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AccueilNuméros43VariaAlfonso X y Madrid

Résumés

Ce travail vise à offrir un aperçu des liens entre Alphonse X et Madrid. Sous le règne d’Alphonse X, Madrid prend de plus en plus d’importance. C’est la raison pour laquelle le monarque a effectué plusieurs séjours dans la ville et a également eu une importante relation documentaire avec Madrid. Les documents adressés par Alphonse X à Madrid révèlent son intérêt pour contrôler certains aspects clés en relation avec le Conseil, ainsi que de l’imposition du Fuero Real et de ses conséquences. Par ailleurs, la question du conflit du Real de Manzanares, qui opposait la ville à Ségovie, est également importante. De même, Alphonse X se montre un ferme protecteur de l’Église locale, profitant autant au monastère de Saint-Martin qu’au couvent de Saint-Domingue le Royal, qui devenait pendant ces années la plus importante institution ecclésiastique de Madrid.

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Notes de l’auteur

Este trabajo se ha realizado dentro del Grupo de Investigación de la Universidad Complutense de Madrid n°930369 “Sociedad, Poder y Cultura en la Corona de Castilla, siglos XIII al XVI” (SPOCCAST), con financiación del Proyecto de Investigación de la Secretaría de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación PID2020-113794GB-I00 in “Pacto, negociación y conflicto en la cultura política castellana (1230-1516)”, del Ministerio de Ciencia e Innovación.

Texte intégral

  • 1 Además de la bibliografía que se va a indicar en las siguientes notas, para una visión general del (...)
  • 2 Aunque tampoco se descarta la posibilidad de que quedara en poder cristiano ya tras la toma de Tole (...)
  • 3 M. MONTERO VALLEJO, El Madrid Medieval, p. 138.
  • 4 Ibid., p. 117; este mismo autor se refiere a la evolución del Madrid cristiano entre 1085 y 1346 (p (...)
  • 5 Manuel MONTERO VALLEJO, «El entorno del alcázar de Madrid durante la Baja Edad Media», En la España (...)
  • 6 Matilde FERNÁNDEZ MONTES, «La tierra de Madrid en la época del fuero (siglos XII-XIII)», in: Jornad (...)

1El siglo XIII fue una centuria importante para Madrid1. Colocada bajo la autoridad cristiana en un momento indeterminado a fines del siglo XI, pero muy posiblemente antes de la toma de Toledo por Alfonso VI en 10852, desde los años iniciales del siglo XIII debía ser ya “villa de cierta nota”, pues en su fuero, concedido por Alfonso VIII en 1202, se citaba la existencia de diez parroquias, “cifra […] considerable” 3. Asimismo, durante el mencionado siglo experimentó un evidente crecimiento, que se refleja en el desarrollo de los arrabales4, así que es una etapa importante dentro de ese proceso a lo largo del cual el “Madrid medieval consolida perfil, actividades y fisonomía”5. Además, también durante el siglo XIII continuó el proceso, ya iniciado en la anterior centuria, de fijación y consolidación de los confines de su comunidad de villa y tierra, en un contexto marcado por la conflictividad con Segovia6.

  • 7 Fidel FITA, «Madrid desde el año 1235 hasta el de 1275. Ilustraciones y texto de la leyenda de San (...)

2Así que parece evidente que el XIII fue un siglo relevante para la historia de Madrid, favorecida por el avance de las conquistas cristianas impulsadas por Fernando III, que permitieron que la villa quedara lejos de las fronteras con el Islam. Esta circunstancia, indudablemente, debió de potenciar el desarrollo de la villa. Las milicias madrileñas no fueron, además, ajenas a dichas conquistas: cierto documento otorgado por Fernando III refleja su participación en las mismas, al menos en el caso de las tomas de Córdoba y Sevilla. En un diploma datado precisamente en esta última ciudad, el 24 de septiembre de 1248, el soberano alude a “los cavalleros de hi de Madrid que me vinieron servir en esta hueste, que yo fiz quando la cerca de Sevilla”, añadiendo, a renglón seguido, que también “vos me venistes a servir a la hueste que yo fiz quando tomé a Córdoba”7.

  • 8 Crónica de Alfonso X, Manuel GONZÁLEZ JIMÉNEZ (ed.), Murcia: Real Academia Alfonso X el Sabio, 1998 (...)

3El reinado de Alfonso X ocupa una parte sustancial de ese siglo XIII, desde el año 1252 hasta 1284, y a lo largo de tales años se establecieron unos vínculos importantes entre el soberano y la villa de Madrid, aunque sí que es cierto que durante dicho reinado Madrid distaba mucho de ser una de las villas más importantes del reino. Quizá por ese motivo en la crónica dedicada al soberano Madrid tan solo merece una mención, enmarcada en el contexto de la lucha contra los musulmanes, pues se alude al llamamiento del arzobispo de Toledo Don Sancho “a los cavalleros vasallos del rey que moravan en Toledo e en Talavera e en Guadalajara e en Madrit para que fuesen con él” a batallar8. Pese a ello, la documentación conservada permite un acercamiento a las relaciones entre el soberano y la villa, que va a ser el núcleo de este trabajo.

Las estancias de Alfonso X en Madrid

  • 9 Manuel GONZÁLEZ JIMÉNEZ y María Antonia CARMONA RUIZ, Documentación e itinerario de Alfonso X el Sa (...)

4Alfonso X disfrutó de varias estancias en la villa, si bien lo cierto es que no la frecuentó demasiado. Aunque en el año 1254 no anduvo muy lejos de Madrid, pues se ha documentado su presencia en Moratalaz, en relación con un itinerario que le llevó desde Burgos, donde estaba al iniciarse el año, hasta Toledo, ciudad en la que estaba prevista la celebración de las cortes en las que se iba a declarar heredera a su primogénita, Berenguela. Precisamente Alfonso X se encontraba ya en Toledo cuando, por razones desconocidas, realizó un rápido viaje a Moratalaz9.

5Pocos años después, andando ya 1258, se detecta la primera presencia del monarca en Madrid. Su llegada se produjo el ocho de noviembre, procedente de Segovia, ciudad a la que ya había regresado el día 29 de ese mismo mes, de modo que parece evidente la existencia de algún asunto que requirió de su presencia en Madrid, aunque no es posible saber de qué se trató. Se supone que la vuelta a Segovia bien puede relacionarse con una posible celebración de cortes, tras las cuales el soberano retornó a Madrid, donde estaba de nuevo el cuatro de diciembre, y donde permaneció, al menos, hasta el 17, aunque es difícil seguir sus pasos entre esa fecha y el 22 de diciembre, cuando se encontraba ya en Toledo, ciudad en la que pasaría las Navidades.

  • 10 Ibid., p. 36.

6Parece ser que el motivo de su segunda estancia en Madrid fue la celebración de una reunión con una serie de prelados del reino, entre los que se contaba el arzobispo de Santiago de Compostela, así como los obispos de Ávila, Silves, Jaén y Tuy10; quizá la posición de la villa en lo que era en ese momento la geografía de la Corona de Castilla pudo favorecer que se decidiera realizar allí este encuentro con prelados que provenían de distintos puntos, a veces muy distantes entre sí, del territorio castellano-leonés.

  • 11 Ibid., p. 61.

7Diez años después, ya en 1269, volvió el monarca a pisar suelo madrileño. En este caso, la estancia se enmarcó en un largo periplo que le llevó desde tierras andaluzas hasta Burgos, para asistir a las bodas de su primogénito y heredero, Fernando de la Cerda. Se encontraba en Madrid ya el 8 de noviembre, donde no permaneció mucho tiempo, pues el 27 de ese mismo mes hizo su entrada en Burgos11.

  • 12 Ibid., p. 69.

8Alfonso X realizó dos visitas a Madrid en el contexto de unos meses de 1270 en los que hizo diversos desplazamientos por el entorno de la villa. Así, el 18 de agosto estaba ya en Madrid, procedente de Alcalá de Henares, aunque esta visita fue fugaz, pues el 27 se encontraba ya en Roa. Regresó el 12 de diciembre, de nuevo procedente de Alcalá de Henares, y estuvo en la villa al menos hasta el día 20, datándose su presencia en Camarena ya para el 24 de ese mismo mes12. Fue una etapa muy agitada de la vida del monarca, marcada por sus problemas con la nobleza.

  • 13 Ibid., p. 72

9Aunque en 1273 posó en varias localidades próximas a la villa, como es el caso de Segovia, Ávila o Guadalajara, en esa ocasión no parece haber llegado a pisar Madrid, y si lo hizo no ha quedado constancia documental de que así fuera13. Lo mismo sucedió en 1275, cuando estuvo todavía más cerca de Madrid, pues se aposentó durante algún tiempo en Alcalá de Henares.

  • 14 Ibid., p. 79.
  • 15 Ibid., p. 90.

10Sí volvió a residir en Madrid durante unos días recién iniciado el año 1276, pues estaba en la villa, procedente de Alcalá de Henares, el dos de enero, si bien la visita fue muy breve, pues el nueve estaba ya en Camarena. Esta estancia se enmarca en un viaje especialmente complejo, el de regreso a Castilla tras la entrevista de Beaucaire14. Es posible –aunque no seguro– que Alfonso X todavía hiciera una última visita a Madrid, entre marzo y abril de 1281, tras las vistas que mantuvo con el monarca aragonés Pedro III en Campillo, cuando marchaba hacia Andalucía15.

11Excepto en el caso de la estancia en Madrid vinculada con la ya mencionada posibilidad de que la villa sirviera de escenario para una reunión del soberano con varios prelados del reino, parece evidente que todas las otras visitas de Alfonso X están determinadas por la ubicación geográfica de la villa, que se limita a ser una etapa adecuada en relación con los desplazamientos de la corte, sobre todo con los que la llevaban hacia el sur, realmente muy habituales tras las conquistas de Fernando III.

  • 16 Como recuerda África MARTÍNEZ MEDINA, «La antigua fortaleza de El Pardo. Pabellón de caza de los Tr (...)

12Así, y contrariamente a lo que fue habitual a partir del siglo XIV, Madrid no recibió visitas regias como consecuencia de ese magnífico cazadero que era el monte de El Pardo, que no tardaría mucho en convertirse en uno de sus mayores atractivos. Y no fue así precisamente por desinterés de Alfonso X hacia la caza, pues es sabido que fue el primer soberano castellano-leonés en disponer cazaderos; concretamente, el primero del que se tienen noticias estuvo ubicado junto al río Pirón, próximo a la localidad de Sotosalbos, en la actual provincia de Segovia16.

  • 17 J. I. ORTEGA CERVIGÓN, Madrid, territorio medieval, p. 54.
  • 18 M. MONTERO VALLEJO, El Madrid medieval, p. 118.

13¿Dónde se alojaba el monarca cuando posaba en Madrid? Se trata de una pregunta difícil de responder, pues no hay ninguna información sobre esta cuestión, incluso resulta complicado hacer conjeturas al respecto, aunque sí es sabido que su antecesor, Fernando III, se alojó durante su estancia en Madrid en 1217 “en un viejo palacete en el solar del futuro monasterio de las Descalzas”17. Es posible que Alfonso X escogiera como residencia el alcázar heredado de tiempos musulmanes, núcleo en torno al cual giraba el llamado barrium regis, muy vinculado con la monarquía, posiblemente porque tenía en él “importantes propiedades”, sin olvidar que “el castillo era la máxima expresión del poder real en villa sujeta a la corona”18.

  • 19 Begoña ALONSO RUIZ, «El alcázar de Madrid. Del castillo Trastámara al palacio de los Austrias», Arc (...)

14El problema es que resulta de todo punto imposible saber cuál era la situación del alcázar durante la segunda mitad del XIII, si reunía las condiciones pertinentes para servir de residencia regia, pues es sabido que a lo largo del siglo XIV se produjeron “sucesivas remodelaciones que […] evidencian su deterioro”, siendo, además, esas remodelaciones esenciales para que la edificación pudiera servir de residencia regia de forma habitual a partir del reinado de Enrique II19. De modo que tampoco se puede descartar que el soberano posara en otra edificación, no identificada, quizá situada en el barrium regis, aunque también podría estar ubicada en otra parte de la ciudad.

La documentación de Alfonso X relativa a Madrid

  • 20 A estos documentos se unen otros, que incluyen a Madrid entre todos los concejos, bien exclusivamen (...)
  • 21 Todos ellos, regestados en M. GONZÁLEZ JIMÉNEZ y M. A. CARMONA RUIZ, Documentación e itinerario…; d (...)

15En total, se tiene noticia de 27 documentos de Alfonso X referidos específicamente a Madrid20, a los que se pueden sumar dos de su malogrado primogénito, Fernando de la Cerda, y otros cinco del futuro Sancho IV, otorgados durante los años finales del reinado de su padre, en el contexto del conflicto que les enfrentó y que tanto amargó los años finales de Alfonso X21. Finalmente, también hay que añadir uno de la reina doña Violante.

  • 22 Véase Julio GONZÁLEZ, Reinado y diplomas de Fernando III, 3 vols., Córdoba: Monte de Piedad y Caja (...)
  • 23 Se trata de un diploma relativo al monasterio de San Martín de Madrid, al que se aludirá más adelan (...)

16Pueden parecer pocos, pero si se compara con los documentos referidos a Madrid de los que se tiene noticia en relación con el reinado previo, el de Fernando III, se verá que el salto cuantitativo es importante. En efecto, en la colección diplomática de este último monarca se han editado tan sólo diez documentos con referencias a Madrid22, a los que hay que unir uno más, que no se refleja en la citada colección diplomática, pero que se confirma en un documento alfonsino23.

17¿Quizá este salto cuantitativo está indicando una creciente relevancia de Madrid en el contexto de la Corona de Castilla? ¿Tal vez es el resultado del aumento paulatino de la producción escrita de la administración castellana a lo largo del siglo XIII? ¿Responde tal vez a un mayor cuidado en la conservación documental arbitrado durante el reinado de Alfonso X? Son preguntas que, hoy por hoy, quedan sin respuesta.

18La distribución por años es la siguiente: uno en 1255; uno en 1258; dos en 1261; uno en 1262; uno en 1263, 1264, 1265, 1268 y 1269; cuatro en 1270; uno en 1271; seis en 1272; dos en 1274; uno en 1275; dos en 1276 y uno, el último de la serie, en 1277. Llama la atención la ausencia de cualquier documento relativo a Madrid entre el año inicial del reinado (1252) y 1254, y también es de alguna forma llamativa la acumulación de documentos durante la década de los setenta.

19Sin embargo, resulta relativamente lógica la ausencia de diplomas referidos a Madrid durante los últimos años del reinado, en el contexto de la crisis provocada por el problema sucesorio. En cuanto a los documentos relativos a Madrid otorgados por Fernando de la Cerda, uno está datado en 1271 y el otro en 1275, el mismo año de su muerte. Finalmente, todos los del futuro Sancho IV están fechados en 1282, año en el que el infante se rebeló abiertamente contra su padre. En cuanto al documento otorgado por la reina, es del año 1272.

20Los diplomas están otorgados en localidades muy diversas, entre ellas la propia Madrid, donde se dataron el documento de 1258, el de 1269 y el de 1272. Llama la atención que la serie documental relativa específicamente a Madrid se inicie con un diploma concerniente al monasterio de San Martín que era, en ese momento, la institución religiosa más importante de la villa.

21También se otorgaron algunos documentos en poblaciones próximas a Madrid, como Alcalá de Henares (el de 1275) o Camarena (uno en 1272, los dos de 1276). Los restantes documentos se dataron en localidades de mayor importancia, o especialmente vinculadas a la figura de Alfonso X: en Sevilla, los de 1261 a 1265; en Toledo, el de 1268; en Burgos, el de 1255, todos los de 1270, uno en 1272, otro en 1274 y el último de la serie, de 1277; en Murcia, el de 1271 y tres de 1272; finalmente, en Alicante, el de 1274. Los intitulados por Fernando de la Cerda se otorgaron en Burgos y en Madrid, respectivamente, y los del futuro Sancho IV todos en Toledo. En cuanto al documento intitulado por la reina, está datado en Burgos.

22De los documentos otorgados por Alfonso X, 12 se refieren a las relaciones con el concejo de Madrid; otros 13 se dirigen al convento de Santo Domingo el Real. Finalmente, hay un único documento referido al monasterio de San Martín y otro documento más dirigido a los clérigos de la villa. En cuanto a los otorgados por Fernando de la Cerda, el segundo es confirmación de un documento paterno y el primero se refiere a las relaciones con el concejo. Todos los intitulados por Sancho IV son confirmaciones de documentos paternos. El otorgado por la soberana refuerza el segundo de su primogénito.

Documentos relativos al Concejo

  • 24 Manuel GONZÁLEZ JIMÉNEZ, Alfonso X el Sabio, Barcelona: Ariel, 2004, p. 413-414. Aunque no se trata (...)

23Durante el siglo XIII, “el reino castellano-leonés se nos presenta como un mundo de ciudades”, que eran “el resultado de la recuperación económica y demográfica del país”, así como “ámbitos de libertad, no sometidos, por tanto, a otro señorío que el del rey”. En este contexto, el soberano “era consciente del enorme potencial económico, humano y político que se derivaba del control de las ciudades”, lo que permite comprender su afán “por regular, en múltiples aspectos, la vida ciudadana, y por dotarlas de instrumentos legales y privilegios que las convirtiesen en un sólido instrumento al servicio de la Corona y de su programa concreto de gobierno”24. Madrid no fue una excepción a esta situación, como demuestran los documentos que a su Concejo dirigió el soberano.

  • 25 M. GONZÁLEZ JIMÉNEZ y M. A. CARMONA RUIZ, Documentación e itinerario…, p. 322, n°1607. Publicado po (...)
  • 26 Un repaso sobre la bibliografía relativa a judíos y musulmanes de Madrid, en Carmen LOSA CONTRERAS, (...)
  • 27 M. GONZÁLEZ JIMÉNEZ y M. A. CARMONA RUIZ, Documentación e itinerario…, p. 323, n°1611. Publicado po (...)

24La serie de documentos se abriría con la confirmación de un diploma otorgado previamente por Fernando III, en Toledo, el 26 de abril de 123825, que se refiere a una cuestión importante para la corona: la prohibición al concejo de Madrid de que procediera a la venta de heredades a las órdenes militares, a judíos o a musulmanes26. El diploma Alfonsino, fechado en Sevilla el 14 de marzo de 1261, alude claramente a las motivaciones de tal provisión: para evitar que el concejo perdiera los pechos o tributos, también para que el soberano no perdiera sus derechos. A esta cuestión se refiere también un segundo documento, otorgado apenas dos días después, el 16 de marzo27. Resulta obligado señalar que existe un problema con estos dos documentos, pues en el Archivo de Villa solamente se conserva el segundo, mientras que no hay ninguna traza del primero; cabe, por tanto, la posibilidad de que solamente exista el segundo, siendo la supuesta existencia del primero fruto de una confusión.

  • 28 M. GONZÁLEZ JIMÉNEZ y M. A. CARMONA RUIZ, Documentación e itinerario…, p. 333, n°1678. Publicado po (...)
  • 29 Rafael GIBERT Y SÁNCHEZ DE LA VEGA, El Concejo de Madrid. Su organización en los siglos XII a XV, M (...)
  • 30 Véase Javier ALVARADO PLANAS y Gonzalo OLIVA MANSO (eds.), El Fuero de Madrid, Madrid: Boletín Ofic (...)

25Un diploma muy importante, tanto para Alfonso X como para el concejo, es aquel en virtud del cual el soberano otorga a Madrid el Fuero Real. Está datado en Sevilla, a 22 de marzo de 126228. La concesión del Fuero Real a Madrid está enmarcada en el proyecto de unificación jurídica impulsado por Alfonso X, que tuvo “poca eficacia práctica”29. Estaba, por tanto, destinado a sustituir al Fuero de Madrid30, que había sido otorgado a la villa tiempo atrás.

  • 31 Citado por R. GIBERT Y SÁNCHEZ DE LA VEGA, El Concejo de Madrid…, p. 21.
  • 32 M. GONZÁLEZ JIMÉNEZ y M. A. CARMONA RUIZ, Documentación e itinerario…, p. 458, n°2488. Publicado po (...)
  • 33 R. GIBERT Y SÁNCHEZ DE LA VEGA, El Concejo de Madrid..., p. 21. Como es evidente, Madrid no fue una (...)

26Las resistencias debieron ser tales, que Alfonso X tuvo que acabar confirmando “los privilegios y las franquezas que les dieron Don Fernando, nuestro padre, y el rey Alfonso, nuestro bisabuelo, y los otros reyes, y los buenos usos y las buenas costumbres que entonces tenían”31. Este diploma confirmatorio se otorgó 10 años después que el anterior, en Burgos, el 27 de octubre de 127232, cuando ya debía ser evidente el fracaso del intento de imponer la “uniformidad jurídica”, tal como demuestra un documento que satifizo “la exigencia del municipio de conservar su propio Derecho”33.

  • 34 Una visión general, en José Ángel GARCÍA DE CORTÁZAR Y RUIZ DE AGUIRRE «Alfonso X y los poderes del (...)
  • 35 Como recuerda M. GONZÁLEZ JIMÉNEZ, «Sobre fueros, concejos…», p. 19.

27El intento por imponer el Fuero Real de forma generalizada está relacionado con la imagen que tenía Alfonso X de cómo debían ser sus vínculos con los concejos, que, a su vez, se enmarca en las nuevas relaciones que pretendía establecer con los otros poderes del reino, la nobleza y el alto clero34. Es evidente que su intento de imposición del Fuero Real trajo consigo una resistencia que acabó generando un conflicto, que, en este caso concreto, se saldó con una solución de compromiso, aunque esto tampoco quiere decir que el Fuero Real desapareciera del escenario concejil, ni tampoco que el soberano renunciara a seguir interviniendo en la realidad cotidiana de los concejos35.

  • 36 M. GONZÁLEZ JIMÉNEZ y M. A. CARMONA RUIZ, Documentación e itinerario..., p. 344, n°1751. Publicado (...)

28En otros casos, los diplomas alfonsinos contienen mercedes de signo diverso que tienen como destinatario al Concejo. Así, por un documento dado en Sevilla, a 22 de julio de 1263, el soberano concedía un solar cercano a las fuentes de San Pedro; ese solar estaba destinado a albergar los baños de la ciudad, con una segunda utilidad pública derivada: con lo que devengaran sus rentas el Concejo se encargaría de hacer las pertinentes reparaciones en las murallas de la villa36.

  • 37 M. GONZÁLEZ JIMÉNEZ y M. A. CARMONA RUIZ, Documentación e itinerario…, p. 357, n°1835 (publicado po (...)
  • 38 La reina, Violante de Aragón, hija del soberano Jaime I, es una figura política de mucha importanci (...)
  • 39 Al menos esa es la opinión de A. IGLESIAS FERREIRÓS, «El privilegio general…», p. 460.

29De mucha importancia es la carta datada en Sevilla, a 27 de agosto de 126437, de singular extensión y concedida a petición de los personeros enviados por el Concejo, y gracias también a los ruegos de la reina, que habría ejercido en este caso las labores de mediación que habitualmente se atribuían a las soberanas38. Por esas vías se habría logrado que Madrid recibiera los mismos privilegios que tenían los otros concejos de la Extremadura, esto es, los situados al sur del río Duero, posiblemente en respuesta a quejas nacidas de la aplicación del Fuero Real39. Todo esto, pese a que Madrid no había enviado en un principio personeros a la corte, aunque había terminado por hacerlo, siendo sus representantes Domingo Pedriz de Pinto y Domingo Salvador de Rabudo.

  • 40 A. IGLESIAS FERREIRÓS, «El privilegio general…», p. 460. Sobre las peculiaridades de la carta otorg (...)

30Precisamente, en la primera parte del documento se contestaba a varias peticiones vinculadas con esas quejas, mientras que en la segunda se consignaba “una mejora graciosa hecha por el rey de las mercedes ya concedidas a los concejos extremeños”40. Se tratan cuestiones tan diversas como el cobro de diezmos y tercias; aspectos relativos al uso del sello concejil, los escribanos y el pago de derechos de cancillería; la forma de juzgar los pleitos de la villa y de las aldeas; la defensa del común de los ciudadanos a través de un oficial regio; finalmente, se trataba extensamente la cuestión de los alardes que tenían que hacer los caballeros villanos, así como el armamento que debían tener. Por tanto, este documento se refiere a toda una serie de aspectos organizativos fundamentales para la villa, que muestran el profundo interés que tenía el rey por garantizar el correcto funcionamiento de elementos tan sensibles como la administración de justicia, la expedición documental o las milicias concejiles.

  • 41 Sin duda, uno de los acontecimientos clave del reinado. M. GONZÁLEZ JIMÉNEZ y M. A. CARMONA RUIZ, D (...)
  • 42 M. GONZÁLEZ JIMÉNEZ, Alfonso X el Sabio, p. 419.

31También en alguna ocasión el soberano se dirigió al Concejo de Madrid en relación con cuestiones impositivas vinculadas con el “Fecho del Imperio”41; se trata de dos documentos otorgados el 20 de marzo de 1274 en Burgos y el 27 de octubre de 1274 en Alicante, respectivamente. En virtud de estos dos diplomas, Alfonso X recuerda que el concejo le había dado de una vez el servicio correspondiente a dos años, equivalente a una moneda, “que era cosa que aviemos mucho mester por fecho del imperio”. A cambio, concede al concejo que no se le volviera a demandar el servicio “por fuero o por uso”, lo que suponía una evidente ventaja fiscal. Estos diplomas plantean una cuestión tan sensible para los Concejos como era la fiscalidad. Precisamente durante este reinado tuvieron que enfrentarse al “intervencionismo regio creciente”, así como a una “fiscalidad onerosa”, que no dejó de generar problemas y protestas42.

  • 43 Una visión de síntesis sobre esta cuestión, desde los tiempos de Alfonso VII y hasta Juan II, en Es (...)
  • 44 M. FERNÁNDEZ MONTES, «La tierra de Madrid…», p. 197.

32No podía faltar alguna alusión a la problemática situación del Real de Manzanares, territorio que había sido escenario de muchas disputas entre Segovia y Madrid desde fechas muy tempranas, lo que no impidió que tales debates se proyectaran con fuerza hacia el futuro43. Segovia y Madrid mantuvieron en el Real de Manzanares “derechos de usufructo sobre los aprovechamientos forestales44, aunque los madrileños vieron como, con harta frecuencia, los segovianos les impedían el ejercicio de tales derechos, lo que dio lugar a múltiples quejas. Con estos antecedentes, no puede extrañar que varios de los diplomas de Alfonso X dirigidos al Concejo traten esta cuestión.

  • 45 M. GONZÁLEZ JIMÉNEZ y M. A. CARMONA RUIZ, Documentación e itinerario…, p. 402, n°2131 (publicado po (...)
  • 46 En el Archivo de Villa se han conservado también el traslado del documento real dirigido a este ofi (...)

33El primero de ellos se otorgó en Toledo, el 30 de diciembre de 126845. En el mismo, el soberano garantizaba a los madrileños que se les permitiría utilizar los montes del Real de Manzanares para los aprovechamientos forestales como “soliedes fasta aquí”, indicando que había ordenado a su hombre, Pedro González, que así se hiciera46. En el diploma constan los nombres de los representantes que Madrid había enviado para presentar la queja ante el soberano: Don Fernando, Domingo Salvador, Domingo Pérez Sierra, Ferrán García, Miguel Fernández y Gonzalo Moriel.

  • 47 Como recuerda R. GIBERT Y SÁNCHEZ DE LA VEGA, El Concejo de Madrid..., p. 32, que se refiere a ello (...)
  • 48 M. GONZÁLEZ JIMÉNEZ y M. A. CARMONA RUIZ, Documentación e itinerario…, p. 431, n°2314 (publicado po (...)
  • 49 M. GONZÁLEZ JIMÉNEZ, Alfonso X el Sabio, p. 418.

34Esos aprovechamientos forestales eran la caza, la recogida de madera, la realización de carbón y también el uso ganadero de los pastizales de ese territorio47. Todas estas actividades eran esenciales para la villa. El problema reside en el hecho evidente de que esos derechos no se respetaban; de modo que, unos años después, otro diploma, datado en Murcia el cinco de febrero de 127148, volvía a garantizar tales derechos, al mismo tiempo que animaba a los vecinos de Madrid a mantener la paz entre ellos, lo que parece indicar que la situación había empezado a crear rencillas en el seno de la villa. Asimismo, se puede rastrear aquí la labor arbitral que se atribuía el soberano, dispuesto a terciar entre los miembros de la oligarquía urbana de Madrid cuando se producía división entre ellos49. Finalmente, otro aspecto de interés de este diploma es que en el mismo se citan los nombres de los emisarios del concejo que habían sido enviados al soberano: Diego García, Nuño García, Nuño Núñez y Gonzalo Moriel.

  • 50 M. GONZÁLEZ JIMÉNEZ y M. A. CARMONA RUIZ, Documentación e itinerario…, p. 495, n°2739 (publicado po (...)
  • 51 Está datado en Ávila, el seis de marzo de 1282, M. GONZÁLEZ JIMÉNEZ y M. A. CARMONA RUIZ, Documenta (...)

35Pese a estas garantías, los problemas siguieron estando ahí. De modo que, una vez más, el monarca tuvo que tomar cartas en el asunto. Lo hizo a través de un diploma fechado en Alcalá de Henares, el 26 de diciembre de 1275, en el que reiteró los aprovechamientos forestales que Madrid tendría en los montes del Real de Manzanares, comprometiéndose también a resolver la cuestión, aunque no fue así50. De hecho, Sancho IV, sucesor de Alfonso X, siguió ocupándose del tema, que en cualquier caso se proyectó sobre el siglo XIV. La primera intervención de Sancho en relación con esta cuestión tuvo lugar todavía en vida de su padre, durante la rebelión que protagonizó frente a aquel, y consistió en la mera confirmación de un documento otorgado previamente por Alfonso X51.

  • 52 Véase M. GONZÁLEZ JIMÉNEZ y M. A. CARMONA RUIZ, Documentación e itinerario…, p. 497, n°2753. Se inc (...)
  • 53 Véase Francisco Javier HERNÁNDEZ, Los hombres del rey y la transición de Alfonso X el Sabio a Sanch (...)

36En relación con estos documentos se observan la menciones de varios oficiales regios que tuvieron especiales vinculaciones con Madrid; como se indica en uno de los diplomas estudiados, estos oficiales al servicio de Alfonso X “han de ver mi lauor de Maydrit”52. Cada uno de ellos está identificado como “hombre del rey”, que “es un título específico de la Corte”. Se puede considerar que los hombres del rey “son aquellos que están en la Corte, con rango, soldada y periodo de servicio específicos”53. Tanto Pedro González como Gonzalo Pérez estuvieron encargados de proteger los derechos forestales de los vecinos de Madrid. En el caso del segundo, parece que no fue capaz de cumplir esta misión de forma totalmente satisfactoria para aquellos. No solo eso: es que incluso en algún caso, tal como se indica en el primero de estos documentos que se acaban de glosar, los caballeros de Madrid, a través de sus representantes, se quejan de que el hombre del rey les estorbaba en el ejercicio de sus derechos.

  • 54 Véase M. GONZÁLEZ JIMÉNEZ y M. A. CARMONA RUIZ, Documentación e itinerario…, p. 617, n°3418 (public (...)

37No fue el único hombre del rey reacio a permitir a los madrileños que disfrutaran de sus derechos forestales en el Real de Manzanares: en la misma situación se vieron Guillem Pérez y Fernán Ibáñez. Su actuación obligó al primogénito de Alfonso X, Fernando de la Cerda, a intervenir, a través de una carta otorgada en Burgos el 4 de noviembre de 1271. Parece que esta iniciativa no tuvo éxito, pues necesitó ser apoyada por otra iniciativa, en este caso de la reina Violante, que otorgó en Burgos, el 14 de octubre de 1272, un diploma en virtud del cual recordaba el necesario cumplimiento del documento intitulado por su hijo casi un año atrás54.

Documentos relativos a Santo Domingo

  • 55 Véase María Teresa CARRASCO LAZARENO, «Los conventos de San Francisco y Santo Domingo de la villa d (...)
  • 56 Como ha señalado Francisco Javier GARCÍA SERRANO, Preachers of the city. The expansión of the Domin (...)

38El convento de Santo Domingo se fundó en Madrid durante los momentos iniciales del siglo XIII, hacia 1217. En torno a las mismas fechas se fundó también el convento de San Francisco, así que las órdenes mendicantes tuvieron una temprana implantación en la villa, aunque con “muy diferente fortuna, como consecuencia no solo de su desigual desarrollo y del distinto grado de importancia en los siglos bajomedievales, sino también de las contingencias y avatares históricos”55. Mientras que Santo Domingo prosperó rápidamente, gracias, entre otras cosas, al favor regio, San Francisco tuvo serios problemas para consolidar su presencia en Madrid, aunque acabara consiguiéndolo en los momentos postreros del Medievo. Que Madrid fuera escogida como escenario para la fundación tanto de un convento dominico como de otro franciscano parece indicar que la villa empezaba, de alguna manera, a despuntar en el contexto de la Corona castellano-leonesa, pues es sabido que ambas órdenes mendicantes solían elegir cuidadosamente las localidades en las que se instalaban56.

  • 57 Ya fue así desde el reinado de Fernando III, como recuerda Diana Lucía GÓMEZ-CHACÓN, «La Madona de (...)
  • 58 Véase M. GONZÁLEZ JIMÉNEZ y M. A. CARMONA RUIZ, Documentación e itinerario…, p. 429, n°2302.
  • 59 Ibid., p. 460, n°2504.

39En principio, Santo Domingo albergó frailes, pero pronto fueron sustituidos por monjas, asistidas por algunos frailes, que gozaron desde el comienzo de la protección regia57. Además, a la protección regia se acabó uniendo la protección concejil, instada precisamente por el propio soberano, por un diploma dado en Burgos, en diciembre de 1270, en el que ponía al monasterio bajo la guarda del Concejo, señalando como defensores de las monjas a Muño Sánchez y a Domingo Pérez Fierro58. Años después, otro documento, este datado precisamente en Madrid, el 20 de diciembre de 1272, insistía en la necesidad de dispensar a las monjas esa protección59. Pero la esencial siguió siendo, por supuesto, el amparo regio.

  • 60 María del Mar GRAÑA CID, «Sancho IV, María de Molina y la promoción de la Orden de Predicadores: mo (...)
  • 61 La protección de Fernando III se hizo perfectamente explícita desde 23 de junio de 1228; véase D. L (...)
  • 62 M. M. GRAÑA CID, «Sancho IV…», p. 106.
  • 63 Véase M. GONZÁLEZ JIMÉNEZ y M. A. CARMONA RUIZ, Documentación e itinerario…, p. 624, n°3460. Public (...)
  • 64 Véase M. GONZÁLEZ JIMÉNEZ y M. A. CARMONA RUIZ, Documentación e itinerario…, p. 687, n°3692; p. 688 (...)
  • 65 En el caso concreto del convento de Santo Domingo de Madrid, se ha señalado que entre 1228 y 1330 p (...)
  • 66 José Manuel NIETO SORIA, Iglesia y génesis del Estado Moderno en Castilla (1369-1480), Madrid: Edit (...)

40La protección regia fue muy significativa durante el reinado de Alfonso X, que mostró una evidente predilección por la orden dominica, a la que otorgó “una función dinástica e identificativa”60, que entroncaba con la protección que ya le había dispensado su padre, Fernando III61. Ese apoyo a los dominicos se mantuvo durante el reinado de Sancho IV, quizá entre otras cosas por un intento de legitimar su acceso al trono vinculando su dominicanismo al de su progenitor62. En ese sentido, es interesante destacar que el segundo diploma otorgado por Fernando de la Cerda es una confirmación de una merced de Alfonso X a Santo Domingo63, encontrándose también en esa situación tres de los intitulados por el futuro Sancho IV64. De modo que tal vez se podría utilizar la expresión de “domicanismo dinástico” para denominar esta situación, en la que la orden dominica adquiere una posición central en la política de promoción de fundaciones religiosas65, buscando posiblemente potenciar una “devoción religiosa oficial”66.

  • 67 Véase M. GONZÁLEZ JIMÉNEZ y M. A. CARMONA RUIZ, Documentación e itinerario…, p. 460, n°2505. Public (...)
  • 68 Ibid., p. 497, n°2753.

41Alfonso X se encargó también, tal como se indica en un diploma otorgado el 24 de diciembre de 1272 en Camarena, de impulsar la edificación del convento: “ya sabedes de cómo yo e la reyna mandamos lavrar el monesterio de Sancto Domingo de las duennas de vuestro logar”67. Otro documento, datado también en Camarena el 21 de enero de 1276, refleja que las obras continuaban en ese momento, pues el rey autorizaba a su hombre, el ya mencionado Gonzalo Pérez, y también a Domingo Alegre, que se encargaran de hacer llegar cada día al monasterio dos cargas de leña, para que siguiera avanzando la edificación del convento68. Así que tiene lógica que un número no desdeñable de los diplomas intitulados por el rey tengan por destinatarias a las monjas del convento de Santo Domingo, al que se colmó de mercedes y privilegios.

  • 69 Ibid., p. 300, n°1458. Publicado por F. FITA, «Madrid desde el año 1235…», n°77.
  • 70 Véase M. GONZÁLEZ JIMÉNEZ y M. A. CARMONA RUIZ, Documentación e itinerario…, p. 527, n°2952.

42El primero de esos documentos se otorgó precisamente en Madrid, el 15 de diciembre de 125869. Alfonso X tomaba bajo su protección a las monjas y, considerando su situación menesterosa, les autorizaba a acceder a la propiedad de hasta 15 yugadas de heredad en la villa y su término, para tener de qué mantenerse. No lo tuvieron fácil para hacerse con esas tierras, tal como parece demostrar un diploma datado en Burgos, el uno de septiembre de 1277, en el que el monarca reconoce que en ese momento tan solo tenían seis yugadas, todas procedentes de los patrimonios de las monjas que habían ido profesando en el monasterio, de modo que les permite adquirir las que restaban para llegar hasta las 15 yugadas indicadas en el anterior documento70.

  • 71 Ibid., p. 410, n°2186. Publicado por F. FITA, «Madrid desde el año 1235…», n°88.
  • 72 Véase M. GONZÁLEZ JIMÉNEZ y M. A. CARMONA RUIZ, Documentación e itinerario…, p. 497, n°2752.

43A partir de ese primer documento de1258, las concesiones se van escalonando en el tiempo hasta 1277. Así, y también en virtud de una carta otorgada en Madrid, ya el ocho de noviembre de 1269, concedía a las monjas ocho cahices de sal anual sobre las salinas de Atienza71. Tiempo después, en Camarena, el 21 de enero de 1276, añadió a esta merced otros ocho cahices anuales de sal, esta vez situados sobre las salinas de Espartinas72.

  • 73 Ibid., p. 415, n°2217. Publicado por F. FITA, «Madrid desde el año 1235…» n°89.
  • 74 Véase M. GONZÁLEZ JIMÉNEZ y M. A. CARMONA RUIZ, Documentación e itinerario…, p. 426, n°2279. Public (...)

44En Burgos, el siete de marzo de 1270, el rey articuló unas disposiciones claramente beneficiosas para las monjas, pues les facilitaba la herencia de bienes muebles e inmuebles, así como su venta, siempre que no se efectuaran en favor de las Órdenes Militares. Se dirige a los alcaldes y justicias de Segovia, Valladolid y Soria, donde se debían poner bastantes impedimentos para que las mojas pudieran disponer de su patrimonio73. Merced de singular importancia fue la exención del pago del portazgo en todo el reino en relación con el hierro, madera, pescado, lana, paños, viandas o todas las otras cosas que “fizieren traher a so monesterio”74.

  • 75 Véase M. GONZÁLEZ JIMÉNEZ y M. A. CARMONA RUIZ, Documentación e itinerario…, p. 443, n°2391. Public (...)
  • 76 Véase M. GONZÁLEZ JIMÉNEZ y M. A. CARMONA RUIZ, Documentación e itinerario…, p. 443, n°2392.

45Casi de forma inevitable, alguna de las concesiones de Alfonso X pone en relación el monasterio de Santo Domingo y el Real de Manzanares. Este es el caso de un diploma datado en Murcia, el 12 de enero de 1272, por el que Alfonso X permite a las monjas recoger madera y hacer carbón para su herrero en esos montes75. Ese mismo día, el soberano otorgaba otro documento, en el que autorizaba a las monjas a apacentar sus ganados en todo el reino, lo que, evidentemente, también incluiría los pastizales de Manzanares76.

46Ya en los momentos finales de 1272, y en virtud de ese documento otorgado en Camarena que se ha citado ya, concedía a las monjas la facultad de coger la leña que necesitaran en el término de Madrid, también apacentar a sus bueyes en las dehesas concejiles. De que se cumpliera lo establecido en el documento se encargaría una vez más el hombre del rey en la villa, Gonzalo Pérez.

  • 77 Ibid., p. 442, n°2390.

47Las concesiones a las monjas se vieron complementadas por las que afectaban a los que de ellas dependían. Así, un diploma fechado en Murcia el 12 de enero de 1272, se estipulaba que no se cobrase el quinto a los hombres de Santo Domingo cuando murieran77.

Documento relativo a San Martín

  • 78 María Antonia VARONA GARCÍA, «El diploma fundacional del monasterio de San Martín de Madrid», Histo (...)

48El monasterio de San Martín hundía sus orígenes en los tiempos inmediatamente posteriores a la conquista cristiana. En ese contexto, Alfonso VI habría procedido a la fundación de un priorato del monasterio benedictino de Santo Domingo de Silos, situación en la que permanecería San Martín de Madrid hasta 159478, cuando consiguió su independencia, iniciando su etapa de esplendor, que se proyectó sobre el siglo XVII.

  • 79 M. FERNÁNDEZ MONTES, «La tierra de Madrid…», p. 206.
  • 80 M. A. VARONA GARCÍA, «El diploma fundacional…», p. 275.

49Se considera que su origen está relacionado con la necesidad de fijar pobladores cristianos, siendo este el motivo que empujó a Alfonso VI a proceder a la fundación del monasterio, al que concedió un vicus a las afueras de la villa, para que se encargara de su poblamiento y explotación económica79, algo que tiene pleno sentido, pues los monasterios eran, en ese momento, “los instrumentos de repoblación más eficaces en manos de los monarcas”80.

  • 81 Ibid., p. 276.
  • 82 C. SEGURA GRAÍÑO, «Madrid en la Edad Media…», p. 132.
  • 83 M. VALENZUELA RUBIO, «El Madrid precortesano…», p. 241.

50Aparte de su situación en relación con el vicus del mismo nombre, San Martín pronto alcanzó “influencia singular en la villa”, pues se convirtió en parroquia, lo que tuvo importantes consecuencias81, aunque no se puede olvidar que pese a ese “papel parroquial”, fue “la primera institución monástica de la villa”82. Sería, juntamente con la fundación de los mencionados conventos de Santo Domingo y San Francisco, el primer hito de “la conversión de Madrid en prototipo de ‘ciudad conventual’, consumada en el siglo XVII”83.

  • 84 Véase M. GONZÁLEZ JIMÉNEZ y M. A. CARMONA RUIZ, Documentación e itinerario…, p. 183, n°639.

51Solamente se conserva un documento de Alfonso X dirigido al monasterio de San Martín, si bien lo cierto es que se trata de la confirmación de un diploma previo, otorgado por su padre y antecesor, Fernando III84. Está datado en Burgos, el día 18 de febrero de 1255, por tanto en una fecha todavía muy próxima al inicio del reinado. Refleja una situación habitual en esas circunstancias, pues, como ya se ha avanzado, muchos monasterios, al igual que otras instituciones, así como también personas que habían recibido mercedes del soberano difunto, acudían a su sucesor para que las confirmara.

  • 85 Ibid., p. 183, n°635, 636, 637 y 638.

52Muy significativamente, el documento se puede poner en relación con una pequeña serie de diplomas relativos al monasterio de Santo Domingo de Silos, del que San Martín era, tal como ya se ha avanzado, priorato. Concretamente se trata de cuatro documentos, fechados exactamente el mismo día, que tienen, igualmente, carácter confirmatorio. Concretamente, se confirman dos cartas de Alfonso VIII y otras dos de Fernando III85. De modo que parece evidente que la confirmación del documento relativo a San Martín estaría inserta en la política de Santo Domingo de Silos de conseguir que el nuevo soberano confirmara varios documentos previos que consideraba de gran importancia.

53Llama la atención el aparente descuido de Alfonso X en relación con la que era el establecimiento monástico más antigua de la villa, devenido además en parroquia, así como en el centro neurálgico del arrabal de San Martín. Pero también es cierto que el monasterio parece moverse, desde su fundación y hasta el siglo XVI, en un evidente contexto de desinterés, sin que parezca sencillo explicar los motivos de esta situación.

Documento relativo a los clérigos de Madrid

  • 86 Ibid., p. 363, n°1877.
  • 87 Gonzalo IBÁÑEZ DE SEGOVIA, Marqués de Mondéjar, Memorias históricas del rei Don Alonso el Sabio i o (...)

54Datado en Sevilla, el 14 de marzo de 1265, este diploma resulta un tanto escurridizo86. Su existencia parece ratificada a través de las páginas de una monografía de venerable antigüedad, las Memorias históricas del rei Don Alonso el Sabio i observaciones a su chrónica, redactadas por Gaspar Ibáñez de Segovia, Marqués de Mondéjar87. En ellas se menciona la existencia de este privilegio al que ahora nos referimos, que contendría algunas exenciones dirigidas a los clérigos de las diversas parroquias de Madrid, aunque no se comenta más de su contenido, limitándose las otras referencias al mismo a describir aspectos relacionados con su validación, que indican, con meridiana claridad, que se trataba de un privilegio rodado.

  • 88 Véase F. FITA, «Madrid desde el año 1235…», n°85.

55Desafortunadamente, el documento no parece haberse conservado. Pero, pese a esta circunstancia, se ha publicado en alguna ocasión88. Parece tratarse, en efecto, de un privilegio rodado, dirigido a todos los clérigos de las parroquias de Madrid, donde se celebraban dos aniversarios anuales por las almas del bisabuelo de Alfonso X, Alfonso VIII; por su abuela, doña Berenguela, y también por sus padres, Fernando III y Beatriz de Suabia. En agradecimiento, el rey concede importantes exenciones económicas para hasta 30 clérigos vecinos de Madrid, aunque establece una contrapartida: que recen por él, por la reina Violante y por sus hijos durante sus vidas, celebrando sus aniversarios tras sus respectivos fallecimientos.

56La relevancia de este diploma es evidente, debido a su carácter memorial. En efecto, en el documento se observa no sólo la preocupación por asegurar la salvación eterna de ascendientes y descendientes, aparte de la propia del soberano y de su cónyuge, sino que también se hace patente el interés por mantener viva la memoria del linaje regio. Y una buena manera de conseguirlo eran esos solemnes ritos litúrgicos que periódicamente se celebrarían en las diversas parroquias de Madrid.

  • 89 C. SEGURA GRAÍÑO, «Madrid en la Edad Media…», p. 131.

57Durante el reinado de Alfonso X, Madrid ya contaba con una red parroquial bien asentada. Aunque de acuerdo con ciertas tradiciones tendría ya con seis templos cuando llegaron a ella los musulmanes (Santa María, San Martín, San Ginés, San Salvador, San Nicolás y San Pedro), lo cierto es que se trata de una teoría “inverosímil”, pues “carece de fundamento la defensa de una iglesia mozárabe en la villa”89, de modo que hay que considerar que la red parroquial se formó ya después de la conquista cristiana.

  • 90 Ángela MUÑOZ FERNÁNDEZ, «Las redes primarias de la urbano (a propósito de los espacios parroquiales (...)
  • 91 C. SEGURA GRAÍÑO, «Madrid en la Edad Media…», p. 134-135.

58Rastrear la forma en que surgió la red parroquial madrileña resulta un imposible, aunque es evidente que ya “estaba perfectamente dibujada a finales del siglo XII”; concretamente en 1194 existían las siguientes parroquias: Santa María, San Andrés, San Pedro, San Justo, San Salvador, San Miguel de los Octoes, San Miguel de la Sagra, Santiago, San Juan y San Nicolás. En los años centrales del siglo XIII a esas parroquias se uniría la de San Ginés90. Precisamente ya para el reinado de Alfonso X, los clérigos de Madrid se conformarían en cabildo, como consecuencia de la “necesidad por parte de la iglesia madrileña de sentirse cohesionada frente a otras instituciones”, también “para defender sus posiciones” e incluso para evitar “la intromisión de otros poderes en sus asuntos”. Asimismo, tampoco hay que descartar que por esta vía pretendiera “fortalecerse frente al clero regular” de la villa91.

59Se puede imaginar el impacto que podía tener en los vecinos y moradores de Madrid la celebración en estas parroquias de los aniversarios en honor a los ascendientes de Alfonso X, con voluntad, además, de proyectarse hacia el futuro. Indudablemente, se trataba de una buena manera de visibilizar a la monarquía, de integrarla de alguna forma en la existencia de una villa que, además, estaba empezando a acostumbrarse a la presencia de la corte, sumida en un continuo trasiego por el reino que convertía a Madrid en etapa habitual de sus desplazamientos, aunque las estancias fueran, habitualmente, efímeras.

Conclusiones

60A través del estudio de los diplomas alfonsinos relativos a Madrid se pueden seguir las claves de algunos de los aspectos más destacados del reinado, así como también de algunas de las cuestiones más relevantes para el Madrid de la segunda mitad del siglo XIII, entrecruzándose de forma habitual unos y otras.

61Así, los documentos dirigidos al Concejo se articulan en torno al intervencionismo regio, reflejan la política de uniformidad jurídica ejemplificada en el intento de imponer el Fuero Real y también la onerosa fiscalidad relacionada con los gastos que ocasionó el “Fecho del imperio”, que acabó fracasando estrepitosamente. A eso se unen los diplomas relativos a la problemática del Real de Manzanares, cuyos aprovechamientos forestales eran esenciales para Madrid; una problemática que Alfonso X trató de solucionar, aunque sus intentos acabaron siendo vanos.

  • 92 Destacado por María Jesús FUENTE PÉREZ, «¿Espejos de Esther? La intercesión como tarea política de (...)

62Asimismo, a través de las relaciones entabladas con el Concejo se pueden observar ciertas pautas de la acción gubernativa del soberano, que genera en algunas ocasiones conflicto y en otras precisamente pretende encauzarlo. En ambos casos se refleja la importancia de la búsqueda de soluciones, arbitradas a través del intento de establecer consensos, aunque en ocasiones esos intentos fracasen, tal como sucede con la conflictividad entre Segovia y Madrid que se genera en torno al Real de Manzanares. Asimismo, se observa la importancia que se concede a la mediación de la reina92, también el apoyo que supone para la acción regia la presencia en la villa de sus oficiales, en este caso los llamados hombres del rey.

  • 93 José Manuel NIETO SORIA, Iglesia y génesis…, p. 240.

63Todos los otros diplomas se concentran en las instituciones religiosas de Madrid. El gran beneficiado es el convento de Santo Domingo el Real, que refleja un presente que se proyecta hacia el futuro, mostrando el gran dinamismo de la Orden dominica, apoyada, y hasta mimada, por la corona. Frente a ella, San Martín parece representar el pasado, como depositario de unas esencias benedictinas que no tenían la misma capacidad de arrastrar devociones, tampoco de atraer en número importante las generosas donaciones de los reyes. Todo esto, además, en un momento en el que “los modos de devoción religiosa, cuando eran protagonizados por la realeza” alcanzaban “un relieve político que suponía la adquisición de un efecto propagandístico”93

64Pues, en efecto, la protección dispensada a Santo Domingo, unida a las disposiciones para celebrar toda una serie de ritos litúrgicos que hicieran visible en Madrid a la dinastía y a sus miembros, presentes, pasados y futuros, tenían unas evidentes connotaciones propagandísticas, que se vinculan con claridad con el proyecto político Alfonsino. Se puede considerar que, de alguna forma, el soberano pretendía generar consenso en torno a cuestiones como eran la relevancia del recuerdo de los soberanos pasados, resaltando la continuidad dinástica en la que se enmarcaba su propio reinado, pero, sobre todo, pretendía generar ese consenso en torno a la envergadura devocional de la orden dominica.

  • 94 Ibid., p. 240. Aunque estas palabras se refieren al impulso del franciscanismo a partir del siglo X (...)

65Se trataba, posiblemente, de fomentar “unos ideales religiosos ampliamente compartidos”, que permitieran “crear un especial lazo de solidaridad entre realeza y súbditos”94. De tal forma que resultaba conveniente impulsar el arraigo popular del dominicanismo, entre otros mecanismos por la vía de hacer visible la promoción regia de las fundaciones dominicas que iban estableciéndose en villas como Madrid, donde es indudable que Santo Domingo el Real contribuyó a hacer visible la presencia de la monarquía, gracias a la evidente protección que se dispensó al convento.

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SEGURA GRAÍÑO, Cristina, «Madrid en la Edad Media. Génesis de una capital (873?-1561)», in: Santos JULIÁ, David RINGROSE y Cristina SEGURA GRAIÑO, Madrid, historia de una capital,., Madrid: Alianza Editorial, 1995, p. 11-158.

SEGURA GRAÍÑO, Cristina, «El origen islámico de Madrid y las relaciones con los reinos cristianos», in: Araceli TURINA GÓMEZ, Amalia PÉREZ NAVARRO y Salvador QUERO CASTRO (coords.), Testimonios del Madrid medieval. El Madrid musulmán, Madrid: Ayuntamiento de Madrid y Museo de San Isidro, 2004, p. 81-115.

TORRES FONTES, Juan (ed.), Colección de documentos para la Historia del Reino de Murcia I: Documentos de Alfonso X el Sabio, Murcia: Real Academia Alfonso X el Sabio, 2008.

VALENZUELA RUBIO, Manuel, «El Madrid precortesano: la gestación de una capital (siglos XIV-XVI)», Boletín de la Real Sociedad Geográfica, número extraordinario, 2022, p. 221-288.

VARONA GARCÍA, María Antonia, «El diploma fundacional del monasterio de San Martín de Madrid», Historia, Instituciones, Documentos, 14, 1987, p. 275-291.

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Notes

1 Además de la bibliografía que se va a indicar en las siguientes notas, para una visión general del Madrid medieval se puede consultar Cristina SEGURA GRAIÑO, «Madrid en la Edad Media. Génesis de una capital (873?-1561)», in: Santos JULIÁ, David RINGROSE y Cristina SEGURA GRAIÑO, Madrid, historia de una capital, Madrid: Alianza Editorial, 1995, p. 11-158; así como José Ignacio ORTEGA CERVIGÓN, Madrid, un territorio medieval, Madrid: Comunidad Autónoma de Madrid, 2021. Ambos trabajos incluyen repertorio bibliográfico sobre Madrid. Aunque más antiguo que los anteriores trabajos, también sigue siendo de gran utilidad Manuel MONTERO VALLEJO, El Madrid Medieval, Madrid: El Avapiés, 1987.

2 Aunque tampoco se descarta la posibilidad de que quedara en poder cristiano ya tras la toma de Toledo. Sobre esta cuestión, véase Cristina SEGURA GRAIÑO, «El origen islámico de Madrid y las relaciones con los reinos cristianos», in: Araceli TURINA GÓMEZ, Amalia PÉREZ NAVARRO y Salvador QUERO CASTRO (coords.), Testimonios del Madrid medieval. El Madrid musulmán, Madrid: Ayuntamiento de Madrid y Museo de San Isidro, 2004, p. 81-115, p. 35.

3 M. MONTERO VALLEJO, El Madrid Medieval, p. 138.

4 Ibid., p. 117; este mismo autor se refiere a la evolución del Madrid cristiano entre 1085 y 1346 (p. 117-170). En relación con los arrabales durante el siglo XIII, véase alguna precisión de Antonio MALALANA UREÑA, «Nacimiento y evolución del Madrid Medieval», in: J. S. PALACIOS ONTALVA y Esther ANDREU MEDIERO (coords.), Plaza de Oriente: Arqueología y evolución urbana, Madrid: Ayuntamiento de Madrid, 1998, p. 35-56, p. 50.

5 Manuel MONTERO VALLEJO, «El entorno del alcázar de Madrid durante la Baja Edad Media», En la España Medieval, 7, 1985, p. 1011-1026, p. 1015. En este trabajo se ofrece una visión general sobre Madrid a lo largo del XIII.

6 Matilde FERNÁNDEZ MONTES, «La tierra de Madrid en la época del fuero (siglos XII-XIII)», in: Jornadas sobre el Fuero de Madrid. Colección Biblioteca de Estudios Madrileños, XXXV, Madrid: Consejería de Educación de la Comunidad Autónoma de Madrid, 2004, p. 187-215, p. 187. También disponible en línea: (https://digital.csic.es/bitstream/10261/10706/1/TierraMadridepocadelFuero2004a.pdf).

7 Fidel FITA, «Madrid desde el año 1235 hasta el de 1275. Ilustraciones y texto de la leyenda de San Isidro, por Juan Diácono», Boletín de la Real Academia de la Historia, IX, 1886, p. 11-157, documento número 66. Disponible también en línea: (http://www.cervantesvirtual.com/obra-visor/madrid-desde-el-ao-1235-hasta-el-de-1275--ilustraciones-y-textos-de-la-vida-de-san-isidro-por-juan-dicono-0/html/00a0e68a-82b2-11df-acc7-002185ce6064_59.html#I_0).

8 Crónica de Alfonso X, Manuel GONZÁLEZ JIMÉNEZ (ed.), Murcia: Real Academia Alfonso X el Sabio, 1998, p. 180 (a partir de ahora se citará como Crónica). Las tres ciudades que acompañan a Madrid en esta mención tienen más presencia en la crónica. Como era de esperar, Toledo atesora un número elevado de menciones, Guadalajara disfruta de tres, Talavera de cinco.

9 Manuel GONZÁLEZ JIMÉNEZ y María Antonia CARMONA RUIZ, Documentación e itinerario de Alfonso X el Sabio, Sevilla: Universidad de Sevilla, 2012.

10 Ibid., p. 36.

11 Ibid., p. 61.

12 Ibid., p. 69.

13 Ibid., p. 72

14 Ibid., p. 79.

15 Ibid., p. 90.

16 Como recuerda África MARTÍNEZ MEDINA, «La antigua fortaleza de El Pardo. Pabellón de caza de los Trastámara (Enrique IV)», Anales del Instituto de Estudios Madrileños, LIII, 2013, p. 61-90, p. 62, nota 1.

17 J. I. ORTEGA CERVIGÓN, Madrid, territorio medieval, p. 54.

18 M. MONTERO VALLEJO, El Madrid medieval, p. 118.

19 Begoña ALONSO RUIZ, «El alcázar de Madrid. Del castillo Trastámara al palacio de los Austrias», Archivo Español de Arte, 348, oct-dic. 2014, p. 335-350, p. 336. El siglo XIV presenció, además, el progresivo incremento de la importancia de la villa de Madrid en el contexto del reino castellano-leonés, que empieza a notarse ya durante el reinado de Alfonso XI y se vincula, de forma muy clara, con la frecuencia con la que los soberanos posaron en Madrid; véanse las páginas que dedica a esta cuestión Manuel VALENZUELA RUBIO, «El Madrid precortesano: la gestación de una capital (siglos XIV-XVI)», Boletín de la Real Sociedad Geográfica, número extraordinario, 2022, p. 221-288.

20 A estos documentos se unen otros, que incluyen a Madrid entre todos los concejos, bien exclusivamente del reino de Castilla, bien de la totalidad del reino. Un ejemplo de lo primero, el documento datado en Alpera, el cuatro de julio de 1257, en virtud del cual Alfonso X se dirigía a todos los concejos de Castilla para informarles de la ratificación del privilegio concedido a los vecinos de Alicante, que quedaban exentos del pago de portazgo en Castilla, con la excepción del Reino de Murcia; un ejemplo de lo segundo, el diploma fechado en Murcia, el 15 de junio de 1272, dirigido a todos los concejos de la Corona, por el que se notificaba la acuñación de la nueva moneda de oro. Ambos han sido publicados por Juan TORRES FONTES (ed.), Colección de documentos para la historia del Reino de Murcia. Documentos de Alfonso X, Murcia: Real Academia Alfonso X el Sabio, 2008, n°LXX, p. 92-92 y n°CCXXVII, p. 266-267, respectivamente. Asimismo, en la crónica relativa al reinado también se efectúan algunas menciones de carácter genérico sobre los concejos de la Extremadura, como, por ejemplo, cuando se alude a un “ayuntamiento” en el que participaron también los concejos del reino de León, en plena sublevación nobiliaria y también en un contexto en el que era muy posible el inicio de una contienda bélica con Granada; se trataría, en palabras de Manuel González Jiménez, de “una reunión de contenido fundamentalmente político”, que permitiría al monarca “explicar su punto de vista”; véase Crónica, p. 140, así como nota 206.

21 Todos ellos, regestados en M. GONZÁLEZ JIMÉNEZ y M. A. CARMONA RUIZ, Documentación e itinerario…; de ellos se darán indicaciones concretas más adelante. Asimismo, véase María del Carmen CAYETANO MARTÍN, La documentación medieval en el Archivo de Villa (1152-1474), Madrid: Ayuntamiento de Madrid, 1991, que regesta todos los documentos conservados en el Archivo de Villa de Madrid (p. 14-21, n°9 a 24).

22 Véase Julio GONZÁLEZ, Reinado y diplomas de Fernando III, 3 vols., Córdoba: Monte de Piedad y Caja de Ahorros de Córdoba, 1986. En concreto, vol. II, n°168 (p. 205-207), n°169 (p. 207-209); n°218 (p. 263-264), n°236 (p. 277-278) y n°255 (p. 296-297); vol. III, n°557 (p. 76-77); n°622 (p. 155); n°649 (p. 183-186); n°767 (p. 337-338) y n°784 (p. 354-355).

23 Se trata de un diploma relativo al monasterio de San Martín de Madrid, al que se aludirá más adelante, por el que Alfonso X confirma otro previo de su padre y antecesor.

24 Manuel GONZÁLEZ JIMÉNEZ, Alfonso X el Sabio, Barcelona: Ariel, 2004, p. 413-414. Aunque no se trata, por supuesto, de la única biografía dedicada al soberano, es la única que se va a citar en este trabajo.

25 M. GONZÁLEZ JIMÉNEZ y M. A. CARMONA RUIZ, Documentación e itinerario…, p. 322, n°1607. Publicado por Timoteo DOMINGO PALACIO, Documentos del Archivo General de Villa de Madrid, 2 vols., Madrid: Ayuntamiento de Madrid, 1988-1906, vol. I, p. 83, de acuerdo con la información ofrecida en el primero de los trabajos citados; lo cierto es que este documento no ha sido publicado por Domingo Palacio y tampoco se ha regestado en el trabajo de Cayetano Martín.

26 Un repaso sobre la bibliografía relativa a judíos y musulmanes de Madrid, en Carmen LOSA CONTRERAS, «Judíos y mudéjares al servicio del Concejo. Una reflexión sobre la dicotomía convivencia-segregación en el Madrid de los Reyes Católicos», Revista de la Inquisición (intolerancia y derechos humanos), 22, 2018, p. 203-232. En cuanto a las presencia de las Órdenes Militares en el entorno de Madrid, hay que destacar el caso de la Orden de Calatrava; véase, por ejemplo, J. S. PALACIOS ONTALVA, «Fortificaciones y encomiendas de la Orden de Santiago en Castilla la Mancha y Madrid», La Orden Militar de Santiago. Fortificaciones y encomiendas. V Coloquio Nacional sobre la Cultura en Andalucía. Cuadernos de Estepa (edición digital), 3, 2009, p. 160-186. Asimismo, se hizo notar la Orden de Santiago, sobre la que ha trabajado Cristina SEGURA GRAIÑO, «La Orden Militar de Santiago en la provincia de Madrid en la Baja Edad Media», Anales del Instituto de Estudios Madrileños, 19, 1982, p. 349-361.

27 M. GONZÁLEZ JIMÉNEZ y M. A. CARMONA RUIZ, Documentación e itinerario…, p. 323, n°1611. Publicado por T. DOMINGO PALACIO, Documentos…, vol. I, p. 83-84.

28 M. GONZÁLEZ JIMÉNEZ y M. A. CARMONA RUIZ, Documentación e itinerario…, p. 333, n°1678. Publicado por T. DOMINGO PALACIO, Documentos…, vol. I, p. 85-92.

29 Rafael GIBERT Y SÁNCHEZ DE LA VEGA, El Concejo de Madrid. Su organización en los siglos XII a XV, Madrid: Publicaciones del Instituto de Administración Local, 1949, p. 21.

30 Véase Javier ALVARADO PLANAS y Gonzalo OLIVA MANSO (eds.), El Fuero de Madrid, Madrid: Boletín Oficial del Estado, 2019.

31 Citado por R. GIBERT Y SÁNCHEZ DE LA VEGA, El Concejo de Madrid…, p. 21.

32 M. GONZÁLEZ JIMÉNEZ y M. A. CARMONA RUIZ, Documentación e itinerario…, p. 458, n°2488. Publicado por T. DOMINGO PALACIOS, Documentos..., vol. I, p. 113-117.

33 R. GIBERT Y SÁNCHEZ DE LA VEGA, El Concejo de Madrid..., p. 21. Como es evidente, Madrid no fue una excepción, tal como certifica Manuel GONZÁLEZ JIMÉNEZ, «Sobre fueros, concejos y política municipal de Alfonso X», in: Aurelio PRETEL (coord.), II Congreso de Historia de Albacete: del 22 al 25 de noviembre de 2000, 4 vols., Albacete: Instituto de Estudios Albacetenses “Don Juan Manuel”, 2002, vol. 2, p. 11-20, p. 16-18, que incluso se pregunta si la “explícita derogación del Fuero Real se llevó a efecto en todo el ámbito de la Extremadura”, en ese año de 1272 en el que el rechazo al mismo “se puso de manifiesto de forma generalizada”. Por su parte, Aquilino IGLESIAS FERREIRÓS, «El privilegio general concedido a las Extremaduras en 1264 por Alfonso X. Edición del ejemplar enviado a Peñafiel el 15 de abril de 1264», Anuario de Historia del Derecho Español, LIII, 1983, p. 455-259, p. 490, se hace la siguiente pregunta en relación ya con acontecimientos datados en el reinado de Alfonso XI: “¿realmente los habitantes de Madrid no utilizaban el Fuero Real?”. Se trata de cuestiones polémicas y debatidas, pero este no es el trabajo más adecuado para entrar en ellas.

34 Una visión general, en José Ángel GARCÍA DE CORTÁZAR Y RUIZ DE AGUIRRE «Alfonso X y los poderes del reino», Alcanate, IX, 2014-2015, p. 11-40.

35 Como recuerda M. GONZÁLEZ JIMÉNEZ, «Sobre fueros, concejos…», p. 19.

36 M. GONZÁLEZ JIMÉNEZ y M. A. CARMONA RUIZ, Documentación e itinerario..., p. 344, n°1751. Publicado por T. DOMINGO PALACIO, Documentos..., vol. I, p. 93-94.

37 M. GONZÁLEZ JIMÉNEZ y M. A. CARMONA RUIZ, Documentación e itinerario…, p. 357, n°1835 (publicado por T. DOMINGO PALACIO, Documentos..., vol. I, p. 95-102).

38 La reina, Violante de Aragón, hija del soberano Jaime I, es una figura política de mucha importancia a lo largo del reinado de su regio esposo, tal como ha demostrado María Jesús FUENTE PÉREZ, Violante de Aragón, reina de Castilla, Madrid: Anejos de la Revista de Historiografía, 2017.

39 Al menos esa es la opinión de A. IGLESIAS FERREIRÓS, «El privilegio general…», p. 460.

40 A. IGLESIAS FERREIRÓS, «El privilegio general…», p. 460. Sobre las peculiaridades de la carta otorgada a Madrid, véanse p. 480-481. Afirma, asimismo, que da la impresión de que, en principio Madrid quedó al margen del privilegio de 1264, aunque luego se subsanó este soslayamiento (p. 482).

41 Sin duda, uno de los acontecimientos clave del reinado. M. GONZÁLEZ JIMÉNEZ y M. A. CARMONA RUIZ, Documentación e itinerario…, p. 476-477, n°2625 (publicado por T. DOMINGO PALACIO, Documentos…, vol. I, p. 119-120) y p. 490, n°2706 (publicado por T. DOMINGO PALACACIOS, Documentos…, vol. I, p. 121-122).

42 M. GONZÁLEZ JIMÉNEZ, Alfonso X el Sabio, p. 419.

43 Una visión de síntesis sobre esta cuestión, desde los tiempos de Alfonso VII y hasta Juan II, en Esther María GONZÁLEZ CRESPO, «Actuaciones de la monarquía castellana en el Real de Manzanares en la Baja Edad Media», p. 241-313, https://www.ucm.es/data/cont/docs/889-2014-05-29-esther.pdf (consultado 15 de mayo de 2022).

44 M. FERNÁNDEZ MONTES, «La tierra de Madrid…», p. 197.

45 M. GONZÁLEZ JIMÉNEZ y M. A. CARMONA RUIZ, Documentación e itinerario…, p. 402, n°2131 (publicado por T. DOMINGO PALACIOS, Documentos..., vol. I, p. 103-104). Se trata del traslado de la carta regia.

46 En el Archivo de Villa se han conservado también el traslado del documento real dirigido a este oficial, datado en Toledo, 30 de diciembre de 1268 (publicado por T. DOMINGO PALACIO, Documentos..., vol. I, p. 105-106).

47 Como recuerda R. GIBERT Y SÁNCHEZ DE LA VEGA, El Concejo de Madrid..., p. 32, que se refiere a ellos como “los cuatro derechos de usufructo”.

48 M. GONZÁLEZ JIMÉNEZ y M. A. CARMONA RUIZ, Documentación e itinerario…, p. 431, n°2314 (publicado por T. DOMINGO PALACIO, Documentos..., vol. I, p. 107-108).

49 M. GONZÁLEZ JIMÉNEZ, Alfonso X el Sabio, p. 418.

50 M. GONZÁLEZ JIMÉNEZ y M. A. CARMONA RUIZ, Documentación e itinerario…, p. 495, n°2739 (publicado por T. DOMINGO PALACIO, Documentos..., vol. I, p. 123-125).

51 Está datado en Ávila, el seis de marzo de 1282, M. GONZÁLEZ JIMÉNEZ y M. A. CARMONA RUIZ, Documentación e itinerario…, p. 671, n°3585. El documento se conserva en el Archivo de Villa de Madrid, aunque no ha sido publicado por Domingo Palacios. El infante también otorgó un segundo diploma relacionado, de alguna forma, con la vida concejil, pues eximió a los caballeros de Madrid del pago de moneda forera en virtud de un documento datado en Segovia, tres de marzo de 1282 (Véase M. GONZÁLEZ JIMÉNEZ y M. A. CARMONA RUIZ, Documentación e itinerario…, p. 671, n°3580. Publicado por T. DOMINGO PALACIO, Documentos…, vol. I, p. 127-128).

52 Véase M. GONZÁLEZ JIMÉNEZ y M. A. CARMONA RUIZ, Documentación e itinerario…, p. 497, n°2753. Se incluye en un documento dirigido a Santo Domingo el Real, en el que también se alude a hombres del rey que actuaban en Madrid.

53 Véase Francisco Javier HERNÁNDEZ, Los hombres del rey y la transición de Alfonso X el Sabio a Sancho IV, Salamanca: Universidad de Salamanca, 2021, p. 21.

54 Véase M. GONZÁLEZ JIMÉNEZ y M. A. CARMONA RUIZ, Documentación e itinerario…, p. 617, n°3418 (publicado por T. DOMINGO PALACIO, Documentos…, vol. I, p. 109-110; se trata de un traslado) y p. 705, n°3787 (publicado por T. DOMINGO PALACIO, Documentos…, vol. I, p. 111-112; también es un traslado), respectivamente.

55 Véase María Teresa CARRASCO LAZARENO, «Los conventos de San Francisco y Santo Domingo de la villa de Madrid (siglos XIII-XV). Breves consideraciones históricas, jurídicas y diplomáticas» in: José Ignacio de la IGLESIA DUARTE, Francisco Javier GARCÍA TURZA y José Ángel GARCÍA DE CORTÁZAR (coords.), VI Semana de Estudios Medievales, Nájera, 31 de julio al 4 de agosto de 1995, Logroño: Instituto de Estudios Riojanos, 1996, p. 239-254, p. 239-240.

56 Como ha señalado Francisco Javier GARCÍA SERRANO, Preachers of the city. The expansión of the Dominican Orden in Castile (1217-1348), Nueva Orleans: University Press of the South, 1997, p. 26-28.

57 Ya fue así desde el reinado de Fernando III, como recuerda Diana Lucía GÓMEZ-CHACÓN, «La Madona de Madrid: una donación de Sancho IV al convento de Santo Domingo el Real de Madrid», Archivo Español de Arte, XCI-364, octubre-diciembre 2018, p. 333-348, p. 336.

58 Véase M. GONZÁLEZ JIMÉNEZ y M. A. CARMONA RUIZ, Documentación e itinerario…, p. 429, n°2302.

59 Ibid., p. 460, n°2504.

60 María del Mar GRAÑA CID, «Sancho IV, María de Molina y la promoción de la Orden de Predicadores: modelo de realeza y de cultura política», Anuario de Historia de la Iglesia, 30, 2021, p. 103-139, p. 108.

61 La protección de Fernando III se hizo perfectamente explícita desde 23 de junio de 1228; véase D. L. GÓMEZ CHACÓN, «La Madona de Madrid…», p. 338.

62 M. M. GRAÑA CID, «Sancho IV…», p. 106.

63 Véase M. GONZÁLEZ JIMÉNEZ y M. A. CARMONA RUIZ, Documentación e itinerario…, p. 624, n°3460. Publicado por Fidel FITA, «Madrid desde el año 1235…», n°99.

64 Véase M. GONZÁLEZ JIMÉNEZ y M. A. CARMONA RUIZ, Documentación e itinerario…, p. 687, n°3692; p. 688, n°3693 y p. 688, n°3694.

65 En el caso concreto del convento de Santo Domingo de Madrid, se ha señalado que entre 1228 y 1330 parece evidente la existencia de “un compromiso privado de los reyes con el convento madrileño actuando de aquel modo como verdaderos encomenderos”, en palabras de José Ramón ROMERO FERNÁNDEZ-PACHECO, Santo Domingo el Real de Madrid. Ordenación económica de un señorío conventual durante la Baja Edad Media (1219-1530), Salamanca: San Esteban, 2008, p. 152. En este trabajo se encuentran diversas menciones a los documentos que se van a citar a continuación.

66 José Manuel NIETO SORIA, Iglesia y génesis del Estado Moderno en Castilla (1369-1480), Madrid: Editorial Complutense, 1994, p. 241.

67 Véase M. GONZÁLEZ JIMÉNEZ y M. A. CARMONA RUIZ, Documentación e itinerario…, p. 460, n°2505. Publicado por F. FITA, «Madrid desde el año 1235…», n°97. En virtud de este documento, se les permitía llevar al convento dos cargas de leña diarias, al tiempo que se les permitía apacentar sus bueyes donde lo hacían los que eran propiedad del rey.

68 Ibid., p. 497, n°2753.

69 Ibid., p. 300, n°1458. Publicado por F. FITA, «Madrid desde el año 1235…», n°77.

70 Véase M. GONZÁLEZ JIMÉNEZ y M. A. CARMONA RUIZ, Documentación e itinerario…, p. 527, n°2952.

71 Ibid., p. 410, n°2186. Publicado por F. FITA, «Madrid desde el año 1235…», n°88.

72 Véase M. GONZÁLEZ JIMÉNEZ y M. A. CARMONA RUIZ, Documentación e itinerario…, p. 497, n°2752.

73 Ibid., p. 415, n°2217. Publicado por F. FITA, «Madrid desde el año 1235…» n°89.

74 Véase M. GONZÁLEZ JIMÉNEZ y M. A. CARMONA RUIZ, Documentación e itinerario…, p. 426, n°2279. Publicado por F. FITA, «Madrid desde el año 1235 hasta el de 1275…», n°90.

75 Véase M. GONZÁLEZ JIMÉNEZ y M. A. CARMONA RUIZ, Documentación e itinerario…, p. 443, n°2391. Publicado por F. FITA, «Madrid desde el año 1235…», n°94.

76 Véase M. GONZÁLEZ JIMÉNEZ y M. A. CARMONA RUIZ, Documentación e itinerario…, p. 443, n°2392.

77 Ibid., p. 442, n°2390.

78 María Antonia VARONA GARCÍA, «El diploma fundacional del monasterio de San Martín de Madrid», Historia, Instituciones, Documentos, 14, 1987, p. 275-291, p. 275. El problema es que no se conserva el documento, aunque sí existen indicios de su existencia (p. 279).

79 M. FERNÁNDEZ MONTES, «La tierra de Madrid…», p. 206.

80 M. A. VARONA GARCÍA, «El diploma fundacional…», p. 275.

81 Ibid., p. 276.

82 C. SEGURA GRAÍÑO, «Madrid en la Edad Media…», p. 132.

83 M. VALENZUELA RUBIO, «El Madrid precortesano…», p. 241.

84 Véase M. GONZÁLEZ JIMÉNEZ y M. A. CARMONA RUIZ, Documentación e itinerario…, p. 183, n°639.

85 Ibid., p. 183, n°635, 636, 637 y 638.

86 Ibid., p. 363, n°1877.

87 Gonzalo IBÁÑEZ DE SEGOVIA, Marqués de Mondéjar, Memorias históricas del rei Don Alonso el Sabio i observaciones a su chrónica, Madrid: Impresor Joaquín Ibarra, 1777, p. 449.

88 Véase F. FITA, «Madrid desde el año 1235…», n°85.

89 C. SEGURA GRAÍÑO, «Madrid en la Edad Media…», p. 131.

90 Ángela MUÑOZ FERNÁNDEZ, «Las redes primarias de la urbano (a propósito de los espacios parroquiales del Madrid Medieval», Revista de Filología Románica, Anejo III, 2002, p. 65-80, p. 67-69.

91 C. SEGURA GRAÍÑO, «Madrid en la Edad Media…», p. 134-135.

92 Destacado por María Jesús FUENTE PÉREZ, «¿Espejos de Esther? La intercesión como tarea política de la reina (León-Castilla, siglos XI-XIII)», e-Spania [en línea], 20, febrero 2015, p. 1-51, p. 29-35. URL: https://doi.org/10.4000/e-spania.24112.

93 José Manuel NIETO SORIA, Iglesia y génesis…, p. 240.

94 Ibid., p. 240. Aunque estas palabras se refieren al impulso del franciscanismo a partir del siglo XIV, sirven también para el apoyo a la orden dominica durante el XIII.

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Pour citer cet article

Référence électronique

María del Pilar Rábade Obradó, « Alfonso X y Madrid »e-Spania [En ligne], 43 | octobre 2022, mis en ligne le 15 novembre 2022, consulté le 29 novembre 2023. URL : http://journals.openedition.org/e-spania/45919 ; DOI : https://doi.org/10.4000/e-spania.45919

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