Silencios quebrantados. La comunicación intra y extra carcelaria en el Siglo de Oro
Résumés
L’article s’intéresse aux pratiques d’écriture ordinaires dans les prisons au cours des XVIe et XVIIe siècles, avec quelques incursions occasionnelles du côté du XVIIIe siècle. Il analyse les occasions de communiquer par écrit qui s’offraient aux prisonniers et la manière dont ceux-ci transgressèrent les restrictions et la surveillance, plus rigoureuses dans les prisons du Saint-Office. Une fois ce cadre posé, l’étude aborde les principaux types d’écrits. Ceux-ci allaient des lettres et billets –qui reposaient sur des instruments, des supports et des stratégies anattendus pour assouvir le besoin de communiquer et préserver les liens– aux mémoires autobiographiques, aux récits de vie ou aux suppliques, suivant les options de défense établies par les différents régimes judiciaires. Une dernière section étudie, à côté des textes rédigés sur papier ou sur d’autres supports souples, les inscriptions et les dessins réalisés sur les murs des prisons. Le parcours souligne l’importance de l’écriture comme forme d’expression, de communication, de défense ou d’affirmation de soi des prisonniers dans l'Espagne moderne.
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Mots-clés :
écriture carcérale, Siècle d’or, Espagne moderne, lettres, billets, mémoires, suppliques, graffitisPalabras claves:
escritura carcelaria, Siglo de Oro, España Moderna, cartas, billetes, memoriales, súplicas, grafitisPlan
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Este trabajo se ha realizado en el marco del proyecto de investigación Vox populi. Espacios, prácticas y estrategias de visibilidad de las escrituras del margen en las épocas moderna y contemporánea (PID2019-107881GB-I00AEI/10.13039/501100011033. IPs: Antonio Castillo Gómez y Verónica Sierra Blas), financiado por el Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades y la Agencia Estatal de Investigación del Gobierno de España). Retomo, reviso y actualizo cuestiones tratadas con más amplitud en mi libro Entre la pluma y la pared. Una historia social de la escritura en los Siglos de Oro, Madrid: Akal, 2006, p. 95-153.
Texte intégral
Puertas entreabiertas, ventanas, muros porosos
- 1 Las transcripciones paleográfica e interpretativa completas pueden leerse en Rita FOTI, I graffiti (...)
- 2 Sobre la historia de la Inquisición en Sicilia, remito a Maria Sofia MESSANA, Il Santo Ufficio dell (...)
- 3 Cito por la transcripción normalizada que figura en G. FIUME, op. cit., p. 257, que incluye en nota (...)
1“Tu che vieni carceratu / legi questa scritta…” (“Tú que estás encarcelado / lee esta inscripción…”)1. Escrito a carboncillo y en siciliano, así reza uno de los grafitis conservados en el palacio Chiaramonte Steri de Palermo, en una de las celdas de lo que fueron las cárceles secretas del Santo Oficio, instalado en dicho edificio desde comienzos del siglo XVII hasta la abolición del tribunal en 17822. Datado en el Seiscientos, como la mayor parte del corpus de grafitis de esta prisión, pareciera que el mensaje estaba destinado a quienes en tiempos venideros recalarían en el mismo espacio, como si su autor tratara de establecer una suerte de conversación mural suspendida en el tiempo, como si pretendiera unir su destino al de otros prisioneros. Probablemente es lo mismo que ambicionó quien dibujó, de nuevo mediante la técnica del carboncillo, un mapa de Sicilia sobre el muro de otra celda. Fuera del mapa, en el ángulo inferior izquierdo, trazó un recuadro en el que escribió en siciliano un mensaje, a guisa de apelación, dirigido a los presos posteriores, animándolos a completar los nombres de las ciudades de la isla que él no había sabido identificar, firmando al pie con una B mayúscula: “cui li sa ci po’ iungiri lu restu…” (“quien lo sepa puede añadir el resto…”)3.
2Esta invitación a ampliar la información del mapa, los añadidos incorporados por otras personas en diferentes grafitis o los mensajes cruzados que se aprecian en distintos testimonios hablan de interacción, de un cierto sentido de comunidad e indudablemente de necesidades de comunicación solventadas por medios diversos, escritos o no. Su materialización fue tan desigual como lo fueron el rigor y la vigilancia de los espacios penitenciarios conforme a la institución judicial de la que dependían.
- 4 Cristóbal de CHAVES, Relación de la cárcel de Sevilla, in: Cesar HERNÁNDEZ ALONSO y Beatriz SANZ AL (...)
3Cristóbal de Chaves, abogado de la Real Audiencia de Sevilla, aparte de dramaturgo, escribió a finales del siglo XVI, en 1591 y 1592, una relación sobre la Cárcel Real de dicha ciudad, en la que reparó en el constante tránsito de visitantes que se vivía en su interior, al tiempo que llamó la atención sobre los frecuentes intercambios entre presos y presas propiciados por la proximidad de las celdas que ocupaban unos y otras. El patio, dice, se llenaba de voces, cantos, golpes y bullicio, por lo que no resultaba nada sorprendente que un preso coqueteara con una presa y a gritos le dijera: “¡a mi ánima!”; ella le respondiera: “ponte a esa reja que mañana salgo”; y él cerrara la plática solicitándole un contento, que podía ser una trenza, un rosario o cualquier prenda con la que quedara sellada la amistad. Es más, la cárcel contaba con dos tiendas para el abastecimiento de los presos en las que también podían proveerse de papel y tinta4.
- 5 Instrucciones fechas en Valladolid, año de 1488, por el dicho señor prior [fray Tomás de Torquemada (...)
- 6 Instrucciones de don Fernando de Valdés, Madrid a 2 de septiembre de 1561, in: Miguel JIMÉNEZ MONTE (...)
4Un aire muy distinto es el que se respiraba en las prisiones inquisitoriales, donde los contactos personales y las comunicaciones estuvieron bastante más controlados. En fecha tan temprana como 1488, en la asamblea de Valladolid, presidida por el inquisidor general fray Tomás de Torquemada, prior del monasterio de Santa Cruz (Segovia), se estableció que los inquisidores, alguaciles, carceleros y quienes tuvieran contacto con los presos procuraran que nadie de la calle los visitara y hablara con ellos5. Otras prohibiciones similares se recogieron en instrucciones posteriores, ora las que se acordaron en el convento de Santo Tomás de Ávila el 25 de mayo de 1498, ora las que promulgó el inquisidor Alonso Manrique de Lara en enero de 1525, ora, más adelante, la nueva reglamentación que dispuso Fernando Valdés en 1561. En esta, en concreto, se ordenó taxativamente que nadie pudiera ver o hablar con los presos ni darles avisos por escrito o por palabra, al igual que tampoco ellos podían comunicarse entre sí salvo que mediara autorización de los inquisidores6.
- 7 Antonio CASTILLO GÓMEZ, “El aguacate y los plátanos. Cárcel y comunicación escrita en ambas orillas (...)
- 8 Ciudad de México, Archivo General de la Nación (AGN), Inquisición, volumen 93, fol. 55.
- 9 Madrid, Archivo Histórico Nacional (AHN), Inquisición, legajo 1647, expediente 11, fol. 169r.
- 10 Relación de la visita que hizo el doctor D. Martín de Zelaya Ocariz, inquisidor de Córdova, en la I (...)
5Pese a todo, la realidad desdijo diariamente esta severidad, demostrando que si un preso tenía necesidad de escribir o de comunicarse hacía todo lo posible por lograrlo7. Miguel Martínez, reo de la Inquisición de México, anotó en una carta a su mujer, fechada en 1572, que si ella no se atrevía o no podía responderle podía recurrir a un muchacho para que, desde el exterior, frente a la ventana de la celda, ondeara un trapo. Si este era colorado indicaba que se podían seguir las instrucciones contenidas en la misiva, cabe pensar que referidas a la causa que le había llevado a la cárcel, mientras que si era negro significaba todo lo contrario8. Por su parte, el portugués Manuel Enríquez, natural de Lamego, mercachifle, procesado por la Inquisición de Lima en 1635 bajo acusación de judaizante, recordó en su declaración que en las cárceles secretas de Coimbra, donde había estado encerrado diez años antes, era bastante común que los presos se comunicaran por los “agujeros de las paredes”, dando voces o mediante golpes cifrados que identificaban cada letra del alfabeto9. En fin, Martín de Celaya y Ocariz, inquisidor de Córdoba, en su informe de la visita que efectuó en marzo de 1643 a la cárcel de la Inquisición en Sevilla hizo constar que los presos “se entendían por cifras, golpes y nombres de letras que escrivían en pedaços de alcarraças blancas y los arrojavan de una cárcel a otra”. Para evitarlo recomendó que, en adelante, no se diera a los presos ningún “barro blanco para el uso ordinario, sino escudillas y ollas y jarrillos vidriados”10.
- 11 Solange ALBERRO, Inquisición y sociedad en México, 1571-1700 (1ª ed. 1988), 2ª reimpresión, Ciudad (...)
- 12 R. FOTI, op. cit., p. XLIII.
- 13 Albert TOLDRÀ I VILARDELL, El Monstre. Les presons de la Inquisició de València, València: Instituc (...)
6Si la comunicación por voces, gestos y señales era rica en matices, los intercambios escritos no se quedaron atrás: textos encriptados, perífrasis, apodos y metáforas sirvieron para canalizar mensajes, pronunciados o escritos en lenguas varias, dependiendo de lo heterogéneo que fuera el paisanaje de cada prisión. En la cárcel del Santo Oficio de México era corriente que se oyera hablar en portugués, náhualt, guineano o angoleño, aparte de español11. En Palermo se documentan inscripciones en latín, prácticamente la mitad, italiano, siciliano, inglés, dos en hebreo, tal vez de la misma mano, y una en español12. Y en la de Valencia el idioma que más se hablaba era el catalán seguido del castellano y del árabe, hasta la expulsión de los moriscos en 1608, y en menor medida francés, italiano, inglés y portugués; para la comunicación escrita el latín se usaba cada vez menos y, entre los documentos cosidos a los procesos como pruebas del delito, constan algunos en árabe y en hebreo. En situaciones de pluralismo lingüístico es normal que se dieran problemas de comunicación: “No lo entendía porque hablavan en valenciano”, fue lo Juan Castellano, morisco aragonés castellano hablante, respondió a los jueces inquisidores de Valencia el 15 de marzo de 1542, cuando le interrogaron con el propósito de que delatara a sus compañeros de celda13.
7La inventiva fue amplia también en cuanto a instrumentos y soportes para escribir: plumas, agujas, tintas invisibles, papel, trozos de tela, huesos de aguacate, la piel de las peras o la cáscara de los plátanos. Del mismo modo, para que los mensajes llegaran y salieran de las cárceles fue corriente esconderlos en la ropa, entre la comida o descolgarlos a través de las ventanas. El franciscano Pedro de Orellana usó este procedimiento para su intercambio de cartas y poemas desde la cárcel inquisitorial de Cuenca, donde estuvo encarcelado por judaizante, aparte de mostrar su pericia para elaborar tinta simpática:
- 14 Citado en Miguel JIMÉNEZ MONTESERÍN, Literatura y cautiverio. El maestro Pedro de Orellana en la In (...)
Y agora quiero amostrar a mi señora a escrevir secreto. Quando una carta en blanco querrá escrevir, que, aunque todo el mundo la vea, no halle nada, escriva la carta con leche y déxela secar. Estará toda blanca. Luego queme un papel y échele aquel polvo negro por cima de toda la letra. Quedará toda tan escrita como esta. O escrívala con un cabo de una candela de sevo. Hará lo mismo. O si no, escrívala con çumo de un limón ponçil. Déxela secar, y quando la quisiere leer alléguela al fuego. Todo lo puede provar y hallar ansí14.
- 15 AHN, Inquisición, libro 937, fol. 255r.
- 16 Proceso contra Francisco Botello (1656), fol. 17. AGN, Inquisición, volumen 412, expediente 1. Sobr (...)
8Las habilidades de comunicación más inverosímiles, la venalidad de no pocos vigilantes y la cooperación entre presos coadyuvaron a que los mensajes escritos fluyeran en el interior de las cárceles y desde estas hacia afuera. Andrés de Castro, de 60 años, alcaide de la prisión del Santo Oficio en Valencia, fue condenado en 1590 a tres años de galera por abusar de una prisionera, por recibir regalos de cautivos y parientes, y por haber permitido que los presos se comunicasen haciéndoles de correo15. En sentido inverso, también hubo prisioneros que colaboraron con la Inquisición como delatores y espías de sus compañeros. Fue el caso, entre tantos, del falso sacerdote Gaspar de Alfar, alias Gaspar de los Reyes, abad de San Antón, natural de la villa de Lepe, quien seguramente tuvo mucho que ver con las persecuciones desatadas en México contra los judeoconversos entre 1642 y 1649. En más de una ocasión se presentó ante los inquisidores para decirles que “desde su cárcel oía que algunas personas de las que estaban presas se comunicaban”. Los inquisidores le mandaron que tuviese cuidado de “notar y avisar lo que oiere y entendiere çerca de las dichas comunicaciones, escriviéndolas en papel, que para ello se le dio rubricado”16.
- 17 Cristóbal de CHAVES, op. cit., p. 233.
9Las cárceles, en suma, no siempre fueron tan impenetrables y la comunicación escrita estuvo muy presente en ellas. A fin de corroborarlo nada mejor que hacerse pasar por un familiar, un conocido o el abogado de cualquier preso, o confundirse entre el flujo de visitantes que acudía a diario a algunas de ellas, cuyas puertas nunca estaban del todo cerradas, según la feliz expresión que Cristóbal de Chaves usó para definir el día a día de la Cárcel Real sevillana17. Ya dentro, observaremos qué y para qué escribían quienes estaban encarcelados, fijándonos en las manifestaciones más genuinas del escribir cotidiano, puesto que la actividad literaria carcelaria de los escritores y de las escritoras del Siglo de Oro tiene su espacio en los estudios sobre la literatura de aquella época.
Emociones, ansia de noticias e incluso conspiraciones
- 18 Procesos de Luis Carvajal (el Mozo), Ciudad de México: Archivo General de la Nación, 1935, p. 409.
- 19 Ibid., p. 176.
- 20 Ibid., p. 505.
10“Vidas de mi ányma, por milagro me vino oy un tintero y pluma para que os escribiese este billete”18. Así se expresaba Luis Carvajal el mozo, preso de la Inquisición novohispana, en una nota dirigida a sus hermanas Leonor e Isabel. Esta vez se valió de pluma, tinta y papel, pero en otras ocasiones él o ellas escribieron en huesos de aguacates, cáscaras de plátanos o en la piel de la pera: “envíame – dice en una nota a su hermana Leonor – mi ángel nuevas en otra pera, escribe con una aguja y envíala de noche”19. Para Carvajal, acusado y condenado por judaizante, natural de Benavente y sobrino del gobernador del Nuevo Reino de León, don Luis Carvajal el viejo, la comunicación con su familia constituía un alivio frente a la soledad, una especie de refresco como escribió en uno de los mensajes a Leonor: “cómo te querría consolar cada día, no puedo acudir a todo porque boy grenjeando el papel y tinta; y temiendo estoi no me la pida el alcayde y nos quedemos sin este refrigerio, que tanto es para mí ányma el escribirte como para la tuya leer mis letras y escritos”20.
11Ingeniosas o rudimentarias, la variada gama de “inteligencias” da fe de la importancia que la comunicación tenía para las personas durante el encarcelamiento. A finales del siglo XVI, desde la cárcel del Santo Oficio en Toledo, un tal fray Lucas mantuvo una comunicación secreta con Francisca de Saavedra, mujer de Acacio de Córdoba y sobrina del despensero de la prisión. Sabemos de esta relación epistolar por las declaraciones del colchero Francisco de Acuña, compañero de celda del fraile, procesado por el mismo tribunal acusado de herejía. En sus declaraciones reveló que fray Lucas solía entregarle cartas y billetes para que los hiciese llegar a Francisca a través de una ventanilla que daba al corral de la casa del despensero, Benito de Saavedra. Cuando ella tenía preparada la respuesta, tras avisar del envío de los mensajes dando dos o tres golpes en el suelo, los ataba a una vara hasta subirlos a la ventana, donde Francisco de Acuña o fray Lucas los recogían.
- 21 AHN, Inquisición, legajo 81, expediente 1.
- 22 AHN, Inquisición, legajo 98, expediente 1, sin foliar.
12Normalmente se comunicaban por la noche, “unas veces a las nueve y otras a las diez”, aprovechando la menor vigilancia de esas horas. Francisco de Acuña refirió también que el fraile acostumbraba a quemar las cartas y billetes que recibía de Francisca, de suerte que la comunicación quedó silenciada para la historia, como tantas otras, salvo por lo que de ella contó el colchero y por uno de los billetes autógrafos de fray Lucas (fig. 1). En aquella ocasión, Francisco de Acuña no llegó a echarlo por la ventanilla, sino que lo retuvo en su poder un par de semanas, tal vez con la intención de entregarlo de otro modo. Aún lo tenía consigo, metido en el “forro del talón del dicho zapato”, cuando los inquisidores le llamaron a una de las audiencias y le obligaron a entregarlo. Debían sospechar que algo así estaba ocurriendo pues no en vano Francisca de Saavedra fue procesada también por aquellos años, entre 1590 y 1591, acusada de fautoría21. El billete en cuestión es un fragmento de papel con apenas once líneas de texto, cuyo contenido apunta a la capacidad de actuación femenina. El clérigo anotó, como debió hacer en otros mensajes, que llevaba mucho tiempo encarcelado y confiaba en ella para que pudiera ayudarle: “avisándome de lo que por allá se dice de más, / de mí y de mi negocio”22.
Fig. 1. Billete de fray Lucas a Francisca de Saavedra, [1591]. AHN, Inquisición, legajo 981, expediente 1, sin foliar.
13Escritos a menudo en pedazos de papel y camuflados de mil maneras para hacerlos llegar a sus destinatarios, las cartas y billetes servían para intercambiarse avisos dentro de las propias cárceles y, por supuesto, con quienes estaban fuera. Su contenido es tan diverso como las necesidades de quienes los escribieron, desde la búsqueda de apoyo que aflora en los mensajes de fray Lucas a Francisca Saavedra, hasta la preservación de los vínculos familiares y sentimentales o el desahogo frente a la tristeza que se abatió sobre muchos/as presos/as, más todavía si la estancia en prisión era prolongada.
- 23 AHN, Inquisición, legajo 26, expediente, 18, fol. 4r. (sigo la numeración nueva a lápiz).
- 24 Ibid., fol. 40r.
- 25 Enrique GACTO FERNÁNDEZ, “El delito de bigamia y la Inquisición española”, Anuario de Historia del (...)
14El joven músico y danzante Pedro López de la Cañada, también llamado Pedro Camposo o Pedro Maldonado, “un hombre que se llama por tres nombres”23, fue encarcelado a mediados de octubre de 1542 en la Cárcel Real de Ocaña acusado de bigamia. Según declaró Francisco de San Román, vecino de Salamanca, de donde era natural Pedro López de la Cañada, este tenía la “costumbre de desposarse muchas veces”24, hasta cuatro al menos. Por este motivo, en febrero de 1543 su caso pasó a la jurisdicción inquisitorial, puesto que quienes incurrían en bigamia de forma intencionada eran considerados sospechosos de sostener ideas próximas a la herejía en torno al sacramento del matrimonio25.
- 26 De estas cartas, de las que di noticia en Entre la pluma y la pared…, p. 117-119, se ha ocupado des (...)
- 27 C. SERRANO SÁNCHEZ, art. cit., p. 357.
- 28 AHN, Inquisición, legajo 26, expediente 18, fol. 17v.
15En los meses que pasó en la cárcel de Ocaña escribió distintas cartas a su madre, a su tío y a sus hermanos, siete de las cuales se han conservado en el proceso que le abrió la Inquisición porque fueron interceptadas antes de llegar a sus destinatarios26. Angustiado por el aislamiento y la falta de noticias de sus seres queridos llegó a pensar en el suicidio, como hizo saber en una carta a su madre y hermanos, escrita el 28 de noviembre de 1542. Tras confesar que se sentía “como muerto y muy aborrido”, reconoció que había estado a punto de tomar un “vocado para morir”. Seguramente para presionar a sus familiares27, escribió que lo tenía consigo y que si tardaban en acudir en su ayuda bien pudiera ser que no lo encontraran vivo28.
- 29 Ibid., fol. 17r (Carta a su madre, hermano y hermana. Ocaña, 23 de noviembre de 1542).
- 30 Juan Carlos GALENDE DÍAZ, Criptografía. Historia de la escritura cifrada, Madrid: Editorial Complut (...)
- 31 AHN, Inquisición, legajo 26, expediente 18, fol. 21r-v (Declaración de Pedro López de la Cañada. Oc (...)
16De manera reiterada alude a la censura previa del correo y a las cautelas que tenía que adoptar, dado que “las cartas las avían de ver y de leer primero que yo, porque estando yo en la cárzel no puedo yo yr por ellas”29. Conocedor de estas circunstancias, trató de eludir dichos controles e incluso cifró determinados pasajes, sobre todo aquellos que concernían a cuestiones vitales para él, aunque el sistema empleado presentaba pocas dificultades para que fuera descifrado. Utilizó lo que en criptografía se denomina un método de sustitución parcial30, que en su caso consistió en trazar una o más rayas cruzadas sobre el caído de la “p” en sustitución de las vocales, según el orden del estas. En palabras del propio reo: “el secreto es una ‘p’ atravesada por un rasgo por debajo, e con dos, e con tres, e con cuatro, e con cinco, que la primera es a, e la segunda raya es e, e la tercera i, e la cuarta o, e la quinta u”31.
- 32 AHN, Consejos, legajo 23708; A. CASTILLO GÓMEZ, op. cit., p. 104-107. Sobre el asunto de los pasqui (...)
17A través de la escritura, los presos podían relatar sus angustias y emociones más íntimas, transmitir informaciones, canalizar estrategias de defensa o reforzar su red familiar y de amistades. Pero escribir también podía servir para alimentar la revuelta y el malestar social, como hizo Antonio Pérez desde su celda en la Cárcel de Manifestados, en Zaragoza, durante los sucesos del motín de 1591. Disfrutando de ventajas que no tuvieron otros prisioneros, desde ese lugar escribió numerosas cartas de clemencia, otras para ganar el apoyo de la opinión pública y muchos de los pasquines que se difundieron por las calles contra la Monarquía y contra la Inquisición32.
En defensa propia: memoriales y súplicas
18Al margen de las comunicaciones clandestinas, el preso inquisitorial tenía reconocida la posibilidad de defenderse redactando el correspondiente memorial de alegaciones, eso sí en “pliegos contados y rubricados del notario”, según establecían las Instrucciones de Valdés:
- 33 Instrucciones de don Fernando de Valdés, in: M. JIMÉNEZ MONTESERÍN, Introducción a la Inquisición e (...)
Si el reo pidiere papel para escribir lo que a su defensa tocare débensele dar los pliegos contados y rubricados del Notario y asiéntese en el proceso los pliegos que lleva y cuando los volviere se cuenten, por manera que al preso no le quede papel, y se asiente asímismo cómo los vuelve y dárseleha recaudo con que pueda escribir. Y cuando pidiere que viniere su Letrado vendrá y comunicará lo que convenga y le entregará los papeles que tuviere escritos, tocantes a sus defensas y no otra cosa ninguna33.
- 34 Yoer Javier CASTAÑO PAREJA, “Los luteranos en dos jurisdicciones inquisitoriales del orbe indiano, (...)
- 35 AHN, Inquisición, legajo 1729, expediente 3, fol. 52r y 129r.
19Lo habitual era que se entregaran cuatro pliegos, aunque hubo presos que dispusieron de un número mayor por razones muy diversas. Uno de ellos fue el comerciante alemán Matías Henquel (o Enquer, también conocido como Matías Ángel), de 22 años y natural de Hamburgo, quien marchó a Nueva España en 1650 tras arruinarse a causa de la peste que el año antes había asolado Sevilla, donde vivía. En tierras americanas deambuló por distintos lugares levantando numerosas sospechas al no respetar los preceptos católicos, siendo motivo para que muchas personas que le conocieron lo denunciaran ante el Santo Oficio. El 14 de agosto de 1657 la Inquisición novohispana decretó su ingreso en prisión acusado de hereje sacramentario, declarar que no era católico y que no reconocía la autoridad papal34. Durante su encarcelamiento dispuso de un tintero y una pluma “de los que están en la cámara del secreto”, además de todo el papel que pedía. Según se refiere en el proceso, se hizo así para que pudiera “decir todo por escrito”, dado que su insuficiente dominio del castellano no contribuía a la claridad de sus declaraciones, sino que más bien estas parecían un cúmulo de “disparates, porque dice todo lo de atrás adelante”35. En una ocasión, utilizó un pedazo de una camisa vieja de su compañero de celda para responder por ambos lados a las preguntas y acusaciones que se le habían hecho en audiencias previas (fig 2).
Fig. 2. Alegaciones del preso Matías Henquel, escritas en un pedazo de camisa vieja, 1661. AGN, Inquisición, volumen 461, expediente s/n.
- 36 AHN, Inquisición, legajo 3712, expediente 2, fol. 6. Acerca del papel de estos dos frailes como esc (...)
- 37 M.ª V. JORDÁN ARROYO, op. cit., p. 8-10.
- 38 De las lecturas carcelarias de Alonso de Mendoza di noticia en Antonio CASTILLO GÓMEZ, Leer y oír l (...)
20Entre los presos afortunados a la hora de disponer de papel para defenderse podemos recordar también a Alonso de Mendoza, natural de Guadalajara, perteneciente a una de las familias más poderosas de la nobleza española, doctor en Teología por la Universidad de Alcalá, canónigo de Toledo y abad de San Vicente de la Sierra. Junto al franciscano fray Lucas de Allende, guardián del convento madrileño de la orden, fue uno de los principales valedores de Lucrecia de León y puso por escrito muchas de las comprometedoras visiones de esta, dado que ella, sobre todo al principio, “sabía leer muy poco y escrivir nada”36. Ambos religiosos creyeron en sus visiones proféticas y, con ayuda de sectores de la nobleza, crearon la Sagrada Cruz de la Restauración, que predicaba una nueva religión basada en los sueños de Lucrecia, por lo que fueron procesados por la Inquisición37. En la cárcel, Alonso de Mendoza pudo disponer de todo el papel que solicitó para escribir su defensa, así como de un apreciable número de libros de temática religiosa para argumentarla38.
21El memorial de alegaciones, escrito en treinta y dos folios por las dos caras, denuncia las escasas raciones de comida que le daban a diario, la falta de atención médica, las incompetencias del tribunal, los errores cometidos durante el juicio y el comportamiento de los responsables de la prisión. Se reafirma en que ha dicho la verdad en todo momento y suplica justicia, como es propio de este tipo de escritos. Al tiempo, proporciona detalles significativos sobre el proceso de escritura, señalando haber escrito las alegaciones con cierta premura, sin tiempo para redactar un borrador ni para corregir el texto. Confía que le disculpen los errores en los que hubiera podido incurrir y, sobre todo, las eventuales imprecisiones en las autoridades bíblicas anotadas en el margen izquierdo de los folios:
- 39 AHN, Inquisición, legajo 3713, pieza 8, fol. 272.
Y todo esto lo digo, pido, suplico, requiero, protesto y juro a V. S. y de lo necesario declino y apelo en la forma sobre dicha, sin que perjudiquen a la verdad de esta scriptura y relación, que va hecha y escrita de mi mano, las enmiendas de cosas borradas y escritas entre ringlones, faltas o sobras de letras o palabras, malas apuntaciones y ortographías, hierros de las alegaciones de los márgenes en los lugares de la Sagrada Scriptura que cito y tengo sacadas a ellos, y otros qualesquier defectos y faltas que pueda hazer en ello a causa de averla escrito [con] prisa y corregida con mucha más, siguiendo con la mano y pluma el hilo de mi ingenio, y en dos noches la mayor parte de ello sin hazer borrador ni entrar casi en la cama y con plumas gastadas del mucho escrivir, y con ocasión del poco exercicio que del hazello en estos tres años tengo; por todo lo cual no se debe espantar quien viere las dichas faltas, que en la verdad de las sentencias y fines e intentos que en el dezillas tengo yo, quedo satisfecho que no la ai39.
- 40 AHN, Inquisición, legajo 164, expediente 7. Para una primera noticia sobre esta mujer y el proceso (...)
22Otra perspectiva es la que se colige del memorial de Bernarda Manuel, testimonio fehaciente de las posibilidades que ofrecen las fuentes judiciales para rescatar vidas olvidadas, en este caso de una mujer corriente. Nacida en la villa de Lagos, en el Algarve portugués, hacia 1616, Bernarda tenía cerca de 20 años cuando se casó en Sevilla con el tratante de paños Antonio Gómez Borges. Lo hizo obligada por su padre, pese a la mala fama del futuro marido, conocido por los malos tratos que había dado a su anterior esposa. Encarcelado por judaizante, inculpó a Bernarda del mismo delito, lo que determinó la actuación de la Inquisición de Toledo contra ella y su ingreso en prisión en enero de 1650, en las cárceles secretas del Santo Oficio en Madrid, ciudad donde vivían entonces40. Allí escribió de su puño y letra un memorial en doce folios bien saturados de escritura (fig. 3), mezclando su portugués de origen con el castellano, en un discurso continuo en el que respondió a los cargos que se le imputaron, cuyo número indicó a posteriori el escribano inquisitorial precedido de la notación “Cap.º”.
Fig. 3. Memorial autógrafo de Bernarda Manuel, procesada por judaizante por el Santo Oficio de Toledo. [Madrid, agosto 1650]. AHN. Inquisición, legajo 164, expediente 7, fol. 33r.
- 41 AHN, Inquisición, legajo 164, expediente 7, fol. 33r.
- 42 Ibid., fol. 34v.
23Las acusaciones se referían a haber observado diferentes preceptos de la Ley de Moisés, que ella negó reiteradamente. Ante la insistencia de los inquisidores respondió que decía la verdad, reafirmándose en que era una buena cristiana y no había tenido nada que ver con el judaísmo. A raíz de una de las audiencias redacta el memorial, donde anota que, tras pensarlo (“descorido por mim mente”), no consigue encontrar a nadie que pudiera hacerle “tão gran mal porque não hei tido pendiensia com nadia nem dito mal de nadia (…), se não he a um que he meu marido”41. Desde que se instalaron en Madrid, él se obsesionó de tal manera con que le fuera infiel que “muitas vezes vi a morte diante dos olhos”42.
- 43 Lisa VOLLENDORF, The Lives of Women: A New History of Inquisitional Spain. Nashville: Vanderbilt Un (...)
24Su relato expresa el expresa el desasosiego y la angustia de esta mujer atrapada en las redes del matrimonio, resignada cristianamente a aceptarlo y obediente en todo al marido, aunque fuera contra su voluntad como aconteció cuando el marido se empeñó en que se marcharan a Alicante para desde allí irse a Roma. Ella se presenta como buena cristiana, esposa y madre, y basa su escrito de alegaciones en los malos tratos del marido. El trastorno de este le llevaba a dormir con un puñal bajo la almohada pensando que ella pudiera matarlo, mientras que esta y los hijos tenían que hacerlo en otro dormitorio. Por miedo a ser envenenado obligaba a los niños a que probaran la comida y la bebida antes de ingerirla él. En opinión de Lisa Vollendorf, Bernarda Manuel construyó un discurso cimentado en el matrimonio y en la maternidad, dos de las fuentes más comunes de autorización de los textos femeninos en aquella época, sobre todo para las mujeres que no adoptaron una vida religiosa, ya que estas lo tuvieron en el mandato divino43.
25Al final, su alegato no convenció al tribunal y, ante la amenaza de tortura, Bernarda Manuel terminó confesando su judaísmo y arrepintiéndose de sus pecados, añadiendo que se lo había enseñado una mujer de Lisboa un cuarto de siglo antes. De no haberlo hecho podría haber sido torturada, desterrada o incluso condenada a muerte. Al mostrar arrepentimiento y reconocerse culpable de los cargos que se le imputaron la sentencia fue más leve: prisión, confiscación de bienes, abjuración pública de la herejía en un auto de fe y la obligación de vestir un sambenito.
- 44 Bartolomé BENNASSAR, “Raconter sa vie pour sauver sa peau”, in: Anna IUSO (dir.), La face cachée de (...)
- 45 Eugenio ASENSIO, “El maestro Pedro de Orellana, minorita luterano: versos y procesos”, in: Joaquín (...)
- 46 AHN, Inquisición, legajo 1729, expediente 3, fol. 54v.
- 47 Rodrigo GARCÍA DE LA SENRA, “Escritura, marginalidad y resistencia: el caso de Matías Ángel”, in: M (...)
26En cuanto inducidos por el procedimiento judicial y redactados en la cárcel, es muy común que este tipo de textos estén condicionados por las expectativas del destinatario que los ha solicitado44. Fray Pedro de Orellana, maestro y poeta, quien pasó más de veintiocho años en las prisiones del Santo Oficio, centró buena parte de uno de sus dos escritos de autodefensa, la llamada “Autobiografía”, redactada el día 23 de febrero de 1532, en narrar sus contactos con Lutero y los protestantes, primero en Galicia y luego en Módena, en lo que los inquisidores estaban muy interesados45. En la audiencia del 29 de agosto de 1557, Matías Henquel declaró que el pliego y tres renglones y medio que entregó a los inquisidores, “escrito de su letra”, contenía “algunos casos que le han sucedido, pláticas y conversaciones que ha tenido dentro y fuera de este reino”46. De este preso se ha dicho que su caso ilustra la distinción que puede apreciarse entre los relatos biográficos esbozados al hilo de los interrogatorios inquisitoriales, donde puede apreciarse la “construcción de un personaje ‘inocente’”, y el memorial autobiográfico, dotado de “una mayor autonomía discursiva” y hasta de “una pragmática enunciativa que subvierte la geografía del poder inquisitorial”47.
- 48 La edición de la carta puede consultarse en Rocío SÁNCHEZ RUBIO e Isabel TESTÓN NÚÑEZ, El hilo que (...)
27La apelación a la veracidad del testimonio es un lugar común en las declaraciones y los testimonios autógrafos o escritos por mano de otros de los prisioneros inquisitoriales. Al poco de ser hecho preso en la Cárcel de Corte de la ciudad de Santiago, en Guatemala, a finales de marzo de 1629, el portugués Manuel Díaz Enríquez escribió una larga misiva al Santo Oficio de México, del que dependía la Capitanía General guatemalteca, explicando el “discurso de mi vida”. A fin de que los inquisidores vieran que no había hecho nada que exigiera la actuación de dicho tribunal, de forma prolija y precisa narró el recorrido de su vida, los lugares donde había estado, los trabajos que había desempeñado y las personas con las que se había relacionado, insistiendo que todo ello era cierto48.
- 49 Instrucciones de don Fernando de Valdés, in: M. JIMÉNEZ MONTESERÍN, Introducción a la Inquisición e (...)
- 50 Orden que comúnmente se guarda en el Santo Oficio de la Inquisición, acerca del procesar en las cau (...)
28El discurso de vida como tal tuvo cierta fortuna en la literatura del Siglo de Oro hispano, al punto de dar título a la conocida autobiografía del capitán Alonso de Contreras. En manos de la Inquisición, un primer esbozo se planteó en las Instrucciones del inquisidor Fernando Valdés, en 1561, en el marco de la primera audiencia, en la que el reo debía ser preguntado por “su nombre y edad, oficio y vecindad y cuanto ha que vino preso”, y a partir de ahí por su genealogía, los lugares donde había estado, las personas con las que se había relacionado, los estudios, la causa de la prisión y “conforme a su respuesta se le hagan las demás preguntas que convenga”49. No obstante, el término como tal no se emplea hasta 1591, en una Orden sobre el procedimiento a seguir en los procesos, elaborada por Pablo García, secretario del Consejo de la Suprema. En ella se estableció que, en la primera audiencia, aparte de responder a unas preguntas sobre la genealogía familiar y la fe, el reo debía hacerlo al “discurso de su vida”, a saber, dónde había nacido, los lugares en los que había vivido y las personas con las que había tratado y comunicado, “todo muy por extenso y muy particularmente”50.
- 51 Bárbara SANTIAGO MEDINA, “‘A vuestras señorías pido y suplico’. Las cartas de súplica en el marco d (...)
- 52 Lex HEERMA VAN VOSS (ed.), Petitions in Social History, Cambridge: Cambridge University Press, 2001 (...)
29Estos ítems fueron los mismos que Manuel Díaz relató en su carta, de facto un texto autobiográfico. Aunque la terminó con la petición de clemencia a los inquisidores, su estructura difiere sensiblemente de la modalidad epistolar de las cartas de petición o de súplica, presentes de manera corriente en los procesos inquisitoriales, como es lógico51. Se trata de un género poco atenido por la historiografía sobre la Edad Moderna hispana, pero del que se pueden extraer importantes conclusiones. Al tratarse de una práctica de escritura ampliamente extendida en situaciones de dependencia y subordinación, es decir, cuando se precisaba implorar alguna gracia a un superior, constituyen una documentación muy rica a la hora de visibilizar a las clases subalternas, aunque obviamente no sean estas las únicas que recurrieron a ella52.
- 53 En el verso de la carta consta el correspondiente sobrescrito: “al muy reberendo y muy magnífico se (...)
- 54 Elena CHICHARRO CRESPO, “Las cartas de súplica en el final del Antiguo Régimen. Correspondencia de (...)
30El texto oscila entre formulaciones breves, en las que apenas encontramos nada más que una escueta presentación del peticionario y del motivo de la súplica, y otras más minuciosas, en las que esas partes están más desarrolladas y llegan a trazar una pequeña autobiografía del sujeto. Podían redactarse de forma autógrafa por los interesados, como la petición que el violero Mateo de Arratia, natural de Valladolid, procesado por herejía, presentó, por medio de un sastre, el 22 de marzo de 1548 ante la Inquisición de Toledo, suplicando que no se tuvieran en cuenta las difamaciones que algunas personas habían dicho sobre él (fig. 4)53. O bien recurriendo a personas cercanas o a los escribanos de las instituciones a las que se encaminaron, que fue la vía más utilizada por los presos forzados y trabajadores libres de las Minas de Almadén en las súplicas que dirigieron al superintendente entre finales del siglo XVII y principios del XIX (fig. X)54.
Fig. 4. Carta de súplica autógrafa del violero Mateo de Arratia, registrada en Toledo el 22 de marzo de 1558. AHN, Inquisición, legajo 98, expediente 4, fol. 17r.
Mensajes en las paredes
- 55 Además de las obras citadas en las notas 2 y 4, sobre el grafiti carcelario en la España Moderna pu (...)
31La escritura carcelaria tiene otra de sus manifestaciones más características en los grafitis, que en los últimos años han despertado un creciente interés en el marco de los estudios sobre el grafiti histórico. A diferencia del papel y de otras materias blandas empleadas para escribir en el interior de las prisiones, el muro tiene a su favor la inmediatez. No es preciso solicitarlo y acceder a él clandestinamente o con el permiso de los vigilantes, sino que es parte del ecosistema carcelario, constituye el espacio vital donde transcurre la vida del preso55.
32El grafiti constituye un testimonio gráfico con dificultades de interpretación por motivos varios. De un lado, muchos vestigios han llegado incompletos y no siempre es viable reconstruir su integridad. De otro, a menudo están descontextualizados: conocemos el lugar donde se realizaron, pero carecemos de documentación para identificar con exactitud a las personas que los realizaron. Y en lo que afecta exclusivamente al rasgo gráfico, el ductus de la escritura pudo verse condicionado por la suavidad o la rugosidad del muro, por lo que pueden ser arriesgadas ciertas deducciones acerca de la mayor o menor competencia alfabética de los autores.
- 56 Ruth AHNERT, The Rise of Prison Literature in the Sixteenth Century, Cambridge: Cambridge Universit (...)
- 57 Gianclaudio CIVALE, “‘Animo carcerato’. Inquisizione, detenzione e graffiti a Palermo nel secolo XV (...)
33Numerosos garabatos, dibujos inacabados y ejercicios de escritura, incluidas las probationes calami se trazaron espontáneamente, puede que aprovechando ratos sueltos con menor vigilancia y sin grandes pretensiones. Otras inscripciones y dibujos fueron trazados con destreza y tiempo suficiente. En muchos es indiscutible que hubo un manifiesto deseo de expresar algo escribiendo o dibujando en la pared. Cuando se refiere a un conjunto de personas que compartieron el mismo espacio, se puede pensar en ellas como una “comunidad textual”, según la propuesta de Ruth Ahnerta propósito de los prisioneros de la torre de Londres56, que se ha aplicado igualmente a los presos del Santo Oficio palermitano57.
- 58 Ruth AHNERT, “Writing in the Tower during the Reformation, ca. 1530-1558”, Huntington Library Quart (...)
- 59 Massimo MIGLIO, “Il Castello graffiato”, in: Quando gli dei si spogliano. Il bagno di Clemente VII (...)
34El gesto de escribir el nombre sobre la pared de una celda puede entenderse como un acto de afirmación de quien hasta podía estar viviendo sus últimos días58. Frecuentemente se complementa con alguna fecha – aquella en la que se realizó el grafiti, la entrada en prisión o el tiempo de permanencia –, con otros datos que permiten hacernos una idea de la condición social de la persona, como las menciones acerca de la profesión, e incluso con breves reflexiones parietales. En determinadas circunstancias no es desatinado interpretar estos testimonios como una suerte de “autobiografía mínima”, por lo general falta de cualquier propósito narrativo59.
- 60 Angels CASANOVAS I ROMEU y JORDI ROVIRA I PORT, “Documents singulars per a una història de les ment (...)
35Hubo quien dejó algunas fórmulas de misericordia o mensajes de consuelo para soportar el encarcelamiento o lamentos equiparables a los que se escribieron en cartas y billetes, como “María José 1551 / Muero en esta prisión”. Este mensaje, grabado en uno de los muros de la torre del castillo de Verdú (Urgell), atribuido en alguna ocasión a una mujer60, pero que también podría haberlo realizado un hombre vinculado afectivamente con ella, apunta directamente a la difícil identificación de los autores de los grafitis, sobre todo si no conocemos a fondo la historia de la prisión donde se encuentran y la condición de los presos que penaron en ellas.
- 61 José Ángel GARCÍA SERRANO, Graffiti de otro tiempo. Los calabozos del Palacio Episcopal de Tarazona (...)
- 62 José Ángel GARCÍA SERRANO, Tiempo de graffiti. Los calabozos del Palacio Episcopal de Tarazona (s. (...)
- 63 Carece de referencia cronológica, pero debe fecharse en los siglos XVIII o XIX como el resto del co (...)
- 64 J. A. GARCÍA SERRANO, Tiempo de graffiti…, p. 156; id., Graffiti de otro tiempo…, p. 137.
- 65 Elvira GONZÁLEZ GOZALO y Magdalena ROSSELLÓ, Els grafitis de la torre de l’homenatge del Castell de (...)
36La duda razonable que se plantea sobre la identidad femenina de quién escribió el testimonio anterior puede sostenerse de las escasas siguientes inscripciones con nombre de mujer exhumadas en distintas prisiones de la España Moderna: “ANA DE A(.)”, intencionalmente rallada61, “MILAGRO MORCILLO” (¿tal vez Milagros?) y “MANUELA RAMÓN (AVSE)JO”, estas dos seguramente del siglo XVIII como otras del mismo espacio datadas en esta centuria,62 todas ellas localizadas en los calabozos del Palacio Episcopal de Tarazona; o “Margalida Vidal”, en el castillo de Bellver (Palma de Mallorca)63. La prisión de Tarazona se sabe que estuvo ocupada principalmente por eclesiásticos y seguramente por hidalgos e incluso militares64. A su vez, estos y los prisioneros de guerra fueron los ocupantes habituales de prisiones militares como las que funcionaron en las fortalezas de Bellver y Villena (Alicante)65.
- 66 Francesco RENDA, L'Inquisizione in Sicilia. I fatti. Le persone, Sellerio: Palermo, 1997, p. 244.
- 67 José Antonio BENAVENTE SERRANO et al., “Les graffiti des prisons du Bas-Aragon (Espagne): un cas ex (...)
37Cuando el nombre aparece sin otros matices, como la profesión, el tipo de prisión ayuda a determinar el género y la condición social, por supuesto dentro de ciertos márgenes de error. Detrás de muchas de las inscripciones y pinturas de la cárcel del Santo Oficio en Palermo es bastante probable que esté la mano de eclesiásticos, dada su temática y su excelente factura tanto en lo que concierne a la escritura como a los dibujos, además de aquéllas identificadas con cierta exactitud; pero también porque un tercio de los prisioneros de este tribunal fueron religiosos66. En las cárceles municipales, la sociología es más variada e incluye a gentes de condición popular, como en las prisiones rurales del suroeste oscense67.
- 68 Heliodoro CORDENTE MARTÍNEZ, “Manuel de Castro (autor del Soneto de la celda del Castillo). Su vida (...)
38Pero los escritos murales carcelarios no siempre son frases cortas o sencillas anotaciones de nombres y fechas, sino que también incluyen textos más elaborados, como oraciones, poemas, canciones, etc. El poeta toledano Manuel de Castro, en los años veinte del siglo XVIII, estando preso en la cárcel del Santo Oficio en Cuenca acusado de judaizante, compuso un poema dirigido a los inquisidores implorando la misericordia de estos, de quienes esperaba que averiguaran la verdad y la malicia de quienes le habían delatado. Coetáneamente escribió un soneto en el muro en un tono más emotivo: reiteró que confiaba en Dios pues tenía la conciencia tranquila, a la vez que expresó la aflicción que tenía por estar encarcelado, alejado de sus hijos y de su esposa68.
- 69 G. FIUME, op. cit., p. 251; G. FIUME, “Justice, Expiation and Forgiveness in the Graffiti and Drawi (...)
- 70 José Luis ACÍN FANLO, Elena AQUILUÉ PÉREZ y Rosa ABADÍA ABADÍAS, Los grabados de la torre de la cár (...)
39El destino incierto del preso, la necesidad del consejo divino en situaciones difíciles y el clima religioso de la época influyeron en el prolífico simbolismo cristiano patente en muchos grafitis carcelarios. Junto a oraciones, citas de la Biblia, salmos y nombres sagrados, la rica iconografía de la prisión de Palermo, ejecutada con extraordinaria maestría, constituye un auténtico inventario de la religiosidad en la Edad Moderna69. En la cárcel de Broto (Huesca), los símbolos cristianos conviven con otros elementos paganos característicos de las comunidades rurales del valle de Arán70.
- 71 G. FIUME, op. cit., p. 251.
- 72 Giovanna FIUME, “Soundless Screams: Graffiti and Drawings in the Prisons of the Holy Office in Pale (...)
- 73 G. CIVALE, art. cit., p. 291-293.
40Los grafitis religiosos pueden interpretarse como una forma de apropiarse de un espacio de opresión para crear un entorno más acogedor y convertirlo en lugar de culto71. Bajo este punto de vista, las oraciones e imágenes podían estimular la memoria del preso refrescándoles sus devociones. En sentido opuesto, otros grafitis podrían haberse realizado para visibilizar críticas a la institución punitiva y formas de heterodoxia, especialmente en las cárceles inquisitoriales. Así, la escena de Cristo crucificado camino del Calvario Gólgota pintada en 1610, según la inscripción que la acompaña, en una de las celdas de Palermo podría leerse como una reprobación a la Inquisición siciliana e incluso como un pequeño acto de rebelión, al decir de Giovanna Fiume, quien basa su hipótesis en el hecho de que los alabarderos no fueron representados con los atuendos propios de los romanos sino con el aspecto de inquisidores (fig. 5)72. Un gesto heterodoxo pudo ser el que tuvo el renegado Gabriel Tudesco en la misma prisión, encarcelado 1630 por negarse a abjurar de la fe islámica, cuando borró de la pared de la celda donde estuvo una imagen de la Nuestra Señora de Itria y pintarrajeó con sus excrementos otras pinturas de crucifijos y santos73.
- 74 R. FOTI, op. cit., p. 83.
- 75 Mercedes GARCÍA-ARENAL, “A Polyphony of Voices. Trials and Graffiti ot the Prisons of the Inquisiti (...)
- 76 G. CIVALE, art. cit., p. 286-287.
- 77 Valeria LA MOTTA, “Juan Andrés Inglés”, in: R. FOTI, op. cit., p. 96.
41Relacionado con Tudesco, el marinero inglés John Andrews (Juan Andrés), originario de Padstow, en el condado de Cornualles, preso también del Santo Oficio en Sicilia, copió en el muro de su celda, hacia 1632, un fragmento del credo anglicano según aparece en la edición de 1549 de The Book of Common Prayer (fig. 6)74, sobre el que se han propuesto dos interpretaciones distintas. Para Mercedes García-Arenal evidenciaría su heterodoxia protestante,75 en tanto que Gianclaudio Civale lo ve como un acto de arrepentimiento y de su conversión al catolicismo76. Nacido y criado como protestante, a los 23 años fue capturado por los corsarios berberiscos en el canal de Sicilia y puede que entonces se convirtiera al Islam. Llevado al puerto de Palermo fue reconocido como renegado y el 30 de abril de 1630 la Inquisición lo encarceló. Según el testimonio de sus compañeros de prisión, declaraba abiertamente que cada uno podía encontrar la salvación en su fe si actuaba rectamente, pues todas las religiones proclamaban ser justas. El 16 de octubre de 1633 fue sentenciado como reconciliado tras abjurar del Islam y del calvinismo, siendo condenado a servir en galeras durante cinco años77.
Fig. 6. Fragmento del credo anglicano, copiado por John Andrews, ca. 1632. Palermo, Cárcel del Santo Oficio.
© Rita Foti.
- 78 Para las distintas atribuciones, R. FOTI, op. cit., p. XLIX. En esta misma obra se pueden consultar (...)
- 79 E GONZÁLEZ GOZALO, art. cit., p. 161 y 168.
42Entre los temas e historias inmortalizados en los grafitis, asimismo encontramos frescos sobre acontecimientos históricos, en los que puede intuirse una clara voluntad de comunicación por parte del preso, considerando tal vez que otros podrían ver y leer lo que se escribía o dibujaba en las paredes. En una de las celdas de Palermo, se dibujó un combate naval que bien pudiera ser una representación de la batalla de Lepanto, con evidentes analogías con la pintura Alegoría de la batalla de Lepanto (ca. 1572-1573) de Paolo Veronese. En función de los nombres que aparecen en el mismo contexto mural donde está, su autoría se ha atribuido al pescador Francesco Mannarino, encarcelado por renegado, al marinero Paolo Confaloni, detenido por brujería, y a Paolo Mayorana, miembro de una rica familia burguesa de Messina, acusado de blasfemo78. Otro prisionero, esta vez militar, Andrés Bernat utilizó los muros del castillo de Bellver para representar el asedio de esa fortaleza durante la Guerra de Sucesión española. Encarcelado en 1714, según consta en una inscripción, realizó una escena compuesta por una serie de galeones con banderas identificables (inglesa, la flor de lis o una cruz), castillos, palomas, un águila bicéfala (emblema de la dinastía de los Habsburgo) y cañones disparando.79
- 80 La ubicación definitiva en la Casa Maestral se produjo en 1515, aunque desde 1506 ya había ocupado (...)
- 81 F. J. MATEOS ASCACÍBAR, Rescate de un cómic del siglo XVI: crónica de un judío en la conquista de M (...)
- 82 Isabel TESTÓN NÚÑEZ, María Ángeles HERNÁNDEZ BERMEJO y María Rocío SÁNCHEZ RUBIO, “En el punto de m (...)
43Una cierta hibridez cultural presenta el panel figurativo dibujado en una de las estancias de la Casa Maestral de Llerena (Badajoz), donde tuvo su sede la Inquisición desde principios del siglo XV hasta 1570-1575, cuando se estableció en el palacio de los Zapata80. Según Mateos Ascacíbar, quien lo fecha hacia 1540 la altura de 1540, el grafiti narra una historia de encuentros culturales en Nueva España durante los primeros años de la conquista. Varias figuras y símbolos representan la destrucción de las tradiciones mayas y aztecas, mientras que otras simbolizan el nuevo orden social y espiritual establecido por los conquistadores españoles. Por la temática es verosimil que lo pintara un retornado de América, pero sostener sin pruebas que fuera un judeoconverso conocedor de la soldadesca y buen lector, que habría embarcado para América en las primeras expediciones, donde reunió el oro suficiente para regresar y ser detenido por la Inquisición a su paso por Llerena81, me parece una deduccción algo novelesca, por más que este tribunal juzgara a muchos reos sospechosos de judaizar.82
Colofón
44Un papel, el trozo de una camisa, la piel de una pera, el hueso del aguacate o la pared de la celda fueron algunos de los soportes de escritura donde los presos y puede que algunas presas de la Edad Moderna dejaron sus mensajes con instrumentos como la pluma, una aguja, un pedazo de carboncillo, betún o el humo de una vela.
45En el aislamiento de la cárcel, la escritura les permitió preservar los vínculos familiares y afectivos a través, sobre todo, de cartas y billetes enviados y recibidos clandestinamente. En la mayor parte de ellas se ansía recibir noticias y el sostén necesario para superar el aislamiento y la soledad, junto a las intervenciones y mediaciones que pudieran contribuir a reducir la condena. En otros momentos, la escritura sirvió para sostener la defensa de los reos dando como resultado memoriales e incluso cartas que constituyen verdaderos relatos autobiográficos, unas veces organizados según el decurso de la vida y otras más enfocados a narrar hechos puntuales que pudieran actuar en beneficio del prisionero. Sin eludir que se trató de prácticas inducidas por el régimen judicial, por lo tanto, escritas pensando en los jueces que iban a leer esas alegaciones, se trata de textos que nos acercan a las vidas de quienes los escribieron o pidieron a otros que lo hicieron por ello, como fue el caso de numerosas cartas de súplica.
- 83 Diego DUQUE DE ESTRADA, Comentarios del desengañado de sí mismo. Vida del mismo autor, Henry Etting (...)
- 84 Citado en Isabel Drumond BRAGA, Viver e morrer nos cárceres do Santo Ofício, Lisboa: A Esfera dos L (...)
46Escribir y pintar en las duras condiciones de un cautiverio podía servir para buscar la serenidad a tantas noches llenas de “pesados sueños llenos de horror”, como dijo en su autobiografía el aventurero Diego Duque de Estrada, cautivo de corsarios y preso durante algún tiempo en la Cárcel Real de Toledo por haber matado a su amigo Juan Zapata de Vargas83. Pero también podía ser un pasatiempo, una manera de superar el tedio de la vida entre rejas. Así lo entendió en 1649 el preso Manuel Fernandes Vila Real cuando preparó un betún con grasa de carne, basura y caliza para tapar los agujeros de las estacas y de las paredes con el propósito de “pintar y escribir algunas cosas para pasar el tiempo”84.
47La soledad y el hastío de la vida en prisión hizo también que muchos presos desahogaran sus ansias de expresión y de comunicación en los muros de las celdas, el soporte más próximo, donde solo bastaba escribir o a pintar en aquellos espacios de la celda menos accesibles a la mirada de los carceleros o esperar que concluyera la ronda de vigilancia. En las paredes quedaron grabados numerosos nombres, en muchos casos difíciles de asociar a personas de carne y hueso, oraciones, poemas, reflexiones varias y dibujos de todo tipo (religiosos, figuras humanas, elementos agrícolas, vestimentas, armas, barcos, juegos, motivos heráldicos, etc.) que nos acercan a diferentes facetas de la vida de aquellos siglos.
48Al repasar el microcosmos gráfico producido en las cárceles de la España Moderna se observa que la producción escrita no difiere de la que se puede documentar en las prisiones de otras épocas, incluso más contemporáneas y con la alfabetización más generalizada. A fin de cuentas, las necesidades de comunicación del ser humano son básicamente las mismas, si cabe más todavía cuando está privado de libertad, aislado y lejos de los suyos.
Notes
1 Las transcripciones paleográfica e interpretativa completas pueden leerse en Rita FOTI, I graffiti delle carceri segrete del Santo Uffizio di Palermo. Inventario, Giovanna FIUME (ed.), Palermo: Palermo University Press, 2023, p. 425, donde también se incluye un análisis gráfico y la reproducción fotográfica. Véase igualmente en G. FIUME, Del Santo Uffizio in Sicilia e delle sue carceri, Roma: Viella, 2021, p. 256.
2 Sobre la historia de la Inquisición en Sicilia, remito a Maria Sofia MESSANA, Il Santo Ufficio dell’Inquisizione: Sicilia 1500-1782, Palermo: Istituto Poligrafico Europeo, 2017; y a G. FIUME, op. cit., p. 23-68.
3 Cito por la transcripción normalizada que figura en G. FIUME, op. cit., p. 257, que incluye en nota el texto completo. Véase también en R. FOTI, op. cit., p. 455-458, p. 458. Sobre los grafitis de la cárcel del Santo Oficio en Palermo la bibliografía se ha enriquecido notablemente en los últimos años, por lo que, junto a las obras ya citadas, añado otras dos de alcance general: G. FIUME y Mercedes GARCÍA-ARENAL (eds.), Graffiti: New prespectives from the inquisitorial prision in Palermo, Quaderni Storici, 53 (1), 157, 2018, p. 3-163; eadem, Parole prigioniere. I graffiti delle carceri del Santo Uffizio di Palermo, Palermo: Istituto Poligrafico Europeo, 2018.
4 Cristóbal de CHAVES, Relación de la cárcel de Sevilla, in: Cesar HERNÁNDEZ ALONSO y Beatriz SANZ ALONSO, Germanía y sociedad en los siglos de oro. La cárcel de Sevilla, Valladolid: Universidad de Valladolid, 1999, p. 248-249, p. 232 para la mención a las tiendas: “Tiene la cárcel quatro tabernas y bodegones (…); y dos tiendas de verdura, fruta, papel y tinta, aceite y vinagre”. Sobre la fecha de escritura de la obra, ibid., p. 219. Jorge URRUTIA, “Sobre el género, la autoría y el léxico de la ‘Relación de la cárcel de Sevilla’”, Archivo Hispalense, LXIII, 192, 1980, p. 223-238, p. 228.
5 Instrucciones fechas en Valladolid, año de 1488, por el dicho señor prior [fray Tomás de Torquemada], in: Compilación de las instrucciones del oficio de la Santa Inquisición, Madrid: Diego Díaz de la Carrera, impresor del reino, 1667, p. 10 (punto V).
6 Instrucciones de don Fernando de Valdés, Madrid a 2 de septiembre de 1561, in: Miguel JIMÉNEZ MONTESERÍN, Introducción a la Inquisición española. Documentos básicos para el estudio del Santo Oficio, Madrid: Editora Nacional, 1980, p. 203.
7 Antonio CASTILLO GÓMEZ, “El aguacate y los plátanos. Cárcel y comunicación escrita en ambas orillas del atlántico (siglos XVI y XVII)”, in: Carlos A. GONZÁLEZ SÁNCHEZ y Enriqueta VILA VILAR (comp.), Grafías del imaginario. Interpretaciones culturales en España y América (siglos XVI-XVIII), Ciudad de México: FCE, 2003, p. 72-95; Natalia MUCHNIK, Les prisons de la foi. L’enfermement des minorités (XVIe-XVIIIe siècles), Paris: PUF, 2019, p. 267-275.
8 Ciudad de México, Archivo General de la Nación (AGN), Inquisición, volumen 93, fol. 55.
9 Madrid, Archivo Histórico Nacional (AHN), Inquisición, legajo 1647, expediente 11, fol. 169r.
10 Relación de la visita que hizo el doctor D. Martín de Zelaya Ocariz, inquisidor de Córdova, en la Inquisición de la ciudad y reyno de Sevilla, año de 1643, fol. 1v-2r. AHN, Inquisición, legajo 2070, expediente 6.
11 Solange ALBERRO, Inquisición y sociedad en México, 1571-1700 (1ª ed. 1988), 2ª reimpresión, Ciudad de México: FCE, 1996, p. 242; y Nathan WATCHEL, La foi du souvenir. Labyrinthes marranes, Paris: Seuil, 2001, p. 144-145.
12 R. FOTI, op. cit., p. XLIII.
13 Albert TOLDRÀ I VILARDELL, El Monstre. Les presons de la Inquisició de València, València: Institució Alfons el Magnànim, 2021, p. 159, también para el dato sobre las lenguas usadas en esta cárcel.
14 Citado en Miguel JIMÉNEZ MONTESERÍN, Literatura y cautiverio. El maestro Pedro de Orellana en la Inquisición de Cuenca, Cuenca: Diputación Provincial, 2005, p. 151.
15 AHN, Inquisición, libro 937, fol. 255r.
16 Proceso contra Francisco Botello (1656), fol. 17. AGN, Inquisición, volumen 412, expediente 1. Sobre las delaciones de Gaspar Alfar, véase también AGN, Inquisición, volumen 423, expediente 3, fol. 102-275 (año 1646) y Boleslao LEWIN, Confidencias de dos criptojudíos en las cárceles del Santo Oficio (México, 1645-1646), Buenos Aires: Edición del autor, 1975, p. 16-40.
17 Cristóbal de CHAVES, op. cit., p. 233.
18 Procesos de Luis Carvajal (el Mozo), Ciudad de México: Archivo General de la Nación, 1935, p. 409.
19 Ibid., p. 176.
20 Ibid., p. 505.
21 AHN, Inquisición, legajo 81, expediente 1.
22 AHN, Inquisición, legajo 98, expediente 1, sin foliar.
23 AHN, Inquisición, legajo 26, expediente, 18, fol. 4r. (sigo la numeración nueva a lápiz).
24 Ibid., fol. 40r.
25 Enrique GACTO FERNÁNDEZ, “El delito de bigamia y la Inquisición española”, Anuario de Historia del Derecho Español, 57, 1987, p. 465-492.
26 De estas cartas, de las que di noticia en Entre la pluma y la pared…, p. 117-119, se ha ocupado después, más pormenorizadamente, Carmen SERRANO SÁNCHEZ, “‘El hombre de los tres nombres’. Cartas de un músico bígamo ante el Santo Oficio”, in: Antonio CASTILLO GÓMEZ y Verónica SIERRA BLAS (dirs.), Cartas – Lettres – Lettere. Discursos, prácticas y representaciones epistolares (siglos XIV-XX), Alcalá de Henares: Universidad de Alcalá, Servicio de Publicaciones, 2014, p. 349-364.
27 C. SERRANO SÁNCHEZ, art. cit., p. 357.
28 AHN, Inquisición, legajo 26, expediente 18, fol. 17v.
29 Ibid., fol. 17r (Carta a su madre, hermano y hermana. Ocaña, 23 de noviembre de 1542).
30 Juan Carlos GALENDE DÍAZ, Criptografía. Historia de la escritura cifrada, Madrid: Editorial Complutense, 1995, p. 30.
31 AHN, Inquisición, legajo 26, expediente 18, fol. 21r-v (Declaración de Pedro López de la Cañada. Ocaña, 25 de noviembre de 1542).
32 AHN, Consejos, legajo 23708; A. CASTILLO GÓMEZ, op. cit., p. 104-107. Sobre el asunto de los pasquines, Paloma BRAVO, “El pasquín: condiciones de escritura, difusión y recepción en la revuelta aragonesa de 1591”, in: Pedro M. CÁTEDRA y M.ª Luisa LÓPEZ-VIDRIERO (eds.), El libro antiguo español, 5. El escrito en el Siglo de Oro. Prácticas y representaciones, Salamanca: Universidad de Salamanca, 1999, p. 33-42; Jesús GASCÓN (ed.), La rebelión de las palabras. Sátiras y oposición política en Aragón (1590-1626), Zaragoza: Prensas Universitarias de Zaragoza, 2003; id., Alzar banderas contra su Rey: la rebelión aragonesa de 1591 contra Felipe II, Zaragoza: Prensas de la Universidad de Zaragoza, 2010.
33 Instrucciones de don Fernando de Valdés, in: M. JIMÉNEZ MONTESERÍN, Introducción a la Inquisición española, p. 216.
34 Yoer Javier CASTAÑO PAREJA, “Los luteranos en dos jurisdicciones inquisitoriales del orbe indiano, 1609-1660. Las peripecias del hamburgués Matias Henquel en la Nueva España”, Memorias: revista digital de Historia y Arqueología desde el Caribe, 17, 43, 2021, p. 48-68, p. 61-65.
35 AHN, Inquisición, legajo 1729, expediente 3, fol. 52r y 129r.
36 AHN, Inquisición, legajo 3712, expediente 2, fol. 6. Acerca del papel de estos dos frailes como escribanos, junto a otros, de los sueños de Lucrecia, véase María V. JORDÁN ARROYO, Soñar la Historia. Riesgo, creatividad y religión en las profecías de Lucrecia de León, Madrid: Siglo XXI, 2007, p. 3-36. Para los datos biográficos de los religiosos y sus quejas contra el rey, Richard L. KAGAN, Los sueños de Lucrecia. Política y profecía en la España del siglo XVI (ed. original 1990), Madrid: Nerea, 1991, p. 123-132.
37 M.ª V. JORDÁN ARROYO, op. cit., p. 8-10.
38 De las lecturas carcelarias de Alonso de Mendoza di noticia en Antonio CASTILLO GÓMEZ, Leer y oír leer. Ensayos sobre la lectura en los Siglos de Oro, Madrid/Frankfurt am Main: Iberoamericana/Vervuert, 2016, p. 78-80.
39 AHN, Inquisición, legajo 3713, pieza 8, fol. 272.
40 AHN, Inquisición, legajo 164, expediente 7. Para una primera noticia sobre esta mujer y el proceso inquisitorial, Isabel BARBEITO CARNEIRO, Escritoras madrileñas del siglo XVII (Estudio Bibliográfico-crítico), vol. 1, tesis doctoral, Madrid: Universidad Complutense, 1986, p. 432-435; id., Mujeres del Madrid barroco: Voces testimoniales, Madrid: horas y HORAS, 1992, p. 51-55.
41 AHN, Inquisición, legajo 164, expediente 7, fol. 33r.
42 Ibid., fol. 34v.
43 Lisa VOLLENDORF, The Lives of Women: A New History of Inquisitional Spain. Nashville: Vanderbilt University Press, 2005, p. 234-237.
44 Bartolomé BENNASSAR, “Raconter sa vie pour sauver sa peau”, in: Anna IUSO (dir.), La face cachée de l’autobiographie, Carcassonne: Garae Hésiode, 2011, p. 25-40.
45 Eugenio ASENSIO, “El maestro Pedro de Orellana, minorita luterano: versos y procesos”, in: Joaquín PÉREZ VILLANUEVA (dir.), La Inquisición española. Nueva visión, nuevos horizontes, Madrid: Siglo XXI, 1980, p. 785-795.
46 AHN, Inquisición, legajo 1729, expediente 3, fol. 54v.
47 Rodrigo GARCÍA DE LA SENRA, “Escritura, marginalidad y resistencia: el caso de Matías Ángel”, in: Marina MASERA (coord.), La otra Nueva España. La palabra imaginada en la Colonia, Barcelona: Azul Editorial; Ciudad de México: UNAM, 2002, p. 117-141, p. 133-135.
48 La edición de la carta puede consultarse en Rocío SÁNCHEZ RUBIO e Isabel TESTÓN NÚÑEZ, El hilo que une. Las relaciones epistolares en el Viejo y el Nuevo Mundo (siglos XVI-XVIII), Cáceres/Mérida: Universidad de Extremadura, Servicio de Publicaciones/Junta de Extremadura, Editora Regional, 1999, p. 628-632.
49 Instrucciones de don Fernando de Valdés, in: M. JIMÉNEZ MONTESERÍN, Introducción a la Inquisición española, p. 204-206.
50 Orden que comúnmente se guarda en el Santo Oficio de la Inquisición, acerca del procesar en las causas que en él se tratan, conforme a lo que está proveído por las Instrucciones antiguas y nuevas. Recopilado por Pablo García, secretario del Consejo de la Santa General Inquisición, in: M. JIMÉNEZ MONTESERÍN, Introducción a la Inquisición española, p. 398-401: “Preguntado por el discurso de su vida, dijo que nació en tal pueblo, etc.” (p. 401). Sobre los “discursos de la vida” contenidos en los interrogatorios inquisitoriales como expresión autobiográfica, entre la libertad y la coerción, véase James S. AMELANG, “Tracing Lives: The Spanish Inquisition and the Act of Autobiography”, in: Arianne BAGGERMAN, Rudolf M. DEKKER & Michael James MASCUCH (eds.), Controlling Time and Shaping the Self. Developments in Autobiographical Writing since the Sixteenth Century, Leiden-Boston: Brill, 2011, p. 33-48; José Luis LORIENTE, Los “discursos de la vida” de la documentación inquisitorial como manifestaciones autobiográficas, tesis doctoral, Madrid: Universidad Autónoma de Madrid, 2023; id., “Los “Discursos de la vida” de la documentación inquisitorial: ‘autobiografías’ entre la obediencia y la resistencia”, Espacio, tiempo y forma. Serie IV, Historia moderna, 36, 2023, p. 195-220.
51 Bárbara SANTIAGO MEDINA, “‘A vuestras señorías pido y suplico’. Las cartas de súplica en el marco de los procesos inquisitoriales”, in: Juan Carlos GALENDE DÍAZ y Nicolás ÁVILA SEOANE (dirs.), Epistolarios de ayer. Diplomática de hoy, Madrid: Universidad Complutense de Madrid: Guadalajara: Amigos del Archivo Histórico Provincial de Guadalajara, 2019, p. 313-370.
52 Lex HEERMA VAN VOSS (ed.), Petitions in Social History, Cambridge: Cambridge University Press, 2001; Brodie WADDELL & Jason PEACEY (eds.), The Power of Petitioning in Early Modern Britain, London: UCL Press, 2024; Richard HUZZEY, Maartie JANSE, Henry MILLER, Joris ODDENS & Brodie WADDEL (eds.), Petitions and Petitioning in Europe and North America. From the Late Medieval Period to the Present, Oxford: Oxford University Press, 2024.
53 En el verso de la carta consta el correspondiente sobrescrito: “al muy reberendo y muy magnífico señor don Diego Ramírez, enquisidor desta ciudad”. Sobre este personaje, véase Javier MARTÍNEZ GONZÁLEZ, “Proceso inquisitorial contra Mateo Arratia: nuevos datos sobre violeros toledanos activos a mediados del siglo XVI”, Nassarre. Revista aragonesa de Musicología, 31, 2015, p. 15-57.
54 Elena CHICHARRO CRESPO, “Las cartas de súplica en el final del Antiguo Régimen. Correspondencia de los trabajadores al superintendente de las minas de Almadén (siglos XVIII-XIX)”, en Cristina TEJEDOR MARTÍNEZ, Francisco José PASCUAL VIVES, Germán ROS MAGÁN, Antonio GUERREO ORTEGA, Jesús AGUADO MOLINA y Miguel Ángel HIDALGO MORENO (coords.), Cuartas jornadas de jóvenes investigadores de la Universidad de Alcalá, Alcalá: Ediciones Universidad de Alcalá, 2013, p. 439-448.
55 Además de las obras citadas en las notas 2 y 4, sobre el grafiti carcelario en la España Moderna puede verse Antonio CASTILLO GÓMEZ, “Secret Voices. Prison Graffiti In the Spanish Empire (16th -18th Centuries)”, Quaderni Storici, 53 (1), 157, 2018, p. 135-161; eadem, “‘L’ultima volontà scriver desio’. Scrivere sui muri nelle carceri della Spagna moderna”, in: G. FIUME y M. GARCÍA-ARENAL (eds.), Parole prigioniere..., p. 23-59.
56 Ruth AHNERT, The Rise of Prison Literature in the Sixteenth Century, Cambridge: Cambridge University Press, 2013, especialmente p. 29-42.
57 Gianclaudio CIVALE, “‘Animo carcerato’. Inquisizione, detenzione e graffiti a Palermo nel secolo XVII”, Mediterranea, XIV, 40, 2017, p. 249-294, p. 259.
58 Ruth AHNERT, “Writing in the Tower during the Reformation, ca. 1530-1558”, Huntington Library Quarterly, 72/2, 2009, p. 168-192, p. 177.
59 Massimo MIGLIO, “Il Castello graffiato”, in: Quando gli dei si spogliano. Il bagno di Clemente VII a Castel Sant’Angelo e le altre stufe romane del primo Cinquecento, Roma: Societa romana editrice, 1984, p. 101-112, p. 110.
60 Angels CASANOVAS I ROMEU y JORDI ROVIRA I PORT, “Documents singulars per a una història de les mentalitats. Grafits medievals i postmedievals de Catalunya”, in: Grafits. 6000 anys de llenguatge marginal, Andorra la Vella: Ministeri de Turisme i Cultura; Sabadell: Fundació Caixa de Sabadell, 1999, p. 11-50, p. 21 y 24. Me hice eco de esta hipótesis, que ahora no tengo tan clara, en A. CASTILLO GÓMEZ, op. cit., p. 147.
61 José Ángel GARCÍA SERRANO, Graffiti de otro tiempo. Los calabozos del Palacio Episcopal de Tarazona (s. XVI-XVIII, Tarazona: Centro de Estudios Turiasonenses, 2019, p. 127 y p. 118-133 para la transcripción de las 170 inscripciones de este conjunto, muchas de ellas totalmente ilegibles.
62 José Ángel GARCÍA SERRANO, Tiempo de graffiti. Los calabozos del Palacio Episcopal de Tarazona (s. XVIII-XIX), Tarazona: Centro de Estudios Turiasonenses, 2012, p. 151-152. La segunda podría ser hermana de Ángel Antonio Ramón Ausejo, bautizado en la iglesia del Rosario de Corella (Navarra) el 2 de marzo de 1743, al que se atribuye el grafiti “RAMON AVSEJO / ESTUBO POR /” (p. 148).
63 Carece de referencia cronológica, pero debe fecharse en los siglos XVIII o XIX como el resto del corpus. Véase Elvira GONZÁLEZ GOZALO, “Nuevos grafitos descubiertos en la torre del homenaje del Castillo de Bellver”, in: Actes du XVe Colleque International de Glyptographie de Cordoue, Braine-le-Château: Centre international de recherches glyptographiques, 2006, p. 161-178, p. 166.
64 J. A. GARCÍA SERRANO, Tiempo de graffiti…, p. 156; id., Graffiti de otro tiempo…, p. 137.
65 Elvira GONZÁLEZ GOZALO y Magdalena ROSSELLÓ, Els grafitis de la torre de l’homenatge del Castell de Bellver-Los grafitos de la torre del homenaje del Castillo de Bellver, Palma de Mallorca: Castell de Bellver, 2006; y E. GONZÁLEZ GOZALO, art. cit. Algunos de los grafitis del castillo de Villena corresponden a soldados – entre ellos británicos – y a frailes capuchinos que intervinieron en la Guerra de Sucesión. Véase Laura HERNÁNDEZ ALCARAZ, Grafitis medievales y postmedievales de Villena (Alicante). Documentos gráficos para la historia, tesis doctoral, Alicante: Universidad de Alicante, 2015, p. 53.
66 Francesco RENDA, L'Inquisizione in Sicilia. I fatti. Le persone, Sellerio: Palermo, 1997, p. 244.
67 José Antonio BENAVENTE SERRANO et al., “Les graffiti des prisons du Bas-Aragon (Espagne): un cas exemplaire de patrimonialisation”, Le Monde alpin et rhodanien, 1-2, 2004, p. 131-144.
68 Heliodoro CORDENTE MARTÍNEZ, “Manuel de Castro (autor del Soneto de la celda del Castillo). Su vida y tragedia. Últimos reductos del criptojudaismo en Cuenca”, Cuenca, 36, 1990, p. 29-59.
69 G. FIUME, op. cit., p. 251; G. FIUME, “Justice, Expiation and Forgiveness in the Graffiti and Drawing of Palermo’s Secret Prisons”, Quaderni Storici, 53 (1), 157, 2018, p. 71-108; y Valeria LA MATTA, “Saints in Prison. Francesco Baronio’s Calendar”, ibid., p. 109-135.
70 José Luis ACÍN FANLO, Elena AQUILUÉ PÉREZ y Rosa ABADÍA ABADÍAS, Los grabados de la torre de la cárcel de Broto, Broto: Ayuntamiento, 2005, p. 24-29.
71 G. FIUME, op. cit., p. 251.
72 Giovanna FIUME, “Soundless Screams: Graffiti and Drawings in the Prisons of the Holy Office in Palermo”, Journal of Early Modern History, 21 (3), 2017, p. 1-28, p. 18. Para la descripción del grafiti, R. FOTI, op. cit., p. 145-146.
73 G. CIVALE, art. cit., p. 291-293.
74 R. FOTI, op. cit., p. 83.
75 Mercedes GARCÍA-ARENAL, “A Polyphony of Voices. Trials and Graffiti ot the Prisons of the Inquisition in Palermo”, Quaderni Storici, 53 (1), 157, 2018, p. 39-70, p. 44-49.
76 G. CIVALE, art. cit., p. 286-287.
77 Valeria LA MOTTA, “Juan Andrés Inglés”, in: R. FOTI, op. cit., p. 96.
78 Para las distintas atribuciones, R. FOTI, op. cit., p. XLIX. En esta misma obra se pueden consultar las fichas biográficas de los tres a cargo de Valeria La Motta, p. 119-123.
79 E GONZÁLEZ GOZALO, art. cit., p. 161 y 168.
80 La ubicación definitiva en la Casa Maestral se produjo en 1515, aunque desde 1506 ya había ocupado algunos espacios de esta; mientras que el traslado al palacio de los Zapata tuvo lugar en 1570, con la excepción de las habitaciones del alcaide y la cárcel. Véase Francisco Javier MATEOS ASCACIBAR, “Lo que hizo y deshizo el Tribunal de la Inquisición durante su residencia en el palacio del mayorazgo de los Zapata, en Llerena”, in: Felipe LORENZANA DE LA PUENTE y Francisco Javier MATEOS ASCACÍBAR (eds.), Inquisición. XV Jornadas de Historia en Llerena, Llerena: Sociedad Extremeña de Historia, 2014, p. 349-368; y Luis José GARRAIN VILLA, “El Tribunal del Santo Oficio de la Inquisición de Llerena. Nuevas aportaciones”, in: ibid., p. 311-329, p. 318-319.
81 F. J. MATEOS ASCACÍBAR, Rescate de un cómic del siglo XVI: crónica de un judío en la conquista de México, in F. LORENZANA DE LA PUENTE y F. J. MATEOS ASCACÍBAR (coord.), La España del Quijote: IV Centenario de la muerte de Cervantes, 1616-2016. 17ª Jornadas de Historia en Llerena (21-22 de octubre de 2016), Llerena: Sociedad Extremeña de Historia, 2017, p. 237-270, p. 258-267.
82 Isabel TESTÓN NÚÑEZ, María Ángeles HERNÁNDEZ BERMEJO y María Rocío SÁNCHEZ RUBIO, “En el punto de mira de la Inquisición: judaizantes y moriscos en el Tribunal de Llerena (1485-1800)”, Revista de Estudios Extremeños”, 2, 2013, p. 1005-1054.
83 Diego DUQUE DE ESTRADA, Comentarios del desengañado de sí mismo. Vida del mismo autor, Henry Ettinghausen (ed.), Madrid: Castalia, 1982, p. 122.
84 Citado en Isabel Drumond BRAGA, Viver e morrer nos cárceres do Santo Ofício, Lisboa: A Esfera dos Livros, 2015, p. 129.
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|---|---|
| Titre | Fig. 1. Billete de fray Lucas a Francisca de Saavedra, [1591]. AHN, Inquisición, legajo 981, expediente 1, sin foliar. |
| URL | http://journals.openedition.org/e-spania/docannexe/image/51488/img-1.jpg |
| Fichier | image/jpeg, 256k |
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| Titre | Fig. 2. Alegaciones del preso Matías Henquel, escritas en un pedazo de camisa vieja, 1661. AGN, Inquisición, volumen 461, expediente s/n. |
| URL | http://journals.openedition.org/e-spania/docannexe/image/51488/img-2.jpg |
| Fichier | image/jpeg, 432k |
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| Titre | Fig. 3. Memorial autógrafo de Bernarda Manuel, procesada por judaizante por el Santo Oficio de Toledo. [Madrid, agosto 1650]. AHN. Inquisición, legajo 164, expediente 7, fol. 33r. |
| URL | http://journals.openedition.org/e-spania/docannexe/image/51488/img-3.jpg |
| Fichier | image/jpeg, 908k |
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| Titre | Fig. 4. Carta de súplica autógrafa del violero Mateo de Arratia, registrada en Toledo el 22 de marzo de 1558. AHN, Inquisición, legajo 98, expediente 4, fol. 17r. |
| URL | http://journals.openedition.org/e-spania/docannexe/image/51488/img-4.jpg |
| Fichier | image/jpeg, 632k |
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| Titre | Fig. 5. Cristo crucificado camino del Calvario, 1610. Palermo, Cárcel del Santo Oficio. |
| URL | http://journals.openedition.org/e-spania/docannexe/image/51488/img-5.jpg |
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| Titre | Fig. 6. Fragmento del credo anglicano, copiado por John Andrews, ca. 1632. Palermo, Cárcel del Santo Oficio. |
| Crédits | © Rita Foti. |
| URL | http://journals.openedition.org/e-spania/docannexe/image/51488/img-6.jpg |
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Pour citer cet article
Référence électronique
Antonio Castillo Gómez, « Silencios quebrantados. La comunicación intra y extra carcelaria en el Siglo de Oro », e-Spania [En ligne], 48 | Juin 2024, mis en ligne le 01 juin 2024, consulté le 15 novembre 2025. URL : http://journals.openedition.org/e-spania/51488 ; DOI : https://doi.org/10.4000/120nd
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