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4. Reconquête et Islam

Reconquista, cruzada y órdenes militares

Carlos de Ayala Martínez

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Mots-clés :

croisade, ordre militaire
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Texte intégral

1Reconquista y cruzada son categorías historiográficas que empezaron a convertirse en instrumentos de uso habitual a partir del siglo XIX. En ningún caso fueron términos usados, al menos inicialmente, por quienes protagonizaron una u otra 1. De este hecho se deriva la necesidad de adoptar una cierta precaución a la hora de definirlos. Es más, es probable que la conceptualización actual de un fenómeno pasado, pero al que sólo modernamente se le ha bautizado con « precisión », caiga normalmente en la artificiosidad de la más radical de las convenciones. Ello, en principio, no tiene porqué constituir un inconveniente : toda conceptualización, y es evidente que ésta es necesaria para construir cualquier discurso explicativo de nuestro pasado, comporta asumir un cierto grado de convención. El problema nace cuando convertimos esa conceptualización en un anacrónico campo de batalla en el que enfrentamos definiciones exclusivistas, como si su formulación, sea cual fuere, pudiera agotar una realidad que sus protagonistas probablemente no reconocerían exactamente en los artificiosos términos del debate actual.

2Con todo, hemos de ensayar algún tipo de definición, procurando en todo caso ajustarla a las visiones que del fenómeno definido pudieran tener sus contemporáneos. El término de reconquista plantea, en principio, menos problemas. Es cierto que desde el « regeneracionismo » finisecular del XIX, la palabra reconquista ha estado sujeta a valoraciones más o menos positivas, y que a partir de mediados del pasado siglo se discutió mucho sobre su verdadera naturaleza originaria y, desde luego, sobre la oportunidad de considerarla un fenómeno continuo o coherente, abarcador de más de setecientos años de historia 2. Pero hay algo sobre lo que no es imposible establecer un pacífico consenso. Desde por lo menos el siglo IX, y con independencia de motivaciones reales 3, existe en determinados círculos cristianos, más o menos extensos, la conciencia de que los árabes han sido el instrumento de Dios para castigar el ensoberbecimiento del pueblo godo, pero que la misericordia de ese mismo Dios no desea la destrucción total de los cristianos y ha suscitado de entre ellos a un siervo fiel, Pelayo, cuyos sucesores consumarían la victoria contra los adversarios de la fe 4. Esta creencia, que de un modo u otro seguirá presente en el horizonte legitimador de la monarquía leonesa durante el siglo X 5, no hará sino reforzarse con el optimismo restaurador del siglo XI 6 y la maduración institucional del siglo XII 7. Finalmente, el siglo XIII contemplará la definitiva cristalización de este enfoque reconquistador ampliamente recogido por el elaborado discurso historiográfico de aquella centuria 8.

3Así planteada, la reconquista vendría a ser una guerra multisecular cuyo principal objetivo sería el de recuperar de manos musulmanas el suelo arrebatado a los hispano-visigodos. Sin duda el factor religioso está presente, pero la motivación esencial es de carácter político-territorial. Desde luego, esa presencia confiere a la lucha reconquistadora una aureola de sacralidad 9, que cuenta básicamente con dos expresiones : el providencialismo de que se ve revestida y el hecho de que la reocupación del viejo solar hispano-visigodo comportaba necesariamente la restauración de su antigua Iglesia : expulsar a los musulmanes equivalía a defender los derechos de la Iglesia.

4Frente a esta expresión eclesializada de la restauración político-territorial que es la reconquista, la cruzada, mucho más difícil de definir 10, vendría a ser la expresión político-territorial de la restauración eclesiástica por antonomasia : restauración del orden religioso destruido por el islam, de la Tierra Santa mancillada por los infieles y de las comunidades cristianas aniquiladas o injustamente sometidas al dominio musulmán. En este sentido, es la guerra santa en estado puro : la reconquista la dirigían los reyes con la colaboración de la Iglesia, su gran beneficiaria ; la cruzada, en cambio, la dirige directamente la Iglesia, máxima responsable del culto y fe cristianos, con la colaboración, eso sí, de los poderes seculares. Hace ya mucho tiempo que C. Erdmann llamó la atención sobre la necesidad de ver en la cruzada la lógica consecuencia del rearme ideológico del pontificado del reformismo gregoriano 11. Y parece bastante evidente que otros elementos propios de la cruzada y que la historiografía ha tenido y sigue teniendo como esencialmente inherentes a la misma, deben de supeditarse a aquella realidad : desde las indulgencias 12 a la liberación de Jerusalén 13, pasando por esa experiencia clave que es la del paso del tradicional peregrinaje penitencial al peregrinaje armado, tan redentor o más que el anterior.

5Por eso, porque la cruzada era esencialmente fruto del rearme ideológico del reformismo gregoriano y pretendía en esencia restaurar los derechos de la Iglesia conculcados por sus enemigos, desde muy pronto su lógica se impuso en la Península Ibérica. Hispania era tierra apostólica muy tempranamente evangelizada y en seguida parte integrante y sustantiva del patrimonio de la Iglesia generado por la Constitutum Constantini. El papa Alejandro II (1061-1073) fue el primero en transformar los derechos de San Pedro en guerra santa reconquistadora, y desde luego no resulta difícil asociar esas pretensiones reconquistadoras a las primeras manifestaciones de una auténtica cruzada 14. A su pontificado cabe asociar, desde luego, la « protocruzada » de Barbastro de 1064 15, y una segunda y difusa expedición de reconquista que, encomendada a la nobleza francesa, convertiría las nuevas zonas ocupadas en territorio vasallo de la Sede Apostólica. Alejandro II no pudo culminar esta segunda empresa, y aunque tampoco lo haría su sucesor Gregorio VII, sí la asumió con entusiasmo a los pocos días de acceder al pontificado. En las instrucciones impartidas en abril de 1073 a los nobles francos encargados de llevarla a cabo, aclara sin ambigüedades que el regnum Hyspanie pertenece a San Pedro y, en consecuencia, las tierras que fueran arrebatadas a los musulmanes sólo a él habrían de pertenecer 16.

6De este modo, y a partir del siglo XI, sobre territorio peninsular se superponen dos concepciones distintas de reconquista. La ya multisecular que dirigían los reyes españoles en nombre de una legitimidad restauradora de carácter político pero firmemente apoyada por la Iglesia hispánica, y la que recientemente habían concebido los pontífices romanos y que era expresión igualmente de una legitimidad restauradora que, aunque también materializada en términos territoriales, obedecía a una lógica de dominación espiritual íntimamente ligada al programa del reformismo gregoriano.

7Que esta segunda noción de reconquista está en la base de la idea de cruzada parece que cuenta con el aval de los datos. Urbano II (1088-1099), el papa de Clermont y de la conquista de Jerusalén, seis años antes de predicar la cruzada, en julio de 1089, exhortaba a los príncipes y nobles catalanes a restaurar Tarragona y convertirla en baluarte de la cristiandad equiparando los esfuerzos físicos y pecuniarios realizados en este sentido a la indulgencia que disfrutaban los peregrinos de Tierra Santa 17. La peregrinación penitencial, una práctica que la Iglesia recomendaba e incluso exigía desde los siglos VII y VIII, y que se convertiría en clave explicativa para el nacimiento de la cruzada, se utiliza por vez primera en la Península como aliciente dinamizador de la reconquista pontificia. Por lo demás, la Iglesia romana no tardará en proclamar oficialmente la equiparación del iter redentor, que era la cruzada jerosolimitana, con la reconquista llevada a cabo en la Península 18.

8A los reyes españoles se le planteaba un importante reto político-ideológico : o bien mantener su tradicional perspectiva reconquistadora en la que habían fundamentado la legitimación de su propio ejercicio del poder, y hacerlo en competencia desigual con la noción de reconquista pontificia que les privaba de protagonismo político, o bien, asumir esta última perspectiva con la audaz pretensión de hispanizarla desactivando en ella la carga competitiva de avasallador poder pontificio que inevitablemente llevaba consigo y convirtiéndola en un renovado y poderoso fundamento legitimador.

9Fue esta última alternativa por la que, como no podía ser de otro modo, optaron todos los monarcas peninsulares. Pero no lo hicieron del mismo modo ni con el mismo ritmo. En este sentido, conviene diferenciar entre dos posturas : la de quienes hallándose en posiciones de debilidad territorial y política eligieron un camino para la hispanización de la cruzada más respetuoso hacia el protagonismo papal, como fue el caso del rey de Aragón Sancho Ramírez, del conde de Barcelona Ramón Berenguer III y, un poco más tarde, del primer rey portugués Alfonso Henriques, y la postura del rey castellano-leonés Alfonso VI y sus sucesores, más consolidados en sus posiciones político-territoriales, y que, en consecuencia, procuraron acelerar el proceso de hispanización de la cruzada restando protagonismo al papa.

10Ambas posturas sufrieron evoluciones cambiantes que, de hecho, nos obligarían a establecer matices y aclarar circunstancias, pero, para empezar, esas posturas se distinguían claramente ya que mientras Sancho Ramírez y Alfonso Henriques, y también probablemente Ramón Berenguer III, aceptarían el vasallaje pontificio y con él no sólo los postulados de la reforma romana sino implícitamente la soberanía papal sobre tierras de reconquista, Alfonso VI y sus sucesores se las ingeniaron para rechazar dicho vasallaje sin por ello romper con la Sede Apostólica.

11En efecto, el rey aragonés Sancho Ramírez necesitaba fortalecer su pequeño reino pirenaico frente a Navarra y frente a Castilla : su tarea de hispanización de la cruzada pasaba necesariamente por un sometimiento a Roma que garantizase su independencia en el ámbito peninsular y le reportase instrumentos ideológicos para su propio fortalecimiento político 19.

12Algo no muy distinto, aunque en un contexto circunstancial diferente, le ocurrió a Ramón Berenguer III de Barcelona. Él fue, sin duda, el creador de la Cataluña histórica volcada al Mediterráneo. Pero en ese complejo proceso de construcción las dificultades y las amenazas contra la integridad territorial del « principado », pusieron de manifiesto la necesidad de contar con un amparo ideológico capaz de legitimar su férreo voluntarismo político. La amenaza almorávide, que llegó a las puertas mismas de Barcelona en 1114, proporcionó una coyuntura apropiada. El conde negoció con Pisa una operación de limpieza en las Baleares destinada a acabar con la piratería musulmana allí radicada, y el papa Pascual II le concedió el status de cruzada. La intervención tuvo lugar entre 1114 y 1116, y una vez concluida Ramón Berenguer III volvió a atraerse la atención del papa hacia nuevos proyectos cruzados que tenían por objeto consolidar la presencia cristiana en la línea del Ebro : a cambio de la correspondiente protección pontificia, el conde se comprometía a pagar un censo anual a la Sede Apostólica, que si no llegó a comportar un vasallaje formal, desde luego le faltaría muy poco 20.

13Por su parte, Alfonso Henriques, inmerso como estaba en un proceso de independización respecto a la monarquía castellano-leonesa, acudía años después al papa. Su baza segregacionista no era otra que la lucha reconquistadora, pero sólo el aval pontificio de la misma podía garantizar su rentable utilización : pocos años después de su simbólica victoria de Ourique frente a los almohades, concretamente a finales de 1143, el antiguo condado de Portugal, situado bajo la protección de San Pedro, se vinculaba vasalláticamente al papa para, de este modo, blindar su independencia frente al emperador Alfonso. La lógica justificativa del nacimiento del reino portugués se inscribe, así, en el discurso cruzadista del pontificado 21.

14Pero como ya hemos indicado, el caso de Alfonso VI es sin duda el más específico, y en lo que respecta al tema que nos ocupa, el más relevante. De hecho, es sobre este modelo castellano-leonés de hispanización de la cruzada, que él inicia, sobre el que nos detendremos en las próximas páginas. No cabe duda, en efecto, de que es precisamente en tierras castellano-leonesas donde la ideología protocruzada mantiene una mayor independencia respecto a la Sede Apostólica. Es bien sabido que Alfonso VI supo hacer frente con éxito a las pretensiones pontificias de intervención reconquistadora en la Península, planteadas abiertamente en 1073, y que lo hizo a través de una transacción implícita fruto de complejas negociaciones, nunca interrumpidas, con la Sede Apostólica : ésta renunciaba a intervenir en la Península, y por consiguiente a imponer criterios de soberanía expresados en términos de reconquista, siempre y cuando el rey castellano-leonés introdujera, y lo hiciera con celeridad y eficacia, las posibilidades del reformismo gregoriano en forma de aceptación de la liturgia romana. Ésta tuvo lugar formalmente en el concilio de Burgos de 1080, y Alfonso VI ciertamente no perdió el tiempo. Creyéndose así justificado ante la Sede Apostólica, y blindándose en una primeriza titulación imperial que le convertía en soberano 22, el rey formula su programa reconquistador en parámetros cruzados, los de la decisiva confrontación entre Cristo y Mahoma 23, y poco después, en el segundo semestre de 1086, nueve años antes de que lo hiciera el papa en Clermont, el rey de Castilla y León convocaba con éxito -otra cosa distanta fue la abortada materialización de la campaña- a príncipes franceses para que colaboraran con él en la defensa de su reino. Entre ellos estaba el duque Eudes I de Borgoña, Guillermo le Charpentier, vizconde de Melun, y probablemente también los futuros tres yernos de Alfonso VI : Raimundo de Borgoña, Enrique de Borgoña y Raimundo de Saint-Gilles, conde de Tolosa. No hace falta insistir en la importancia que la presencia efectiva de algunos de ellos tuvo para el futuro de la monarquía. Por ahora se trataba de demostrar que una cruzada en defensa de un sector de la cristiandad, además de por el papa, podía ser también liderada por un monarca que, gozando de plena jurisdicción, se identificaba con los ideales de la fortalecida Iglesia gregoriana 24.

15En efecto, desde la primera mitad del siglo XII, y en parte como respuesta a la ofensiva pontificia que a lo largo del primer tercio de la centuria insistía en la equiparación de la cruzada jerosolimitana con la hispánica, la monarquía castellano-leonesa, la más empeñada en cimentar un proyecto de cruzada propia 25, puso en práctica nuevas iniciativas con la intención de que resultaran más eficaces que la de Alfonso VI. Destaca entre ellas la que, tras el turbulento reinado de Urraca, encarna la figura de Alfonso VII. Como su abuelo, también él organizó una cruzada sin papa, aunque en su caso coronada por el éxito. Ello explica que su iniciativa no sólo no trajera consigo la ruptura con Roma, sino más bien todo lo contrario : Eugenio III no dudaría en premiar la esforzada actitud del Emperador. Éste, desde prácticamente el inicio de su reinado, se mostró especialmente activo en lo que fue su gran objetivo político : el logro de la hegemonía peninsular sobre la base de un indiscutible liderazgo reconquistador barnizado de cruzada. En este sentido, es de destacar tanto su política de activación de las cofradías militares, creación de su padrastro Alfonso el Batallador 26, como la consolidación de las grandes órdenes militares de origen jerosolimitano -Temple y Hospital- en sus reinos de Castilla y León 27.

16Pero es sin duda la conquista de Almería, en 1147, el indiscutible colofón de su política cruzadista. El control del estratégico puerto de Almería en el contexto de la irreversible descomposición del imperio almorávide era una empresa que a todos interesaba, y de modo especial a las expectativas marítimo-comerciales de Pisa, Génova, Cataluña y el Midi francés, puntos todos ellos de donde partieron eficaces colaboradores para la ofensiva de Alfonso VII. No nos interesa aquí valorar la importancia político-económica de la empresa, pero sí subrayar dos hechos significativos aunque en apariencia difícilmente conciliables : el evidente carácter cruzado de la operación y la formal ausencia en ella de un aval pontificio en forma de bula legitimadora. Que la conquista de Almería se concibió en la lógica del espíritu de la cruzada es algo no fácilmente cuestionable. Formaba parte de una amplia ofensiva de la cristiandad, orquestada por san Bernardo y que estaba a punto de materializarse en el proyecto totalizador e « internacionalista » de la segunda cruzada 28, pero, sobre todo, esa fuente de primera mano que es el « Poema de Almería », colofón de la Chronica Adefonsi Imperatoris, se complace en subrayar el protagonismo de los obispos en una campaña a la que prestaron todo el andamiaje propio de la cruzada 29. Sin embargo, ningún dato avala que el papa Eugenio III concediera expresamente en esta ocasión una bula de cruzada al Emperador. Desde luego, es más que probable que los preparativos de la operación fueran « seguidos con atención por el papa » 30, pero no parece que Alfonso VII llegara a sentir la necesidad de contar con su expresa bendición. Es más, todo parece indicar que lo que hizo es presentar su éxito de 1147 como un hecho consumado que Eugenio III no tuvo más remedio que legitimar, y parece que lo hizo de buen grado porque en abril de 1148 le concedía el alto galardón de la « rosa de oro », sólo ofrecido a los auténticos campeones de la fe. De todas formas, el papa no deja pasar la ocasión, y ello resulta muy significativo, de hacer ver al Emperador que debía mostrarse en todo momento obediente a san Pedro y, así, trabajar con eficacia en el subyugamiento de las barbaras nationes 31. Alfonso VII se consolidaba ciertamente como un cruzado ejemplar, pero su vocación de independencia respecto a la Sede Apostólica se muestra ya, aunque sin rupturas, con claridad meridana.

17Con tanta claridad que, de hecho, no es descartable que uno de los objetivos de la primera legación del cardenal Jacinto Bobo -futuro Celestino III- en 1155 fuera precisamente el de recuperar el control de la cruzada para la Sede Apostólica. El cardenal, en efecto, convocó y presidió en Valladolid un concilio a comienzos de 1155. En él se abordaron asuntos de lo más variado 32, pero el primero de todos se centró en la cruzada y constituyó una exhortación que animaba tanto a clérigos como a laicos a participar en ella y en los beneficios de la correspondiente indulgencia plenaria 33. Podríamos estar ante un resurgir de la competitividad entre reyes y pontífices por el control de la reconquista irreversiblemente entendida en clave cruzada. De ser así, es evidente que el mensaje habría sido inmediatamente captado por los herederos de Alfonso VII que no tardarían en reforzar posiciones arbitrando el mecanismo llamado a hispanizar de manera definitiva la cruzada peninsular. Nos referimos a la institución de las órdenes militares de origen peninsular.

18Son muchos, en efecto, los ángulos desde los que nos es dado analizar el fenómeno clave del origen de las órdenes militares peninsulares a lo largo de la segunda mitad del siglo XII, pero uno de ellos, y quizá de los más iluminadores, sea precisamente el de su institución como eficaces agentes en manos de los reyes cara a la hispanización de la cruzada.

19La cruzada ya en este momento está perfectamente perfilada en sus contornos canónicos como el cauce legítimamente empleado por la Iglesia universal para restaurar sus derechos, recuperar sus bienes y defender a sus fieles. Pero también en este momento es cada vez más obvio que el universalismo eclesial que da derecho al papa a proclamar una cruzada hasta en el último rincón de la cristiandad, es un hecho mediatizado por el creciente protagonismo de la parcelación política de esa cristiandad en reinos cada vez más conscientes de sus posibilidades institucionales y cada vez mejor definidos en sus contornos territoriales. Los reyes aspiran a controlar de manera más efectiva sus reinos y todas las instituciones que le son propias, empezando por una Iglesia territorial que firmemente soldada al poder del rey sirve como fundamento legitimador para su ejercicio. El proyecto centralizador del reformismo gregoriano parece entrar en crisis ante el triunfante particularismo político de los reinos y sus aspiraciones de sustraer sus respectivas Iglesias a cualquier otra autoridad que no sea la del monarca 34.

20En este contexto no es extraño que la presión de los monarcas en el intento de ensombrecer en sus dominios las atribuciones del papa en materia de cruzada, se haga cada vez más patente. Para ello los reyes, además de fomentar una hagiografía militar de carácter doméstico 35, empiezan por mediatizar esos instrumentos pontificios de la cruzada que son las órdenes militares de origen jerosolimitano, pero su propia estructura universal no siempre permite el deseable control de sus miembros. Es por ello por lo que se hace preciso crear otras nuevas de ámbito territorial y más fácilmente manejables. Quizá también por ello poco a poco se van creando estereotipos de ineficacia asociados a las órdenes tradicionales en claro contraste con la ejemplaridad de las nuevas 36.

21En efecto, había llegado el momento de crear órdenes específicamente hispanas. No cofradías militares, sino auténticas órdenes religiosas que, aprobadas por el papa y disciplinariamente sujetas a él, agotaran su cuadro jerárquico en la propia realidad de los reinos donde habían nacido. Serían instrumentos para la cruzada, tan legítimos como lo habían sido y lo seguían siendo templarios y hospitalarios, pero mucho más sujetos que ellos a la autoridad de los reyes que los instituyeron 37. Los papas no podrían negarles su operatividad cruzada, y aunque se esforzarían en que se les reconociera autonomía respecto a los monarcas 38, acabarían por asumirlas como avales legitimadores de una cruzada propiamente hispánica 39. Las órdenes militares, de este modo, acabarían siendo un buen medio, quizá el más eficaz, para facilitar que los papas aceptaran sin traumáticos rechazos la hispanización de la cruzada. La reconquista peninsular se transforma definitivamente en cruzada, pero ésta, de la mano de las órdenes militares hispánicas, formaba ya parte inseparable del programa político de los reyes peninsulares.

22Este hecho es ya una realidad plenamente constatable en las primeras décadas del siglo XIII. Los monarcas peninsulares asumen la cruz sin naturalmente referencia alguna a Jerusalén 40, y son animados desde la Sede Apostólica en sus políticas reconquistadoras que, a los ojos del papa, no constituían otra cosa que un fiel servicio a Cristo y a su Iglesia 41. El espíritu y la letra de la cruzada se apoderan de la sociedad peninsular, y las manifestaciones literarias desde mediados del siglo XIII, y casi siempre de la mano de la hagiografía militar, no harán sino corroborarlo 42.

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Notes

1 Este hecho resulta evidente en el caso de la voz « reconquista » ; su uso se relaciona con el historicismo racionalista de finales del siglo XVIII y, sobre todo, con el fervor del nacionalismo romántico del XIX. Sobre la cuestión vid. M.F. Ríos Saloma, « De la Restauración a la Reconquista : la construcción de un mito nacional (Una revisión historiográfica. Siglos XVI-XIX) », En la España Medieval, 28 (2005), p. 379-414. Tampoco el término « cruzada » fue utilizado por sus iniciales contemporáneos, no al menos por los de los siglos XI y XII. En ese momento no existe ningún término latino que designe una realidad que era conocida con perífrasis alusivas a viaje – iter, pasagium generale – o, de modo general, al negotium, opus o subsidium Terrae Sanctae. Será en el transcurso del siglo XIII cuando empiece a aparecer el término específico de cruzada, aunque asociada, eso sí, a indulgencias o rentas con ella relacionada. Un significativo texto conciliar hispánico de comienzos del siglo XIV se expresará en estos términos : grandis malitiae occasionem in congregatione et distributione eleemosynae captivorum, et quae vulgariter cruzata dicitur, adhiberi solitam tollere, ut est possibile, cupientes, in archipresbyteratibus archipresbyteros, in vicariis vero vicarios esse volumus collectores (concilio de Toledo de 1323 ; cit. Du Cange, voz cruzata).
2 Sobre estas cuestiones el profesor González Jiménez ha hecho recientemente una sugestiva y sintética valoración : M. González Jiménez, « Re-conquista ? Un estado de la cuestión », in E. Benito Ruano, Tópicos y realidades en la Edad Media, Madrid, 2000, p. 155-178 ; Id., « Sobre la ideología de la reconquista : realidades y tópicos », in J. I. de la Iglesia Duarte, Memoria, Mito y Realidad en la Historia Medieval. XIII Semana de Estudios Medievales. Nájera, 2002, Logroño, 2003, p. 151-170.
3 En este campo de las « motivaciones reales » se sitúa la explicación muy extendida de la reconquista como cobertura justificativa de un mero proceso colonizador. En esta línea, y recabando en tendencias tradicionales de los pueblos germánicos retomadas por satures y leoneses, vid. Las recientes aportaciones de Jorge López Quiroga entre ellas : « El “mito-motor” de la Reconquista como proceso de etnogénesis socio-política », in Th. Deswarte et Ph. Sénac, Guerre, pouvoirs et idéologies dans l’Espagne chrétienne aux alentours de l’an Mil, Actes du colloque international organisé par le Centre d’études supérieures de civilisation médiévale, Poitiers/Angoulême (26-28 septembre 2002), Turnhout, 2005, p. 113-121.
4 Este discurso reconquistador, antes incluso que en el ciclo historiográfico alfonsino de finales del siglo IX, puede verse en la muy conocida dotación de la iglesia de San Salvador de Oviedo, la nueva catedral del reino, por parte de Alfonso II el 16 de noviembre de 812. El documento, del que se conservan tres versiones de diversa cronología, fue publicado por A. C. Floriano Cumbreño, Diplomática española del período astur (718-910), Oviedo, 1949, I, doc. 24, y posteriormente por S. García Larragueta, Colección de Documentos de la Catedral de Oviedo, Oviedo, 1962, doc. 2. Con independencia de valoraciones de tipo formal, bien de carácter paleográfico o diplomático, sobre las que caben todo tipo de interpretaciones (vid. M. Lucas Álvarez, El Reino de León en la Alta Edad Media, VIII. La documentación real astur-leonesa, 718-1072, León, 1995, p. 98-101), la autenticidad histórica del documento ha sido también objeto de discusión, aunque la mayor parte de los especialistas no dudan de ella. Sí lo hizo naturalmente en su día el hipercriticismo de Lucien Barrau-Dihigo atribuyendo su autoría al siglo XI [L. Barrau-Dihigo, « Étude sur les actes des rois asturiens, 718-910 », Revue Hispanique, 52 (1921) ; ed. española : Historia política del reino asturiano, 718-910, Gijón, 1989, p. 80]. En cambio, su primer editor crítico, Floriano Cumbreño, no cuestiona la originalidad histórica del documento (Diplomática…, ibid., I, p. 132-141). Tampoco lo hizo en su día Sánchez Albornoz (C. Sánchez Albornoz, Estudios Críticos sobre la Historia del Reino de Asturias. Orígenes de la Nación Española, Oviedo, 1972, II, p. 567-575). Fernández Conde, finalmente, asume también la autenticidad del documento con muy ligeras matizaciones [F. J. Fernández Conde, El Libro de los Testamentos de la Catedral de Oviedo, Roma, 1971, p. 119-123 ; Id., La Religiosidad Medieval en España, I. Alta Edad Media (s. VII-X), Universidad de Oviedo, 2000, p. 384].
5 En enero de 915 tuvo lugar en Zamora una trascendente reunión conciliar presidida por el rey Ordoño II. El documento que recoge el evento nos ofrece un preámbulo introductorio de gran interés. En él se nos dice que en la antigüedad toda Hispania había sido cristiana y se hallaba eclesiásticamente organizada en provincias y sedes episcopales. Sin embargo, desde hacía no mucho tiempo, y a consecuencia de los pecados de los hombres, los sarracenos se posesionaron de ella y mataron a no pocos cristianos ; algunos, sin embargo, lograron huir por mar refugiándose en abrigos rocosos. Más adelante, fue la misericordia de Dios la que dispuso el auxilio a favor de los cristianos ultrajados mediante los « emperadores », abuelos y padres del actual monarca, y de él mismo, contribuyendo decisivamente a sacudir el yugo de la opresión y a recobrar las heredades perdidas, y ello hasta tal punto es así que los enemigos piensan ya en abandonar las tierras ocupadas, relinquentes quod nostrum est. El documento pese a los problemas que historiográfica y diplomáticamente ha podido presentar, se tiene como sustancialmente auténtico. Cf. el comentario de su más reciente editor : Lucas Álvarez, Tumbo A de la Catedral de Santiago. Estudio y edición, Santiago, 1998, doc. 28, p. 89-92.
6 En el documento de dotación de la restaurada sede de Toledo de 18 de diciembre de 1086 se nos dice que la decisiva confrontación entre Mahoma y Cristo la decide, por la gracia de Dios, el ejército de los cristianos comandados por el rey Alfonso quien, devolviendo Toledo a los creyentes, recupera también el trono de sus antepasados : (…) Sicque, inspirante Dei gracia exercitum contra istam urbem mobi, in qua olim progenitores mei regnaberunt potentissimi atque opulentissimi, existimans fore acceptabile in conspectu Domini si hoc, quod perfida gens sub malefido duce suo Mahometh christianis abstulerat, ego Adefonsus imperator, duce Christo, eiusdem fidei cultoribus reddere possem… ; Gambra, Alfonso VI. Cancillería, Curia e Imperio, II. Colección Diplomática, León, 1998, doc. 86, p. 227. Las dificultades que ofrece el documento han llevado a Reilly a cuestionar su autenticidad (B. F. Reilly, El Reino de León y Castilla bajo el Rey Alfonso VI (1065-1109), Toledo, 1989, p. 213, nota 13), pero se trata de una opinión aislada ; un breve análisis de esas dificultades (ibid. p. 226).
7 Subrayando el goticismo del hecho reconquistador, la Historia Silense, en las primeras décadas del siglo XII, retoma con fuerza y con los matices propios de su compleja concepción política, el argumento legitimador al que venimos aludiendo. Vid. J. A. Maravall, El concepto de España en la Edad Media, Madrid, 1981, p. 313-314. La atribución pelagiana del Silense, con su consiguiente retraso cronológico, ha sido defendida por Antonio Ubieto : A. Ubieto Arteta, « La Historia Silense », in Id. Los orígenes de los reinos de Castilla y Aragón, Universidad de Zaragoza, 1991, p. 205-239.
8 P. Linehan, History and the Historians of Medieval Spain, Oxford, 1993, p. 313 sqq.
9 J. Flori, La guerra santa. La formación de la idea de cruzada en el Occidente cristiano, Madrid/Granada, 2003, p. 239 sqq.
10 El profesor británico J. Riley-Smith ha resumido en una breve pero interesante obra divulgativa (What were the Crusades ? 19922) los aspectos más característicos de la cruzada. Para él se trata de una específica manifestación de la guerra santa cristiana. Se desarrolló frente a los infieles en Palestina, en la Península Ibérica y en Alemania, y también contra herejes, cismáticos y cristianos opuestos a la Iglesia tanto en los confines de la cristiandad como en su propio interior. Se trata de un movimiento concebible como defensa del conjunto de dicha cristiandad y no de una parcela o región de la misma, por legítimos que pudieran ser sus amenazados intereses. Sólo al Papa corresponde su autorización legal, y los participantes en ella -o al menos una cualificada minoría de entre ellos- se compromete mediante voto a cumplir los objetivos de la misma. La cruzada es, además, una suerte de peregrinaje redentor y salvífico que convierte a sus protagonistas, los cruzados, en seres inviolables, legalmente protegidos en sus personas y en sus bienes por la Iglesia mientras durara su sagrada misión ; pero, sobre todo, los cruzados reciben la completa remisión de sus pecados a través de la recepción de la indulgencia plenaria.
11 C. Erdmann, The Origin of the Idea of Crusade, Oxford, 1977.
12 Hace ya casi cincuenta años J. Goñi Gaztambide definía la cruzada como « una guerra santa indulgenciada » (Historia de la bula de cruzada en España, Vitoria, 1958, p. 46).
13 Para Flori, « la cruzada fue una guerra santa que tuvo como objetivo la liberación de Jerusalén » (J. Flori, La guerra santa…, op. cit., p. 349).
14 Así lo hizo, a modo de hipótesis, Agustín Fliche hace ya casi setenta años. Para el eminente especialista francés la cruzada podría, en efecto, haber nacido como consecuencia de las reivindicaciones temporales de la Sede Apostólica concretadas en un primer momento en los territorios de la Europa meridional ajenos a la influencia soberana del emperador : la Italia del sur y la Península Ibérica : A. Fliche, « Reforma Gregoriana y Reconquista », in A. Fliche y V. Martin, dir., t. 8 (Historia de la Iglesia), Valencia, 1976, p. 40.
15 Sobre la discutible naturaleza de la intervención cristiana en Barbastro de 1064, existe un antiguo debate planteado ya por P. Boissonnade, « Les premières croisades françaises en Espagne. Normands, Gascons, Aquitains et Bourguignons », Bulletin Hispanique, 36 (1934), p. 5-28 y por C. J. Bishko, en su clásico trabajo « Fernando I y los orígenes de la alianza castellano-leonesa con Cluny », reeditado en Studies in Medieval Spanish Frontier History, Londres, 1980, p. 1-136 ; otras moderanas revisiones críticas en A. Ferreiro, « The siege of Barbastro, 1064-1065 : a reassessment », Journal of Medieval History, 9 (1983), p. 129-144, y C. Laliena, « Barbastro, protocruzada ? », en Segundas Jornadas Internacionales sobre la Primera Cruzada. La conquista de la ciudad soñada : Jerusalem, Zaragoza, septiembre de 1999 (en prensa).
16 Non latere vos credimus regnum Hyspanie ab antiquo proprii iuris s. Petri fuisse, et adhuc licet diu a paganis sit occupatum, lege tamen iustitie non evacuata, nulli mortalium sed soli apostolice sedi ex equo pertinere. D. Mansilla, La documentación pontificia hasta Inocencio III (965-1216), Roma, 1955 (Monumenta Hispaniae Vaticana), doc. 6, p. 12.
17 D. Mansilla, La documentación…, ibid., doc. 29, p. 46-47. Vid. J. Goñi Gaztambide, Historia de la bula…, op. cit., p. 56-57.
18 En 1100 y 1101 Pascual II prohibía a los españoles acudir a la cruzada palestina otorgando indulgencia a los que permanecieran en la Península para combatir a los musulmanes (J. Goñi Gaztambide, Historia de la bula…, ibid., p. 64-65). Será más adelante, en 1123, cuando el I Concilio Lateranense equipare plenamente la cruzada jerosolimitana con la española. Teniendo en cuenta el antecedente de Urbano II, el componente de iter redentor era considerado común a las dos realidades geográficas ; en el Codex Calixtinus se nos ofrece el ejemplo de un caballero franco de Tiberíades que en 1103 hizo voto de ir al sepulcro del apóstol Santiago, si éste le daba fuerza para vencer a los turcos en la guerra. A. Moralejo, C. Torres y J. Feo, Liber Sancti Jacobi. « Codex Calixtinus », Santiago de Compostela, 1951, p. 355-356.
19 En 1068 Sancho Ramírez entregaba su reino a la Sede Apostólica recibiéndolo, a cambio, en calidad de feudo, y poco más de dos años después, y gracias a una decisiva intervención del cardenal-legado Hugo Cándido, el nuevo vasallo pontificio autorizaba la introducción del rito romano en sus dominios. P. Kehr, « Cómo y cuándo se hizo Aragón feudatario de la Santa Sede », Estudios de la Edad Media de la Corona de Aragón, 1 (1945), p. 297-304 ; A. Durán Gudiol, La Iglesia de Aragón durante los reinados de Sancho Ramírez y Pedro I (1062 ?-1104), Roma, 1962, p. 30-32. A. I. Lapeña Paul, Sancho Ramírez, rey de Aragón (1064 ?-1094) y rey de Navarra (1076-1094), La Olmeda, 2004, p. 80-81.
20 La historiografía no se muestra unánime al respecto. S. Sobrequès i Vidal, Els grans comtes de Barcelona, Barcelona, 1961, p. 182-183 ; J. Goñi Gaztambide, Historia de la bula…, op. cit., p. 70, nota 22 ; B. F. Reilly, Cristianos y musulmanes, 1031-1157, Barcelona, 1992, p. 190-192.
21 C. Erdmann, O Papado e Portugal no primeiro século da história portuguesa, Coimbra, 1935 (reed. Braga, 1996), p. 35 sqq.
22 Como hoy día parece demostrado, él es el primer monarca hispano que se autodenomina rey y más tarde emperador de España entre los años 1072 y 1077. Cualquier otra referencia imperial a un monarca leonés, navarro o castellano anterior a esas fechas, o forma parte de titulaciones post mortem aplicadas por sus sucesores o sencillamente responde a manipulaciones o falsificaciones posteriores. Vid. A. Gambra, Alfonso VI. Cancillería, Curia e Imperio. Estudio, I, León, 1997, esp. p. 692-694.
23 Vid. supra nota 5.
24 C. de Ayala Martínez, Las Cruzadas, Madrid, 2004 ; Id., « Órdenes militares peninsulares y cruzada hispánica. Una aproximación historiográfica », in I. C. F. Fernandes, As Ordens Militares e as Ordens de Cavalaria na Construçao do Mundo Ocidental. Actas do IV Encontro sobre Ordens Militares, Lisboa/Palmela, 2005, esp. p. 74-77.
25 En este sentido conviene advertir que el primer rey cruzado de la España medieval fue Pedro I de Aragón y Navarra, quien en el transcurso de 1101 acepit crucem per ad Iherosolimitanis partibus (A. Ubieto Arteta, Colección Diplomática de Pedro I de Aragón y Navarra, Zaragoza, 1951, p. 113, nota 6). Con independencia de la valoración que quepa hacer de dicha iniciativa, que naturalmente nunca se materializó (J. Goñi Gaztambide, Historia de la bula…, op. cit., p. 67 ; C. Laliena Corbera, La formación del Estado feudal. Aragón y Navarra en la época de Pedro I, Huesca, 1996, p. 192-194), lo cierto es que, como gesto, lo era de total concordancia con las directrices cruzadas de la Sede Apostólica ; desde luego, algo impensable en un monarca castellano-leonés.
26 Las cofradías militares se crearon a imagen de la orden del Temple, pero no constituyeron en ningún caso órdenes de carácter religioso. Lo que resulta indiscutible es su proyección cruzada, a cuya lógica obedecían fundamentalmente. La Militia Christi de Monreal, de la que el propio Alfonso el Batallador se convirtió en cofrade, tenía como objetivo último la liberación de Jerusalén, y tanto ella como la Confraternitas Cesaraugustanae Militiae, instituida un poco antes, en 1122, contemplaban todo un sistema de indulgencias plenamente asumido por la canonística cruzada. Pues bien, este modelo de cofradía militar cruzada, concretamente la de Belchite, es la que intentó ser activada por Alfonso VII en 1136. Un resumen clarificador de lo que sabemos de las cofradías aragonesas de Alfonso el Batallador, en J. Ma. Lacarra, Alfonso el Batallador, Zaragoza, 1978, p. 75-77 y 98-99 ; vid. también P. Rassow, « La cofradía de Belchite », AHDE, 3 (1926), p. 200-226 ; E. Lourie, « The confraternity of Belchite, the ribat and the Temple », Viator. Medieval and Renaissance Studies, 13 (1982), p. 159-176, y J. A. Lema Pueyo, Instituciones políticas del reinado de Alfonso I el Batallador, rey de Aragón y Pamplona (1104-1134), Universidad del País Vasco, 1997, esp. p. 219-221.
27 C. de Ayala Martínez, « Orígenes e implantación de la Orden de San Juan de Jerusalén en la Península Ibérica (siglo XII) », in La Orden Militar de San Juan en la Península Ibérica durante la Edad Media. Actas del Congreso Internacional celebrado en Alcázar de San Juan los días 23, 24 y 25 de octubre de 2000, Alcázar de San Juan, 2002, p. 23-41.
28 C. de Ayala Martínez, Las Cruzadas…, op. cit., p. 181-184.
29 El Poema de Almería nos habla del papel de los obispos de Toledo, León y Astorga, este último posible autor del texto cronístico. Crónica del Emperador Alfonso VII, ed. M. Pérez González, Universidad de León, 1997, p. 132 y 143. Sobre el obispo Arnoldo de Astorga y su posible autoría, vid. A. Quintana Prieto, El obispado de Astorga en el siglo XII, Astorga, 1985, p. 251 sqq.
30 J. Goñi Gaztambide, Historia de la bula…, op. cit., p. 84.
31 D. Mansilla, La documentación…, op. cit., doc. 78, p. 94-96.
32 F. Fita, « Primera legación del Cardenal Jacinto en España. Bulas inéditas de Anastasio IV. Nuevas luces sobre el Concilio Nacional de Valladolid (1155) y otros datos inéditos », BRAH, 14 (1889), p. 530-555 ; Id., « Concilios nacionales de Salamanca en 1154 y de Valladolid en 1155 », BRAH, 24 (1894), p. 449-475.
33 J. Goñi Gaztambide, Historia de la bula…, op. cit., p. 87-88.
34 Los monarcas, que nunca habían dejado de proyectar su real tutelaje sobre las Iglesias de sus reinos corporativamente consideradas, les concedían ahora explícitos estatutos de protección jurídica que las tienden a estamentalizar más soldándolas de forma más eficaz a la estructura del reino e incrementando la sensación de control sobre sus miembros. Conocemos en concreto el estatuto que en 1180 concede a la Iglesia de Castilla el rey Alfonso VIII (Alfonso VIII, ed. M. Pérez González, II, doc. 344, p. 582-583).
35 Vid. P. Henriet, « Y a-t-il une hagiographie de la “Reconquetê” hispanique (xie- xiiie siècle) ? », in L’expansion occidentale (xie-xve siècle). Formes et conséquences. XXXIII congrès de la SHMES, París, 2003, p. 47-63.
36 La explicación tradicionalmente aceptada que nos ofrece el arzobispo Jiménez de Rada acerca de los orígenes de la orden de Calatrava y en la que el abandono templario de la fortaleza manchega constituye una pieza clave, podría constituir un buen ejemplo. El relato en R. Jiménez de Rada, Historia de Rebus Hispaniae sive Historia Gothica, ed. J. Fernández Valverde, CCCM, 72, Turnhout, 1987 ; trad. castellana del mismo autor : Historia de los Hechos de España, Madrid, 1989, lib. VII, cap. xiv. Cf. T. M. Vann, « A new look at the foundation of the Order of Calatrava », in On the Social Origins of Medieval Institutions. Essays in Honor of Joseph F. O’Callaghan, ed. D. J. Kagay y Th. M. Vann, Brill/Leiden/Boston/Köln, 1998, p. 93-114 ; y L. R. Villegas Díaz, « De nuevo sobre los orígenes de la Orden de Calatrava », Revista de las Órdenes Militares, 1 (2001), p. 13-30.
37 La primera de todas, la de Calatrava, fue creada en 1158 por Sancho III de Castilla e institucionalizada por su sucesor Alfonso VIII a lo largo de su reinado, y la de Santiago, en 1170, impulsada por Fernando II de León. Sobre el papel de patronato fundador de los reyes sobre las órdenes hispánicas, vid. algunos testimonios documentales en I. J. de Ortega y Cotes, J. F. Álvarez de Baquedano y P. de Ortega Zúñiga y Aranda, Bullarium Ordinis Militiae de Calatrava, Madrid, 1761 (ed. facs. Barcelona, 1981), p. 89, en relación a Alfonso VIII y la orden de Calatrava ; y J. González, Alfonso IX, Madrid, 1944, doc. 86, por lo que se refiere a Fernando II y la orden de Santiago ; por su parte, el Calendario de Uclés, al referir la muerte de Fernando II lo califica de fundator ordinis militiae Beati Iacobi : A. F., Aguado de Cordova, A. A. Alemán y Rosales y J. López Agurleta, Bullarium Equestris Ordinis S. Iacobi de Spatha, Madrid, 1719 p. 41.
38 Al margen de otros testimonios anteriores, sabemos que Honorio III en diciembre de 1220 ordenaba a los reyes españoles que, pese a las treguas que pudieran tener establecidas con los musulmanes, permitieran a los freires calatravos combatir a los musulmanes (D. Mansilla, La documentación…, Honorio III, op. cit., doc. 340, p. 251). Era éste, el del respeto de las treguas reales, un tema especialmente sensible y que puede darnos una idea del interés de los papas por independizar a las órdenes militares de las directrices estrictamente políticas de la monarquía.
39 En las décadas centrales del siglo XIII los papas se preocuparían de hacer recordar a todos los fieles que combatir junto a los freires y bajo sus estandartes en cualquier iniciativa bélica, suponía asumir, a efectos espirituales, la deseable consideración de cruzados. De hecho, desde 1220 Honorio III hacía extensiva la indulgencia propia del voto cruzado a quienes combatieran con los freires calatravos en sus fortalezas fronterizas. Privilegios papales posteriores identificaban con un auténtico cruzado a todo aquel que combatiera y muriera bajo junto a los freires. Conocemos bulas pontificias concedidas, en este sentido, a favor de alcantarinos (1238), calatravos (1240) y santiaguistas (1250). Bulario de Calatrava, p. 57 y 73 ; D. Mansilla, La documentación…, Honorio III, ibid., doc. 339 ; B. Palacios, Colección Diplomática Medieval de la Orden de Alcántara (1157 ?-1494), t. 1 (De los orígenes a 1454), Madrid, 2000, doc. 168 ; y A. Quintana Prieto, La documentación pontificia de Inocencio IV (1243-1254), Roma, 1987, doc. 659.
40 Honorio III en diciembre de 1220 se dirigía a todos los fieles cristianos de Hispania recordándoles que había concedido indulgencias a quienes luchen en aquella tierra contra los musulmanes, y en especial al rey de León, Alfonso IX, qui signum crucis assumpsit (D. Mansilla, La documentación…, Honorio III, ibid., doc. 339, p. 251).
41 En este sentido, creemos que la monarquía alcanza el cénit de su legitimación cruzadista en la persona de Fernando III a quien, en septiembre de 1225, en vísperas de la reanudación de hostilidades contra los almohades, el papa Honorio III dirige tres importantes bulas que de alguna manera suponen su explícito reconocimiento como líder de la cruzada hispánica (D. Mansilla, La documentación…, Honorio III, ibid., doc. 574-576, p. 429-432 ; C. de Ayala Martínez, « Fernando III y las órdenes militares », in Fernando III y su tiempo (1201-1252). VIII Congreso de Estudios Medievales, León, 2003, p. 70).
42 En un conocido pasaje del Poema de Fernán González, el que narra su presunta victoria frente a Almanzor en Hacinas, se nos describe la aparición que tuvo el conde en la vigilia del encuentro, y en la que se combinan las tres figuras clave de nuestra hagiografía militar : san Pelayo, Santiago y san Millán. Se alude también allí a las cruces de los pendones portados por los ángeles y un poco más adelante a los pueblos castellanos como essas gentes cruzadas. J. Victorio, Poema de Fernán González, Madrid, 19984, p. 121-122 y 137.
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Pour citer cet article

Référence électronique

Carlos de Ayala Martínez, « Reconquista, cruzada y órdenes militares »Bulletin du centre d’études médiévales d’Auxerre | BUCEMA [En ligne], Hors-série n° 2 | 2008, mis en ligne le 19 janvier 2009, consulté le 14 octobre 2024. URL : http://journals.openedition.org/cem/9802 ; DOI : https://doi.org/10.4000/cem.9802

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Auteur

Carlos de Ayala Martínez

Universidad Autónoma de Madrid

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