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I. Articoli
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La movilización eclesiástica en defensa de sus haberes: una reacción ante la política religiosa republicana (1931-1934)

Maria Concepción Marcos Del Olmo

Abstract

Una delle più difficili – e anche sconosciuta – delle battaglie che ingaggiò la chiesa durante il primo biennio repubblicano e fino all’aprile del 1934, fu la legge sui beni del clero che fu approvata dal Parlamento. Tale compito fu assolto da un’apposita commissione di ecclesiastici, i cui membri si rivolsero, in modo individuale e con la dovuta discrezione, ai deputati più influenti del tempo. Questi seppero mobilitare l’insieme delle autorità diocesane affinché si potesse raggiungere, proprio attraverso la loro partecipazione, tutti i delegati eletti nei diversi collegi elettorali.

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Testo integrale

“Congreso de los Diputados, Madrid”Visualizza l'immagine
Credits: by Roy Luck on Flickr (CC BY 2.0)

1. Introducción

  • 1 «La República – afirma Francisco Carmona produjo en el clero reacciones políticas diferentes; uno (...)
  • 2 Véase en este sentido FRÍAS GARCÍA, Carmen, La jerarquía eclesiástica española ante la legislación (...)
  • 3 Destacan en este sentido los trabajos centrados el episcopado español y las redes de intereses que (...)
  • 4 CERVERA SEBASTIÁ, Isabel, «Legislación sobre el presupuesto de Culto y Clero durante la II Repúblic (...)
  • 5 DE LA CUEVA, Julio, Cultura republicana, religión y anticlericalismo: un marco interpretativo para (...)
  • 6 BERZAL DE LA ROSA, Enrique, Remigio Gandásegui (1905-1937). Un obispo para una España en crisis, Ma (...)
  • 7 El testimonio de esa protesta en MARTÍN LÁZARO, Rafael, Conferencia pro aumento de haberes del cler (...)

1Cuando se habla de la Iglesia española en tiempos de la Segunda República es fácil pensar en las muchas dificultades que hubo de sortear en el ejercicio de su misión pastoral, encontrándose ahí un poderoso asidero en el que sustentar la tesis de un clero abiertamente combativo y decididamente opuesto al régimen. La realidad, sin embargo, no parece tener contornos tan nítidos y el modelo explicativo se resiente cuando lo encontrado es una Iglesia plena de variedad intrínseca1 y mucho más respetuosa con el accidentalismo y moderación que propugna la Santa Sede de lo que hiciera pensar la provocadora actitud de hombres como el Cardenal Pedro Segura2. Pensar, sin embargo, en un clero apático y/o impregnado de mero seguidismo, es olvidar la complejidad de un tema que el desarrollo historiográfico de los últimos tiempos ha contribuido a resaltar. Nuevos elementos de juicio y rompedoras perspectivas de análisis3 que no hacen sino recordar los múltiples frentes que, de hecho, tuvo abiertos el clero. Entre ellos, y no precisamente de importancia secundaria aunque la historiografía siga sin prestarle atención más allá de lo que fue el corpus legislativo elaborado al efecto4, se encuentra el referido a la más pura y dura cuestión económica: el mantenimiento de un clero cuyos emolumentos, pagados desde el Concordato de 1851 con cargo a los presupuestos del Estado, desaparecerían una vez que los nuevos gobernantes, culturalmente imbuidos de anticlericalismo5, dejasen de financiar a la Iglesia. Nunca había percibido cantidades desorbitadas; apenas si daban en los últimos tiempos de la Monarquía para sueldos que en ocasiones ni siquiera llegaban a equipararse con las retribuciones que a la sazón tenía un portero 5º de Ministerio6, lo que generaba profundo descontento entre los afectados y provocó manifestaciones de protesta en más de una ocasión7; pero la desaparición de esas cantidades, que el clero consideraba exigua compensación por los bienes desamortizados, ponía en peligro la supervivencia misma de no pocos eclesiásticos y la reacción no se hizo esperar.

2. Momentos, protagonistas y objetivos

  • 8 La última de esas reuniones, de la que cada uno de los representantes sacó conclusiones diferentes, (...)
  • 9 Carta de Santiago Guallar, Archivo Diocesano de Ciudad Rodrigo (desde ahora ADCR), Sig. 1337.3.0, 9 (...)
  • 10 Carta de Santiago Guallar y Ricardo Gómez Rojí, ADCR, Sig. 1337.3.0, 19 de septiembre de 1931, p. 1
  • 11 Ibidem, 9 de septiembre de 1931.

2Ya en los primeros días de septiembre de 1931, antes de que tuviera lugar la última de las sesiones negociadoras que por entonces reunieron a Tedeschini y el Arzobispo de Tarragona con Alcalá Zamora y Fernando de los Ríos8 , los diputados Santiago Guallar y Ricardo Gómez Rojí, representantes en el parlamento de las provincias zaragozana y burgalesa, amén de canónigos en sus respectivas catedrales, se dirigieron a los Arzobispos primero, a ciertos Obispos después «no a todos por no llamar en demasía la atención»9 y a la totalidad de los Prelados finalmente, solicitando de los mismos el nombramiento de un delegado que, secreta y privadamente, hablase con los diputados de su provincia en favor de los intereses y derechos de la Iglesia tan seriamente amenazados10. Se trataría de actuar cerca de los diputados izquierdistas, viendo la manera de «inclinar (su) ánimo […] a la justicia y benevolencia hacia la Iglesia»11; pero también, sobre todo visto con perspectiva, de movilizar a los representantes de la derecha en defensa de los intereses eclesiásticos.

3Era el comienzo de un movimiento con inequívoca vocación de futuro y llamado a organizarse en el plano nacional, dispuesto a dar este decisivo salto ya desde el principio y comprometido con cuantos medios se hallaran a su alcance. Ninguna duda ofrecen en este sentido las reuniones de delegados que tuvieron lugar en Madrid los días 4,7 y 16 de septiembre. El hecho mismo de su celebración es prueba de la dimensión nacional que se pretendió dar al movimiento, pero fueron las disposiciones allí adoptadas las que mejor denotan su interés organizativo.

4Se nombró, para empezar, una llamada comisión científica, encargada según los organizadores de poner a disposición de los parlamentarios derechistas cuanta información necesitaran para el mejor cumplimiento de su misión. Otra, denominada de “Economía, Prensa y Gestión”, que se encargaría de los trabajos oficiales al tiempo que correría con los de naturaleza extraoficial y se ocuparía de aquellos otros calificados como de índole reservada. Ambas, según se decidió en la reunión del día 7, actuarían además como secretaría del grupo de parlamentarios sacerdotes, quedando constituido el pleno por la totalidad de los delegados diocesanos, que se convertirían en tales «previa venia de los Excmos Ser. Obispos». Allí mismo se acordó que la dirección del Secretariado recayera en los Sres. Guallart y Rojí.

5Fehaciente testimonio del alcance y continuidad que se pretendió es, por su parte, el esfuerzo económico que se exigió a sacerdotes y diócesis, impelidos aquellos a contribuir con un día de sus haberes y llamadas éstas a cubrir los primeros gastos mediante un adelanto que se cifró en 1.000 pesetas para cada una de ellas. Se actuó, además, con tal celeridad y eficacia que solo tres días después de esta primera reunión, el 7 de septiembre, se celebró otra, a la que asistieron tanto los miembros de la Comisión de Economía, Prensa y Gestión como los delegados que aún permaneciesen en Madrid, en la que ya se dejó constancia de las gestiones realizadas ante sus respectivos diputados, advirtiendo que pudieran calificarse de exitosas la mayor parte de ellas.

  • 12 Cabildo de 26 de marzo de 1932, Archivo Capitular de Toledo (desde ahora ACT), Actas Capitulares de (...)
  • 13 Como tales se les menciona ya en carta de 27 noviembre 1932; cfr., ACT, Fondo “Ora et Labora. Caja (...)

6Su actividad, sin embargo, quedó reducida a esos primeros momentos; siendo en el marco del Cabildo toledano, y ya sin el matiz asambleario de los comienzos, donde en marzo de 1932 se constituiría la Comisión Pro Clero que desde entonces se ocupó de promover la defensa de los intereses eclesiásticos en el Parlamento. La compusieron el deán José Polo Benito, el tesorero Ildefonso Montero Díaz y los canónigos José Marco Colomina y Ramón Molina Nieto, quien, pese a su condición de diputado, no correría con el peso de la actividad parlamentaria sobre el tema. Se contaría, además, con el deán de Madrid Ezequiel Mudarra y el canónigo granadino Juan Francisco Correas, considerados en un primer momento como «canónigos asociados»12 y luego convertidos en miembros de pleno derecho13.

  • 14 BERZAL DE LA ROSA, Enrique, Remigio Gandásegui (1905-1937), cit., pp. 208-209.
  • 15 Véase sobre el tema DI FEBO, Giuliana, La actuación del Cardenal Vidal i Barraquer en 1931, in MARC (...)
  • 16 Personaje muy controvertido, ha sido objeto de interpretaciones diferentes, sobre todo en lo referi (...)
  • 17 MARCOS DEL OLMO, Maria Concepción, «El canónigo Jerónimo García Gallego, diputado por Segovia en la (...)
  • 18 Para más información sobre el personaje TEZANOS, Marisa, «Basilio Álvarez “una sotana casi rebelde” (...)
  • 19 MONTERO GARCÍA, Feliciano, «Severino Aznar», in XX siglos, 12, 47, 2001, pp. 19-21; CARBALLO, Franc (...)

7Se contó con el inicial beneplácito del Nuncio, quien también diera su apoyo a la ya mencionada iniciativa de Guallar y Gómez Rojí14, y de representantes tan significativos de la jerarquía más netamente posibilista como el Cardenal Vidal y Barraquer15 o el obispo de Madrid Eijo y Garay16 pero buscó también el apoyo tanto de Guallar Poza y Gómez Rojí cuanto del deán de Oviedo- Maximiliano Arboleya. Igualmente se contactó con Jerónimo García Gallego, canónigo que llegó a las Constituyentes de 1931 bajo la etiqueta de republicano independiente y fue conocido por sus ataques al grupo de Acción Popular17, Basilio Álvarez18 o Severino Aznar19, demostrando así la pluralidad de un movimiento que estuvo lejos, pese a todo, de englobar al conjunto de las diócesis y se dirigió de manera centralizada desde el Cabildo toledano.

  • 20 Texto del Voto particular en ADCR, Diario de Sesiones de las Cortes Constituyentes (desde ahora DSC (...)
  • 21 ADCR, Sig. 1337.3.0, Carta enviada el 31 de marzo de 1932, p. 2.

8El traslado de la Comisión a Madrid, solo un día después de haberse constituido, marcó el comienzo de una actividad que se prolongaría- al menos que sepamos- hasta la primavera de 1934 y conocería tres grandes campañas de actuación. Coincidió la primera con el momento en que las Cortes discutieron el presupuesto correspondiente a 1932, en el que la dotación eclesiástica para entonces reducida a 29.000.000 pesetas ya figuraba en el capítulo de «Obligaciones a extinguir» y se extendió hasta ese 30 de marzo en el que se desestimó el voto particular con el que Abilio Calderón había tratado de conseguir retribuciones vitalicias para el conjunto de los eclesiásticos a base de aceptar una rebaja en sus emolumentos y su traslado a Clases Pasivas20. No se había podido cumplir el objetivo, pero la opinión de Abilio Calderón el seglar más comprometido con la causa y hombre fuerte de la Comisión en el Parlamento distaba de ser pesimista. Muy al contrario, se mostró verdaderamente satisfecho de lo conseguido, considerándolo de «gran provecho para lograr nuestros deseos en plazo relativamente próximo, cuando haya modificaciones ministeriales»21.

9No hubo que esperar tanto. La siguiente cita tuvo lugar a finales del propio año 1932, coincidiendo con la presentación en Cortes el día 25 de noviembre de un nuevo Presupuesto al que, tal y como ocurriera en marzo, se opuso Abilio Calderón alegando que la dotación eclesiástica se limitaba a los 4.238.480 pesetas que figuraban en el capítulo de “Obligaciones a extinguir” y seguía sin tenerse noticia de la ley especial que preveía la Constitución para regular la total extinción del Presupuesto de Culto y Clero.

  • 22 Cabildo de 26 de noviembre de 1932, ACT, Actas Capitulares 1931 al 1936, Libro 123, p. 130.
  • 23 Nota adjunta a la Carta, ADCR, Sig. 1337.3.0, 22 de diciembre de 1932, p. 1.

10La respuesta del Ministro de Justicia, anunciando la inminente llegada al Parlamento de la mencionada ley especial, terminó de acelerar los acontecimientos. Solo dos días más tarde, el Cabildo Primado de Toledo cumplió con el requerimiento que el día anterior hiciera Abilio Calderón, acordando en sesión extraordinaria el inmediato traslado a Madrid de los Sres. Polo Benito, Montero Díaz y Nieto Molina «los miembros de la Comisión Pro Clero que viene actuando desde el pasado mes de marzo» especificaba para que acelerasen sus trabajos22. El final lo marcaría en este caso la votación que desechó la propuesta que Abilio Calderón había logrado incluir en el dictamen de la Comisión Parlamentaria de presupuestos y que rezaba así: «El Gobierno presentará a las Cortes dentro del año 1933 un Proyecto de Ley regulando el Estatuto correspondiente a los miembros del Clero que estuvieron legalmente adscritos al Servicio Oficial de cultos, en el que se señalen los derechos individualizados que pueden concedérseles y las condiciones de adquisición y disfrute de los mismos»23.

  • 24 Diario de Sesiones de las Cortes (desde ahora, DSC), 30 de diciembre de 1933, p. 254.
  • 25 Carta enviada a los Cabildos, ADCR, sig. 1337.3.0, 10 de enero de 1934, p. 1.
  • 26 Ibidem. «Es continuación esta carta – decían –, absolutamente en todos los sentidos, de las que en (...)

11La situación del clero entró entonces en su fase más dura, obligado a vivir con la pírrica asignación concedida para el año 1933 y consciente de que, al menos a corto plazo, no habría más. Carente incluso de la mínima esperanza que proporcionaba el hacer de una Comisión eclesiástica de la que tampoco se tenían noticias. Fue, no obstante, un simple período de transición, que llegaría a su fin con las elecciones celebradas en noviembre de ese año. El 30 de diciembre de 1933 el Presidente del Gobierno se comprometió ante el Congreso a la rápida presentación de un proyecto de ley encaminado a subsanar el abandono en que se encontraba el clero24. Fue suficiente para que la Comisión eclesiástica el mismo grupo de hombres que había actuado durante el año 1932 y comienzos de 1933 se comprometiera con el seguimiento y mejora de ese proyecto, dejando constancia de su regreso a la actividad que le era propia con un comunicado a los Prelados25, al que siguió una nota informativa que titularon carta nº 4 para mayor sensación de continuidad con las notas remitidas entre enero y febrero de 193326.

2.1. La comunicación con ministros y parlamentarios influyentes

  • 27 Ibidem. Ocurrió con la entrevista realizada el día de Reyes de 1934, Carta del 10 de enero de 1934, (...)
  • 28 Ibidem, 2 de febrero de 1934, p. 1.

12Fueron etapas de frenética actividad desarrollada a lo largo de interminables jornadas que comenzaban a una prudencial hora de la mañana y no terminaban en ocasiones sino avanzada la noche, incluso de madrugada, que era el momento en el que solían concluir las sesiones parlamentarias, cuando consideraban del todo necesario un seguimiento personal de las mismas. Su trabajo a lo largo de ellas incluía desde la realización de tareas puramente administrativas llamadas telefónicas o envío de cartas y telegramas hasta la concesión de entrevistas a la prensa, aunque mucho más de lo primero que de lo segundo dado que la suya era una labor a realizar en la sombra, que ganaba eficacia cuanto más callada resultase, por lo que solo en momentos concretos y no sin antes haberlo pensado mucho, se optó por dejar pública constancia de su existencia27. Diferente es el contacto con las redacciones periodísticas. No solo aquellas cuya línea editorial se hallaba más en consonancia con el ideario católico y planeaban en la órbita de la obra Ora et Labora que presidía el propio Ildefonso Montero. También se movieron cerca de publicaciones ‘menos dóciles’ cuyos contenidos pudieran orientar en un momento dado, sobre todo una vez que el cambio en la situación política general acrecentó su capacidad de acción, a fin de evitar comentarios inoportunos o apreciaciones consideradas poco acordes con la realidad28

  • 29 Ibidem, Carta del 10 de diciembre de 1932. Así ocurrió, que sepamos, en los casos de Lerroux, Maura (...)

13Lo que verdaderamente definió la actividad de la Comisión fue, sin embargo, el trabajo realizado con los diputados encargados de votar las leyes de referencia a los que, por ello mismo, se pretendió atraer a la causa. Contactar con ellos, convencerlos de la justicia que entrañaban sus pretensiones y conseguir que actuaran en consecuencia, votando lo que en cada caso interesaba. Ese era su verdadero día a día tan pronto aterrizaban en Madrid, y el modus operandi más habitual, la entrevista con estos personajes a los que podían abordar en los pasillos del Congreso pero también en sus despachos profesionales y hasta en el propio domicilio particular29.

  • 30 Ibidem; Nota informativa, confidencial y reservada (nº 1), de marzo de 1932.
  • 31 En ese sentido se manifestaron los informes enviados a Roma desde la nunciatura española que se cit (...)
  • 32 Nota informativa, confidencial y reservada nº 2, ADCR, Sig. 1337.3.0, 22, 28 de marzo de 1932, p. 1 (...)

14Así ocurrió en marzo de 1932, cuando la Comisión se entrevistó con los más variados políticos. Desde Martínez de Velasco a Fernando de los Ríos, Antonio de la Villa, Sr. Sarriá, Antonio Guallar «y otros de la minoría radical socialista que en este caso representan la oposición más tenaz»30, pasando por los exministros Alba y Melquiades Álvarez, cuyo apoyo se buscó olvidando las críticas que despertara en el pasado su «liberal-catolicismo»31 , Maura, Lerroux, Albornoz, Marcelino Domingo, Carner, Ossorio, Severino Aznar, Inocencio Jiménez o el propio Azaña, cuya postura se tuvo por insuficientemente definida dado que afirmaba José Polo Benito «no niega nuestra demanda pero parece querer aplazar sine die la solución»32; cualquier persona de alguna forma involucrada en la elaboración del presupuesto correspondiente a 1932 y de manera especial los miembros de esa Comisión parlamentaria, con quienes, de una u otra forma, contactaron en alguna ocasión.

  • 33 Primera Nota informativa, confidencial y reservada, ADCR sig. 1337.3.0, 1 de diciembre de 1932, p. (...)

15Y la situación se repitió a finales de ese mismo año, empezando las visitas el mismo lunes 28 de noviembre. La primera de ellas, a la que acudieron los cinco miembros de la Comisión, fue para Abilio Calderón quien, una vez más, puso su actividad y su casa al servicio de la Comisión; pero el verdadero trabajo llegaría después, con la petición de cita a Manuel Azaña que hicieron ese mismo día, y no pudo tener mejor comienzo. El Presidente, no solo les citó para el día siguiente por la tarde un tiempo record si se tiene en cuenta que en la mañana de ese 29 de noviembre estaba prevista la celebración de un Consejo de Ministros sino que le sintieron totalmente receptivo a la causa, para entonces centrada en conseguir la consideración de excedentes forzosos para todos aquellos que en el momento de proclamarse la República se hallaban ocupando un cargo en propiedad. Les trasmitió dijeron el apoyo tanto suyo como de «sus amigos» y no tuvo sino palabras de aliento para la Comisión en su estrategia de contactar con «los Jefes de Minoría, miembros del Gobierno y de la Comisión de Presupuestos y otras personalidades de relieve en el Parlamento»33.

  • 34 Quinta nota informativa, confidencial y reservada. Última de esta serie, ADCR, sig. 1337.3.0, 31 de (...)

16A eso, precisamente, se dedicó la Comisión en las semanas-meses siguientes, lo mismo durante el período de sesiones parlamentarias que llegaría hasta el 28 de diciembre que tras reabrirse las Cortes a comienzos de febrero de 1933, aprovechando la etapa intermedia – de vacaciones parlamentarias – para agradecer “personalmente o por carta” los apoyos recibidos, hacer acopio de los datos que se estimaran necesarios de cara al futuro más inmediato y recabar los fondos que permitiesen dar continuidad al movimiento34.

3. La movilización del entramado eclesiástico diocesano

17Pieza fundamental en la estrategia de la Comisión fue, a su vez, el colectivo eclesiástico, al que no solo representaban sino del que además obtuvieron servicios de indudable utilidad para el correcto cumplimiento de la función propuesta.

  • 35 Cuarta nota informativa, confidencial y reservada (Fechada en Madrid), ADCR, sig. 1337.3.0, 22 de d (...)

18De hecho, se mantuvieron en constante comunicación a través de las conocidas como Nota informativa reservada y confidencial que llegaban a la totalidad de las diócesis españolas de manera regular – con una periodicidad semanal en los momentos de mayor actividad – y debidamente numeradas al objeto – decían sus autores – de «tener informados a los Excmos. Prelados y Cabildos, siquiera sea de un modo sucinto y lacónico, de la gestión que realiza la Comisión que actúa en Madrid en favor del Clero, en todo aquello que por la índole privada de los trabajos o por su falta de interés para el público general no ha de publicarse en los periódicos»35.

  • 36 En ese sentido se pronunció el propio Cabildo toledano, encargado de recibir las aportaciones, en s (...)

19Ellas, que son nuestra principal fuente de información, constituyeron el más fehaciente testimonio de la verdadera naturaleza y auténtica enjundia que tuvo la obra: una acción colectiva en el plano nacional, a la que el conjunto de la jerarquía eclesiástica contribuyó en mayor o menor medida y de forma más activa de la que a simple vista pudiera parecer. Lo había hecho ya en la campaña anterior36 y volvería a hacerlo, aún de manera más clara, organizada y sistemática, en esos momentos – finales de 1932/comienzos de 1933 – en los que el mayor volumen de actividad exigía también una superior implicación de los Prelados. No solo en el ámbito pastoral, sino también, sobre todo por lo que ahora mismo interesa, en el plano económico.

  • 37 En este sentido se pronunció, por ejemplo, Isidro Gomá en diciembre de 1931. DIONISIO VIVAS, Miguel (...)
  • 38 Carta, ACT, Fondo “Ora et Labora”, Caja nº 4, 10 de enero de 1933, p. 1.

20Se trataba de cubrir los gastos que ocasionaba el funcionamiento de la Comisión, y eso pasaba por la asunción de un compromiso económico que, calculado sobre la base de 100 pesetas para los Cabildos catedralicios y 50 pesetas cuando se tratara de colegiales, asumió sin regateo alguno la totalidad de los implicados. Puede que lo hicieran de alguna manera obligados, por el hecho entre otras cosas de la constancia que a todos quedaba de su óbolo. Tampoco sería la primera vez que los obispos se sintieran cohibidos de manifestar lo que realmente pensaban37; pero lo cierto es que ninguno se negó a colaborar, siendo varios los que enviaron una cantidad mayor de la estipulada como aconsejable. Entre ellos el Cabildo Metropolitano de Valladolid, a quien también cupo el honor de haber sido el primero en responder a la petición38.

21Una segunda, y no menos decisiva, misión que se encomendó a los Prelados tiene que ver con el acceso a la totalidad de los diputados, con quienes se buscó contactar en el marco de la circunscripción a la que representaban y recurriendo para ello a cualquiera de los engranajes eclesiásticos, el que de manera más directa y efectiva permitiera el acercamiento a estos personajes de importancia secundaria mientras se trató de solventar el asunto en los círculos gubernamentales y/o la Comisión de Presupuestos, pero de gran importancia ante la eventualidad de que las cosas no llegaran lo suficientemente cerradas al Pleno de las Cortes.

  • 39 DIONISIO VIVAS, Miguel Ángel, El cardenal Isidro Gomá y la Iglesia española en los años treinta, ci (...)

22Las directrices enviadas en marzo de 1932 fueron claras al respecto. Se trataba de que todos los sacerdotes recibiesen, a través de su respectivo prelado, el encargo de contactar por teléfono con los diputados de la provincia correspondiente y solicitar de ellos un específico comportamiento que variaría, lógicamente, según se tratase de parlamentarios bien caracterizados por sus “ideas católicas” o no. A los primeros se les pediría que asistiesen a todas las sesiones parlamentarias en las que se tratara el tema, aunque tuvieran lugar de madrugada se especificaba en las instrucciones, y apoyaran con su voto cuantas iniciativas, en forma de votos particulares y enmiendas al dictamen de la Comisión de Presupuestos pudieran presentarse. Al resto, quienes fueran adversarios, se les pedía «que apoyen – al menos con su abstención […] alguna solución que libre a los sacerdotes españoles del daño que les amenaza»39.

  • 40 Carta, ADCR, Sig. 1337.3.0, 28 de marzo de 1932, p. 1.
  • 41 Nota informativa confidencial y reservada, ADCR, Sig. 1337.3.0, 16 de diciembre de 1932, pp. 4-6(...)

23Y La situación se reprodujo meses después, cuando de enfrentarse a los presupuestos de 1933 se trató. Con la particularidad de que en ese momento no solo se trabajaba con más tiempo, sino también con mayores y más perfeccionados medios. Mención específica requiere en este sentido el envío de precisas instrucciones sobre la manera en que debían plantearse las solicitadas conversaciones con los representantes políticos de su demarcación. Muy lejos del simple hacerlo «en términos, si se dirigen al Gobierno, de gran corrección» que se había aconsejado en el mes de marzo40, se contaba ahora con un texto-resumen de la concreta posición que defendía la Comisión y que ésta incluía en su nota informativa confidencial y reservada nº 3 para que los Cabildos pudieran utilizarla discrecionalmente en sus encuentros con los Diputados de la provincia41.

  • 42 Nota sin fechar, ADCR, Sig. 1337.3.0, enero de 1933 (?), p. 2.

24Fundamental resultó también la cooperación de los Prelados en el envío de la información necesaria para elaborar series estadísticas de ámbito nacional con las que mejorar su conocimiento de la situación general y optimizar, por ende, la eficacia de su trabajo. De manera especial cuando, obligados a calcular la disponibilidad económica que exigiría el mantenimiento de la dotación eclesiástica en las condiciones que ellos pretendían, necesitaron conocer la verdadera situación del clero, el volumen concreto de las diferentes categorías. Corría el mes de diciembre de 1932 y la Comisión necesitaba esos datos antes de que se presentara en las Cortes la ley de extinción del presupuesto eclesiástico, a la que pensaba incorporarse «en la peor de las soluciones» un añadido que dijera «sin perjuicio de los derechos individuales adquiridos al amparo de la legislación vigente hasta el 14 de abril de 1931»42. Tan importante convocatoria parlamentaria podía darse antes de que finalizara el año en curso, por lo que se imponía una actuación extremadamente diligente; tanto más difícil de lograr cuanto que los implicados eran corporaciones bien caracterizadas por su lentitud funcional. La necesidad, sin embargo, era mucha y los Cabildos supieron estar a la altura de las circunstancias. No había pasado ni una semana desde que se pusieron en el correo los cuestionarios preparados al efecto y ya se elevaba a 37 el número de los que habían respondido.

  • 43 Nota 3, ADCR, Sig. 1337.3.0, 16 de diciembre de 1932, p.9. Nos consta que también lo hicieron Astor (...)

25Más preocupante resultaba entonces el ritmo que seguían los contactos con la clase política provincial, que apenas habían cumplido ese 16 de diciembre en que se remitía la tercera nota informativa confidencial y reservada los Cabildos de Ávila, Barcelona, Calahorra, Córdoba, Coria, Jaca, Málaga, Mallorca, Menorca, Palencia, Santiago, Teruel, Tortosa, Valladolid y Zamora, lo que puso a la Comisión en la tesitura de apercibir a los restantes, haciéndoles saber la necesidad de que «esta cifra llegue pronto a 60»43. Testimonio de las diferencias entre diócesis y seguramente relacionado con esa diferente manera de recibir e interpretar las órdenes de la superioridad a la que se refiere José Ramón Rodríguez Lago( Hispania Nova 2013), lo cierto es que realidades tales pudieran resultar un auténtico problema cuando de resolver el asunto en las sesiones del Pleno se tratara y eso es lo que ocurriría, una y otra vez, a lo largo de todo el bienio social-azañista.

4. El fracasado abordaje a los presupuestos de 1932

26El establecimiento de una pensión vitalicia, pagadera a través de Clases Pasivas, para el conjunto de los sacerdotes que existieran en ese momento. Tal era la propuesta que Abilio Calderón, actuando al unísono con los hombres de José Polo Benito, efectuó en la sesión que celebró la Comisión parlamentaria de Presupuestos el 22 d e marzo de 1932.

  • 44 Segunda Nota informativa (Carta que acompaña a la Segunda Nota informativa confidencial y reservada (...)

27Las primeras impresiones fueron muy esperanzadoras. Tras reunirse de manera confidencial y por separado con buena parte de los ministros, «después de obtener favorable acogida por parte de casi todos los sectores parlamentarios» decían ellos44, los miembros de la Comisión Pro Clero lograron que el asunto se tratara en el Consejo de Ministros que se celebraría en la tarde el 24 de marzo, día de Jueves Santo para mayor significación. Las apariencias, sin embargo, acabaron teniendo mucho de engañosas y ni la reunión del Gabinete terminó como cabía esperar, dada la receptiva actitud que habían mostrado los diferentes ministros en sus encuentros con los integrantes de la Comisión eclesiástica, ni Abilio Calderón logró su objetivo ante la Comisión de Presupuestos que, reunida con solo nueve de sus treinta y cinco miembros, rechazó la propuesta del palentino.

  • 45 Segunda Nota informativa, ADCR, sig.1337.3.0, 28 de marzo de 1932, p. 2.

28No quedó más remedio que acudir al Congreso y enfrentarse al conjunto de la representación nacional en ese salón de sesiones en el que – lo tuvo claro la Comisión eclesiástica – «los peligros son muchos y las posibilidades de éxito muy escasas»45.

  • 46 Texto, DSCC, 30 de marzo de 1932, pp. 4863-4866.

29Así fue, ciertamente. De nada sirvió que Abilio Calderón defendiera su propuesta, ahora convertida en voto particular al dictamen de la Comisión de Presupuestos, con un discurso en el que apeló tanto a la viabilidad económica del proyecto cuanto a los precedentes que ya se habían creado con los militares, entre otros funcionarios para entonces en excedencia, y hasta el rédito político que pudiera extraer el Gobierno cumpliendo con lo que él entendía una “obra de justicia”. Eso sin mencionar la ilegalidad que a su juicio suponía efectuar semejante recorte cuando aún no había sido aprobada la ley especial que, según el texto constitucional, debía regular la total extinción del Presupuesto de Culto y Clero46.

  • 47 Ibidem, pp. 4869-71, 4881, 4887, 4878, 4876 respectivamente.
  • 48 Ibídem, pp. 4889-4891.

30Lo único importante eran los votos y el explícito apoyo que mostraran Maura, García Gallego, Gómez Rojí Oreja Elósegui, Martínez de Velasco o Villanueva47estuvo lejos de las cifras necesarias para que la causa del clero pudiera salir adelante. De hecho, la votación nominal terminó con un apabullante resultado: apenas 58 votos favorables, frente a 144 en contra48.

  • 49 TEZANOS GANDARILLAS, Marisa, Los sacerdotes diputados ante la política religiosa de la Segunda Repú (...)

31Nadie que conozca la composición política del Parlamento hubiera esperado que la iniciativa saliera adelante, pero entender el concreto resultado que arrojó la votación pasa por tener en cuenta ciertas consideraciones de interés. Entre ellas el doble juego que practicaron los radicales y de forma harto gráfica su líder: un Alejandro Lerroux que, después de haber transmitido la sensación de que apoyaría el voto particular, acompañó al grueso de su minoría parlamentaria cuando ésta abandonó el salón de plenos para no tomar parte en la votación, pidiendo al día siguiente que constase en acta su apoyo al mismo49. Ni siquiera los diputados más comprometidos con la causa católica actuaron siempre de manera consecuente dadas las ausencias que registró la Cámara en el momento de efectuarse la votación.

  • 50 En esa dirección apuntaría el hecho de que toda su actuación en el parlamento se limitara a la pres (...)
  • 51 LEÓN PALENZUELA, Gerardo, Catolicismo social en Palencia. La trayectoria política y social de Ricar (...)
  • 52 Ibidem, p. 182.

32No diremos que ausencias tales hundieran sus raíces en consideraciones que fueran más allá del plano personal y las circunstancias individuales, pero tampoco negaremos las diversas sensibilidades que existían en el mundo católico y, por extensión, a modo de auténtico microcosmos, ente los diputados de la minoría agraria, alguno de los cuales aceptaba no solo la libertad de conciencia sino también la separación Iglesia y el Estado, no faltando – y era el caso del palentino Ricardo Cortes Villasana – quien ni siquiera consideraba fundamental la existencia de una dotación estatal para el sostenimiento del Culto y Clero. La actitud de quien fuera el diputado más netamente católico que tuvo la demarcación palentina, cabeza visible de Acción Popular en la provincia, resultó tan diferente a la de su homólogo Calderón que no solo permaneció cual auténtico diputado silente mientras duró el mencionado debate sino que hizo otro tanto en todos y cada uno de los que tuvieron lugar sobre el tema a lo largo del bienio 1931-1933, sin que sirvan de excusa ni la posibilidad de una ausencia más o menos prolongada, que, a falta de explicación y sin mediar solicitud de permiso alguno, no haría sino agravar su falta de responsabilidad política, ni el recurso a una hipotética división del trabajo que, ciertamente pudo existir50 pero no lograría ocultar la realidad de un cierto distanciamiento respecto al tema, que fuentes más directas y certeras parecen confirmar. En esa dirección apunta, cuando menos, el reproche que recibió del Cabildo catedralicio por su «falta de compromiso ante una petición de apoyo que sí confirmaron el resto de los diputados palentinos»51. Y es que Ricardo Cortes Villasana era de los que confiaban en el apoyo de los seglares cara al sostenimiento de un clero cuya manutención tampoco consideraba demasiado gravosa, por lo que, haciendo realidad la máxima de predicar con el ejemplo, prefirió sustituir la actividad parlamentaria en defensa de los haberes eclesiásticos, por una intervención más directa y práctica en el asunto: la entrega a todas las parroquias del Arciprestazgo de Saldaña de «un pequeño huerto para el sostenimiento del cura»52.

5. La pírrica victoria conseguida en diciembre de 1932

  • 53 Tres fórmulas para proponer una a la Comisión de Presupuestos, ADCR, Sig. 1337.3.0, sin fechar, p. (...)

33Esta vez se trataba de conseguir el respeto a los derechos adquiridos de quienes al advenimiento de la República ocupaban un cargo obtenido en propiedad y el modo en que intentarían conseguirlo sería una de las tres fórmulas, numeradas de más a menos interesantes, que en palabras de Abilio Calderón, encargado como siempre de dar forma jurídica a las reivindicaciones de la Comisión eclesiástica, consistían en la aprobación de un auxilio de subsistencia para los mayores de 50 años, que cobrarían el 50-60 o 70% de sus haberes según tuvieran entre 50-59 años, se encontraran en su séptima década de vida o tuvieran más de 70 años; su paso a Clases Pasivas, tras declararlos excedente forzosos manteniendo los dos tercios de sus haberes o mediante la incorporación de un texto que dijera: «el Gobierno procederá a determinar el subsidio que ha de percibir el Clero secular que en 14 de abril de 1931 estaba en posesión de cargos obtenidos en propiedad mediante oposición, concurso o nombramiento en conformidad con la legislación entonces vigente»53

  • 54 Apéndice 1, DSCC, 21 de diciembre de 1932.
  • 55 Nota adjunta, ADCR, Sig. 1337.3.0, 22 de diciembre de 1932.

34Estaba muy alejado de las pretensiones del Gobierno, decidido solo a «consignar el 80 por 100 de la dotación asignada en el presupuesto del año 1931 para el mantenimiento del Clero rural»54, y la adscripción política de los treinta y cinco miembros que componían la Comisión de Presupuestos no daba pie a la esperanza. El 21 de diciembre, sin embargo, se alcanzó el acuerdo de incluir en la Ley de Presupuestos un artículo 44 que era idéntico al propuesto por la Comisión Jurídica Asesora para su inclusión en la ley especial que había de regular la total extinción del presupuesto eclesiástico y que textualmente decía: «El Gobierno presentará a las Cortes dentro del año 1933 un Proyecto de Ley regulando el Estatuto correspondiente a los miembros del Clero que estuvieron legalmente adscritos al Servicio Oficial de cultos, en el que se señalen los derechos individualizados que puedan concedérseles y las condiciones de adquisición y disfrute de los mismos»55.

  • 56 Ibidem, p. 12.

35No era la solución deseada. Ni satisfacía al clero español – se dijo en los medios eclesiásticos ni respondía a los criterios de equidad y justicia con los que trabajaba la Comisión Pro Clero; pero debía reconocerse que el Gobierno había dado un paso, situando el problema en «un plano de concordia jurídica», que no aconsejaba seguir empecinados en la defensa de esa «reivindicación mínima» que para ellos representaba la consignación «en estos presupuestos [de] un subsidio personal a los sacerdotes que, al quedar extinguido el presupuesto de Culto y Clero, desempeñaban funciones al amparo de las leyes vigente (sic.)». No se trataba de renunciar a ella pero sí de aplazar el asunto hasta el momento en que se debatiera en las Cortes el mencionado proyecto de ley, tomando lo acordado en la Comisión de Presupuestos como «la cuarta fórmula del Sr. Calderón» quien, por su parte, declaraba considerarlo muy parecido en “espíritu” a lo que él presentó como su tercera fórmula de acuerdo56.

  • 57 Apéndice, DSCC, del nº 25 al nº 282 (varias fechas).

36Las cosas, en realidad, no pudieron haberse encarrilado de mejor manera. Nadie lo hubiera dicho al comienzo de las negociaciones y menos que nadie un Abilio Calderón sin cuyo trabajo, aunque fuera como eslabón de una larga y gruesa cadena, nada hubiera ocurrido de la manera en que lo hizo. Una vez más, sin embargo, las apariencias resultaban engañosas y la situación estallaría cuando, en la sesión que celebraba el pleno del Congreso el día 23 de diciembre, se leyó el artículo 44 junto con un voto particular de Baeza Medina57 que el Sr Olmedo primero, en nombre de la Comisión, y el Presidente de la Cámara después, dieron por aceptado.

37A ello se opuso Calderón arguyendo, como miembro de la Comisión de Presupuestos y asistente a cuantas reuniones celebró ésta en los días objeto de análisis, que en la mencionada Comisión no se había dado la aprobación que pretendía Olmedo; pero la respuesta de los encausados, manifestando que el acuerdo se había alcanzado en el propio banco de la Comisión, fue suficiente para que el voto particular – solicitando la eliminación del artículo 44 que se había incorporado en el dictamen – se diera por presentado, imponiéndose a partir de ahí la fuerza del número.

6. El cambio político y la ley de haberes del clero

  • 58 Proyecto de ley leído por el Sr. Ministro de Justicia regulando los haberes del Clero parroquial, D (...)

38El compromiso sobre arreglo del clero que contrajera Alejandro Lerroux en la sesión de Cortes de 30-diciembre-1933 se concretó pocos días después en un proyecto de ley, registrado en las Cortes el 12 de enero de 1934, merced al cual tendrían derecho a percibir dos tercios de lo que eran sus haberes en el año 1931 «todos los individuos del Clero parroquial – párrocos y coadjutores mayores de cuarenta años de edad que servían en propiedad parroquias con población inferior a 3.000 habitantes y se hallaban en posesión legal de su cargo el 14 de abril de 1931, en virtud de nombramiento hecho con sujeción a las disposiciones entonces vigentes» (art. 1º), destinándose al efecto la cantidad anual de 14.500.000 pesetas58.

  • 59 Véase en este sentido MONTERO, Ildefonso, Tribuna Libre. A las Cortes, ACT, Fondo Ora et Labora, (...)

39La Comisión eclesiástica buscaría entonces un aumento en la cantidad consignada que permitiera – dijeron – no solo aumentar el beneficio global sino también evitar las discriminaciones que consagraba el proyecto gubernamental en función del clero al que se perteneciera, parroquial o catedralicio, la edad que se tuviera y el tipo de población en la que se ejerciera el ministerio59.

  • 60 DSC, 28 de diciembre de 1933, p. 209; DSC, 6 de marzo de 1934, p. 1328; DSC, 5 de febrero de 1935, (...)

40De nuevo sería Abilio Calderón quien repartiera «entre los diputados amigos de la Comisión de Justicia» el proyecto que encarnaba las reivindicaciones eclesiásticas al tiempo que las presentaba ante la Comisión parlamentaria de Presupuestos, a la que una vez más pertenecería entre diciembre 1933- marzo de 1934 y , de nuevo, con posterioridad a febrero de 193560.

  • 61 Ibidem; y también: Reforma y ampliación propuesta y defendida pro D. Abilio Calderón del Proyecto d (...)

41Su propuesta, plenamente coincidente con los deseos de la Comisión Eclesiástica en lo que a la ampliación de los beneficiarios se refiere, elevaba hasta 26.146.862,18 pesetas la asignación presupuestaria destinada a tal efecto61.

  • 62 A título de Información, ADCR Sig.1337.3.0, Carta nº 4, 18 de enero de 1934, p. 2.

42No sería la mencionada cifra, pero el diputado palentino, a quien la Comisión Pro Clero tuvo por adalid de esta causa y principal responsable de lo conseguido, lograría elevar la consignación hasta los 16.500.000 pesetas que figurarían en el texto de la ley de Haberes del Clero finalmente aprobada el 6 de abril de 1934, haciendo buena esa cifra intermedia que Ildefonso Montero, en nombre de la Comsión Pro Clero, planteaba en enero de ese año62

  • 63 Apéndice del nº 10 al nº 30, DSC, 30 de enero de 1934.

43Por lo que se refiere a los beneficiarios, el dictamen que emitió la Comisión parlamentaria de Justicia en enero de 1934 no pudo resultar más favorable a los intereses eclesiásticos. Tanto, que no solo se contemplaba la percepción de haberes a todos los miembros del clero, sino también el decisivo hecho de que esta asignación se tramitara con mediación del respectivo Diocesano, lo que significaba el pleno reconocimiento jurídico a la Iglesia como institución63.

  • 64 Carta nº 5, ADCR sig.1337.3.0, 2 de febrero de 1934, p. 2.
  • 65 CÁRCEL ORTÍ, Vicente (ed.), La II República y la Guerra Civil en el Archivo Secreto Vaticano (III) (...)
  • 66 Véase DSC, Apéndice 4 al nº 35 (7 de febrero de 1934); apéndice 3 al nº 36 (8 de febrero de 1934) y (...)

44Cierto que aún faltaba el debate en la Cámara, donde «Socialistas, Radicales Socialistas y Ezquerra Catalana […] anuncian fiera obstrucción […] a todo auxilio al Clero»64. Su gran derrota, sin embargo, ya había tenido lugar. Se produjo cuando la Cámara aceptó la constitucionalidad del proyecto, no quedándoles a partir de ahí sino la posibilidad de retrasar la aprobación de un texto que su manifiesta inferioridad numérica no permitía evitar. De ello se encargaban no solo los votos particulares presentados al dictamen de la Comisión de Justicia por alguno de sus integrantes, en número claramente superior al que solía ser habitual, sino también «la infinità di emendamenti» que decía el Nuncio Tedeschini65 refiriéndose a las casi doscientas enmiendas encabezadas por los diputados Carlos Hernández( 45), Felipe Granados (25) y Mangranés (107) que, además de insistir en la inconstitucionalidad del proyecto – principio de que partían todas ellas y al que servían mediante una reiterativa fórmula –, se repetían también en la parte dispositiva del texto, sin otra variación que la toponimia que servía de referencia, el cargo eclesiástico de que se trataba, la cantidad a percibir, la edad a tener o el tamaño de la parroquia en la que se prestasen servicios66.

  • 67 Legislatura 1933-1935, DSC, Apéndice 10 al nº 54 (21 de marzo de 1934).
  • 68 Legislatura 1933-1935, DSC, 22 marzo 1934, p. 1736.
  • 69 MONTERO, Ildefonso, Datos y cifras, ADCR,Sig. 1337.3.0, sin fechar, sin página.

45Lo verdaderamente significativo del momento serían con todo, las divergencias que corroían el interior de la coalición que sustentaba el gobierno y de las que se tendría plena constancia en la sesión parlamentaria del 22 de marzo, momento en que se debatió el voto particular que defendiera Arrazola en nombre de la minoría radical. Pretendía ser una solución intermedia entre el Proyecto del Gobierno y la propuesta de la minoría popular agraria que acabó convertida en Dictamen de la Comisión de Justicia sobre la base de aumentar en dos millones la cantidad consignada para el pago de subsidios, que pasaba de los 14.500.000 pesetas inicialmente previstos a 16.500.000 de pesetas anuales, y ampliar el universo de beneficiarios, no dejando fuera de la prestación sino a quienes en 1931 cobraban sueldos situados por encima de las 7.000 pesetas anuales67. Resultó ser la fórmula para que – según explicaba el propio Mariano Arrazola – «no fuera incluido en el proyecto ningún individuo del clero mitrado, cuyo sueldo mínimo era de 10.000 pesetas»68, pero no afectaría al “clero Catedral (que) – según Ildefonso Montero – «disfruta de canonjías de 3.750 pts. al año en las iglesias sufragáneas que son casi todas las de España. También hay – añade – canónigos de Colegiata con 2.400 pts. y Beneficiados de Colegiata ¡con 1.500 anuales!»69.

  • 70 Carta nº 5 (firmada por Idelfonso Montero), ADCR,Sig. 1337.3.0, 5 de febrero de 1934.
  • 71 Nada se decía sobre el asunto en el voto particular, pero la intención del Gobierno se hizo harto e (...)
  • 72 Ibídem.

46No fue poca concesión por parte de un Gobierno que tentado estuvo de retirar el Proyecto de ley, dejando – escribía la Comisión Pro Clero a los Diocesanos – «que todo quedara en suspenso, con el pretexto de las futuras negociaciones con el Vaticano»70; pero las diferencias persistían incluso sin tener en cuenta la substantiva modificación que implicaba la desaparición de toda referencia a la forma en que se tramitaría el cobro71. Poco importó que el diputado Rubio Chávarri insistiera en que «entre el dictamen y el voto particular no existen sino diferencias de matiz» (p. 1747) porque el alcance de las mismas quedó claro tras escuchar al Presidente de la Comisión de Justicia, el soriano Gregorio Arranz, y al titular de Justicia, Álvarez Valdés. Lo que para el primero eran derechos adquiridos por parte de unos ciudadanos «que no han perdido ni la condición ni los derechos de tales por ser del estado eclesiástico» (p. 1738), el segundo – para quien «el voto particular que se discute es fiel expresión del sentir del Gobierno y con arreglo a sus instrucciones» – lo tenía por simple «reconocimiento de que un principio de justicia y equidad obliga a preocuparse de la situación de aquellos que, habiendo sido funcionarios públicos hasta el 14 de Abril de 1931, han dejado de serlo por extinguirse, por disposición constitucional, el servicio que prestaban» (p. 1742). No se trataba – insistirá después de «reconocer un derecho, sino de hacer una concesión» (p. 1745)72.

  • 73 Ibidem; «Hay un extremo en el dictamen de la Comisión respecto del cual – afirmaba Arranz – compart (...)
  • 74 Ibidem, p. 1760.

47Muy distinto es que haciendo gala de pragmatismo, cuando no reconociendo lo exagerado de hacer constar en el dictamen la intermediación de las autoridades eclesiásticas en el momento de justificarse el derecho al subsidio73, los sectores más afines a la Iglesia apostasen por el entendimiento para evitar que un envite demasiado fuerte hiciera peligrar la totalidad del proyecto. Así lo entendieron tanto Cimas Leal en nombre de la CEDA como la minoría tradicionalista por boca de Bilbao y Eguía, pero es José Mª Gil Robles quien de forma más explícita argumentó las razones por las que apoyarían el voto particular de los radicales. «Lo votamos – dijo – porque tenemos la convicción de que, en el momento presente, no podríamos obtener más […] sabemos muy bien que, si en estos instantes, nosotros rechazáramos el voto particular y triunfara el criterio de la Comisión, probablemente en votación definitiva el proyecto no triunfase»74.

  • 75 DIONISIO VIVAS, Miguel Ángel, El cardenal Isidro Gomá y la Iglesia española en los años treinta, ci (...)
  • 76 DSC, 22 marzo 1934, p. 1760.
  • 77 Ibidem, Se refiería en este sentido a «todo ese clero que ha sido el agente electoral vuestro más e (...)
  • 78 Ibidem, pp. 1764-1766.

48Venía a ser la misma idea que trasmitiera el nuevo arzobispo de Toledo – cardenal Gomá quien, al conocer el texto definitivo de la ley, se mostró partidario de «darla por buena, aunque sea insuficiente para afrontar las grandes necesidades»75; pero generó más de un comentario jocoso en los escaños de la oposición76 y encendió los ánimos de Miguel Maura, que no entendía cómo estando convencidos del derecho que asiste al clero eran capaces de aceptar ninguna norma limitadora del mismo. Por eso se lanzó a un cuerpo a cuerpo con Gil Robles en el que no faltaron ni descalificaciones por su actitud ante el Régimen ni alusiones al papel que desempeñaron los miembros del clero como agentes electorales de Acción Popular77, acusándolo por lo que al tema objeto de debate parlamentario se refería, de transigir «por habilidad política en cosa que es de derecho estricto vuestro y de todos los que hemos mantenido esta bandera ante el cuerpo electoral» (p. 1759). Él, en cambio, no podía sino actuar acorde con su abierta y rotunda oposición a la propuesta del grupo radical, que, sin embargo, se haría con el favor de casi todos los diputados presentes en el hemiciclo en la votación nominal que esa misma tarde acabó con 191 de ellos mostrando su aceptación a la mismo y solo 9 en contra78.

49En una posición de alguna forma intermedia, a medio camino entre la inflexibilidad de Maura y el resignado transaccionismo de Gil Robles, se hallaba quien desde el principio se perfiló como hombre fuerte de la Comisión eclesiástica en el Congreso: ese Abilio Calderón que se decantó por el mal menor que suponía el voto particular pero reaccionó de forma inmediata y le faltó tiempo para intentar una mejora del texto. Lo hizo mediante la presentación de una enmienda con la que trató de evitar que la cantidad consignada para el pago de haberes quedara truncada en esos dieciséis millones y medio de pesetas que el nuevo dictamen de la Comisión señalaba como cifra máxima, explicitando su aumento en el futuro, a medida que el Erario público lo permitiera.

  • 79 La forma de conseguirlo fue haciendo él mismo las declaraciones que le interesaban, preguntando lue (...)

50La enmienda sería finalmente retirada, pero no sin antes haber conseguido de la Comisión que retirara el término máxima en referencia a la cantidad que cada año serviría a tal fin; que se comprometiera a una nueva redacción de la norma referida al modo en que revertirían sobre el conjunto los excedentes dinerarios que derivasen de las bajas sufridas en cada una de las anualidades, y que el Ministro de Justicia reconociera ante el Parlamento que éste era soberano para ampliar la cantidad destinada a los haberes del Clero en cualquier momento que lo considerara oportuno79. Solo entonces se mostró tranquilo y confiado Calderón.

  • 80 DSC, 4 de abril de 1934, pp. 2030-2034 y pp. 2037-2040 respectivamente.

51Solo un día más tarde se pusieron de acuerdo para realizar una proposición incidental por la que se declaró suficientemente debatido el asunto, pasando sin más a la votación final. Era la famosa guillotina, para la que se necesitaba conseguir el apoyo de la mitad más uno de los diputados que componían la Cámara; pero la maniobra, que la Comisión eclesiástica tenía en mente desde el principio, llegó a buen puerto mediante una votación nominal en la que participaron 360 de los 455 diputados que se encontraban en ejercicio del cargo, que terminó con 294 votos a favor y 66 en contra. Acto seguido se procedió a la votación del dictamen, que terminó con 170 votos a favor frente a 61 en contra, y más tarde a la votación definitiva del proyecto del ley, que lo fue con un resultado de 281 votos a favor y solo 6 en contra80.

7. A modo de conclusión

52La lucha en defensa de los haberes eclesiásticos que de alguna manera terminó con la ley aprobada en abril de 1934 fue deudora de las coordenadas generales del período en tanto que dotada de un desarrollo bien caracterizado por la presencia de dos etapas claramente diferenciadas; hecha la primera de las dificultades y obstáculos inherentes a la naturaleza social-azañista de los años 1931-1933 e impregnada la segunda del relativo alivio que supuso la llegada al poder del binomio radical-cedista. Una acción bien impregnada por lo demás del posibilismo que aconsejara la Santa Sede, con la que pareció identificarse el conjunto de las autoridades diocesanas, implicadas cuando menos en su financiación.

53En sentido contrario, fue una actividad que discurrió en determinados momentos y/o por lo que hace a ciertas cuestiones a través de cauces bien diferenciados de lo que pudieran considerarse planteamientos más ortodoxos en el hacer eclesiástico del momento. La Comisión Pro Clero aquí analizada se perfiló en este sentido como una iniciativa propia, puesta en práctica bajo la dirección de unos canónigos que, haciendo perfecta combinación de los planos religioso y político que tan separados pretendió mantener la oficialidad, se encargaron de contactar personalmente con los parlamentarios más influyentes- con mayor capacidad de acción en el asunto que a ellos atañía- y movilizaron al entramado eclesiástico diocesano para acceder a través de ellos, y con precisas instrucciones de acción, al grueso de los diputados.

54Escasa coincidencia con el apoyo eclesiástico a la CEDA tuvo, a su vez, el hecho de que no fuera la estructura partidista del catolicismo político, ni siquiera alguno de sus miembros a título individual, quien se convirtiera en el más directo colaborador de la Comisión eclesiástica, encargado de poner voz a sus reivindicaciones en el interior del Parlamento. El designado para tan sensible misión fue, por el contrario, un hombre – el palentino Abilio Calderón Rojo – tan avezado en las prácticas parlamentarias – no en vano venía representando de forma ininterrumpida a la tierra palentina desde el ya lejano siglo XIX – como alejado de lo que la sazón eran perfiles de indudable cualificación en las filas del catolicismo militante; de manera especial una vocación partidista que contrastaba con la condición de agrario independiente que exhibió Abilio Calderón en los comicios constituyentes lo mismo que en las elecciones legislativas de 1933.

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Note

1 «La República – afirma Francisco Carmona produjo en el clero reacciones políticas diferentes; unos la vieron como oportunidad de renovación de la Iglesia; otros optaron por luchar desde las instituciones republicanas por mejorar la situación eclesiástica y otros apostaron por la insurrección contra ella». Cfr., CARMONA FERNÁNDEZ, Francisco José, El clero secular y su formación en la España Contemporánea: revisión historiográfica, in MONTERO, Feliciano, DE LA CUEVA, Julio, LOUZAO, Joseba, Historia religiosa de la España contemporánea. Balance y perspectivas, Alcalá de Henares, UAH, 2017, p. 155.

2 Véase en este sentido FRÍAS GARCÍA, Carmen, La jerarquía eclesiástica española ante la legislación secularizadora del primer bienio de la Segunda República, Madrid, Universidad Complutense, 2001.

3 Destacan en este sentido los trabajos centrados el episcopado español y las redes de intereses que anidan en torno a ellos. De manera especial RODRÍGUEZ LAGO, José Ramón, «Centros, periferias y redes eclesiásticas en la España del siglo XX», in Historia Actual on line, 35, 3/2014, pp. 77-91.

4 CERVERA SEBASTIÁ, Isabel, «Legislación sobre el presupuesto de Culto y Clero durante la II República Española», in Cuadernos doctorales: derecho canónico, derecho eclesiástico del Estado, 8, 1990, pp. 13-78; URL < http://hdl.handle.net/10171/10598 > [consultado el 15 de agosto de 2018]; RODRÍGUEZ PASCUAL, Manuel, Dotación de la Iglesia Española en Segunda República, Tesis doctoral en Historia, Universidad Complutense Madrid, Madrid, 1993. La excepción, en cuanto que verdadero análisis sociológico del clero madrileño es GULLÓN, José Luis, El clero en la Segunda República: Madrid. 1931-1936, Burgos, Monte Carmelo, 2011.

5 DE LA CUEVA, Julio, Cultura republicana, religión y anticlericalismo: un marco interpretativo para las políticas laicistas de los años treinta, in DRONDA MARTÍNEZ, Francisco Javier, MAJUELO GIL, Emilio (Coords), Cuestión religiosa y democracia republicana en España (1931-1939), Pamplona, Universidad Pública de Navarra, 2007, pp. 41-68.

6 BERZAL DE LA ROSA, Enrique, Remigio Gandásegui (1905-1937). Un obispo para una España en crisis, Madrid, BAC, 1999, p. 194.

7 El testimonio de esa protesta en MARTÍN LÁZARO, Rafael, Conferencia pro aumento de haberes del clero: dada el día 21 de abril de 1926, Madrid, Liga Nacional de Defensa del Clero, 1926.

8 La última de esas reuniones, de la que cada uno de los representantes sacó conclusiones diferentes, tuvo lugar el día 14 de ese mes de septiembre. Véase TEZANOS GANDARILLAS, Marisa, Los sacerdotes diputados ante la política religiosa de la Segunda República, 1931-1933, Tesis Doctoral en Historia, Universidad de Alcalá de Henares, Alcalá de Henares, 2017, p. 751.

9 Carta de Santiago Guallar, Archivo Diocesano de Ciudad Rodrigo (desde ahora ADCR), Sig. 1337.3.0, 9 de septiembre de 1931, 1 p.

10 Carta de Santiago Guallar y Ricardo Gómez Rojí, ADCR, Sig. 1337.3.0, 19 de septiembre de 1931, p. 1.

11 Ibidem, 9 de septiembre de 1931.

12 Cabildo de 26 de marzo de 1932, Archivo Capitular de Toledo (desde ahora ACT), Actas Capitulares de 1931 al 1936, Libro 123, p. 75.

13 Como tales se les menciona ya en carta de 27 noviembre 1932; cfr., ACT, Fondo “Ora et Labora. Caja 4, p. 1.

14 BERZAL DE LA ROSA, Enrique, Remigio Gandásegui (1905-1937), cit., pp. 208-209.

15 Véase sobre el tema DI FEBO, Giuliana, La actuación del Cardenal Vidal i Barraquer en 1931, in MARCOS DEL OLMO, Maria Concepción (Coord.), El Primer bienio republicano: cultura política y movilización ciudadana entre 1931-1933, Valladolid, Universidad de Valladolid, 2015, pp. 15-36.

16 Personaje muy controvertido, ha sido objeto de interpretaciones diferentes, sobre todo en lo referido a su relación con el republicanismo conservador que unos consideran fruto de la afinidad ideológica y otros simple cuestión de estrategia política, pero concediéndole siempre un fondo posibilista que es lo único que aquí interesa. Véase respectivamente: RODRÍGUEZ LAGO, José Ramón, «La batalla clerical por Madrid (1923-1936). Los conflictos entre Eijo Garay y Federico Tedeschini», in Hispania Sacra, 64 (Extra 1), 2012, pp. 205-222; y también: MATA, Santiago, «De la colaboración a la redención por el fuego. El Obispo Leopoldo Eijo Garay ante la Segunda República y la Guerra Civil», in Aportes, 80, 2012, pp. 131-162. Como parte fundamental del sector negociador se le considera también en GONZÁLEZ LÓPEZ, Etelvino, Yo, José D. Gafo Muñiz. Fraile y Diputado: a modo de memorias, Salamanca, San Esteban, 2007, p. 163.

17 MARCOS DEL OLMO, Maria Concepción, «El canónigo Jerónimo García Gallego, diputado por Segovia en las Cortes Constituyentes (1931-1933)», in Spagna Contemporanea, 44, 2013, pp. 29-49.

18 Para más información sobre el personaje TEZANOS, Marisa, «Basilio Álvarez “una sotana casi rebelde”», in Espacio, tiempo y forma V. Historia contemporánea, 10, 1997, pp. 151-178. También: HERNÁNDEZ FIGUEIREDO, José Ramón, «Documentación vaticana inédita sobre el sacerdote Basilio Álvarez y su proceso de suspensión a divinis», in Boletín auriense, 45, 2015, pp. 337-370.

19 MONTERO GARCÍA, Feliciano, «Severino Aznar», in XX siglos, 12, 47, 2001, pp. 19-21; CARBALLO, Francisco, «El pensamiento político de Severino Aznar Embid, un carlista atípico», in Aportes: Revista de historia contemporánea, 72, 2010, pp. 95-120.

20 Texto del Voto particular en ADCR, Diario de Sesiones de las Cortes Constituyentes (desde ahora DSCC), Apéndice 2, 29 marzo 1932, p. 9.

21 ADCR, Sig. 1337.3.0, Carta enviada el 31 de marzo de 1932, p. 2.

22 Cabildo de 26 de noviembre de 1932, ACT, Actas Capitulares 1931 al 1936, Libro 123, p. 130.

23 Nota adjunta a la Carta, ADCR, Sig. 1337.3.0, 22 de diciembre de 1932, p. 1.

24 Diario de Sesiones de las Cortes (desde ahora, DSC), 30 de diciembre de 1933, p. 254.

25 Carta enviada a los Cabildos, ADCR, sig. 1337.3.0, 10 de enero de 1934, p. 1.

26 Ibidem. «Es continuación esta carta – decían –, absolutamente en todos los sentidos, de las que en los meses de enero y febrero de 1933 escribimos en nombre de la misma Comisión en favor del Clero a los Cabildos de España. Por eso lleva el número 4». Cfr., Carta del 18 de enero de 1934, p. 1.

27 Ibidem. Ocurrió con la entrevista realizada el día de Reyes de 1934, Carta del 10 de enero de 1934, p. 1.

28 Ibidem, 2 de febrero de 1934, p. 1.

29 Ibidem, Carta del 10 de diciembre de 1932. Así ocurrió, que sepamos, en los casos de Lerroux, Maura, Ruiz Funes, Martínez de Velasco, Franchy y Centeno.

30 Ibidem; Nota informativa, confidencial y reservada (nº 1), de marzo de 1932.

31 En ese sentido se manifestaron los informes enviados a Roma desde la nunciatura española que se citan en RODRÍGUEZ LAGO, José Ramón, «La Iglesia Católica y la II República española. Resistencias, progresos y retos pendientes», in Hispania Nova. Revista de Historia Contemporánea : La Segunda República: Nuevas miradas, nuevos enfoques., 11, 2013, pp. 1-33, p. 28, URL < http://hispanianova.rediris.es/11/dossier/11d006.pdf > [consultado el 23 de febrero de 2018].

32 Nota informativa, confidencial y reservada nº 2, ADCR, Sig. 1337.3.0, 22, 28 de marzo de 1932, p. 1. Para mayor información sobre el pensamiento religioso de Manuel Azaña en el momento de los hechos GONZÁLEZ CRUZ, Nicolás, Azaña: sus ideas religiosas, sus ideas políticas, el hombre. Madrid, Grafica Universal, 1932. Una interpretación del mismo en nuestros días BOTTI, Alfonso, «Manuel Azaña, la cosciencia religiosa e la política eclesiástica», in Spagna Contemporanea, 11, 1997, pp. 87-114.

33 Primera Nota informativa, confidencial y reservada, ADCR sig. 1337.3.0, 1 de diciembre de 1932, p. 2.

34 Quinta nota informativa, confidencial y reservada. Última de esta serie, ADCR, sig. 1337.3.0, 31 de diciembre de 1932. La nota fue firmada, en nombre de la Comisión, por Ildefonso Montero, pp. 14-17.

35 Cuarta nota informativa, confidencial y reservada (Fechada en Madrid), ADCR, sig. 1337.3.0, 22 de diciembre de 1932, pp. 10-13.

36 En ese sentido se pronunció el propio Cabildo toledano, encargado de recibir las aportaciones, en su sesión de 25 de mayo de 1932, destacando el cheque de 25 pesetas que había enviado D. Antonio Pérez de Oviedo. Cfr., Cabildo toledano, ACT, Actas Capitulares 1931 al 1936, p. 94.

37 En este sentido se pronunció, por ejemplo, Isidro Gomá en diciembre de 1931. DIONISIO VIVAS, Miguel Ángel, El cardenal Isidro Gomá y la Iglesia española en los años treinta, Tesis doctoral en Historia, Universidad Autónoma de Madrid, Madrid, 2010, p. 77, URL < http://hdl.handle.net/10486/5773 > [consultado el 17 de diciembre de 2018].

38 Carta, ACT, Fondo “Ora et Labora”, Caja nº 4, 10 de enero de 1933, p. 1.

39 DIONISIO VIVAS, Miguel Ángel, El cardenal Isidro Gomá y la Iglesia española en los años treinta, cit., p. 77.

40 Carta, ADCR, Sig. 1337.3.0, 28 de marzo de 1932, p. 1.

41 Nota informativa confidencial y reservada, ADCR, Sig. 1337.3.0, 16 de diciembre de 1932, pp. 4-6. Sirva como ejemplo del cumplimiento que tuvieron estas directrices la comunicación remitida desde el cabildo de Astorga el 6 de febrero de 1934: «se escribió – decía – a los 7 diputados derechistas []. Todos están dispuestos a votar a nuestro favor. Quedan otros dos diputados: Publio Suárez (Al Serv. Rep.) a quien escribió un capitular amigo suyo y contestó en sentido favorable y el otro es el indeseable Sr. Gordón Ordax, como a usted no se le oculta». Cfr., Carta del 6 de febero, ACT, Fondo Ora et Labora, Caja 5, 6 de febero de 1934, p. 1.

42 Nota sin fechar, ADCR, Sig. 1337.3.0, enero de 1933 (?), p. 2.

43 Nota 3, ADCR, Sig. 1337.3.0, 16 de diciembre de 1932, p.9. Nos consta que también lo hicieron Astorga y el Abad de Jerez. Cartas, ACT, Fondo “Ora et Labora”, Caja 5, 6 de diciembre de 1932, p. 1 y 24 de enero de 1933, p. 1, respectivamente.

44 Segunda Nota informativa (Carta que acompaña a la Segunda Nota informativa confidencial y reservada), ADCR. Sig. 1337.3.0, 28 de marzo de 1932, p. 1.

45 Segunda Nota informativa, ADCR, sig.1337.3.0, 28 de marzo de 1932, p. 2.

46 Texto, DSCC, 30 de marzo de 1932, pp. 4863-4866.

47 Ibidem, pp. 4869-71, 4881, 4887, 4878, 4876 respectivamente.

48 Ibídem, pp. 4889-4891.

49 TEZANOS GANDARILLAS, Marisa, Los sacerdotes diputados ante la política religiosa de la Segunda República, cit., p. 802.

50 En esa dirección apuntaría el hecho de que toda su actuación en el parlamento se limitara a la presentación de ruegos y enmienda; vease DSCC, índice, p. 452.

51 LEÓN PALENZUELA, Gerardo, Catolicismo social en Palencia. La trayectoria política y social de Ricardo Cortes Villasana. Entre 1909 y 1936, Palencia, Institución Tello Téllez de Meneses, 2018, p. 182.

52 Ibidem, p. 182.

53 Tres fórmulas para proponer una a la Comisión de Presupuestos, ADCR, Sig. 1337.3.0, sin fechar, p. 1.

54 Apéndice 1, DSCC, 21 de diciembre de 1932.

55 Nota adjunta, ADCR, Sig. 1337.3.0, 22 de diciembre de 1932.

56 Ibidem, p. 12.

57 Apéndice, DSCC, del nº 25 al nº 282 (varias fechas).

58 Proyecto de ley leído por el Sr. Ministro de Justicia regulando los haberes del Clero parroquial, DSC, Diario de Sesiones de las Cortes 1933-1936, 12 de enero de 1934, apéndice 1.

59 Véase en este sentido MONTERO, Ildefonso, Tribuna Libre. A las Cortes, ACT, Fondo Ora et Labora, Caja 5, sin fechar y sin página.

60 DSC, 28 de diciembre de 1933, p. 209; DSC, 6 de marzo de 1934, p. 1328; DSC, 5 de febrero de 1935, p. 6101.

61 Ibidem; y también: Reforma y ampliación propuesta y defendida pro D. Abilio Calderón del Proyecto de ley sobre haberes del clero (Madrid), ADCR, Sig.1337.3.0, enero de 1934, p. 1.

62 A título de Información, ADCR Sig.1337.3.0, Carta nº 4, 18 de enero de 1934, p. 2.

63 Apéndice del nº 10 al nº 30, DSC, 30 de enero de 1934.

64 Carta nº 5, ADCR sig.1337.3.0, 2 de febrero de 1934, p. 2.

65 CÁRCEL ORTÍ, Vicente (ed.), La II República y la Guerra Civil en el Archivo Secreto Vaticano (III) Documentos de los años 193 y 1934, Madrid, BAC, 2014, p. 598.

66 Véase DSC, Apéndice 4 al nº 35 (7 de febrero de 1934); apéndice 3 al nº 36 (8 de febrero de 1934) y apéndice 3 al nº 37( 9 de febrero de 1934) respectivamente.

67 Legislatura 1933-1935, DSC, Apéndice 10 al nº 54 (21 de marzo de 1934).

68 Legislatura 1933-1935, DSC, 22 marzo 1934, p. 1736.

69 MONTERO, Ildefonso, Datos y cifras, ADCR,Sig. 1337.3.0, sin fechar, sin página.

70 Carta nº 5 (firmada por Idelfonso Montero), ADCR,Sig. 1337.3.0, 5 de febrero de 1934.

71 Nada se decía sobre el asunto en el voto particular, pero la intención del Gobierno se hizo harto evidente en el trascurso del debate parlamentario, especialmente tras afirmar el Ministro de Justicia que los beneficiarios deberían «entenderse directamente con el Estado, sin relación alguna a ese respecto con las autoridades eclesiásticas, porque eso sí que no es admisible en el dictamen de la Comisión». Cfr., Carta, DSC, 22 de marzo de 1934, p. 1743.

72 Ibídem.

73 Ibidem; «Hay un extremo en el dictamen de la Comisión respecto del cual – afirmaba Arranz – comparto el criterio del Sr. Ministro. Es el relativo a que la justificación del derecho de los pensionistas se haga por el conducto de los diocesanos».

74 Ibidem, p. 1760.

75 DIONISIO VIVAS, Miguel Ángel, El cardenal Isidro Gomá y la Iglesia española en los años treinta, cit., p. 94.

76 DSC, 22 marzo 1934, p. 1760.

77 Ibidem, Se refiería en este sentido a «todo ese clero que ha sido el agente electoral vuestro más enconado contra mí y contra mis amigos», p. 1759.

78 Ibidem, pp. 1764-1766.

79 La forma de conseguirlo fue haciendo él mismo las declaraciones que le interesaban, preguntando luego por ellas y dejando que el Ministro solo tuviera que asentir. La conversación trascurrió de la siguiente manera: «El Sr. Martínez Moya decía Calderón – cree que en lo futuro el Parlamento puede modificar la cantidad, para acabar preguntando, ¿no es eso? ¿El Sr Ministro de Justicia puede asentir a estas palabras mías?», a lo que el Ministro respondía «desde luego. De modo continuaba Calderón – que el Parlamento es soberano para variar esa cantidad». «Siempre» afirmaba el Ministro. Ante lo que Abilio Calderón manifestaba: «quede eso sentado en el Diario de Sesiones y yo quedo convencido. Era una aclaración – concluyó – que necesitaba para lo futuro, pues yo he de insistir en que se llegue en breve plazo a los dos tercios para todo el clero que tiene derecho por esta ley a recibir un subsidio pasivo». Cfr., DSC, 3 de abril de 1934, p. 1973.

80 DSC, 4 de abril de 1934, pp. 2030-2034 y pp. 2037-2040 respectivamente.

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Notizia bibliografica digitale

Maria Concepción Marcos Del Olmo, «La movilización eclesiástica en defensa de sus haberes: una reacción ante la política religiosa republicana (1931-1934)»Diacronie [Online], N° 41, 1 | 2020, documento 1, online dal 29 mars 2020, consultato il 22 mai 2025. URL: http://journals.openedition.org/diacronie/12583; DOI: https://doi.org/10.4000/11sf8

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Autore

Maria Concepción Marcos Del Olmo

Maria Concepción Marcos Del Olmo es Profesora Titular de Historia Contemporánea en la Universidad de Valladolid. Ha sido Coordinadora del Grado en Historia entre 2014 y 2018 y también directora de la revista Investigaciones Históricas (2012- 2017). En la actualidad dirige el Proyecto de Investigación “Discursos y prácticas en torno a la religión en tiempos de radicalismo político: España 1820-1823; 1868-1874 y 1931-1936. Una perspectiva comparada” (HAR2017-88490-P). Entre sus últimas publicaciones destaca la coordinación del dosier Catolicismo y República, 1931-1933 (Ayer 113, 2019-1).
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