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Crítica

Los Protocolos de Escribanos de Córdoba: posibilidades y límites para el estudio de las movilidades en el último cuarto del siglo XVI

Notarial records of Córdoba: possibilities and limits for the study of mobility in the last quarter of the 16th century
Constanza González Navarro, María Marschoff, Noelia N. Silvetti y Justo R. Tapia

Resúmenes

Presentamos un análisis de los protocolos de escribanos de la ciudad de Córdoba en el último cuarto del siglo XVI para reconocer las posibilidades y límites que presentan para el estudio de las movilidades de personas y bienes desde y hacia la jurisdicción en cuestión. El estudio se centra en los aspectos metodológicos del estudio de este tipo de documentación y busca destacar el valor de las escrituras públicas, en tanto fuentes seriables, para la historia social y económica a escala local como regional y/o global.

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Notas de la redacción

Fecha de recepción del original: 22/03/2022

Fecha de aceptación para publicación: 10/10/2022

Texto completo

Introducción

1Situada al sur del Virreinato del Perú dentro de la entonces Gobernación del Tucumán, la ciudad de Córdoba de la Nueva Andalucía fue fundada el 6 de julio de 1573 por el conquistador Gerónimo Luis de Cabrera al mando de un grupo de poco más de un centenar de hombres. Los datos disponibles sobre la cantidad de habitantes permanentes en las primeras décadas de su existencia deben ser considerados con precaución. Muchos de ellos surgen de listas de vecinos incluidas en las Actas Capitulares de la ciudad: así, en 1590 se contaron 39 hombres y en 1601 se consignaban 46 vecinos listados (Santillán Vélez, 1882b p. 176; 1882c, pp. 198-199). Contamos también con algunas referencias generales, tales como las ofrecidas por Pedro Sotelo Narvaez en 1582, cuando hablaba de 40 encomenderos en el distrito (Berberián, 1987, p. 241), o las del gobernador Alonso de Ribera en 1607, quien en carta al Rey refirió que Córdoba contaba con 60 vecinos (Segreti, 1973, p. 39). Estos datos aludían básicamente al número de vecinos del sector social más prominente, sin considerar a los miembros de sus familias. Cabe mencionar además que en esas cifras no están incluidos los nativos ni los esclavizados, como así tampoco los segmentos sociales medios. Estos últimos revisten particular interés puesto que abarcaban no sólo a artesanos y “oficiales” varios, sino también a pequeños mercaderes y fleteros (Bixio y González Navarro, 2019, p. 6) quienes serían actores clave en el despliegue de los procesos de movilidad que incluyeron a Córdoba. Esta información permite dimensionar al conjunto de habitantes estables de la ciudad, cuyo carácter reducido no debe inducir necesariamente a pensar que fueran poco dinámicos a la hora de impulsar movilidades que se proyectaban en distintas direcciones desde el núcleo urbano y su jurisdicción. Estos diferentes actores son quienes, según sus necesidades, impulsaron la generación del corpus de documentación en el que basamos nuestros estudios.

2Desde la experiencia humana, moverse a distintas escalas es un hecho común e inevitable (Revill, 2011) pero particularmente construido (Cresswell, 2011). En el ámbito de la Geografía, así como en otras disciplinas, las movilidades han sido repensadas desde una perspectiva interdisciplinaria y multiescalar proponiéndose estudiar tanto la materialidad misma del traslado de cosas, gente e ideas, como los significados de ese movimiento y sus prácticas (Cresswell, 2010, 2011, 2012; Sheller y Urry, 2006; Revill, 2011).

3En este “giro” de las ciencias sociales (Sheller y Urry, 2006) se incluyen como posibles objetos de estudio los movimientos a escalas espaciales, temporales y sociales mayores (como pueden ser algunas migraciones, movimientos de un lugar hacia otro), los circuitos de mayor o menor tamaño y con uno o más sentidos que establecen patrones cambiantes a partir de movimientos repetitivos (como algunos circuitos comerciales regionales o interregionales) y los movimientos más pequeños, cotidianos, a veces menos organizados, analizados a escalas temporales, espaciales y sociales más pequeñas (de individuos u organizaciones domésticas). Ello implica la necesidad de prestar atención tanto a la movilidad como a su ausencia, al devenir histórico de las movilidades, al afecto y los sentimientos implicados, a las políticas y formas de gestión de la movilidad, entre otros tópicos (Cresswell, 2011, 2012; Sheller y Urry, 2006).

4La Historia también se ha preocupado por el estudio de las movilidades en el territorio americano durante el período colonial y cómo éstas incidieron en el afianzamiento de los espacios colonizados (Sánchez Albornoz, 1990; Musset, 2011, entre otros), en la propagación de enfermedades (Cook, 2005), en la configuración de los mercados (Assadourian, 1982; Tandeter, 1992), en el corrimiento de las fronteras (Raminelli, 2013), en la difusión de las ideas y creencias (Gruzinski, 2007 [1991]), en la transformación de las prácticas de consumo (Aram y Yun Casalilla, 2014), en la difusión de lenguas (el castellano o lenguas generales) como herramienta evangelizadora (Peña, 1997; Muñoz Machado, 2017, etc.), y en la extensión de la burocracia castellana como instrumento del gobierno y dominio de la monarquía hispánica (Gómez Gómez, 2016).

  • 1 Cabe aclarar que no postulamos la idea de las movilidades como un fenómeno autónomo del resto de la (...)

5Recientemente la circulación de personas ha sido aprehendida desde una concepción más global y menos atada a las historias aisladas de espacios locales o regionales específicos (González Martínez, Uribe y Bonnett Vélez, 2016; Freist, 2017; López Galviz, 2018; Yun Casalilla, 2019; Rey Castelao, 2020). En esta renovada sensibilidad, este fenómeno aparece como un proceso multiescalar y multidimensional (Santos Pérez, 2020, pp. 37-48) que permite poner en perspectiva la historia del mundo ibérico y de América, y mirar lo global a través de lo local (Yun Casalilla, 2020, p. 258). Este enfoque multiescalar sirve de base para discutir cómo las movilidades –junto a otros factores- fueron configurando el espacio colonial y el lugar cambiante que ocupó en él la ciudad de Córdoba en el marco cronológico comprendido entre 1573 y 1600.1 En él se enmarcan los intereses generales de nuestro proyecto de investigación centrado en los movimientos de personas y objetos en los momentos tempranos de ocupación colonial.

6En este artículo ponemos el acento en una escala macro de movimientos, donde la ciudad de Córdoba constituye un lugar de recepción, tránsito o salida de personas y objetos –con diferentes niveles de permanencia- en el conjunto del espacio. Los límites del espacio analizado no han sido fijados a priori sino definidos conforme a dichos movimientos identificados. El objetivo principal del presente trabajo consiste, por tanto, en explicitar y discutir el abordaje metodológico adoptado cuya fuente principal está constituida por los protocolos notariales.

7Se han relevado los primeros 13 tomos de escrituras correspondientes al Registro 1 del Fondo de Protocolos del Archivo Histórico de la Provincia de Córdoba (que comprenden el período 1574-1600) y se construyó una base de datos en el programa Excel de Microsoft con la información de todos aquellos documentos que daban alguna indicación de movimiento de personas o bienes desde o hacia la jurisdicción de Córdoba. En total esta base reúne 1866 escrituras, que representan el 74,5 % del total de 2497 labradas en el mismo período.

8El corpus de documentación resguardado en el Archivo Histórico de la Provincia de Córdoba tiene características excepcionales, sobre las cuales profundizaremos en los siguientes apartados, que permiten trabajarlo de manera seriada abarcando largos períodos de manera completa. Aquí, con las movilidades como objeto de análisis, presentamos las decisiones metodológicas tomadas en su procesamiento a partir de una evaluación de las fortalezas, debilidades y adecuación a nuestro objeto de estudio de estos datos, y teniendo en cuenta las posibilidades de su uso futuro para diversas líneas de análisis.

9El artículo se estructura en tres partes. La primera se concentra en la crítica de la fuente propiamente dicha, haciendo especial énfasis en sus condiciones de producción ya que ellas son el primer paso para evaluar los límites y alcances de la fuente así como su adecuación al objeto de estudio planteado. La segunda refiere a la metodología utilizada para el análisis del fondo de protocolos de Córdoba desarrollada en función de los objetivos generales del proyecto y en donde se identifican las dimensiones de análisis consideradas. Finalmente, se presentan algunos de los resultados preliminares obtenidos respecto del estudio de las movilidades a una macroescala entre 1574 y 1600 a fin de evaluar las dificultades y posibilidades encontradas en el proceso.

Primera Parte

La fuente: los Protocolos de Escribanos

10Según Mijares Ramírez (1997, 2017), los protocolos notariales están constituidos por un conjunto de documentos, específicamente escrituras públicas, cuya creación se enmarca dentro del derecho civil y que refieren a las relaciones privadas entre personas y entre ellas y el Estado. Redactadas por escribanos, las escrituras son consideradas públicas por estar expedidas frente a estos profesionales; pero también son privadas ya que el origen de su materialización en papel por un escribano está en la decisión de acción de personas particulares y refieren a actos realizados dentro del derecho privado, incluyendo la regulación de las acciones de individuos, la familia y la propiedad (Mijares Ramírez, 1997).

11Si nos referimos a la Edad Media o la temprana Modernidad, la ambigüedad atraviesa este tipo de documentos ya que no es posible identificar la figura del Estado sino el de una “Monarquía compuesta” (Elliot, 2010, p.29-54). En efecto, durante el Antiguo Régimen resulta particularmente conflictivo definir documentos de carácter estrictamente público debido a que la Monarquía no monopolizó el ámbito de lo público ni la expedición de los documentos públicos (Gómez Gómez, 2005, p. 55). La expansión de los territorios pertenecientes a la Monarquía hispánica revelan no sólo un crecimiento de la burocracia sino también la eclosión de lo escrito y la multiplicación de los tipos documentales reales (Gómez Gómez, 2002), proceso que también tuvo eco en la actividad de los escribanos.

12Según Hidalgo Nuchera (1994) para ejercer la función de escribano se necesitaba un título habilitante despachado en nombre del Rey concediendo el grado de escribano real y habilitando al interesado para optar por una plaza de escribano en la Casa Real (escribano de Corte) o en una ciudad o pueblo (escribano Público) (p. 308). Si bien en 1564 Felipe II dictó una ley por la cual prohibía a los virreyes, audiencias, gobernadores, jueces, pesquisidores y alcaldes a despachar títulos de escribanos perpetuos o temporales, la excepción fue planteada para subsanar situaciones locales de carencia de estos profesionales (A. Tanodi, 1974, pp. 23-24). Es importante hacer referencia a la excepción que plantea esta ley, ya que mediante ella se comprende la manera en que se cubrieron las constantes vacantes de escribanos en la recién fundada Córdoba.

  • 2 En Córdoba se empleó de manera indistinta los términos escribano público y escribano público del nú (...)

13En la ciudad de Córdoba, los que con más frecuencia tuvieron actuación pública fueron los “escribanos de número”2 y los “escribanos de cabildo”. Los escribanos de número eran aquellos funcionarios autorizados a dar fe de los contratos entre partes, testamentos y autos extrajudiciales. Su “número” variaba según las necesidades de cada ciudad y, en el caso de Córdoba, durante grandes lapsos de tiempo hubo un sólo escribano. Por la tarea de labrar escrituras de particulares cobraban un arancel previamente establecido y debidamente publicitado en su lugar de trabajo (Hidalgo Nuchera, 1994; Burns, 2005; Argouse, 2016; Wasserman, 2016; Mijares Ramírez, 2017). La garantía de la seguridad de las acciones protocolizadas radicaba en el hecho de que, además de hacerse copias o traslados de las escrituras para las partes, los originales quedaban celosamente guardados en los libros matrices o protocolos que daban forma al archivo del propio escribano (Hidalgo Nuchera, 1994; Mijares Ramírez, 1997; Argouse, 2016). Esos registros, en algunas circunstancias y lugares, llegaron hasta nuestros días.

14Los escribanos de cabildo, por su parte, cumplían sus funciones en el seno de la corporación capitular, y se encargaban de escribir la correspondencia, extender actas, dar fe de los acuerdos y custodiar los documentos emitidos (González Navarro y Benito Moya, 2017).

15Al principio de la fundación de la ciudad (1573), Córdoba contaba con un escribano público de número y un escribano público de cabildo, pero en muchas ocasiones ambas funciones quedaron reunidas en la misma persona, como así también quedó condensada la atribución de confeccionar escritos y dar fe de los actos en el marco de los procesos civiles y criminales (Hidalgo Nuchera, 1994; González Navarro y Benito Moya, 2017; Mijares Ramírez, 2017). Ello da cuenta de este solapamiento de funciones y las posibles implicancias para la historia de la formación de los fondos documentales (González Navarro, 2014; González Navarro y Benito Moya, 2017).

  • 3 Pérez recibió su nombramiento del gobernador Gonzalo de Abreu de Figueroa el 16 de marzo de 1574, p (...)
  • 4 Según lo observado por Aurelio Tanodi, Pérez no extendió escrituras en su registro entre el 6 de ju (...)

16El primer escribano público de Córdoba nombrado por Gerónimo Luis de Cabrera en 1573 fue Alonso Gómez de la Cámara. (Santillán Vélez, 1882a, p. 102) No tenemos conocimiento sobre el desempeño que tuvo en el oficio, debido a que no han quedado escrituras por él confeccionadas (A. Tanodi, 1974, p. 65; B. Tanodi, 1996, p. 2). Alonso Gómez de la Cámara fue sucedido en el cargo por Juan Pérez Montañés, o simplemente Juan Pérez como firmaba en las escrituras por él confeccionadas.3 Su ejercicio fue errático, tanto en la escribanía pública4 como en la de Cabildo, como queda reflejado en los nombramientos provisorios que registran las Actas y en la actuación de otros escribanos en el registro de escrituras públicas (B. Tanodi, 1996, p. 3).

  • 5 Alonso de Cárdenas ofició de escribano público entre el 26 de junio de 1575 y el 2 de julio de 1575 (...)
  • 6 Diego de Padilla confeccionó escrituras entre el 23 de julio de 1575 al 4 de enero de 1576. (Moyano (...)

17En los momentos en que Pérez no ejerció su oficio de escribano público, las escrituras fueron registradas primero por Alonso Cárdenas5 quién era escribano real y luego por Diego de Padilla6, quien dejó el cargo cuando Juan Pérez presentó una Provisión por la cual se lo ratificaba como escribano público y de cabildo de forma vitalicia.

18Pérez dejó ambas escribanías el 20 de julio de 1576 debido a problemas con la justicia. (B. Tanodi, 1996, p. 3) En su reemplazo fue nombrado Gerónimo García de la Jara (Santillán, 1882a, pp. 242-245), quien ofició en ambas escribanías hasta el 1 de diciembre de 1576, fecha en la que Pérez fue restituido como escribano público y de cabildo. No obstante, su regreso, la actuación de Pérez vuelve a ser irregular, ausentándose varias veces de la ciudad. (B. Tanodi, 1996, pp. 3-4) Finalmente Juan Pérez dejó ambos cargos definitivamente el 29 de mayo de 1579 cuando Juan Nieto fue nombrado escribano público y de cabildo (A. Tanodi, 1974, p. 69; B. Tanodi, 1996, p. 4). A partir de aquí, los oficiales de pluma que ejercieron el cargo en Córdoba tuvieron una actuación más estable (Tabla 1).

Escribanos

Título de escribano

Fechas de la primera y última escritura registrada

Alonso Gómez de la Cámara

Público

Circa 1573-1574. No se identificaron escrituras.

Juan Pérez

Público y de Cabildo

10/04/1574 al 16/12/1578

Alonso de Cárdenas

Real

26/06/1575 al 07/07/1575

Diego de Padilla

Público

23/07/1575 al 04/01/1576

Jerónimo García de la Jara

Público

22/07/1576 al 20/11/1576

Gabriel García

Real

17/04/1597 al 14/01/1598

Juan Nieto

Público y de Cabildo

29/05/1579 al 14/07/1600

Juan Díaz de Ocaña

Público y de Cabildo

17/07/1600 al 04/05/1608

TABLA Nº1. Lista de escribanos de Córdoba (1573-1600)

Fuentes: (Santillán Vélez, 1882a, p. 102; Alejandro Moyano Aliaga, 1970, p. 3)

Antecedentes de trabajo con protocolos notariales

19El estudio de la actuación de los escribanos de número se ha plasmado en una abundante producción historiográfica que se desarrolló en torno a dos ejes: la práctica notarial y la actividad notarial. Mientras la primera comprende la aplicación de los preceptos normativos que rigen la fe pública, la relación entre los notarios y los clientes y el comportamiento de los notarios como grupo social (Cruselles Gómez, 2004, pp. 11-12); la segunda se ocupa más específicamente del conjunto documental generado como producto de la actividad.

20Los enfoques han ido variando a través del tiempo: en la historiografía tradicional de la primera mitad del siglo XX, por ejemplo, los documentos notariales han sido utilizados esencialmente como fuente de datos biográficos y de segundo rango; pocos son los trabajos que los utilizan como fuente de primer rango (Eiras Roel, 1984; Cruselles Gómez, 2004; Mijares Ramírez, 1997, 2017).

21En el mundo americano colonial algunos de los trabajos precursores y señeros que utilizaron los registros de protocolos fueron los de Jean Borde y Mario Góngora para Chile (Borde y Góngora, 1956; Góngora, 1960, 1970) seguidos de Álvaro Jara (1959), entre otros. A partir de los años ‘80 se dio impulso a nuevos estudios que aprovecharon el carácter serial o seriable de estos registros (Lockhart, 1982, Cruselles Gómez, 2004, Poloni-Simard, 2006, Presta, 2013, Argouse, 2016, etc.). Entre estos últimos son particularmente innovadoras las investigaciones que implican la transformación de la información cualitativa en información seriada (Mijares Ramírez, 2017), lo cual fue posible a partir de la generalización de la tecnología informática. Es dentro de esta línea de trabajo que insertamos nuestros esfuerzos metodológicos con los protocolos notariales cordobeses.

22Para el contexto particular de la ciudad de Córdoba en los siglos XVI y XVII también es posible identificar los avances de una historia serial anclada en el paradigma europeo del “análisis cuantitativo de series documentales homogéneas” (Aries, 1982, pp. 15-16). Ese paradigma serial fue iniciado por Ernest Labrousse para el estudio de los precios y salarios y continuado más tarde por su discípulo Michael Vovelle para el estudio de la muerte y el proceso de descristianización de la Provenza en el siglo XVIII (Vovelle, 1973). Los aires franceses arribaron a los ambientes intelectuales cordobeses de la mano de Ceferino Garzón Maceda, quien desde el Instituto de Estudios Americanistas impulsó la renovación en los inicios de los ’60. Su enfoque económico-social, promotor de una historia problema, del estudio de los procesos y de los fenómenos asentados sobre una teoría económica y una metodología fuertemente heurística, de corte serial, cuantitativo y estadístico (Remedi, 2016), dio por fruto los primeros resultados sobre los registros de protocolos abordados de manera sistemática (Garzón Maceda, 1968). Su labor y su línea de trabajo fueron seguidas por sus discípulos Carlos Sempat Assadourian y Aníbal Arcondo, entre otros. El primero de ellos se abocó inicialmente a las compraventas de esclavos (Assadourian, 1965) y luego a las transacciones protocolizadas de ganado para los siglos XVI y XVII a fin de construir un modelo regional de relaciones de intercambio y producción (Assadourian, 1973, 1982). Por su parte, Arcondo (1992) se enfocó en el estudio de los precios y la población de Córdoba a partir de fuentes seriables alternativas como registros de contabilidad y actas de bautismo y defunción.

23En esta misma línea se encuadran los trabajos posteriores de Piana de Cuestas (1992) sobre la encomienda, donde analiza los registros de salida de harinas de la jurisdicción; también los trabajos, aún inéditos, de Pita y Tomadoni (1994) sobre el comercio de esclavos en el período temprano colonial y el de Ferrero y Nicolini (2002) sobre el mercado de inmuebles en Córdoba desde 1573 a 1700. Todas estas contribuciones son de corte económico o económico-social y abordan fenómenos de mediana o larga duración.

24Otros aportes que exploraron la potencialidad de los protocolos notariales se inclinaron por enfoques de tipo demográfico como el trabajo -inédito- de Sánchez (1970) sobre el registro de salida de indios de la jurisdicción entre 1573 y 1616, el de Gould, Largo y Lobos (1986) sobre los conciertos de indios, y más tarde la voluminosa labor colectiva en pos de identificar la composición, origen y destino de las oleadas de inmigrantes europeos que llegaron a Córdoba entre 1573 y 1700 (Lobos y Gould, 1998).

25El enfoque de larga duración también ha prosperado en líneas de trabajo asociadas a la tercera generación de Annales, como el libro de Bustos Posse (2005) que encara grandes volúmenes de documentación de la serie de testamentos (del fondo protocolos y del fondo de justicia) a lo largo de los siglos XVI y XVII para abordar uno de los problemas emblemáticos de la historia de las mentalidades como las concepciones acerca de la muerte. Su enfoque no es de tipo cuantitativo labrousseano sino que explora una aproximación hacia las subjetividades de lo social en clave de larga duración.

26También Luque Colombres (1980) reconoció la potencialidad de estas fuentes. Su análisis no pretendió analizar este conjunto documental como serie (reconociendo intensidades, ciclos o tendencias) sino que apuntó al estudio de un proceso de larga duración: la evolución de la ocupación de la traza urbana entre 1573 y 1700 a partir del estudio de escrituras y títulos de propiedad.

  • 7 1574-1587: Branka Tanodi (dir. Carlos Luque Colombres, 1971); 1598-1602: Raquel G. del Valle Dorado (...)

27Claramente todos los autores mencionados, influidos por diferentes vertientes de la Escuela de los Annales y en gran parte también tentados por el volumen, riqueza y completitud del fondo de protocolos cordobeses, han reconocido su gran valor para el estudio de fenómenos de mediana y larga duración y no sólo como un recurso de “segundo orden” para el estudio de la historia colonial. El reconocimiento del potencial que esta fuente ha tenido desde la segunda mitad del siglo XX fue influido por la intensa labor de numerosos estudiantes de la carrera de Historia y Archivología que, dirigidos e impulsados por los profesores Aurelio Tanodi, María Elsa Fajardo y Carlos Luque Colombres, desde la década de 1960 y hasta los 80’ se dedicaron a elaborar meticulosos catálogos de las escrituras públicas como trabajo final de sus carreras.7

28En el presente siglo, con excepción de algunos trabajos como los ya citados de Ferrrero y Nicolini (2002), Bustos Posse (2005), y el más reciente trabajo de Marschoff (2021) sobre el estudio del movimiento de la población de Esteco en el siglo XVII, la mayor parte de la historiografía colonial de Córdoba no ha encarado trabajos que supongan el tratamiento de grandes volúmenes de documentación seriada proveniente específicamente del fondo de protocolos.

Los sesgos del fondo de protocolos

29En este punto nos proponemos analizar las condiciones de producción del fondo para poder dar cuenta del alcance y posibilidades que ofrece para nuestra investigación y cómo se adecua a los fines propuestos. Al respecto Ann Laura Stoler propone pasar de la metáfora extractiva al ejercicio etnográfico, donde el archivo se concibe como objeto, como lugar donde se expresa el poder y como campo de fuerzas donde operan pasado y presente. Este enfoque nos invita a reflexionar acerca de las voces que se registran y las que se silencian en el archivo, y a descubrir las diferentes prácticas, políticas archivísticas, protocolos de organización, que han permitido la conservación o eliminación de ciertos documentos o registros (Stoler, 2010).

30Para empezar, es necesario tener en cuenta que las escrituras públicas estuvieron en manos de los escribanos de cada registro y recién con la Ley Orgánica de 1882 pasaron a conformar uno de los fondos del Archivo General de Tribunales junto al fondo de justicia (González Navarro y Benito Moya, 2017). La transferencia fue paulatina y se efectivizó entre fines del siglo XIX y principios del XX.

  • 8 Desde la fundación de la ciudad y hasta mediados del siglo XVIII Córdoba cuenta con un solo registr (...)

31El volumen de este fondo es sin duda un problema importante a la hora de realizar su abordaje, particularmente si nos referimos al siglo XVIII donde nos encontramos ya con cuatro registros diferentes.8 El Registro 1 cuenta con un total de 13 tomos entre 1574 y 1600 y 82 tomos entre 1601 y 1700. Según nuestro propio estudio, los primeros 13 tomos poseen con un promedio de 192 escrituras por tomo y reúnen un total de 2497 escrituras labradas.

32Por otro lado, dado que en la ciudad de Córdoba la práctica del oficio de los escribanos de número estuvo unida a su actividad como escribanos/secretarios en las causas judiciales, esta doble faceta de los oficiales de pluma pudo afectar la estructura y conformación de los respectivos fondos donde pueden hallarse documentos intrusos en uno y otro. Así, por ejemplo, en el tomo 5 del Registro 1 de Protocolos se encuentran incorporados el proceso sucesorio de Nicolao de Dios y de Bernabe Mexia así como la tasación y partición de bienes de Francisco Rodriguez. También podemos encontrar en el fondo de justicia testamentos, títulos de merced y encomienda y otras escrituras originales (y no traslados) incorporados a los procesos.

33Evaluar la representatividad de estos documentos es una cuestión compleja (Cruselles, 2004, p. 17) ya que, para el caso de Córdoba, no sabemos exactamente cuanta documentación no llegó a formar parte del acervo archivístico actual. Hasta fines del siglo XIX los escribanos fueron la pieza clave en la custodia, organización y conservación del fondo, con muy escaso control institucional sobre su manejo interno. La encuadernación de las escrituras, siguiendo un orden cronológico, recién se produjo entre fines del siglo XIX y principios del siglo XX cuando éstas quedaron en manos del Archivo General de Tribunales. Hasta entonces, pudieron ocurrir alteraciones o pérdidas. Un análisis del tomo 3 del Registro 1 nos permite determinar ciertas diferencias entre las escrituras encuadernadas y las registradas por el escribano: en este caso se contabilizaron un total de 167 escrituras encuadernadas (más 5 cancelaciones de obligación con notas marginales) que comparada con las cifras consignadas por el escribano Jhoan Nieto al cierre de ese año (145 en total) da una diferencia de 14 escrituras. Esto revela que el oficial de pluma cometió algún error en la contabilización, o bien, que en algún momento hubo modificaciones en la estructura del subfondo. Estos aspectos se relacionan con diferentes contingencias como el manejo particular de cada escribano, la ausencia del notario en ciertas épocas, el traspaso de las escrituras a los sucesores de los registros a lo largo de los siglos e incidencias contextuales diversas (guerras, incendios, mudanzas, decisiones institucionales, políticas archivísticas, etc.) que pudieron afectar la conservación de los documentos referidos.

34Finalmente, un aspecto central a analizar es la representatividad social del registro de protocolos. Jacquart (1990) acuña el término “exclusión social diferencial”, que retoman otros autores, para indicar que dado que este tipo de escrituras implicaba una forma de gestión del patrimonio, cuanto menos posesiones tenía un sujeto, menos posibilidades tenía de estar representado. Si bien, siguiendo este criterio, los protocolos no resultan ser las fuentes más adecuadas para el estudio de los comportamientos de los grupos subalternos, dependiendo de las coyunturas que analicemos, ciertos grupos o segmentos de la sociedad pueden ser identificados y analizados a través de ellos. Las desigualdades sociales -entre las que podemos incluir las desigualdades en el acceso a la justicia o a los servicios de un escribano- no implicaban un distanciamiento absoluto entre las personas (Imízcoz Beúnza, 1996, p. 13-50) y los protocolos ofrecen el registro de relaciones verticales entre personas de distinto status social y jurídico. Así, por ejemplo, para el caso de Córdoba los registros de salida de indios de la jurisdicción, los contratos entre oficiales artesanos y aprendices, las compra-ventas de esclavos y los conciertos de indios son una pequeña muestra de algunos de los documentos donde es posible identificar, aunque sea con limitado alcance, el accionar o presencia de los grupos subalternos.

35Por otro lado, como señala Jacquart (1990), la cuestión de cuáles son los actos que ocurren ante el escribano y por qué se toma esa decisión constituye un prerrequisito de toda investigación. Los registros de protocolos muestran un panorama amplio de datos, pero también silencios y distorsiones que pueden pasar con la complicidad de las partes y del notario en múltiples ocasiones (Burns, 2005; Wasserman, 2018).

36Las escrituras públicas, además, excluyen a quienes recurren a los contratos orales o formas escriturarias no protocolizadas. Una muestra de ello son las llamadas cédulas que aparecen a menudo en los procesos judiciales, donde existen rendiciones de cuenta o acciones judiciales por parte de acreedores. Las cédulas eran documentos privados firmados entre partes -sin presencia de notario- donde se registraba una deuda pendiente de pago u obligación. Eran de uso cotidiano y de hecho Wasserman (2014) muestra que en Buenos Aires en el siglo XVII se utilizaban con mucha frecuencia para montos menores, mientras que las escrituras públicas se utilizaban para montos más altos o cuando había menor nivel de confianza entre las partes. La formalidad de la escritura habría suplido la confianza al servir de resguardo legal en futuros reclamos (Wasserman, 2015).

37Algunos elementos de contexto que pueden haber incidido en desalentar a los vecinos y residentes en el uso de la escritura pública y optar por la privada, son los impuestos a las transacciones comerciales, como las alcabalas (García Ulecia, 1986), pagados generalmente por el vendedor. Los potenciales impuestos posiblemente hayan orientado la elución de la escritura pública para algunas transacciones con el objetivo de resguardarse de reclamos posteriores, especialmente durante el siglo XVII, cuando ya se implanta plenamente en nuestro caso el aparato administrativo de cobros.

38Una vez considerado el fondo en su conjunto, hemos podido establecer qué dimensiones de análisis se hallaban más afectadas por los sesgos. En la tabla siguiente se resumen esas conclusiones a partir de tres grados de afectación diferentes.

Grado de afectación

Dimensiones de análisis

No afectadas o poco afectadas por los sesgos

Fecha de escrituración, objetivo de la escritura, nombres de las partes involucradas, lugar donde se encontraban las partes al momento de la escrituración

Afectadas por los sesgos

Tipo documental, tomo, foliación, vinculación con otras escrituras, objeto de las escrituras que constituían transacciones, lugar de residencia y tipo declarado por las partes

Muy afectadas por los sesgos y/o sólo ocasionalmente registradas

Valor del objeto de la transacción, lugar en el que se encontraba el objeto de la transacción así como su destino final y origen, lugares de tránsito anteriores o previstos de las partes, origen remoto o de nacimiento de las partes, vínculos de las partes

TABLA Nº 2

39Considerando los sesgos y condicionamientos antes señalados se hizo necesario formular una metodología específica para el abordaje de los protocolos de escribanos de la ciudad de Córdoba. Estos procedimientos permitieron transformarla en una fuente seriada con posibilidades analíticas para dar cuenta de la dinámica de las movilidades en la ciudad.

Segunda parte

Metodología y abordaje de los Protocolos de Córdoba

40Para abordar el fondo de protocolos, y teniendo como unidad de análisis cada escritura firmada ante notario en Córdoba, se construyó una base de datos en el programa Microsoft Excel para describirlas. El desafío fue crear una herramienta que fuese operativa y que abarcara dimensiones de análisis que incluyeran los objetivos trazados por el proyecto y sus posibles desarrollos posteriores. Para la carga de la base de datos empleamos la información proporcionada acerca de cada escritura por catálogos, fichas catalográficas y los propios documentos originales.

41Los catálogos y las fichas catalográficas son instrumentos que describen las escrituras contenidas en los protocolos de forma individual proporcionando en cada caso signatura, data tópica, data crónica y resumen de alcance y contenido. En este último se consideran el tipo documental, las partes intervinientes, el resumen del negocio jurídico y los nombres de los testigos y del escribano. Para algunos temas de investigación estos datos son suficientes; sin embargo, la consulta al tomo original es ineludible si se quiere profundizar, por ejemplo, en el listado de bienes objeto de una transacción.

42Para los años 1574 a 1600 existen dos catálogos, uno confeccionado por Branka Tanodi (1971) que comprende los años 1574 a 1587 y otro elaborado por Raquel G. del Valle Dorado (1974) que abarca los años 1598 a 1602 (Ferrero y Nicolini, 2006). Por su parte, las fichas (elaboradas por Berta Magallanes, empleada del AHPC entre los años 70’ y 80’) incluyen la totalidad de estos años, así como también las que corresponden al lapso 1603-1650. Las fichas resultan a la postre más confiables y de fácil acceso para el período que aquí interesa, ya que la organización FamilySearch de la Sociedad Genealógica de Utah, Estados Unidos, las ha puesto a disposición en línea. Sin embargo, se encuentran algunos faltantes y en pocos casos el fichado del tomo es incompleto por lo que se hace necesario cotejarlas con un Catálogo si cuentan con él y/o con el tomo original.

43Por supuesto que la forma ideal de trabajar con los protocolos notariales es a través de los tomos originales, pero lamentablemente muchos de ellos se hallan fuera de consulta por cuestiones de conservación. Los tomos 1 a 12, correspondientes a los años 1574-1600, se encuentran digitalizados y sólo pueden ser consultados en formato PDF lo que a veces dificulta la lectura e interpretación de las grafías. Por su parte, el tomo 13 ha sido cotejado con los catálogos y fichas por ser inaccesible el original durante el confinamiento por Covid 19.

44Las unidades de análisis consideradas fueron las escrituras de las que participaban personas o bienes que ingresaban o salían de la ciudad de Córdoba y su jurisdicción. A ello sumamos la totalidad de las cartas poder porque consideramos que su escrituración se realizaba, en gran parte de los casos, ante la certeza o posibilidad del interesado de ausentarse de la ciudad, o bien para designar apoderados en otras jurisdicciones. Entendemos que estas escrituras deben ser trabajadas separadamente del resto del corpus documental relevado justamente debido a que su inclusión involucra un criterio de selección inicial diferente. Por otro lado, se seleccionaron también las transacciones que implicaban circulación de bienes dentro de la jurisdicción (exclusivamente objetos muebles de uso personal o mercaderías con fines comerciales). De este modo se ficharon 1862 escrituras para el período 1574-1600 (Figura 1).

FIGURA 1. Cantidad de documentos incluidos en la base a lo largo del período trabajado. Fuente: AHPC, Fondo de Protocolos Notariales, Registro 1, Núm. Inv. 1-13, Años 1574 a 1600

45En el gráfico se aprecia un aumento sostenido en la frecuencia de escrituras incluidas en la base (pero también totales). Esto es esperable dado el aumento del tamaño de la población y de sus vínculos y relaciones con otros lugares.

46Para el análisis de las escrituras se utilizaron tres conjuntos de dimensiones de análisis que se plasmaron en la base de datos. En primer lugar, aquellas relacionadas con el proceso de escrituración, archivado y fichado. En segundo lugar las que refieren al acto escriturado y, finalmente, las vinculadas a los participantes de dicho acto.

Primer conjunto: dimensiones de análisis vinculadas al proceso de escrituración, archivado y fichado

47En este primer conjunto se registraron la fecha de escrituración, tomo, foliación –tal como se consigna en el documento o en sus descriptores-, operador que realizó la carga de los datos y proveniencia (tomo original digitalizado, fichas o catálogo). También se indicaron el o los documentos a los que determinada escritura estaba vinculada directamente (cancelaciones o referencias a escrituras previas, por ejemplo) y el tipo documental. Esta última dimensión de análisis requirió iniciar un proceso de identificación, clasificación y caracterización de tipo diplomático y jurídico de las escrituras notariales analizadas y registradas en nuestra base de datos el cual se espera continuar y profundizar.

48La variada tipología documental reunida bajo la denominación genérica de protocolos notariales surge de la diversidad de negocios jurídicos en ellos contenidos y el caso de Córdoba no es una excepción. José Bono Huerta (1985) realizó una clasificación de los diversos tipos presentes en España, agrupándolos según un criterio sincrético diplomático-jurídico, en cuatro grandes categorías: documentos referentes a la persona y a la familia; documentos sobre relaciones matrimoniales; documentos sobre bienes, créditos y servicios y, finalmente, testamentos y liberalidades mortis causa. Dentro de cada una distinguió subcategorías que permitieron precisar más aún la naturaleza de cada tipo documental y el negocio contenido en ellos (Bono Huerta, 1985, pp. 31-41). En el conjunto de escrituras ingresadas a nuestra base de datos predominan las escrituras de poder (1016), las de obligación (437), las de venta (156) y las de concierto (63).

49De acuerdo con la clasificación de Bono Huerta (1985), las escrituras de poder corresponderían a la categoría “documentos referentes a la persona y a la familia” y dentro de ella a la subcategoría “documentos sobre la representación de la persona”. En la categoría “documentos sobre bienes, créditos y servicios”, se enmarcan las obligaciones y las ventas, mientras que las escrituras de concierto se integran en la subcategoría “documentos sobre los servicios y su locación”. A continuación se describen brevemente estos cuatro tipos teniendo en cuenta las particularidades de las contenidas en los protocolos cordobeses.

Escrituras de poder

50Como expresamos con anterioridad, a diferencia de otros tipos documentales, en el caso de las escrituras de poder decidimos el relevamiento de su totalidad por la presunción de la potencial movilidad que significaban para su otorgante o la intención de su accionar a distancia. La tendencia a la predominancia de los poderes en los registros de protocolos no obedece exclusivamente a esta decisión, sino que su importancia se hace presente en casi todos los fondos notariales coloniales. Esto se debe a que las escrituras de poder permitían que todas las personas que estuviesen habilitadas por la ley para realizar negocios jurídicos, pero que por algún motivo no pudieran concretarlos por ellos mismos, los efectuaran por medio de otra persona que actuara en su representación. De esta manera los poderes fueron un medio que facilitó el desenvolvimiento de los negocios al contribuir a la resolución de problemas como las grandes distancias y las dificultades de comunicación (Martínez López-Cano, Mijares Ramírez y Sanchiz Ruiz, 1996, p. LXV).

51Joaquín Escriche (1851[1831]) definió al poder como:

“facultad que da una persona a otra para que haga en su nombre lo mismo que ella haria por sí propia o en el negocio que le encarga, ó bien el instrumento en el que alguno da facultad á otro para que en lugar de su persona y representándola pueda ejecutar alguna cosa (p. 1353)”.

52Sobre los poderes que se realizan ante escribano público, Gabriel Monterroso y Alvarado (1598 [1566]) distinguió entre poderes generales y especiales. Los primeros eran otorgados para la representación en pleitos en causas civiles y criminales mientras que los poderes especiales servían para fines muy diversos como las ventas, trueques, enajenaciones, para desposar, realizar testamentos, etc. (Monterroso y Alvarado, 1598 [1566], ff. 123v-124v). Quien deja más claramente reflejada la diversidad de poderes que tienen lugar es Nicolás de Yrolo Calar (1996 [1605]) ya que en su formulario trata 33 tipos diferentes, algunos de ellos muy complejos debido a que en un mismo poder se conjugan más de un tipo (pp. 44-80).

53Por su parte, Ivonne Mijares Ramírez (1997), siguiendo una clasificación modernizada de los poderes a partir del objetivo de la escritura y las facultades que se conceden al apoderado, identifica cinco grupos: “los poderes para pleitos y cobranzas”, “los poderes para actos de administración”, “los poderes destinados a actos de disposición y dominio de propiedad”, “los poderes para actos sobre personas” y “los poderes para actos materiales” (pp. 191-216).

54Teniendo en cuenta los autores precedentes y a partir del análisis de las escrituras públicas cordobesas que hemos abordado adoptamos como criterio una clasificación amplia que iremos ajustando conforme avancemos con la investigación: 1) Poderes generales (para cobranzas y pleitos no precisados), 2) Poderes especiales (para actos de administración, para actos de disposición y dominio de propiedad, para actos sobre personas y actos materiales, para pleitos específicos) 3) Poder general y especial (abarca las cláusulas del poder general y alguno de los aspectos del especial).

Escrituras de obligación

55La carta de obligación hace su aparición en los protocolos notariales castellanos a finales del siglo XIV, llegando a ser un tipo documental muy frecuente en el siglo XVI. Desde el punto de vista jurídico, tiene como finalidad el reconocimiento de una deuda, lo cual implica que pueda ser originada por muy diversas causas (Aguilera Barchet, 1993, p. 306). Estos instrumentos son un compromiso mediante el cual el otorgante se obliga a pagar una cantidad por algo que ha recibido del acreedor producto de algún tipo de deuda como puede ser la producida por una venta, un alquiler, un arrendamiento, entre otros (García Moratalla, 1999, p. 217).

56La obligación es una relación personal entre dos sujetos, donde el acreedor es el sujeto activo y el deudor el pasivo. Esto se debe a la pervivencia de la tradición del derecho romano que otorgaba un carácter corporal a las obligaciones, lo que se observa claramente en la prisión por deudas. La obligación pesaba primero sobre la persona del deudor y luego sobre su patrimonio, por ser éste entendido como “una expresión de la persona física”. Es así que a falta de patrimonio con el cual responder a la obligación, el deudor debía responder con su persona (Levaggi, 1982, p. 18).

57Existen diversos tipos de obligaciones consignadas en los formularios de época (Diego de Ribera, 1577 [1563], ff. 66r-69r; Monterroso y Alvarado, 1598 [1566], ff. 146r-147v; Nicolás de Yrolo Calar, 1996 [1605], etc.). En base al tratamiento que hace Yrolo Calar (1996 [1605]) de las obligaciones, y la distinción que realiza de cada una de ellas según el motivo que las origina, Martínez López-Cano (Martínez López-Cano, Mijares Ramírez y Sanchiz Ruiz, 1996) propone la siguiente clasificación: 1) Obligaciones por mercaderías, 2) Obligaciones por préstamos, 3) Obligaciones procedidas de ventas, 4) Por alcance de cuentas, 5) Obligación por donde uno sale a pagar por otro, 6) Obligación procedida de escritura y en la que se hace espera al deudor,7) Obligación de pago si se alcanza un cargo, merced u oficio, 8) Por promesa de dote. A estas obligaciones se suman las obligaciones mancomunadas y las obligaciones contraídas por marido y mujer. (Martínez López-Cano, Mijares Ramírez y Sanchiz Ruiz, 1996, pp. LXI-LXII). En el presente trabajo adecuamos estas clasificaciones y las complementamos con las dimensiones de análisis “objetivo del documento” y “objeto de la transacción” –ver siguiente acápite.

Escrituras de venta

58Según las Partidas, “Vendida, es vna manera de pleyto que vsan los omes entre si, e fazese con consentimiento de las partes, por precio cierto, en que se auienen, el comprador, e el vendedor” (Partida 5ta, Título 5to, Ley 1ra). Es decir, la venta es “un contrato por el cual una de las partes se obliga á entregar alguna cosa y la otra á pagar su precio” (Escriche, 1851[1831], p. 1529).

59El contrato de compraventa es un tipo de contrato consensual al igual que, según el derecho romano, el arrendamiento, la sociedad y el mandato. De acuerdo al derecho romano, el contrato de compraventa no transmitía directamente la propiedad, sino que hacía surgir la obligación de entregar la cosa y solo es mediante esta entrega material que el comprador se transforma en el propietario del bien (Levaggi, 1982, p. 61). Es por esto que se dice que el contrato de compraventa es “un contrato consensual y meramente obligacional” (Mijares Ramírez, 1997, p. 147).

60En los contratos de venta se observan dos prácticas muy difundidas a tener en cuenta: la venta con pago por adelantado y la venta a crédito. En los pagos por adelantado el comprador daba al vendedor parte del pago o su totalidad, recibiendo la cosa comprada con posterioridad (Martínez López-Cano, 2001, p. 62). Por lo general la fecha de entrega era estipulada en la escritura de venta, pudiendo ser fijada a partir de cierta cantidad de tiempo desde su firma, o bien en una fecha particular (por ejemplo, para Pascuas o Navidad).

61En la venta a crédito o fiado, el comprador obtenía el bien prorrogando su pago. Este tipo de venta se presenta como una forma de crédito, pero a diferencia de éste, no obtenía dinero sino un bien el cual pagaría posteriormente en dinero (Martínez López-Cano, 2001, p. 78-79). En los casos que hemos estudiado, la deuda podía saldarse tanto en dinero como en otros géneros, no faltando las formas mixtas de pago. En algunas escrituras se establece que el pago puede ser realizado en dinero o en géneros, quedando consignado su tipo.

62Las escrituras de venta a crédito podían ser registradas en los protocolos de escribano por medio de dos escrituras, en una se consignaba la venta y en otra la obligación de pago de ésta. Sin embargo, también se recurrió a la práctica de sólo dejar registro de lo adeudado y no de la venta (Martínez López-Cano, 2001, p. 79). Esta segunda práctica es la que lleva a confusión a la hora de clasificar este tipo de escritura, ya que a la vez se presenta como escritura de venta y como escritura de obligación.

63Las escrituras de venta que hemos relevado versan sobre bienes muy diversos que consignamos dentro de los rubros estipulados para el objeto de la transacción –ver segundo grupo de dimensiones de análisis. Proporcionan importantes datos sobre la movilidad de objetos y mercadería (no sólo los que son objeto de la transacción sino también los que se estipulan como medios de pago).

Escrituras de concierto

64El contrato consensual de arrendamiento o locatio conductio, en el derecho justiniano, se basa en las cosas y las personas, dando lugar a diferentes formas contractuales según se refieran a las primeras o las segundas. Los contratos de arrendamiento sobre cosas recibieron la denominación de locatio conductio rei, mientras que las de personas dieron lugar a dos formas distintas, la locatio conductio operarun que versaba sobre el arrendamiento de servicios y la locatio conductio operis, vinculada al arrendamiento de obras (Chamocho Cantudo, 2021).

65Los conciertos son contratos consensuales de arrendamiento que pueden, según su objetivo, tomar la forma de locatio conductio operarum o locatio conductio operis, es decir pueden referirse a un contrato para realizar un servicio a cambio de un salario o efectuar trabajo de obras. La denominación concierto o asiento es la más empleada en América para los contratos de esta naturaleza, pudiendo involucrar tanto a españoles como indios.

66Nicolás de Yrolo Calar (1996 [1605]) en su formulario emplea el término concierto como “contrato laboral”, pero le otorga al concierto un sentido muy amplio que abarca todo tipo de convenios, incluso los acuerdos efectuados por personas que tienen un pleito (Martínez López-Cano, Mijares Ramírez y Sanchiz Ruiz, 1996, p. XLVI). Los conciertos analizados en nuestro trabajo tienen como finalidad el establecimiento de contratos laborales consistentes en la prestación de un servicio o en la ejecución de una obra.

67En ambos tipos de concierto se especificaban los datos de los otorgantes; el tipo de servicio u obra a efectuar; la fecha de cumplimiento del contrato y se estipulaba el monto de la remuneración del trabajo a realizar (Mijares Ramírez, 1997, pp. 157-158). En los que hemos analizado, el pago era realizado por diferentes medios que incluían metálico, ropa, textiles entre otros, observándose formas de pagos mixtas.

Segundo conjunto de dimensiones de análisis: el acto escriturado

68Para dar cuenta del carácter u objetivo de cada escritura se creó una clasificación general con siete categorías (etic no emic) que permitieran describir el acto jurídico escriturado en base a las clasificaciones propuestas por Mijares Ramírez (1997, 2017). Si bien las categorías son excluyentes se consideró la posibilidad de la existencia de escrituras con más de un objetivo explicitado (por ejemplo, poderes para cobrar y para actuar en causas judiciales). Así, en primer lugar bajo la categoría 1. Comercial, incluimos aquellas escrituras que correspondían o involucraban transacciones comerciales (monetarias o no) y su organización. Aquí se incluyeron, por ejemplo, todas las ventas pero también las cobranzas de deudas comerciales, la entrega en consignación de mercadería para ventas futuras (como objetivo secundario este tipo de obligaciones son laborales). La categoría 2. Laboral, tanto como objetivo principal como secundario, corresponde a documentos que arbitraban las relaciones contractuales (se incluyeron conciertos, algunos fletes comerciales, poderes en donde mediaba un pago al apoderado en retribución por la acción a realizar, entre otros). La categoría 3. Religioso es una de las menos frecuentes en nuestro conjunto y corresponde a aquellos documentos que, como objetivo principal o secundario, se vinculaban al ámbito eclesiástico (por ejemplo, cobro de diezmos, testamentos por ingreso a órdenes religiosas, entre otros). Se creó la categoría 4. Alcance general para abarcar la pluralidad de objetivos pasibles de estar comprendidos exclusivamente en los poderes generales. Los documentos contenidos en 5. Judicial refieren a la actuación ante las justicias (en todas sus escalas: locales, de la Gobernación, del Virreinato y del Reino). Allí encontramos principalmente poderes para actuar en procesos judiciales activos o por iniciarse. La menos representada es la 6. Impositivo que involucra el pago de impuestos y tasas estatales. Finalmente, la categoría 7. Privado abarca aquellos documentos que reglan u ordenan relaciones entre personas particulares (es decir, que no se hallan actuando en nombre de la corporación capitular o de otras instituciones) excluyendo las relaciones exclusivamente comerciales y laborales. En esta categoría se vieron representadas una gran diversidad de relaciones desde poderes para testar, cobrar o administrar bienes a obligaciones y promesas de dotes y poderes para solicitar mercedes o cargos. Como puede apreciarse la mayoría de los documentos que se incluyeron en la base son de carácter comercial y privado (Figura 2).

FIGURA 2. Objetivo principal de los documentos incluidos en la base. Fuente: AHPC, Fondo de Protocolos, Num. Inv. 1-13, Años 1574 a 1600

69Para el caso de las escrituras que plasmaron transacciones (ventas, obligaciones, poderes para cobrar, etc.) de algún tipo se consideró además su objeto comprendido por ocho categorías: 1. mercaderías (bienes muebles objeto de un intercambio de tipo comercial), 2. ganados, 3. inmuebles, 4. esclavos, 5. servicios, 6. bienes de uso personal (bienes muebles que no son objeto de un intercambio comercial, como por ejemplo, dotes o donaciones), 7. deuda no especificada y 8. otros. Para algunas de estas categorías, las que más interesan a las líneas de trabajo del proyecto, se indica una clasificación más detallada (por ejemplo, en el rubro mercaderías: ropa, textil, alimentos, bebidas, etc.) a fin de facilitar análisis posteriores. Además, se previeron campos para registrar otros datos ocasionalmente mencionados en las escrituras como el valor en pesos de la transacción y el lugar donde se encontraba cada bien al momento de realizarse la escritura así como su origen y destino final.

Tercer conjunto de dimensiones de análisis: los participantes en las escrituras

70El tercer conjunto de dimensiones de análisis que tenemos en cuenta describe a quienes participaron en la escritura. Consideramos no sólo a las partes que promueven la escrituración (vendedor, otorgante, poderdante, etc.), sino también a las contrapartes (acreedor, destinatario, apoderado, beneficiario, etc.), y a los sujetos involucrados directamente en la escritura en calidad de fiadores (que secundaban a una parte) o deudores (cuya deuda era objeto de la transacción) basándonos en criterios adaptados de otras investigaciones y manuales para escribanos de la época (Mijares Ramírez, 1997, 2017; Bono Huerta, 1985; Monterroso y Alvarado 1598 [1566]; González de Torneo, 1664[1587], entre otros).

  • 9 En la transcripción se actualizó la grafía de nombres y apellidos de algunos individuos a fin de fa (...)

71Se registró el rol de cada uno en cada acto escriturado, su/s nombre/s y apellido/s9, así como otras características distintivas de cada sujeto (títulos, cargos, apelativos, profesión, etc.). Se tuvo en cuenta el lugar de residencia declarado por el escriturante o consignado por el escribano y la calidad de residencia en ese lugar (residente, vecino, morador, etc.). Se consignó, además, el lugar donde se encontraba cada parte al momento de realizarse la escritura (que no necesariamente debía ser Córdoba), y en caso de no indicarse se asentó como “indeterminado”. Cuando existían datos adicionales sobre lugares de tránsito, anteriores o previstos, origen remoto o de nacimiento, vínculos personales o familiares entre los participantes del hecho jurídico, entre otros, éstos también fueron consignados.

72Además de funcionar muy efectivamente como buscador, los tres conjuntos de dimensiones de análisis y su cruce permiten abordar los objetivos comunes de nuestro proyecto así como los de cada uno de sus integrantes realizando una cantidad de alteraciones mínimas en la base de datos y utilizando el programa en el que fueron procesados los datos, el cual es de uso simple y generalizado. Por otra parte, este formato permite su migración a otros programas de análisis de datos tanto cuantitativos como cualitativos. A continuación tomamos algunas de estas dimensiones y realizamos un primer análisis exploratorio de sus posibilidades para el abordaje de las movilidades en las que se vio involucrada la ciudad de Córdoba a fin de evaluar la efectividad de nuestra propuesta.

Tercera Parte

Movilidades y vínculos espaciales de la joven población de Córdoba

73Según Tim Cresswell (2006), “la movilidad como movimiento socialmente producido” puede ser considerada “a través de tres momentos relacionales”: el hecho físico del desplazamiento de las personas y los objetos (un viaje medible en tiempo y en espacio recorrido), el recubrimiento del simple desplazamiento físico con una representación social que le otorga significatividad en los términos de la época y, finalmente, la construcción de la movilidad como una experiencia corporizada y valiosa, digna de ser vivida, padecida o añorada (pp. 3-4). De alguna manera, Córdoba nació con el propósito de establecer este tipo de vínculos, puesto que la expectativa de una movilidad relativamente fluida por la región del Tucumán, en el marco de las difíciles comunicaciones de la época, fue una idea central del acto de fundación y del primer poblamiento de los conquistadores (Piffer Canabrava, 1984 [1944]; Luque Colombres, (1971) [1952]; Assadourian, 1972; Segreti, 1982; Moutoukias, 1988; Piana de Cuestas, 1992).

74A lo largo de los años, en la historiografía cordobesa se ha manifestado cierto interés por establecer los vínculos espaciales de la Córdoba de los siglos XVI y XVII. Haciendo un breve recorrido, cabe mencionar autores pioneros como monseñor Pablo Cabrera y Aníbal Montes, quienes estuvieron interesados en establecer la ruta precisa que siguió la hueste fundadora, entendiendo que ella constituyó el primer camino conocido y “disponible” para la circulación de personas (Calvimonte y Moyano Aliaga, 1996, p. 21).

  • 10 Cita textual: “... pela suasituação geográfica excepcional, como porta de Tucumán, foi Córdova que (...)

75Desde la historia económica y social, Ceferino Garzón Maceda se propuso estudiar “cómo se inicia[ro]n las actividades de cambio a distancia” (1968, p. 5) a partir de los registros notariales locales. El esquema básico de movilidades que el autor utilizó, así como otros aspectos centrales de la modelización teórica que presenta, fueron retomados de la reconocida y clásica obra de la historiadora brasileña Alice Piffer Canabrava (1984 [1944]) quien, en su interés por estudiar el comercio portugués en el Río de la Plata durante la unión de las coronas portuguesa y castellana, incluyó en su investigación a la jurisdicción de Córdoba y sus vínculos espaciales. Para dicha autora, Córdoba tenía un papel clave “por su situación geográfica, como puerta del Tucumán”10 (1984 [1944], p. 95). La ubicación del distrito en una ruta comercial entre el mercado potosino y la salida atlántica vía Buenos Aires habría de convertirse en un tópico medular de la historiografía cordobesa, no sólo en su vertiente económica y social dedicada al período temprano, sino en la interpretación general de la historia provincial.

76Carlos Sempat Assadourian (1966) profundizó en el enlace esclavista en una investigación también señera, y Josefina Piana de Cuestas (1992) puntualizó sobre el conjunto de encomenderos locales reconstruyendo distintas operaciones económicas en las que intervinieron, identificando algunos de los bienes que “se orientan hacia el puerto atlántico” (p. 142), y hacia otros espacios (pp. 163-196).

77Así, en términos generales, la historiografía encuadrada en el enfoque económico y social ha enfatizado los enlaces comerciales de larga distancia, y sólo en la producción más tardía incorporó una inclinación hacia el análisis de las movilidades de personas como factor estructurante. En una línea paralela, Héctor R. Lobos y Eduardo G. S. Gould (1998) han abordado la inmigración a la ciudad de Córdoba y su jurisdicción en el período temprano, estableciendo a partir de un gran volumen de información los orígenes y procedencias de las personas y el tiempo de viaje realizado, entre otras precisiones.

78La población de origen hispano de Córdoba, en el último cuarto del siglo XVI, era joven en términos de su breve arraigo, pero madura en términos de experiencias de movilidad que habían dado inicio en algunos casos en distintas regiones de Europa -principalmente en los reinos de Andalucía y Castilla- (Moyano Aliaga, 1990, pp. 15-16), prolongándose hacia América (Lobos y Gould, 1998). Los derroteros de esas personas no fueron siempre armónicos ni progresivos. En este sentido, es importante tener presente que la instalación en una nueva ciudad no marcaba necesariamente el final del camino para cada individuo o grupo de viaje. Con poco que perder, en muchas ocasiones el débil arraigo hizo peligrar la supervivencia del nuevo poblamiento.

  • 11 Para este análisis inicial no son considerados los objetos ya que sus recorridos a veces no se expl (...)

79A partir de la documentación relevada, resulta posible establecer cuáles fueron los lugares con los que se vinculó la ciudad de Córdoba desde su fundación y durante sus primeras décadas de existencia, y las variaciones de esas relaciones en el transcurso del tiempo. Para ello en esta ocasión se consideraron específicamente las escrituras que involucraron a personas que llegaban a la jurisdicción de la ciudad desde fuera de ella o que se dirigían hacia otros lugares,11 dando así cuenta de la circulación efectiva de personas. Por otro lado, se han incluido también las referencias a personas de afuera de la jurisdicción que tuvieron algún rol en las escrituras notariales, pero que no se hallaban presentes en el acto frente al escribano. Este punto en particular permite dar cuenta de los vínculos a distancia, a través de intermediarios, establecidos por la población de Córdoba con las de otros lugares.

80Los datos procesados muestran que en los primeros tiempos los vínculos se dieron sobre todo con otras ciudades de la gobernación ya existentes. El enlace con la ciudad de Santiago del Estero fue fundamental debido a que constituía la cabecera de la gobernación pero también debido a que era provisora de insumos básicos cuando su carencia era acuciante y constituía, además, el refugio y alternativa de residencia para muchos de los primeros vecinos, quienes terminaron optando por afincarse allí (Moyano Aliaga, 1990). En 1576, los cabildantes cordobeses reclamaron al gobernador Gonzalo de Abreu y Figueroa que compeliese a varios vecinos ausentes de Córdoba que se encontraban en la entonces capital de la gobernación para que regresaran (Luque Colombres, 1974, pp. 245-250). Planteos en la misma dirección se reiteraron en años posteriores (Luque Colombres, 1974, pp. 294-297, 368-373, 403-408, 423-424; Segreti, 1973, p. 26.). Los vínculos con Nuestra Señora de Talavera -o Esteco-, se registran desde 1576 (Marschoff, 2021) y con Chile a partir de 1578. Al año siguiente, con la región de Charcas (dentro de la cual se destaca Potosí y La Plata), con Los Reyes (actual Lima) y sus alrededores, con Asunción y con Santa Fe. Los vínculos con Buenos Aires y La Rioja se registran apenas fundadas aquéllas ciudades y, en 1587 se detecta la primera transacción que involucra a un habitante de Río de Janeiro.

81El conjunto de estos enlaces da cuenta de la compleja construcción de un lugar donde se anudaban flujos de distinta intensidad. Al observar la distribución temporal de la participación de personas de fuera de la jurisdicción en las escrituras cordobesas, se puede distinguir que del total de los contactos (44 lugares distintos de América y el mundo) con algunas ciudades o lugares la relación es esporádica (por ejemplo con la ciudad de La Plata o Nuestra Señora de Talavera), y con otras, la relación es estable y prácticamente ocurre cada año (Santiago del Estero, Buenos Aires, Santa Fe, La Rioja) tal como se representa en la Figura 3.

FIGURA 3. Ciudades de proveniencia más frecuentes en la documentación relevada. Fuente: AHPC, Fondo de Protocolos, Núm. Inv. 1-13, Años 1574 a 1600

82Si se adopta una mirada -complementaria a la anterior- en clave de regiones de procedencia de los sujetos escriturantes foráneos, se observa una mayor continuidad en los vínculos con otras ciudades de la gobernación del Tucumán así como con la del Río de la Plata (particularmente tras la fundación de Buenos Aires) desde momentos tempranos. A partir de la década de 1590 también se vuelven más continuas las relaciones con la Capitanía general de Chile y jurisdicción de La Plata, mientras que los vínculos con la jurisdicción de Los Reyes, la costa de América portuguesa y Europa son esporádicos a lo largo de todo el período considerado (Figura 4).

FIGURA 4. Regiones de proveniencia de las partes más frecuentes en la documentación relevada. Fuente: AHPC, Fondo de Protocolos, Núm. Inv. 1-13, Años 1574 a 1600

83Los resultados anteriores consideran los lugares de proveniencia de los participantes foráneos a Córdoba en las escrituras; pero para tener una dimensión más precisa de estas apreciaciones es necesario considerar la cantidad total de individuos que efectivamente escrituraron en Córdoba estando físicamente en ella. Para ello consideramos no sólo a los individuos con lugar de residencia en lugares distintos a Córdoba presentes ante notario, sino también aquellos casos de personas con lugar de residencia desconocido pero que al momento de escriturar en Córdoba dejaron asentado que se encontraban en esta ciudad transitoriamente, como una parada o punto de partida hacia otro lugar. Estos datos no fueron consignados con gran frecuencia en los documentos pero es importante rescatarlos porque su registro escrito denota experiencias de movilidad y circuitos de movimientos (Figura 5).

FIGURA Nº5. Lugares de origen y destino de los individuos que escrituran estando en Córdoba. Fuente: AHPC, Fondo de Protocolos, Núm. Inv. 1-13, Años 1574 a 1600

84La correlación de los dos últimos gráficos permite establecer otras observaciones posibles. Así por ejemplo, puede notarse que si bien la representación de los individuos provenientes de Potosí es muy baja en los documentos escriturados en Córdoba, en contrapartida, la movilidad y flujo de personas en esa dirección es particularmente intensa en ciertos momentos, en especial en 1597 que es cuando se registra una venta excepcional de esclavos provenientes del puerto de Buenos Aires.

85Profundizando en esa dirección se registran más arribos a Córdoba de personas provenientes de Santa Fe, Santiago del Estero y La Rioja –pero no la partida en esa dirección. Esta información permite comenzar a delinear los flujos y su direccionalidad, así como las formas de relación entre las distintas poblaciones (no necesariamente circunscritas a los intercambios comerciales) y las maneras de sostener esas relaciones en la distancia. Si a estas dimensiones de análisis se les suman la consideración de los objetivos declarados en las escrituras se complejiza el panorama de las movilidades.

86En esta sección se presentaron sólo algunos datos y líneas de análisis que se abren sobre el estudio de las movilidades a partir del registro de protocolos. Consideramos que la intensidad, el ritmo y las detenciones de las movilidades alrededor de Córdoba son dimensiones de análisis que se encuentran estrechamente enlazadas, y en ellas se puede apreciar la conformación de esta ciudad como lugar relacionante a partir del accionar de los vecinos y moradores -tanto de la propia Córdoba como de otros lugares- que no se limitaban exclusivamente al desarrollo de acciones mercantiles ni al seguimiento de “rutas” o “circuitos” predefinidos. La circulación de personas aparece como un elemento vertebrador de redes de distinto tipo y propósito del mismo modo que las relaciones entre las personas e incluso su accionar podían extenderse a través del espacio y la distancia.

87En el período analizado observamos que hay movimientos que finalizan en Córdoba, como por ejemplo los provenientes de Santa Fe o La Rioja. Otros inician su recorrido allí con dirección a Potosí, Chile y Buenos Aires. Del mismo modo se identificaron movimientos con objetivos muy diversos y no sólo comerciales, como son el tipo de relaciones que estableció Córdoba con Santiago del Estero, Santa Fe, La Rioja y Potosí. Hay habitantes de otros lugares que no llegan a Córdoba, como los potosinos, del mismo modo que hay lugares a los que los cordobeses no suelen ir (La Rioja, Santa Fe, Esteco, por ejemplo). Esto complejiza la visión de los movimientos del sur del virreinato que incluían a Córdoba más allá del eje Buenos Aires-Potosí, incorporando otros lugares y recorridos con direcciones y sentidos reconstruibles. En un análisis a menor escala también permite visibilizar lógicas de movilidad paralelas contemporáneas (los circuitos de económico-políticos de gestión y de peticiones), dar relieve a actores cuyas vidas se basaban en la movilidad (como los gestores y los funcionarios) y permite historizar formas de gestión de la distancia y el tiempo.

Síntesis y líneas de trabajo futuras

88A lo largo de este trabajo propusimos y evaluamos una metodología de abordaje de los protocolos notariales de la ciudad de Córdoba, en tanto fuente seriable, identificando sus posibilidades y límites para el estudio de las movilidades de personas y bienes desde y hacia la jurisdicción de esa población de la Gobernación del Tucumán entre 1573 y 1600, es decir, durante los primeros años de su existencia.

89Resulta fundamental destacar tres cuestiones relativas a los sesgos de la documentación. En primer lugar, el hecho de que no todos los individuos tenían posibilidades de acceder a la protocolización de sus negocios jurídicos debido a los costos que implicaba y a que sólo los hombres libres podían otorgar escrituras públicas sin licencia de autoridad o tutela. Sin embargo, esta “exclusión social diferencial” se encuentra matizada ya que sectores sociales subalternos, como los indígenas y los esclavos en algunas ocasiones se hallaban directa o indirectamente representados en las escrituras. Un segundo sesgo detectado, común a este tipo de documentación, se relaciona con la decisión de no formalizar ciertos negocios ante escribano. Como se mostró, esto puede deberse a muchos factores. Entre ellos podríamos mencionar la mayor o menor confianza entre las partes y los montos involucrados en las transacciones. Finalmente, un tercer sesgo que también surge de diversos factores actuantes al momento de la escrituración, es el grado de explicitación del negocio protocolizado. En este sentido se observa, por ejemplo, que en algunos casos se omite la descripción del objeto de la transacción o se prescinde del detalle de las mercaderías involucradas en una obligación.

90A pesar de ello los protocolos cordobeses presentan características únicas que los vuelven una fuente muy rica y valiosa para nuestro objeto de estudio gracias a la historia de la conformación del fondo. Resulta destacable que constituyen una serie sin lagunas desde 1574 hasta fines del siglo XVII. Sólo se han detectado algunas sustracciones de escrituras originales que se encuentran incorporadas a los procesos judiciales de la época, ciertas escrituras agregadas por el propio escribano a la serie en cuestión y la intrusión de documentos pertenecientes al fondo de justicia correspondientes a la misma época. A pesar de estas contingencias señaladas, es destacable el hecho de que para el siglo XVI y XVII se encontrara funcionando un solo registro. Esto significó una ventaja adicional en tanto permitió un mayor control de las condiciones de conservación del fondo.

91Del análisis realizado surge, además, la necesidad de profundizar el estudio diplomático y jurídico de los documentos para ahondar en las particularidades de la práctica cordobesa de escriturar. Sin duda, en el futuro, resultarán de enorme valor las discusiones acerca de la práctica de escrituración, las formas de evasión y la confianza entre partes.

92Finalmente, en lo que refiere específicamente a las movilidades de las personas (más que las de los objetos), los protocolos notariales, si son abordados y analizados como una fuente seriada, brindan información valiosa para visibilizar tendencias de movilidad, intensidades, ritmos, direccionalidades y sus cambios de manera clara. Permite acercarse al volumen del tránsito de una manera relativa, teniendo en cuenta los sesgos implicados en el hecho que no todo acto fue escriturado y que algunos de ellos, particularmente las transacciones, se encuentran poco explicitados.

93La labor realizada ha puesto de manifiesto que resulta necesario abarcar y procesar una serie temporalmente más extensa. Esto debido a las variaciones anuales de volumen de documentos y porque algunas tendencias de movimiento recién pueden comenzar a ser identificadas a partir de la última década del siglo XVI. Es de nuestro interés poder confirmarlas o relativizar su importancia a partir del análisis de la propia serie ya que consideramos que en esa contraposición los resultados pueden variar, además de complejizarse.

94Los protocolos notariales cordobeses poseen un enorme potencial que ha sido ampliamente reconocido por la historiografía (Lockhart, 1982; Burns, 2005; Poloni-Simard, 2006; Presta, 2013; Wasserman, 2018, entre muchos otros valiosos trabajos). En este artículo pretendimos mostrar un abordaje metodológico a esta fuente transformando los datos de cada documento en datos seriados analizables en grandes conjuntos, ampliando las líneas de indagación posibles. Así, desde el proyecto marco señalado y desde esta base metodológica común y consensuada se proseguirán diversos ejes de indagación individuales y compartidos. Entre ellos nos interesa establecer las formas en que la ciudad de Córdoba se fue convirtiendo en un lugar y sus cambios a través del tiempo, analizando sus relaciones con otros lugares y la influencia de diversos factores tales como la emergencia o decadencia de distintos mercados, el establecimiento de normativas o cambios políticos, la evolución de la vida de otras comunidades y grupos, el establecimiento de la ciudad como centro productor y consumidor, etc. Otra línea de trabajo pretende abordar las formas de gestión de las movilidades (y de las desigualdades que conlleva) de los distintos actores del sistema colonial, entendiendo que es un sistema que fuerza movilidades o inmovilidades a ciertos grupos (indígenas, mujeres, personas esclavizadas, etc.) mientras otros gozan de mayores posibilidades de movimiento o incluso lo vuelven un medio de sustento (“blancos”, varones, comerciantes, gestores, procuradores y funcionarios, etc.). Dentro de estas líneas se abordarán otros temas relacionados, tales como la gestión de la distancia, la construcción de redes personales vinculadas al comercio y su relación con la dinámica regional e interregional y la circulación de algunos objetos (textiles, bienes utilizados como moneda, etc.). Claro está que las posibilidades del estudio de los protocolos desde su sistematización en una base seriada de datos no se agotan en estas líneas sino que sean el puntapié inicial tanto para nosotros como para el trabajo de otros colegas.

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Fuentes Editas

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Santillán Vélez, J. I. (1882b). Archivo Municipal de Córdoba. Libro segundo. Córdoba: Establecimiento Tipográfico del Eco de Córdoba.

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Fuentes Inéditas

Archivo Histórico de la Provincia de Córdoba, Fondo Protocolos Notariales, Registro 1, Años 1574 a 1600, Tomos 1 a 12.

Auxiliares descriptivos

Tanodi B. (1971). Catálogo de Protocolos Notariales de Córdoba (1574-1587). (Seminario final de Licenciatura en Historia, dir. Carlos Luque Colombres). Facultad de Filosofía y Humanidades, Universidad Nacional de Córdoba.

Dorado, R. G. del V. (1974). Catálogo de Protocolos Notariales de Córdoba (1598-1602). (Seminario final de Licenciatura en Historia, dir. Aurelio Tanodi). Facultad de Filosofía y Humanidades, Universidad Nacional de Córdoba.

Archivo Histórico de la Provincia de Córdoba (Argentina) (2013). Argentina, Córdoba, Córdoba, Protocolos notariales, 1574-1925. (Argentina, Córdoba, miscellaneous records = Argentina, Cordoba, registros varios). Salt Lake City, Utah: Digitized by FamilySearch International. https://www.familysearch.org/search/catalog/2138744?availability=Family%20History%20Library

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Notas

1 Cabe aclarar que no postulamos la idea de las movilidades como un fenómeno autónomo del resto de las dimensiones de la realidad ni tampoco proponemos un determinismo de las movilidades en la configuración del espacio colonial. Éstas, en todo caso, se vinculan a otros fenómenos que no pueden ser analizados en esta ocasión pero que no soslayamos, como son: las condiciones ambientales y geográficas, las estructuras normativas vigentes que coercionan, constriñen o habilitan ciertas prácticas, decisiones y movimientos, el marco político y económico imperante que condicionó las formas de expansión, explotación y colonización hispánica, la cultura y los habitus de los cuales eran portadores los sujetos que se movilizaban, los factores de demográficos expulsión o atracción, las expectativas y los sistemas de creencias que acompañaban o impulsaban a los sujetos, etc.

2 En Córdoba se empleó de manera indistinta los términos escribano público y escribano público del número para hacer referencia a los escribanos que se encontraban facultados en la jurisdicción para extender instrumentos públicos que dieran fe de los actos entre los particulares.

3 Pérez recibió su nombramiento del gobernador Gonzalo de Abreu de Figueroa el 16 de marzo de 1574, pero además de concederle la escribanía pública le fue otorgada la de cabildo: “os crio y nombro por Escribano público é de Cabildo de esta ciudad de Córdoba y sus términos é jurisdicion, entre tanto, que por Su Magestad ó yo en su real nombre otra cosa sobre ello se provee” (Santillán Vélez, 1882a, p. 149) Como se aprecia este nombramiento es de carácter provisorio estando sujeto al arbitrio del rey o del gobernador que lo realizó. Sin embargo, esto cambia el 19 de diciembre de 1575 cuando el gobernador ratifica el cargo concedido a Pérez otorgándoselo de por vida siempre y cuando el rey no dictaminara otra cosa (Santillán Vélez, 1882a, pp. 205-206).

4 Según lo observado por Aurelio Tanodi, Pérez no extendió escrituras en su registro entre el 6 de julio de 1575 y el 4 de enero de 1576 (A. Tanodi, 1974, p. 67).

5 Alonso de Cárdenas ofició de escribano público entre el 26 de junio de 1575 y el 2 de julio de 1575. (Moyano Aliaga, 1970, p. 3)

6 Diego de Padilla confeccionó escrituras entre el 23 de julio de 1575 al 4 de enero de 1576. (Moyano Aliaga, 1970, p. 3).

7 1574-1587: Branka Tanodi (dir. Carlos Luque Colombres, 1971); 1598-1602: Raquel G. del Valle Dorado (dir. Aurelio Tanodi, 1974), 1607-1613: Susana Esther Caruso (dir. Aurelio Tanodi, 1968); 1614-1616: María Cristina Negritto (dir. Aurelio Tanodi, 1968); 1626-1630: María Victoria Márquez (dir. María Elsa Fajardo, 1977); 1630-1634: María Inés Vera (dir. María Elsa Fajardo, 1978); 1636-1640: María Adela Grasso (dir. María Elsa Fajardo, 1978); 1640-1645: Marta Isabel Martínez Ceballos de Nieto (dir. Aurelio Tanodi, 1976); 1645-1650 [desaparecida]: Eduardo Romero (dir. María Elsa Fajardo, 1980); 1650-1651: Irma Couretot (dir. Aurelio Tanodi, 1976); 1653-1656: Ana María Villegas (dir. María Elsa Fajardo, 1976); 1658-1660: María Antonia Veci (dir. María Elsa Fajardo, 1978); 1661-1668: María del Carmen Perriard (dir. María Elsa Fajardo, 1980); 1674-1683: Norma Cristiani y Leonor Valverde (dir. M. E. Fajardo, 1979); 1684-1691 [desaparecida]: Viviana Carrera de Pozzo y María del Carmen Lorenzo (dir. M. E. Fajardo, 1980); 1692-1694: Noemí Laguzzi de Bronstein (dir. María Elsa Fajardo, 1980); 1695-1697: Inés María Otero (dir. María Elsa Fajardo, 1980).

8 Desde la fundación de la ciudad y hasta mediados del siglo XVIII Córdoba cuenta con un solo registro de escribanos. Los Registros 2,3 y 4 inician a mediados del siglo XVIII. (A. Tanodi, 1968, p. 51).

9 En la transcripción se actualizó la grafía de nombres y apellidos de algunos individuos a fin de facilitar las búsquedas, aunque evaluando las posibilidades de la presencia de homónimos.

10 Cita textual: “... pela suasituação geográfica excepcional, como porta de Tucumán, foi Córdova que desempenhou papel de grande importâncianas trocas entre o porto e as regiõesmineiras ...”.

11 Para este análisis inicial no son considerados los objetos ya que sus recorridos a veces no se explicitan directamente en la documentación, así como tampoco se incluyen los recorridos de las personas esclavizadas

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Índice de ilustraciones

Leyenda FIGURA 1. Cantidad de documentos incluidos en la base a lo largo del período trabajado. Fuente: AHPC, Fondo de Protocolos Notariales, Registro 1, Núm. Inv. 1-13, Años 1574 a 1600
URL http://journals.openedition.org/corpusarchivos/docannexe/image/5944/img-1.png
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Leyenda FIGURA 2. Objetivo principal de los documentos incluidos en la base. Fuente: AHPC, Fondo de Protocolos, Num. Inv. 1-13, Años 1574 a 1600
URL http://journals.openedition.org/corpusarchivos/docannexe/image/5944/img-2.png
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Leyenda FIGURA 3. Ciudades de proveniencia más frecuentes en la documentación relevada. Fuente: AHPC, Fondo de Protocolos, Núm. Inv. 1-13, Años 1574 a 1600
URL http://journals.openedition.org/corpusarchivos/docannexe/image/5944/img-4.png
Ficheros image/png, 76k
Leyenda FIGURA 4. Regiones de proveniencia de las partes más frecuentes en la documentación relevada. Fuente: AHPC, Fondo de Protocolos, Núm. Inv. 1-13, Años 1574 a 1600
URL http://journals.openedition.org/corpusarchivos/docannexe/image/5944/img-6.png
Ficheros image/png, 68k
Leyenda FIGURA Nº5. Lugares de origen y destino de los individuos que escrituran estando en Córdoba. Fuente: AHPC, Fondo de Protocolos, Núm. Inv. 1-13, Años 1574 a 1600
URL http://journals.openedition.org/corpusarchivos/docannexe/image/5944/img-8.png
Ficheros image/png, 55k
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Para citar este artículo

Referencia electrónica

Constanza González Navarro, María Marschoff, Noelia N. Silvetti y Justo R. Tapia, «Los Protocolos de Escribanos de Córdoba: posibilidades y límites para el estudio de las movilidades en el último cuarto del siglo XVI»Corpus [En línea], Vol. 12 Nº 2 | 2022, Publicado el 27 diciembre 2022, consultado el 03 junio 2023. URL: http://journals.openedition.org/corpusarchivos/5944; DOI: https://doi.org/10.4000/corpusarchivos.5944

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Autores

Constanza González Navarro

Instituto de Estudios Históricos, Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas, Centro de Estudios Históricos Carlos S.A. Segreti, Universidad Nacional de Córdoba, Argentina

Correo Electrónico: constanza.gonzalez.navarro@unc.edu.ar

María Marschoff

Instituto de Humanidades, Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas, Universidad Nacional de Córdoba, Argentina

Correo electrónico: mmarschoff@unc.edu.ar

Artículos del mismo autor

Noelia N. Silvetti

Centro de Investigaciones de la Facultad de Filosofía y Humanidades Universidad Nacional de Córdoba, Argentina

Correo electrónico: nsilvetti@gmail.com

Justo R. Tapia

Instituto de Estudios Históricos, Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas, Centro de Estudios Históricos Carlos S.A. Segreti, Centro de Investigaciones de la Facultad de Filosofía y Humanidades, Universidad Nacional de Córdoba, Argentina

Correo electrónico: jrt_justoroquetapia@hotmail.com

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