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Cien años de la masacre de Napalpí. Un análisis del Juicio por la Verdad desde la visión coproduccionista interaccional de conocimientos

One hundred years since the Napalpí massacre. An analysis of the Trial for Truth from the interactional co-productionist of knowledge view
Lena Dávila

Resúmenes

El objetivo de este artículo es analizar el Juicio por la Verdad por la masacre de Napalpí y el proceso previo, que se inició alrededor de quince años antes. Para ello se retoman los aportes de Sheila Jasanoff (2004), para quien la coproducción más que una teoría es un lenguaje que permite dar cuenta de fenómenos complejos, como lo son los procesos de búsqueda de justicia por violaciones a los derechos humanos. Específicamente se parte de un compromiso con la dimensión coproduccionista interaccional, en tanto permite mostrar que todo problema del orden social implica, a la vez, un problema del orden del conocimiento. Como espacio de coproducción, el juicio posibilitó la interacción de una multiplicidad de agentes sociales – sobrevivientes y descendientes; docentes e investigadores indígenas; académico-científicos, entre otros– y la construcción de una voz colectiva a partir de la cual se reconstruyó lo ocurrido antes, durante y después de la masacre de Napalpí, así como el contexto más amplio vinculado al proceso de genocidio indígena. El análisis se apoya en mi propia experiencia como investigadora que colaboró con la causa desde 2015 –cuando fui convocada por la Unidad de Derechos Humanos de la Fiscalía Federal de Resistencia para brindar un primer testimonio– y como testigo en el juicio oral y público, realizado entre abril y mayo de 2022.

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Notas de la redacción

Fecha de recepción del original: 20/10/2023

Fecha de aceptación para publicación: 30/5/2024

Texto completo

Agradecimientos

A Cecilia Hidalgo, directora del Equipo de Investigación de la Universidad de Buenos Aires de la Secretaría de Ciencia y Técnica (UBACyT) 143BA “Co-producción de conocimientos: giro colaborativo, credibilidad y `verdad´ científica en disputa” de la Universidad de Buenos Aires y a María Martini, directora del Proyectos de Investigación Científica y Desarrollo Tecnológico (PICyDT) “Problemáticas epistemológicas, ontológicas y ético-políticas en torno a la coproducción de la práctica científica” de la Universidad Nacional de Moreno. La participación en ambos equipos de investigación ha sido fundamental para el desarrollo de este trabajo. A ellas les agradezco especialmente por sus lecturas y acompañamiento. A quienes evaluaron este texto por sus preciados comentarios. A la Fundación Napalpí y especialmente a Ana Noriega y David García por las charlas compartidas y sus valiosos aportes. A Diego Jesús Vigay por los intercambios de información y por ayudarme a precisar algunos datos incluidos en este artículo. Finalmente, a todos aquellos colegas, familia y amigos que me animaron durante este tiempo a escribir este artículo.

1. Introducción

  • 1 Los Juicios por la Verdad nacieron en Argentina a fines de la década de 1990 como resultado de una (...)

1El objetivo de este trabajo es analizar el Juicio por la Verdad1 por la masacre de Napalpí y el proceso previo, que se inició alrededor de quince años antes. Se parte de un compromiso con una visión coproduccionista interaccional, en tanto permite mostrar que un problema del orden social implica, a la vez, un problema del orden del conocimiento. En el caso examinado este problema social se circunscribe al reclamo de justicia por los crímenes de lesa humanidad cometidos contra los pueblos Qom y Moqoit en la masacre de Napalpí. Esto supone necesariamente la búsqueda de verdad, entendiendo la última como un problema del orden del conocimiento que implica la reconstrucción de la historia.

2Se retoma la definición de Sheila Jasanoff (2004), para quien la coproducción más que una teoría es un lenguaje que permite dar cuenta de fenómenos complejos y que agrupa una multiplicidad de estudios que coinciden en la necesidad de repensar la producción conjunta de los órdenes natural, social y cognitivo. Según la autora, la coproducción se caracteriza por dos dimensiones: la constitutiva y la interaccional. La primera refiere a las formas en que se crean y estabilizan los fenómenos emergentes y los objetos tecnocientíficos. Siguiendo a Latour (1987; 1988a; 1988b; 1993), Jasanoff (2004) señala la necesidad de sustituir la perspectiva dicotómica entre las concepciones de la naturaleza y la sociedad, por un enfoque que las conciba entrelazadas en una configuración mutua permanente. La dimensión interaccional, única de interés en este trabajo, se centra en las formas en que el orden social y el orden del conocimiento (la sociedad y la ciencia) se configuran recíprocamente, principalmente en momentos de conflicto o cambio manifiesto. Según la dimensión interaccional, la producción de conocimientos implica un proceso que nunca empieza desde cero, sino que las configuraciones sociales y científicas se construyen sobre la base de un orden existente; es decir, a partir de aquello que las personas ya “conocen en términos pragmáticos que cuenta como naturaleza o ciencia y que cuenta como sociedad o cultura” (Jasanoff, 2004, p. 19. La traducción es mía). El análisis centrado en esta dimensión permite explorar las formas en que las personas reorganizan de forma frecuente sus ideas sobre la realidad en estas circunstancias. La dimensión interaccional remite a la inter y transdisciplina, y pone el foco en la articulación de múltiples capacidades, perspectivas y valores necesarios para producir nuevos conocimientos (Hidalgo, 2016b). Desde esta mirada, si bien se reconoce el aporte de los académico-científicos, se pone en cuestión el estatus privilegiado frecuentemente asociado a éstos como exclusiva autoridad en la producción de saberes (Bremer y Meisch, 2017).

3Distintos autores han documentado casos de coproducción (Jasanoff, 2004; Thompson, 2004; Hidalgo, 2016b; entre otros), aunque son muy pocos los trabajos que abordan procesos como el aquí analizado (Lynch, 2004; Martini, 2021; 2022). En este sentido, considero que el análisis del caso propuesto desde la dimensión coproduccionista interaccional constituye un aporte en sí mismo. Como muestra María Martini (2016), la noción de coproducción, principalmente en esta dimensión, tiene un fuerte sentido político, en tanto se propone (y permite) dar cuenta de los procesos a través de los que se generan cambios en las formas en que nos enfrentamos con aquellos problemas persistentes vinculados a la verdad, el poder, la agencia, la legitimidad, así como a los derechos individuales y la responsabilidad social.

4Durante el Juicio por la Verdad por la masacre de Napalpí y el período previo se pusieron en diálogo las voces de sobrevivientes y descendientes de la masacre de los pueblos Qom y Moqoit; docentes e investigadores indígenas; investigadores no indígenas (nombrados también como académico-científicos); integrantes de la dirigencia política; responsables de organismos de Derechos Humanos (DDHH), fiscales y otros miembros del Poder Judicial. Siguiendo a Cecilia Hidalgo (2016b), puede afirmarse que desde el enfoque coproduccionista interaccional, cada uno de estos agentes –y no exclusivamente los académico-científicos– son genuinos pares y coproductores de conocimientos. Desde esta perspectiva, el conocimiento puede concebirse como el resultado de una asociación interaccional entre académico-científicos y no académicos.

  • 2 Por relato oficial me refiero a la también llamada historia oficial, la que se manifiesta en narrat (...)

5Me interesa destacar que me apoyaré en mi propia experiencia como investigadora que colaboró con la causa desde 2015 –cuando fui convocada por la Unidad de Derechos Humanos de la Fiscalía Federal de Resistencia para brindar para brindar un primer testimonio– y como testigo del Juicio por la Verdad. No se analizarán los acontecimientos vinculados a la masacre de Napalpí, ya abordados por distintos autores en otros trabajos (Chico y Fernández, 2008; Chico, 2016; Dávila, 2011; 2015; 2017; Salamanca, 2009; Trinchero, 2009; Giordano y Reyero, 2012; Musante, 2013; entre otros). No obstante, vale mencionar que la masacre ocurrió el 19 de julio de 1924 –durante la presidencia de Marcelo T. de Alvear (1922-1928)– en el entonces Territorio Nacional del Chaco. Se trató de un crimen de lesa humanidad perpetrado por el Estado argentino contra los pueblos Qom y Moqoit, en un contexto de protesta por mejores condiciones laborales. Luego de la masacre se estableció en la Reducción un destacamento de la policía, que enviaba comisiones a recorrer la zona con el único fin de encontrar y asesinar a aquellos testigos que habían logrado escapar aquel 19 de julio. Si bien el relato oficial2 intentó ocultar lo ocurrido, estos cruentos hechos quedaron guardados en la memoria de los sobrevivientes y sus descendientes, así como en toda una serie de materiales, entre los que se incluyen documentos de carácter administrativo, correspondencia personal, fotografías, notas periodísticas, entre otros, conservados en archivos de Argentina y Alemania (Dávila, 2015; 2017). El conjunto de estas fuentes y de los testimonios brindados (antes y durante el juicio) fueron incorporados al proceso judicial, entretejiéndose en un diálogo por la verdad.

  • 3 Juan Chico fue un investigador, historiador y profesor qom nacido en Colonia Aborigen Chaco (ex Red (...)

6Entre abril y mayo de 2022 se realizó en Chaco y Buenos Aires el Juicio por la Verdad por la masacre de Napalpí, según la designación de la jueza Zunilda Niremperger, a cargo del Juzgado Federal N°1 de Resistencia (Chaco). La Secretaría de Derechos Humanos y Géneros de la provincia de Chaco y el Instituto del Aborigen Chaqueño (IDACH), actuaron como querellantes de la causa. Los fiscales Federico Martín Carniel y Diego Jesús Vigay intervinieron por la Unidad de DDHH de la Fiscalía Federal de Resistencia. El último, junto a Juan Chico, fue uno de los principales promotores de este juicio3.

  • 4 El Juicio por la Verdad por la masacre de Napalpí se convirtió en condición de posibilidad para otr (...)

7Si bien Argentina tiene una larga trayectoria en términos de DDHH y fue pionera en el juzgamiento de delitos de lesa humanidad, hasta 2022 este tipo de procesos judiciales estuvo principalmente asociado a crímenes cometidos en el contexto de la última dictadura cívico-militar. El Juicio por la Verdad por la masacre de Napalpí fue el primer juicio de estas características realizado por un crimen cometido contra los pueblos originarios, convirtiéndose en un hito en términos de avance de DDHH para nuestro país y el mundo4.

2. Hacia el Juicio por la Verdad: primeros pasos

  • 5 Diego Jesús Vigay (2023) refiere, además, al proceso iniciado a finales de la década de 1990, cuand (...)

8A nivel del sistema jurídico, el camino se inició en 2014, cuando la Unidad de DDHH de la Fiscalía Federal de Resistencia comenzó una investigación de oficio con el propósito de reunir testimonios, documentos de archivo y trabajos científicos (artículos, libros y tesis) a fin de que la masacre pudiera ser juzgada en un Juicio por la Verdad. Unos años antes a esa fecha un grupo de investigadores indígenas, nucleados alrededor de Juan Chico, comenzó a trabajar en la reconstrucción de su propia historia mediante el relevamiento de los testimonios de los sobrevivientes y de sus descendientes5. Napa´lpí. La Voz de la Sangre, de Juan Chico y Mario Fernández (2008), fue resultado de este riguroso trabajo, que implicó un fuerte movimiento de reflexión y reconstrucción de la memoria histórica desde las propias comunidades indígenas. Sin embargo, como mostraba Juan Chico, todavía en esa época había cierta reticencia a hablar del tema y se manifestaban disputas a nivel local acerca de quiénes tenían legitimidad para escribir sobre Napalpí:

  • 6 Dada la temprana e inesperada muerte de Juan Chico y en ausencia de su declaración testimonial, la (...)

Uno siempre celebra el hecho de que el año que viene, en 2019, van a ser veinte años de trabajar de forma sistemática Napalpí. En 2012, cuando se hace público lo de Pedro Balquinta [sobreviviente de la masacre], hay que reconocer el papel de los organismos oficiales del Chaco, pero que hubo una resistencia sobre el tema. Es interesante pensar en quién legítima el proceso o investigaciones y en Chaco ahora se rompió un poco algo que estaba instalado, que era que solamente alguna gente podía hablar o escribir sobre Napalpí (Entrevista a Juan Chico realizada por Cecilia Hidalgo y Lena Dávila, Buenos Aires, 8 de noviembre de 2018)6.

  • 7 El trabajo de Carlos Masotta (2012) constituye otro antecedente sobre la temática. En este caso a p (...)
  • 8 Todos los investigadores que brindamos nuestro testimonio en el Juicio por la Verdad nos formamos e (...)
  • 9 Para un mayor desarrollo sobre la figura de Lehmann-Nitsche y su producción científica véase Dávila (...)
  • 10 Lehmann-Nitsche nunca se pronunció públicamente sobre lo ocurrido. Tampoco lo hizo Alberto Merkle n (...)
  • 11 El 28 de agosto de 2015 brindé esta primera declaración testimonial en la Fiscalía Federal de Resis (...)

9Por esos mismos años desde el espacio académico investigadores con diferente pertenencia institucional también estábamos estudiando específicamente la masacre o bien habíamos llegado a este tema en el marco de otros problemas de investigación (Lenton, 2006; Lenton et. al. 2011; Salamanca, 2009; Trinchero, 2009; Masotta, 20127; Giordano y Reyero, 2012; Musante, 2013; Dávila, 2011; 2015; 2017; Mapelman, 2015; Nagy, 2019, entre otros)8. Este último fue mi caso, ya que inicialmente mi trabajo se centró en el análisis de la producción científica y la construcción de la imagen pública del antropólogo alemán Robert Lehmann-Nitsche9. Como parte de esta investigación –en el contexto de mi tesis doctoral– pude acceder a una serie de documentos escritos y visuales que evidenciaban tanto la calidad de testigo de Lehmann-Nitsche y de su acompañante Alberto Merkle10, como la persecución y el asesinato de muchos de los indígenas que habían logrado escapar de la masacre aquel 19 de julio (Dávila 2015; 2017). En 2015 fui contactada por Diego Jesús Vigay y, al igual que muchos otros investigadores, brindé un primer testimonio en la Fiscalía Federal de Resistencia, el que luego pude ampliar durante el propio juicio11.

10En 2015 también se creó la Fundación Napalpí, cuyos miembros venían trabajando en conjunto desde 2008 como asociación comunitaria, con el propósito de investigar, visibilizar y producir conocimiento sobre la historia de los pueblos originarios, desde y para tales pueblos. En palabras de Juan Chico:

La tarea de la Fundación es principalmente trabajar el genocidio indígena, no sólo sobre documentación oficial sino sobre la memoria de los propios hijos, nietos y en este caso, de Rosa Grilo, que es sobreviviente de la masacre de Napalpí. También estamos terminando un texto sobre la masacre de El Zapallar, hoy General José de San Martín al norte de Chaco, que es un tema del que no se habla y se desconoce. Incluso la propuesta de visibilizar y reivindicar la presencia de los pueblos indígenas en la guerra de Malvinas, sobre lo que había un gran desconocimiento, así como una negación de la propia sociedad chaqueña. Si bien en Chaco somos más de 70.000 indígenas, hay sectores muy reticentes a la cuestión indígena. Y acá la escuela jugó un rol clave con sus representaciones y estereotipos sobre el indígena como el incivilizado, el bárbaro, el atrasado, el que no quiere estudiar, no quiere trabajar y todas esas cosas (…) Por eso hace dos años empezamos el Seminario de Reflexión sobre el Genocidio Indígena en el Chaco. Hoy sigue habiendo genocidios latentes y simbólicos, actualmente está pasando (Entrevista a Juan Chico realizada por Cecilia Hidalgo y Lena Dávila, Buenos Aires, 8 de noviembre de 2018).

11La labor de los investigadores y docentes indígenas en la asociación comunitaria, devenida en fundación más tarde, contribuyó a la visibilización de la masacre de Napalpí y del genocidio indígena. La participación activa de sus miembros y la realización de actividades en diversos espacios fue clave en este proceso. Entre éstas puede mencionarse la presentación de charlas en escuelas primarias y secundarias de Chaco; la publicación de libros bilingües (castellano-qom); la difusión en formato audiovisual y escrito de los testimonios de los sobrevivientes; la organización de seminarios, y la participación en actividades académicas (jornadas de investigación, foros y mesas redondas, entre otras) junto a otros investigadores y científicos. La emergencia de estos espacios y su sostenimiento a lo largo de los años favoreció la asociación entre los miembros de la Fundación, fiscales y abogados de DDHH, investigadores y docentes indígenas, y académico-científicos de distintas universidades nacionales. Desde la Fundación Napalpí se promovió un diálogo horizontal que no se redujo a las actividades compartidas, sino que se amplió al intercambio de experiencias personales y de materiales (artículos sobre la temática y documentos de archivo principalmente). Tal asociación entre estos distintos agentes sociales creó fuertes lazos colaborativos y un enriquecimiento mutuo. Pero, además, contribuyó a la producción interaccional de conocimientos en torno a los hechos sucedidos antes, durante y después de la masacre, así como acerca del contexto sociohistórico y político más amplio en el que se habían desarrollado los acontecimientos.

12A nivel del Estado provincial, y como parte de las acciones llevadas adelante en los años previos al juicio, no puede dejar de mencionarse que el 16 de enero de 2008 el entonces gobernador de Chaco, Jorge Milton Capitanich, realizó un pedido de perdón público por lo ocurrido:

No basta con mirar hacia atrás. Hoy en nombre del Estado del Chaco pido perdón por los crímenes de lesa humanidad que el 19 de julio de 1924 cometió el gobierno del entonces Territorio Nacional. Nuestro propósito va mucho más allá de esta formalidad omitida hasta ahora (…) Es posible construir otra justicia: entre todos los hombres y mujeres de buena voluntad podemos construir una justicia que repare esa y otras heridas del pasado: ese es el objetivo del Gobierno del Chaco (Diario Norte, Resistencia, Chaco, 17 de enero de 2008).

Estas expresiones se produjeron en la plaza de Machagai durante la celebración del cumpleaños ciento siete de Melitona Enrique, sobreviviente de la masacre de Napalpí. Para ese momento existía el antecedente del entonces presidente de la Nación Néstor Kirchner, quien el 24 de marzo de 2004 había pedido disculpas en nombre del Estado argentino por los crímenes de la última dictadura cívico-militar12. No obstante, Capitanich fue el primer gobernador en pedir perdón en nombre de un Estado provincial por delitos de lesa humanidad cometidos contra los pueblos originarios. Esto supuso, por lo menos a nivel provincial, un cambio en el discurso estatal respecto del pasado. En mayo de 2022, como resultado del Juicio por la Verdad por la masacre de Napalpí, se reconoció este pedido disculpas como una medida de reparación adecuada y, además, se ordenó “… al Estado Nacional la realización de un acto público de reconocimiento de su responsabilidad con participación de las víctimas de los pueblos Qom y Moqoit” (Fundamentos de la sentencia, Resistencia, 30 de junio de 2022, p. 26)13.

3. Coproducir la memoria, la verdad y la justicia: el Juicio por la Verdad

13El juicio se apoyó fuertemente en la memoria oral, las investigaciones y el archivo documental. Estos elementos se fueron entrelazando durante el proceso judicial a partir de los testimonios de cada uno de los testigos, de forma tal que fue posible desarticular dispositivos de poder puestos al servicio del ocultamiento y el silenciamiento de lo sucedido durante casi un siglo. Al respecto Juan Chico sostenía:

Nosotros sabemos que la masacre ocurrió. Gran parte de nuestra sociedad sabe que la masacre ocurrió, pero tenemos que probarlo ante la justicia y para eso necesitamos justamente de las pruebas, encontrar evidencia, si esas personas fueron asesinadas de disparos o con un arma blanca. Y ahí te das cuenta que los archivos, la documentación que tenemos y la memoria oral fueron claves. Es fundamental sumar los testimonios como los de la abuela [Rosa Grilo], que con su mirada cultural está aportando a un tema tan caro y tan relevante como es probar un hecho como la masacre de Napalpí y eso también es un reclamo de justicia. Por eso, dependiendo de los temas que queramos trabajar, creo que la oralidad y la documentación sin duda tienen que ir de la mano o cruzarse en ese proceso de una investigación (Entrevista a Juan Chico realizada por Cecilia Hidalgo y Lena Dávila, Buenos Aires, 8 de noviembre de 2018).

  • 14 Entre los académico-científicos también se incluye a Eugenio Zaffaroni, ex miembro de la Corte Supr (...)

14En el juicio convergieron las voces de los sobrevivientes y descendientes, docentes e investigadores indígenas y académico-científicos14, los que testimoniarían siguiendo este orden. En la práctica, tal ordenamiento se modificó debido a cambios de locación, decididos pocos días antes de iniciarse el juicio. Las primeras tres audiencias y la última se desarrollaron en La Casa de las Culturas de Resistencia (Chaco). La cuarta audiencia se llevó a cabo en Machagai (Chaco), con el propósito de acercarse a donde residían varios de los sobrevivientes que debían testimoniar y cuya avanzada edad impedía que se trasladaran a Resistencia. La quinta y sexta audiencia se realizaron en el Centro Cultural Haroldo Conti, ubicado en el Espacio Memoria y Derechos Humanos (Ex ESMA, Buenos Aires).

  • 15 Se reprodujeron en formato audiovisual los testimonios de Juan Chico, Pedro Balquinta, Rosa Grilo, (...)

15En los años previos al juicio, la Fiscalía Federal de Resistencia se ocupó de contactar a los testigos y solicitar su declaración. Durante el juicio buena parte de estos testimonios iniciales se ampliaron a partir de nuevos datos, información y/o fuentes obtenidas en el marco de investigaciones que habían continuado durante todos esos años. A lo largo del juicio se presentaron los testimonios de cuarenta y siete personas, incluyendo desde aquellos que fueron brindados de forma presencial, las lecturas de declaraciones testimoniales y la reproducción de testimonios en formato audiovisual15.

Imagen N° 1. Movilización que acompañó al Juicio por la Verdad, Resistencia (Chaco)

Fuente: Argentina.gob.ar. Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, Secretaría de Derechos Humanos

  • 16 Mi testimonio se centró justamente en el desarrollo de los acontecimientos relacionados a la masacr (...)

16Los testigos investigadores Qom y Moqoit eran docentes bilingües y/o habían trabajado junto a Juan Chico en la reconstrucción de la memoria histórica de sus pueblos y relevado algunos de los testimonios de los sobrevivientes, que eran en muchos casos los de sus propios abuelos, abuelas, padres, madres, tíos y tías. Durante el juicio, y como parte de sus testimonios, aportaron conocimientos sobre las graves consecuencias que había tenido la masacre en sus propias comunidades, las que perduran hasta el presente. Entre éstas se manifestaron la pérdida de la lengua y de prácticas culturales que no fueron transmitidas a las nuevas generaciones por temor a la violencia y la discriminación; las migraciones por terror a ser encontrados luego de escapar de la masacre; el trauma y el miedo a hablar sobre lo ocurrido, entre otras. Algunos académico-científicos también presentaron testimonios de sobrevivientes de la masacre, fallecidos años atrás, que habían sido relevados a través de entrevistas realizadas como parte de sus propias investigaciones. Otros académicos contribuyeron a la comprensión de los acontecimientos históricos vinculados directamente a la masacre16; el contexto sociopolítico y económico en el que ésta se produjo; la creación y el papel del sistema de reducciones estatales indígenas; la noción de genocidio y el proceso de genocidio indígena en Argentina; el análisis de los discursos periodísticos de la época; el rol de los archivos para la reconstrucción histórica de aquello que se intentó invisibilizar; entre otras cuestiones. Como muestra Hidalgo (2016a, p. 36), una de las principales contribuciones al debate público que pueden realizar tanto las comunidades científicas como sus miembros radica justamente en “ayudar a precisar qué se sabe, y en tal sentido aportar evidencias y argumentos que ya han logrado desarrollar en sus estudios previos”.

3. 1. ¿Quiénes son las víctimas de delitos de lesa humanidad en Argentina?

  • 17 La Ley de Punto Final (23.492), con fecha 24 de diciembre de 1986, determinó la paralización de los (...)
  • 18 Véase Martini, 2022.

17Como ya se mencionó, Argentina tiene una reconocida trayectoria en DDHH vinculada principalmente al juzgamiento de los crímenes de lesa humanidad cometidos en la última dictadura cívico-militar. Además, se realizaron Juicios por la Verdad mientras prevalecían las leyes de Punto Final y Obediencia Debida17. En estos procesos judiciales también participaron como testigos académico-científicos con formación en Ciencias Sociales y Humanas, los que contribuyeron a la reconstrucción del contexto socio-histórico y político de la época18. Gracias a tales juicios se probaron toda una serie de actos inhumanos que pueden conceptualizarse como crímenes de lesa humanidad y que el Estatuto de Roma define en su Artículo 7 como “cualquiera de los actos siguientes cuando se cometa como parte de un ataque generalizado o sistemático contra una población civil y con conocimiento de dicho ataque”:

18Usuario de Microsoft Office2023-10-20T16:09:00UdMOAsesinato; b) Exterminio; c) Esclavitud; d) Deportación o traslado forzoso de población; e) Encarcelación u otra privación grave de la libertad física en violación de normas fundamentales de derecho internacional; f) Tortura; g) Violación, esclavitud sexual, prostitución forzada, embarazo forzado, esterilización forzada o cualquier otra forma de violencia sexual de gravedad comparable; h) Persecución de un grupo o colectividad con identidad propia fundada en motivos políticos, raciales, nacionales, étnicos, culturales, religiosos, de género definido en el párrafo 3, u otros motivos universalmente reconocidos como inaceptables con arreglo al derecho internacional, en conexión con cualquier acto mencionado en el presente párrafo o con cualquier crimen de la competencia de la Corte; i) Desaparición forzada de personas; j) El crimen de apartheid; k) Otros actos inhumanos de carácter similar que causen intencionalmente grandes sufrimientos o atenten gravemente contra la integridad física o la salud mental o física.

19Asimismo, las sentencias a Miguel Osvaldo Etchecolatz y más tarde a Christian Federico von Wernich determinaron que los hechos por los que estaban siendo juzgados habían sido cometidos en el marco de un genocidio ocurrido en Argentina durante la última dictadura cívico-militar. Como muestra Martín Lozada (2019, p. 196), “el tribunal señaló que las Juntas Militares impusieron un régimen de terror basado en la eliminación calculada y sistemática desde el Estado, a lo largo de varios años, de miles de personas en forma violenta”.

20A la fecha del Juicio por la Verdad por la masacre de Napalpí nunca se había llevado adelante un proceso judicial de estas características por crímenes de lesa humanidad y genocidio contra los pueblos originarios. Esto evidenciaba algo que desde distintos sectores de la sociedad (movimientos indígenas, academia, Poder Judicial, entre otros) se venía discutiendo y visibilizando desde hacía varios años: la necesidad de que Memoria, Verdad y Justicia también llegara a los pueblos indígenas19. La Fiscalía Federal de Resistencia llamó la atención sobre esta cuestión al elevar el requerimiento del juicio y expresar que: “… establecer un criterio distinto de juzgamiento para crímenes de la Dictadura y del Genocidio Indígena, llevaría indefectiblemente a instaurar un régimen de víctimas de Lesa Humanidad de primera y de segunda categoría”20. Al momento del juicio, la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos (APDH) se pronunció en esta dirección, a favor de acompañar “el reclamo por ¡Memoria, Verdad y Justicia! De (sic) los pueblos Qom y Moqoit, reconociendo la importancia y el hecho histórico que significa la investigación y el juzgamiento de la Masacre de Napalpí”21.

Imagen N°2. Comunicación oficial

  • 23 Entrevista a Juan Chico realizada por Cecilia Hidalgo y Lena Dávila, Buenos Aires, 8 de noviembre d (...)

21Por su parte, Juan Chico también había manifestado la necesidad de “… seguir trabajando esto y entender que mi memoria no es mejor que la tuya, ni tu historia es mejor que la mía. Es decir, fuimos atravesados por decisiones políticas e ideológicas que hoy están también latentes y vivas”23. Destacó, además, que:

Lo que nosotros buscamos es que realmente la Memoria, Verdad y Justicia también pueda llegar a los pueblos indígenas; es decir, que el crimen cometido contra los pueblos indígenas en la masacre de Napalpí, sea considerado como crimen de lesa humanidad. Sin duda, esto puede sentar un precedente a nivel de la jurisprudencia muy importante para Napalpí y la región, que está llena de masacres, que no se conocen. Para dar un ejemplo, en Pampa del Indio hubo una masacre, el próximo año [2019] se conmemora la masacre de Fortín Yunká en Formosa, en el norte de Santa Fe también hubo masacres. Entonces, más allá de que no vive ninguno de los victimarios, hay un Estado que es el principal ideólogo, impulsor, motorizador del genocidio de los pueblos indígenas. ¿Y qué uno busca con esto? Lo que dijimos recién: generar consciencia social para ver de qué manera entre los argentinos, entre los grupos humanos que conformamos el Chaco y la Argentina, en algún momento podemos cerrar esas heridas del pasado y que las masacres no ocurran contra ningún grupo humano (Entrevista a Juan Chico realizada por Cecilia Hidalgo y Lena Dávila, Buenos Aires, 8 de noviembre de 2018).

  • 24 Para un mayor desarrollo sobre el proceso de genocidio indígena en Argentina véase Lenton (2006); L (...)

22Algunos de los investigadores que participamos del juicio también expresamos como parte de nuestros propios testimonios la importancia de que Memoria, Verdad y Justicia alcanzara a los pueblos originarios. Hacer justicia implicaba que el Estado reconociera que la masacre había ocurrido, que se trataba de un crimen de lesa humanidad y que una posible sentencia estableciera, además, que ésta no había sido un hecho aislado, un abuso de poder estatal excepcional, sino que era el resultado de toda una serie de condiciones generadas en el marco de un proceso de genocidio contra los pueblos originarios24.

23La apelación a Memoria, Verdad y Justicia se instaló con la vuelta de la democracia en 1983 como emblema de la lucha contra los crímenes de lesa humanidad cometidos en la última dictadura cívico-militar y la defensa de los DDHH. En este camino, Juan Chico destacaba el aporte que podíamos hacer quienes formábamos parte de la academia al Juicio por la Verdad y a la co-construcción de conocimientos, en la medida en que trabajáramos de forma asociativa:

Seguir generando este tipo de charlas [con relación a la entrevista en curso en ese momento], de debate, seguir profundizando el tema y que continuamente estemos pensando qué hacer [en conjunto]. Eso ya es un buen comienzo, porque por lo general desde la política, la academia o determinados grupos se acercan a los pueblos indígenas por la cuestión más emocional y sentimental, en relación con los dolores y las injusticias, pero no desde una consciencia crítica o queriendo aportar a la Memoria, Verdad y Justicia, que yo creo que desde ese lugar se puede aportar mucho. Por eso hay que seguir actuando con los sobrevivientes para que todo el mundo se entere de que no se diferencian de las abuelas de Plaza de Mayo ni de la Madres: tenemos que seguir instalando que la masacre de Margarita Belén no hubiera ocurrido si hubiésemos sido conscientes de las masacres contra los pueblos indígenas y por eso es importante trabajar estos temas y que no queden en el olvido como algo del pasado (Entrevista a Juan Chico realizada por Cecilia Hidalgo y Lena Dávila, Buenos Aires, 8 de noviembre de 2018).

Imagen N° 3. Sitio de Memoria, Sitio Histórico Memorial Napalpí creado en 2020

Fuente: Centro Internacional para la Promoción de los Derechos Humanos de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO, por sus siglas en inglés)

24Según la coproducción interaccional de conocimientos, todo nuevo sentido surge sobre la base de un reordenamiento de ideas, categorías, representaciones preexistentes, al tiempo que es posibilitado en contextos específicos que habilitan el diálogo y la interacción de voces, las que bien podrían haber sido negadas en otros momentos sociohistóricos y políticos. Los juicios son contextos o espacios que justamente propician la coproducción de conocimientos, en la medida en que habilitan prácticas de interacción entre distintos agentes sociales y de revisión de tales ideas, categorías, representaciones. En el caso particular del Juicio por la Verdad por la masacre de Napalpí, la interacción de las voces indígenas (sobrevivientes y descendientes, docentes e investigadores) y no indígenas (académico-científicos, fiscales, miembros de organizaciones de DDHH, entre otros) posibilitó la revisión y reorganización del concepto de “víctimas de crímenes de lesa humanidad”. Hasta ese momento éste había estado asociado en nuestro país prácticamente de forma unívoca a las víctimas de terrorismo de Estado, en el contexto de la historia más reciente, como lo fue la última dictadura cívico-militar. Sin embargo, en el marco de este juicio y como resultado del proceso antes mencionado, este concepto se amplió e hizo extensivo a los pueblos originarios. Esto implicó, a su vez, la reconfiguración de la identidad de los sobrevivientes de la masacre como víctimas de delitos de lesa humanidad.

25Asimismo, es importante señalar que esto fue posible, ya que el juicio propició la legitimación de las voces indígenas. Al reconocer a los miembros de los pueblos originarios como testimoniantes se los legitimó, pero no como meros registros vivos del pasado, sino como una de las voces a través de la cuales reconstruir de forma colectiva la historia de lo ocurrido en Napalpí. Como sostiene Kusch, (2002, p. 12. La traducción es mía), “el testimonio no es solo un medio de transmisión de conocimientos completos desde y hacia un individuo. El testimonio es casi siempre generador de [nuevo] conocimiento”. Y este conocimiento se produce de manera interaccional, siempre en una interdependencia con otros (Kusch, 2002; 2009; Tozzi, 2012a; 2012b). Desde esta perspectiva, la reconstrucción de lo ocurrido en torno a la masacre de Napalpí y del contexto más amplio en el que ésta sucedió fue resultado de una voz colectiva, que se constituyó a partir de la interacción de la palabra de una multiplicidad de agentes sociales.

4. A modo de cierre

26El presente artículo adoptó la definición de Jasanoff (2004), para quien la coproducción es un lenguaje que permite interpretar fenómenos complejos, como lo son los procesos de búsqueda de justicia por violaciones a los DDHH. Se puso el foco en la dimensión interaccional en la medida que permitió mostrar que todo problema del orden social involucra un problema del orden del conocimiento, y viceversa. En el caso aquí analizado el primero de estos problemas se circunscribió al pedido de justicia por los delitos de lesa humanidad cometidos contra los pueblos Qom y Moqoit en la llamada masacre de Napalpí. Su resolución implicó necesariamente la reconstrucción histórica de lo ocurrido antes, durante y después de la masacre, así como del proceso de genocidio indígena perpetrado por el Estado argentino.

27Todo problema del orden del conocimiento implica preguntarse acerca de quién es considerado como productor de saberes y, en este caso, quiénes son reconocidos como las voces testimoniantes a través de la cuales reconstruir la historia de lo acontecido en Napalpí y de su contexto más amplio. Como afirma Jasanoff (2004), las instituciones, entre las que se incluye el sistema jurídico, son espacios de coproducción en tanto habilitan prácticas de interacción entre distintos agentes sociales, lo que posibilita la revisión conjunta de las nociones sobre el pasado y la emergencia de una voz colectiva. En el caso analizado, esta voz colectiva se co-construyó en el juicio a partir de los testimonios de los sobrevivientes de la masacre y sus descendientes, los docentes e investigadores indígenas y los académico-científicos. Este proceso implicó un cambio a nivel del orden del conocimiento, pues en el juicio se produjeron nuevos saberes sobre lo sucedido, así como una reconceptualización de la noción de víctima de lesa humanidad y la ampliación de la identidad social asociada, la que se hizo extensiva a los pueblos originarios.

28A lo largo de este trabajo se dio cuenta, además, del juicio como del proceso previo iniciado alrededor de quince años antes. Durante estos primeros tiempos, el Juicio por la Verdad se presentaba como algo lejano, que no se sabía con certeza cuando podría concretarse. No obstante, las actividades y experiencias compartidas posibilitaron que se crearan lazos colaborativos entre quienes desde distintos sectores veníamos aportando a la investigación y la visibilización de la masacre, tanto en espacios académicos como no académicos.

29Por último, me interesa destacar que este año se conmemora el centenario de la masacre de Napalpí en un contexto sociopolítico muy distinto de aquel de hace dos años, cuando se estaba realizando el Juicio por la Verdad. Muchos de los derechos logrados en las últimas décadas, junto a las políticas públicas de Memoria, Verdad y Justicia, parecen peligrar frente a discursos negacionistas de los delitos de lesa humanidad y del genocidio indígena. En este marco resulta fundamental señalar que en los contextos democráticos en los que se busca promover una cada vez mayor equidad e inclusión social, ni los funcionarios estatales ni los académico-científicos pueden ser considerados como los únicos participantes legítimos en la agenda pública y de investigación (Hidalgo, 2016b). Pero, además, en el caso particular de los procesos judiciales por violaciones a los DDHH y delitos de lesa humanidad, la participación de una multiplicidad de agentes sociales (académicos y no académicos) y su reconocimiento como voces legítimas es fundamental en el esclarecimiento de los hechos y el reconocimiento de la verdad en tanto derecho humano fundamental.

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Notas

1 Los Juicios por la Verdad nacieron en Argentina a fines de la década de 1990 como resultado de una larga lucha llevada a cabo por distintos organismos de Derechos Humanos (DDHH). Estos juicios tuvieron como objetivo que se reconociera la verdad en torno a los crímenes de lesa humanidad cometidos durante la última dictadura cívico-militar (1976-1983). Estos procesos judiciales fueron una alternativa frente a la imposibilidad de juzgar penalmente a los responsables de tales delitos, como consecuencia de la sanción de las leyes de impunidad de Obediencia Debida y Punto Final.

2 Por relato oficial me refiero a la también llamada historia oficial, la que se manifiesta en narrativas históricas, textos de divulgación, discursos políticos, museos, monumentos, medios de comunicación, entre otros. Este relato, legitimado desde el Estado, puede funcionar como un dispositivo de desacreditación de las demandas de justicia y reconocimiento de los crímenes cometidos, en este caso, por el Estado contra los pueblos originarios. Cabe señalar que como resultado del Juicio por la Verdad pudo demostrarse que desde el propio Estado se habían implementado estrategias de construcción de una historia oficial con el propósito de encubrir y negar la masacre de Napalpí.

3 Juan Chico fue un investigador, historiador y profesor qom nacido en Colonia Aborigen Chaco (ex Reducción Napalpí). Murió en junio de 2021, a menos de un año de iniciarse el Juicio por la Verdad por la masacre de Napalpí, dejando un vacío enorme, del que todavía a muchos nos cuesta hablar.

4 El Juicio por la Verdad por la masacre de Napalpí se convirtió en condición de posibilidad para otros procesos judiciales por delitos de lesa humanidad cometidos contra otros pueblos originarios.

5 Diego Jesús Vigay (2023) refiere, además, al proceso iniciado a finales de la década de 1990, cuando algunas de las mujeres sobrevivientes de la masacre, como Rosa Chará, comenzaron a contarle a sus descendientes en un contexto de intimidad familiar el horror vivido cuando eran niñas o adolescentes.

6 Dada la temprana e inesperada muerte de Juan Chico y en ausencia de su declaración testimonial, la Fiscalía Federal de Resistencia seleccionó esta entrevista, que valió como testimonio de éste. Tal entrevista fue proyectada durante la primera jornada del Juicio por la Verdad. El video y la fotografía de la misma estuvo a cargo de Hugo Partucci. Una versión editada de esta entrevista puede verse en https://www.youtube.com/@Co-AlteridadesAntropologias

7 El trabajo de Carlos Masotta (2012) constituye otro antecedente sobre la temática. En este caso a partir del análisis de una serie de testimonios, el autor reflexiona sobre el relato de “La Matanza” (más conocida actualmente como la masacre de Napalpí) en torno a la represión militar de indígenas de Colonia Aborigen Chaco.

8 Todos los investigadores que brindamos nuestro testimonio en el Juicio por la Verdad nos formamos en universidades públicas, donde también ejercemos la profesión docente, y formamos parte del sistema científico argentino. Nicolás Iñigo Carrera, destacado investigador, también fue convocado para brindar su testimonio por un trabajo realizado casi cuatro décadas antes, en 1984, que contribuyó a la contextualización socio-económica de la región del Gran Chaco.

9 Para un mayor desarrollo sobre la figura de Lehmann-Nitsche y su producción científica véase Dávila 2017; 2020; 2024, en prensa.

10 Lehmann-Nitsche nunca se pronunció públicamente sobre lo ocurrido. Tampoco lo hizo Alberto Merkle ni el entonces director del Museo de La Plata, Luis María Torres, que también estaba al tanto de lo ocurrido (Dávila, 2017).

11 El 28 de agosto de 2015 brindé esta primera declaración testimonial en la Fiscalía Federal de Resistencia (Chaco).

12 Véase https://www.youtube.com/watch?v=yCvGJiCLg1s

13 Al momento de escribir el presente artículo el Estado Nacional no ha realizado este acto y pedido disculpas por los los hechos ocurridos. Sobre la sentencia y el conjunto de las medidas de reparación ordenadas véase https://www.argentina.gob.ar/sites/default/files/2023/03/sentencia_napalpi-_fundamentos-_30-06-2022.pdf

14 Entre los académico-científicos también se incluye a Eugenio Zaffaroni, ex miembro de la Corte Suprema de Justicia de La Nación de Argentina.

15 Se reprodujeron en formato audiovisual los testimonios de Juan Chico, Pedro Balquinta, Rosa Grilo, Melitona Enrique, Rosa Chará, Felipa Lalecori y se leyeron los testimonios de Mario Irigoyen y Carmen Delgado. Brindaron su testimonio de forma presencial o a través de videollamada: Ramona Pinay; David García; Analía Noriega; Mariana Giordano; Graciela Elizabeth Bergallo; Neri F. Romero; Pedro Solans; Teresa Artieda; Laura Rosso; María G. Barrios; Alejandro Jasinski; Rubén Guillón; Luciano Sánchez; Matilde Romualdo; Salustiano Romualdo; Sabino Irigoyen; Hilaria Gómez; Lucia Pereira; Cristian Enríquez; Guillermo Ortega; Raúl Fernández; Miriam Esquivel; Gustavo Gómez; Viviana Notagay; Juan Carlos Martínez; Florencio Ruiz; Marcelo Musante; Nicolás Iñigo Carrera; Lena Dávila; Alejandro Covello; Alejandra Aragón; Mariana Nazar; Silvina Turner; Valeria Mapelman; Carlos Salamanca; Héctor Trinchero; Mariano Nagy; Diana Lenton y Eugenio Zaffaroni.

16 Mi testimonio se centró justamente en el desarrollo de los acontecimientos relacionados a la masacre, así como en la persecución y asesinato de aquellos indígenas que habían logrado escapar, hechos que se prolongaron durante varios meses. También me referí a la presencia de Lehmann-Nitsche durante la masacre, la ausencia de pronunciamiento público sobre lo ocurrido tanto de él y su acompañante Alberto Merkle –jefe de taxidermia del Museo de La Plata– y el silenciamiento a nivel institucional del Museo de La Plata. Asimismo, me expresé sobre Francisco Pérez Leirós, diputado socialista y única voz que desde el espacio político se manifestó sobre lo ocurrido y solicitó en el marco de las sesiones de la Cámara de Diputados de La Nación que se enviara una comisión a investigar lo sucedido. Finalmente, en respuesta a una pregunta realizada durante el proceso judicial me manifesté sobre la buena conservación de los archivos en las instituciones argentinas y la importancia de que las fuentes documentales vinculadas a la masacre también estuvieran disponibles para los pueblos originarios implicados en este hecho.

17 La Ley de Punto Final (23.492), con fecha 24 de diciembre de 1986, determinó la paralización de los procesos judiciales iniciados en 1985 contra los imputados como autores penalmente responsables de haber cometido el delito de desaparición forzada de personas durante la última dictadura cívico-militar. La Ley de Obediencia Debida (23.521), promulgada el 4 de junio de 1987, estableció que los delitos cometidos por los miembros de las Fuerzas Armadas cuyo grado estuviera por debajo de coronel durante la última dictadura no eran punibles por haber actuado por la denominada “obediencia debida”, una noción militar según la cual los subordinados se limitan a obedecer las órdenes de sus superiores. El 14 de junio de 2005, la Corte Suprema de Justicia de Argentina declaró inconstitucionales ambas leyes y constitucional su nulidad, lo que permitió convalidar la reapertura, así como el inicio de nuevos juicios a militares y civiles.

18 Véase Martini, 2022.

19 Esto también se expresó en las últimas marchas del 24 de marzo –Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia en el que se conmemora en Argentina a las víctimas de la última dictadura militar– en las que los movimientos indígenas participan con carteles y pancartas de “Memoria, Verdad y Justica para los pueblos originarios”.

20 Requerimiento de Juicio por la Verdad, Unidad Fiscal de DDHH de Resistencia, 14 de julio de 2021.

21 Véase https://www.apdh-argentina.org.ar/declaraciones/la-apdh-acompana-el-reclamo-por-memoria-verdad-y-justicia-de-los-pueblos-qom-y-moqoit

22 Véase https://www.apdh-argentina.org.ar/declaraciones/la-apdh-acompana-el-reclamo-por-memoria-verdad-y-justicia-de-los-pueblos-qom-y-moqoit

23 Entrevista a Juan Chico realizada por Cecilia Hidalgo y Lena Dávila, Buenos Aires, 8 de noviembre de 2018.

24 Para un mayor desarrollo sobre el proceso de genocidio indígena en Argentina véase Lenton (2006); Lenton y Nagy (2019), y Nagy (2019).

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Leyenda Imagen N° 1. Movilización que acompañó al Juicio por la Verdad, Resistencia (Chaco)
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Para citar este artículo

Referencia electrónica

Lena Dávila, «Cien años de la masacre de Napalpí. Un análisis del Juicio por la Verdad desde la visión coproduccionista interaccional de conocimientos»Corpus [En línea], Vol. 14 Nº 1 | 2024, Publicado el 12 agosto 2024, consultado el 13 septiembre 2024. URL: http://journals.openedition.org/corpusarchivos/7169

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Autor

Lena Dávila

Instituto de Ciencias Antropológicas de la Universidad de Buenos Aires

Centro de Estudios de Medios y Comunicación de la Universidad Nacional de Moreno Sociedad Argentina de Análisis Filosófico

Argentina

Correo electrónico: davila.lena@gmail.com

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