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Dossier. “Fuentes indigenas” en la sudamerica colonial y republicana

Calibay o la tempestad

Debate en torno a un documento “indígena” de la Salta primitiva
Christophe Giudicelli

Resúmenes

Todos los que trabajamos temas de historia indígena colonial soñamos con encontrar una voz autónoma, una petición presentada libremente por una autoridad indígena ante el mayor representante del poder español a nivel local, para hacer reconocer su derecho legítimo y el de sus súbditos sobre las tierras de sus antepasados que, de paso, quedan localizadas. Aquí presentamos y transcribimos un documento que parece cumplir con esas cualidades. La respuesta positiva a la petición del cacique Calibay, por parte del Teniente de Gobernador, podría dejar pensar en una envidiable —y poco común, sobre todo en el Tucumán finisecular— situación de “negociación” entre “actores” que contrastaría con el sempiterno cuadro asimétrico de la conquista. Es tanto más llamativo el documento cuanto que es extremadamente temprano: la petición lleva la fecha del 1° de febrero de 1586, es decir que nos indicaría un estado de las relaciones entre los vecinos de la incipiente ciudad de Salta (fundada menos de cuatro años antes, el 16 de abril de 1582) y los indios pulares. El interés del documento no se limita a su condición histórica, sino que estriba también en el estatuto que se le dio en la tradición historiográfica y más particularmente en los estudios de etnohistoria y de arqueología histórica que se interesaron por las poblaciones llamadas pulares en las fuentes históricas españolas y su papel supuesto en tiempos de la provincia incaica de Chicoana.

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Notas de la redacción

Fecha de recepción del original: 10-14-2013

Fecha de aceptación para publicación: 14-05-2013

Texto completo

El documento original1

  • 1 El documento original fue fotografiado en mayo del 2010 por el autor a partir del original, el cual (...)

Transcripción

La ciudad de Lerma del Valle de Salta, primero dia del mes de febrero de mill e quinienta y seys años ante el señor capitan Bartolomé Valero tenyente de gobernador e justicia mayor en esta dicha ciudad e su jurisdiccion presento el contenydo

Calibay, cacique principal del repartimiento de los pulares como tal cacique y en nombre de los demás caciques e ynbdios naturales de la comunidad de los dichos indios pulares digo que en tiempos pasados mis padres y abuelos y demás antecesores de la dicha comunidad de los dichos caciques e yndios pulares estuvieron y an estado y oy día están poblados y asimentados algunos de los dichos yndios en sus chacaras en las faldas guaycos y arroyos questán en la cordillera, lomas y vertientes questán frontero desta çiudad hazia la parte y camino por donde van a donde agora están los dichos yndios pulares ques serca de la boca de la quebrada por donde va el camino del Pirú y por sima della yendo por la dicha cordillera pie y faldas della en derecho de la parte y lugar donde estuvo poblado el governador Gonzalo de Abrego y es ansi que por guerras disensiones y otros infortunios que se siguieron y recresieron a los dichos mis padres, abuelos y antepasados y de los demás yndios naturales pulares conpelidos con presisa necesidad como a su tiempo y lugar provaremos siendo nesesario, desampararon y dejaron las dichas tierras de su propio natural y que les pertenesen de ab inicio y se retiraron a bivir y poblar en la parte y lugar adonde agora están a donde no hay entera comodidad de tierras ni espacio para dellas adonde poder poder sembrar ni regar cuanto es nesesario para el sustento de los dichos indios atento a lo qual y que de las dichas tierras así señaladas y deslindadas en la dicha cordillera y faldas della son y pertenecen a los dichos indios.

Pido y suplico a V md en nombre de SM y por virtud del poder que para ello tiene declare por nuestras las dichas tierras y nos deje y de licencia para bivir y estar en ellas como en casa mía (sic) y si nesesario fuere a mayor abundancia nos hase md dellas en lo qual resibiremos buena obra y justicia y lo que ansi pedimos por md es las dichas tierras que corran hasta la poblazón del dicho governador Gonzalo de Abrego en una legua de ancho por cualquier parte. Calibay

E presentada la dicha petición el señor capitán [Bartolomé Valero, teniente de gob. y justicia mayor en esta ciudad y jurisdicción dijo que su md está informado como persona antigua de treynta años a esta parte como los dichos casiques e yndios pulares en tiempos pasados estuvieron poblados en la parte y lugar questa petición refiere y al presente sabe y está ynformado asimismo que algunos de los dichos yndios tienen chacaras en las dichas tierras por lo qual dijo que en nombre de su magestad y por virtud del poder que para ello tiene y si necessario es como justicia desta ciudad declarava y declaro las dichas tierras asis deslindadas y declaradas ser y perteneser a los dichos yndios y en conformidad de ello les dava e dioles señas para que se vengan a asistir a ellas como a cosa suya y siendo necesario les hazia y hizo merced dellas en quanto y por todo quanto de derecho podia y y devia y ansi lo proveyó y mandó e firmó con que se entienda ser y sea esta dicha merced y proveymiento sin que por ello ni parte dello sea visto perjudicar al lic. Xirstobal de Bocanegra en la […] ata y merced de tierra que tiene en la boca de la dicha quebrada por donde se va al presente al Piru… y asó lo firmo

Be Valero

ante mi Diego Camacho

Comentario

1El documento se presenta como la petición hecha por Calibay, “cacique principal del repartimiento de los pulares” ante el lugarteniente de gobernador de la ciudad de San Felipe de Lerma Valle de Salta, Bartolomé Valero, el 1° de febrero de 1586, para conseguir una merced de tierra en un territorio que corresponde a

[…] las faldas, guaycos y arroyos que están en la cordillera, lomas y vertientes que están frontero a esta ciudad hacia la parte y camino por donde van a donde agora están los dichos indios pulares, que es cerca de la boca de la quebrada por donde va el camino del Pirú.

  • 2 AHBS, Fondo de mercedes y solares Carpeta n° 105.

2Es decir las serranías occidentales del actual Valle de Lerma, la quebrada de Escoipe y lo que sería llamado más tarde la Cuesta del Obispo, por donde transitaba efectivamente para ese entonces el “camino del Perú”. Se encuentra en el Fondo de mercedes y solares del Archivo y Biblioteca Histórios de Salta (en adelante AHBS)2.

Interés del documento

  • 3 El acta de fundación figura en Levillier Nueva Crónica de la conquista del Tucumán (1926, pp. 318-3 (...)

3Este documento es extremadamente interesante, por varias razones. Primero porque se presenta como lo que todos los que trabajamos temas de historia indígena colonial soñamos con encontrar: una voz autónoma, una petición presentada libremente por una autoridad indígena ante el mayor representante del poder español a nivel local, para hacer reconocer su derecho legítimo y el de sus súbditos sobre las tierras de sus antepasados que, de paso, quedan localizadas. Interesante también por la respuesta positiva del lugarteniente, que podría dejar pensar en una envidiable —y poco común, sobre todo en el Tucumán finisecular— situación de “negociación” entre “actores” que contrastaría con el sempiterno cuadro asimétrico de la conquista. Es tanto más llamativo el documento cuanto que es extremadamente temprano: la petición lleva la fecha del 1° de febrero de 1586, es decir que nos indicaría un estado de las relaciones entre los vecinos de la incipiente ciudad de Salta (fundada menos de cuatro años antes, el 16 de abril de 15823) y los indios pulares.

Peso (etno)histórico de este documento

  • 4 Gonzalo de Torres Hinojosa pide tierras situadas en el Río de Ciancas y junto al pucará de Gonzalo (...)

4Sin embargo, el interés de esta petición no se limita a su condición histórica, por decirlo de alguna manera. Estriba también en el estatuto que se le dio en la tradición historiográfica y más particularmente en los estudios de etnohistoria y de arqueología histórica que se interesaron por las poblaciones llamadas pulares en las fuentes históricas españolas y su papel supuesto en tiempos de la provincia incaica de Chicoana. Se trata de un documento relativamente conocido, por lo menos de los especialistas, en parte por su fácil acceso. En efecto fue originalmente publicado en una fecha relativamente temprana, en 1938, por Atilio Cornejo y Miguel A. Vergara (1928, pp. 198-200) y fue objeto de una republicación muy reciente en 2010, a cargo de Fernanda Elisa Bravo Herrera (2010, pp. 147-148), sin duda a partir de la primera versión paleografiada ya que se repiten los pocos errores cometidos por Cornejo y Vergara. Se trata en particular de la confusión acerca de la identidad del gobernador que hiciera un intento de fundación “[…] cerca de la boca de la quebrada por donde va el camino del Perú y por sima della yendo por la dicha cordillera y falda della en derecho de la parte donde estuvo poblado el gobernador Po de Abrego”, es decir cerca de la hoy conocida como Quebrada de Escoipe. Como es sabido, el gobernador que hizo un intento malogrado de fundación en el Valle de Salta fue el antecesor del fundador de la ciudad de Lerma (Hernando de Lerma), Gonzalo (y no Pedro) de Abreu, en 1577: de hecho aparece en otro documento del mismo fondo como “el pucará de Gonzalo de Abreu”, con la misma localización: “desta banda como corre la cordillera hazia la quebrada que va al Pirú”4.

  • 5 El trabajo más reciente que retoma esta perspectiva generalmente aceptada es el artículo por otra p (...)
  • 6 Analizamos esta cuestión en Giudicelli (2007 y 2011).

5El documento suele aceptarse literalmente, como la expresión libre de una autoridad indígena legítima, aunque sin duda integrada en el sistema de dominación colonial, como lo expresa claramente su condición de “cacique de repartimiento” (Lorandi y Boixados, 1987-88 , pp. 308-310). Es, en todo caso, generalmente blandido como evidencia la diferenciación étnica de los pulares y convocado para acuñar la hipótesis de una actitud recurrente de alianzas de este grupo con los poderes imperiales: primero como mitmaquna en los tiempos de presencia incaica, y luego como aliados de los españoles5. Hay que reconocer que es extremadamente tentador agarrarse de este tipo de texto, sobre todo para un corpus tan lacunario en el que, como en el queso gruyere, hay más huecos que queso… Para retomar los términos del presente dossier, esta “Petición de Calibay” actuaría tanto como “fuente indígena” fidedigna y “fetiche”, ya que alcanzaría un estatuto de “autoridad” intangible e indiscutible en la medida en que daría a ver la palabra de “los pulares” sin mediatización alguna, y permitiría al investigador percibir el juego político autónomo de los habitantes de esta parte del Valle de Lerma y de la Quebrada de Escoipe. Este poder de fascinación de este documento singular —en todos los sentidos de la palabra— es el que explica, a nuestro modo de ver, la circularidad metodológica en la que se encuentra sumido el análisis histórico de la situación los indios pulares. Desde la arqueología abocada a reconstruir la estructura política del Tahuantinsuyu en estos confines, se hace mano de él para apuntalar la presentación de la provincia de Chicoana. A su vez los relevamientos arqueológicos que demuestran la presencia de infraestructuras incaicas en el norte del Valle Calchaquí vienen a reforzar la hipótesis etnohistórica fundada en una interpretación de este documento como emanación indígena autónoma y a afirmar la profundidad histórica de la conducta de los indios pulares ya incorporados en la esfera colonial, décadas después, en el siglo XVII: en pocas palabras, se suele extrapolar de su actuación como “indios amigos” y su manejo del quechua —lingua franca colonial— a partir de los años 1630 lo que pudo haber sido su papel antes de la conquista hispano-criolla, y más precisamente su rol de aliados putativos de los incas6.

6A pesar de su carácter único, este documento debe ser sometido, como cualquiera, a una doble crítica, externa e interna. Debe ser reinsertado en su doble contexto de producción: en su contexto histórico general y en su contexto particular de presentación. Por fin, debe sufrir también un análisis interno.

Salta en sus primero años, tierra quemada y violencia pura

7Empecemos por el contexto histórico general, con un recuerdo de la situación del Valle de Lerma en los años anteriores a la “Petición de Calibay”.

  • 7 Jerónimo García de la Jara, Procurador mayor de la ciudad de Lerma pide al teniente de gobernador (...)

8Lo primero que debería incitar a relativizar la impresión de “interpelaciones mutuas” entre partenaires, que cierta visión irénica tendería a privilegiar es el contexto histórico en el que aparece este documento, que no se asemeja ni por asomo al modelo acuñado por Gonzalo Lamana (2008) para describir los primeros momentos del Perú colonial. El Tucumán de fines del siglo XVI no es el Perú de las elites, y la situación de los indios pulares después de la fundación de la ciudad de Salta no es equiparable para nada a la de la nobleza incaica en las dos primeras décadas de consolidación del poder español en el Cuzco. Lo que transparece de los primeros años de la ciudad de San Felipe de Lerma Valle de Salta —su nombre original— es una impresión de violencia omnipresente. La relación entablada entre sus vecinos hispano-criollos y las poblaciones indígenas en particular, era extremadamente tensa, por no decir que era de guerra permanente. Todos los testimonios presentan la ciudad como un fuerte en el que están literalmente atrincherados unos treinta espadachines, que tienen prohibición absoluta de dejarla so pena de graves castigos7. A ocho meses de su fundación, Pedro Sotelo Narváez subraya la precariedad de la nueva fundación

  • 8 “Pedro Sotelo Narváez, para el licenciado Cepeda, presidente de la Audiencia de los Charcas”, en Le (...)

Esta ciudad [de Lerma] está en el Valle de Salta. Habá ocho meses que se pobló sin fundamento; vase sustentando del acarreto de la de Talavera y San Miguel de Tucumán. Están en un fuerte; no tiene pobladores porque los que la sustentan hasta agora son vecinos de las demás ciudades […]8.

9Cinco años después, según el sucesor de Hernando de Lerma, Juan Ramírez de Velasco, la situación no parece haber cambiado sustancialmente:

  • 9 “Carta del gobernador D. Juan Ramírez de Velasco al virrey del Perú, conde del Villar, 06-04-1587”, (...)

[…]aunque ha cinco años que se pobló, no le sirve indio, y se sustenta con grandísimo trabajo, por no haber más de un fuerte en que están 30 ó 35 soldados, con solo la esperanza de que se ha de salir á hacer la guerra, sin llevar salario ni gaje de S. M., el teniente y los soldados, á cuya causa pasan mucha necesidad9.

10En otras palabras, en el momento en que se presentó la petición de Calibay, la única razón de vivir de los vecinos del fuerte militarizado de Salta era la caputra de indios de guerra o el sometimiento, arriesgado y ultraviolento, de los pueblos circumvecinos.

  • 10 “Carta del capitán Alonso Díaz Caballero al Rey, 21-01-1564”, en Jaimes Freyre (1915, vol. 1, pp. 3 (...)
  • 11Carta a SM del gobernador Gonzalo de Abreu, 20-03-1577”, in Levillier (1920, vol. I, p. 60).
  • 12 Provisión del virrey don Francisco de Toledo, encargando al nuevo gobernador de Tucumán Gonzalo de (...)

11De hecho, hasta 1588 y la campaña militar extremadamente dura llevada a cabo por el mismo Ramírez de Velasco, los indios comarcanos de Salta, y en particular los más regularmente asociados con los calchaquíes —es decir los pulares, chicoanas y escoipes— habían llevado a mal traer a los hispano-criollos y puesto en jaque todos los intentos de asentamiento. En 1562, después de la destrucción de Córdoba de Calchaquí, los escasos sobrevivientes de la ciudad destruida apenas si pudieron escapar en pésimo estado ante un diluvio de flechas10. En 1577, otro intento de fundación por Gonzalo de Abreu terminó en un fracaso estrepitoso. Después del desastre de la refundación de Córdoba en el corazón del Valle, —en el sitio de Zamalamao11—, bajo el nombre de San Clemente de la Nueva Sevilla, Gonzalo de Abreu hizo otro intento en el Valle de Salta, en conformidad con las instrucciones que había recibido del virrey Toledo12

  • 13 “Carta de Hernando de Retamoso a S.M. 1582, 25-01”, en Levillier (1926, vol.3, p. 295).

[…] tornó luego a poblar en el valle de Salta la cibdad de San Clemente de donde se le huyeron los soldados de diez en diez y se fueron al Perú. Los naturales bisto que avia muy pocos españoles en el pueblo se determinaron a dar la batalla hasta que los echaron a los pobres christianos[…]13

12Se trata evidentemente del mismo lugar que aparece en el documento presentado como “el lugar donde estuvo poblado el gobernador Po [sic] de Abreu”, en el que los indios no parecen haber acogido precisamente con flores a los advenedizos.

13La situación solo se revirtió con la campaña de terror efectuada por Ramírez de Velasco durante dos meses a principios de 1588. Esa entrada afectó duramente a los indios del norte del Valle Calchaquí, y en particular a los grupos subsumidos después bajo el nombre de pulares, que sintieron en carne propia los rigores de la guerra y de la casi esclavitud a la que estaban sometidos los indios capturados “en justa guerra”.

  • 14Carta del gobernador del Tucumán Juan Ramírez de Velasco participando el resultado que hasta enton (...)

[…] entré en este valle[…] a los quatro [de abril] por indios chicoanas, ques el principio deste valle y en un requentro que tuve este día con dos pueblos prendí como ochenta personas sin matar mas que dos o tres los quales truxe en colleras14.

  • 15 AHT (Archivo Histórico de Tucumán), Documentación complementaria, Protocolos, caja 3, n° 2 1583, 10 (...)

14Desde la ciudad de Salta, la situación que prevalecía hasta esa campaña que iba a cambiar radicalmente la suerte de los llamados pulares, primeros “calchaquíes” que ya no pudieron más escapar de la presión colonial, era por lo tanto de extrema precariedad (Giudicelli, 2011). Privaba en el trato con las poblaciones indígenas una violencia que iba de la extracción de “piezas” al sometimiento más o menos errático al servicio personal, generalmente impuesto en el marco de la encomienda en el Tucumán. Algunas “piezas” iban a parar a manos de vecinos de otras ciudades de la provincia, como esos “indios de la quebrada de Salta”, una india llamada Concol y un muchacho de nombre Juan colombe (?) de los que tomó posesión Luís de Cabrera en Santiago del Estero el 10 de julio de 158315. El estudio sistemático del mismo “Fondo de mercedes y solares” de la ABHS arroja por cierto una luz extremadamente útil si se quiere entender el documento que presentamos en su contexto de producción. La lectura de esos documentos deja aparecer un territorio marcado por la guerra y la violencia. Esa toponimia del terror, subyacente en la petición de Calibay a través de la evocación de la ciudad destruida de San Clemente, viene confirmada por la evocación de otros lugares igualmente marcados por la violencia, la destrucción y la muerte.

  • 16 Francisco Velázquez pide se le devuelvan los caciques e indios de su pueblo encomendado, 19-04-158 (...)

15El 10 de abril de 1584, por ejemplo, Francisco Velázquez se queja de que el mismo Bartolomé Valero le haya desprovisto de una encomienda que le había otorgado el gobernador Hernando de Lerma dos años antes, cuando la fundación de la ciudad. El nombre del pueblo de sus encomendados —”pueblo quemado”— así como el modo en que pudo hacerse efectiva la encomienda —el incendio y la fuerza militar— son muy sintomáticos del tipo de relaciones que prevalecía entre los vecinos del fuerte y las poblaciones indígenas y, más aún, del modo en que estas  se solían establecer: “Como a tal poblador y conquistador de ella me hizo Su Señoría merced de me encomendar el pueblo que quemó Sebastián Pérez […] ” precisando acto seguido que pudo tomar posesión efectiva de su encomiendaquando vinieron los naturales del dicho pueblo casiques e yndios a dar la paz y rreconocimiento desta ciudad16, sin duda alguna movidos por otra cosa que por su propia voluntad.

  • 17 “Luís de Torres Hinojosa pide tierras situadas en el río de Ciancas y junto al pucará de Gonzalo de (...)

16Otra ilustración de la brutalidad de las relaciones entre conquistadores y pueblos indígenas locales: el 7 de febrero de 1585, Luís de Torre hinojosa pide “merced de un valle que está dos leguas de aquí […] donde se hizo el castigo en los caciques pelicanos y guasaganos”, una merced otorgada por Valero, quien bautiza el lugar, sin duda por preocupaciones administrativas de toma de posesión simbólica del territorio por cuadriculación toponímica “el Valle de la Matanza”17.

¿Qué es el “cacique principal” de un “repartimiento”?

  • 18 AGN, Sala IX, documentos relativos a la fundación de Salta, “Merced de encomienda del pueblo de Ami (...)

17Una característica de nuestro texto que merece un examen detenido es el título atribuido al cacique Calibay —o, mejor dicho, el cargo que se auto-atribuiría el propio Calibay ante la máxima autoridad administrativa de la ciudad de Lerma. Se presenta como “cacique principal del repartimiento de los pulares”. La pregunta que debería imponerse en seguida es la de saber qué es un “cacique principal de repartimiento”. Nos remite a las modalidades específicas de distribución de encomienda en las provincias periféricas de la América española. Ahí también, si nos fijamos únicamente en la letra de los documentos —de los títulos de encomienda— todo parece de una claridad meridiana: el encomendero recibe en encomienda el pueblo X, representado por el cacique Y. Citemos como ilustración el caso contemporáneo de la encomienda del pueblo de Amimaná, otorgada por Juan Ramírez de Velasco a Juan de Abreu y Figueroa, hijo de Gonzalo de Abreu, también vecino de Salta y suegro de Bartolomé Valero: “[…]hago merced al dicho don Juan de Abreu y encomiendo el dicho pueblo Amimaná con el cacique Chuchut en el Valle de Calchaquí”18.

18Nada más claro: tal y como Chuchut representa Amimaná ante la autoridad colonial, Calibay se expresa “en nombre de los demás caciques e yndios naturales de la comunidad de los dichos yndios pulares”. Lamentablemente, esta claridad no resiste un análisis aun mínimo. Si nos limitamos una vez más al corpus reducido del Fondo de Mercedes y Tierras del ABHS, del que fue extraída la petición de Calibay, encontramos varias ilustraciones del carácter fundamentalmente heterónomo del cargo de “cacique” —y más todavía de “cacique de repartimiento”.

  • 19 Por ejemplo en la “Provisión del virrey del Perú para que el gobenador de Tucumán, Gonzalo de Abreu (...)

19En Salta como en el resto del Tucumán las encomiendas se daban “por noticias”, es decir sin verdadero conocimiento del grupo que se suponía entregaba a la tutela del encomendero. Estaba terminantemente prohibido19, abría la puerta a todo tipo de abusos por parte de los encomenderos, que organizaban auténticas razzias para “sacar” a sus indios. Por otra parte, llevaba a un sinfín de confusiones, como lo demuestra por ejemplo la perplejidad expresada por Pedro González de Tapia en otra petición, en mayo de 1584:

  • 20 En Cornejo y Vergara (1938, p. 77).

[…] el gob Hernando de Lerma al tiempo que hizo el repartimiento en los demás pobladores me señaló un repartimiento de indios de ciertos pueblos y por hazer el dicho repartimiento por noticias atento que de otra manera no se podía sustentar esta poblazón entre los pueblos que me señaló recomendó el pueblo de nanchapinguaspo y por nonbrar el cacique nombró el pueblo de suerte que parece hierro [sic] de pluma porque se llama el cacique nanchapiguasto [sic]20.

20No solo eran a todas luces secundarios los linderos políticos de los grupos indígenas encomendados, sino que la identidad de sus representantes parecía depender directamente de la instancia colonial que los nombraba. Las encomiendas eran objeto de todo tipo de manipulaciones y recomposiciones clientelares, lo cual implicaba, para que fuese respetada cierta apariencia burocrática, que se cambiara o el cacique interlocutor o el alcance de su “autoridad” supuesta. El caso siguiente, el ya citado litigio entre Francisco Velázquez y Bartolomé Valero, también extraído del mismo fondo del ABHS, es muy ilustrativo de la prevalencia del juego clientelar por sobre el respeto de los límites sociopolíticos de los grupos encomendados:

  • 21 Francisco Velázquez pide restitución de indios y caciques, el 10 de abril de 1584”, Cornejo y Verg (...)

Francisco Velázquez vezino desta ciudad digo que tenyendo posesión y servidumbre quieta y pacificamente de los caciques gualatos y guabacos y guabagive del pueblo quemado que yo tengo por encomienda del gobernador Hernando de Lerma de que me hizo presentación y estando sirvyendome dellos y de sus yndios en parcialidades del dicho pueblo V.M. me quitó el cacique guabacos y lo dio para que se sirviese dél el juez Basquez y del cacique Guabagive le quitaron sus yndios y nombrando a otro yndio por cacique los dio para que sirviese a Andrés de Artiaga21.

21La respuesta del teniente de gobernador Valero es elocuente y se apoya, para refutar las pretensiones de Francisco Velázquez, en la falta de legitimidad de los caciques cuya posesión reivindica:

La posesión que el dicho Francisco Velázquez tomó no fue enteramente en los yndios que le son encomendados en el pueblo quemado porque en el pueblo quemado no tiene ni tuvo mas yndios ny caciques de solamente el cacique guavacus […]

  • 22 ibid., 68.

22Vemos que, en última instancia, lo que permite zanjar este tipo de litigios es, sencillamente, la autoridad que detenta Valero: “y yo ser el capitán que lo conquistó y saber verdaderamente lo que en este caso pasa”22. Huelga decir que en ningún momento se consultó a los principales interesados, es decir los habitantes del “pueblo quemado”, para saber quién era “cacique” y de quiénes Guavacus era el “cacique”. La autoridad determinante no es el grupo, es el que detenta el poder soberano de legitimar, hacer y deshacer los cortes y nombramientos, en este caso el teniente de gobernador Bartolomé Valero.

  • 23 AHT, Protocolos. Vol. 2, Fs 287-287v.

23¿Qué pensar entonces de la petición del cacique Calibay? ¿En qué medida podemos pensar que es realmente una “fuente indígena”? Pregunta difícil. Sabemos que el encomendero del mismo repartimiento de los pulares del que era “cacique principal” Calibay no era otro que el propio Bartolomé Valero, desde la fundación de Salta23. Que el cargo colonial de Calibay —“cacique principal del repartimiento de los pulares”— haya sido redibujado en función de una autoridad que tal vez haya ostentado anteriormente, no se puede descartar del todo, aunque será prácticamente imposible de demostrar hasta que aparezcan más datos (y aquí volvemos a los huecos del queso). Por otra parte, acabamos de ver la libertad con la que se hacían y deshacían los cacicazgos en función de las necesidades clientelares internas de la reducida sociedad salteña. Que se hayan encontrado Calibay y sus supuestos “súbditos” en posición de negociar libremente es más que dudoso. Por fín, que el teniente de gobernador / encomendero / justicia mayor y principal mandamás local no haya tenido un interés directo en otorgar esa merced a unos indios que se encontraban bajo su autoridad parece totalmente excluido. La cuestión no es la de saber si Calibay era legítimo o no; la cuestión es si cuando se presenta ante la doble autoridad —administrativa y personal— de Valero se encuentra en una posición de autonomía. La respuesta cae de su peso.

Peculiaridades del documento

24El documento presenta varias rarezas formales que inducen, si no a cuestionar su autenticidad, por lo menos a relativizar aun más su estatuto de “fuente indígena” autónoma.

25–Lo primero que llama la atención de un lector más o menos familiar de este tipo de documentos que presentan una interlocución con los indios es el estilo muy clásico de la petición, casi culto y muy poco conforme con las declaraciones de los indios tal y como aparecen en los documentos contemporáneos, generalmente muy escuetas y redactadas en estilo indirecto libre por el escribano. En pocas palabras, es imposible que ningún pular, por muy “cacique principal” que fuera, haya podido no digamos redactar sino tan siquiera formular esta petición, y mucho menos en 1586. Y mucho menos en castellano de bachiller.

  • 24 Nada indica que los pulares hayan tenido un manejo del quechua superior al de los demás grupos diag (...)
  • 25 En el caso ya citado de la toma de posesión de la encomienda de Amimaná por Juan de Abreu el 14-09- (...)

26–Podría en este caso tratarse de una traducción, mediante intérprete. Ahora bien, en todos los documentos que presentan una interlocución entre unos indígenas y la autoridad colonial siempre se hace mención de los intermediarios: generalmente, en el caso de los grupos indígenas de la región, se trata de una doble interpretación kakán-quechua / quechua-español. Siendo el idioma de los Pulares el kakán, igual que el de todos los grupos rotulados como “diaguitas” desde la fundación de la provincia del Tucumán, es lo que hubiera debido darse en un periodo en el que aún no se había generalizado el quechua como idioma colonial vehicular24, al menos que el escribano en cargo de tomar la declaración conociera el idioma kakán, caso poco común, pero que se dio algunas veces en ese periodo25. En el caso presente, no aparece en ningún momento ninguna mención de ningún tipo de interpretación, lo que es extremadamente curioso.

27–Por fin, dato muy raro, por no decir inverosímil, la petición viene firmada por el peticionario indígena, una firma elegante que demuestra una soltura de pluma imposible en el cacique Calibay. El que Calibay haya firmado este documento es también extremadamente sospechoso, por no decir totalmente extravagante: cuando se presentaba un español analfabeto para cualquier tipo de interrogatorio, no se le hacía firmar y se ponía la mención “no firma por no saber firmar”. Aquí, la elegancia de la firma atribuida a Calibay ridiculiza incluso la del propio Bartolomé Valero, que imaginamos más ducho en usar espada y arrastrar desjarretaderas que en manejar la pluma. Si este detalle sobrecogedor salta a la vista en el documento manuscrito, es casi imperceptible en la versión impresa del documento, razón tal vez por la cual nadie reparó en esta rareza.

Firma de Bartolomé Valero y del escribano, Diego Camacho

Firma de Bartolomé Valero y del escribano, Diego Camacho

Consideraciones finales

28Es muy difícil pronunciarse de modo terminante sobre este documento. No cabe duda de que se trata de una petición fuertemente mediatizada, y muy probablemente inducida en gran medida por Bartolomé Valero, el cual se encuentra en este caso en una situación de conflicto de interés, por decirlo en términos actuales. Calibay no escribió este documento, por supuesto, pero todo indica que ni siquiera lo formuló. Lo cual no quiere decir que las reivindicaciones contenidas en la petición no hayan recubierto una voluntad real de los indios del repartimiento de los pulares de ocupar o recuperar las tierras mencionadas en el documento. Es muy posible que en este caso el interés del encomendero y de sus encomendados hayan coincidido: Valero tenía un interés evidente e inmediato en que ningún otro vecino de Salta pudiese pedir mercedes en las tierras ocupadas por unos indios de cuyo trabajo pretendía beneficiarse personalmente.

29Dicho de otro modo, el que se pueda tener dudas muy serias sobre la representatividad real del cacique del repartimiento de los pulares como autoridad indígena autónoma y sobre el que haya presentado motu proprio esta petición no quiere decir que todo lo que contiene deba ser descartado.

  • 26 Algo ya subrayado en su tiempo por Lorandi y Boixados (1987-88).

30El documento arroja en particular valiosísimas informaciones sobre la localización de los pulares en la quebrada de Escoipe y a lo largo de la futura Cuesta del Obispo26 que comunica el Valle de Lerma con los Valle Calchaquíes. Geográficamente hablando, nos permite vincularlos con el “camino de los diaguitas” estudiado por Christian Vitry (2004). Históricamente, nos permite confirmar la actuación de esos indios, junto con el resto de los grupos “diaguitas” y “calchaquíes” de la región en todas las guerras llevadas a cabo contra los intentos de asentamiento españoles, en particular en 1562 y en 1577. Es particularmente llamativo al respecto el que se reivindiquen las tierras “[…] que corran hasta la población del dicho governador Po de Abreu”, un lugar citado dos veces en el texto y que indica sin lugar a dudas la implicación privilegiada de los llamados pulares en los enfrentamientos que terminaron con aquel intento de fundación. Por fin, el contexto general, ya no solo del documento sino del conjunto del fondo en el que se inserta, da la medida del tipo de relación mantenida entre los primitivos vecinos del fuerte militarizado de Salta y las poblaciones indígenas. Unas relaciones en las que privaba la violencia de la conquista y la fuerza bruta, como lo indica lo que hemos llamado una toponimia del terror. Es altamente improbable que en este contexto Calibay y los suyos hayan podido escapar de semejante panorama y mantener unas relaciones horizontales de negociación fuera del marco de coerción evocado. Nos inclinaríamos, por lo tanto, más bien hacia la conclusión de que el cambio de actitud escenificado y ratificado oficialmente en la extensión de esta peculiar merced de tierra marca la incorporación formal de los indios del repartimiento de los pulares, perteneciente a Bartolomé Valero, al espacio de obediencia colonial paulatinamente impuesto a partir de la ciudad de Salta. Prefigura el paso al estatuto de “domésticos” y “amigos” de los demás grupos del norte del Valle Calchaquí subsumidos luego en la misma categorías de “pulares” por las autoridades hispano-criollas, no mediante negociaciones sino a través de la fuerza militar: las colleras de Ramírez de Velasco de 1588 y la permanente presión ejercida por la cada vez más pujante ciudad de Salta a partir de la década de 1590, que impulsó una modificación radical de esos grupos diaguitas, “reducidos” a pueblos coloniales, sometidos a la mita y a las exigencias de sus encomenderos, al contrario de sus vecinos “calchaquíes” de los que las fuentes irían a diferenciarlos cada vez más, por razones conductales y no culturales.

31De modo que este documento es en parte una “fuente indígena”, en la medida en que proporciona valiosas informaciones sobre los indios del repartimiento de los pulares en una fecha muy temprana, su localización y su protagonismo en las guerras anteriores a la fundación efectiva de Salta. Nos parecería sin embargo totalmente ilusorio leer la petición de Calibay fuera del marco asimétrico de las relaciones coloniales. A falta de más datos, pensar que la voz del “cacique principal del repartimiento de los pulares” pudiese ser libre o que su cargo colonial reflejara una jerarquía autónoma que a su vez nos pudiera informar sobre la estructura política del grupo aludido, nos parece muy arriesgado. Ir más allá de lo que aconseja un análisis crítico del documento es arriesgarse a adorar un “fetiche”, para retomar el término algo provocador de los coordinadores de la presente propuesta temática. 

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Bibliografía

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Notas

1 El documento original fue fotografiado en mayo del 2010 por el autor a partir del original, el cual se puede consultar en el Archivo Histórico y Biblioteca de Salta (Salta capital) con la referencia siguiente: Fondo de mercedes y solares Carpeta n° 105. La transcripción es también del autor, a partir del original, cotejado con la versión publicada anteriormente por Atilio Cornejo y Miguel Angel Vergara en 1938 y republicada en 2010 por Fernanda Elisa Bravo Herrera (véase más adelante).

2 AHBS, Fondo de mercedes y solares Carpeta n° 105.

3 El acta de fundación figura en Levillier Nueva Crónica de la conquista del Tucumán (1926, pp. 318-320).

4 Gonzalo de Torres Hinojosa pide tierras situadas en el Río de Ciancas y junto al pucará de Gonzalo de Abreu. 20-04-1585”, Cornejo y Vergara (1938, pp. 111-112).

5 El trabajo más reciente que retoma esta perspectiva generalmente aceptada es el artículo por otra parte muy interesante de Quintián (2008).

6 Analizamos esta cuestión en Giudicelli (2007 y 2011).

7 Jerónimo García de la Jara, Procurador mayor de la ciudad de Lerma pide al teniente de gobernador capitán Antonio de Alfaro no permita que salgan de la ciudad los vecinos para que no quede desamparada. 21-08-1583”, en Cornejo y Vergara (1938, pp. 59-60).

8 “Pedro Sotelo Narváez, para el licenciado Cepeda, presidente de la Audiencia de los Charcas”, en Levillier (1926, vol 3, p. 329).

9 “Carta del gobernador D. Juan Ramírez de Velasco al virrey del Perú, conde del Villar, 06-04-1587”, en Levillier (1920, vol I, pp. 209-213).

10 “Carta del capitán Alonso Díaz Caballero al Rey, 21-01-1564”, en Jaimes Freyre (1915, vol. 1, pp. 34-40).

11Carta a SM del gobernador Gonzalo de Abreu, 20-03-1577”, in Levillier (1920, vol. I, p. 60).

12 Provisión del virrey don Francisco de Toledo, encargando al nuevo gobernador de Tucumán Gonzalo de Abreu, la fundación de un pueblo en el valle de Salta. La Plata, 27-10-1573”, en Levillier (1926, vol.3, pp. 243-247).

13 “Carta de Hernando de Retamoso a S.M. 1582, 25-01”, en Levillier (1926, vol.3, p. 295).

14Carta del gobernador del Tucumán Juan Ramírez de Velasco participando el resultado que hasta entonces tenía su expedición a las rancherías de Calchaqui. 19-04-1588”, en Levillier (1920, vol. I, pp. 240-246).

15 AHT (Archivo Histórico de Tucumán), Documentación complementaria, Protocolos, caja 3, n° 2 1583, 10-07, Santiago del Estero, “Toma de Posesión por Luís de Cabrera de una india llamada Concol y de un muchacho llamado Juan Colombe, indios de la quebrada de Salta, concedidos por el gob. Hernando de Lerma”.

16 Francisco Velázquez pide se le devuelvan los caciques e indios de su pueblo encomendado, 19-04-1584”, en Cornejo y Vergara (1938, p. 65).

17 “Luís de Torres Hinojosa pide tierras situadas en el río de Ciancas y junto al pucará de Gonzalo de Abreu, 20-02-1585, en Cornejo y Vergara (1938, pp. 111-112).

18 AGN, Sala IX, documentos relativos a la fundación de Salta, “Merced de encomienda del pueblo de Amimaná a Juan de Abreu, 30-07-1592”.

19 Por ejemplo en la “Provisión del virrey del Perú para que el gobenador de Tucumán, Gonzalo de Abreu, luego que tome posesión dé por nulos los repartimientos y encomiendas que hubieren hecho sus antecesores”, del 27-10-1573, es decir diez años que reiteraba […]por quanto por leyes y provisiones de su magestad está proveido e ordenado que no se puedan dar ni encomendar ningunos yndios por noticia, en Levillier (1920, vol. 2, pp. 4-5).

20 En Cornejo y Vergara (1938, p. 77).

21 Francisco Velázquez pide restitución de indios y caciques, el 10 de abril de 1584”, Cornejo y Vergara (1938, p. 67).

22 ibid., 68.

23 AHT, Protocolos. Vol. 2, Fs 287-287v.

24 Nada indica que los pulares hayan tenido un manejo del quechua superior al de los demás grupos diaguitas antes de su integración en el mundo colonial. Lo practicaban aparentemente mejor que sus vecinos “calchaquíes” después de su integración en los circuitos de producción colonial, igual que los demás indios de la falda oriental del Aconquija, por ejemplo. Sobre este punto, véase Rodolfo Cruz (1997), Noli (2001), Giudicelli (2007 y 2011).

25 En el caso ya citado de la toma de posesión de la encomienda de Amimaná por Juan de Abreu el 14-09-1596, por ejemplo, la declaración de los indios queda registrada […] por mi el escribano [un tal Pedro Hernández] que sé muy bien la lengua diaguita.

26 Algo ya subrayado en su tiempo por Lorandi y Boixados (1987-88).

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Índice de ilustraciones

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Título Firma de Calibay
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Título Firma de Bartolomé Valero y del escribano, Diego Camacho
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Para citar este artículo

Referencia electrónica

Christophe Giudicelli, «Calibay o la tempestad»Corpus [En línea], Vol 3, No 1 | 2013, Publicado el 15 junio 2013, consultado el 04 octubre 2024. URL: http://journals.openedition.org/corpusarchivos/336; DOI: https://doi.org/10.4000/corpusarchivos.336

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Autor

Christophe Giudicelli

CNRS-Cerhio (équipe Chaca / Université Rennes 2, Francia. Correo electrónico: cgiudicelli.terra@wanadoo.fr

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