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Varia

De adulterios, clérigos concubinarios, hijos bastardos y mujeres livianas: su reflejo en las fuentes de la primera inquisición (1483-1505)

María del Pilar Rábade Obradó

Résumés

Bien que la tâche essentielle de l’Inquisition ait été la persécution et l’éradication de l’hérésie, elle s’est également occupée de certains délits mineurs, tels que ceux liés à la sexualité. Même si cela ne s’est produit qu’au XVIe siècle, dès les débuts de l’activité du Saint-Office, les documents inquisitoriaux font état de comportements sexuels considérés comme inappropriés, reflétant la vie quotidienne. Leur étude permet d’approcher les comportements sexuels des groupes sociaux n’appartenant pas aux élites, ainsi que la vision qu’en avaient leurs témoins et leurs protagonistes. Elle reflète en particulier la réalité de l’adultère, des ecclésiastiques concubins, des enfants bâtards et des femmes légères. Son analyse montre l’importance de ces comportements, en particulier l’adultère, ainsi que l’existence d’une certaine normalisation, plus évidente lorsque ces comportements sexuels inappropriés avaient pour protagonistes des hommes. On observe également le fossé qui séparait la réalité de la vie quotidienne de la sévérité des lois en vigueur.

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Notes de l’auteur

Este trabajo se ha realizado dentro del Grupo de Investigación de la Universidad Complutense de Madrid nº 930369 «Sociedad, Poder y Cultura en la Corona de Castilla, siglos XIII al XVI» (SPOCCAST), con financiación de la Agencia Estatal de Investigación, Proyecto AEI/10.13039/501100011033 «Pacto, negociación y conflicto en la cultura política castellana (1230-1516)».

Texte intégral

  • 1 María José COLLANTES DE TERÁN DE LA HERA, «El sexo y la Inquisición», Revue de l’Institut des Langu (...)

1La Inquisición, como no podía ser de otra manera, se ocupó del sexo y de la sexualidad de forma habitual. Bien es cierto que la represión de conductas sexuales consideradas inapropiadas y pecaminosas no fue un aspecto esencial de su actividad, pero sí que se vinculó con lo que se consideraban delitos menores, entre los que también se contaban la blasfemia o la hechicería, por poner dos ejemplos igualmente significativos. Porque, aunque la tarea esencial del Santo Oficio fue la persecución y erradicación de la herejía, se consideraba que esos delitos menores suponían «indicios, síntomas, manifestaciones razonables» de que sus perpetradores podían ser herejes, ya que mostraban conductas desviadas de la norma1.

  • 2 María Ángeles HERNÁNDEZ BERMEJO e Isabel TESTÓN NÚÑEZ, «La sexualidad prohibida y el Tribunal de la (...)
  • 3 Sobre la relación entre sexualidad y herejía, véase Christian GRASSO y Massimo MIGLIO (eds.), Ereti (...)

2Así, la Inquisición «desempeñó una misión fundamental como salvaguarda de la moral establecida», pues estaba «profundamente preocupada por hacer cumplir los preceptos morales en materia sexual y, sobre todo, por llegar a penetrar en la conciencia individual»2. Todo esto, por supuesto, implicaba el control sobre la población, que iba más allá de la materia propiamente sexual, pues se trataba, esencialmente, de un control social, en sus más diversas formas y manifestaciones3. Pero hay que destacar que esta forma de actuar del Santo Oficio no estuvo todavía presente en sus comienzos, durante el reinado de los Reyes Católicos y los primeros momentos del siglo XVI, cuando su actividad se centró exclusivamente en la persecución del criptojudaísmo, una tarea que absorbía todos sus esfuerzos, sin dejar tiempo para nada más.

  • 4 En Miguel Ángel LADERO QUESADA, Persona y mundo en la Edad Media. Algunos fundamentos de la cultura (...)
  • 5 Acerca de los pliegos de tachas, Bruno AGUILERA BARCHET, «El procedimiento de la Inquisición Españo (...)

3Pese este desinterés inicial por los pecados/delitos sexuales, en la documentación de los primeros momentos de la actividad inquisitorial se asoman, irremediablemente, el sexo y la sexualidad4. No todavía como materia de represión, sino como reflejo de la vida cotidiana. Una vida cotidiana que sobre todo se manifiesta a través de los llamados pliegos de tachas, parte destacada de los procesos o causas de fe, que presentaban los acusados para tachar, literalmente, los nombres de los que consideraban que podían haber testificado falsamente contra ellos5. Para que las tachas fueran aceptadas por los inquisidores tenían que aducirse motivos claros de enemistad, y entre ellos figuraban, con cierta frecuencia, las conductas sexuales que en esos momentos se consideraban inapropiadas, debido a las consecuencias que podían llegar a tener.

  • 6 Una presentación general de los libros de testificaciones, en Miguel JIMÉNEZ MONTESERÍN y Jacob MAR (...)

4Igualmente, el sexo y de la sexualidad en la vida cotidiana se hacen presentes en los libros de testificaciones, en los que se asentaban las declaraciones contra judeoconversos supuestamente judaizantes que iban recogiendo los inquisidores, recurriendo a diversas vías. Posteriormente, esas declaraciones servían para armar los procesos6. Concretamente, para hacer este trabajo se han utilizado procesos procedentes del efímero Tribunal de Ciudad Real (1483-1485) y de los primeros años del Tribunal de Toledo (desde 1485 hasta 1505), así como diversos libros de testificaciones desde los inicios de la actividad inquisitorial (también hasta 1505).

  • 7 En palabras de Jean VERDON, El amor en la Edad Media. La carne, el sexo y el sentimiento, Barcelona (...)

5Hay que destacar, antes de seguir adelante, que esta documentación inquisitorial permite un acercamiento a los grupos sociales a los que más difícilmente se refieren otras fuentes; como se ha puesto de relieve, esas otras fuentes «son principalmente normativas, o solo referidas a las élites» y «suelen ser obras de clérigos, y los laicos que escriben en la baja Edad Media son en su mayoría hombres», de modo que «la palabra femenina suele permanecer oculta»7. Por tanto, las fuentes inquisitoriales aportan una visión en cierta forma nueva, pues en ellas se reflejan los comportamientos sexuales de grupos sociales que no pertenecen a las élites y se alude a realidades tamizadas por la visión que de ellas tenían los hombres y mujeres que pertenecían a dichos grupos.

Sexo y sexualidad en las primeras fuentes inquisitoriales

6Aunque no son los únicos, sobre todo se observa la presencia de cuatro grandes aspectos vinculados con el sexo y la sexualidad: el adulterio, el amancebamiento de los clérigos, la existencia de bastardos y la condición de livianas que se achacaba a muchas mujeres. La falta de espacio impide tratar otras cuestiones que giran en torno al sexo y que también se reflejan en la documentación inquisitorial, aunque en menor medida que los aspectos citados más arriba.

  • 8 Archivo Histórico Nacional (desde ahora, AHN), Inquisición de Toledo (desde ahora, IT), lg. 155, nº (...)
  • 9 En el proceso contra Alonso Núñez de Sevilla, AHN, IT, lg. 168, nº 6.

7Por ejemplo, son muy infrecuentes las referencias a la homosexualidad, aunque alguna hay. Así, en el proceso inquisitorial contra Sancha González se menciona el caso de Martín de Olivares, quien, a pesar de estar casado, era considerado homosexual por sus vecinos. Como prueba de tal afirmación se recordaba que era bien conocida su inclinación por otros hombres, a los que en algunos casos había llegado a acosar; por ese motivo había tenido que abandonar Arévalo, pero una vez instalado en Cadalso de los Vidrios seguía actuando de la misma manera8. También se ha localizado una única mención de un caso de travestismo, protagonizado por una mujer, Catalina Negra, quien fue apresada por ir ataviada con prendas masculinas, aunque la alusión es tan breve y tan vaga que no resulta posible determinar los motivos por los que iba así vestida, pues cabe la posibilidad de que se sirviera del atuendo masculino para protagonizar algún tipo de huida9.

  • 10 El amancebamiento era una realidad bastante común, a la par que multifacética; sobre esta cuestión, (...)
  • 11 Carlos CARRETE PARRONDO y María J. CASTAÑO GONZÁLEZ, Fontes Iudaeorum Regni Castellae. IV: El Tribu (...)
  • 12 Ibidem, p. 144.

8Mucho más habituales son las alusiones al amancebamiento de laicos que no estaban casados10, como era el caso de un tal Ágreda, calcetero de profesión y vecino de Almazán, que estaba amancebado con una mujer cuyo nombre no recuerda el testigo que declara contra ellos, aunque sí es capaz de asegurar que realizaban juntos el ayuno mayor de los judíos11. Así que, además de vivir unidos por los lazos de su amor pecaminoso también lo estaban por sus prácticas heréticas. En líneas generales, aquellos que vivían amancebados eran presentados como personas encadenadas a una mala vida, sea por unos motivos o por otros, así que su amancebamiento era un hito más en esa mala vida. Un buen ejemplo es el de un tal Santa Cruz, vecino de Roa, quien tras el fallecimiento de su mujer se amancebó con la madre de aquella, con la que incluso había llegado a tener un hijo; por si eso fuera poco, también se le acusaba de practicar la usura12.

  • 13 AHN, IT, lg. 140, nº 3.
  • 14 Las relaciones sexuales entre judíos y cristianos eran consideradas como una transgresión que debía (...)
  • 15 El proceso ha sido estudiado por María del Pilar RÁBADE OBRADÓ, «Sobrevivir a la Inquisición: el pr (...)

9Todavía peor era cuando el amancebamiento tenía un carácter interconfesional. Ese fue el caso de Juan de Coveña, quien durante algún tiempo había tenido amores con una judía que además era su prima, de modo que su relación también tenía un cierto carácter incestuoso para los cristianos; aunque lo cierto es que la misma fue mal conceptuada tanto por los cristianos como por los judíos que rodeaban a la pareja: los primeros consideraban que esa relación ponía doblemente en peligro el alma de Juan, que no solo vivía atenazado por el pecado de la lujuria, pues también se entregaba habitualmente a prácticas judías; los segundos, por su parte, andaban acechando a la pareja, con intención de darles muerte13. Así que un ejemplo como este sirve de recordatorio de la visión absolutamente negativa que se tenía de las relaciones amorosas y/o sexuales de carácter interconfesional, afectando esa visión negativa indistintamente tanto a los cristianos como a los judíos14. Con todo, era peor cuando se producía el caso contrario: un judío que tenía como manceba –o amante ocasional– a una cristiana. En el proceso contra Diego de Alba, corregidor de Cuéllar, se recuerda un caso de esa índole, que terminó muy mal, pese a los intentos de Yucé Gago, luego cristiano con el nombre de Fernando Núñez, por conseguir que el corregidor mirara para otro lado; como no estuvo dispuesto a hacerlo, el judío acabó ahorcado y Yucé/Fernando desarrolló una fuerte hostilidad hacia Diego de Alba15.

  • 16 C. CARRETE PARRONDO y C. FRAILE CONDE, Op. cit., p. 161.
  • 17 AHN, IT, lg. 154, nº 7. Aunque tiempo después, la bigamia acabó siendo reprimida por la Inquisición (...)

10Pese a todo esto, en las fuentes se refleja la perduración de los lazos matrimoniales incluso tras la conversión al cristianismo de alguno de cónyuges, como sucedió con García Fernández, contador del duque de Medinaceli, quien siguió conviviendo con su mujer judía (incluso tuvo un hijo con ella) durante los siete años siguientes a su bautismo. La situación provocó un escándalo que solo se extinguió cuando el noble, espoleado por los que le decían que se estaba dando mal ejemplo, obligó a la judía a convertirse16. Y ya que se ha traído a colación el matrimonio, en las fuentes analizadas también se ha localizado alguna mención a la bigamia, aunque no es cuestión que aparezca reflejada con frecuencia. Por ejemplo, en el proceso contra Isabel González, mujer de Gonzalo Díaz, se alude al caso de Hernando de Ocaña, casado con una hija de la citada, a la que daba muy mala vida, tan mala vida que incluso se había casado también con otra17.

  • 18 Una visión general en Ángel Luis MOLINA MOLINA, «La prostitución en la Castilla bajomedieval», Clío (...)
  • 19 AHN, IT, lg. 143, nº 9.
  • 20 AHN, IT, lg. 176, nº 6.

11Igualmente, existen las inevitables referencias a la prostitución y a la alcahuetería. Con respecto a la primera cuestión, aunque las menciones no son muchas, sí resultan significativas para ofrecer una cierta panorámica general de algo tan poliédrico como era la prostitución en la Edad Media18. Así, en el proceso contra Leonor Díaz, mujer de Arias Díaz, se denuncia la situación en la que vivía una muchacha que había sido empujada a la prostitución por sus propios padres19; aunque no se aclaran las circunstancias de la familia, cabe preguntarse si era la miseria la que impulsaba a los progenitores de la joven a actuar de esa manera. En diversos casos sí es posible conocer algunos de los pormenores que llevaban a ciertas mujeres a ejercer la prostitución; en el proceso contra María de Ribera se narra la concatenación de circunstancias que hicieron que una tal Violante terminara viviendo de la prostitución: cuando era criada de los padres de María se amancebó con su hermano, Alonso de Ribera, y cuando este la abandonó fue despedida y se quedó sin medios de vida, así que «se fiso mala muger»20.

  • 21 AHN, IT, lg. 159, nº 13.
  • 22 AHN, IT, lg. 183, nº17.

12Es evidente que la vida de estas mujeres no era fácil, explotadas habitualmente por rufianes o proxenetas y siempre temerosas de la acción de la justicia; en el proceso contra Alonso López, quien además de pergaminero era también el carcelero de la prisión real de la localidad en la que estaba amancebado21, se refiere el encarcelamiento de Pedro Díaz y Francisca de Morales, pues ella era prostituta y él actuaba como su rufián. Cierto es que también era posible salir de esa vida, aunque el pasado no se podía borrar: en el proceso de Isabel Sánchez, mujer de Gonzalo del Campo, se alude a una hija de Alonso de la Torre, quien había sido prostituta antes de casarse22.

  • 23 Se puede consultar Ana E. ORTEGA BAÚN, «La otra delincuencia femenina relacionada con la sexualidad (...)
  • 24 Haim BEINART, Records of the trials of the Spanish Inquisition in Ciudad Real. 2: 1494-1512, Jerusa (...)
  • 25 AHN, IT, lg. 160, nº 5.
  • 26 Ana E. ORTEGA BAÚN, «Su belleza es su perdición: mujer y sexualidad en Castilla. El ejemplo de 1200 (...)

13La alcahuetería, se consideraba uno de los principales delitos sexuales de las mujeres23. En el proceso contra Inés López, mujer de Alonso de Aguilera, se menciona el caso de Teresa Núñez, quien era alcahueta para el sacristán de la iglesia de Santa María, en Almagro, donde residía la procesada. Incluso se da el nombre de una de las mujeres que fue víctima de sus manejos: una hija de Pedro Amarillo. Asimismo, Inés afirmaba que Teresa, además de alcahueta, era también puta y hechicera24. Tanto en este caso como en todas las otras alusiones a las alcahuetas que se han localizado se evidencia el intenso desprecio que sus acciones causaban en las personas honradas, debido a sus funestas consecuencias. Otro buen ejemplo en este sentido es el que contiene el proceso contra Catalina López, mujer de Alfonso de Chinchilla25. La judeoconversa debía tener una hija muy hermosa, o al menos eso es lo que se da a entender en su proceso26; entre otras cosas, la joven fue sometida a un cierto asedio por María Fernández, mujer de Luis López, que pretendía alcahuetearla, preguntándola los motivos por los que «negava su cuerpo a los onbres». Cuando su madre se enteró de lo que sucedía, prohibió a la alcahueta la entrada en su casa. Como en el ejemplo anterior, María es presentada como depositaria de defectos diversos, pues además era borracha, liviana y parlera.

  • 27 Véase Ricardo CÓRDOBA DE LA LLAVE, «Consideraciones en torno al delito de agresión sexual en la Eda (...)
  • 28 AHN, IT, lg. 176, nº 6.
  • 29 AHN, IT, lg. 153, nº 11.
  • 30 AHN, IT, lg. 158, nº 19.

14Asimismo, se han encontrado algunas menciones a agresiones sexuales27. Por ejemplo, en el proceso contra María de Ribera28, se refleja que fue violada por Pedro Pavón; el marido y otros parientes de la ultrajada decidieron tomarse la justicia por su mano y buscaron al agresor para darle muerte, pero como no pudieron localizarle se contentaron con matar a uno de sus hermanos, Lope Pavón, motivo por el que se desató una fuerte enemistad entre ambas familias, así que María consideraba que tanto su atacante como cualquiera de sus parientes podían haber testificado falsamente contra ella. En algunos casos, la violación no llegó a consumarse, como se indica en el proceso contra Beatriz González, la Golisa29, quien tachó a las hermanas Catalina y Elvira, con las que estaba fuertemente enemistada, pues la segunda afirmaba que el hermano de la acusada había tratado de forzarla. Asimismo, había algunos hombres que, aunque no llegaban a consumar la agresión sexual, sometían a un evidente acoso a ciertas mujeres; por ejemplo, Juana, mujer de Juan de Córdoba, se quejaba en su proceso de Francisco Buen Cristiano, pues andaba tras ella con la intención de deshonrarla30.

  • 31 C. CARRETE PARRONDO y M. J. CASTAÑO GONZÁLEZ, op. cit., p. 85. El exhibicionismo no es un tema habi (...)
  • 32 La bibliografía relativa a esta cuestión en relación con la España Medieval es escasa y está vincul (...)
  • 33 C. CARRETE PARRONDO y M. J. CASTAÑO GONZÁLEZ, op. cit., p. 144.

15Se ha localizado una única alusión al exhibicionismo, de acuerdo con el testimonio de Juan García, quien recordó cómo estando en una ocasión de romería en una ermita consagrada a San Sebastián «Juan de Lora alçó las haldas e mostró sus vergüenças e dixo: ‘moças, vedes aquí el santo’« 31. Finalmente, también son infrecuentes las menciones a otros comportamientos sexuales desviados, destacando una acusación de incesto32. Bartolomé Sánchez, capellán del arcipreste de Aranda de Duero, consideraba que el cura de Bahavón de Esgueva, un tal Ortiz, «dormía con su madre»; como sabía que se trataba de una acusación extremadamente grave, estaba dispuesto a someterse a una ordalía para demostrar que era cierta: «que tomaría una barra de yerro ardiendo en sus manos» para que se creyera su palabra. Pese a todo, no descartaba que le quemase, en cuyo caso perdería la fe en Dios: «diría que avía otra cosa sino naçer e morir»33.

16Es la única declaración que se lanza contra el sacerdote: en ningún momento se indica que fuera judeoconverso, ni se le acusa de judaizante. De modo que parece interesante que se acudiera a los inquisidores a prestar un testimonio de esta índole, que tenía un sentido muy diferente a los habituales en ese momento, centrados en el criptojudaísmo. Tal vez esto pueda ayudar a entender los motivos por los que, a partir de un determinado momento, el Santo Oficio se ocupó de la investigación y represión de las conductas sexuales que se consideraban desviadas y transgresoras: es como si existiera una cierta exigencia social para que la Inquisición desarrollara también ese tipo de actuaciones.

El adulterio

  • 34 Véase la visión general ofrecida por Ricardo CÓRDOBA DE LA LLAVE, «Adulterio, sexo y violencia en l (...)
  • 35 Sobre la existencia y consecuencias de este tipo de calumnias, véase Ana E. ORTEGA BAÚN, «Honor fem (...)

17Empecemos por el adulterio34. Cuestión que, de entrada, tiene, a su vez, dos vertientes: el adulterio que efectivamente se había cometido; aquel del que se sospechaba, aunque quizá no hubiera llegado a materializarse, muy relacionado, en ocasiones (no siempre), con los celos de quien lo padecía, o creía padecerlo. Por ejemplo, la ya citada María de Ribera tachó los nombres de otras dos mujeres, Inés y Catalina, así como los de sus respectivos maridos, porque, acostumbrados como estaban a prestar falso testimonio, la habían acusado vanamente de cometer adulterio con Juan Pisahojas; cuando se demostró que se trataba de una calumnia, sus acusadores quedaron agraviados, de modo que María sospechaba que podían haber vuelto a levantar falso testimonio contra ella, en este caso acusándola de criptojudaísmo ante los inquisidores35.

  • 36 H. BEINART, op. cit., p. 26.
  • 37 Ibidem, p. 31.

18También las acusaciones de adulterio que se lanzaron contra Francisco de Toledo podrían haber sido sólo eso, acusaciones. Era el marido de Marina González, que cuando fue procesada por el Santo Oficio incluyó en su pliego de tachas, entre otras personas, a Mayor, una antigua criada. Precisamente fue el marido quien desarrolló la tacha en nombre de su mujer, recordando que ella estaba muy celosa de la muchacha, pues pensaba que tenía una relación adúltera con él. Las cosas llegaron a tal punto, que Marina acabó despidiendo a Mayor, pero de una forma drástica, si hacemos caso de lo que dijo Francisco: «la hecho de su casa arrastrando de los cabellos y dysiendola que era una puta publica y manceba de su marido y despues de toda la villa». Mayor no aceptó fácilmente tal ofensa, así que empezó a amenazar a Marina con denunciarla ante los inquisidores, afirmando que «era vna puta judia», de modo que devolvió el insulto de índole sexual que su antigua patrona había lanzado contra ella36. Cierto es que las amenazas se quedaron en eso, pues al final la criada vejada no acudió a los inquisidores. Es difícil saber si las sospechas de Marina, causantes de sus celos mal reprimidos, estaban fundamentadas, o no. Su marido rechazó la existencia de adulterio, pero o bien mintió para protegerse, por lo que pudiera pasar, o bien Marina era una celosa compulsiva, pues en un segundo pliego de tachas, en este caso impulsado por la propia encausada, se tachó el posible testimonio de otra criada, de quien se decía que era hija de Payo Gómez, con la que había tenido unas complicadas relaciones porque la muchacha se quejaba de que su patrona «auia çelos della»37. Pese a todo, tampoco hubo ninguna denuncia de esta tachada.

  • 38 C. CARRETE PARRONDO y M. J. CASTAÑO GONZÁLEZ, op. cit., p. 131.

19Como es lógico, este tipo de sospechas eran compartidas por hombre y mujeres. Por ejemplo, Fernando de Cuevasrrubias no se fiaba de Alonso de Curiel, pues sospechaba que cometía adulterio con su mujer. Aunque «no le quería bien» por ese motivo, Fernando soportaba la presencia en su casa de su rival, que pretendía congraciarse con él a base de lisonjas, a veces peligrosas, sobre todo si se pronunciaban delante de un hombre de Iglesia. Así, fray Francisco de Arandal denunció a Curiel ante los inquisidores por repetir las palabras, que, según afirmó, le dijo otro hombre dirigiéndose a él: «porque sé que creís [sic] en Fernando de Cuebasrubias e no en Dios os adoro»38. El fraile afirmó también que la lisonja desagradó a Fernando, así que hay que reconocer que Curiel se metió en un lío de forma gratuita, a la par que fracasaba en su intento por congraciarse con aquel.

  • 39 AHN, IT, lg. 134, nº 12.

20Catalina Álvarez, mujer de Fernando de la Piedra, sí que tenía importantes razones para sentirse celosa, pues su marido practicaba el adulterio con auténtico fervor y de forma pública y notoria. La atribulada Catalina sufría sus continuas infidelidades, aunque no lo hacía en silencio, como demuestra el proceso inquisitorial al que fue sometida39, en el que se alude a las continuas disputas que sostenía con las sucesivas amantes de Fernando, con las que en algún caso concreto incluso había llegado a las manos. Solamente una testificó contra ella, también llamada Catalina, hija de Juan de la Cuesta, una antigua criada que, además de amores, había tenido también un hijo con el marido de la encausada.

  • 40 También es cierto que el ejercicio de esa posición de superioridad podía estar acompañado de un ena (...)
  • 41 Esta segunda opción parece menos frecuente, pero algún caso hay. Por ejemplo, el de un hermano de A (...)

21Parece evidente que, al menos en algunos casos, los varones se valían de su posición de superioridad, de la ascendencia que aquella les otorgaba, para conseguir satisfacer sus deseos sexuales y cometer adulterio40. Esta situación parece muy clara cuando el adulterio se consumaba con una criada, pues, como ya se ha visto, en algunos casos parece existir un auténtico patrón de conducta en ese sentido. Cabe preguntarse si las sirvientas que se involucraban en una relación sexual con sus señores –o con los hijos de estos41– lo hacían de forma voluntaria, o si eran obligadas; también cabe preguntarse, en el caso de que actuaran voluntariamente, por sus motivos últimos, pues es evidente que si eran descubiertas por la señora de la casa las consecuencias podían ser muy negativas.

  • 42 C. CARRETE PARRONDO y C. FRAILE CONDE, op. cit., p. 81-82.
  • 43 Sobre esta cuestión, véase Iñaki BAZÁN DÍAZ, «El estupro. Sexualidad delictiva en la Baja Edad Medi (...)

22Tampoco es posible dudar del adulterio del platero Diego López, habida cuenta de la forma en que lo atestigua Teresa, una antigua criada, quien recuerda la relación que el mencionado tenía con Isabel, hija de su mujer, quien vivía con el matrimonio. Los adúlteros no parecían esforzarse mucho por ocultar su relación y Teresa describe de forma bastante explícita lo que «vido tres o quatro veces e más». La situación era conocida por la mujer y madre de los adúlteros, lo que provocaba frecuentes riñas domésticas, pues se quejaba a su marido de que había deshonrado a su hija; él se defendía diciendo que la casaría con un primo suyo, que vivía también en la casa familiar, pues compartía oficio con Diego. Al final la boda se llevó a cabo, aunque es de suponer que el primo de Diego conocía perfectamente la situación42. En este caso concreto, el adulterio se entremezcla, además, con el estupro, pues parece evidente que Isabel era muy joven cuando se involucró en la indebida relación sexual con su padrastro43.

23Este ejemplo muestra cómo el descubrimiento de la comisión de un adulterio no siempre desembocaba necesariamente en un drama, cómo la situación podía ser tolerada y hasta en cierta medida normalizada, siempre y cuando supusiera ciertos beneficios para quienes se podían considerar agraviados por la misma. En el caso de la mujer de Diego, es posible que estuviera dispuesta a soportar la situación a cambio de mantener el nivel de vida que le podía ofrecer su marido (el oficio de platero solía ser bastante lucrativo), siempre y cuando se resolviera también de forma adecuada la situación de su hija con un matrimonio conveniente; en cuanto al marido de esta última, quizá estuvo dispuesto al enlace por las ventajas que podía otorgarle afianzar la alianza familiar con su primo, quien parecía ejercer un fuerte ascendiente sobre él, también desde el punto de vista profesional.

  • 44 En la Edad Media, las mujeres que cometían adulterio eran consideradas pecadoras y delincuentes, y (...)
  • 45 AHN, IT, lg. 184, nº 10.
  • 46 AHN, IT, lg. 184, nº 8.

24En las fuentes inquisitoriales se observan las dos varas de medir que existían cuando se valoraba el adulterio: hacia el masculino se muestra cierta tolerancia, como se evidencia en el ejemplo anterior, con la esposa sufriendo la infidelidad de su cónyuge, que no parece significar especial desdoro para él: aparentemente, el problema es la deshonra de la joven Isabel, que acaba encarrilándose de forma adecuada. Por el contrario, el adulterio femenino se considera con más severidad44. En efecto, las mujeres que lo cometían quedaban más agraviadas que los varones; quizá por ese motivo, las falsamente acusadas se defendían para demostrar su inocencia y evitar cualquier mancha en su reputación. Cierto es también que mientras las mujeres solían ser –o eso parecen indicar las fuentes– bastante pacientes con las infidelidades de sus maridos, estos últimos no se tomaban las cosas con tanta calma cuando se enfrentaban al adulterio de sus mujeres. En el proceso al que fue sometido, Juan de Sevilla45 no dudó en afirmar que, si salía con bien, degollaría a su mujer, que le había hecho muchas maldades, entre ellas cometer adulterio con Fernando de Toledo, quien además se vanagloriaba de ello. Pero incluso las adúlteras podían ser perdonadas por sus maridos y continuar con su vida conyugal, llegado el caso. En el proceso contra Pedro Serrano46 se recuerda el ejemplo de un vecino de Puebla de Montalbán, Juan de Murcia, cuya mujer cometió adulterio. Juan fue presionado por el señor de la villa, don Alfonso Téllez, quien le prometió una recompensa si perdonaba a su mujer y volvía a hacer vida marital con ella; Juan aceptó, aunque nunca recibió la prometida recompensa, así que andaba muy quejoso de su señor.

  • 47 AHN, IT, lg. 164, nº 1.

25Parece necesario indicar que el adulterio es, sin lugar a dudas, la transgresión sexual que se refleja de forma más habitual en las fuentes utilizadas. Es evidente que su prevalencia está directamente relacionada con las circunstancias que rodeaban habitualmente los enlaces matrimoniales. Pese a todo, en algunos casos también se detecta la existencia bien de bodas asentadas sobre el amor de los contrayentes, bien de cónyuges que llegaron, con el tiempo, a profesarse un sincero afecto. Entre los primeros, el ejemplo de María Gorrón y su marido, Pedro Gorrón, quienes pudieran culminar con su matrimonio una historia de amor marcada por la oposición familiar, pues ella era judeoconversa y él cristiano viejo, aunque cierto es también que ella tuvo que pagar un alto precio, debido a los continuos desaires de su suegra, a la que tachó por considerar que podría haberla levantado falso testimonio para apartarla de su hijo47.

  • 48 C. CARRETE PARRONDO y M. J. CASTAÑO GONZÁLEZ, op. cit., p. 152.

26Entre los segundos, se puede recordar la tristeza infinita que se abatió sobre Gonzalo Sánchez Caballero cuando falleció su mujer. Su yerno, Diego Delgado, le envió «dos pares de capones e vn plato grande de avellanas e higos e dátiles», es de suponer que para que se consolara por su pérdida. El presente lo llevó Juan de Salcedo, que se encontró a Gonzalo «retraydo en vna cámara pequeña, emparamentada de paramentos negros, çerradas las puertas e ventanas e descalço», así como poco dispuesto a recibir el regalo, pues le dijo al portador que «para qué le enbiaua nada [su yerno], que no estaua en tienpo de reçebir nada de aquello»; también hay que reconocer que acabó recuperándose de su dolor, pues el testigo recuerda que Gonzalo tuvo dos o tres mujeres, habiéndole sobrevivido la última. Pese a ello, no parece que pueda dudarse del pesar que le produjo el citado fallecimiento48.

Los clérigos concubinarios

  • 49 Véase Ana E. ORTEGA BAÚN, «Luz y oscuridad: apuntes sobre el concubinato de los clérigos en Castill (...)

27Se trata de una cuestión que también se refleja con frecuencia en la documentación inquisitorial, pues lo cierto es que era una realidad muy habitual49, que generaba escándalo dentro de un cierto orden, pues tampoco estaba exenta de una cierta normalización. Da la impresión de que existía una condescendencia con los eclesiásticos amancebados (tanto miembros del clero secular como del regular), que también se extendía -aunque en menor medida- a sus mancebas. Pese a ello, la vida de estas mujeres no era sencilla, debido a su evidente situación de vulnerabilidad.

  • 50 C. CARRETE PARRONDO y M. J. CASTAÑO GONZÁLEZ, op. cit., p. 21-22.

28Por un lado, la justicia podía actuar contra ellas en cualquier momento, como se recuerda en relación con Catalina de Violante, quien estaba amancebada con el clérigo Pedro Hernández de Berlanga. El sacerdote tuvo que viajar a Roma y Catalina quedó sola y desprotegida; una buena muestra de su sensación de desamparo es que, ante la tardanza en regresar de Pedro, recurrió a un sortilegio para saber si seguía vivo, o no. Tranquilizada por el resultado de su incursión en la hechicería, pues supo no sólo que él estaba vivo, sino también que ya volvía de Roma, tuvo que enfrentarse a un peligro muy tangible: la acción de la justicia. Pero de nuevo un sortilegio acudió en su ayuda y la salvó de ser prendida con otras mancebas de clérigos, pues tras pronunciar unas palabras logró escapar «de entre más de quarenta hombres […] que no ouieron poder de prenderla»50.

  • 51 Ibidem, p. 111.

29Otro problema al que se enfrentaban con frecuencia estas mujeres eran los malos tratos que les propinaban los sacerdotes con los que convivían. Ese fue el caso de Juana de Cabrejas, quien vivió un tiempo en San Esteban de Gormaz con un cura que «e daua mala vida», pues era un hombre muy celoso. La situación debía ser tan pública y notoria que una vecina, Marina Sánchez, le animó a hacer algo para evitarla; ante la incapacidad de Juana para reconducir su vida, le propuso ayudarla con un sortilegio, a cambio de una compensación económica. De modo que se puede deducir que Marina también debía estar en una situación de vulnerabilidad, pues era viuda. Así que posiblemente si ofreció su ayuda fue para sacar algún provecho económico de la misma, no por simple solidaridad. No se nos informa del resultado del sortilegio, pero sí se indica en la documentación que nueve o diez años después Juana había cambiado de residencia (vivía en Burgo de Osma) y residía con otro sacerdote, un canónigo de la catedral, Bartolomé Martínez. Se la identifica como ama del canónigo, no como su manceba, pero es posible que se trate de un eufemismo. Si esta segunda opción es la cierta, Juana habría mejorado su situación, pues su anterior pareja era un simple clérigo51.

30Esta historia puede ser, igualmente, ilustrativa de la situación en la que se encontraban estas mujeres, marcadas de tal forma que parece que la opción matrimonial no tenía mucha cabida, así que, muy posiblemente, se veían obligadas a pasar de un clérigo a otro, buscando la mejor solución para una existencia inevitablemente precaria. Cierto es que, aunque no parece ser lo más habitual, a veces podían salir de ese círculo vicioso y contraer matrimonio. Ese fue el caso de Mari Flores, quien se casó con un primo de la ya citada Leonor Díaz, mujer de Arias Díaz; una vez tuvo lugar el matrimonio, Leonor le dijo a Mari que «mirase, pues se avía juntado con gente de tanta onrra, que no tuviesen que dezir della más de lo dicho», pues previamente había estado amancebada con un clérigo, con el que había llegado a tener un hijo.

31A veces, los procesos nos informan también del acoso que experimentaban ciertas mujeres por eclesiásticos que pretendían convertirlas en sus mancebas. La ya mencionada Juana, mujer de Juan de Córdoba, denunció en su pliego de tachas el asedio al que estaba siendo sometida por un tal fray Domingo, quien quería conseguir que fuera su manceba; para lograr que accediera a sus propósitos, amenazaba con denunciar falsamente a su marido ante los inquisidores, pero la mujer no se plegó a sus deseos lascivos y lo cierto es que el fraile no cumplió su amenaza. Como es evidente, los eclesiásticos no siempre escogían por mancebas a mujeres solteras: también las casadas podían convertirse en sus concubinas, como sucedió con los clérigos Juan Ruiz y Pedro de Piña, amancebados con Lucía, mujer de Huerta, y su hermana, Antonia Ruiz, mujer de Pascual Ruiz; los cuatro pecaban juntos, como se dice en el proceso de su vecina, la ya mencionada Catalina López, mujer de Alonso de Chinchilla, quien parecía estar convencida de que entre ellos existía una relación muy especial, marcada por el libertinaje.

  • 52 Véase Adelina SARRIÓN MORA, Sexualidad y confesión. La solicitación ante el Tribunal del Santo Ofic (...)

32No es posible saber las circunstancias en las que los eclesiásticos manifestaban sus deseos de amancebamiento a las mujeres afectadas, pues no se reflejan en la documentación consultada. Pero cabe preguntarse si, como sucedió de forma habitual en la Edad Moderna, se empleó para ello el confesionario. En efecto, desde el siglo XVI el Santo Oficio persiguió el delito de solicitación, que, a tenor de la información que se conserva, debió de ser realmente muy frecuente52. En la documentación analizada sí se localiza el caso de Fray Diego Sarmiento, mencionado en el ya citado proceso contra Pedro Serrano; el fraile, predicador de don Alfonso Téllez, fue expulsado de Puebla de Montalbán cuando se descubrió que practicaba la solicitación, parece ser que sin éxito.

  • 53 Véase M. del P. RÁBADE OBRADÓ, «Las dudas del hereje. El proceso inquisitorial contra Andrés Gonzál (...)

33La condescendencia habitual hacia los clérigos concubinarios se rompía cuando la condición de sus mancebas tenía ciertas peculiaridades. Andrés González de Alía53 tuvo la mala suerte de enamorarse de una criptojudía, Isabel, con la que le ligó «una afición del loco querer», así que se comprometió con ella, asegurándola que «nunca la dexaría, e faría con ella commo sy fuese su marido e esposo». No era la primera vez que quebrantaba el celibato: ya había estado amancebado con otra mujer, con la que había llegado a tener un hijo, aunque tanto ella como la criatura fallecieron prematuramente. Pero su relación con Isabel tenía unas connotaciones muy especiales, de modo que contribuyó de forma importante a que la vida del clérigo se consumiera en las hogueras inquisitoriales, pues a los inquisidores consideraron demostrado que, además de conducirle por el pecado de la carne, le había llevado por otros derroteros mucho peores, y susceptibles de contaminar a sus feligreses, como era el seguimiento de la herejía criptojudía.

  • 54 AHN, IT, lg. 178, nº 13.

34Muchos eclesiásticos concubinarios hacían vida familiar con su manceba y los hijos que pudieran nacer de su relación, e incluso con los nietos. Así, en el proceso contra Inés Rodríguez de San Pedro se indica que el clérigo Rodrigo de Rojas vivía con su hija y su nieto Francisco54. En el proceso contra Pedro Serrano, ya mencionado, se comenta el caso del sacerdote Juan Alonso, quien vivía con su manceba, su hija y su nieto, con la particularidad de que su hija también estaba amancebada.

Los hijos bastardos

  • 55 Véase, por ejemplo, Carole AVIGNON (dir.), Bâtards et bâtardises dans l’Europe médiévale et moderne(...)

35La presencia de bastardos debió ser relativamente habitual durante los tiempos medievales55. Aunque no habitual en los libros de testificaciones, en los pliegos de tachas no faltan las referencias a los bastardos, pues su existencia era fuente de disputas y problemas, que es, al fin y al cabo, la cuestión esencial en torno a las cual giran las tachas.

  • 56 AHN, IT, lg. 181, nº 11.
  • 57 AHN, IT, lg. 133, nº 2.

36La bastardía era tan determinante, marcaba de tal forma, que algunos llevaban ese epíteto. Tal le sucedió a Gonzalo Fernández, apodado el Bastardo. Su hijo, Bartolomé Ruiz, que fue procesado por la Inquisición56, también era conocido por tal apodo, como si la condición de bastardo fuera hereditaria. Pese a ello, Gonzalo llevó una vida relativamente normalizada: ejerció un oficio artesanal, como era el de tintorero; se casó con una tal Aldonza y tuvo a sus propios hijos, en este caso legítimos. Bien es verdad que cabe preguntarse si su profesión, no bien valorada durante el Medievo, está vinculada, de alguna forma, con la mácula que llevaba por su nacimiento. En algunos casos, la bastardía parece llevarse, incluso, en el apellido. En el proceso contra Mencía Alonso, mujer de Gonzalo Vázquez57, se menciona a un tal Diego Bastardo, del que se ofrece tan poca información que resulta imposible conocer sus circunstancias personales, pues tan sólo se alude a una disputa con un sobrino de la encausada cuando ambos hombres estaban en las cárceles inquisitoriales, tras la cual Diego, que fue abofeteado durante la pelea, amenazó con acusar falsamente ante los inquisidores a su agresor y a todos sus parientes.

  • 58 AHN, IT, lg. 154, nº 7.

37Pero también en las fuentes inquisitoriales se observa una cierta normalización y aceptación de la bastardía, aunque parece evidente que esto era así sólo cuando se imponía la existencia de una relación paterno-filial relativamente fluida. Ese parece haber sido el caso de Gonzalo Díaz, que incluso dejó herencia a su bastardo, Álvaro de Ocaña. El problema es que la viuda, Isabel González, que se llevaba muy mal con Álvaro, fue quien se encargó de gestionar el reparto de la herencia, circunstancia que dio lugar a una terrible disputa, durante la cual el bastardo amenazó con denunciar a la viuda ante los inquisidores, aunque no cumplió su amenaza58. Este caso ejemplifica las dificultades que podía causar la presencia de un bastardo en el seno de una familia: la aceptación no siempre estaba garantizada, pese a que hubiera una voluntad paterna en este sentido. Los problemas podían, además, estar garantizados si el padre fallecía y el bastardo quedaba en manos inadecuadas. En el ya citado proceso de Aldonza Núñez, mujer de Lope de Vera, se menciona el caso de la hija bastarda de su hermano, María, una muchacha de mala condición, quien había quedado en manos de la viuda de su padre, Beatriz Núñez. La chica recibía continuos castigos para que se corrigiera, aunque Beatriz tampoco era un ejemplo a seguir: tras enviudar, se había convertido en la amante del marido de la acusada. Precisamente la situación en la que quedaban los hijos bastardos era una fuente frecuente de conflictos. En el citado proceso contra Leonor Díaz, mujer de Arias Díaz, se alude a otra Leonor, mujer de Gonzalo Fernández, quien tuvo dos hijos con otro hombre; su suegro, soliviantado con la situación, la arrebató a las dos criaturas y las llevó con su padre para que este se encargara de su crianza.

38También en algunas ocasiones la bastardía era sospechada, pero no necesariamente real. Por ejemplo, en el mencionado proceso de Beatriz González, la Golisa, esta reconoce que reñía mucho con su cuñada, a la que consideraba una mala mujer, y esta última la recordaba que había tardado mucho en ser madre, lo que, en su opinión, demostraba que su vástago no era hijo de su marido, sino el bastardo de otro hombre.

  • 59 M. del P. RÁBADE OBRADÓ, «El proceso inquisitorial contra Fernando de la Fuente, veterano de la gue (...)

39Como es evidente, la existencia de hijos bastardos era, muchas veces, consecuencia del adulterio. Ese fue, por ejemplo, el caso de una hija de Fernando de la Fuente, que debía ser todo un personaje, tal como parece indicar su proceso inquisitorial59. La niña nació como consecuencia de una relación adúltera de su padre, quien a la sazón estaba casado con una mujer que falleció cuando su hija todavía era muy niña. Una vez que enviudó, la madre soltera, que respondía al nombre de Catalina Páez, trató, inútilmente, de conseguir que se casara con ella, para resolver su situación y la de su hija. Fernando se negó y Catalina desistió del ansiado matrimonio, pero la que continuó empeñada en conseguir que la boda se llevara a cabo fue su madre, Teresa Páez, que no paraba de importunar al padre de su nieta, con el que tuvo muchos problemas por ese motivo; tantos, que Fernando la incluyó en su pliego de tachas, considerando que podía haberle levantado falso testimonio, por el odio que sentía hacia él.

  • 60 AHN, IT, lg. 132, nº 7.

40También en estos casos se evidencia la doble vara de medir: las mujeres suelen salir peor paradas que los hombres, como demuestra el anterior ejemplo, con la abuela de la hija ilegítima de Fernando de la Fuente mendigando un matrimonio que legitimara la situación de su nieta y convirtiera en mujer honrada a su hija. La existencia de un hijo bastardo fue también el motivo de las continuas disputas entre Isabel Alfonso, mujer de Gonzalo Díaz, y Mari Flores; antaño amigas, ambas acabaron enfrentadas después de que Mari tuviera una relación adúltera de la que nació un niño. Isabel se convirtió entonces en la censora de su antigua amiga, a la que recriminaba continuamente por su liviandad. Las reconvenciones llegaron a ser tan duras, que Mari tomó la decisión de testificar contra Isabel, para vengarse de ella60. Por poner algún ejemplo más: en el proceso de la ya citada Aldonza Rodríguez se alude a una tal Lucía, que mientras era su criada se acostó con su marido, con quien llegó a tener una hija; como consecuencia de todo esto, la joven fue despedida sin salario, y aunque no se puede establecer una relación de causa-efecto, en el proceso también se indica que vivía amancebada con un tal Covarrubias. Así que quien nacía bastardo tenía que enfrentarse a ese estigma, pero era la madre quien quedaba más claramente marcada, mientras que el padre permanecía en una posición mucho mejor, en la mayor parte de los casos sin tener que afrontar consecuencias negativas, o al menos eso es lo que parecen sugerir las fuentes.

Las mujeres livianas

  • 61 Se trata de uno de esos «elementos de descrédito o menosprecio» que afectaban a las mujeres durante (...)

41Su presencia también es frecuente en las fuentes inquisitoriales. Las acusaciones de liviandad son habituales para tratar de desacreditar los testimonios femeninos, pues la mácula que se lanzaba contra una mujer cuando se le acusaba de comportamientos sexuales inapropiados dejaba una fuerte impronta61. Bien es verdad que no solamente las mujeres eran acusadas de livianas: también se utilizaba la palabra para calificar a algunos varones, aunque es más habitual su uso en relación con las mujeres. Por ejemplo, la ya citada María González, mujer de Mendo de Bonilla, tachó el testimonio de un tal Marquillos, al que acusaba de ser «de tan poco seso […] e de tanta liviandad que por quien quiera e por muy poco preçio puede ser atraído a desir contra mí». En efecto, si en el caso de las mujeres la liviandad se suele asociar con la ligereza de las conductas sexuales, en el caso de los hombres la liviandad suele asociarse con otras cuestiones, que frecuentemente nada tienen que ver con la sexualidad.

42En ocasiones simplemente se indica la liviandad de la tachada, recurriendo con frecuencia al insulto sexual por excelencia contra las mujeres: puta. Por ejemplo, nuestro viejo conocido Fernando de la Fuente calificaba con frecuencia a la criada de sus vecinos, con los que tenía muy mala relación, de «puta judiuela», pues ella también era judeoconversa y sus padres habían sido quemados por la Inquisición, hecho en el que insistió Fernando en su pliego de tachas. Tal vez pueda resultar un tanto temerario, pero la pregunta que cabe hacerse es si el encausado trató de establecer, cuando formuló su tacha, algún tipo de relación entre la liviandad de la criada de sus vecinos y la mancha de un origen familiar marcado por el criptojudaísmo, como si la deslealtad al cristianismo, fuera, también, el origen de comportamientos sexuales errados. Sí estableció esa relación la citada Mencía Alonso, mujer de Gonzalo Vázquez, quien tachó el posible testimonio de Leonor González, viuda de Alfonso González, pues «era mujer muy liviana y de poca conçiençia y por tal se apartó de la fe y fue condenada por erege».

  • 62 Haim BEINART, Records…, p. 30-31.

43Si puta es la palabra que se utilizaba en el contexto de disputas y arrebatos, habitualmente las mujeres de las que se sospechaba una conducta sexual inapropiada eran calificadas de livianas, también de malas mujeres, quizá para evitar a los inquisidores escuchar una palabra malsonante. Son muchos los ejemplos que podrían aducirse en este sentido. Nuestra vieja conocida Marina González calificó de «livyana e de malas costumbres» a Mayor, mujer de Juan de Villareal, asentando esas afirmaciones sobre las circunstancias que rodeaban la vida de la tachada, pues recordaba ante los inquisidores que Mayor «andaua perdida con algunos [hombres]», y además había tenido un hijo con Men Rodríguez, aunque estaba casada con el ya mencionado Juan de Villareal62. En el ya citado proceso contra Isabel Sánchez, mujer de Gonzalo del Campo se alude a «las puterías» de Leonor González, mujer de un tal Calderón; aunque no se menciona en qué consistían, se dice que un hermano de la acusada le regaló al marido un látigo para que la castigara, cosa que no hizo, pues era peor que ella, además de un títere en sus manos.

  • 63 Ibidem, p. 25 y 23, respectivamente.

44En otros casos, sin embargo, sí se profundiza en los motivos específicos en los que se concreta la liviandad de la tachada. Por ejemplo, la recientemente mencionada Marina González, que quizá tenía una especial sensibilidad en relación con las conductas sexuales desviadas, tachó a varias mujeres a las que señaló por sus comportamientos livianos, que la encausada no dudaba en afear y criticar. Así, tachó el posible testimonio de Juana de la Cadena, mujer de un primo suyo, Diego Falcón, a la que acusaba de ser «persona herrada antes de casarse»; pero parece que tras su matrimonio siguió en las mismas, porque Marina dice de ella que «se echaua con tantos escuderos» que pasaban por su casa, algo que le parecía «feo a Dios y al mundo». La encausada, dispuesta a proteger la honra de su primo, le confrontó con tan terrible realidad, en el contexto de una discusión que debió resultar bastante desagradable, y en la que el atribulado Diego defendió a su mujer, asegurando que lo que decía su prima «non era verdad», tras escuchar que esta le recriminaba su incapacidad para contener a su mujer: «¡enhorabuena primo, consyntaes tal cosa!». Juana de la Cadena testificó, en efecto, contra Marina63.

  • 64 Ibidem, p. 25-26.

45Quien también había tenido sus más y sus menos con otra Juana, hija de un tal Carrillo y mujer del carnicero Juan, antigua criada suya. En este caso, hubo de por medio desencuentros económicos, incluso malos tratos, pues le daba «muchas feridas» a su criada. Para acabar de justificar la tacha, se afirmaba que Juana era «puta y borracha y alcahueta», aclarando que, precisamente por ese motivo, había sido públicamente azotada en Almagro, donde residía. Obsérvese como a las conductas sexuales inapropiadas se une también otro desorden como es la ebriedad, que se consideraba especialmente negativo en el caso de las mujeres. Pese a todo, Juana no testificó contra Marina64.

Conclusiones

46Se ha tratado de poner de relieve el reflejo en las documentación inquisitorial de la materia sexual, no como objetivo por parte de los inquisidores, pues en la época a la que me he referido todavía no lo era, pero sí como una cuestión colateral que afectaba a la actividad del Santo Oficio, pues muchas veces los inquisidores tenían que lidiar con la valoración de conductas sexuales inapropiadas para apreciar la veracidad o falsedad de los testimonios que se presentaban ante ellos, y es de suponer que también las evaluaban cuando los protagonistas de ese tipo de conductas eran aquellos a los que juzgaban.

  • 65 J. VERDON, op. cit., p. 184.
  • 66 Véanse las interesantes reflexiones que plantea Leah OTIS-COUR, Historia de la pareja en la Edad Me (...)

47Como es evidente, la alusión a esas conductas sexuales inapropiadas en la documentación inquisitorial supone el reflejo de realidades que estaban muy extendidas, de comportamientos que tenían una importante presencia, pese a la condena moral que, en principio, debía implicar ese tipo de procederes. Pero parece que existía una cierta normalización de los mismos, de tal forma que no suponían, necesariamente, una estigmatización de sus protagonistas. Algo que contribuye a fundamentar la extendida idea que de «el pueblo llano […] disfrutaba de mayor libertad en el plano de los sentimientos»65, con las lógicas consecuencias en relación con las uniones matrimoniales y los usos amorosos66. Igualmente, se ha ratificado la presencia de una doble vara de medir: hombres y mujeres no se enfrentaban a la misma desaprobación. Los pecados sexuales de los varones tendían a ser minusvalorados, eran vistos con una evidente condescendencia; por el contrario, en el caso de las mujeres la reprobación era siempre mayor y podía tener consecuencias más evidentes.

48Como se ha hecho patente, las fuentes inquisitoriales tienen un gran potencial en relación con el tema objeto de este trabajo, que puede ser contemplado bajo una luz diferente de la habitual, pues, para empezar, se muestra la distancia que existía entre las leyes y las realidades de la vida cotidiana. Aunque no era el objetivo de este trabajo, sería interesante establecer una comparación entre la rígida dureza de las leyes y la lenidad y ductilidad que se vislumbra en las prácticas habituales.

  • 67 En palabras de Adeline RUCQUOI, «Mancilla y limpieza: la obsesión por el pecado en Castilla. Fines (...)

49Asimismo, las fuentes ofrecen la imagen de una sociedad en la que la promiscuidad y el pecado parecen campar a sus anchas, moviéndose entre la evidente reprobación de algunos y la –también evidente– indiferencia de otros. Choca esa realidad con la representación habitual, que nos coloca ante una sociedad en la que estaría muy extendida «la obsesión por el pecado», convirtiendo esa cuestión en «agobiante»67. Pero parece que en la vida cotidiana esa supuesta obsesión estaba bastante limitada, hasta el punto de que pecados y pecadores proliferaban, sin enfrentarse al merecido castigo, para desesperación de los que abominaban de esa situación, escandalizándose ante comportamientos sexuales transgresores, que a veces parecían sobrepasar todos los límites posibles: en el citado proceso de Aldonza Rodríguez se afirma que su antigua criada, María de Valdemoro, era manceba del sacristán de una iglesia y la pareja aprovechaba cuando el templo estaba vacío para tener allí relaciones sexuales.

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Notes

1 María José COLLANTES DE TERÁN DE LA HERA, «El sexo y la Inquisición», Revue de l’Institut des Langues et Cultures d’Europe, Amérique, Afrique, Asie et Australie, 33, 2018, revista en línea, https://journals.openedition.org/ilcea/4986, p. 1. Consultada el 19 de enero de 2025.

2 María Ángeles HERNÁNDEZ BERMEJO e Isabel TESTÓN NÚÑEZ, «La sexualidad prohibida y el Tribunal de la Inquisición de Llerena», Revista de Estudios Extremeños, 44-3, 1988, p. 623-660, p. 625

3 Sobre la relación entre sexualidad y herejía, véase Christian GRASSO y Massimo MIGLIO (eds.), Eretico ed erotico nel Medioevo. Atti del Convegno Internazionale di Studi (Roma, 1-2 dicembre 2016), Roma: Istituto Storico per il Medioevo, 2019. Por su parte, la producción bibliográfica sobre sexo y sexualidad en el Medievo es muy abundante; a modo de ejemplo, se pueden consultar los trabajos recientemente compilados en Ruth EVANS (ed.), A cultural history of sexuality in the Middle Ages, Londres y Nueva York: Bloomsbury, 2021.

4 En Miguel Ángel LADERO QUESADA, Persona y mundo en la Edad Media. Algunos fundamentos de la cultura europea, Madrid: Dykinson, 2023, p. 518, nota 45, se ofrece un elenco de algunas obras fundamentales sobre la sexualidad en la Edad Media.

5 Acerca de los pliegos de tachas, Bruno AGUILERA BARCHET, «El procedimiento de la Inquisición Española», en: José PÉREZ VILLANUEVA y Bartolomé ESCANDELL BONET (dirs.), Historia de la Inquisición en España y América, 3 vols., Madrid: BAC, 1984-1993, 2, p. 334-358.

6 Una presentación general de los libros de testificaciones, en Miguel JIMÉNEZ MONTESERÍN y Jacob MARTÍNEZ LÓPEZ, «Los judeoconversos y la Inquisición en Cuenca. De la conversión a la persecución», en: Anita GONZÁLEZ-RAYMOND y Raphael CARRASCO (eds.), Las razones del Santo Oficio, Montpellier: Presses Universitaires de la Méditerranée, 2022, p.  79-142.

7 En palabras de Jean VERDON, El amor en la Edad Media. La carne, el sexo y el sentimiento, Barcelona: Paidós, 2008, p. 12.

8 Archivo Histórico Nacional (desde ahora, AHN), Inquisición de Toledo (desde ahora, IT), lg. 155, nº 18. Una visión general sobre esta cuestión, en María Teresa LÓPEZ BELTRÁN, «Delitos sexuales en Castilla a fines de la Edad Media: el pecado nefando», en: María Inés CARZOLIO DE ROSSI, Rosa Isabel FERNÁNDEZ PRIETO y Cecilia LAGUNAS (eds.), El Antiguo Régimen, una mirada de dos mundos: España y América, Buenos Aires: Prometeo, 2010, p. 175-194. Se trataba de una acusación muy grave, como recuerda Jesús Ángel SOLÓRZANO TELECHEA, «Poder, sexo y ley: la persecución de la sodomía en los tribunales de la Castilla de los Trastámara», Clio & crimen, 9, 2013, p. 285-396: «la acusación de haber cometido el delito de sodomía en el caso de los hombres y de adulterio en el de las mujeres provocaba la infamia» (p. 287); este último trabajo está basada en una amplia bibliografía sobre el tema, que aquí no se cita por falta de espacio (véase, sobre todo, nota 5, p. 288). En el marco cronológico de este trabajo la Inquisición todavía no perseguía la sodomía, aunque no tardó mucho en hacerlo, como puede comprobarse a través del estudio pionero de Raphäel CARRASCO, «Le châtiment de la sodomie sous l’inquisition (XVI-XVIIe siècle)», en: Alain CORBIN (ed.), Violences sexuelles (Mentalités: histoire des cultures et des sociétés), París: Imago, 1989, p. 53-69.

9 En el proceso contra Alonso Núñez de Sevilla, AHN, IT, lg. 168, nº 6.

10 El amancebamiento era una realidad bastante común, a la par que multifacética; sobre esta cuestión, véase Ricardo CÓRDOBA DE LA LLAVE, «A una mesa y una cama. Barraganía y amancebamiento a fines de la Edad Media», en: María Isabel CARRERO SECALL y Rosa FRANCIA SOMALO (coords.), Saber y vivir: mujer, Antigüedad y Medievo, Málaga: Universidad de Málaga, 1996, p. 129-153.

11 Carlos CARRETE PARRONDO y María J. CASTAÑO GONZÁLEZ, Fontes Iudaeorum Regni Castellae. IV: El Tribunal de la Inquisición en el Obispado de Soria (1486-1502), Salamanca: Universidad Pontificia de Salamanca, 1985, p. 381.

12 Ibidem, p. 144.

13 AHN, IT, lg. 140, nº 3.

14 Las relaciones sexuales entre judíos y cristianos eran consideradas como una transgresión que debía ser duramente castigada. Desde el siglo XIII existe una importante legislación en ese sentido. Véase, por ejemplo, el trabajo de Plácido FERNÁNDEZ-VIAGAS ESCUDERO, «Las relaciones sexuales entre miembros de minorías religiosas y mujeres cristianas en la Séptima Partida. Un estudio interdisciplinar de las leyes 7.24.9 y 7.25.10», En la España Medieval, 40, 2017, p. 269-308.

15 El proceso ha sido estudiado por María del Pilar RÁBADE OBRADÓ, «Sobrevivir a la Inquisición: el proceso de Diego de Alba (197-1498)», En la España Medieval, 29, 2006, p. 347-357.

16 C. CARRETE PARRONDO y C. FRAILE CONDE, Op. cit., p. 161.

17 AHN, IT, lg. 154, nº 7. Aunque tiempo después, la bigamia acabó siendo reprimida por la Inquisición; véase Henar PIZARRO LLORENTE, «Mujer y matrimonio. El interés de la Inquisición por la persecución de la bigamia», Edad de oro. Revista de Filología Hispánica, 38, 2019, p. 159-171.

18 Una visión general en Ángel Luis MOLINA MOLINA, «La prostitución en la Castilla bajomedieval», Clío & Crimen, 5, 2008, p. 138-150.

19 AHN, IT, lg. 143, nº 9.

20 AHN, IT, lg. 176, nº 6.

21 AHN, IT, lg. 159, nº 13.

22 AHN, IT, lg. 183, nº17.

23 Se puede consultar Ana E. ORTEGA BAÚN, «La otra delincuencia femenina relacionada con la sexualidad en la Castilla Medieval: lesbianismo, huida del cónyuge, alcahuetería, colaboración en violación, concubinato clerical y aborto», Clio & Crimen, 17, 2020, p. 67-92.

24 Haim BEINART, Records of the trials of the Spanish Inquisition in Ciudad Real. 2: 1494-1512, Jerusalén : The Israel Academy of Sciences and Humanities, 1977, p. 108.

25 AHN, IT, lg. 160, nº 5.

26 Ana E. ORTEGA BAÚN, «Su belleza es su perdición: mujer y sexualidad en Castilla. El ejemplo de 1200-1350”, en: María Isabel del VAL y Juan Francisco JIMÉNEZ ALCÁZAR (eds.), Las mujeres en la Edad Media, Murcia: Sociedad Española de Estudios Medievales, 2013, p. 363-374: «la belleza femenina bascula entre el don y la maldición», pues «puede arruinar a una mujer o también encumbrarla, destinos en los que la sexualidad tiene mucho que ve, pues el buen parecido físico excita a los hombres» (p. 364).

27 Véase Ricardo CÓRDOBA DE LA LLAVE, «Consideraciones en torno al delito de agresión sexual en la Edad Media», Clio & Crimen, 5, 2008, p. 187-202.

28 AHN, IT, lg. 176, nº 6.

29 AHN, IT, lg. 153, nº 11.

30 AHN, IT, lg. 158, nº 19.

31 C. CARRETE PARRONDO y M. J. CASTAÑO GONZÁLEZ, op. cit., p. 85. El exhibicionismo no es un tema habitual de estudio en relación con el Medievo, si se descarta el vinculado con las manifestaciones iconográficas; en este sentido, resultan de interés las reflexiones de Gil BARTHOLEYNS, Pierre-Olivier DITTMAR y Vincent JOLIVET, Image et trangression au Moyen âge, París: PUF, 2008, p. 108-118.

32 La bibliografía relativa a esta cuestión en relación con la España Medieval es escasa y está vinculada con la historia de la literatura. Véase, como visión general del tema, la monografía de Elizabeth ARCHIBALD, Incest and the medieval imagination, Oxford: Oxford University Press, 2001.

33 C. CARRETE PARRONDO y M. J. CASTAÑO GONZÁLEZ, op. cit., p. 144.

34 Véase la visión general ofrecida por Ricardo CÓRDOBA DE LA LLAVE, «Adulterio, sexo y violencia en la Castilla Medieval», Espacio, Tiempo y Forma. Serie III Historia Medieval, 7, 1994, p. 153-184, así como Iñaki BAZÁN DÍAZ, «El pecado y el delito de adulterio en la Castilla Medieval. Transgresión del modelo de sexualidad conyugal y su castigo», en: Pedro Luis HUERTA HUERTA (coord.), Arte y sexualidad de los siglos del Románico: imágenes y contextos, Aguilar de Campóo: Centro de Estudios del Románico, 2018, p. 11-51.

35 Sobre la existencia y consecuencias de este tipo de calumnias, véase Ana E. ORTEGA BAÚN, «Honor femenino, manipulación de la fama y sexualidad en la Castilla de entre 1200 y 1550», Clio & Crimen, 13, 2016, p. 75-98. Bien es verdad que también los hombres podían ser objeto de calumnias similares: en el proceso contra María González, mujer de Mendo de Bonilla, se menciona un caso en ese sentido (AHN, IT, lg. 154, nº 3).

36 H. BEINART, op. cit., p. 26.

37 Ibidem, p. 31.

38 C. CARRETE PARRONDO y M. J. CASTAÑO GONZÁLEZ, op. cit., p. 131.

39 AHN, IT, lg. 134, nº 12.

40 También es cierto que el ejercicio de esa posición de superioridad podía estar acompañado de un enamoramiento, más o menos profundo. En el proceso contra Aldonza Rodríguez (AHN, IT, lg. 176, nº 15) se menciona el caso de Francisca, hija de Miguel Bermejo, que mientras era criada de la acusada tuvo amores con su marido, por lo que fue expulsada de la casa por la agraviada, sin recibir el salario correspondiente; aunque toleró lo que sucedió, parece que el marido de Aldonza no olvidó fácilmente a Francisca, a quien dejó algunos bienes en virtud de su testamento, si bien nunca pudo conseguir su posesión, porque la viuda se negó a entregárselos, y cuando Francisca pleiteó con ella la justicia dio la razón a Aldonza.

41 Esta segunda opción parece menos frecuente, pero algún caso hay. Por ejemplo, el de un hermano de Aldonza Núñez, mujer de Lope de Vera, que tenía amores con una criada de la casa paterna, de nombre Gracia; cuando su hermana se enteró, se lo comunicó inmediatamente a su padre, que despidió a la sirvienta (AHN, IT, lg. 168, nº 5).

42 C. CARRETE PARRONDO y C. FRAILE CONDE, op. cit., p. 81-82.

43 Sobre esta cuestión, véase Iñaki BAZÁN DÍAZ, «El estupro. Sexualidad delictiva en la Baja Edad Media y primera Edad Moderna», Mélanges de la Casa de Velázquez, 33, 2003, p. 13-46. Es posible que algunas relaciones adúlteras en las que se vieron involucradas criadas fueran, también, estupros, aunque las fuentes analizadas no permiten confirmar esta hipótesis.

44 En la Edad Media, las mujeres que cometían adulterio eran consideradas pecadoras y delincuentes, y además se convertían en víctimas «de la violencia legal que se ejerce en aplicación del derecho penal» (p. 174), como también podían convertirse en víctimas de la violencia ejercida por el marido o por sus parientes (p. 180), como recuerda Juan Miguel MENDOZA GARRIDO, «Mujeres adúlteras en la Castilla Medieval. Delincuentes y víctimas», Clio & Crimen, 5, 2008, p. 151-186.

45 AHN, IT, lg. 184, nº 10.

46 AHN, IT, lg. 184, nº 8.

47 AHN, IT, lg. 164, nº 1.

48 C. CARRETE PARRONDO y M. J. CASTAÑO GONZÁLEZ, op. cit., p. 152.

49 Véase Ana E. ORTEGA BAÚN, «Luz y oscuridad: apuntes sobre el concubinato de los clérigos en Castilla (siglos XI-XV)», Hispania: revista española de Historia, 78/258, 2018, p. 11-38.

50 C. CARRETE PARRONDO y M. J. CASTAÑO GONZÁLEZ, op. cit., p. 21-22.

51 Ibidem, p. 111.

52 Véase Adelina SARRIÓN MORA, Sexualidad y confesión. La solicitación ante el Tribunal del Santo Oficio (siglos XVI-XIX), Cuenca: Ediciones de la Universidad de Castilla-La Mancha, 2010.

53 Véase M. del P. RÁBADE OBRADÓ, «Las dudas del hereje. El proceso inquisitorial contra Andrés González de Alía (1486)», en: Beatriz ARIZAGA BOLUMBURU et al. (coords), Mundos medievales: espacios, sociedades y poder. Homenaje al Profesor José Ángel García de Cortázar y Ruiz de Aguirre, Santander: Universidad de Cantabria, 2012, 2, p. 1801-1812.

54 AHN, IT, lg. 178, nº 13.

55 Véase, por ejemplo, Carole AVIGNON (dir.), Bâtards et bâtardises dans l’Europe médiévale et moderne, Rennes: Presses Universitaires de Rennes, 2016, DOI: 0.4000/books.pur.44716  . Consultado 21-6-2025.

56 AHN, IT, lg. 181, nº 11.

57 AHN, IT, lg. 133, nº 2.

58 AHN, IT, lg. 154, nº 7.

59 M. del P. RÁBADE OBRADÓ, «El proceso inquisitorial contra Fernando de la Fuente, veterano de la guerra de Granada (1505-1506)», en: María Isabel del VAL y Pascual MARTÍNEZ SOPENA (dirs.), Castilla y el mundo feudal. Homenaje al Profesor Julio Valdeón, Valladolid: Consejería de Cultura y Turismo de la Junta de Castilla y León y Universidad de Valladolid, 2009, 2, p. 319-331.

60 AHN, IT, lg. 132, nº 7.

61 Se trata de uno de esos «elementos de descrédito o menosprecio» que afectaban a las mujeres durante el Medievo», en palabras de M. A. LADERO QUESADA, op. cit., p. 304. En este sentido, no se puede olvidar que «el mayor perjuicio en la consideración de la sexualidad como gran puerta abierta hacia la degradación moral recaía sobre las mujeres, a las que se suponía más próximas a lo carnal y corporal», (p. 484).

62 Haim BEINART, Records…, p. 30-31.

63 Ibidem, p. 25 y 23, respectivamente.

64 Ibidem, p. 25-26.

65 J. VERDON, op. cit., p. 184.

66 Véanse las interesantes reflexiones que plantea Leah OTIS-COUR, Historia de la pareja en la Edad Media, Madrid: Siglo XXI de España, 2000.

67 En palabras de Adeline RUCQUOI, «Mancilla y limpieza: la obsesión por el pecado en Castilla. Fines del siglo XV», en: Os “últimos fins” na cultura ibérica dos séculos XV-XVIII, Oporto: Instituto de Cultura Portuguesa, 1997, p. 113-135, p. 120.

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Pour citer cet article

Référence électronique

María del Pilar Rábade Obradó, « De adulterios, clérigos concubinarios, hijos bastardos y mujeres livianas: su reflejo en las fuentes de la primera inquisición (1483-1505) »e-Spania [En ligne], 52 | Octobre 2025, mis en ligne le 01 octobre 2025, consulté le 08 novembre 2025. URL : http://journals.openedition.org/e-spania/57077 ; DOI : https://doi.org/10.4000/14w8t

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