otras fueron rechazadas por sus respectivos Parlamentos, y en otros casos su tramitación ha proseguido a lo largo de 2018.
37Las iniciativas impulsadas desde el ámbito autonómico nos invitan a reflexionar en torno a cuatro elementos cruciales. En primer lugar, las actuaciones y los proyectos legislativos que han visto la luz en el marco regional evocan la existencia de dos posturas diferenciadas a la hora de tratar la problemática: el voto mayoritario emitido en el seno de las Cámaras legislativas de algunas comunidades autónomas, o en su defecto, los decretos dispuestos por sus respectivos consejos de gobierno, reivindican la validez de la Ley de 2007 y apuestan por implementar su contenido, si cabe, reglamentando de forma puntual algunas de sus disposiciones; por el contrario, el tipo de proceder por el que han optado otros Parlamentos y Gobiernos autonómicos pone de relieve su pérdida de confianza en la Ley de 2007, cuyo ámbito de actuación estiman limitado, y en detrimento de la cual han preferido promover sus propias leyes o proyectos de ley integrales de memoria histórica. En algunas regiones, esta polarización se ha manifestado también en el campo de las asociaciones memorialistas. Algunas de ellas defienden una postura maximalista, en virtud de la cual reclaman la redacción y aprobación de nuevas leyes integrales de memoria histórica. Las hay, en cambio, que adoptan más bien un posicionamiento contemporizador, y se limitan a exigir el pleno cumplimiento de la Ley de 2007.
38En segundo lugar, queda claro que el grado de reglamentación y el abasto de actuación prefijados por la legislación autonómica en materia de memoria histórica sobrepasan el contenido de la norma sancionada por el Ejecutivo de José Luís Rodríguez Zapatero. Resulta imposible determinar si los partidos políticos que pactaron la aprobación de la misma, psoe, iu, Convergència i Unió (ciu), Coalición Canaria, icv, pnv, y bng, hubieran aceptado entonces las disposiciones que implementan los paquetes normativos de Cataluña, Andalucía, la Comunidad Valenciana, y la Comunidad Foral de Navarra. Sin ánimo de especular, muchos de los artículos que recogen hoy las leyes autonómicas de memoria histórica se antojan de difícil encaje en el ejercicio de consenso político que precedió la sanción de la Ley de 2007. Nos referimos, entre otras cuestiones, a la inclusión en la categoría de víctimas de los niños y niñas robados durante la dictadura, al establecimiento de protocolos de actuación en materia de enseñanza, la tipificación como infracción de delitos vinculados, por ejemplo, a la exhibición pública de simbología u otros elementos visuales ligados a la dictadura, etc. En vista de ello, y aunque nos refiramos exclusivamente a algunas de las comunidades autónomas del país, cabe admitir que el tratamiento de la memoria histórica en España a comienzos de 2018 ha alcanzado unas cuotas de profundidad normativa que parecían inimaginables diez años antes.
39Esto nos remite al tercer elemento en torno al cual debemos reflexionar. Y es que, a pesar de los hitos obtenidos en el ámbito legislativo, y del aumento de las intervenciones en materia memorialista, persisten algunas líneas rojas. La anulación de las condenas dictadas por los tribunales franquistas, consejos de guerra, jurados y cualesquiera otros organismos penales o administrativos, civiles o militares, contra quienes defendieron la legalidad republicana y lucharon en defensa de los derechos y libertades democráticas durante la Guerra Civil, la dictadura, y la Transición, es una de ellas. La imprescriptibilidad de los delitos del franquismo a razón del cumplimiento del Derecho Internacional sobre crímenes de guerra y de lesa humanidad, es decir, la derogación de la Ley de Amnistía de 1977, ocupa asimismo una posición destacada en la lista de tareas pendientes. En lo referente a los textos y códigos legislativos vinculados con la memoria histórica, completaría el elenco la revisión crítica de aquellos aspectos genéricos de la Transición, que confirman la disfuncionalidad de algunas de las transacciones políticas que se llevaron a cabo durante ese periodo. A este respecto, tras el viraje operado en 1996 por el partido socialista, y mientras la formación integraba la oposición parlamentaria, los proyectos legislativos de corte memorialista que impulsó el psoe planteaban la cuestión sin ambages. Sírvanos de ejemplo la exposición de motivos de la Proposición no de Ley 161/001591, que elevó el Grupo Parlamentario Socialista a la Comisión Constitucional del Congreso de los Diputados en 2002:
- 79 Op. cit.
Los más de veinticinco años de democracia transcurridos en nuestro país permiten hoy restaurar equilibrios y reparar injusticias que la transición española no pudo llevar a cabo. El hoy Presidente del Tribunal Constitucional escribió hace unos años que si bien fue beneficioso el disimulo del constituyente cuando había que salir de la dictadura para entrar en democracia, perseverar en el mismo se convierte en perjudicial hipocresía […] A algunos la dictadura de Franco les reparó los daños causados, a otros, la sociedad española les sigue debiendo el recuerdo y la dignidad que la transición democrática no les pudo restituir por sus difíciles y complicadas circunstancias79.
40Cuando los socialistas recuperaron el poder tras los comicios generales de 2004, refrenaron el tono del discurso que habrían de mantener de ese momento en adelante al encuentro de esta problemática, de tal suerte que la Ley estatal de 2007 omitía cualquier referencia crítica a la prescripción del pasado que impuso la Transición. Por el contrario, la Llei del Memorial Democràtic y algunas de las leyes o proposiciones de ley que se impulsaron un tiempo después en el ámbito autonómico, aludían de forma directa a la cuestión. Está por ver, pues, hasta qué extremo y bajo qué criterio expondrán los futuros proyectos legislativos de índole memorialista la fallida de la Transición a la hora de expiar el pasado traumático de España.
41La Ley de memoria histórica de 2007 aludía al carácter ilegítimo de las sentencias dictadas por los tribunales y demás organismos penales o militares del régimen franquista, pero no las anulaba. No hacía mención alguna del deber de abolir o modificar la legislación de carácter estatal que contravenía la normativa internacional en materia de crímenes contra la humanidad. La Llei del Memorial Democràtic de 2007, la Ley Foral de memoria histórica de 2013, la Ley de creación del Instituto de la Memoria, la Convivencia y los Derechos Humanos sancionada por el Parlamento Vasco en 2014, y la Ley para la recuperación de personas desaparecidas durante la Guerra Civil y el franquismo que se aprobó en 2016 en las Islas Baleares, eludían ambas cuestiones. Los paquetes legislativos integrales de 2017 sancionados en la Comunidad Valenciana y en Andalucía trataban la materia, pero no ofrecían una respuesta resolutiva. El preámbulo de la Ley andaluza reconocía el
- 80 Op. cit.
carácter radicalmente injusto de todas las condenas, sanciones […] producidas por razones políticas, ideológicas, de género y de orientación sexual o de creencia religiosa durante la Guerra Civil, así como las sufridas durante la Dictadura80.
- 81 Ibidem.
42A este respecto, la Disposición adicional cuarta de la norma se limitaba a señalar que el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía instaría al Gobierno del Estado a adoptar medidas, para hacer efectiva la reparación y reconocimiento personal de quienes padecieron estas condenas y sanciones81. La Ley de memoria histórica adoptada en la Comunidad Valenciana procedía exactamente de la misma forma. Así reza su preámbulo:
- 82 Op. cit.
Esta ley apela al reconocimiento y a la restitución para todos los valencianos y valencianas que sufrieron la ilegitimidad de los consejos de guerra, de los tribunales de responsabilidad política, del Tribunal Especial de Represión de la Masonería y el Comunismo y el Tribunal de Orden Público (TOP)82.
43Al igual que la norma andaluza, la Disposición adicional tercera del código valenciano respondía a este extremo mediante una acción no vinculante:
- 83 Ibidem.
El Consell instará al gobierno del Estado a estudiar la cuestión de la nulidad de las condenas dictadas por los tribunales penales franquistas contra quienes defendieron la legalidad republicana y a adoptar medidas de todo orden que procedan para hacer efectiva la reparación y reconocimiento personal a quienes padecieron condenas o sanciones […] por causa de la lucha en defensa de los derechos y libertades […] durante la guerra civil, la dictadura franquista o la transición83.
- 84 Llei 11/2017, del 4 de juliol, de reparació jurídica de les víctimes del franquisme, Diari Oficial (...)
44En cuanto a la derogación de la Ley de Amnistía de 1977, ambas normas apostaban por una solución de mínimos: en vez de obligar al Ejecutivo autonómico a reclamar al Gobierno central la anulación de la misma, imponían la creación de una comisión de la verdad en cada una de las dos regiones. Sin competencias procesales, estos grupos de trabajo recogerían testimonios acerca de las violaciones de los derechos humanos y/o del derecho humanitario internacional que se produjeron durante la Guerra Civil y la dictadura, al objeto de remitir sus conclusiones a una comisión de la verdad de ámbito estatal que por aquel entonces no existía. El carácter no vinculante de los informes que debían redactar las susodichas comisiones autonómicas, y la inexistencia de un organismo estatal al que el Artículo 41 de la Ley andaluza se refería como «la necesaria y futura Comisión de la Verdad del Estado Español», hacían de la iniciativa poco más que una proyección de futuro que no contaba con ninguna garantía de cumplimiento en lo que a la acción del Estado se refiere, y que dejaba al albedrío de la voluntad política del Gobierno de la nación la determinación de llevarla a la práctica. Por el contrario, algunos de los Proyectos de Ley que se registraron a lo largo de 2016 y 2017 encaraban de frente la problemática y proponían medidas de actuación concretas. Así, las iniciativas legislativas que se presentaron a trámite en las Islas Baleares en 2017, en Castilla-La Mancha en 2016, la Proposición de Ley Vasca de Memoria Histórica para el Reconocimiento y Reparación Integral de las Víctimas del Franquismo impulsada por eh Bildu en 2017, y la Proposición de Ley de Reparación Jurídica de las Víctimas del Franquismo registrada en el Parlamento Vasco ese mismo año por Podemos Euskadi, incluían la declaración de ilegitimidad e ilegalidad de las sentencias dictadas por los tribunales franquistas por razones políticas. En caso de aprobarse estas normas, los Ejecutivos de dichas comunidades hubieran decretado la anulación de las sentencias dictadas en sus territorios; en su defecto, hubieran sometido la cuestión al voto del Parlamento autonómico respectivo. Por el momento, Cataluña ha sido una vez más pionera en la materia, pues a finales de junio de 2017 el Parlamento de dicha comunidad aprobó por unanimidad la Llei de reparació jurídica de les víctimes del franquisme, que declara la nulidad de los juicios y los consejos de guerra dictados por causas políticas en Cataluña por la dictadura franquista84. Por su parte, el Proyecto de Ley de Memoria Democrática de Aragón de 2017 preveía someter a votación en las Cortes aragonesas un informe que instaría a las Cortes Generales del Estado a derogar total o parcialmente la Ley de Amnistía de 1977, así como a ratificar la Convención sobre la imprescriptibilidad de los crímenes de guerra y de lesa humanidad aprobada por las Naciones Unidas en 1968, que insta a los Estado firmantes a la persecución y castigo de dichos delitos. A este respecto, resulta paradigmático que el Informe 2017/18 de Amnistía Internacional sobre la situación de los derechos humanos en el mundo pusiese de relieve la omisión al deber en que seguía incurriendo el Estado español, al no implementar la Ley de 2007 y permitir que los crímenes del franquismo quedaran impunes:
- 85 Informe 2017/18 Amnistía Internacional. La situación de los derechos humanos en el mundo, Amnesty I (...)
Las autoridades españolas continuaron cerrando investigaciones sobre crímenes de derecho internacional cometidos durante la Guerra Civil y el franquismo, argumentando que no era posible investigar los crímenes denunciados […] debido, entre otras cosas, a la Ley de Amnistía y a la prescripción de los delitos. Además, siguieron sin adoptar medidas para localizar e identificar los restos de víctimas de desaparición forzada y ejecución extrajudicial, dejando que las familias y las organizaciones interesadas acometieran los proyectos de exhumación sin el apoyo del Estado85.
- 86 Ibid.
- 87 Hasta la fecha, además del precitado informe Víctimas de la Guerra Civil y el régimen franquista: e (...)
- 88 El informe España: Recomendaciones de Amnistía Internacional a las Cortes Generales para una realiz (...)
45El memorando exponía que la Procuraduría General de la República de México había puesto en marcha una investigación sobre un caso español de bebé robado durante la dictadura, siendo este país el segundo que investigaba los crímenes de derecho internacional cometidos en España durante la Guerra Civil y el franquismo. En este sentido, el articulado concluía: «el Grupo de Trabajo de la ONU sobre Desapariciones Forzadas o Involuntarias afirmó que este caso representaba otra oportunidad para la plena cooperación de España en las investigaciones emprendidas por otros Estados sobre desapariciones forzadas ocurridas en el país»86. El seguimiento de la cuestión que venía llevando a cabo la organización no gubernamental desde años atrás, culminó con la redacción de un pormenorizado informe que fue remitido al Parlamento español en noviembre de 2017, y que llevaba por título España: Recomendaciones de Amnistía Internacional a las Cortes Generales para una realización efectiva del derecho a la verdad, la justicia y la reparación de las víctimas de la Guerra Civil y el franquismo87. Además de enumerar una serie de medidas que debería adoptar el Gobierno al objeto de contestar la impunidad de los crímenes de lesa humanidad que se habían cometido en España durante la guerra y la dictadura, el documento recogía las lamentaciones del Grupo de Trabajo sobre Desapariciones Forzadas o Involuntarias, y del Relator Especial sobre promoción de la verdad, la justicia, la reparación y las garantías de no repetición, ambos, organismos de Naciones Unidas, que en 2014 habían formulado sendas recomendaciones sobre la materia al Estado español y que éste último había desatendido88. A todas luces, la anulación de las condenas dictadas por los tribunales franquistas por motivos políticos, y la derogación de la Ley de Amnistía de 1977, serán la clave de bóveda de las reclamaciones e iniciativas en defensa de la memoria histórica que tengan a bien impulsarse en España, tanto en el ámbito autonómico como a nivel estatal, en los años venideros.
46A falta de un examen exhaustivo que rebasaría el carácter sintético de los resultados aquí expuestos, y siendo éste el cuarto y último elemento que debemos tratar, cabe esbozar en líneas generales el posicionamiento que han adoptado las principales formaciones políticas del país frente a la memoria histórica. Lejos de poder encasillar sus reacciones en compartimentos estancos, el análisis desplegado en las páginas precedentes demuestra que las respuestas de unos y otros han variado a lo largo del tiempo, que en algunas regiones una misma formación ha adoptado una determinada postura, mientras que en otros lugares dicha formación ha actuado de diferente manera, y, lo más importante, queda claro también que en el caso de los partidos de ámbito estatal, en el decurso de los años sus grupos parlamentarios han tendido a mantener un cierto posicionamiento en el Congreso de los Diputados, al tiempo que sus delegaciones regionales han podido actuar de forma distinta en cada una de las Cámaras autonómicas. Desde 2007 y hasta comienzos de 2018, el partido socialista ha defendido en las Cortes la validez y la necesidad de seguir implementando la normativa aprobada por el Ejecutivo de José Luís Rodríguez Zapatero. Por el contrario, en el ámbito autonómico, la rama catalana de dicha formación, el PSC, estimó oportuno validar ya en 2007 una Ley integral diferenciada para dicha comunidad, procedimiento que revalidó en 2009 al apoyar la Ley concerniente a los protocolos de exhumación de las fosas comunes. Tal fue la sanción positiva que acordaron las respectivas delegaciones territoriales del partido socialista al impulsar o respaldar los paquetes legislativos de Navarra en 2013, Euskadi en 2014, la Ley sobre exhumaciones de las Islas Baleares en 2016, la Ley sobre el robo de bebés durante la dictadura que se aprobó en Navarra en 2017, la Ley de memoria democrática y para la convivencia de la Comunidad Valenciana, y, entre otras, la Ley de memoria histórica y Democrática de Andalucía de 2017. En cambio, el Partido Socialista de Euskadi-Euzkadiko Ezkerra se abstuvo de votar la Proposición de Ley vasca de Memoria Histórica para el Reconocimiento y Reparación Integral de las Víctimas del Franquismo que presentó Podemos Euskadi en 2017, mientras que el partido socialista castellano-manchego bloqueó la tramitación de la Proposición de Ley de la Memoria Histórica Democrática de Castilla-La Mancha que impulsó Podemos en 2016. En otras regiones, el partido socialista ha asumido un perfil bajo y se ha limitado a apoyar aquellas iniciativas legislativas que pretendían dar continuidad y/o implementar el despliegue de la norma de 2007. Así ocurrió en La Rioja, donde la formación mostró su connivencia para con el Decreto de creación del Consejo Asesor de la Memoria Histórica, y también en la Región de Murcia, donde el partido socialista instó al Gobierno autonómico a dar cumplimiento a la Ley de 2007 en lo referente a los lugares de memoria. En el ámbito estatal, la actuación del pp no deja lugar a dudas. En 2007, dicha formación se opuso a la adopción de la Ley de memoria histórica. Al retomar la jefatura del Gobierno a finales de 2011, la formación conservadora comenzó por rebajar la partida de dinero público destinada a la implementación de la norma, y terminó eliminando toda financiación vinculada con las actividades memorialistas. El Ejecutivo de Mariano Rajoy reafirmó su postura en 2015 al rechazar una enmienda de la oposición que hubiera corregido los Presupuestos Generales del Estado, a fin de retomar algunos supuestos de la Ley de 2007 en el decurso del siguiente año fiscal. En cambio, en el ámbito autonómico la respuesta de cada una de las delegaciones regionales del partido no ha sido homogénea. El pp votó en contra de las Leyes de memoria histórica que se registraron a trámite en Cataluña en 2007 y 2009, si bien validó la Llei de reparació jurídica de les víctimes del franquisme de 2017. Se opuso también a la Ley de creación del Instituto de la Memoria en Euskadi en 2014, a la Ley de memoria democrática y para la convivencia de la Comunidad Valenciana de 2017, así como a las Proposiciones de Ley que presentaron ese mismo año Podemos Euskadi en el Parlamento Vasco, e Izquierda Unida en la Junta General del Principado de Asturias. Sin embargo, en vez de emitir un voto negativo, las agrupaciones autonómicas del partido se abstuvieron de votar las iniciativas legislativas vinculadas con la memoria histórica que se presentaron en Murcia y Andalucía en 2017. Por otra parte, el Partido Popular validó las Leyes Forales de memoria histórica de 2013 y 2017, así como la Ley balear de 2016 sobre las fosas comunes, además, sancionó los Decretos de Castilla y León de 2018 y de La Rioja de 2017. Así las cosas, no sólo se confirma que las secciones autonómicas de las formaciones políticas hegemónicas han evolucionado en paralelo o incluso al margen del posicionamiento adoptado en el ámbito de la memoria histórica por las cúpulas centrales, sino que éstas últimas han optado por no imponer la obediencia de partido en la materia.
47El voto de las fuerzas conservadoras nacionalistas de la periferia tampoco ha sido unívoco. Los demócrata-cristianos catalanes y sus socios liberales de centro-derecha aprobaron la Ley estatal de 2007, pero se abstuvieron cuando el Parlamento de Cataluña votó las Leyes de 2007 y 2009. Las prerrogativas de la Administración autonómica sobre los terrenos y propiedades de la Iglesia en aras a retirar los elementos visuales que pudieran enaltecer el levantamiento de 1936 y la dictadura, y la capacidad de anular los actos en memoria de los mártires católicos, competencias que ambas normas conferían a la autoridad pública catalana, explican la postura de ciu. Sin embargo, ambos apéndices de la formación, Convergència Democràtica de Catalunya, y Unió Democràtica de Catalunya, escindidos en 2015 y reagrupados al cabo de poco bajo la coalición electoral Junts pel Sí, sancionaron la Llei de reparación jurídica de les víctimes del franquisme de 2017. Por su parte, el pnv aprobó la Ley estatal de 2007 y la Ley Vasca de 2014, pero votó en contra de la proposición de Ley presentada por Podemos Euskadi en 2017. La foralista de centro-derecha upn se abstuvo de votar las Leyes que se validaron en el Parlamento de Navarra en 2013 y 2017.
48Las diferentes secciones territoriales de la nueva centro-derecha con proyección de Estado, Ciudadanos, no siempre han actuado de la misma manera a la hora de votar las diferentes iniciativas legislativas autonómicas vinculadas con la memoria histórica. Si bien es cierto que, a grandes rasgos, el posicionamiento de las distintas delegaciones del partido se alinea con la abstención, en más de una ocasión éstas han emitido un voto favorable. En este sentido, Ciudadanos se abstuvo de votar las Leyes integrales de memoria histórica de Andalucía y de la Comunidad Valenciana de 2017, así como la moción de ese mismo año que instaba al Gobierno de Murcia a crear un catálogo de lugares de memoria. En cambio, validó la Ley balear de 2016, el Decreto de La Rioja de 2017, la Proposición de Ley para el Principado de Asturias registrada ese mismo año, y la Ley catalana de 2017 que anulaba las sentencias dictadas por los tribunales franquistas en Cataluña. En cuanto a la nueva izquierda de ámbito estatal, Podemos, y sus respectivas secciones territoriales, Izquierda Unida y sus filiales autonómicas, y las fuerzas de izquierda nacionalistas o autonomistas/regionalistas, o bien han impulsado directamente las iniciativas legislativas en materia de memoria histórica que se han registrado en las distintas comunidades autónomas del país, o bien las han apoyado cuando han sido impulsadas por otros partidos políticos; en sentido inverso, cuando Esquerra Republicana de Catalunya se opuso a la Ley estatal de 2007, lo hizo por considerar que la norma era demasiado limitada y poco ambiciosa. Estas fuerzas políticas han estado también a la cabeza de las iniciativas memorialistas que han tenido lugar en el ámbito local tras las elecciones municipales de 2015. Demasiado numerosas para tratarlas en este artículo, cualquier lector que consulte la prensa española publicada entre 2015 y comienzos de 2018 constatará que muchas de las acciones en defensa de la memoria histórica que llevaron a cabo los ayuntamientos del país durante ese periodo, se deben a acuerdos consistoriales adoptados con el voto a favor de dichos partidos.
49La fragmentación de las medidas adoptadas en el campo de la memoria histórica, y su circunscripción en el ámbito territorial de las diferentes comunidades autónomas, imponen a fecha de hoy dos realidades coyunturales de graves consecuencias. En primer lugar, el agravio comparativo, pues los ciudadanos obtendrán diferentes respuestas a las demandas que puedan formular a la Administración pública en materia memorialista, en función de la región donde traten de hacer valer sus reclamaciones. A comienzos de 2018, esto podía hacerse particularmente patente en aquellas comunidades en las que todavía no se había aprobado ninguna nueva normativa de este tipo; tal era el caso de Galicia, Cantabria, Castilla y León, o las islas Canarias. En segundo lugar, se aleja la posibilidad de homogeneizar el tratamiento de la memoria histórica en España a nivel estatal. La asunción de responsabilidades en la materia por parte de diversos territorios en virtud del marco competencial autonómico, dificulta sobremanera la futura adopción en las Cortes de una norma integral que venga a equiparar los derechos de todos los ciudadanos del país en el ámbito de la restitución del pasado, y que, a tenor de lo dispuesto por los paquetes legislativos validados por diversos Parlamentos autonómicos, intensifique, actualice, y sobrepase, las disposiciones fijadas por la ley de 2007. Cuantas más oficinas distintas de atención a las víctimas existan, cuantos más planes de acción diferenciados se pongan en marcha en cada una de las regiones, cuantos más institutos u organismos se creen a nivel territorial a fin de asegurar el cumplimiento de cada una de las leyes autonómicas de memoria histórica, etc., más complicado será revertir esta dinámica al objeto de centralizar en manos del Estado la respuesta que deba darse a la problemática en el conjunto de la nación. Sólo un pacto de estado, previo acuerdo de todas las partes implicadas, permitiría determinar de manera diáfana el tratamiento que debe darse en España a su pasado traumático, fijando así una noción comúnmente aceptada del concepto de memoria histórica, y reglamentando de manera precisa el abasto y los ámbitos de actuación en los que deba intervenir a este respecto el gobierno central. Mediante una reforma constitucional, la primacía de la Carta Magna obligaría ciertamente al Ejecutivo de turno a cumplir con lo prescrito, independientemente de su color y apetito político. En su defecto, la persistencia de la polarización de opiniones y de los planteamientos maniqueos que con frecuencia empañan un debate distorsionado por los intereses partidistas, hacen de la memoria histórica en España una polémica inconclusa tal y como lo era en vísperas de la aprobación de la Ley de 2007. Cierto es, no obstante, que se ha avanzado en el tratamiento de la cuestión, y que se atisban en el horizonte las líneas de convergencia que con toda probabilidad nivelarán la intervención de las autoridades responsables en la materia. El destino final del contencioso debería desembocar, pues, en un escenario de mayor entendimiento político, en una colaboración e implementación recíproca de los planes de acción que se pongan en marcha desde los ámbitos estatal y autonómico, en un acercamiento de posturas que permita definir sin tanto disentimiento el sentido histórico de la Guerra Civil, la dictadura, y la Transición, y en una racionalización de los medios destinados a cumplir y dar continuidad a las políticas públicas vinculadas con la recuperación del pasado. Por el momento, el tratamiento de la memoria histórica en España se asemeja a un campo de pruebas que funciona a tiempo real. Tanto es así, que al término de este ensayo algunos de los proyectos legislativos registrados a finales de 2017 en distintos Parlamentos regionales siguen su tramitación, se suceden las iniciativas locales impulsadas por asociaciones varias y/o por los ayuntamientos, distintas comunidades autónomas implementan sus propios planes de acción en materia memorialista, mientras que en el ámbito estatal, la moción de censura contra Mariano Rajoy sancionada a mediados de 2018 y que condujo a la presidencia del Gobierno al secretario general del psoe, ha vigorizado una vez más el debate puesto que el nuevo Ejecutivo socialista ha dado ya muestras de querer vigorizar el tratamiento de la memoria histórica. En este sentido, la evolución de la problemática se está operando en vivo y en directo. La observación y el análisis de los acontecimientos que lleven a cabo de ahora en adelante el resto de los investigadores permitirán concluir algún día el estudio completo del fenómeno.
Notes
1 Si bien España se había constituido en Reino desde la aprobación de la quinta Ley fundamental por las Cortes franquistas en 1947, la denominación oficial del país en tanto que régimen político entre 1939 y 1976 (y ocasionalmente hasta 1979) era Estado Español. En cuanto a la represión perpetrada por los sublevados en la retaguardia de la España Nacional durante la guerra, los especialistas en la materia estiman que se dio muerte a una cifra aproximada de 100.000 personas, a las que cabría añadir otras 50.000 a lo largo de la primera década de la posguerra. Isidro Sánchez, «Entre la memoria extrema y el memoricidio. Fuentes para el estudio de la Guerra Civil» en Miranda, Francisco Alía y del Valle, Ángel Ramón (Coord.), La guerra civil en Castilla-La Mancha, 70 años después. Actas del Congreso Internacional, Ediciones de la Universidad de Castilla-La Mancha, Cuenca, 2008, p. 51-84.
2 Francisco Erice, «Combates por el pasado y apología de la memoria, a propósito de la represión franquista», Hispania Nova. Revista de Historia Contemporánea, Número 6, 2006.
3 Juan Andrés Blanco, «La historiografía de la guerra civil española», Hispania Nova. Revista de Historia Contemporánea, Número 7, 2007.
4 Javier Rodrigo, «La Guerra Civil: «memoria», «olvido», «recuperación» e instrumentalización», Hispania Nova. Revista de Historia Contemporánea, Número 6, 2006.
5 Antonio González, «La política archivística del Gobierno español y la ausencia de gestión del pasado desde el comienzo de la Transición», Hispania Nova. Revista de Historia Contemporánea, Número 7, 2007.
6 Francisco Espinosa, «De saturaciones y olvidos. Reflexiones en torno a un pasado que no puede pasar», Hispania Nova. Revista de Historia Contemporánea, Número 7, 2007.
7 María de la Cinta Ramblado, «¿Compromiso, oportunismo o manipulación? El mundo de la cultura y los movimientos por la memoria», Hispania Nova. Revista de Historia Contemporánea, Número 7, 2007.
8 Joan Sagués, «Han vuelto a pasar (casi) cuarenta años. Memoria y políticas públicas de memoria en España desde la muerte del dictador» en Conxita Mir y Josep Gelonch (eds.), Duelo y memoria. Espacios para el recuerdo de las víctimas de la represión franquista en perspectiva comparada, Edicions de la Universitat de Lérida, Lérida, 2013, p. 19-40.
9 El Gobierno vasco comisionó el Grupo de Trabajo de la Sociedad de Ciencias de Aranzadi, que, entre otras cuestiones, debía dedicarse a la localización y exhumación de fosas en el País Vasco. La Universidad de Burgos desenterró un par de fosas en 2003 y 2004. La Junta de Andalucía abrió oficialmente su primera fosa en 2004. Ese mismo año, la Generalitat de Catalunya hizo lo propio con la voluntad de elaborar los protocolos oportunos. En Extremadura, Galicia, Cantabria, y Castilla-La Mancha, también se llevaron a cabo exhumaciones, Francisco Ferrándiz, «Exhumaciones y políticas de la memoria en la España contemporánea», Hispania Nova. Revista de Historia Contemporánea, Número 7, 2007.
10 Proposición no de Ley 161/001512 sobre el reconocimiento moral de todos los hombres y mujeres que padecieron la represión del régimen franquista por defender la libertad y por profesar convicciones democráticas, Boletín Oficial de las Cortes Generales. Congreso de los Diputados, serie D, núm. 376, de 24 de junio de 2002, p. 6-7.
11 Proposición no de Ley 161/001591 por la que se declara y se insta a los poderes públicos a reparar moralmente a las víctimas de la guerra civil desaparecidas y asesinadas por defender valores republicanos y a reconocer el derecho de familiares y herederos a recuperar sus restos, nombre y dignidad, Boletín Oficial de las Cortes Generales. Congreso de los Diputados, serie D, núm. 412, de 30 de septiembre de 2002, p. 6-7; Proposición no de Ley 161/001672 para proceder a las exhumaciones de fosas comunes de la guerra civil, Boletín Oficial de las Cortes Generales. Congreso de los Diputados, serie D, núm. 423, de 22 de octubre de 2002, p. 9-11; Proposición no de Ley 161/001762 sobre la devolución de la dignidad a los familiares de los fusilados durante el franquismo, Boletín Oficial de las Cortes Generales. Congreso de los Diputados, serie D, núm. 444, de 25 de noviembre de 2002, p. 9-10.
12 Proposición no de Ley 161/001636 sobre el desarrollo de una política de Estado para el reconocimiento de los ciudadanos y ciudadanas exiliados, Boletín Oficial de las Cortes Generales. Congreso de los Diputados, serie D, núm. 412, de 30 de septiembre de 2002, p. 7-9.
13 Boletín Oficial de las Cortes Generales. Congreso de los Diputados, serie D, núm. 448, de 29 de noviembre de 2002, p. 12-14.
14 Decreto-Ley 10/1969, de 31 de marzo, por el que se declara la prescripción de todos los delitos cometidos con anterioridad al 1 de abril de 1939, Boletín Oficial del Estado (BOE), núm. 78, 1 de abril de 1969, p. 4704.
15 Ley 46/1977, de 15 de octubre, de Amnistía, Boletín Oficial del Estado, núm. 248, 17 octubre 1977, p. 22765-22766.
16 Decreto 670/1976, de 5 de marzo, por el que se regulan pensiones a favor de los españoles que habiendo sufrido mutilación a causa de la pasada contienda no puedan integrarse en el Cuerpo de Caballeros Mutilados de Guerra por la Patria, Boletín Oficial del Estado, núm. 84, 7 abril 1976, p. 6967-6968.
17 Real Decreto-ley 43/1978, de 21 de diciembre, por el que se reconocen beneficios económicos a los que sufrieron lesiones y mutilaciones en la Guerra Civil Española, Boletín Oficial del Estado, núm. 305, de 22 de diciembre de 1978, p. 28932-28933; Real Decreto-ley 46/1978, de 21 de diciembre, por el que se regulan las pensiones de mutilación de los militares profesionales no integrados en el Cuerpo de Caballeros Mutilados, Boletín Oficial del Estado, núm. 306, de 23 de diciembre de 1978, p. 29030-29031; Ley 35/1980, de 26 de junio, sobre pensiones a los mutilados excombatientes de la zona republicana, Boletín Oficial del Estado, núm. 165, 10 julio 1980, p. 29030-29031; Ley 37/1984, de 22 de octubre, de reconocimiento de derechos y servicios prestados a quienes durante la guerra civil formaron parte de las Fuerzas Armadas, Fuerzas de Orden Público y Cuerpo de Carabineros de la República, Boletín Oficial del Estado, núm. 262, 1 noviembre 1984, p. 31689-31690.
18 Ley 5/1979, de 18 de septiembre, sobre reconocimiento de pensiones, asistencia médico-farmacéutica y asistencia social en favor de las viudas, hijos y demás familiares de los españoles fallecidos como consecuencia o con ocasión de la pasada guerra civil, Boletín Oficial del Estado, núm. 233, 28 de septiembre 1979, p. 22605-22606; Ley 6/1982, de 29 de marzo, de pensiones a los mutilados civiles de guerra, Boletín Oficial del Estado, núm. 80, 3 abril 1982, p. 8818.
19 Ley 4/190, de 29 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para 1990, Boletín Oficial del Estado, núm. 156, sábado 30 junio 1990, p. 18669-18710.
20 Víctor Manuel Santidrián, «Las cosas de la memoria (histórica)», Hispania Nova. Revista de Historia Contemporánea, Número 7, 2007.
21 Puede consultarse este documento en la página web de la organización, https://www.es.amnesty.org
22 Llei 13/2007, del 31 d’octubre, del Memorial Democràtic, Butlletí Oficial del Parlament de Catalunya, núm. 146/VIII, del 29 d’octubre de 2007.
23 Ley 52/2007, de 26 de diciembre, por la que se reconocen y amplían derechos y se establecen medidas en favor de quienes padecieron persecución o violencia durante la guerra civil y la dictadura, Boletín Oficial del Estado, núm. 310, 27 de diciembre de 2007, p. 53410-53416.
24 Joan Sagués, «Han vuelto a pasar (casi) cuarenta años…», art. cit.
25 Llei 10/2009, del 30 de juny, sobre la localització i la identificació de les persones desaparegudes durant la Guerra Civil i la dictadura franquista, i la dignificació de les fosses comunes, Butlletí Oficial del Parlament de Catalunya, núm. 492/VIII, del 22 de juny de 2009.
26 «El Gobierno elimina en 2013 el presupuesto para memoria histórica», Público, 29/09/2012.
27 «El «justiciero» Garzón vuelve a por Franco», La Razón, 02/10/2012.
28 Ley Foral 33/2013, de 26 de noviembre, de reconocimiento y reparación moral de las ciudadanas y ciudadanos navarros asesinados y víctimas de la represión a raíz del golpe militar de 1936, Boletín Oficial de Navarra, 4 de diciembre de 2013.
29 Ley 4/2014, de 27 de noviembre, de creación del Instituto de la Memoria, la Convivencia y los Derechos Humanos, Boletín Oficial del País Vasco, Nº 230, martes 2 de diciembre de 2014.
30 Puede hallarse una copia de ambos documentos mediante el buscador Planes y proyectos, en la rúbrica Gobierno Vasco, de la página web del Gobierno Vasco, www.euskadi.eus
31 Real Decreto-ley 3/1979, de 26 de enero, sobre protección de la seguridad ciudadana, Boletín Oficial del Estado, núm. 28, de 1 de febrero de 1979, p. 2636-2637; Decreto 221/1988, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Programa de Ayudas a las víctimas del terrorismo, Boletín Oficial del País Vasco, núm. 163, 2 de septiembre de 1988, p. 5292-5297. El Decreto 221/1988 fue modificado, a la sazón, sin incurrir en grandes cambios, en 1991, 1993 y 1995; en el año 2000 se sustituyó por el Decreto 107/2000, de 13 de junio, y en 2002, éste último fue reemplazado por el Decreto 214/2002, de 24 de septiembre (modificado por el Decreto 313/2002, de 30 de diciembre).
32 Ley 4/2008, de 19 de junio, de Reconocimiento y Reparación de las Víctimas del Terrorismo, Boletín Oficial del Estado, núm. 212, sábado 3 de septiembre de 2011, p. 95672-95693; Ley 29/2011, de 22 de septiembre, de Reconocimiento y Protección Integral a las Víctimas del Terrorismo, Boletín Oficial del Estado, núm. 229, de 23 de septiembre de 2011, p. 100566-100592.
33 10-15/PL-000006 Proyecto de Ley de Memoria Democrática de Andalucía, Boletín Oficial del Parlamento de Andalucía, nº98 - 27/10/2015, p. 33-66.
34 En efecto, las notas de opinión y los editoriales publicados por los principales rotativos del país, se manifestaron a favor o en contra de la iniciativa. Léanse, a corte de ejemplo, los siguientes artículos de prensa: «La memoria histórica será contenido obligatorio en las aulas andaluzas», El País, 13/10/2015; «Junta de Andalucía. La revancha histórica, de memoria y en clase», ABC, 14/10/2015, p. 14.
35 En 2015 la urbe de Valencia sumaba sesenta calles dedicadas a personajes y a conceptos franquistas, y el Generalísimo todavía contaba con la medalla de oro de la ciudad; en Játiva el Caudillo todavía ostentaba los títulos de hijo predilecto y de alcalde de honor. «El pspv denunciará a Rus y Barberá por los símbolos franquistas», El País, 04/03/2015; «El pspv denuncia a la alcaldesa por desobediencia a la Ley de Memoria», Ibidem, 11/05/2015. Para el caso de Lugo y Jerez, ver «Lugo retira títulos honoríficos a Franco con la oposición del pp», Ibidem, 04/05/2015; «Retirada de un busto de José María Pemán en Jerez», Ibidem, 25/08/2015.
36 Tal es el caso de la Universidad de Sevilla, donde el equipo de gobierno hizo retirar el escudo franquista que exhibía la fachada de su rectorado. «La Universidad de Sevilla retira su último rastro franquista», Ibidem, 01/07/2015.
37 «Madrid retirará los nombres franquistas de las calles», Ibidem, 01/07/2015.
38 Carlos Herrera, periodista de la Cadena Cope y columnista en ABC, atribuyó al proyecto un carácter «sectario» y «revisionista», tildó a sus impulsores de «imbéciles», y tachó la Ley de memoria histórica de «mamarrachada jurídica». «Callejero justiciero», ABC, 10/07/2015, p. 13; «El Callejero justiciero», Ibidem, 27/11/2015, p. 13. Otro columnista del noticiario y colaborados de la Cadena Cope, Ignacio Camacho, definió la iniciativa del ayuntamiento madrileño como una «persecución doctrinal», y una «apoteosis de la estupidez, la ignorancia y el odio». «Correcalles», Ibidem, 10/07/2015, p. 13. En una línea similar, y entre otros ejemplos, el periodista y antiguo redactor en Radio España y Radio Nacional, Juan Soto Viñolo, acusó la medida de «revanchismo con efectos retroactivos». «Depuraciones retroactivas», Ibidem, 18/07/2015, p. 3. El propio consejo editorial de ABC se manifestó en contra del cambio del nomenclátor madrileño. Ver «Vuelven las heridas de la memoria histórica», Ibidem, 08/07/2015, p. 4.
39 «Carmena afirma que le «parece muy bien» que Bernabéu tenga una calle», El País, 09/07/2015.
40 «Rematar la purga del 36», ABC, 26/11/2015, p. 22.
41 «Es tiempo de que Cataluña devuelva los papeles de Salamanca sin dueño», ABC, 19/01/2015, p. 56-57; «La Generalitat devuelve «papeles de Salamanca» a 39 particulares», El País, 26/11/2015.
42 La Vanguardia, 16/07/2015, p. 7. El periodista, traductor, y miembro del Institut d’Estudis Catalans, Màrius Serra, publicó una nota de opinión en la que, además de elogiar la decisión de la alcaldía, recordaba que unos meses atrás se habían presentado en Cataluña denuncias contra treinta y cinco alcaldes, a tenor del mantenimiento de símbolos franquistas que incumplían la Ley de memoria histórica. Ibidem, 20/07/2015, p. 7. Reflejo de las críticas que formuló ante la acción consistorial la otrora izquierda hegemónica catalana, el Partit dels Socialistes de Catalunya (psc), valga citar la nota editorial que publicó El País, periódico que le había sido tradicionalmente afín. Ver «Conflicto en Montjuïc», El País, 18/07/2015.
43 Así lo hizo en el País Vasco la Sociedad de Ciencias de Aranzadi. «Las últimas horas de Pedro Uriguen», El País, 05/12/2015. Por vez primera, un juzgado de Primera Instancia había tomado declaración a los familiares de una víctima que se halla enterrada en el Valle de los Caídos, para decidir si autorizaba la exhumación de sus restos. «La justicia estudia la primera exhumación del Valle de los Caídos», Ibidem, 21/09/2015.
44 Entre otras, el audiovisual producido por realizadores catalanes «héroes invisibles: afroamericanos en la Guerra Civil española», en el que se relata la historia de los voluntarios afroamericanos que lucharon en las Brigadas Internacionales, así como el proyecto dramatúrgico sobre memoria histórica, dirigido por Rafel Duran, Neus Català. Un cel de plom. La Vanguardia, 02/06/2015, p. 38; La Vanguardia, 09/07/2015, p. 40.
45 Destacan la puesta en marcha del proyecto Sidbrint, portal web alimentado por decenas de investigadores con el propósito de digitalizar los datos que se conservan sobre cada uno de los brigadistas internacionales, y la creación del banco de adn de la Guerra Civil, que acumularía muestras genéticas de los familiares de los desaparecidos, para cotejarlas posteriormente con los cadáveres a medida que las fosas comunes de Cataluña fuesen desenterradas. Ibidem, 18/06/2015, p. 40; Ibidem, 16/07/2015, p. 26-27.
46 «Los campos de concentración de Franco: así eran y así se sobrevivía», El País, 02/09/2015.
47 «Acto contra la impunidad de los crímenes del franquismo», Ibidem, 14/01/2015. La enmienda fallida que presentó el psoe preveía reabrir la Oficina para las Víctimas de la Guerra Civil y de la Dictadura, reservaba 150.000 euros para la redefinición del Valle de los Caídos como Centro de Memoria, y destinaba tres millones de euros a la subvención de las exhumaciones que llevasen a cabo los ayuntamientos. ABC, 27/08/2015, p. 16.
48 Carta aprobada en el Encuentro Estatal de Colectivos de Memoria Histórica y de Víctimas del Franquismo, en la que se establecen las reivindicaciones que las entidades participantes exigen a las Instituciones del Estado y que pondrán a disposición de los partidos políticos para que las incluyan en sus programas de las elecciones generales de 20 de diciembre de 2015, Plataforma contra la impunidad del franquismo, Boletín, Número 139, 22/10/2015; disponible en https://plataformacontralaimpunidad.wordpress.com
49 «(Comunidad Valenciana) Justicia catalogará los vestigios de la Guerra Civil y el franquismo», El País, 27/08/2015.
50 «Valencia creará una «comisión de la memoria» que abrirá fosas», Ibidem, 27/08/2015.
51 Ley 10/2016, de 13 de junio, para la recuperación de personas desaparecidas durante le Guerra Civil y el franquismo, Butlletí Oficial de les Illes Balears, Núm. 76, 16 de junio de 2016, Fascículo 92 -Sec. I -Pág. 18376-18382.
52 Ibidem.
53 «Ollo destaca que se han dado «pasos de gigante» en materia de memoria histórica», Diario de Navarra, 18/05/2017.
54 Ley foral 11/2017, de 3 de julio, por la que se modifica la ley foral 33/2013, de 26 de noviembre, de reconocimiento y reparación moral de las ciudadanas y ciudadanos navarros asesinados y víctimas de la represión a raíz del golpe militar de 1936, Boletín Oficial de Navarra, de 17 de julio de 2017.
55 «Asturias estrecha el cerco a la exaltación al franquismo», La Voz de Asturias, 27/10/2016. El compromiso con la memoria histórica por parte del Ejecutivo asturiano se remonta a anteriores legislaturas, con medidas como la elaboración de un primer mapa de fosas comunes en colaboración con la Universidad de Oviedo, la instalación de monolitos para señalizar las ubicaciones de fosas, y el apoyo a diversos actos de sensibilización y reconocimiento a las víctimas. Puede obtenerse información sobre éstas y otras iniciativas homólogas, en la rúbrica Memoria Histórica de la página web del Gobierno del Principado de Asturias, www.asturias.es
56 Proyecto de Decreto de la Memoria Histórica y Democrática de Castilla y León, documento que se halla disponible en la página web de la Junta de Castilla y León, https://www.jcyl.es
57 «Castilla y León ya tiene su Memoria Histórica», ABC Castilla y León, 25/01/2018.
58 «Diez años de la Ley de Memoria», La opinión de Murcia, 23/01/2018.
59 Proposición de ley 70, de lugares y senderos de memoria democrática de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, Boletín Oficial de la Asamblea Regional de Murcia, número 119, IX Legislatura, 15 de noviembre de 2017, p. 6752-6760.
60 Decreto 15/2017, de 12 de mayo, por el que se crea el Consejo Asesor de la Memoria Histórica, Boletín Oficial de La Rioja, núm. 56 de 17 de mayo de 2017.
61 Ibidem. Puede consultarse en la página web del Gobierno de La Rioja el Primer Plan de Acción que aprobó a finales de 2017 el Consejo Asesor de la Memoria Histórica de La Rioja, documento de carácter bienal que establece las prioridades y recoge las actividades orientadas a su cumplimiento para el periodo 2018-2019, www.larioja.org
62 Respecto a los argumentos que sostuvieron en la Cámara andaluza el Partido Popular y Ciudadanos a la hora de defender la abstención, ver «las seis claves de la nueva Ley de Memoria Democrática de Andalucía», Público, 15/03/2017; «El Parlamento andaluz aprueba la Ley de Memoria Democrática», El País, 15/03/2017.
63 Ley 2/2017, de 28 de marzo, de Memoria Histórica y Democrática de Andalucía, Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, núm. 63, de 3 de abril de 2017. Pueden consultarse los avances en la materia que han tenido lugar en Andalucía bajo el impulso de esta Ley, en particular las rúbricas Mapa de fosas de las víctimas de la Guerra Civil y la posguerra en Andalucía, así como Lugares de Memoria Histórica, en la página web de la Junta de Andalucía, www.juntadeandalucia.es
64 Ley 14/2017, de 10 de noviembre, de la Generalitat de memoria democrática y para la convivencia de la Comunitat Valenciana, Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, Núm. 8168/13.11.2017.
65 Idem.
66 El Consejo Económico y Social de Aragón, órgano consultivo formado por agentes sociales de la región y algunos activos del propio Ejecutivo aragonés, evaluó el Anteproyecto de ley y publicó sus conclusiones, un tanto críticas, bajo la forma de un memorando. Puede hallarse una copia del mismo en la página web del Gobierno de Aragón. Ver, Dictamen. Anteproyecto de ley de Memoria Democrática de Aragón, Consejo Económico y Social de Aragón, Colección Dictámenes, Número 3/2017, http://www.aragon.es/cesa
67 Proyecto de Ley de Memoria Democrática de Aragón, Boletín Oficial de las Cortes de Aragón, número 178, 10 de agosto de 2017, p. 13481-13501.
68 «eh Bildu propone una ley vasca de memoria histórica para las víctimas del franquismo», El Mundo, 22/11/2017.
69 «El Parlamento vasco rechaza tramitar una ley para anular las sentencias franquistas», Público, 09/11/2017. El Boletín Oficial del País Vasco recoge única y exclusivamente la legislación consolidada. Puesto que la Proposición de Elkarrekin Podemos no prosperó, que al término de este estudio no se había resuelto todavía el proceso de tramitación parlamentaria de la iniciativa abertzale, y que el acceso a ambos documentos no se halla disponible en las respectivas páginas web de estos partidos, resulta imposible reseñar al lector una fuente en la que consultar las Proposiciones de ley a las que nos referimos. Agradecemos a José Antonio Martín Acosta, Secretario de Memoria Histórica de Podemos Bilbao, su amabilidad a la hora de remitirnos una copia de ambos proyectos legislativos, pues, gracias a ello, hemos podido estudiarlos con detenimiento.
70 En efecto, hubo de modificarse el nombre de la Proposición de ley, además de pactar enmiendas durante todo un año, para asegurar que la norma pudiera contar con el beneplácito de todos los partidos que integraban el Parlament de les Illes Balears. «La Ley de Memoria Democrática modifica su nombre para que la puedan votar todos los partidos», Periódico de Ibiza y Formentera, 02/03/2018.
71 Proposició de Llei de Memòria Democràtica de les Illes Balears, Butlletí Oficial del Parlament de les Illes Balears, Núm. 91, 7 d’abril de 2017, p. 4690-4703.
72 Proposición de Ley del Principado de Asturias para la recuperación de la memoria democrática en el Principado de Asturias (10/0143/0055/17406), Boletín Oficial de la Junta General del Principado de Asturias, Serie A, núm. 71.1, de 31 de mayo de 2017.
73 Proposición de ley de la Memoria Democrática de Castilla-La Mancha, Boletín Oficial - Cortes de Castilla-La Mancha, 19 de septiembre de 2016, IX Legislatura, Núm. 90, p. 3947 - 3974.
74 Criterio del Consejo de Gobierno y conclusión de la tramitación de la Proposición de ley de la Memoria democrática de Castilla-La Mancha, expediente 09/ppL-00012, Boletín Oficial - Cortes de Castilla-La Mancha, 24 de octubre de 2016, IX Legislatura, Fascículo 1/2, Núm. 95, p. 4086.
75 «El psoe tumba la ley de memoria histórica impulsada por Podemos en Castilla-La Mancha», Periódico de Castilla-La Mancha, 24/10/2016.
76 «Piden a la Junta que rectifique su posición a la Ley de Memoria Democrática regional», 29/10/2016, www.eldiario.es
77 «Lo importante es que se cumpla la ley, no tanto crear leyes nuevas», Foro por la Memoria de Castilla La Mancha ǀ 25 octubre 2016, www.foroporlamemoria.info ; en cuanto al comunicado de la armh, ver «La ley de Memoria Democrática de Castilla-La Mancha», 27/10/2016, www.eldiario.es
78 Ibidem.
79 Op. cit.
80 Op. cit.
81 Ibidem.
82 Op. cit.
83 Ibidem.
84 Llei 11/2017, del 4 de juliol, de reparació jurídica de les víctimes del franquisme, Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya, Núm. 7406 - 6.7.2017.
85 Informe 2017/18 Amnistía Internacional. La situación de los derechos humanos en el mundo, Amnesty International, London, 2018.
86 Ibid.
87 Hasta la fecha, además del precitado informe Víctimas de la Guerra Civil y el régimen franquista: el desastre de los archivos, la privatización de la verdad, Amnistía Internacional había publicado otros cinco memorandos sobre la cuestión: Poner fin al silencio y la injusticia. La deuda pendiente con las víctimas de la Guerra Civil española y del régimen franquista, de julio de 2005; Víctimas de la Guerra Civil y el franquismo: no hay derecho. Preocupaciones sobre el proyecto de ley de «derechos de las víctimas de la Guerra Civil y el franquismo», de noviembre de 2006; La obligación de investigar los crímenes del pasado y garantizar los derechos de las víctimas de desaparición forzada durante la Guerra Civil y el franquismo, de noviembre de 2008; Casos cerrados, heridas abiertas, de mayo de 2012; El tiempo pasa, la impunidad permanece, de junio de 2013. La consulta de estos documentos se halla disponible en la página web de la organización, https://www.es.amnesty.org
88 El informe España: Recomendaciones de Amnistía Internacional a las Cortes Generales para una realización efectiva del derecho a la verdad, la justicia y la reparación de las víctimas de la Guerra Civil y el franquismo, puede descargarse en la página web de la organización, www.es.amnesty.org .Por esas mismas fechas, Amnistía Internacional lanzó la campaña #EstaNavidadToca, que, entroncando con una iniciativa de recogida de firmas que había puesto en marcha a finales de 2016, y basada en el sorteo de la lotería, reclamaba el compromiso del Gobierno con las víctimas (y sus familiares) de la Guerra Civil y el franquismo. Puede accederse a esta campaña a través del enlace https://www.es.amnesty.org/justicia ; merecen una mención especial los emotivos spots lanzados en el marco de esta campaña en Navidad de 2016 y 2017, «Esta navidad toca» y «Justicia por Navidad». Los principales rotativos del país y agencias de prensa se hicieron eco de la iniciativa. Ver, a corte de ejemplo, «Amnistía condena el silencio del Parlamento sobre las víctimas del franquismo», La Vanguardia, 07/11/2017; «Amnistía Internacional dice que «Esta Navidad toca» hablar de las víctimas del franquismo», El Periódico, 08/11/2017.
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Référence électronique
Pere Soler Paricio, « La memoria histórica de la Guerra Civil, la dictadura franquista, y la Transición, en España. Síntesis histórica e iniciativas legislativas recientes », Cahiers de civilisation espagnole contemporaine [En ligne], 23 | 2019, mis en ligne le 19 janvier 2020, consulté le 14 juin 2025. URL : http://journals.openedition.org/ccec/8857 ; DOI : https://doi.org/10.4000/ccec.8857
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