La santa Juana: pervivencia y legado / Grupos profesionales en la Carrera de Indias
Los corredores de lonja en el siglo XVIII: dinámica profesional y mediación comercial. El caso de Cádiz (1791-1800)
Résumés
Dans cet article est analysée l'évolution institutionnelle complexe de la guilde des courtiers de Cadix, depuis son origine procédant d’un privilège royal jusqu'à son administration par le Consulat de Cadix dans la seconde moitié du XVIIIe siècle. À Cadix, la guilde des courtiers était composée de 61 courtiers publics qui se consacraient à l’intermédiation de courtage dans de multiples affaires. La lutte institutionnelle entre les courtiers et le Consulat durant cette époque a mis en exergue la ligne tenue délimitant la fonction d’intermédiation du courtier de l'activité commerciale du marchand. Nombre de ces courtiers procédaient du négoce ou l'exerçaient parallèlement à leur activité de courtage, bien que la législation l'interdît expressément. Dans la dernière décennie du siècle, la guilde des courtiers devint un refuge pour commerçants en butte aux difficultés financières, ce qui entraîna une perte d’indépendance et à progressive inféodation au Consulat.
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Proyecto financiado en la convocatoria 2021 de Ayudas a Proyectos de Excelencia, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a entidades calificadas como Agentes del Sistema Andaluz del Conocimiento, en el ámbito del Plan Andaluz de Investigación, Desarrollo e Innovación (PAIDI 2020). Consejería de Universidad, Investigación e Innovación de la Junta de Andalucía.ProyExcel_01045: Proa a la mar: Desarrollo, logística y proyección de la Bahía gaditana como nodo naval en el siglo XVIII. Así como, Proyecto Connexa Mundi. Desarrollo y articulación de nodos de comunicación global: El litoral gaditano y sus proyecciones, PID2021-126850NB-I00 financiado por MICIU/AEI /10.13039/501100011033 y por FEDER, UE. Y también, Proyecto “Familia, dependencia y ciclo vital en España, 1700-1860”, PID2020-119980GB-I00, financiado por MCIN/ AEI/10.13039/501100011033/, dirigido por Francisco García González (UCLM) y Jesús M. González Beltrán (UCA).
Texte intégral
Introducción
- 1 Alberto GARCÍA ULECÍA, “Delimitación conceptual del oficio de corredor en el derecho histórico”, An (...)
1El corredor se define como un intermediario fundamental en las transacciones comerciales y financieras, así como un experto conocedor de las dinámicas del mercado. Su labor, remunerada mediante una comisión llamada corretaje, lo sitúa como una figura estratégica en la articulación y el desarrollo de las actividades mercantiles. Desde su aparición en la Edad Media, el oficio de corredor estuvo vinculado inicialmente a las subastas públicas, pero con el tiempo su rol evolucionó hacia el de mediador comercial y tasador especializado en determinados ramos de mercancías1. Generalmente, los municipios o los consulados de mercaderes en las ciudades donde se ejercía este oficio se encargaban de regularlo. Sin embargo, en algunas localidades como Cádiz, Málaga, Alicante y Sanlúcar de Barrameda, las corredurías de lonja se establecieron como privilegios otorgados por la Corona a particulares.
- 2 Federico de ZABALA y ALLENDE, El Consulado y las ordenanzas de comercio de Bilbao con breves notici (...)
- 3 Antonia HEREDIA HERRERA, “Los corredores de lonja en Sevilla y Cádiz”, Archivo Hispalense, 2ª época (...)
- 4 Mª Teresa RODRIGO i CAMPAMÁ, “El Col.legi de corredors dòrella de Barcelona al segle XVIII”, Pedral (...)
- 5 Guadalupe CARRASCO GONZÁLEZ, Corredores y Comercio. La Correduría de Lonja gaditana entre 1573 y 18 (...)
- 6 Béatrice PÉREZ, “Del corredor a la inversión multiriesgo. Compañías y modalidades mercantiles en ti (...)
- 7 En el volumen dirigido por José Ramón Cano (José RAMÓN CANO (Dir.), El Corredor de comercio colegia (...)
2A pesar de incluirse dentro del grupo mercantil los corredores de lonja han despertado un interés limitado entre los historiadores. Hasta la década de 1960, los estudios sobre corredores se encontraban únicamente en investigaciones dedicadas a los Consulados, siempre que estos oficios estuvieran vinculados a dichas instituciones2. A partir de entonces, algunos autores comenzaron a profundizar en el análisis del colectivo. Antonia Heredia Herrera, por ejemplo, publicó en 1970 un artículo sobre los corredores de Sevilla y Cádiz, en el que abordaba sus orígenes, privilegios, organización y ordenanzas3. Por su parte, María Teresa Rodrigo i Campamá dedicó un estudio al gremio de corredores de Barcelona, analizando su estructura, trayectoria profesional y proyección social4. En 1999, yo misma estudié la Correduría de lonja de Cádiz desde su fundación, en 1573, hasta las transformaciones del siglo XIX, basándome en la rica documentación conservada en el Archivo General de Indias5. En el siglo XXI, el interés historiográfico por los corredores ha seguido siendo escaso entre los historiadores, con excepciones como Béatrice Pérez, quien examinó su papel en la gestión del riesgo y la incertidumbre en los negocios del siglo XVI6. Desde el ámbito jurídico, también se ha prestado atención a los corredores, aunque estos estudios suelen centrarse en aspectos institucionales, dejando de lado las dimensiones sociales y económicas de su actividad7.
- 8 Pere Molas, La burguesía mercantil en la España del Antiguo Régimen, Madrid: Cátedra, 1985, p. 61.
- 9 José Ignacio GÓMEZ ZORRAQUINO, “La burguesía mercantil en el Aragón del siglo XVIII. Consideracione (...)
- 10 Antonio GARCÍA BAQUERO, Cádiz 1753: según las respuestas generales del Catastro de Ensenada, Madrid (...)
3El vínculo de los corredores con el comercio ha llevado a los historiadores a explorar su estatus dentro del grupo mercantil. Pere Molas, por ejemplo, los clasificó como parte de la “pequeña burguesía”, junto a comerciantes de tejidos, paños y joyas, excluyéndolos del comercio mayorista8. Esta exclusión tiene precedentes históricos, ya que los corredores, aunque desempeñaban funciones como agentes y mandaderos comerciales, no fueron reconocidos como comerciantes. Las ordenanzas de Bilbao de 1737 les negaban el derecho al voto, y tanto en Valencia como en Cádiz y Sevilla, quedaron excluidos de la base social de los consulados9. Antonio García Baquero situó a los corredores entre los comisionistas y agentes de comercio, ubicándolos entre el comercio mayorista y minorista10. Sin embargo, en el caso de Cádiz, su posición era más fluida, dependiendo del volumen de negocio, de la experiencia profesional previa y de las actividades paralelas desempeñadas por cada individuo. Este dinamismo fue particularmente evidente a finales del siglo XVIII, cuando las dificultades económicas y la falta de interés del Consulado en delimitar claramente las funciones del oficio, contribuyeron a difuminar la frontera entre corredores y comerciantes.
4En este artículo, estudiaremos la situación de la Correduría de lonja de Cádiz y de sus corredores durante los años finales del siglo XVIII. A partir de 1791, esta institución, compuesta por 61 corredores (46 españoles y 15 extranjeros), fue incorporada nuevamente a la Corona. Este proceso, que se extendió por más de 16 años, estuvo marcado por incertidumbres en la gestión y acceso al oficio. Analizaremos el papel del Consulado en la provisión de estos oficios, durante esta etapa y cómo su interés por proteger a los comerciantes con apuros económicos, convirtió al oficio de corredor en un refugio para aquellos comerciantes que enfrentaban dificultades económicas.
Un “difuso” expediente: la segunda incorporación a la corona de la Correduría de lonja de Cádiz
5La Correduría de lonja de Cádiz nace en el último cuarto del siglo XVI como un privilegio concedido por la Corona; evolucionando posteriormente en el siglo XVIII hacia una estructura corporativa o gremial. Las irregularidades asociadas a la práctica del oficio mientras estuvo bajo la administración de un propietario particular, llevaron a que tanto la Corona como el Consulado prestaran atención a su funcionamiento. Sin embargo, este interés no estuvo orientado a frenar las arbitrariedades y los fraudes, sino a aprovechar la rentabilidad que dicha actividad ofrecía en un contexto de prosperidad comercial para Cádiz. Finalmente, en 1791, la Corona, influida por los favorables cálculos presentados por el proyectista Melchor Monconil como medio para mejorar la situación financiera del Estado, decidió incorporar la Correduría bajo su control. Esta medida dio inicio a una prolongada etapa de debates sobre su gestión, que se extendieron a lo largo de 16 años.
Evolución y desarrollo institucional de la Correduría de lonja de Cádiz
- 11 Archivo General de Indias (AGI), Consulados, leg. 1754.
6La Correduría de lonja de Cádiz no aparece documenta antes de 1573, cuando Felipe II creó el cargo de Corredor Mayor de Lonja, otorgándolo vitaliciamente a Diego de Espinoza en reconocimiento a sus servicios. Posteriormente, mediante Real Cédula del 30 de noviembre de 1643, Felipe IV perpetuó dicho oficio y, en 1684, por despacho de 22 de mayo, Carlos II lo concedió por juro de heredad a su hijo, Francisco de Espinosa Paredes y Chaves. Durante al menos un siglo, la Correduría funcionó sin que se conozcan con claridad su sistema de gestión, ni las utilidades generadas. Las reiteradas quejas de los corredores sobre los abusos y arbitrariedades del marqués de la Vega de Boecillo, entonces propietario de la Correduría, llevaron a Felipe V, mediante Real Decreto del 15 de julio de 1739, a incorporar y extinguir el oficio de Corredor mayor, estableciendo, en su lugar, una universidad o gremio de 60 corredores (45 españoles y 15 extranjeros) “bajo las mismas reglas y ordenanzas que la que había en Sevilla”11. El marqués reclamó los daños que le ocasionaba la incorporación del oficio, por lo que además de reintegrarle los 9.000 pesos que había desembolsado por el derecho de nombrar 24 corredores en 1709, se le concedieron cuatro de las sesenta plazas de corredores, “con facultad para nombrar tenientes que las sirviesen” y además por una ejecutoria de 31 de octubre de 1743, se le ofrecía como compensación una renta anual de 20.000 reales de vellón que se obtendría del arrendamiento de las cincuenta y seis plazas de corredor restantes.
- 12 Carlos MARTÍNEZ SHAW, “Un mercader gaditano del siglo XVIII: Agustín Ramírez Ortuño”, Archivo hispa (...)
- 13 Sobre las diferentes posturas para el arrendamiento de las corredurías véase Guadalupe CARRASCO- GO (...)
7La disgregación del gremio fue aprovechada por la Corona para conceder, también, una de las corredurías a Antonio de Texada, en 1744, en consideración a los servicios prestados a la Corona. De manera que solo quedaban en poder de la Real Hacienda 55 plazas de corredores. Los conflictos que el arriendo de estas plazas trajo consigo entre los diferentes postores y los corredores, hicieron que la Corona resolviera enajenar las 55 corredurías, que fueron adquiridas junto con las otras cinco por Agustín Ramírez de Ortuño12 en 1744 a cambio de tres millones de reales de vellón13. A las 60 corredurías adquiridas, Ramírez de Ortuño sumaría la correduría del aceite que compró por 66.000 reales más.
- 14 El 20 de febrero de 1756 Agustín Ramírez de Ortuño vendió las tres quintas partes de los 61 oficios (...)
8El nuevo propietario arrendó las 61 corredurías a varios corredores, representados por Luis Gavala, Gregorio Rodríguez de Mora y Carlos María Bucareli, por un periodo de ocho años. Al finalizar este plazo, anunció su intención de venderlas por separado. Para evitar una nueva dispersión, el Consulado adquirió las 61 plazas, mejorando la oferta inicial de Ramírez de Ortuño en 58.333 reales de vellón. La venta fue aprobada por el rey en junio de 1756, y para financiarla el Consulado obtuvo préstamos de varios comerciantes de Cádiz (que figurarán en la documentación como “accionistas”), a un interés anual del 4 %14. Así, las corredurías quedaron gravadas con una doble renta: la pensión o censo anual de 20.000 reales de vellón que cobraba el marqués de la Vega de Boecillo y los réditos del préstamo; cantidades que se repartían anualmente entre los corredores activos en proporción a sus ganancias.
9En el último tercio del siglo XVIII y en un contexto general de búsqueda de soluciones para mejorar la situación de la Real Hacienda, la Correduría de Cádiz se consideró un recurso valioso; especialmente tras la aplicación del Reglamento de Libre Comercio en 1778, que multiplicó el comercio y aumentó los beneficios por corretajes. En 1782, Melchor de Monconill elaboró un informe evaluando los problemas de los corredores de Cádiz y el potencial económico de la Correduría, a la que denominó “la alhaja”. Según sus cálculos más prudentes, la Correduría rendía anualmente más de tres millones de reales, procedentes de unas negociaciones mucho más numerosas y de mayor cuantía que en otras plazas españolas, pero también de unos corretajes más elevados. En esta estimación Monconil incluía también a los intrusos o corredores ilegales que según sus cálculos obtenían ingresos cuatro veces superiores a los de los corredores públicos.
- 15 Además de la propuesta de Monconill para la administración de la Correduría de Cádiz, el comerciant (...)
10Este informe fue remitido a la Secretaría de Hacienda, que resolvió a favor de la incorporación del oficio a la Corona el 17 de noviembre de 1791 a pesar de la oposición del comercio gaditano, del Consulado y del propio gremio de corredores. Así, comenzó un “difuso expediente” para determinar el modelo de gestión de la Correduría de Cádiz. En su propuesta, Monconil defendió la implementación de una “administración vigilante e incorruptible” que eliminara la presencia de corredores no públicos, considerados intrusos que obtenían beneficios desproporcionados y toleraban abusos, acusando al Consulado de ignorar deliberadamente esta situación. Por su parte, los corredores y comerciantes argumentaron que el sistema propuesto contravenía “las reglas económicas”, poniendo en riesgo el comercio al exigir la divulgación de las operaciones para la fiscalización de los corretajes por parte de la Real Hacienda. En este contexto, se evidenció el conflicto entre Monconil, respaldado por un sector de los corredores, y el Consulado; cuya resolución finalmente favoreció a esta última institución15.
11En 1793, Monconil realizó un nuevo cálculo de los beneficios generados por la Correduría empleando datos del comercio de 1792. Según sus estimaciones, los corredores obtenían anualmente más de 25 millones de reales de vellón en corretajes, lo que implicaba que, bajo administración de la Real Hacienda, la Correduría podría generar aproximadamente 6 millones de reales anuales. Sin embargo, los corredores, basándose en los mismos datos, estimaron que el rendimiento en tiempos de paz no superaba los 750.000 pesos (11.250.000 reales de vellón) y que, en años de crisis comercial, podría reducirse a 375.000 pesos (5.625.000 reales).
12Estas discrepancias en torno al rendimiento y la gestión de la Correduría llegaron a la Secretaria de Hacienda. Los fiscales, tras revisar el expediente, insistieron en que debía establecerse un sistema de administración bajo un reglamento que incluyera la exigencia de que cada corredor entregara el 25% de los corretajes cobrados a la Real Hacienda. No obstante, en consulta del 25 de diciembre de 1795, el Consejo rechazó este modelo por considerarlo perjudicial y costoso. En su lugar, propuso un enfoque más simple y eficiente que conciliara los intereses del erario público con los del comercio. La propuesta consistió en arrendar los oficios al comercio de Cádiz (al Consulado) a cambio de una suma convenida, destinada a la Real Hacienda y redistribuida entre los corredores. Además, para garantizar la idoneidad de los corredores y erradicar el uso de intrusos, se otorgó al Consulado la facultad de seleccionar a los candidatos para cubrir las vacantes, evaluando su capacitación, dado que esta institución era la más interesada en asegurar la correcta elección de los mismos.
- 16 El corredor Juan Lagarde y otros cuatro apoyaron las ideas de Monconill, sus promesas y sus cálculo (...)
- 17 Archivo General de Simancas (AGS), Secretaría y Superintendencia de Hacienda (SSH), leg. 902, nº 1. (...)
13El comercio y la mayoría de los corredores también expresaron su oposición a la administración de la Correduría, aunque sus razones diferían de las de la Corona16. Su principal preocupación era garantizar la presencia de «buenos corredores, dotados de la aptitud, suficiencia y honradez necesarias», dado que en ellos recaía la plena confianza del comercio. Temían que la incorporación del oficio a la administración real fuera una medida nuevamente provisional, lo que podría derivar en una gestión precaria y “expuesta a las ilusiones de nuevos proyectistas”; por eso el diputado del Consulado José Antonio Gutiérrez de la Huerta, el 19 de diciembre de 1796, en una maniobra desesperada ofreció 500.000 reales a la Corona con el objetivo de revocar la incorporación y mantener la Correduría bajo el control del Consulado sujeto a una serie de condiciones. De manera similar, en defensa de la responsabilidad inherente al oficio, los corredores José Rodríguez Camargo y Pedro Varela, mediante escritos presentados el 27 de enero y el 5 de mayo de 1797, solicitaron que los corredores fueran considerados agentes reales de comercio, dependientes directamente de la Corona17.
- 18 AGS, SSH, leg. 902, nº 1. Dictamen de la junta de ministros de los Consejos de Indias, Guerra y Hac (...)
14La discrepancia entre los fiscales y los miembros del Consejo de Hacienda terminó con la creación, el 5 de agosto de 1796, de una comisión o junta integrada por cinco ministros expertos: Juan Francisco Gutiérrez de Piñeres, José Agustín Castaño y Rafael Antúnez y Acevedo del Consejo de Indias; Francisco Saavedra del Consejo de Guerra y el marqués de las Hormazas del Consejo de Hacienda. El dictamen emitido por esta junta el 16 de julio de 1797 fue favorable, por mayoría, a la administración del oficio por cuenta de la Real Hacienda. Se estableció que dicha administración tendría carácter interino y provisional, con el propósito de determinar el verdadero rendimiento del oficio de corredor18. La contribución de los corredores quedó fijada en una cuarta parte de sus corretajes, con la excepción de 500 pesos anuales libres de gravamen, destinados a beneficiar a los corredores con menor volumen de negocio. Con todo, en esencia, el Consulado continuaría ejerciendo un control significativo sobre la Correduría, al mantenerse a su cargo la provisión de vacantes, la evaluación de la formación de los corredores y la vigilancia contra el fraude. Pese al consenso mayoritario, Rafael Antúnez y Acevedo manifestó su desacuerdo con el dictamen, argumentando que la mejor solución consistía en arrendar la Correduría de manera perpetua, lo que en su opinión resultaría más eficiente y beneficioso.
La práctica profesional de los corredores de Cádiz
15El oficio de corredor público en Cádiz evolucionó, desde su creación, paralelamente al incremento de la actividad económica de la ciudad y a lo largo de más de dos siglos. A finales del siglo XVIII, el oficio era finalmente un producto de ese proceso; estaba bien definido en la legislación y en las ordenanzas, pero era difícilmente identificable en la práctica por el incumplimiento constante y consciente de la normativa, la falta de control institucional y la escasa cohesión corporativa del gremio dentro del entorno comercial.
- 19 Ordenanzas del Consulado de Bilbao capítulos 15 y 16.
- 20 En el plan presentado por Juan Lagarde y otros corredores de manera particular, se enumeran las ope (...)
- 21 Guadalupe CARRASCO-GONZÁLEZ, Corredores y Comercio… p. 71-97.
- 22 En Bilbao, se diferenciaban los corredores de navíos de los de lonja y cambios y en Santander había (...)
- 23 Guadalupe CARRASCO-GONZÁLEZ, Corredores y Comercio…
16La legislación19 y las ordenanzas restringían los ámbitos de actuación de los corredores públicos a una serie de funciones cuya base era el conocimiento experto del mercado gaditano, de todos los contratos que en él se efectuaban y de las mercancías y efectos que se intercambiaban. Aunque no existía un listado exhaustivo de las operaciones en las que podían participar, los planes y proyectos de reforma de la Correduría presentados al Consejo de Hacienda20 y los registros conservados pertenecientes al año 179621 revelan que estas incluían la negociación de letras de cambio, pólizas de seguro, fletamentos, compraventa de mercancías (como cereales, harinas y productos americanos), negociación de vales, préstamos y permisos de plata. Sin embargo, a diferencia de otras ciudades como Bilbao o Santander, donde los corredores se especializaban por sectores22, en Cádiz predominaba una mediación generalista con algunas tendencias hacia la especialización en determinados negocios, tal y como revela el análisis de los registros de 179623.
- 24 AGS, SSH, leg. 902, nº 1, San Ildefonso 26 de julio de 1795. El corretaje que se aplicaba a los val (...)
- 25 Ibídem.
- 26 Archivo Histórico de la Diputación Foral de Bizkaia, Instituciones, Consulado de Bilbao, Consulado (...)
- 27 AGI, Consulados, leg. 1754, nº 58.
17La exclusividad para ciertos contratos fue ocasionalmente planteada. Por ejemplo, tras el descubrimiento de la falsificación de vales reales por parte de dos corredores “intrusos” en julio de 179524, algunos corredores públicos, liderados por Joaquín María del Peche, propusieron la creación de corredurías específicas para negociar estos instrumentos. Del Peche solicitó, en 1796, que se limitara la operación de vales a seis corredores exclusivos, argumentando que la actividad de dependientes comerciales que convertían los vales en efectivo, generaba importantes pérdidas económicas a los corredores25. Sin embargo, el Real Decreto del 6 de abril de 1799 eliminó esta posibilidad, estableciendo que solo los corredores públicos podrían negociar vales reales26. A pesar de todo, entre 1802 y 1805, continuaron las denuncias por parte de los corredores sobre la persistencia de “dependientes de escritorio” involucrados en prácticas de agiotaje27.
- 28 AGS, SSH, leg. 902, nº 1. Petición de 30 de agosto de 1794.
18Algunos corredores solicitaron privilegios exclusivos en sectores específicos en función de su experiencia. Por ejemplo, en 1794, Felipe de los Heros pidió ser nombrado corredor comisionado para la venta de efectos pertenecientes al rey, acreditando la experiencia de dos años a cargo de los embarques de tabaco a países extranjeros y fletamentos de buques por cuenta de la Real Hacienda28.
- 29 Auto impreso de 8 de marzo de 1797 publicado por el Gobernador de Cádiz, donde se reproduce la rela (...)
- 30 Ordenanzas de corredores: artículos 29, 32 y 48, AGI, Consulados, leg. 1754.
19El ejercicio del oficio de corredor estaba sujeto a diversas restricciones que se hacían públicas en los bandos que se distribuían impresos por la ciudad, y donde también figuraba, a disposición del comercio, la lista de los corredores públicos29. Los corredores tenían prohibido comerciar directa o indirectamente, firmar pólizas como aseguradores (aunque su intervención en los acuerdos entre asegurado y asegurador era obligatoria), y emplear dependientes, incluso familiares30. El cumplimiento de todas estas limitaciones era un desafío de complicada observancia para muchos de los corredores en una ciudad como Cádiz, caracterizada por su intensa actividad comercial, sus oportunidades de negocio y sus lucrativos rendimientos. Del mismo modo, el Consulado y los propios corredores eran conscientes de que el negocio de la mediación y de la información comercial era difícilmente fiscalizable cuando tantos actores (agentes, comerciantes y compañías) e intereses, interactuaban en el mercado gaditano.
20En realidad, la legislación no imponía la obligatoriedad de recurrir a los servicios de un corredor público. Los mercaderes podían negociar directamente entre sí o a través de un intermediario siempre que este no cobrara corretaje. De hecho, en el proyecto de ordenanzas que se presentó en 1782 y que no llegó a entrar en vigor, se establecía que las “casas en compañía” podían designar a uno de sus socios para encargarse de ventas, compras, cambios o permutas, siempre que no se exigiera corretaje alguno.
21El negocio de la mediación en Cádiz se revelo muy productivo debido a que las reformas introducidas en el sistema comercial propiciaron, en la segunda mitad del siglo XVIII, un aumento en el número de transacciones y de agentes comerciales, incrementando e intensificando la complejidad del mercado y, en consecuencia, la necesidad de expertos conocedores de los procedimientos, de los agentes y de las mercancías. Así, entre otras actividades mercantiles prosperó la mediación comercial como una oportunidad laboral para muchos comerciantes y todo tipo de agentes que ofrecían su experiencia y contactos a otros negociantes a cambio de una comisión o corretaje más moderada que la que exigían los corredores públicos. Estos corredores ocasionales, en la documentación eran calificados como intrusos y constituían la verdadera competencia de los corredores públicos.
- 31 Un ejemplo bien conocido es el de Raimundo de Lantey, que comenzó su actividad comercial en Cádiz t (...)
- 32 AGI, Consulados, leg. 1754. Memorial de la Diputación de Corredores de Cádiz a la Junta de Comercio (...)
22Los intrusos eran, en su mayoría, dependientes, cajeros, asistentes de escritorio, aprendices de comerciantes o incluso comerciantes con dificultades económicas que actuaban como intermediarios para complementar sus ingresos31. En un memorial a la Junta de Comercio y Moneda los corredores identificaban la naturaleza de estos intrusos y sus actividades. Así, denunciaban “que los dependientes de escritorios y tiendas de mercaderes se han hecho otros tantos intrusos, que a la sombra de ir a las casas de comercio y tiendas llevan papeles como si fueran por orden de sus amos e intervienen e infinitas negociaciones como corredores”. Es más, el establecimiento de las compañías de seguros «que ha dado mucha extensión al comercio por la equidad de sus precios» ha hecho que sea raro el comerciante que recurre a corredor público para hacerse asegurar “teniendo la facultad de enviar las pólizas con cualquier dependiente sin pagar corredor”32.
23La magnitud del problema de los intrusos quedó reflejada ya en 1767, cuando el Consulado elaboró una lista con 160 personas acusadas de ejercer como corredores ilegales. A medida que avanzaba el siglo, este problema se agravó, amenazando la viabilidad de la Correduría pública. Se estimaba que estos intermediarios captaban más del 50% del negocio, lo que representaba un desafío tanto para el comercio de Cádiz, propietario de la Correduría hasta 1791, como para la Corona, que asumió su control a partir de ese año. En 1782, Melchor Monconill denunció que el número de intrusos podría alcanzar los 1.500, mientras que en 1794, el corredor Joaquín María del Peche calculaba su presencia en unos 400. Tanto las propuestas de Monconill como las iniciativas del Consulado y de los corredores se enfocaron en reducir el número de intrusos y fomentar el uso de los servicios de los corredores públicos.
- 33 AGI, Consulados, leg. 1754, nº 58.
- 34 AGS, SSH, leg. 902, nº 1. Dictamen de la junta de ministros de los Consejos de Indias, Guerra y Hac (...)
- 35 AGS, SSH, leg. 902, nº 1. Memoria que D. Juan Lagarde de Lasala y consortes presentan a su Magestad (...)
- 36 Se constituye una ronda y un fiscal.
24Entre las medidas planteadas se encontraba la incorporación de algunos intrusos al gremio, aumentando las plazas de corredores públicos hasta 15033, o permitiendo que cada corredor público contratara hasta dos dependientes, lo que elevaría el número total a 240. Además, se propuso convertir a los corredores en agentes reales con funciones públicas, semejantes a las de los escribanos, lo que les otorgaría un carácter oficial y les permitiría actuar como testigos fiables en caso de litigios comerciales34. Otra propuesta relevante fue la reducción de los corretajes a la mitad, lo que permitiría a los corredores públicos competir en igualdad de condiciones con los intrusos incentivando así su contratación35. Estas medidas fueron complementadas con acciones coercitivas, como la vigilancia e identificación de los infractores36.
- 37 En estas listas se incluyen nombres como: “D. Josef Santy Díaz Herrero comerciante quebrado, y todo (...)
25Aunque el problema de los intrusos persistió, las denuncias disminuyeron hacia finales del siglo. Solo se registraron dos listas de infractores, una en 1798 con 95 nombres de corredores intrusos y otra en 1799 con 80. Entre los intrusos figuraban comerciantes quebrados, dependientes de comerciantes y mercaderes y personas sin relación directa con el comercio, lo cual evidencia la versatilidad de la mediación en una plaza comercial tan diversa como Cádiz37.
- 38 En realidad según la ley 7, título 8 del libro 5 de la Recopilación ningún extranjero podía usar el (...)
- 39 AGS, SSH, leg. 902, nº 1. Resumen de lo acordado por la Junta interministerial del 16 de julio de 1 (...)
26La cuestión de la admisión de extranjeros en los oficios de corredor fue otra de las cuestiones trascendentes en la evolución de la Correduría. En 1739 se permitió que quince corredores extranjeros ejercieran el oficio, reconociéndose así la necesidad de contar con profesionales que dominaran diversos idiomas y comprendieran las técnicas y métodos de otros mercados38. Sin embargo, cuando la Correduría se incorporó a la Corona en 1791, este privilegio se cuestionó. Las dificultades que enfrentaron muchos comerciantes españoles en la última década del siglo, junto con la expulsión de los franceses en 1793, llevaron a considerar innecesarias las plazas para extranjeros. Figuras como Vicente Alcalá Galiano y Rafael Antúnez y Acevedo se opusieron vehementemente a la presencia de corredores extranjeros, argumentando que cualquier corredor, por su formación, debía conocer las lenguas y los usos mercantiles de otros países, haciendo redundante la participación de extranjeros39.
- 40 AGI, Consulados, leg. 1757. Proyecto de ordenanzas de 1782, art. 22. AGS, SSH, leg. 902 nº 1, 46. A (...)
- 41 AGI, Consulados, leg. 1757. Proyecto de ordenanzas de 1782, art. 23.
- 42 Ibídem, art 24. Según las ordenanzas los corredores debían estar casados excepto aquel que dedique (...)
- 43 AGS, SSH, leg. 902, nº 1. Memoria que D. Juan Lagarde de Lasala y consortes presentan a su Magestad(...)
27La capacitación de los corredores no fue el principal problema de la Correduría, pero tanto el Consulado como los propios corredores incluyeron en sus proyectos elementos relacionados con la carrera profesional del corredor. Tras la adquisición de la Correduría por el comercio de Cádiz en 1756, la provisión de plazas correspondía al Consulado, que seleccionaba a los candidatos entre aquellos que ofrecían gratificaciones sustanciales para obtener el nombramiento. Algunos corredores admitían que habían desembolsado 3.000 pesos en el caso de las plazas de españoles y 5.000 pesos por las de extranjeros, desconociéndose el destino de dichas sumas debido a la discreción imperante, ya que «nunca sonaba venta». Estos métodos y el procedimiento de acceso no cambiaron tras la incorporación de la Correduría a la Corona en 1791. Los aspirantes, tanto españoles como extranjeros, además de ofrecer gratificaciones o contribuciones de diversa cuantía debían presentar un memorial detallando sus circunstancias particulares, el cual era evaluado por el Consulado40. Aunque el informe de esta institución era imprescindible, no resultaba determinante en la elección, ya que el Consejo tenía la última palabra en el nombramiento, si bien generalmente prevalecía la opinión del Consulado. Una vez nombrado, el corredor debía justificar ante el juez conservador—el gobernador de Cádiz—su fe católica, demostrar limpieza de sangre y acreditar, mediante información verbal, su pericia, veracidad y honradez para el ejercicio del oficio41; además de aportar una fianza de 500 pesos. Finalmente, juraba el cargo, consciente de que dicho juramento implicaba dos obligaciones: desempeñar la plaza con fidelidad y honor, velando por el bien común, estando obligado a denunciar los fraudes en el ejercicio de su oficio42, y ser “íntegros, veraces, legales en sus tratos y fieles a las confianzas”43. Tras obtener la licencia para ejercer como corredor, no existía mecanismo alguno que garantizara la formación de los candidatos. Las ordenanzas no exigían prueba formal de la capacitación del futuro corredor, por lo que la ineptitud de muchos fue una crítica habitual. Los corredores proponían solucionar esta falta de preparación mediante un examen ante los más experimentados; sin embargo, el sistema no cambió, primándose los servicios prestados a la Corona o el parentesco con un corredor por encima del conocimiento necesario para ejercer el oficio.
- 44 AGS, SSH leg. 902, nº 6.
28Después de 1791 el Consulado se hizo cargo de la administración de la Correduría con el mandato expreso del Consejo de Hacienda de encargarse de elegir a los corredores y una vez nombrados percibir de cada uno de ellos 3.000 reales de vellón por vía de reconocimiento y media annata. Asimismo, se le encomendó gobernar y administrar la Correduría utilizando las ordenanzas aprobadas en 1750 o en su defecto las del Consulado de Bilbao, hasta tanto se confeccionasen unas ordenanzas del Consulado que incluyesen a los corredores y que nunca llegaron a redactarse. También debía ocuparse de informar regularmente sobre la identidad de los corredores públicos publicando la lista con los nombres de todos ellos para conocimiento del comercio44.
Provisión de plazas de corredor y promoción social
- 45 Ibidem.
29A finales del siglo XVIII y tras la incorporación a la Corona en 1791, la Correduría de Cádiz carecía de entidad institucional propia. Dependiente de la Secretaría de Hacienda y administrada por el Consulado, se encontraba supeditada a las necesidades de esta última institución que, en esos años, se enfocaba en mitigar la precariedad de muchos de sus comerciantes. Las guerras contra Francia e Inglaterra, entre 1793 y 1802, provocaron numerosas quiebras y una notable disminución en los intercambios comerciales. Esta situación afectó directamente a los corredores, reduciendo sus ingresos, aunque, paradójicamente, convirtió a este oficio en un refugio para numerosos comerciantes en apuros. En estas circunstancias, el Consulado, en su afán de proteger a los comerciantes matriculados, favoreció su selección para cubrir las plazas vacantes de corredor, en detrimento de otros candidatos. Según el Consulado, el oficio debía reservarse a “comerciantes inculpablemente desgraciados, o a aquellos adornados con sólidos y prácticos conocimientos del comercio, y cuya notoria buena conducta gozara del respeto general”45.
30Las solicitudes presentadas ante la Secretaría de Hacienda entre 1791 y 1799 para acceder a estas plazas reflejan las dificultades por las que atravesaba el comercio gaditano a finales del siglo XVIII, al tiempo que ofrecen una perspectiva única sobre las vicisitudes profesionales y vitales de estos hombres. Entre los solicitantes se contaban comerciantes y miembros de importantes casas comerciales que, tras una exitosa trayectoria mercantil, se vieron forzados a solicitar una plaza de corredor para garantizar su subsistencia. También se recibieron solicitudes de postulantes de otras ciudades como Barcelona, Bilbao, Murcia, Pamplona, San Sebastián, Sevilla o Madrid, así como las de varios extranjeros que demuestran como Cádiz mantenía su reputación de ciudad de oportunidades a pesar de las dificultades económicas por las que atravesaba.
- 46 Se trata de Manuel Juan Saenz, intérprete de “idioma arábigo” y de Pedro Oyarzabal, de El Puerto Sa (...)
31De las 96 solicitudes registradas, 74 provenían de comerciantes, 14 de individuos con vínculos previos con el oficio de corredor, 6 de personas que desempeñaban otras actividades conectadas también con el mundo comercial, como apreciadores y tasadores de averías, peritos judiciales o industriales y solo 2 candidatos carecían de experiencia comercial alguna46. A pesar del número de solicitudes, entre 1791 y 1799 solo se concedieron once plazas de corredor público.
- 47 Manuel Cano Rojo, Archivo Histórico Provincial de Cádiz (AHPC), Protocolos notariales Puerto de San (...)
32El predominio de los comerciantes entre los solicitantes pone de manifiesto la dificultad de separar las actividades del corredor y del comerciante. Aunque la legislación y las ordenanzas prohibían tajantemente que los corredores comerciaran directa o indirectamente, lo cierto es que la sociología de los peticionarios muestra lo contrario. De nada servían las quejas de muchos corredores que tachaban de infamia contra su honor hablar de algunos colegas como de «corredores comerciantes», cuando la realidad era tozuda y era raro el corredor que no simultaneaba las dos actividades. De hecho un análisis de las disposiciones testamentarias de los 61 corredores públicos en el año 1797, revela que solo tres se identificaban como tales corredores ante el notario47, el resto se definían como comerciantes o simplemente no especificaban grupo profesional, aunque sus testamentos demuestran operaciones comerciales y de crédito.
- 48 Pablo Josef Terry fue el primero en solicitar la plaza de corredor en 2/09/1795, reiterando su peti (...)
- 49 AGS, SSH, leg. 902 nº 1. Su solicitud es de 21/06/1797.
- 50 Adjunta extracto de las negociaciones de la casa de comercio entre 1786 y 1796. Figuran las cuantía (...)
33Entre los comerciantes que solicitaban plazas de corredor existía diversidad de procedencias profesionales, que van desde el gran comerciante, hasta el dependiente, pasando por armadores, almacenistas y consignatarios. Un caso destacado es el de Domingo Thomas Terry, cuya casa comercial quebró, obligándolo a él y a todos sus socios48 a buscar el amparo de la Corona y del Consulado para acceder a plazas de corredor público49. En su solicitud, Terry argumentó su derecho al oficio señalando que sus actividades habían generado al Estado importantes utilidades, estimadas en más de 16,5 millones de reales entre 1786 y 1796. Finalmente, fue admitido como corredor el 22 de junio de 179850.
- 51 AGS, SSH, leg. 902 nº 1, 56. Armador y comerciante era propietario del navío de roble San Francisco (...)
- 52 En el memorial Francisco Antonio explicaba que la casa de su padre Mariano Bernabé de Frías y de la (...)
- 53 AGS, Secretaria de Hacienda (SH), leg. 884, nº 2.
34Otro de los solicitantes fue Francisco Antonio de Frías y Molla un acaudalado armador y comerciante, hijo de Mariano Bernabé de Frías51 cuya casa comercial también quebró y, tanto él como sus dos hermanos, se vieron obligados a abandonar el comercio ̶ “variar su carrera” ̶ y buscar acomodo en la milicia o aspirar a una “colocación como corredor en consideración a que es un ramo en el que son más análogas mis inteligencias”. Solicitó la plaza de corredor justificándola por los servicios voluntarios y forzosos prestados al rey52. Juan Bautista Bourt, francés y naturalizado, se había involucrado con fuertes sumas en la Real Compañía Marítima; la decadencia de sus deudores le empujó a solicitar una plaza de corredor. Matheo Lorenzo Calvo era tenedor de libros en la compañía de seguros de Herrero y Valverde; cuando quebró dicha compañía se vio en la necesidad de buscar un sustento como corredor. Asimismo, la carrera comercial de Bartolomé de Collazo y Soto comenzó viajando como consignatario a América en cuatro ocasiones y en otra a Manila. Aprendió todo lo posible sobre las producciones de la costa de Coromandel y del imperio Chino y de cómo negociar en aquella parte del mundo. Cuando llego a España se encontró con la quiebra de su cuñado Juan Antonio de Uzelay lo que le obligó a abandonar sus proyectos y buscar un establecimiento que “le proporcionase los medios para no perecer”. Consiguió el puesto de oficial de la contaduría general de la renta de la lotería “pero su escasa dotación no le permite sufragar su manutención” y por eso buscó emplearse en otra carrera “que siéndole más análoga le ponga en disposición de llevar a efecto las ideas que siempre ha tenido”53. El Consulado no dio el visto bueno a su petición porque no tenía pruebas de que esos conocimientos fueran ciertos.
35Los memoriales de estos comerciantes comparten un mismo trasfondo: la ruina o el decaimiento de sus negocios atribuidos a la guerra y, como consecuencia, el apresamiento de embarcaciones, el embargo forzoso de barcos mercantes por parte de la real Armada para cubrir las necesidades del servicio o las deudas incobrables acumuladas por las quiebras de otros comerciantes.
- 54 AGS, SH, leg. 884, nº 2.
36Solo el 14% de los solicitantes tenían una relación directa con el oficio de corredor, generalmente como hijos, yernos o hermanos de corredores, lo que les había permitido aprender el oficio. Aunque las ordenanzas contemplaban la transmisión hereditaria del cargo, el Consulado priorizaba el nombramiento de comerciantes matriculados, limitando el acceso de los familiares de corredores. De hecho, entre 1791 y 1799, solo Rafael de Amaya, hijo del corredor Jacobo Alexandro de Amaya, obtuvo una plaza vacante por este medio54.
- 55 AHPC, Protocolos notariales, Cádiz 5756, fol. 224-227.
- 56 AHPC, Protocolos notariales, Cádiz, 5781, fol. 220.
37No cabe duda de que el oficio de corredor podía contribuir a la promoción social de sus poseedores, permitiendo acumular o recuperar el capital suficiente, tanto monetario como relacional, para acceder a negocios de mayor envergadura. Agustín Valverde fue corredor del número durante trece años y dejó el oficio en 1785 para seguir la carrera del comercio por cuenta propia, estableciendo una compañía de seguros, “creyendo mejorar su suerte y la de su familia”. La excesiva implicación de su compañía en el tráfico marítimo de las casas francesas de Cádiz provocaría su quiebra en 1793. Arruinado, Valverde se vio obligado a solicitar su reincorporación al oficio de corredor para garantizar el sustento de su familia y asegurar la transmisión del oficio a sus hijos. El caso de Valverde es extremadamente significativo y refleja la transferencia circular entre comerciantes y corredores, pues a su llegada a Cádiz en 1762 se instala como comerciante, formando compañía con Damian Tomati55. La compañía mantendría su actividad durante diez años, hasta 1772. En ese año Agustín Valverde ingresó como corredor al tiempo que mantenía su actividad comercial con evidentes dificultades56. Los ingresos procedentes de su trabajo como corredor público apuntalaron su situación financiera, permitiéndole renunciar a la correduría para embarcarse en el negocio de la aseguración.
38El análisis de todas estas solicitudes, finalmente, viene a demostrar la sutil distinción entre las funciones del corredor y las del comerciante en Cádiz, en un contexto comercial que ha transitado desde la opulencia, al estancamiento o la decadencia. En la trayectoria profesional de los que se declaran corredores o sus parientes, se observa que junto a su labor como corredores, realizaban operaciones por cuenta propia, ya sea de manera individual o mediante asociaciones con familiares u otros comerciantes. Asimismo, los comerciantes en apuros que accedían a una plaza de corredor, aprovechaban la experiencia y el estatus adquiridos durante sus años previos como comerciantes, armadores, consignatarios o almaceneros, para maximizar su desempeño como corredor. Los ingresos derivados de los corretajes, pero sobre todo el renovado contacto con el mundo mercantil, les permitía restablecer su posición económica y recuperar el reconocimiento social. Consciente de este rol, el Consulado convirtió a la Correduría en un recurso valioso, no solo por el rendimiento económico que proporcionaba, sino porque era una manera de reintegrar y revitalizar carreras comerciales en declive.
Prosperidad y decadencia de los corredores de Cádiz a finales del siglo XVIII
- 57 Vid. Sobre la situación financiera del gremio, Guadalupe CARRASCO GONZALEZ, Corredores y Comercio… (...)
39Una vez admitido en el gremio, cada uno de los corredores debía hacer frente a los gastos de la Correduría, al censo y a las sumas que se debían a los accionistas. Para ello, anualmente, los diputados asignaban a cada corredor una cuota proporcional a los ingresos obtenidos por corretajes en el año inmediatamente anterior. Esta cuota debía pagarse por adelantado cada seis meses. A finales del siglo XVIII los problemas económicos que afectaron al comercio hicieron que muchos corredores no pudieran hacer frente a sus cuotas, lo que provocó un progresivo aumento de la morosidad. Pero, al mismo tiempo, también se vio afectada la provisión de las vacantes ya que los que solicitaban su admisión en una plaza, tenían dificultades para encontrar fiadores57.
- 58 Vid. ibídem, p. 148-150.
40Las cuotas anuales asignadas a cada corredor se registraban meticulosamente en los libros de actas de la correduría58. El análisis de su evolución entre 1785 y 1797 proporciona una visión sobre la competencia y la fortuna de algunos corredores, así como sobre el impacto adverso que los conflictos de finales del siglo XVIII tuvieron en la actividad de la mayoría de los corredores. Disponemos de datos de las cuotas distribuidas a 52 de ellos para los años 1785, 1786, 1787, 1796 y 1797 y de estos, para 17 corredores solo contamos con información correspondiente a 1796 y 1797. Por lo tanto, centraremos nuestro análisis en los 35 restantes, cuyas cinco cuotas nos permitirán discernir la verdadera influencia de las consecuencias económicas de las guerras en su desempeño profesional.
41El análisis de la evolución de las cuotas anuales de estos cinco años refleja que las dificultades que afectaron al comercio tuvieron un impacto directo en los resultados económicos de los corredores. Suponiendo que las cuotas aplicadas fueran efectivamente proporcionales a los rendimientos obtenidos por corretajes, se observa que, en la mayoría de los casos (57%), dichas cuotas disminuyeron en los años 1796 y 1797. Estas reducciones oscilaron entre el 7% y el 45%, siendo más comunes rebajas del 20% o 25%. En los casos donde se registró un incremento (31% de los casos), este fue menor, situándose entre el 5% y el 8%, excepto en el caso de Juan Antonio Carazo, cuya cuota aumentó un 45% en 1796 y 1797. En otros cuatro casos (11%), las cuotas no experimentaron cambios significativos durante el período considerado.
- 59 Juan de Espeleta alcanzó los 600 pesos de cuota en 1787.
- 60 Los corretajes más elevados eran los que afectaban a permutas, compraventas de comestibles, hierro, (...)
42Las cantidades repartidas entre los corredores en esos años muestran también el retroceso general de los negocios de los corredores desde la perspectiva de la cuantía de la cuota aplicada. Mientras que en las décadas de los años setenta y ochenta algunas cuotas alcanzaban los 600 pesos59 y hasta ocho corredores llegaron a contribuir con sumas superiores a 400 y 500 pesos; en 1796 y 1797 solo dos corredores, Juan Antonio Carazo y Juan de Espeleta, aportaron 400 y 480 pesos respectivamente. Además, el 54% de las cuotas se situaron en el rango de 100 a 200 pesos y el 28% en el nivel de entre 250 a 350 pesos. Parece, pues, que las dificultades económicas que sufrió el comercio en estos años, redujeron la actividad de los corredores y, por ende, los ingresos por corretajes, bien por la disminución del número de operaciones, bien porque estas fueran de menor cuantía o bien por la caída de actividades que generaban mayores corretajes, como el giro y cambio de letras, los fletamentos y las ventas de navíos60.
43En general, las cuotas muestran cierta polarización económica dentro del grupo de los corredores. Aquellos con suficientes recursos e ingresos alternativos a los de la correduría, soportaban mejor las adversidades de la época, mientras que quienes dependían exclusivamente de los corretajes o tenían negocios alternativos precarios cayeron en la indigencia o mantuvieron una condición económica incierta. Tanto la percepción de los mismos corredores como la de la documentación notarial abundan en esa idea de división. De hecho, en un plan presentado al Consulado en 1802, un grupo de corredores argumentó a favor de ampliar su número, alegando que de los sesenta en ejercicio, solo veinte poseían las cualidades requeridas para el oficio. Indicaron, también, que diez eran corredores ricos que, al realizar negocios tanto como corredores como comerciantes, contravenían las ordenanzas; dos eran tasadores de averías de frutos de Indias; siete estaban ausentes o residían en otras ciudades; diecisiete eran ancianos, imposibilitados para el trabajo; y cuatro eran ineptos por falta de experiencia comercial. El Consulado en su respuesta reconoció la existencia de estos corredores ricos, pero justificaba y reconocía su utilidad para la Correduría. Consideraba que, con sus capitales, podían auxiliar a comerciantes sin liquidez, avalándolos en situaciones donde carecían de efectivo para pagar letras libradas contra su crédito. Este apoyo permitía al comerciante conservar su correspondencia y beneficiaba al corredor, no solo porque cobraba un interés por el empréstito, sino porque se aseguraba preferencia en futuros negocios en reconocimiento al favor recibido. La posición del Consulado evidenciaba, por un lado, que efectivamente existía una oligarquía entre los corredores, pero también insistía en la percepción que de la correduría tenía el Consulado, como un mecanismo para resolver las dificultades de los comerciantes en apuros, permitiendo que los corredores emplearan su posición mediadora para negociar por cuenta propia, a pesar de que contravenía abiertamente las ordena
44Por tanto, la compleja interacción entre las funciones de los corredores, las demandas del comercio y los retos económicos y sociales de la época, nos muestran cómo el oficio de corredor se convirtió en un recurso estratégico frente a las dificultades del comercio gaditano en el ocaso del siglo XVIII. El Consulado, encargado de su administración, instrumentalizó la Correduría, y los corredores utilizaron al Consulado para lograr un estatus social y económico parejo al del comerciante.
Notes
1 Alberto GARCÍA ULECÍA, “Delimitación conceptual del oficio de corredor en el derecho histórico”, Anuario de historia del derecho español, 66, 1996, 181-200, p. 183 y 194.
2 Federico de ZABALA y ALLENDE, El Consulado y las ordenanzas de comercio de Bilbao con breves noticias históricas acerca del comercio de esta villa, Bilbao: La Editorial Vizcaína, 1907, p. 62 y 63. Manuel BASAS FERNÁNDEZ, El Consulado de Burgos en el siglo XVI, ed. facsímil, Burgos: Diputación provincial, 1994, p. 205; Francisco BEJARANO ROBLES, Historia del Consulado y de la Junta de Comercio de Málaga, 1785-1859, Madrid: Instituto Jerónimo Zurita, 1948, p. 87. Francisco FIGUERAS PACHECO, El Consulado marítimo y terrestre de Alicante y pueblos del obispado de Orihuela, Alicante: Instituto de estudios alicantinos, 1957, p. 72.
3 Antonia HEREDIA HERRERA, “Los corredores de lonja en Sevilla y Cádiz”, Archivo Hispalense, 2ª época, 159-164, 1970, p. 183-197.
4 Mª Teresa RODRIGO i CAMPAMÁ, “El Col.legi de corredors dòrella de Barcelona al segle XVIII”, Pedralbes. Revista d´História Moderna, 6, 1986, p. 245-251.
5 Guadalupe CARRASCO GONZÁLEZ, Corredores y Comercio. La Correduría de Lonja gaditana entre 1573 y 1805, Madrid: Consejo General de los Colegios de Corredores de Comercio, 1999.
6 Béatrice PÉREZ, “Del corredor a la inversión multiriesgo. Compañías y modalidades mercantiles en tiempos de incertidumbre”, in: Araceli GUILLAUME-ALONSO y Béatrice PÉREZ (dir.), Figures de la monarchie des Habsbourg. Charges, fonctions, parcours, Lisboa: Catedra “Alberto Benveniste”, Serie monográfica, 2021.
7 En el volumen dirigido por José Ramón Cano (José RAMÓN CANO (Dir.), El Corredor de comercio colegiado. Historia de una profesión, Valencia: Consejo General de los Colegios de Corredores de Comercio, 1985) se recopilan diversos ordenamientos sobre los corredores de lonja en las principales ciudades españolas. Junto a este trabajo hay que mencionar también los estudios realizados por Ernesto Ríos Segarra (Ernesto RÍOS SEGARRA, Memoria de la Antigua Universidad de corredores de aduana, oreja y lonja de la ciudad de Sevilla, Madrid: Consejo General de los Colegios de Corredores de Comercio, 1993), donde el autor presenta un estudio sobre la universidad de corredores sevillana en la introducción a la publicación del índice de los documentos de su archivo realizado en 1772. En un trabajo posterior titulado: id., Corretajes, Correduría y Corredores en la Valencia de finales de la edad moderna, Valencia: Consejo General de los Colegios de Corredores de Comercio, 1997 estudia con detalle la evolución de la correduría valenciana en el siglo XVIII.
8 Pere Molas, La burguesía mercantil en la España del Antiguo Régimen, Madrid: Cátedra, 1985, p. 61.
9 José Ignacio GÓMEZ ZORRAQUINO, “La burguesía mercantil en el Aragón del siglo XVIII. Consideraciones sobre su delimitación”, in: Luis Miguel ENCISO RECIO (Coord.), La burguesía española en la Edad Moderna, I, Madrid: Sociedad V Centenario del Tratado de Tordesillas: Universidad de Valladolid, Secretariado de Publicaciones: Fundación Duques de Soria,1996, p. 861-871
10 Antonio GARCÍA BAQUERO, Cádiz 1753: según las respuestas generales del Catastro de Ensenada, Madrid: Centro de Gestión Catastral y Cooperación Tributaria, Ministerio de Economía y Hacienda, 1990.
11 Archivo General de Indias (AGI), Consulados, leg. 1754.
12 Carlos MARTÍNEZ SHAW, “Un mercader gaditano del siglo XVIII: Agustín Ramírez Ortuño”, Archivo hispalense: Revista histórica, literaria y artística, 196, 1981, p. 29-42.
13 Sobre las diferentes posturas para el arrendamiento de las corredurías véase Guadalupe CARRASCO- GONZÁLEZ, Corredores y Comercio…, p. 22.
14 El 20 de febrero de 1756 Agustín Ramírez de Ortuño vendió las tres quintas partes de los 61 oficios al Consulado y el 13 de marzo del mismo año Antonio Ramírez de Ortuño, su hermano, vendió las otras dos quintas partes al Consulado. Fueron 27 comerciantes-accionistas los que participaron en el préstamo con diferentes cantidades hasta un total de 169.000 pesos. Guadalupe CARRASCO-GONZÁLEZ, Corredores y Comercio… p. 24.
15 Además de la propuesta de Monconill para la administración de la Correduría de Cádiz, el comerciante gaditano Juan Marín de Castro presentó al Consejo de Hacienda un plan según el cual todos los efectos que los comerciantes despachasen en la aduana y cuya negociación se hacía mediante corredor, debían pagar un 8% de corretaje. Al final de cada año la cuarta parte del montante de los corretajes quedaría para la Real Hacienda y el resto se distribuiría entre los corredores. Otro de los planes pretendía dar preferencia en los concursos de acreedores a las obligaciones contraídas con intervención de corredor, como si de escribanos públicos se tratase, con arreglo a la Recopilación de leyes de Indias ley 3º tit. 36 lib. 9º y Ordenanzas del Consulado de Bilbao cap. 11º nº 3.
16 El corredor Juan Lagarde y otros cuatro apoyaron las ideas de Monconill, sus promesas y sus cálculos.
17 Archivo General de Simancas (AGS), Secretaría y Superintendencia de Hacienda (SSH), leg. 902, nº 1. Prospecto de la obra que en virtud de los poderes conferidos por el mayor número (quasi total) de los corredores de Lonja de esta ciudad y plaza de Cádiz se ha formado para evacuar la audiencia instructiva que les está concedida.
18 AGS, SSH, leg. 902, nº 1. Dictamen de la junta de ministros de los Consejos de Indias, Guerra y Hacienda, 17 de noviembre de 1797.
19 Ordenanzas del Consulado de Bilbao capítulos 15 y 16.
20 En el plan presentado por Juan Lagarde y otros corredores de manera particular, se enumeran las operaciones en que solían intervenir los corredores y los corretajes que devengaban: Ropas, mercaderías y frutos (1%); dichas a riesgo de mar (2%); trigo, fierro, madera, clavazón, mercerías, casa (2%); navíos (3%); joyas, pedrería y perlas (4%); permutas, cambios o cambalaches de géneros (2%); préstamos a seis meses (1%); dichos a menos de seis meses (½%); fletamentos de naos (3%); lastres flete para Europa (1%); fletamentos de granos (4%); fletamentos de vinos, aceite, sacas de lana, etc (1%);letras de cambio (4%); seguros (½%). AGS, leg. 902, nº 1. Memoria que D. Juan Lagarde de Lasala y consortes presentan a su Magestad sobre un Plan de Correduría útil al Estado, al Comercio y Universidad de Corredores de Cádiz. Año 1795.
21 Guadalupe CARRASCO-GONZÁLEZ, Corredores y Comercio… p. 71-97.
22 En Bilbao, se diferenciaban los corredores de navíos de los de lonja y cambios y en Santander había corredores de tierra, de navíos y de seguros.
23 Guadalupe CARRASCO-GONZÁLEZ, Corredores y Comercio…
24 AGS, SSH, leg. 902, nº 1, San Ildefonso 26 de julio de 1795. El corretaje que se aplicaba a los vales era del 2‰. Suponiendo que un corredor público cobrara 18 reales un intruso cobraba 9 reales, la mitad. AGI, Consulados, leg. 1763, nº 114.
25 Ibídem.
26 Archivo Histórico de la Diputación Foral de Bizkaia, Instituciones, Consulado de Bilbao, Consulado 0013/035.
27 AGI, Consulados, leg. 1754, nº 58.
28 AGS, SSH, leg. 902, nº 1. Petición de 30 de agosto de 1794.
29 Auto impreso de 8 de marzo de 1797 publicado por el Gobernador de Cádiz, donde se reproduce la relación condiciones a que están sujetos los 61 corredores públicos. Ibídem.
30 Ordenanzas de corredores: artículos 29, 32 y 48, AGI, Consulados, leg. 1754.
31 Un ejemplo bien conocido es el de Raimundo de Lantey, que comenzó su actividad comercial en Cádiz trabajando para otro mercader y compatibilizando su tarea de cajero en la empresa, con la de corredor. Manuel BUSTOS RODRÍGUEZ, Un comerciante saboyano en el Cádiz de Calos II (Las memorias de Raimundo de Lantery, 1673-1700), Cádiz: Caja de ahorros de Cádiz, 1983.
32 AGI, Consulados, leg. 1754. Memorial de la Diputación de Corredores de Cádiz a la Junta de Comercio y Moneda. 9 de enero de 1787.
33 AGI, Consulados, leg. 1754, nº 58.
34 AGS, SSH, leg. 902, nº 1. Dictamen de la junta de ministros de los Consejos de Indias, Guerra y Hacienda, 17 de noviembre de 1797.
35 AGS, SSH, leg. 902, nº 1. Memoria que D. Juan Lagarde de Lasala y consortes presentan a su Magestad sobre un Plan de Correduría útil al Estado, al Comercio y Universidad de Corredores de Cádiz. Año 1795.
36 Se constituye una ronda y un fiscal.
37 En estas listas se incluyen nombres como: “D. Josef Santy Díaz Herrero comerciante quebrado, y todos los que quebraren y asi nunca se acaba el sin número de yntrusos”, “Antonio Gutierrez, dependiente de Gargollo”, “Mathias Hernandez Sarramian corredor de Sevilla y su compañía de 5 o 6”, “el que fue cocinero del navio de Zomarriba”, “un peluquero Magran y otros 6 u 8 que concurren en el caffe nuevo del Correo”, “un tal Cuevas ayo de escuela y su compañero carpintero”. AGI, Consulados, leg. 1754, nº 50.
38 En realidad según la ley 7, título 8 del libro 5 de la Recopilación ningún extranjero podía usar el oficio de corredor de cambios, ni mercaderías bajo penas muy graves. Sin embargo, es creíble que en atención a la cantidad de extranjeros que había en Cádiz se dispensara a esta para con la prohibición.
39 AGS, SSH, leg. 902, nº 1. Resumen de lo acordado por la Junta interministerial del 16 de julio de 1797.
40 AGI, Consulados, leg. 1757. Proyecto de ordenanzas de 1782, art. 22. AGS, SSH, leg. 902 nº 1, 46. Además de memorial algunos comerciante aprovechaban para presentar certificaciones “de estimación y confianza” firmada por comerciantes.
41 AGI, Consulados, leg. 1757. Proyecto de ordenanzas de 1782, art. 23.
42 Ibídem, art 24. Según las ordenanzas los corredores debían estar casados excepto aquel que dedique su trabajo al socorro de sus padres o hermanas doncellas. Se admitían a los jenízaros (padre extranjero y madre española) pero sin opción al empleo de diputado. En la provisión de las vacantes se preferirá a los avecindados en Cádiz sobre los oriundos de otros pueblos de España y los hijos, hermanos y yernos de corredores, sin que pueda haber tres corredores de una misma familia.
43 AGS, SSH, leg. 902, nº 1. Memoria que D. Juan Lagarde de Lasala y consortes presentan a su Magestad…
44 AGS, SSH leg. 902, nº 6.
45 Ibidem.
46 Se trata de Manuel Juan Saenz, intérprete de “idioma arábigo” y de Pedro Oyarzabal, de El Puerto Santa María, “sin oficio aparente, pero ha tenido una brillante educación”. AGS, SSH, leg. 902, nº 49 y 42.
47 Manuel Cano Rojo, Archivo Histórico Provincial de Cádiz (AHPC), Protocolos notariales Puerto de Santa María (PSM), 844 (s.f) y Miguel Corcuera, AHPC, Protocolos notariales, Cádiz, 5799, fol. 169-171. Luis Ribaupierre, AHPC, PN Cádiz, 62 (4/06/1817).
48 Pablo Josef Terry fue el primero en solicitar la plaza de corredor en 2/09/1795, reiterando su petición en 6/06/1797. Bartholome Terry y Guillermo Servando Terry, que habían sido socios en la compañía de Domingo Thomas Terry, también solicitaron plaza de corredor. Todos entraron en sorteo para las plazas de corredor, pero no les acompañó la suerte. Solo Domingo Thomas Terry obtuvo una plaza.
49 AGS, SSH, leg. 902 nº 1. Su solicitud es de 21/06/1797.
50 Adjunta extracto de las negociaciones de la casa de comercio entre 1786 y 1796. Figuran las cuantías anuales de la negociación de ropas introducidas en el puerto de Cádiz, así como los derechos resultantes de la extracción de ropas para indias y sus retornos, los que gravaron 15.000 lastres de sal para la América septentrional, los que se pagaron sobre 1.000 botas de vino que se extrajeron para el norte en 1792, los que resultaron de 161.557 barriles de harina que se han introducido en Cádiz desde 1792 hasta 1796 y que han servido para el abasto de la ciudad y de la real armada, finalmente los derechos sobre 7665 barricas de arroz para el abasto también de Cádiz y la real armada.
51 AGS, SSH, leg. 902 nº 1, 56. Armador y comerciante era propietario del navío de roble San Francisco de Paula de 800 que fue embargado, cuando estaba cargando para Veracruz, para servir en el sitio de Gibraltar. Se le privó por tanto de un posible beneficio de más 200.000 pesos. Ante este perjuicio el rey le concedió que comprase otro navío y compró una fragata sueca de 458 toneladas, por 50.000 pesos, a Andrés Hanstron, vicecónsul de Suecia y que nombraría también, San Francisco de Paula. Se gastó en su artillería y pertrechos 25.000 pesos que junto con los 50.000 hacían 75.000. “Efectuada su habilitación empezó a cargarla de su cuenta con los enjunques de acero y hierro que se le habían desembarcado del otro. Y entonces el rey planea una expedición para Jamaica con la escuadra francesa y vienen los comandantes de marina a reconocer la fragata, que la encuentran apta, disponiendo su descarga, para poder conducir la pólvora de aquella expedición”. Cuando regresó el convoy le devolvieron la fragata “con aquel demerito que contrajo su casco y pertrechos en aquel tiempo, sin un peso de utilidad… Resultando que tenía una fragata que le había costado 75.000 pesos y que con la paz no costaba más de 25.000 pesos”. Además ha conducido en sus barcos la tropa a La Habana dejando de usar parte de los fletes y en otro viaje de Veracruz a La Habana llevó 5.332 tercios de harina, cajones y barricas de carne… sin interés ni flete”. Por todos estos servicios prestados se le concedió la plaza de corredor.
52 En el memorial Francisco Antonio explicaba que la casa de su padre Mariano Bernabé de Frías y de la cual él era socio, era de las de mayor antigüedad y giro en Cádiz. Había prestado importantes servicios al Estado “así por lo mucho que ha contribuido de derechos a SM como por los trasportes de tropas, azogues, pertrechos de guerra y víveres en los tres navíos propios de mi casa, nombrados San Carlos, San Francisco de Paula y San Pascual Baylon buques que mandé en clase de capitán y maestre en diferentes expediciones; y además el mérito que contraje en la maestría de plata de mi cargo en la fragata Clotilde de la Real Armada donde conduje a su Magestad dos millones de pesos” AGS, SSH, leg. 902 nº 1, 56.
53 AGS, Secretaria de Hacienda (SH), leg. 884, nº 2.
54 AGS, SH, leg. 884, nº 2.
55 AHPC, Protocolos notariales, Cádiz 5756, fol. 224-227.
56 AHPC, Protocolos notariales, Cádiz, 5781, fol. 220.
57 Vid. Sobre la situación financiera del gremio, Guadalupe CARRASCO GONZALEZ, Corredores y Comercio… p. 112-115.
58 Vid. ibídem, p. 148-150.
59 Juan de Espeleta alcanzó los 600 pesos de cuota en 1787.
60 Los corretajes más elevados eran los que afectaban a permutas, compraventas de comestibles, hierro, grano y harinas, carne, quincallería y brea que aplicaban el 2%, Las compraventas de navíos y los contratos de fletamento por los que se cobraba un 3% y el giro, cambio y recambio que tenía un corretaje de 4%. A los seguros y descuentos se aplicaba un 0,5% y las compraventas de frutos de Indias, especiería, café, azúcar, cambio marítimo, ventas de ropas, vino y aguardiente, madera se le aplicaba un 1%. AGS, SH, 884, nº 2. Véase con más detalle los corretajes en la nota 20.
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Référence électronique
Guadalupe Carrasco González, « Los corredores de lonja en el siglo XVIII: dinámica profesional y mediación comercial. El caso de Cádiz (1791-1800) », e-Spania [En ligne], 52 | Octobre 2025, mis en ligne le 01 octobre 2025, consulté le 08 novembre 2025. URL : http://journals.openedition.org/e-spania/56790 ; DOI : https://doi.org/10.4000/14w8p
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