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Au service du Saint Office

«Un tacaño, ribaldo y borracho, tal como el rey quiere». Fray Juan de Épila, entre la Inquisición dominicana y la fernandina (1478-1492)

José M.ª Cruselles Gómez et Enrique Cruselles Gómez

Résumés

Juan de Épila, frère dominicain, fut inquisiteur pontifical dans le royaume d’Aragon avant l’instauration de l’Inquisition espagnole. À partir de 1484, il devint délégué du nouvel inquisiteur général Torquemada, qui le nomma inquisiteur de Valence. À ce titre, il s’opposa aux autorités locales, qui tentèrent en vain d’empêcher la création du nouveau tribunal. Dans les années suivantes, ses actions entraînèrent une intensification significative de la persécution des convertis. En 1487, il fut démis de ses fonctions et retourna à Saragosse, où il devint prieur du couvent de Santo Domingo. En 1492, il siégea de nouveau dans un tribunal inquisitorial, cette fois dans les diocèses de Huesca et de Lleida. Concernant son caractère, nous connaissons les opinions d’un concitoyen, le jeune clerc Juan de la Caballería, qui dut, en 1486, en répondre devant le tribunal de Valence et de frère Épila lui-même.

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Notes de l’auteur

Este trabajo forma parte de los resultados de los proyectos «Mercados, instituciones e integración económica en el Mediterráneo Occidental (siglos XIII-XVI)», PID2021-128038NB-I00; y «Rompiendo jerarquías. Movilidad social, dinamismo económico y desarrollo institucional en la Europa Mediterránea (siglos XIII-XVI)», CI-PROM/2022/46.

Texte intégral

1En sus orígenes, la Inquisición española se constituyó como continuadora de la Inquisición «medieval», que se apoyaba en la autoridad pontificia y la orden de predicadores. Precisamente, de los estrechos vínculos ideológicos trabados entre los dominicos y aquella Inquisición, obtuvo el proyecto de los Reyes Católicos buena parte de su legitimidad. Desde el siglo XIII, el papa había confiado a las órdenes mendicantes, y especialmente a los dominicos, la lucha contra la herejía, que en origen era una función de los obispos; de hecho, a finales de la Edad Media, los tribunales episcopales seguían teniendo un papel importante como apoyo material de los inquisidores dominicos. Por su parte, el proyecto fernandino pretendía crear un aparato represivo centralizado por la autoridad regia y extendido al conjunto de los territorios de la monarquía, que superara las fronteras políticas y eclesiásticas entre reinos y diócesis. Su modelo era la Inquisición pontificia, capacitada para intervenir en cualquier parte de la Cristiandad latina; su mayor inconveniente, que para adoptarlo en beneficio propio debía contar con la connivencia del papado, origen de su legitimidad, y también con la orden de predicadores, que debía aportarle experiencia y prestigio.

  • 1 Sobre las relaciones establecidas entre la monarquía de los Reyes Católicos y la orden de predicado (...)

2Fernando el Católico reclutó colaboradores tanto entre los dominicos castellanos como entre los catalanes y aragoneses. En Castilla, la protección que los reyes prestaban, desde los primeros y turbulentos años de su reinado, a los «observantes» en sus esfuerzos por arrebatar el control de la llamada provincia dominicana de España a la facción mayoritaria de la orden, los llamados «claustrales», les ganaron el apoyo de los dirigentes de la Congregación de la Observancia, que prestaron importantes servicios diplomáticos en Roma y participaron en la creación del primer tribunal de Sevilla, a finales de 1480. En la Corona de Aragón, donde los observantes eran más débiles y las normativas forales dejaban a la monarquía poco margen de maniobra para apoyarlos decisivamente en su conflicto contra los «claustrales», Fernando intervino a partir de 1479 en las querellas internas de los dominicos, intentando atraerse a alguna de las facciones de «claustrales» que se disputaban el control de la orden. Además, y al contrario que en Castilla, donde no existía la Inquisición pontificia, en la provincia dominicana de Aragón había expertos inquisidores en activo, a los que el monarca no dudó en recurrir. Se cimentó así una estrecha colaboración entre el proyecto inquisitorial regio y una parte de la vieja Inquisición dominicana y pontificia de la Corona de Aragón, cuyo representante más genuino fue Miguel Morillo, que en 1468 era inquisidor de Carcasona por designación del maestro general de los dominicos. En 1475, de manera poco regular y en medio de las habituales disputas internas, Morillo se convirtió en prior provincial de Aragón. Cuando fue destituido en 1479, encontró refugio en la corte regia, donde Fernando le brindó apoyó contra sus rivales y, a finales de 1480, lo puso al frente del tribunal de Sevilla, el primero de la nueva Inquisición, junto con el vicario de la observancia dominicana de Castilla, fray Juan de San Martín1.

3Morillo, con ser el primero, no fue el único de los antiguos inquisidores dominicos incorporados a los primeros tribunales de la Inquisición española. Son pocos los casos en que sabemos algo más que sus nombres, y porque el de Juan de Épila es precisamente uno de ellos, bien puede servirnos como ejemplo del devenir de otros.

Una animada conversación en el camino de Valencia

  • 2 El pebret era un tipo de tejido que tomaba el nombre de su parecido con la pimienta. El término tra (...)

4En el verano de 1486, a finales del mes de agosto, cuatro viajeros partieron de Segorbe con destino a Valencia. Todavía se encontraban cerca de la ciudad del Palancia, en un abrevadero donde probablemente se habían detenido para dar el primer descanso a sus caballerías, cuando fueron alcanzados por un quinto viajero, a quien ninguno de ellos conocía. Montaba una mula negra, vestía un manto de pebret, tenía los ojos claros, era trastavat y le faltaba uno de los dientes superiores2. Venía desde Zaragoza y ese día cabalgaba en solitario, de manera que de buen gusto se unió a la comitiva para seguir viaje. Y como tantos viajeros que se cruzan fugazmente, entablaron conversación. ¿De qué podían hablar para hacer más ameno el trayecto? Entre cuatro valencianos y un zaragozano, en aquel lugar y en aquel momento, no cabe la menor duda de que tocaba hablar de la Inquisición. Los primeros, ávidos de noticias, iniciaron el intercambio preguntando al otro por los hechos de la Inquisición en Zaragoza. No hizo falta más. De la boca del solitario viajero, porque su carácter era en exceso locuaz o porque llevaba varios días sin hablar con nadie, vino a brotar un torrente de opiniones, comentarios y maledicencias sobre el Santo Oficio, sus víctimas, sus funcionarios, los inquisidores de Teruel, Zaragoza y Valencia, y hasta los mismísimos reyes y la guerra de Granada. Llegados a Torres Torres, la charla se interrumpió porque el aragonés quería pasar la noche en Sagunto y el camino se desviaba allí. Los valencianos siguieron viaje. ¿Fue entonces, cuando los cuatro se quedaron de nuevo a solas y pudieron intercambiar impresiones sobre lo sucedido, cuando decidieron denunciar ante la Inquisición a su ocasional compañero de viaje, o la idea ya se había abierto paso en sus cabezas mientras transcurría el coloquio?

5El notario Jaume Gallent, que por su profesión era sin duda el que mejor conocía la delicada situación en la que se encontraría si callaba, fue el primero de ellos en acudir al palacio real de Valencia, que era por entonces la sede del tribunal. No conservamos su declaración porque faltan las primeras páginas del expediente abierto entonces, pero si el encuentro con el aragonés se había producido el viernes 25 de agosto, Gallent declaró el sábado 26 o, como muy tarde, el domingo 27. El mismo día, uno u otro, lo hizo el carpintero Bartomeu Monfort, cuyo testimonio sí conservamos, como los de sus otros compañeros de viaje, el terciopelero Martí Camarelles y el mantero Miquel Bonencontre, un apellido que no puede dejar de antojarse algo sarcástico, dadas las circunstancias. Estos dos últimos se presentaron ante los inquisidores el lunes 28, tal vez cuando supieron que los otros dos se les habían adelantado. El miércoles 30 de agosto volvió a comparecer el notario Jaume Gallent para ratificar un extremo surgido en las otras declaraciones: el viajero aragonés había afirmado que los conversos ejecutados en Zaragoza eran inocentes y habían muerto como mártires.

  • 3 El proceso abierto por el tribunal de la Inquisición de Valencia contra Juan de la Caballería se en (...)

6Los inquisidores no necesitaban oír más para cursar orden de detención al alguacil del tribunal, el caballero Joan Carrasquer; y el mismo día 30 dio con sus huesos en la cárcel del Real un clérigo zaragozano llamado Juan de la Caballería, que había llegado a Valencia unos días después que sus compañeros de viaje, ignorante aún de lo que se le venía encima. Los inquisidores, al contrario que en tantos otros casos, lo llamaron a declarar de manera inmediata, sin esperar a que unos cuantos días de prisión ablandaran su ánimo. Una muestra de impaciencia que tal vez respondía a que uno de ellos, el dominico fray Juan de Épila, también aragonés, se encontraba entre quienes habían sido objeto de las diatribas del reo3.

  • 4 Tomó posesión de la canonjía el 27 de noviembre de 1443; en algún momento anterior a 1461 accedió a (...)

7Es del todo imposible que Épila no supiera quien era Juan de la Caballería: aunque no hubiera mantenido hasta entonces ningún trato directo con él, sin duda lo habría hecho con alguno de sus parientes. La familia Caballería constituía uno de los linajes conversos más ricos e influyentes de Aragón, cuyos miembros desempeñaban cargos destacados en la corte regia y las administraciones municipales, eclesiásticas y regnícolas. De hecho, Juan declaró que había venido a Valencia para ver «al artiaqua, su tío» e informarle de que, entre los difuntos que la Inquisición de Zaragoza había condenado y sacado de sus tumbas, se encontraba «el padre del confessant». Según las actas de los interrogatorios, el joven clérigo nunca mencionó sus nombres, probablemente porque los inquisidores los conocían de sobras. En nuestro caso, es sencillo identificar a su tío con el canónigo y arcediano de la catedral de Valencia, Gonzalo de la Caballería4. Más difícil resulta en el caso de su padre, dada la complejidad que presenta la parentela de los Caballería.

  • 5 En esa fecha era canónigo de la iglesia de Santa María de Daroca y rector de la iglesia parroquial (...)
  • 6 Ibid., p. 495.
  • 7 Ibid., p. 1500; sobre las circunstancias de la muerte de Pedro de la Caballería, Esteban SARASA SÁN (...)
  • 8 S. LOZANO GRACIA, op. cit., p. 1489-1490. Desde 1484, Alfonso de la Caballería ejercía en solitario (...)
  • 9 S. LOZANO GRACIA, op. cit., p. 1451-1452 y 1498-1499.

8Frente a una fuente de carácter propiamente genealógico, como el llamado Libro Verde de Aragón, la documentación notarial recabada por Susana Lozano permite una aproximación más detallada, aunque tampoco está exenta de lagunas. Gonzalo de la Caballería era hijo del mercader Fernando de la Caballería, fallecido en algún momento anterior a 1439, que había sido tesorero del rey Fernando I de Trastámara5. En 1445, cuando estudiaba en la universidad de Lleida, ya había obtenido algunos cargos eclesiásticos en Aragón. En 1446 ostentaba la dignidad de arcediano de Alzira, perteneciente a la catedral de Valencia, a la que en 1452 había añadido la rectoría de Ferreruela6. Tenía cuatro hermanos y tres hermanas. Entre los primeros se encontraba el jurista Pedro de la Caballería, que protagonizó una brillante carrera en los cargos municipales de la ciudad de Zaragoza y de la administración del reino, prematuramente truncada en 1466 por su asesinato a manos de sus enemigos políticos7. Pedro fue, a su vez, el padre de Alfonso de la Caballería, vicecanciller del rey Fernando el Católico, sin duda la figura más destacada del linaje8. Violante, una de las hermanas de Gonzalo, se había casado con el mercader Luis de la Caballería, muerto hacia 1452. La prole de Luis y Violante estaba compuesta a su vez por una hija, llamada también Violante, y cuatro varones: Luis, Pedro, Fernando y Juan. El primero de ellos, Luis de la Caballería, fue tesorero del rey Juan II de Navarra, cargo que antes habían ejercido su abuelo Fernando y también su suegro, el mercader Francisco Baro, fallecido en 1441, con cuya hija Leonor contrajo matrimonio en algún momento anterior a esa fecha9.

  • 10 Monique COMBESCURE-THIRY, Miguel A. MOTIS DOLADER (eds.), El Libro Verde de Aragón, Librería Certez (...)

9El trabajo de Susana Lozano no alcanza la generación siguiente, pero el Libro Verde afirma que un Luis de la Caballería de inciertos orígenes, que «fue thesorero del rey don Joan, padre del Rey Cathólico», tuvo a su vez tres hijos, presumiblemente de su esposa Leonor Baro, llamados Luis, Juan y Gonzalo. Los dos primeros formaron parte del clero de la catedral de Zaragoza, Luis con el cargo de camarero y Juan en la posición más modesta de racionero10. En efecto, en el momento de abjurar de sus errores ante los inquisidores de Valencia, este Juan de la Caballería se identificó a sí mismo como clérigo y «racionero de la Seu de Çaragoça», una condición que aquellos trasmutaron en su sentencia por la de «benefficiat en la ciutat de Çaragoça». Al contrario que en tantos otros casos, en ningún momento le interrogaron sobre su condición de converso ni su linaje. Una proverbial falta de curiosidad que responde, de nuevo, al simple hecho de que ya sabían quién era: el hermano del camarero de la catedral de Zaragoza, el sobrino nieto de un canónigo de la catedral de Valencia, un pariente cercano del vicecanciller del rey.

  • 11 Así lo afirmaban unos años después algunos testigos llamados a declarar en el proceso contra Alfons (...)
  • 12 No hemos localizado el proceso contra el antiguo tesorero Luis de la Caballería, aunque sabemos, po (...)
  • 13 J. GUIRAL-HADZIIOSSIF, op. cit., p. 105-109.

10Las relaciones entre la poderosa familia Caballería y la naciente Inquisición regia fueron ambivalentes en aquellos primeros tiempos. La mayor parte de los miembros destacados del linaje, agrupados tras el vicecanciller Alfonso, asumieron la defensa del tribunal e hicieron valer su influencia en Zaragoza para facilitar su asentamiento y el comienzo de sus actuaciones11. Algunos otros no eran tan proclives, como el camarero de la Seo, Luis de la Caballería, hermano del lenguaraz viajero. Sus motivos estaban condicionados por el previo enfrentamiento que mantenía con uno de los nuevos inquisidores fernandinos, el canónigo Pedro de Arbués. Según señalaron ciertos testigos en el proceso abierto contra Luis unos años más tarde, ambos formaban parte de dos facciones opuestas dentro del cabildo catedral y, tras el nombramiento de Arbués como inquisidor de Zaragoza, sus relaciones empeoraron. Entre los primeros procesos abiertos por los inquisidores, se contaba el incoado contra el antiguo tesorero del rey de Navarra, el padre homónimo del camarero Luis de la Caballería12. Este, llevado de la ira, no se privaba de criticar en público al Santo Oficio ni de lanzar amenazas de muerte contra la persona de su enemigo, llegando a expresar incluso su voluntad de apuñalarlo, una provocación que vino a resultar dramáticamente premonitoria. El asesinato de Arbués en septiembre de 1485 puso al camarero de la Seo en una situación más que delicada y prudentemente se alejó de la ciudad un tiempo. Un testigo informaría más tarde al tribunal de su supuesta reacción ante la violenta muerte del canónigo, que le habría producido, según dijo, la misma impresión «que si hubieran matado a un bloque de piedra». Su condición de sospechoso era palmaria, pero consiguió zafarse porque tenía una buena coartada: aquella noche el camarero de la Seo había dormido con una mujer13.

  • 14 AHN, Inquisición, leg. 942, caja 1 (suelto), fol. 13rº.

11Algunas de las invectivas proferidas por Juan de la Caballería en el camino de Sagunto eran el eco de las que su hermano Luis dedicaba a la Inquisición de Zaragoza y, en definitiva, reflejaban la opinión que allí tenían los detractores del tribunal. Ambos hermanos denunciaban la malicia de los inquisidores, el recurso a testigos falsos, la codicia que estimulaba la confiscación de bienes, los macabros procesos abiertos contra los difuntos, a su propio padre entre ellos, «que podía decir que había visto el día del juyzio, porque en Çaragoça habían citado a los muertos en nombre de cinquenta o sesenta»14. Con la particularidad de que Juan identificaba a los responsables últimos de tantos desmanes, que eran los propios reyes; y advertía a quienes ahora contemplaban con indiferencia toda aquella iniquidad, de que pronto compartirían la misma suerte:

  • 15 Ibid., fol. 4vº, 6vº-7rº, 8vº.

[…] la dita inquisició la portaven molt tirànicament e falsa e mala, per ço com no y eren per lo zel de nostre senyor Déu, sinó per robar los béns de aquelles persones […] y que feta la inquisició contra els convessos se faria contra·ls cristians de natura, e que lo senyor rey y la senyora reyna farian mala perfecció molt prest […] que lo senyor rey fehia la guerra de Granada per mercaderia, que hun any prenia un loch e altre altre perquè duràs la guerra, e durant aquella pogués fer inquisició, e que no feya la inquisició per degun zel de bé, sinó per levar los béns […]15

12Si en Zaragoza su hermano Luis se había despachado a gusto contra el canónigo Arbués, su enemigo personal, Juan de la Caballería no dejaba títere con cabeza. Afirmaba que, en su conjunto, los inquisidores eran gente malvada, porque las personas de bien se habían negado a tomar parte en los perversos planes del rey:

  • 16 AHN, Inquisición, leg. 942, caja 1 (suelto), fol. 4vº; probablemente ese «mestre Figuerola» sea Mig (...)

[…] no feyen la dita inquisició sinó persones de mala conciència e tacanys e ribalts, car lo rey no mena altra gent sinó semblants, per ço que fessen lo que ell volia; que a mestre Figuerola y havien mès, e per ço que ha vist que anaven tacanyament e mala, ell se n’era exit16.

13Pero tampoco le dolían prendas a la hora de particularizar acerca de algunos inquisidores, ya que eran aragoneses y los conocía. El de Teruel, Juan Solivera, era inmodesto y altanero, y hasta había venido a Valencia con gente a caballo, cuando los inquisidores no tenían ninguna necesidad de caballos y tropas, sino de una mula y algún criado. Con fray Juan de Épila y el jurista Pedro Francés, que ahora formaban parte del tribunal de Valencia, se extendió bastante más:

  • 17 Ibid., fol. 5rº.

[…] en València, en la Inquisició, y havia hun mestre Épila que vosotros lo tenéys por santo, e quieros avisar que aquí en Aragón nosotros lo tenemos por hun tacanyo, ribaldo, borracho; y esse es tal como el rey quiere, que el rey no mete sino tales como él porque hagan lo que él quiere; e que un jurista que está en la dicha Inquisició, llamado micer Pedro Francés, es enemigo formado de los convessos, que le dieron en Çaragoça dos bufetes, y por esso es enemigo de los convessos, y es hun tacanyo ribaldo, y no es sino tal como el rey quiere y ellos quieren, por tal que fasa lo que ellos quieren17.

14Tampoco podían faltar unas palabras dedicadas al malogrado Pedro de Arbués: si no fuera porque cuando asesinaban a un inquisidor el rey ponía a otro en su lugar, él mismo «los degollaría dessus manos antes de manyana». Un argumento que, por evidente que resulte en boca de Juan de la Caballería, los asesinos de Arbués nunca llegaron a tomar en consideración.

De inquisidor dominico de Aragón a delegado de Torquemada en Valencia

  • 18 Vincenzo Maria FONTANA, Monumenta dominicana breviter in synopsim collecta, Roma: Niccolò Angelo Ti (...)
  • 19 «Coram reverendo domino fratre Johanne Franco, ordinis predicatorum magistro in sacra theologia, he (...)
  • 20 Sobre la distribución geográfica de los inquisidores dominicos en la Corona de Aragón antes de la n (...)

15En 1474, recién convertido en maestro general de la orden dominicana, el perusino Leonardo Mansueti acreditó inquisidores en toda Europa, incluidos los países de la Corona de Aragón. La noticia de estos nombramientos, obtenida en el archivo central de la orden, fue incorporada por los escritores dominicos posteriores. Por el lombardo Vincenzo Maria Fontana, sabemos que uno de los designados entonces fue el P. Ioannem generalem inquisitorem Aragoniæ18. En realidad, se trataba de una ratificación relacionada con el comienzo del mandato de Mansueti, pues podemos identificar a este «padre Juan» con el dominico fray Juan Franco, maestro en teología, que en 1473 ya actuaba en Zaragoza con el título de inquisidor en todos los reinos y tierras del rey de Aragón citra mare, así como en el condado del Rosellón19. Una jurisdicción muy extensa a primera vista, que en la práctica se limitaba al reino de Aragón propiamente dicho, pues en 1474 Mansueti también designó inquisidores para Cataluña, Valencia, Barcelona y el propio condado del Rosellón; y al año siguiente otros dos para Mallorca y Navarra20.

  • 21 V. M. FONTANA, op. cit., p. 373.
  • 22 José LABAJOS ALONSO, Proceso contra Pedro de Osma, Salamanca: Universidad Pontificia de Salamanca, (...)

16Fontana afirma que, en 1479, el maestro general ratificó otra vez en su cargo al inquisidor de Aragón, y esta vez indica su nombre completo: P. Io. Franco in Aragonia21. Poco antes, en diciembre de 1478, en Zaragoza se había abierto un proceso inquisitorial contra un profesor de la Universidad de Salamanca, Pedro de Osma, a cuenta de las proposiciones supuestamente heréticas que contenían sus obras, preludio de un segundo encausamiento por el arzobispo de Toledo a mediados de 1479. El tribunal zaragozano estaba integrado en aquella ocasión por tres jueces: el vicario general de la diócesis, Miquel Ferrer, y el oficial del arzobispado, Juan de Cervera, doctores ambos en derecho canónico, junto con el dominico fray Juan de Épila, «in sacra teologiæ magister, sanctæ fidei catholicæ locum tenens inquisitoris»22. Así, Épila ejercía por entonces funciones delegadas como substituto del inquisidor de Aragón, cargo que al menos hasta el año siguiente desempeñaría Juan Franco, a quien aquel reemplazó en algún momento posterior.

  • 23 Jerónimo ZURITA, Anales de la Corona de Aragón, ed. de Ángel Canellas López, 8 vols., Zaragoza: Ins (...)
  • 24 Luis de PÁRAMO, De origine et progressu officii Sanctæ Inquisitionis, Madrid: Tipografía Regia, 159 (...)
  • 25 Juan Antonio LLORENTE, Memoria histórica sobre qual ha sido la opinión nacional de España acerca de (...)
  • 26 Francisco DIAGO, Historia de la Provincia de Aragón de la Orden de Predicadores, Barcelona: Provinc (...)
  • 27 Vicente BLASCO DE LANUZA, Historias ecclesiásticas y seculares de Aragón en que se continúan los an (...)

17A día de hoy, fray Juan de Épila ocupa un lugar más que modesto en la historia de la Inquisición española, muy alejado de grandes celebridades como Tomás de Torquemada o Pedro de Arbués; incluso de otros personajes secundarios, poco conocidos también, pero cuyos nombres resultan de obligada referencia para cualquier autor que se ocupe del tema, como ocurre con los primeros inquisidores de Sevilla, Miguel Morillo y Juan de San Martín. Es así desde mediados del siglo XVI. La primera mención a su persona cabe atribuirla a Jerónimo Zurita, pero la parcial homonimia entre este Juan de Épila y el canónigo Pedro de Arbués, alias Épila, indujo a error al cronista aragonés, que identificó como Pedro de Épila al inquisidor enviado a Valencia en 148423. El error fue asumido parcialmente por Luis de Páramo en su historia de la Inquisición; porque, aunque en otro lugar de su obra asigna al dominico su verdadero nombre24, el equívoco creado por ambos autores ha persistido en el tiempo hasta filtrarse en la historiografía actual, probablemente a través de la obra de Llorente25. No se confundió, por el contrario, Francisco Diago, el cronista de la orden dominicana contemporáneo de Páramo, que identificaba a Juan de Épila como profeso del convento de frailes predicadores de Zaragoza; aunque no como inquisidor de esta ciudad, sino tan solo de Valencia en 1487 y de Sevilla unos años después26. Tampoco el cronista Blasco de Lanuza, cuya lista de los inquisidores de Aragón, realizada a principios del siglo XVII, adolecía de otras equivocaciones, pero no erraba en el nombre de fray Épila, a quien además situaba correctamente entre los «inquisidores particulares de Aragón antes del Santo Mastrépila», en referencia a Arbués, cuyo asesinato consideraba el hito central de la historia de la Inquisición aragonesa27.

  • 28 Sobre el mencionado conflicto diplomático, A. SESMA MUÑOZ, op. cit., p. 41-59; sobre la colaboració (...)
  • 29 El proceso contra Miguel Maestro, canónigo de la iglesia colegiata de Santa María de Teruel, se con (...)
  • 30 Supra, n. 19. En la apertura de este proceso, la intitulación del inquisidor Épila presenta un pequ (...)
  • 31 Los primeros jueces de la nueva Inquisición en Zaragoza, el dominico Gaspar Jutglar y el canónigo P (...)
  • 32 AHPZ, Inquisición, caja 2, núm. 4; el proceso está incompleto, pero una anotación en la portada inf (...)

18La obligada colaboración con las curias episcopales, impuesta a los tribunales de la Inquisición regia por el papa Sixto IV durante la difícil coyuntura diplomática vivida entre la monarquía hispánica y la Santa Sede en 1482, dio pie a que en los archivos del Santo Oficio se conservaran algunas actuaciones llevadas a cabo por los inquisidores pontificios de la época anterior28. Entre esos restos encontramos cinco procesos incoados por Juan de Épila como inquisidor dominico de Aragón en los tiempos inmediatamente anteriores a la aparición de la nueva Inquisición fernandina. El más antiguo de ellos fue abierto el 10 de octubre de 1481 contra un clérigo de Teruel acusado de nigromancia. Para entonces, fray Épila había dejado de ser el «lugarteniente del inquisidor» y ostentaba la misma intitulación que Juan Franco, a quien habría sustituido como «inquisidor de Aragón» en algún momento entre esta fecha y la anterior ratificación de aquel por parte del maestro general de la orden en 147929. De hecho, el 19 de febrero de 1482, Épila volvió a procesar a dos judíos sospechosos de apostasía, a quienes Juan Franco ya había encausado diez años antes30. El 16 de junio de 1482 procedió por prácticas judaicas contra Constanza de Perpiñán, esposa del escudero Manuel de Almazán31; y unos días después, el 27 de junio, hizo lo propio con el notario Francisco Climent y su esposa Yolanda de Calatayud, todos ellos habitantes de Zaragoza32.

  • 33 «[…] vicario et locum tenentis inquisitoris generalis heretice pravitatis in causa fidei in toto re (...)

19La última noticia que tenemos de sus actuaciones como parte de la vieja Inquisición dominicana es indirecta y corresponde a la causa abierta el 22 de enero de 1483 contra Miguel López, vecino de Miedes, una aldea de Calatayud, que fue imputado por bigamia. En aquella ocasión actuó como inquisidor Juan Solivera, maestro en teología y fraile profeso del convento dominico de San Pedro Mártir de Calatayud, que se intitulaba «vicario y lugarteniente» de Juan de Épila, inquisidor de Aragón33. Apenas transcurrido un año, tanto Épila como Solivera fueron reclutados por el rey Fernando y, en calidad de delegados del nuevo inquisidor general Torquemada, pasaron a formar parte de los tribunales de la Inquisición regia creados en Tarazona, durante el transcurso de las cortes generales allí reunidas en febrero de 1484.

  • 34 El primero, constituido por los dominicos catalanes Joan Cristòfol de Gualbes y Joan Orts a finales (...)
  • 35 La orden fue cursada por el rey al maestre racional del reino de Valencia, Joan Ram Escrivà, quien (...)
  • 36 Los reyes, y Torquemada con ellos, permanecieron en Vitoria entre el 28 de septiembre de 1483 y el (...)

20El 12 de mayo de 1484, poco antes de abandonar Tarazona camino de Córdoba, el monarca estableció y ordenó pagar los salarios anuales del tribunal de Valencia, que era el segundo de la nueva Inquisición enviado a la ciudad del Turia34. A Juan de Épila le correspondían, en su condición de inquisidor, 3.500 sueldos valencianos que debían comenzar a contar desde el día 1 de enero de 148435, por lo que podemos suponer que su nombramiento como delegado de Torquemada debió expedirse un poco antes, quizás en los últimos días de 1483, mientras la corte regia se encontraba en Vitoria, antes de su traslado a Tarazona para la apertura de las cortes generales36. No conocemos este documento, pero podemos suponer cuál era su contenido porque conservamos una copia del que unas semanas más tarde, el 6 de febrero de 1484, otorgó Torquemada a favor de Juan Solivera:

  • 37 AHN, Inquisición, leg. 533, exp. 18, fol. 7rº-vº; se trata del proceso abierto el 1 de octubre de 1 (...)

[…] confidimus vos, dictum fratrem Johannem Çolivera, heretice pravitatis inquisitorem serie cum presenti in dicto regno Aragonum substituo et subdelego, volens quod vos, dictus Johannes Çolivera, possitis et valeatis in dicto regno Aragonum, virtute huius meam substitutionis et subdelegationis, inquirire contra quoscumque huius crimine heretice pravitatis reos, infamatos vel suspectos eorumque fautores, receptores et defensores37.

  • 38 «[…] confidens vos, dictum talem, heretice pravitatis inquisitorem serie cum presenti in dicto regn (...)

21El tenor textual de los nombramientos de inquisidor delegado que Torquemada debía realizar tanto en los territorios de Castilla como de la Corona de Aragón, fue establecido en la cancillería real aragonesa a finales de 1483, y el secretario regio Pedro Camañas los hizo copiar en un registro destinado específicamente a recopilar los asuntos del Santo Oficio. Allí encontramos el formulario utilizado para incorporar a Juan Solivera a la nueva Inquisición, y también presumiblemente a Juan de Épila38. El vínculo jerárquico establecido entre ambos dentro del ordenamiento de la antigua Inquisición dominicana aragonesa se veía sustituido por otro diferente, que los igualaba a ambos bajo la autoridad del nuevo inquisidor general.

  • 39 El rey firmó la orden de pago el 4 de mayo y se hizo efectiva al día siguiente, según consta en la (...)
  • 40 La causa «contra iudicem, alcaldes, regidores et alios quoscumque oficiales civitatis Turoli» se in (...)
  • 41 En el proceso abierto el 13 de junio de 1484 contra el curtidor Esperandeo Salvador, que fue uno de (...)
  • 42 El notario que levantó acta de esta reunión, celebrada en el hostal donde se alojaba esa noche fray (...)
  • 43 En este y en otros documentos posteriores relacionados con el mismo episodio, las autoridades de Te (...)

22En esa condición de subalternos se incorporaron a los nuevos tribunales del Santo Oficio. Solivera, antes de ser enviado a Teruel, recibió tres mil sueldos jaqueses procedentes de las arcas del tribunal de Valencia para comenzar a pagar a los oficiales que debían acompañarlo39. El día 24 de mayo ya había llegado a su destino y abría de inmediato las hostilidades contra el municipio, a cuyos representantes procesaría unos meses después por obstaculizar la Inquisición40. Épila, por su parte, demoró algo más su viaje a Valencia, quizás para instruir a quienes iban a sustituirle en Zaragoza y facilitar la transición41. No se puso en camino hasta los últimos días del mes de junio, acompañado por algunos de sus oficiales. El 30 de junio se encontraba en Teruel, acompañado supuestamente por otro inquisidor a quien las autoridades locales identificaron como Joan Orts42. Ambos atendieron los lamentos de las autoridades municipales, que les trasladaron la consternación que había provocado la llegada de fray Solivera y les pidieron que se encargaran ellos mismos de realizar la inquisición, pues admitían la legitimidad de la orden dominicana para perseguir la herejía, pero desconfiaban de las credenciales de Solivera. La anécdota puede explicarse mejor si consideramos que Épila actuaba desde hacía años como inquisidor dominico en Zaragoza y no era un desconocido en Teruel, donde sabemos que había llevado a cabo alguna actuación en aquella época. Frente a los cambios sufridos por la institución, amenazadores e inexplicables para ellos, los munícipes buscaban amparo en la vieja y más conocida Inquisición dominicana43. Pero de nada sirvieron sus ruegos: Épila les hizo saber que su propia posición había cambiado y que ahora su autoridad se limitaba a la ciudad de Valencia, hacia donde se dirigía. Por otro lado, les garantizó la validez de las credenciales de Solivera, acerca de cuya condición de inquisidor nadie albergaba dudas en la corte real, de donde ambos venían.

  • 44 Este episodio tuvo lugar en el palacio episcopal de Valencia; el notario Bartomeu Abat, síndico de (...)

23Llegado a Valencia a principios de julio, la actitud de Juan de Épila hacia las autoridades municipales no fue distinta en nada a la que Solivera había adoptado en Teruel. El día 8 de ese mes, cuando fue requerido por el consell y las cortes del reino, que se encontraban reunidas en la capital, para que justificara documentalmente la condición que se arrogaba de inquisidor pontificio, fray Épila respondió por boca del procurador fiscal del Santo Oficio, Gabriel Beralda, que bajo las habituales amenazas de excomunión e interdicto, exigió que las autoridades forales depusieran su actitud obstruccionista («disistáys de las dichas requestas, intimaciones, prohibiciones, molestias y empachos que dais a la Sancta Inquisición») y se sometieran a los mandatos del rey44.

  • 45 En ausencia de los inquisidores, el único interlocutor del monarca en los actos relativos a este tr (...)

24También viajaba a Barcelona, por aquellas mismas fechas, el nuevo tribunal designado en Tarazona, aunque en el registro de la cancillería real no constan los nombres de los inquisidores ni los de algunos otros oficiales45. Llegados a la ciudad condal, presentaron ante el Consell una escueta y genérica acreditación que el monarca había otorgado el día 7 de mayo en favor de todos los nuevos inquisidores, que venía dirigida a todos los oficiales de sus reinos y descargaba la responsabilidad del asunto sobre las anchas espaldas del papa:

  • 46 Ibid., fol. 13vº.

[…] por quanto nuestro muy sancto padre, informado que en nuestros reynos ay muchas personas que, olvidada la propria salut de sus almas, siguen actos judaicos e maffométicos e otros deviantes de la fe, para corregir y emendar los quales, de consentimiento e voluntat nuestra, ha ordenado en todos los dichos reynos nuestros se faga inquisición contra los que, como dicho es, han cometido el delicto de la herética pravidat46.

  • 47 Aunque debieron llegar a Barcelona hacia finales de mayo de 1484, las actas municipales no menciona (...)
  • 48 Habría estado al frente del tribunal entre 1481 y 1487, fecha esta última en que fue cesado en apli (...)
  • 49 Mediante una alambicada maniobra diplomática, el monarca logró que el 18 de septiembre de 1481, el (...)
  • 50 Diago, que situaba a Caselles entre los viejos inquisidores dominicos como sucesor de Nicolau Merol (...)

25Las actas municipales, que detallan los pormenores del enfrentamiento dialéctico que las autoridades locales entablaron inmediatamente con los inquisidores, recogieron la identidad de estos una vez fracasado un primer intento de ningunearlos. Se trataba de dos frailes ya experimentados en aquellos menesteres: el aragonés Juan Franco y el mallorquín Guillem Caselles47. El primero de ellos, como hemos visto, había actuado como inquisidor dominico en el reino de Aragón desde al menos 1473, hasta que fue sustituido por Juan de Épila en algún momento posterior a 1479. Podemos suponer que regresó a su convento hasta que el monarca y Torquemada reclamaron sus servicios. Es posible que también Caselles formara parte de la vieja Inquisición dominicana, como señala Mateu Colom48, aunque sabemos que el mismo rey Fernando lo propuso como inquisidor de Mallorca en 1481, cuando consiguió torcer la mano al maestro general de la orden de predicadores, Salvo Cassetta, para colocar a Joan Cristòfol de Gualbes y Joan Orts como inquisidores en Valencia49. Es verdad que, desde aquel momento y hasta que lo envió a Barcelona en 1485, el monarca no parece haber destinado recurso alguno al tribunal de Mallorca ni prestado la menor atención a Caselles, cuyas actuaciones durante ese quinquenio debieron enmarcarse por fuerza dentro de la estructura organizativa y los procedimientos previos de la Inquisición dominicana50.

Fray Épila en Valencia: el endurecimiento de la persecución

  • 51 Gonzalo MARTÍNEZ DÍEZ, Bulario de la Inquisición española hasta la muerte de Fernando el Católico, (...)
  • 52 Ernest BELENGUER CEBRIÀ, Fernando el Católico y la ciudad de Valencia, Valencia: Publicacions de la (...)
  • 53 El último procesamiento que conocemos entre los realizados tras la destitución de Gualbes, lo hicie (...)

26Los cuatro tribunales creados en Tarazona entraron inmediatamente en conflicto con las autoridades locales de las respectivas ciudades a las que fueron destinados. En algunos casos se vertieron considerables dosis de violencia, como parte de la estrategia del miedo puesta en práctica por el monarca. En Valencia, como en Barcelona, la controversia no pasó del terreno dialéctico, aunque la oposición de las instituciones forales fue dispar en un caso y otro. En la ciudad condal se valió de la existencia de una jurisdicción propia dentro de la estructura territorial de la vieja Inquisición dominicana, que el consell, la curia eclesiástica y el propio inquisidor dominico, Joan Comes, consiguieron defender hasta que el rey Fernando recurrió al papa y este promulgó, el 6 de febrero de 1487, una bula que convertía a Torquemada en inquisidor pontificio de Barcelona y su diócesis51. En cambio, en Valencia, toda resistencia efectiva había cesado en octubre de 1484, cuando las cortes renunciaron al expediente de agravio (greuge) que habían interpuesto contra el nuevo tribunal y dieron vía libre a su instalación52. Los inquisidores retomaron casi inmediatamente los procesamientos, interrumpidos tras la marcha de Joan Orts a Tarazona en los primeros meses de 148453.

  • 54 E. CRUSELLES GÓMEZ, «Comenzar la Inquisición…», p. 60, n. 1.
  • 55 Se dieron en esta ocasión cuarenta días de plazo para confesar voluntariamente, pero a causa de la (...)
  • 56 ARV, Maestre Racional, 94.
  • 57 E. BELENGUER CEBRIÀ, op. cit., p. 203-206.

27El día 10 de octubre, para deliberar acerca de una de esas causas, se celebró una reunión del consilium inquisitionis en el archivo de la curia episcopal de Valencia, «ubi alium consilium inquisitionis solitum est congregari», a la que asistieron los tres miembros del tribunal (el dominico fray Juan de Épila, Macià Mercader, vicario de la diócesis, y el canónigo y también vicario episcopal Martí Enyego), además del asesor Sancho Marí y otros cuatro doctores en derecho canónico y teólogos54. En los años siguientes, las actuaciones de este segundo tribunal valenciano de la nueva Inquisición supusieron un fuerte incremento de la represión respecto a cuanto había ocurrido en tiempos de Gualbes y Orts; una diferencia que se evidenció de manera inmediata en las penas impuestas a quienes se acogieron al edicto de gracia publicado por Épila, Mercader y Enyego el 6 de noviembre de 148455. En el anterior edicto de gracia, promulgado por Gualbes, Orts y Mercader en 1482, las penitencias impuestas a quienes voluntariamente acudieron a reconocer sus culpas fueron tan solo espirituales. Sin embargo, en las sucesivas ceremonias de abjuración celebradas, entre junio de 1485 y agosto de 1486, como resultado del segundo edicto, se impusieron penas pecuniarias por un valor de 402.400 sueldos valencianos, a repartir entre las 665 personas acogidas a la clemencia del tribunal. A esta cantidad se añadieron otros 300.000 s.v. exigidos a quienes habían sido reconciliados en el primer edicto, que quizás por haberse librado entonces sufrieron ahora con particular dureza la nueva práctica recaudatoria establecida a finales de 1484 en las llamadas «primeras instrucciones» del Santo Oficio. En total, una suma de 702.400 s.v. que resulta verdaderamente extraordinaria si consideramos que, en el año 1484, las rentas del patrimonio regio en el reino de Valencia, administradas por el baile general, habían arrojado un balance negativo de 9.741 s.v.56; y que el servicio pecuniario que finalmente ofrecieron al monarca las cortes valencianas reunidas en esa misma fecha quedó reducido en la práctica, tras cuatro largos años de discusiones, a 50.000 s.v.57.

  • 58 «[…] les dos presons del Real del senyor rey, constituhit fora los murs de la ciutat de València, q (...)
  • 59 Ibid., p. 289.
  • 60 Bernardo TOMÁS BOTELLA, «Los primeros autos de fe de la Inquisición valenciana (1482-1486)», in: An (...)

28Al mismo tiempo que tomaban las confesiones de quienes se habían acogido al tiempo de gracia, y que por su número debió suponer un notable esfuerzo para ellos y sus oficiales, Épila y Enyego se aplicaron en abrir procesos judiciales contra los sospechosos de herejía y comenzaron a llenar las nuevas cárceles del palacio real, que se habían construido a lo largo del año 1483 y comenzaron a utilizarse ahora58. Los primeros presos ocuparon las celdas en marzo de 1484; alguno de ellos vino desde las prisiones del municipio o del obispo, utilizadas hasta entonces para los encausados por herejía, pero en su mayor parte se trataba de víctimas del nuevo tribunal59. A partir de entonces los autos de fe aumentaron tanto en número como en aparatosidad. Para ganar público, las ceremonias que durante el periodo de Gualbes y Orts se habían celebrado en el interior de la catedral, en la nave principal pero también dentro del ámbito casi privado del archivo, donde solían reunirse los inquisidores, salieron ahora al exterior, a la plaza de la Seo. La primera vez que este nuevo formato se aplicó en Valencia fue el 20 de septiembre de 1485, momento en que también hizo su aparición el fuego, aunque en esa ocasión solamente se enviaron a la hoguera seis efigies de fugados. El 7  e agosto de 1486 tuvo lugar el primer auto de fe con víctimas mortales, seis en total.60

  • 61 Un acta notarial compuesta el 25 de enero de 1487 recoge los nombres de sesenta personas condenadas (...)
  • 62 E. CRUSELLES GÓMEZ, «Contra conversos…», p. 296-300.

29Hasta entonces, las actuaciones del tribunal valenciano habían sido relativamente incruentas porque, durante los años 1482 y 1483, el rey Fernando se vio obligado a apaciguar la creciente hostilidad que el papa Sixto IV mostraba hacia la nueva Inquisición. Al contrario que en Sevilla, donde los inquisidores Morillo y San Martín habían procedido de manera brutal desde el momento mismo en que llegaron, en Valencia se había optado por la política más misericordiosa y diplomática de los edictos de gracia. Entre 1485 y 1486, Épila y Enyego invirtieron esa tendencia, aunque en ningún caso alcanzaron los niveles de mortandad atribuidos al tribunal de Sevilla en los años anteriores; ni siquiera los del tribunal de Zaragoza en los meses que siguieron al asesinato de Arbués61. Durante esos dos años, los principales esfuerzos de Épila y Enyego –Macià Mercader había sido expulsado del tribunal a finales de 1484 o comienzos de 1485– se aplicaron a las masivas ceremonias públicas de abjuración que siguieron al edicto de gracia de 1484, prolongadas entre junio de 1485 y agosto de 1486; pero el final del lento proceso burocrático que supuso el segundo edicto de gracia permitió, en el verano de 1486, acumular de forma notable los procedimientos judiciales, que trascendieron la capital para extenderse hacia otras ciudades del reino que, como Xàtiva y Gandía, contaban con nutridas comunidades de conversos62.

30Esta era la situación que se vivía en Valencia, a cuenta de los actos de la Inquisición, cuando el clérigo zaragozano Juan de la Caballería entró en la ciudad, a finales del mes de agosto de 1486, tras haberse sincerado de manera harto imprudente con sus compañeros de viaje. Delatado por estos últimos, fue detenido el día 30 de agosto por el alguacil de la Inquisición y llevado a las prisiones del palacio real. Ese mismo día se efectuó un careo entre el sospechoso y sus acusadores, a fin de que estos pudieran reconocerlo, como hicieron de hecho; e incluso dio tiempo a que ambos inquisidores le practicaran un primer interrogatorio en el que el joven clérigo, ahora plenamente consciente del peligro que corría, intentó con escasa fortuna rebajar el tono de las declaraciones que se le atribuían. Afirmó que, de hecho, no creía que todos los condenados por la Inquisición a morir en la hoguera fueran mártires, solo aquellos que habían sido acusados falsamente; tampoco había dicho que los inquisidores recurrieran de manera intencionada a testigos falsos, sino que para ellos era difícil «conocer si son buenos o malos». Épila y Enyego pasaron de puntillas sobre las palabras ofensivas que el acusado había dedicado al primero de ellos y a los inquisidores en general, para insistir en las que afectaban a los reyes, de las que aquel intentó zafarse mediante difíciles piruetas retóricas:

  • 63 AHN, Inquisición, leg. 942, caja 1 (suelto), fol. 12rº-vº.

[…] no ha dicho que el rey nuestro senyor face con arte la guerra [de Granada], sino que los castellanos ge la fazen fazer con arte, que dicen a su alteza quando gana algún lugar: «Senyor, vámonos, que nunqua rey de Castilla fizo tanto como vuestra alteza», y semejantes palabras […] E que el confesante no ha dicho aquellas palavras tan feas contra los reyes nuestros senyores […] que dixo el dicho día de viernes que, si sus altezas con buen zelo e intención lo fazían, que quitase Dios de los días del confesante e posiesse en los de sus altezas; e que si a mala intención lo fazían, que Dios los castigaría63.

31Menos dispuesto estaba a tragarse sus palabras en lo que tocaba a las condenas post mortem del tribunal de Zaragoza, tal vez porque estas le concernían de manera mucho más personal, considerando que su propio padre se encontraba entre los afectados:

  • 64 Ibid., fol. 12vº-13rº.

[…] E dixo el confesante quel dicho día viernes dixo que, a pesar de putas viejas, ya le habían naçido canas, y que podía decir que había visto el Día del Juyzio porque en Çaragoça habían citado a los muertos en nombre de cinquenta o sesenta64.

  • 65 B. TOMÁS BOTELLA, Administración económica…, p. 259.
  • 66 El 28 de enero de 1486, el rey Fernando estaba dispuesto a incrementar el salario anual de Martí En (...)

32Juan de la Cavallería pasó los meses siguientes en una celda del Real, debajo de las dependencias donde moraba su captor, Juan de Épila, a quien se había referido en público como canalla, inmoral y borracho. Durante los primeros meses de su estancia en Valencia, el dominico debió alojarse en el palacio episcopal, donde recibió al síndico Bartomeu Abat en julio de 1484; pero, desde el mes de marzo de 1486, los oficiales de la Inquisición se instalaron en el Real por orden del monarca, quien –en línea con las «instrucciones» del Santo Oficio sancionadas por Torquemada– consideraba que, reuniendo a todos bajo un mismo techo, «del officio se fará más debidamente e como conviene»65. No es probable que el canónigo Enyego, que tenía su propia casa en la ciudad y sus obligaciones en la Seo, se trasladara de manera continua al palacio real, aunque el monarca le ofreciera incentivos salariales66; pero sabemos que fray Épila sí lo hizo, según consta en un testimonio producido ante el tribunal acerca de la muerte del maestro de escuela Antoni Tristany, ocurrida en una de las noches previas al 21 de octubre de 1486. El docente, que había sido detenido y encarcelado un mes antes, falleció a consecuencia de la huelga de hambre que había emprendido como protesta por su injusta situación. Llamado a declarar, el carcelero Martí de Val recordaba que otros presos le habían advertido de que Tristany se encontraba muy enfermo y pedía confesión:

  • 67 AHN, Inquisición, leg. 888, caja 2 (suelto), fol. 64rº-vº; José M.ª CRUSELLES GÓMEZ, «Prisión, muer (...)

[…] que pregaven a ell testimoni que pugàs dalt al Real e digués a frare Gizbert, qui stà en companyia del reverent frare Johan Épila, altre dels reverents inquisidors, que devallàs a confessar al dit mestre Tristany, que stava molt dolent e que demanava confessió […] E que ell testimoni pugà dalt en lo Real e trobà lo dit frare Gizbert en la sala a on acostuma de mengar lo dit reverent inquisidor [...] E que lo dit frare Gizbert respós a ell testimoni que no faria sinó donar a dinar al dit reverent inquisidor, que stava malalt, e que tantost devallaria a la dita presó67.

33El maestro Tristany ingresó en las cárceles del Real el 17 de septiembre de 1486, cuando Juan de la Caballería llevaba preso algo más de dos semanas, por lo que este fue necesariamente testigo de su muerte. Aún se encontraba allí el clérigo zaragozano cuando, el 22 o 23 de diciembre, otros cuatro de sus compañeros de prisión fueron condenados a la hoguera en el auto de fe celebrado ese día en la plaza de la Seo. Fueron llevados a la rambla del río Turia y allí estrangulados y quemados. En tales circunstancias, no es de extrañar que, cuando fue sometido a un segundo interrogatorio el día 30 de enero de 1487, el ánimo de Juan se hubiera reblandecido a cuenta de los meses de cautiverio, e intentara restar todo el hierro posible a sus comprometedoras afirmaciones y asumir humildemente sus faltas. En presencia, entre otros, de fray Épila y Pedro Francés, el asesor del tribunal que también había sido blanco de sus insultos, aceptó que aquellas palabras «feas y malas» que había dicho «contra las reales majestades, inquisidores y ministros de la Inquisición», habían sido erradas y calumniosas. Se arrepentía y pedía perdón, pero en ningún caso las había pronunciado «porque en nada dubdasse en la fe, ni tuviesse error ni heregía en su intención», sino llevado de su propia ingenuidad («en su opinión creýa un tiempo que en Çaragoça pocos convessos fuessen malos christianos»), y también por la ira y el rencor que le había producido ver «que sacavan a los muertos, entre los quales era el padre del confessante sacado». Además, sus compañeros de viaje habían procurado tirarle de la lengua todo lo posible, y en su empeño habían dicho también cosas muy graves, aunque no creía que lo hicieran por maldad, sino por pincharle y divertirse a su costa («cree que no las dizían sino por sosacar a él confesante»); a fin de cuentas –y esta era la conclusión final de su alegato en defensa propia–, cosas así ocurrían a diario y nadie les daba mucha importancia:

  • 68 AHN, Inquisición, leg. 942, caja 1 (suelto), fol. 14rº-15rº.

Las quales palabras dixo por las causas susodichas y aún porque no pensava tanto errar, porque tales y semblants paraules se dizen comúnmente por el pueblo y muchas personas en Çaragoça y en el reyno de Aragón, y allá no se fazía mucho caso dellas68.

34Los inquisidores no se mostraron conmovidos ni un ápice por sus argumentos y lo devolvieron a la celda durante unos meses más. Para cuando volvieron a sacarlo, el 12 de marzo de 1487, el joven clérigo tenía por fin la lección aprendida. Interrogado por Épila y Enyego en presencia de los asesores Sancho Marín y Pedro Francés, que actuaban como testigos, reconoció su culpa sin paliativo alguno. Había dicho todo aquello que los testigos le atribuían en la manera y con la intención que se desprendía de tales declaraciones; pedía perdón por ello y se sometía a la decisión del tribunal:

  • 69 Ibid., fol. 16rº.

[…] no volia contradir als testimonis ni·s volia deffendre, sinó que·s sotmetia a Sancta Mare Església, y que és prest y apparellat de reebre qualsevulla penitència que per los reverents inquisidors li fos donada.69

  • 70 Sobre la tipificación del delito de «fautoría de herejes», Miguel JIMÉNEZ MONTESERÍN, La Inquisició (...)

35El desenlace no se hizo esperar. El siguiente 16 de marzo, en la sala del palacio real «ubi sacrum officium inquisicionis exercetur», es decir, en una ceremonia privada, Juan de la Caballería abjuró del delito de «factor e deffensor dels heretges»70 e inmediatamente se dictó sentencia. Solo conservamos una parte, en la que los inquisidores declaraban probada la culpa del reo y daban cuenta de la extrema gravedad de su crimen, que de por sí conllevaría la excomunión mayor, además de otras penas «per dret statuydes e ordenades»; pero también se declaraban inclinados a la clemencia, porque el culpable había mostrado el debido arrepentimiento e implorado perdón «ab làgrimes de ulls, los genolls en terra». En definitiva, y a pesar de los más de siete meses que había pasado en prisión y de haberse visto obligado a humillarse ante los mismos que habían sido objeto de sus improperios, el joven salió bastante bien librado del aprieto. Además de las preceptivas penitencias espirituales, le debió ser impuesta alguna pena pecuniaria que no sería leve, dados sus vínculos familiares y su holgada situación económica; pero ni siquiera se vio sometido a la afrenta pública que hubiera supuesto sacarlo en un auto de fe. Al fin y al cabo, se trataba de alguien a quien fray Épila podía administrar un buen escarmiento, como de hecho hizo, pero no llevar la revancha demasiado lejos. No en vano era miembro de una familia más que destacada en la ciudad de origen del dominico, el sobrino de un canónigo de Valencia, la ciudad donde Épila ejercía su ministerio, y un pariente próximo del vicecanciller del rey, sin duda una de las figuras políticas más influyentes de la corte.

36Parece previsible que, una vez puesto en libertad, Juan de la Caballería tomara pronto el camino de regreso a Zaragoza. Fray Épila no tardó en seguirle.

La renovación de los tribunales de Tarazona

37Si el conflicto con las instituciones forales marcó la llegada de Juan de Épila y la constitución del segundo tribunal de la nueva Inquisición en Valencia, la gestión del edicto de gracia de noviembre de 1484 ocupó casi por completo la primera mitad de su mandato, un trabajo compartido primero con los canónigos Macià Mercader y Martí Enyego, y luego solamente con el segundo. Desde finales de 1485, Épila y Enyego recrudecieron la persecución contra los conversos, con su corolario de encarcelamientos, procesamientos, abjuraciones públicas y condenas a muerte. La Inquisición valenciana, relativamente incruenta hasta entonces, comenzaba a equipararse en sus prácticas represivas a los tribunales de Sevilla, Teruel y Zaragoza. La escalada se prolongó durante el año 1486 y los primeros meses de 1487, cuando se abrió la crisis que finalmente desembocó en el relevo de los inquisidores y la constitución de un tercer tribunal. Una crisis estrechamente ligada a la fuga de dos conocidos banqueros conversos, los hermanos Gil y Martí Roís, y al consiguiente secuestro de sus propiedades.

  • 71 Enrique CRUSELLES GÓMEZ, Fortuna y expolio de una banca medieval. La familia Roís de Valencia (1417 (...)
  • 72 Agustín RUBIO VELA, «Valencia y Torquemada. En torno a los comienzos de la Inquisición española (14 (...)

38A decir del receptor de bienes confiscados, el maestre racional Joan Ram Escrivà, la fortuna de los Roís provocó disensiones insuperables («grans discòrdies») dentro del tribunal. Inquisidores, ministros y consejeros se cruzaban mutuamente acusaciones al tiempo que cada cual procuraba ganarse la simpatía de Torquemada mediante engaños («lo dit reverent prior dona crèdit a moltes coses de las que reeb engan»). En esas circunstancias, afirmaba Ram, la receptoría estaba paralizada y los beneficios derivados de las confiscaciones en peligro. Un argumento, este último, al que el monarca solía mostrarse particularmente sensible. En abril de 1487 se produjo el relevo. Aunque el receptor afirmaba que los inquisidores se habían marchado repentinamente, es de pensar que fue Épila quien dejó Valencia, mientras Enyego volvía a sus quehaceres eclesiásticos habituales71. Su marcha, como antes su llegada, provocó las protestas del municipio y ahora también del convento de los dominicos. Los jurados de la ciudad lamentaban que los sustitutos de Épila y Enyego no trajeran credenciales del monarca ni del inquisidor general; los dominicos consideraban que la inquisición de la fe era un privilegio de su orden («affermants que per privilegi los pertany la inquisició») y era inadmisible que los tres nuevos inquisidores fueran clérigos seculares72.

  • 73 José M.ª CRUSELLES GÓMEZ, «Inquisición y territorio: de la provincia dominicana de Aragón al tribun (...)
  • 74 Estaba en Zaragoza entre el 6 y el 19 de octubre de 1485, actuando junto al vicario episcopal Martí (...)

39Quizás porque todavía no había llegado el momento de desvincular por completo la Inquisición regia de la orden de predicadores, un año más tarde se añadió un cuarto inquisidor al tribunal, que en los primeros meses de 1488 reunió el máximo número de inquisidores de todo el periodo. Se trataba de Juan Solivera, que había participado en la vieja Inquisición dominicana aragonesa para después, reconvertido en delegado de Torquemada, encabezar el enfrentamiento contra las autoridades de Teruel. Cumplida su misión, partió a finales de 1486 sin que sepamos bien adónde73. Zurita afirma que se incorporó al tribunal de Zaragoza, pero no tenemos constancia alguna de que así fuera, más allá de una breve participación en las primeras pesquisas efectuadas tras el asesinato de Arbués, ocurrido a mediados de septiembre de 148574.

  • 75 El rey Fernando intentaba sacar a Mercader del tribunal de Valencia desde el verano de 1484, cuando (...)
  • 76 Supra, n. 51.
  • 77 Posteriormente, aunque de manera esporádica, se produjeron algunas intervenciones del papa que supu (...)

40Es plausible que, a principios de 1487, el rey y Torquemada ya tuvieran prevista la renovación de los tribunales que ellos mismos habían creado en Tarazona tres años antes. Los cambios formaban parte de las maniobras diplomáticas emprendidas para vencer la resistencia de las autoridades barcelonesas, que seguían sosteniendo al inquisidor dominico Joan Comes. También servirían para deshacerse de otros potenciales estorbos, como el canónigo valenciano Macià Mercader75. En la bula pontificia promulgada el 6 de febrero de 1487 para ratificar los poderes de Torquemada como inquisidor general de la Corona de Aragón y, ahora sí, inquisidor particular de Barcelona y su diócesis, la diplomacia hispánica consiguió añadir la destitución expresa de todos los inquisidores que actuaban en la Corona de Aragón, incluidos los dominicos que el rey y Torquemada habían enviado en 1484 a Valencia y Barcelona: Juan Solivera, Juan de Épila, Juan Franco y Guillem Caselles76. Tanto el maestro general como las autoridades provinciales de la orden perdían definitivamente su capacidad para designar inquisidores, y quedaban sin efecto todas las comisiones y nombramientos que hubieran otorgado hasta entonces. En adelante, además del propio pontífice, solamente Torquemada conservaría aquella prerrogativa. En la práctica, este documento pontificio ponía fin a la Inquisición dominicana medieval en la Corona de Aragón77.

41Entre los depuestos, además del barcelonés Joan Comes, también estaban Macià Mercader y Joan Orts, que habían dejado de formar parte de los tribunales, pero conservaban sus acreditaciones como inquisidores pontificios, lo que ponía en riesgo el proyecto jerárquico diseñado por la monarquía. Sin embargo, no todos los inquisidores destituidos entonces fueron despedidos, aunque cambiaron de destino para facilitar la entrada de nuevos inquisidores, que en su mayor parte eran clérigos seculares expertos en derecho canónico.

  • 78 Diago afirma que murió en su convento de Lleida en el mes de enero de 1485, según se informó en el (...)
  • 79 El 9 de diciembre de 1485, el tribunal de Zaragoza estaba constituido por tres jueces con formación (...)
  • 80 Monterrubio, prior del convento de San Pedro de las Dueñas, formó parte del tribunal de Zaragoza en (...)

42La renovación se había adelantado en Zaragoza como consecuencia de la desaparición, a lo largo de 1485, de los dos inquisidores designados en Tarazona: primero del dominico Gaspar Jutglar, fallecido en el mes de febrero78, y luego del canónigo Pedro de Arbués, asesinado en septiembre. Durante el tiempo que medió entre la desaparición de uno y otro, el tribunal quedó constituido solamente por Arbués y Juan Homedes, otro canónigo de la Seo de Zaragoza incorporado desde el año anterior en calidad de vicario episcopal. Pero después de la repentina desaparición de Arbués se hizo necesario traer urgentemente a otro inquisidor, y de manera provisional se echó mano del más próximo, Joan Solivera, aunque este no tardaría en regresar a Teruel. A finales de 1485, y a pesar de la destacada participación que hasta el momento habían tenido los frailes predicadores en el proyecto fernandino, el tribunal de Zaragoza se renovó sin contar con ninguno de ellos. Fue el momento elegido para introducir en la Corona de Aragón los primeros inquisidores de procedencia castellana79. Después, en los primeros meses de 1486, quizás porque el rey y Torquemada encontraron el candidato adecuado, o porque la orden dominicana expresó su contrariedad, como luego ocurriría en Valencia, fue incorporado el dominico castellano Miguel de Monterrubio, quien más adelante sería inquisidor en Calatayud y Valencia antes de ser trasladado de nuevo a Zaragoza80.

  • 81 Zurita afirma que Solivera fue uno de los tres inquisidores que sustituyeron en Zaragoza a Pedro de (...)
  • 82 J. M. CRUSELLES GÓMEZ, «Inquisición y territorio…», p. 130-131.

43En Teruel, la parte sustancial de la represión desatada por Juan Solivera había concluido a finales de 1486, cuando el dominico dejó la ciudad81. El clérigo Martín Navarro, vicario de Cella, segundo miembro del tribunal, quedó como inquisidor único durante 1487, antes de ser enviado a Calatayud, junto con todos sus ministros, para iniciar allí la inquisición. Teruel quedó bajo la jurisdicción de los inquisidores de Valencia, que tan solamente mantuvieron allí un escribano para ocuparse de las pocas confiscaciones que quedaban por liquidar y que, cumplida su tarea, partió en 1489. En marzo de 1488, Solivera fue destinado al tribunal de Valencia, constituido entonces por tres clérigos seculares, con la intención de que llevara la Inquisición a Tortosa, aunque el proyecto se retrasó y el dominico, de cuyo paso apenas queda rastro documental, se marchó sin que hasta el momento hayamos vuelto a tener noticias suyas82.

  • 83 Algunos autores han confundido al inquisidor de Barcelona con su homónimo, el franciscano Alonso de (...)
  • 84 La primera opción fue, al parecer, el canónigo zaragozano Martín García Puyazuelo, quien declinó el (...)

44En Barcelona, los inquisidores Juan Franco y Guillem Caselles, que habían fracasado en el primer intento de sustituir la vieja Inquisición dominicana, no fueron renovados en sus cargos. Torquemada, ahora inquisidor pontificio de la ciudad condal, eligió a otro dominico, Alfonso Espina83, sin duda porque pretendía subrayar la continuidad institucional y la legitimidad del nuevo tribunal; aunque le asignó como compañero a un clérigo secular, experto en derecho y con cierta práctica en aquellos menesteres, Sancho Marín, quien en los años anteriores había sido asesor jurídico del tribunal de Valencia84.

  • 85 En disputa con Juan Crespo, designado inquisidor de Huesca y Lleida por Torquemada a finales de 148 (...)
  • 86 Ibid., p. 162.
  • 87 Volvió a ser inquisidor de Mallorca entre 1502 y 1505; en 1506 pasó a Barcelona y regresó a la isla (...)

45Nada sabemos de Juan Franco después de que, entre finales de 1486 y comienzos de 1487, intentara utilizar sus credenciales como «inquisidor de Cataluña» para actuar en Lleida85. Por lo que respecta a Guillem Caselles, cabe pensar que había regresado a Mallorca en algún momento del año 1485, pues en enero de 1486 Juan Franco presentó en solitario un requerimiento para que los consellers de Barcelona impidieran a los conversos abandonar la ciudad86. Caselles, que conservó unos meses el cargo de inquisidor de Mallorca a pesar de la destitución pontificia de 1487, fue sustituido en 1488 por dos clérigos seculares. Sin embargo, a comienzos de la siguiente centuria, el monarca volvería a reclamar sus servicios para ocupar plaza de inquisidor tanto en el tribunal insular como, de nuevo, en Barcelona87.

  • 88 Sobre los orígenes y la carrera política de Juan Claver, que llegaría a ser embajador de los Reyes (...)
  • 89 Los nuevos inquisidores designados por Torquemada eran Pedro Sanz de la Calancha, canónigo de Palen (...)

46El tribunal de Valencia fue, de cuantos habían sido creados en 1484, el que durante más tiempo eludió la renovación; pero, como hemos visto, la fuga de los Roís precipitó un cambio que afectó tanto a la maquinaria judicial como a la fiscal. El maestre racional Ram Escrivà fue sustituido por un antiguo servidor del monarca, su «ujier de armas» Juan Claver88. Épila y Enyego cedieron sus puestos a tres clérigos seculares, dos castellanos y un catalán, de manera que el clero valenciano también perdió, al igual que la orden de predicadores, su puesto en el tribunal89.

  • 90 F. DIAGO, Historia de la Provincia de Aragón…, fol. 64rº.
  • 91 Alonso FERNÁNDEZ, Concertatio praedicatoria, pro Eclesia Catholica, contra haereticos, gentiles, iu (...)
  • 92 Morillo y San Martín, los primeros inquisidores fernandinos de Sevilla, fueron sustituidos en 1488 (...)
  • 93 Su nombre aparece al menos en cinco de esas reuniones, que habitualmente tenían lugar en el palacio (...)

47Los escritores dominicos afirman que Juan de Épila fue nombrado inquisidor de Sevilla en algún momento del tiempo trascurrido –algo más de una década– entre su marcha de Valencia y su muerte, que según Diago tuvo lugar el 28 de julio de 149890. Alonso Fernández, por su parte, asegura que el nombramiento en cuestión fue otorgado por Torquemada en 1489 y remite a Diago y Páramo –que nada dicen al respecto– y a «las actas de los capítulos provinciales» de la orden dominicana91. No podemos corroborar el dato, pero resulta contradictorio con el hecho de que Épila no se encuentre entre los inquisidores sevillanos que conocemos a través de los documentos de la época92. En realidad, es más probable que el dominico volviera a su convento de Zaragoza tras dejar Valencia en abril de 1487. De hecho, entre 1488 y 1491, su nombre aparece en las actas de varias reuniones de peritos convocadas por los inquisidores de la capital aragonesa para votar las sentencias. En la última de ellas, celebrada el 10 de mayo de 1491, el escribano lo identificó como «prior de los dominicos», es decir, del convento de Santo Domingo de Zaragoza93.

  • 94 El 29 de diciembre de 1491, Épila y Navarro interrogaron a una de las encausadas, Aldonça, esposa d (...)
  • 95 La presentación por parte del fiscal de la «clamosa» contra Albert Oluja está fechada el 14 de mayo (...)
  • 96 Ibid., fol. 14rº-16vº.

48No parece probable que Torquemada solicitara los servicios de Juan de Épila en Sevilla, pero sí lo envió a Lleida. Allí lo encontramos en los últimos días de 1491, junto a Martín Navarro, que antes había sido inquisidor de Teruel y Calatayud, practicando algunos interrogatorios que les servirían para abrir, el siguiente 26 de febrero de 1492, un proceso contra un grupo de diez personas sospechosas de haber celebrado ritos judaicos unos años antes94. Épila y Navarro se intitulaban inquisidores pontificios en los obispados de Huesca, Lleida y Urgell, y el segundo añadía su condición de vicario general de dichas diócesis para los asuntos de la Inquisición. Los siguientes días 14 y 15 de mayo, Épila abrió en solitario sendos procesos contra el zapatero Albert Oluja y su madre María, a quien su hijo había denunciado en el momento mismo de ser detenido95; pero su presencia en la ciudad del Segre no se alargó más allá del verano. El 5 de agosto de 1492, el dominico atendió una petición del fiscal que reclamaba la entrega de Oluja al brazo secular, y a partir de ese momento la causa quedó en manos de otros inquisidores96. Es probable que Épila regresara entonces a su convento de Zaragoza, del que seguía siendo prior, reclamado quizás por sus obligaciones allí o aconsejado por la edad. No contamos con otras noticias suyas antes el momento de su muerte, en 1498. Hasta donde sabemos, el episodio de Lleida puso fin a una carrera inquisitorial que, a mitad de camino entre dos épocas, se había alargado durante más de tres lustros.

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Notes

1 Sobre las relaciones establecidas entre la monarquía de los Reyes Católicos y la orden de predicadores, José GARCÍA ORO, «Conventualismo y observancia. La reforma de las órdenes religiosas en los siglos XV y XVI», in: Ricardo GARCÍA-VILLOSLADA (dir.), La Iglesia en la España de los siglos XV-XVI, 2 vols., Madrid: Biblioteca de Autores Cristianos, 1980, vol. III-1, p. 211-349; Guillermo Nieva Ocampo, «‘Reformatio in membris’: conventualidad y resistencia a la reforma entre los dominicos de Castilla en el siglo XV», En la España Medieval, 32, 2009, p. 297-341; y en lo que afecta propiamente al proyecto de la Inquisición regia, José M.ª CRUSELLES GÓMEZ, «El vicario Alonso de San Cebrián y la bula de los ocho inquisidores (1474-1482)», Medievalismo, 30, 2020, p. 155-190; id., «De Morillo a Torquemada. Inquisidores fernandinos, dominicos observantes y razón de estado (1478-1484)», Estudis. Revista de Historia Moderna, 49, 2023, p. 15-68.

2 El pebret era un tipo de tejido que tomaba el nombre de su parecido con la pimienta. El término trastavat, por analogía con el castellano «trastrabarse», puede hacer referencia a algún tipo de dificultad en el habla.

3 El proceso abierto por el tribunal de la Inquisición de Valencia contra Juan de la Caballería se encuentra en el Archivo Histórico Nacional (AHN), Inquisición, leg. 942, caja 1 (suelto); faltan los tres primeros folios y se conserva la foliación original entre el fol. 4 y el fol. 13, a los que siguen otros cuatro sin numerar (s.f., fol. 14 a fol. 17). Tampoco está la parte final de la sentencia, de la que se conservan dos páginas sin numerar intercaladas entre los fol. 11 y 12.

4 Tomó posesión de la canonjía el 27 de noviembre de 1443; en algún momento anterior a 1461 accedió a la dignidad de arcediano de Alzira, que disfrutó hasta el momento de su muerte, en 1508 (Vicent PONS ALÓS y M.ª Milagros CÁRCEL ORTÍ, «Los canónigos de la catedral de Valencia (1375-1520). Aproximación a su prosopografía», Anuario de Estudios Medievales, 35/2, 2005, p. 907-950: 928).

5 En esa fecha era canónigo de la iglesia de Santa María de Daroca y rector de la iglesia parroquial de la vecina localidad de Badules (Susana LOZANO GRACIA, Las elites en la ciudad de Zaragoza a mediados del siglo XV: la aplicación del método prosopográfico en el estudio de la sociedad, tesis doctoral, Zaragoza: Universidad de Zaragoza, 2008, p. 1488-1489 y 1493 <https://zaguan.unizar.es/record/ 7400>).

6 Ibid., p. 495.

7 Ibid., p. 1500; sobre las circunstancias de la muerte de Pedro de la Caballería, Esteban SARASA SÁNCHEZ, Sociedad y conflictos sociales en Aragón, siglos XIII-XV. Estructuras de poder y conflictos de clase, Madrid: Siglo XXI, 1981, p. 200-201. Algunos de los testimonios recabados en el proceso abierto en 1499 contra el vicecanciller Alfonso de la Caballería, no escatimaban elogios hacia el comportamiento de su padre, que consideraban ejemplar en la defensa de los derechos y privilegios de Aragón (Jacqueline GUIRAL-HADZIIOSSIF, Meurtre dans la cathédrale: les débuts de l’Inquisition espagnole, Saint-Denis: Bouchène, 2012, p. 95-96).

8 S. LOZANO GRACIA, op. cit., p. 1489-1490. Desde 1484, Alfonso de la Caballería ejercía en solitario el cargo de vicecanciller de la Corona de Aragón, que hasta entonces había sido triple, con un vicecanciller para cada territorio (Aragón, Valencia y Cataluña con las islas); convertido el cargo de canciller en una dignidad honoraria que recaía en algún prestigioso eclesiástico, el vicecanciller era el auténtico jefe de la cancillería real, y entre sus funciones estaban la de presidir el tribunal de justicia de la corte, representar al rey en las ocasiones solemnes y ofrecerle asesoramiento en cualquier materia (Jesús LALINDE ABADÍA, «El vicecanciller y la presidencia del Consejo Supremo de Aragón», Anuario de Historia del Derecho Español, 30, 1969, p. 175-248).

9 S. LOZANO GRACIA, op. cit., p. 1451-1452 y 1498-1499.

10 Monique COMBESCURE-THIRY, Miguel A. MOTIS DOLADER (eds.), El Libro Verde de Aragón, Librería Certeza, 2003, p. 62-63.

11 Así lo afirmaban unos años después algunos testigos llamados a declarar en el proceso contra Alfonso de la Caballería (J. GUIRAL-HADZIIOSSIF, op. cit., p. 101). La Diputación del General, que lideraba la resistencia foral aragonesa contra la nueva Inquisición, intentó con poco éxito atraer a su causa al vicecanciller y otros poderosos cortesanos conversos, como el tesorero Gabriel Sánchez, el secretario Luis González y el protonotario Felipe Climent (José Ángel SESMA MUÑOZ, Fernando II y la Inquisición. El establecimiento de los tribunales inquisitoriales en la Corona de Aragón. 1479-1490, Madrid: Real Academia de la Historia, 2013, p. 95).

12 No hemos localizado el proceso contra el antiguo tesorero Luis de la Caballería, aunque sabemos, por la por la causa abierta en agosto de 1486 contra el difunto mercader Juan Bou, que el tribunal ya había recabado testimonios en contra de Luis dos años antes. Se trataba de la declaración de cierta aprendiza llamada Franca Garcés, registrada el 23 de julio de 1484, en la que aseguraba haber visto cómo, unos 24 o 25 años antes, Juan Bou y Luis de la Caballería celebraban juntos los ayunos judíos (Bibliothèque municipale de Bordeaux, MS1167, fol. 4rº-5vº <https://arca.irht.cnrs.fr/collection/1485/manuscripts>)

13 J. GUIRAL-HADZIIOSSIF, op. cit., p. 105-109.

14 AHN, Inquisición, leg. 942, caja 1 (suelto), fol. 13rº.

15 Ibid., fol. 4vº, 6vº-7rº, 8vº.

16 AHN, Inquisición, leg. 942, caja 1 (suelto), fol. 4vº; probablemente ese «mestre Figuerola» sea Miguel de Figuerola, quien después fue obispo de Patti (Sicilia) y vicario episcopal de Zaragoza (Francisco FERNANDEZ SERRANO «Obispos auxiliares de Zaragoza en tiempos de los arzobispos de la casa real de Aragón (460-1575)», Cuadernos de Historia Jerónimo Zurita, 19-20, 1966-1967, p. 23-111: 73-76). Miguel de Figuerola era tío paterno del escritor valenciano Joan Martí de Figuerola, a quien debió apoyar en los orígenes de su carrera. Mantenía vínculos con Martín García Puyazuelo, que sería inquisidor de Zaragoza tras el asesinato de Pedro de Arbués y después reuniría en torno a sí un grupo de polemistas antiislámicos del que formaron parte dicho Joan Martí de Figuerola y el morisco valenciano Juan Andrés. Los Figuerola, familia del patriciado urbano de Valencia, aparecen en las páginas de Gaspar Escolano y, entre sus miembros más destacados merece especial atención el jurista Eximén Pérez de Figuerola, hijo del racional de Valencia Joan Figuerola (Elisa RUIZ GARCÍA y Luis F. BERNABÉ PONS, Joan Martí de Figuerola: Works (1519–1521). Disputas. Lumbre de fe contra la secta mahomética y el Alcorán, 2 v., Leiden-Boston: Brill, 2024, 1, p. 8-21; Juan Francisco PARDO MOLERO, «Con maduro consejo. La carrera pública de Eximén Pérez de Figuerola», en Juan Francisco PARDO MOLERO y Manuel LOMAS CORTÉS, Oficiales reales. Los ministros de la Monarquía Católica, siglos XVI-XVII, Valencia: Universitat de València, 2012, p. 77-107).

17 Ibid., fol. 5rº.

18 Vincenzo Maria FONTANA, Monumenta dominicana breviter in synopsim collecta, Roma: Niccolò Angelo Tinassi, 1675, p. 368.

19 «Coram reverendo domino fratre Johanne Franco, ordinis predicatorum magistro in sacra theologia, heretice pravitatis inquisitore in omnibus regnis et terris serenissimo ac victoriossisimo domino regi Aragonum citra mare et comitatum Rosilionis subiectis». El 26 de abril de 1473, Juan Franco abrió un proceso inquisitorial contra Jacob Abençuça, judío de origen portugués, y su esposa Cinfa Caçani, natural de Llerena, sobre quienes recaía la sospecha de que, tras haberse bautizado en Castilla, habían marchado a Zaragoza para regresar al judaísmo. Esta causa fue incorporada a la que fray Juan de Épila abrió en 1482 contra ambos (Archivo Histórico Provincial de Zaragoza (AHPZ), Inquisición, caja 2, núm. 1, fol. 4-27).

20 Sobre la distribución geográfica de los inquisidores dominicos en la Corona de Aragón antes de la nueva Inquisición regia, J. M. CRUSELLES GÓMEZ, «De Morillo a Torquemada…», p. 29-30.

21 V. M. FONTANA, op. cit., p. 373.

22 José LABAJOS ALONSO, Proceso contra Pedro de Osma, Salamanca: Universidad Pontificia de Salamanca, 2010, p. 143-148.

23 Jerónimo ZURITA, Anales de la Corona de Aragón, ed. de Ángel Canellas López, 8 vols., Zaragoza: Institución Fernando el Católico, 1977, t. VIII, lib. XX, cap. LXV, p. 501.

24 Luis de PÁRAMO, De origine et progressu officii Sanctæ Inquisitionis, Madrid: Tipografía Regia, 1598, p. 187-188.

25 Juan Antonio LLORENTE, Memoria histórica sobre qual ha sido la opinión nacional de España acerca del tribunal de la Inquisición, Madrid: Imprenta de Sancha, 1812, p. 116.

26 Francisco DIAGO, Historia de la Provincia de Aragón de la Orden de Predicadores, Barcelona: Provincia Dominicana de Aragón, 1599, fol. 64vº.

27 Vicente BLASCO DE LANUZA, Historias ecclesiásticas y seculares de Aragón en que se continúan los annales de Çurita, desde el Año 1556 hasta el de 1618. Tomo segundo, Zaragoza, 1622, p. 177.

28 Sobre el mencionado conflicto diplomático, A. SESMA MUÑOZ, op. cit., p. 41-59; sobre la colaboración entre el primer tribunal fernandino y la curia del oficial del obispo de Valencia, Enrique CRUSELLES GÓMEZ, «Comenzar la inquisición (Valencia, diciembre 1481-marzo 1482)», in: A. GONZALEZ-RAYMOND y R. CARRASCO (eds.), Las razones del Santo Oficio, Montpellier: Presses Universitaires de la Méditerranée, 2017, p. 55-78: 56-64.

29 El proceso contra Miguel Maestro, canónigo de la iglesia colegiata de Santa María de Teruel, se conserva en AHN, Inquisición, leg. 526, exp. 2. Por un error del escribano, en el comienzo de la «clamosa» se indica la fecha de 10 de octubre de 1471, que al final del documento fue sustituida por la correcta de 1481, más coherente con la datación del resto de la causa.

30 Supra, n. 19. En la apertura de este proceso, la intitulación del inquisidor Épila presenta un pequeño cambio, porque además del condado del Rosellón incluía también el de Cerdanya, que no volvemos a encontrar en ninguno de los restantes casos: «[…] reverendo in Christo patre et domino, fratre Johannes de Epilla, in sacra pagina dignisimo profesor, inquisitore heretice pravitatis in homnibus regnis et terriis serenisimo atque victorisisimo principi regii nostro Aragonium citra mare et comitatus Rossillonis et Ceritanie subiectis, Santa Sede apostolica specialiter deputato atque delegato» (AHPZ, Inquisición, caja 2, núm. 1, fol. 1rº).

31 Los primeros jueces de la nueva Inquisición en Zaragoza, el dominico Gaspar Jutglar y el canónigo Pedro de Arbués, volvieron a procesar a dicha Constanza en octubre de 1484 y esta vez la relajaron en ausencia al brazo secular, probablemente porque entre tanto había aprovechado para poner tierra por medio. Ambos procesos están reunidos en AHPZ, Inquisición, caja 2, núm. 3; el primero en fol. 1-42, y el segundo en fol. 43-156.

32 AHPZ, Inquisición, caja 2, núm. 4; el proceso está incompleto, pero una anotación en la portada informa de que ambos cónyuges fueron relajados finalmente al brazo secular por los nuevos inquisidores el 18 de marzo de 1486.

33 «[…] vicario et locum tenentis inquisitoris generalis heretice pravitatis in causa fidei in toto regno Aragonum pro reverendo in Christo, patre et domino, fratre Johanne de Epila, in sacra tehologia professor dignissimo conventui et monasterii predicatorum civitatis Cesarauguste ac in regnis et terris serenisimo ac victoriosisimo domino nostro regii Aragonum dicioni subiectis citra mare et comitatum Ronsilionis [sic] inquisitore generali heretice pravitatis a Sancta Sede apostolica specialiter delegato substitutus» (AHPZ, Inquisición, caja 2, núm. 5). El proceso está incompleto y desconocemos los términos de la sentencia.

34 El primero, constituido por los dominicos catalanes Joan Cristòfol de Gualbes y Joan Orts a finales de 1481, responsable del primer edicto de gracia en mayo de 1482, se descompuso a partir del verano de 1483 tras la destitución de Gualbes, que el papa Sixto IV exigió al rey Fernando a cambio del nombramiento de Torquemada como inquisidor general de la Corona de Aragón (José M.ª CRUSELLES GÓMEZ, «Los jurados de Valencia y la nueva Inquisición. Los tiempos de fray Gualbes (1481-1483)», Anuario de Estudios Medievales, 51, 2021, p. 661-685).

35 La orden fue cursada por el rey al maestre racional del reino de Valencia, Joan Ram Escrivà, quien actuaba desde 1482 como receptor de los bienes confiscados por el tribunal valenciano (Archivo de la Corona de Aragón [ACA], Real Cancillería, 3684, fol. 17vº)

36 Los reyes, y Torquemada con ellos, permanecieron en Vitoria entre el 28 de septiembre de 1483 y el 7 de enero de 1484, cuando emprendieron el viaje a Tarazona (Antonio ROMEU DE ARMAS, Itinerario de los Reyes Católicos, 1474-1516, Madrid: Consejo Superior de Investigaciones Científicas, 1974, p. 116-121). Sin embargo, la reticencia de los representantes de Cataluña y Valencia retrasó el comienzo de las sesiones de las cortes hasta mediados de febrero (A. SESMA MUÑOZ, op. cit., p. 65-66).

37 AHN, Inquisición, leg. 533, exp. 18, fol. 7rº-vº; se trata del proceso abierto el 1 de octubre de 1485 contra las autoridades municipales de Teruel, acusadas de obstaculizar la actuación inquisitorial.

38 «[…] confidens vos, dictum talem, heretice pravitatis inquisitorem serie cum presenti in dicto regno Aragonum substituo et subdelego, volens quod vos, dictus talis, possitis et valeatis in dicto regno Aragonum, virtute huius mee substitutionis et subdelegationis inquire contra quoscumque huius criminis heretice pravitatis reos, infamatos vel suspectos eorumque fautores, receptores et defensores», ACA, Real Cancillería, 3684; el primero de dichos formularios está recogido en los fol. 79rº-vº (de la primera numeración, que se corresponde con la original del registro) bajo el título «Forma comissionis prioris Sancte Crucis in Aragonia», y el segundo en los fol. 80rº-81rº como «Forma comissionis prioris Sancte Crucis in Castella». Aunque, por su condición de formularios, ninguno de los dos está datado, Antonio de la Torre los situaba en el mes de diciembre de 1483, pues el formulario aragonés incluía el breve de Sixto IV que confería a Torquemada la condición de inquisidor general de Aragón, Valencia y Cataluña, otorgado el 17 de octubre de 1483 (Antonio de la TORRE Y DEL CERRO, Documentos sobre relaciones internacionales de los Reyes Católicos, I. 1479-1483, Barcelona: Consejo Superior de Investigaciones Científicas, 1949, p. 387-391). El texto de ese formulario aragonés coincide, casi punto por punto, con el nombramiento de Juan Solivera incluido en el proceso contra los munícipes turolenses, con la sola excepción de la fecha del mencionado breve sixtino, que se adelantaba al 7 de octubre de 1483. Sánchez Moya, quien localizó, transcribió y publicó este documento en 1958, ahondó en esa discrepancia para adelantar en diez días el nombramiento pontificio de Torquemada y rebajar el breve del 17 de octubre a la categoría de «confirmación» del verdadero nombramiento (Manuel SÁNCHEZ MOYA, «Aportaciones a la historia de la Inquisición aragonesa y turolense», Sefarad, 18, 1958, p. 283-290). No fue esa la única vez que en copias posteriores se alteraba la data de un documento pontificio, de manera que en este caso parece bastante más sencillo atribuir la contradicción a un simple descuido del copista.

39 El rey firmó la orden de pago el 4 de mayo y se hizo efectiva al día siguiente, según consta en la contabilidad de la receptoría de bienes confiscados (Archivo del Reino de Valencia [ARV], Maestre racional, 8323, parte II, fo. 39rº). Según la cautela otorgada el 7 de mayo por el monarca a su «criado» Alonso de Mesa, que debía actuar como receptor de bienes confiscados, el tribunal de Teruel contaría con ocho miembros, incluidos Solivera y el propio Mesa, a quienes se añadirían un juez ordinario, un jurista que actuara como asesor, un alguacil, al menos dos escribanos, un procurador fiscal y un abogado fiscal. En total, el gasto previsto en concepto de salarios ascendía a 22.000 sueldos jaqueses anuales (ACA, Real Cancillería, 3684, fol. 13rº); una cantidad idéntica fue asignada al tribunal de Zaragoza unos días más tarde, el 11 de mayo, pero en este caso debía repartirse entre once personas (ibid., fol. 15rº-vº).

40 La causa «contra iudicem, alcaldes, regidores et alios quoscumque oficiales civitatis Turoli» se inició el día 1 de octubre de 1484, en la vecina localidad de Cella, a la que se había retirado fray Solivera junto con su coinquisidor, Martín Navarro, vicario parroquial de dicha localidad, que desde el mes de julio anterior formaba parte del tribunal por delegación especial del arzobispo de Zaragoza (AHN, Inquisición, leg. 533, exp. 18, portada y fol. 1rº-6vº). Este y otros procesos relacionados con la brutal acometida llevada a cabo por la Inquisición fernandina en Teruel, se detallan en Manuel SÁNCHEZ MOYA, La Inquisición contra la ciudad de Teruel (1484-1485). Resistencia de la ciudad de Teruel al establecimiento de la Inquisición, juicio contra sus oficiales e imposición del rey, Teruel: Instituto de Estudios Turolenses, 2020. Para Sesma y otros autores, el choque fue resultado de la decisión consciente del rey Fernando de hacer en Teruel un escarmiento ejemplar que desaconsejara al resto de las autoridades forales de sus reinos cualquier resistencia frente al nuevo tribunal, que pretendía convertir en un instrumento de dominio político (A. SESMA MUÑOZ, op. cit., p. 76-78).

41 En el proceso abierto el 13 de junio de 1484 contra el curtidor Esperandeo Salvador, que fue uno de los primeros abiertos por Gaspar Jutglar y Pedro de Arbués en Zaragoza, se incorporó un testimonio que, en contra del reo, había sido recabado el 29 de agosto de 1483 por Juan de Épila, a quien se identificaba ahora como antiguo («tunch temporis») inquisidor de Zaragoza y del reino de Aragón. Entre los testigos se encontraba, ese mismo 13 de junio de 1484, mosén Gabriel Beralda, que después formó parte del tribunal de Valencia (AHPZ, Inquisición, caja 3, núm. 3, fol. 5vº-7rº). Pocos días antes, el 10 de junio, el propio Beralda comparecía como testigo en una actuación previa de los nuevos inquisidores, en esta ocasión junto a fray Guillermo Paralelli (ibid., caja 3, núm. 2, fol. 15rº). Ambos clérigos viajaron unos días más tarde a Valencia junto con fray Épila; el primero para ejercer como procurador fiscal, el otro para ocupar el puesto de sacerdote de los inquisidores (Bernardo TOMÁS BOTELLA, Administración económica del distrito inquisitorial de Valencia: la receptoría de bienes confiscados, 1482-1493, tesis doctoral, Universidad de Valencia, 2016, p. 248-249 <http://hdl.handle.net/10550/54057>).

42 El notario que levantó acta de esta reunión, celebrada en el hostal donde se alojaba esa noche fray Épila, señaló la presencia de otro inquisidor a quien llamó «maestre Orts», señalando que ambos eran «inquisidores en todo Aragón» (Antonio FLORIANO CUMBREÑO, «El tribunal del Santo Oficio en Aragón. Establecimiento de la Inquisición en Teruel», Boletín de la Real Academia de la Historia, 87, 1925, p. 173-260: 227-230). Esta afirmación difiere de las restantes informaciones que tenemos de Joan Orts, el otro dominico catalán, también procedente del convento de Lleida, que había acompañado a Joan Cristòfol de Gualbes en el tribunal de Valencia desde finales de 1481 hasta la destitución de este último en el verano de 1483. Sabemos que Orts estuvo en Tarazona durante la celebración de las cortes generales (AHN, Maestre racional, 8323, parte I, fol. 9vº-10rº), y que en un primer momento el monarca había decidido, efectivamente, enviarlo junto con Épila a Valencia; sin embargo, más tarde fue destinado al tribunal de Zaragoza, junto a fray Gaspar Jutglar, miembro también del convento de Lleida (ACA, Real cancillería, 3684, fol. 10rº-11vº). El día 11 de mayo de 1484, Orts se encontraba en Zaragoza, desde donde remitió una carta a Valencia para que le fueran enviados ciertos enseres a Lleida «al principi de l’estudi», es decir, al comienzo del curso académico. Podemos pensar que la intención del dominico era regresar a su convento, y esta impresión se ve confirmada, en primer lugar, por el hecho de que nunca se incorporó al tribunal de Zaragoza, ni al de Valencia ni a ningún otro, aunque no dejó de utilizar el título de «inquisidor general», que tanto prestigio tenía dentro de la orden dominicana; también porque en noviembre de 1484 se encontraba efectivamente en Lleida, desde donde escribió de nuevo a Valencia. Poco antes, en el mes de octubre, el rey Fernando dejaba constancia, en la correspondencia cruzada con sus embajadores en Roma, de la particular decepción que le había causado el comportamiento de Orts (J. M. CRUSELLES GÓMEZ, «De Morillo a Torquemada…», p. 59-60). Por otro lado, en la documentación generada por las instituciones forales valencianas a cuenta del conflicto con el nuevo inquisidor Juan de Épila no se hace mención alguna a Orts, salvo para asociarlo al periodo anterior en que había ejercido junto a Gualbes; tampoco en la documentación emanada del propio tribunal, que identifica en todo momento a los canónigos valencianos Martí Enyego y Macià Mercader como únicos coinquisidores de fray Épila. Joan Orts, por tanto, nunca regresó a Valencia desde Tarazona y, en consecuencia, la inopinada noticia de su presencia en Teruel el día 30 de junio de 1484 solamente puede ser explicada de dos formas, ninguna de ellas respaldada a día de hoy por otro testimonio. La primera es que Orts terminara siendo asignado al tribunal de Valencia y acompañara a Épila hasta Teruel, pero renunciara a su cargo antes de concluir el viaje y tomara el camino de Lleida. La segunda, que los munícipes turolenses confundieran a Orts con el asesor Sancho Marí o con algún otro de los acompañantes de Épila.

43 En este y en otros documentos posteriores relacionados con el mismo episodio, las autoridades de Teruel atribuían a Épila y al supuesto Orts la condición de «inquisidores generales» e «inquisidores en todo Aragón», y les pedían que ejercieran su ministerio en la ciudad, «pues tenían poder ordinario de la Religión de Sancto Domingo et del vicario general della» (A. FLORIANO CUMBREÑO, art. cit., p. 250).

44 Este episodio tuvo lugar en el palacio episcopal de Valencia; el notario Bartomeu Abat, síndico de la ciudad de Valencia, actuó en representación del consell y de las cortes (Archivo del Colegio de Corpus Christi de Valencia [ACCV], Protocolos, 169, notario Bernat Dassió sr., 1484, julio 8). El inquisidor Juan de Épila y sus acompañantes habían llegado a Valencia el anterior 3 de julio (ARV, Maestre Racional, 8323, parte I, fol. 61).

45 En ausencia de los inquisidores, el único interlocutor del monarca en los actos relativos a este tribunal era el receptor de bienes confiscados, Juan de Medina, «amado criado nuestro», a quien iba dirigida la cautela que detallaba el importe de los salarios anuales a percibir por cada uno de los oficiales, que debían comenzar a contar a partir del día «que jurarán que partieron de sus casas». El monto total era de 27.000 sueldos barceloneses a repartir entre diez personas (ACA, Real Cancillería, 3684, fol. 15vº).

46 Ibid., fol. 13vº.

47 Aunque debieron llegar a Barcelona hacia finales de mayo de 1484, las actas municipales no mencionan a Juan Franco hasta el 14 de agosto, y solo el 29 de noviembre de manera conjunta a ambos, Franco y Caselles, «quis dien inquisidors generals de la herética pravitat en lo principat de Cathalunya». El 18 de enero de 1486, Juan Franco compareció en solitario ante los consellers, quizás porque Caselles había regresado a Mallorca, para exigirles que impidieran salir de la ciudad a los conversos (Francesc CARRERAS CANDI, «L’Inquisició barcelonina, substituida per l’Inquisició castellana (1446-1487)», Anuari de l'Institut d’Estudis Catalans, 3, 1909, p. 130-177: 150-164).

48 Habría estado al frente del tribunal entre 1481 y 1487, fecha esta última en que fue cesado en aplicación de una bula pontificia del mes de marzo, cuyo cumplimiento dictaminó el rey Fernando el 27 de julio, cuando ordenó asimismo a Caselles que se trasladara a la corte real para comparecer ante Torquemada (Mateu COLOM PALMER, La Inquisició a Mallorca (1488-1578), Barcelona: Curial, 1992, p. 21-26). La presencia de Caselles en Barcelona en mayo de 1485 puede parecer contradictoria, pero en todo caso no fue el único viaje que había hecho fuera de la isla durante esos años.

49 Mediante una alambicada maniobra diplomática, el monarca logró que el 18 de septiembre de 1481, el general Cassetta habilitara al fraile leridano Gaspar Jutglar para nombrar inquisidores en la provincia dominicana de Aragón, aunque solamente a aquellos miembros de la orden que el rey le indicara. La elección del monarca recayó, el siguiente 29 de octubre, en Gualbes y Orts «ad inquirendum in dicta provincia Aragonie», y en Guillem Caselles «ad inquirendum in regno et insula Maioricarum» (A. de la TORRE Y DEL CERRO, Documentos…, p. 182-184; ACA, Real Cancillería, 3606, fol. 132vº-133vº).

50 Diago, que situaba a Caselles entre los viejos inquisidores dominicos como sucesor de Nicolau Merola, dedicó varias páginas a sus enfrentamientos contra «algunos que se fingían lullistas», porque consideraban herética una oración («ciertos versillos») inscrita en un altar del convento de Santo Domingo de la ciudad de Mallorca. El episodio tuvo lugar entre los años 1482 y 1483, y el mallorquín contó con la ayuda del barcelonés Joan Cristòfol de Gualbes, entonces inquisidor de Valencia, que llegó a reunir una junta de teólogos para decidir sobre el asunto. No contento con ello, Caselles marchó hasta Roma en 1483 para conseguir el dictamen favorable de una comisión cardenalicia (F. DIAGO, Historia de la Provincia de Aragón…, fol. 60vº-61vº).

51 Gonzalo MARTÍNEZ DÍEZ, Bulario de la Inquisición española hasta la muerte de Fernando el Católico, Madrid: Editorial Complutense, 1997, p. 188-193; algunos autores como Henry C. Lea adelantan este documento al año 1486, sin considerar que desde el reinado del papa Eugenio IV las bulas pontificias debían datarse mediante el Año de la Encarnación según el estilo florentino, de manera que las fechas entre el 1 de enero y el 24 de marzo corresponden al año siguiente en el calendario actual (Adriano CAPPELLI, Cronologia, cronografía e calendario perpetuo, Milán: Ulrico Hoepli, 1930, p. 11).

52 Ernest BELENGUER CEBRIÀ, Fernando el Católico y la ciudad de Valencia, Valencia: Publicacions de la Universitat de València, 2012, p. 181-182.

53 El último procesamiento que conocemos entre los realizados tras la destitución de Gualbes, lo hicieron fray Orts y el vicario episcopal Mercader a principios de febrero de 1484. Úrsula, esposa de un platero de Xàtiva llamado Jaume Fuster, reconoció que había practicado ceremonias judaicas, siempre incitada por su suegra, aunque había dejado de hacerlo «desque lo reverent frare Gualbez és vengut en la present ciudat». El día 11 de febrero de 1484, en la catedral de Valencia, Úrsula abjuró de sus delitos ante ambos inquisidores, que dictaron contra ella sentencia «ad perpetuum carcerem, retenta misericordia» (AHN, Inquisición, leg. 914, exp. 8, s.f.).

54 E. CRUSELLES GÓMEZ, «Comenzar la Inquisición…», p. 60, n. 1.

55 Se dieron en esta ocasión cuarenta días de plazo para confesar voluntariamente, pero a causa de la afluencia masiva que provocó, el edicto fue prorrogado el 15 de mayo de 1485, y aún se acogió a él un grupo de rezagados «extra tempus gracie» (Enrique CRUSELLES GÓMEZ, «Contra conversos. La represión inquisitorial a Gandia (1484-1486)», in: Ferran GARCIA-OLIVER (ed.), Una comunitat humana al llarg de la història: La Safor. Estudis dedicats a Vicent Olaso Cendra, Catarroja: Afers, p. 279-315); un análisis detallado de la actuación en Valencia de este segundo tribunal de la nueva Inquisición, en ibid., «El segundo edicto de gracia de la Inquisición valenciana (4 de noviembre de 1484)», Revista de la Inquisición (intolerancia y derechos humanos), 30, 2026 [en prensa].

56 ARV, Maestre Racional, 94.

57 E. BELENGUER CEBRIÀ, op. cit., p. 203-206.

58 «[…] les dos presons del Real del senyor rey, constituhit fora los murs de la ciutat de València, que per manament del dit senyor rey són stades fetes e obrades en lo pati de l’apartament de la senyora reyna, a ops de tenir presos en aquelles los hòmens e dones conversos e mals cristians que per los reverents inquisidors de la herètica pravitat són processats e sentenciats» (ARV, Maestre Racional, 8323, parte II, fol. 32vº). El trabajo de poner las cerraduras, bisagras, rejas y barras de hierro lo llevó a cabo Jaume Barragà, habitante de Valencia, que pese a su condición de «cerrajero del rey» hubo de armarse de paciencia para cobrar el costo de la obra, un total de 661 s.v. que la receptoría de bienes confiscados no terminó de pagarle hasta 1489 (B. TOMÁS BOTELLA, Administración económica…, p. 257-258, n. 244).

59 Ibid., p. 289.

60 Bernardo TOMÁS BOTELLA, «Los primeros autos de fe de la Inquisición valenciana (1482-1486)», in: Anita GONZALEZ-RAYMOND, Miguel JIMÉNEZ MONTESERÍN, Fabrice QUERO (coords.), Normes, marges et confins. Hommage au professeur Raphaël Carrasco, 2 t., Montpellier: Presses universitaires de la Méditerranée, 2018, 1, p. 65-82.

61 Un acta notarial compuesta el 25 de enero de 1487 recoge los nombres de sesenta personas condenadas en Zaragoza desde junio de 1485, incluyendo veinte quemados en persona y otros dieciocho en efigie (José M.ª LAHOZ FINESTRES y Eugenio BENEDICTO GARCÍA, «Una relación de los autos de fe celebrados en Aragón de 1485 a 1487», Revista de la Inquisición (intoleracia y derechos humanos), 15, 2011, p. 13-25); para ese mismo periodo, la «Memoria de diversos autos de Inquisición» publicada por Lea, identifica un total de 86 víctimas, incluyendo 38 penitenciadas, 32 quemadas en persona, 12 quemadas en efigie, dos ajusticiadas y dos reos que se suicidaron en prisión (H. C. LEA, op. cit., p. 853-866).

62 E. CRUSELLES GÓMEZ, «Contra conversos…», p. 296-300.

63 AHN, Inquisición, leg. 942, caja 1 (suelto), fol. 12rº-vº.

64 Ibid., fol. 12vº-13rº.

65 B. TOMÁS BOTELLA, Administración económica…, p. 259.

66 El 28 de enero de 1486, el rey Fernando estaba dispuesto a incrementar el salario anual de Martí Enyego de dos mil a tres mil sueldos valencianos para que se aviniera a trasladarse al Real, aunque ignoramos si la medida llegó a aplicarse, ya que en las cuentas de la receptoría de bienes confiscados no consta, entre agosto de 1485 y enero de 1487, ninguna anotación relativa a los salarios de los inquisidores; y para esas fechas no hay rastro alguno de las cuentas de la receptoría de penas y penitencias, sobre la que pudieron haber recaído tales pagos (ibid., p. 197).

67 AHN, Inquisición, leg. 888, caja 2 (suelto), fol. 64rº-vº; José M.ª CRUSELLES GÓMEZ, «Prisión, muerte y condena de Antoni Tristany, maestro de escuela, por la Inquisición de Valencia», Anales de la Universidad de Alicante. Historia Medieval, 25, 2024, p. 121-158.

68 AHN, Inquisición, leg. 942, caja 1 (suelto), fol. 14rº-15rº.

69 Ibid., fol. 16rº.

70 Sobre la tipificación del delito de «fautoría de herejes», Miguel JIMÉNEZ MONTESERÍN, La Inquisición española. Documentos básicos, Valencia: Universitat de València, 2020, p. 1151.

71 Enrique CRUSELLES GÓMEZ, Fortuna y expolio de una banca medieval. La familia Roís de Valencia (1417-1487), Valencia: Publicacions de la Universitat de València, 2019, p. 349-351; B. TOMÁS BOTELLA, Administración económica…, p. 198-200.

72 Agustín RUBIO VELA, «Valencia y Torquemada. En torno a los comienzos de la Inquisición española (1482-1489)», Boletín de la Sociedad Castellonense de Cultura, 74, 1998, p. 77-139: 130-132.

73 José M.ª CRUSELLES GÓMEZ, «Inquisición y territorio: de la provincia dominicana de Aragón al tribunal de distrito de Valencia (1482-1491)», Revista de la Inquisición. Intolerancia y Derechos Humanos, 28, 2024, p. 113-146: 129-131.

74 Estaba en Zaragoza entre el 6 y el 19 de octubre de 1485, actuando junto al vicario episcopal Martín García Puyazuelo en el proceso contra el jurista Jaime de Montesa, uno de los primeros acusados por la muerte del inquisidor (AHPZ, Inquisición, caja 5, núm. 1, fol. 27rº-31vº); unos días más tarde, el 27 de octubre, se encontraba en sus estancias del convento dominico de Calatayud, donde practicó un interrogatorio relacionado con la misma causa (ibid., fol. 209rº-214vº). Es posible que volviera a Zaragoza en los primeros días de noviembre, pues su nombre consta en el interrogatorio de un testigo (ibid., fol. 66rº), pero a principios de diciembre ya se había constituido en la capital aragonesa un nuevo tribunal del que no formaba parte.

75 El rey Fernando intentaba sacar a Mercader del tribunal de Valencia desde el verano de 1484, cuando fray Juan de Épila llegó a la ciudad. Entonces el problema más urgente era la oposición de las autoridades forales, pero superada esta y publicado el edicto de gracia en noviembre de ese mismo año, el cese de Mercader se convirtió en un objetivo prioritario. A finales de diciembre el monarca lo acusaba de obstaculizar al tribunal a causa de sus malas relaciones con Épila, que eran continuación de las «zizanias y passiones» que ya había mantenido con Gualbes (ACA, Real Cancillería, 3684, fol. 33vº-34rº).

76 Supra, n. 51.

77 Posteriormente, aunque de manera esporádica, se produjeron algunas intervenciones del papa que supusieron una flagrante contradicción de los poderes otorgados a Torquemada, como ocurrió en el caso de Miguel Morillo, uno de los inquisidores enviados en 1480 a Sevilla por los Reyes Católicos, que en 1491 obtuvo de Inocencio VIII una bula que lo nombraba inquisidor general de todos los reinos de Castilla y Aragón. No se trataba de un error ni de un hecho aislado, sino del resultado de una agria disputa desatada entre Torquemada y algunos de los inquisidores designados por los monarcas antes de que aquel se convirtiera en inquisidor general (Henry Charles LEA, Historia de la Inquisición española, 3 vols., Madrid: Fundación Universitaria Española, 1982, 1, p. 200-202; J. M. CRUSELLES GÓMEZ, «De Morillo a Torquemada…», p. 60-65).

78 Diago afirma que murió en su convento de Lleida en el mes de enero de 1485, según se informó en el capítulo de la congregación de la observancia celebrado en ese mismo cenobio a finales de junio (DIAGO, op. cit., fol. 68rº). Sin embargo, en las actas judiciales del tribunal de Zaragoza consta que Jutglar se encontraba en la capital aragonesa el 31 de enero, ocupado en los asuntos de la Inquisición, y que el 4 de febrero ya había fallecido (AHPZ, Inquisición, caja 2, núm. 3, fol. 119vº-120rº); un intervalo quizás demasiado breve para desplazarse hasta Lleida, morir allí y que la noticia de su muerte llegara a Zaragoza. Cabe pensar que, en todo caso, sus restos mortales fueron trasladados a Lleida para recibir allí sepultura. Bastante tiempo después, algunos autores recogieron ciertas sospechas que atribuían su muerte a la larga y mortífera mano de los conversos, que habrían conseguido envenenarlo, «porque siempre a los principios tuvieron gran cuidado de matar los inquisidores» (V. BLASCO DE LANUZA, op. cit., p. 168; H. C. LEA, op. cit., p. 277).

79 El 9 de diciembre de 1485, el tribunal de Zaragoza estaba constituido por tres jueces con formación teológica. Dos de ellos eran castellanos y procedían de la corte regia: Juan de Colmenares, abad del convento premostratense de Aguilar de Campoo, y Alfonso Sánchez de Alarcón, canónigo de Palencia y miembro del consejo real, ambos pertenecientes a la capilla real. El tercero era Martín García Puyazuelo, canónigo de la Seo de Zaragoza y vicario episcopal, que ya había actuado junto a Juan Solivera en los meses inmediatamente posteriores al asesinato de Arbués (AHPZ, Inquisición, caja 4, núm. 3, fol. 11rº; y fol. 35rº). Este triunvirato continuaba ejerciendo sus cargos el 6 de febrero de 1486, pero en el siguiente mes de marzo encontramos solamente a Sánchez de Alarcón y Martín García (ibid., caja 6, núm. 1, fol. 13rº-vº; y fol. 17rº-18rº), mientras Colmenares comenzaba a actuar en Barbastro y Monzón (ibid., caja 6, núm. 2, fol. 9vº; y núm. 4, fol. 1rº), como preludio de la creación del distrito inquisitorial de Huesca y Lleida, que se constituyó entre los meses de abril y mayo bajo la dirección de dicho Colmenares, secundado por Berenguer Tort, presbítero de Monzón, y alternativamente por Miguel Asensio, tal vez un clérigo de Barbastro, a quienes el obispo de Lleida había investido como vicarios generales para los asuntos de la Inquisición (ibid., caja 6, núm. 6, fol. 1rº; núm. 9, fol. 1rº; y núm. 11, fol. 1rº).

80 Monterrubio, prior del convento de San Pedro de las Dueñas, formó parte del tribunal de Zaragoza en 1486 y 1487; en 1488 lo encontramos en Calatayud en compañía de Martín Navarro, que había venido desde Teruel (ibid., p. 555-567); en octubre de 1488 se incorporó al tribunal de Valencia, donde asumió la misión, inicialmente reservada a Juan Solivera, de iniciar la inquisición en Tortosa. En diciembre de 1490 fue reemplazado por otro inquisidor, el también dominico Diego Magdaleno, y volvió a Zaragoza, donde permaneció al menos durante el año 1491 (J. M. CRUSELLES GÓMEZ, «Inquisición y territorio…», p. 134-138; A. UBIETO ARTETA, art. cit., p. 576).

81 Zurita afirma que Solivera fue uno de los tres inquisidores que sustituyeron en Zaragoza a Pedro de Arbués, junto con fray Juan de Colmenares, abad de Aguilar de Campoo, a quien suponía cisterciense (premostratense, en realidad), y Alonso de Alarcón, canónigo de Palencia (J. ZURITA, op. cit., p. 506). La información fue recogida por los cronistas posteriores (L. PÁRAMO, op. cit., p. 183; V. BLASCO DE LANUZA, op. cit., p. 178), aunque la documentación del tribunal de Zaragoza da cuenta de una transición bastante más compleja (supra, n. 79).

82 J. M. CRUSELLES GÓMEZ, «Inquisición y territorio…», p. 130-131.

83 Algunos autores han confundido al inquisidor de Barcelona con su homónimo, el franciscano Alonso de Espina, que había fallecido más de dos décadas antes tras legar para la posteridad el Fortalitium Fidei, uno de los grandes hitos hispánicos del odio religioso tardomedieval (Constanza CAVALLERO, «Alonso de Espina y sus homónimos. Confusiones historiográficas e interrogantes históricos», Revista de historia Jerónimo Zurita, 93, 2018, p. 121-138).

84 La primera opción fue, al parecer, el canónigo zaragozano Martín García Puyazuelo, quien declinó el ofrecimiento para permanecer en la capital aragonesa (Juan BLÁZQUEZ MIGUEL, La Inquisición en Cataluña. El tribunal del Santo Oficio de Barcelona (1487-1820), Toledo: Arcano, 1990, p. 32). Aunque en los primeros meses de 1487 se había contemplado la posibilidad de poner a Sancho Marín al frente de la Inquisición de Teruel, fue asignado finalmente a Barcelona – tal vez a causa de la negativa de García Puyazuelo – y es probable que acudiera a la ciudad condal junto con Alfonso Espina en julio de 1487. No estuvo allí mucho tiempo: en junio de 1488 se incorporó al tribunal de Mallorca, donde permaneció durante el siguiente quinquenio para después trasladarse a Cerdeña en 1493 y a Sicilia en 1498 (B. TOMÁS BOTELLA, Administración económica…, p. 211-212).

85 En disputa con Juan Crespo, designado inquisidor de Huesca y Lleida por Torquemada a finales de 1486, como sustituto de Juan de Colmerares (Jaime CONTRERAS y Jean Pierre DEDIEU, «Geografía de la Inquisición española: la formación de los distritos, 1470-1820», Hispania, 40, 1980, p. 71); algún autor sospecha que Juan Franco fue el autodenominado «inquisidor del bisbat de Leyda» que, en febrero de 1487, lanzó un decreto de excomunión contra Antoni Bardaxí, regente de la cancillería real, en medio de la estéril pugna que el inquisidor aragonés sostenía con las autoridades barcelonesas para forzarlas a reconocer su autoridad (F. CARRERAS, art. cit., p. 144).

86 Ibid., p. 162.

87 Volvió a ser inquisidor de Mallorca entre 1502 y 1505; en 1506 pasó a Barcelona y regresó a la isla entre 1508 y 1515 (M. COLOM PALMER, op. cit., p. 25 y 95).

88 Sobre los orígenes y la carrera política de Juan Claver, que llegaría a ser embajador de los Reyes Católicos en Milán y Nápoles, Concepción VILLANUEVA MORTE y Álvaro FERNÁNDEZ DE CÓRDOVA MIRALLES, El embajador Claver. Diplomacia y conflicto en las «Guerras de Italia», Madrid: Consejo Superior de Investigaciones Científicas, 2020.

89 Los nuevos inquisidores designados por Torquemada eran Pedro Sanz de la Calancha, canónigo de Palencia y licenciado en derecho canónico; Juan López de Cigales, canónigo de Cuenca y licenciado en teología; y Francesc Soler, canónigo de Lleida y doctor en ambos derechos, quien debía actuar además como asesor jurídico del tribunal en sustitución de Sancho Marín, que había sido enviado a Barcelona (B. TOMÁS BOTELLA, Administración económica…, p. 55-56).

90 F. DIAGO, Historia de la Provincia de Aragón…, fol. 64rº.

91 Alonso FERNÁNDEZ, Concertatio praedicatoria, pro Eclesia Catholica, contra haereticos, gentiles, iudeos et agarenos per epitomen in annales distributa, Salamanca: Diego de Cosío, 1618, p. 230.

92 Morillo y San Martín, los primeros inquisidores fernandinos de Sevilla, fueron sustituidos en 1488 por Pedro de Belorado, abad del monasterio benedictino de San Pedro de Cardeña, y el licenciado Pedro Ramos, canónigo de Calahorra, que ejercerían el cargo hasta 1500 (Juan GIL, Los conversos y la Inquisición sevillana, 8 vols., Sevilla: Universidad de Sevilla-Fundación El Monte, 2000, 1, p. 224).

93 Su nombre aparece al menos en cinco de esas reuniones, que habitualmente tenían lugar en el palacio de la Aljafería, sede del tribunal zaragozano: el 26 y el 28 de febrero de 1488 (AHPZ, Inquisición, caja 3, núm. 5, fol. 88rº-vº; y caja 8, núm. 1, fol. 11rº), el siguiente 17 de marzo (ibid., caja 8, núm. 6, fol. 25rº-vº), el 14 de enero de 1489 (ibid., caja 10, núm. 9, fol. 18rº-vº) y el 10 de mayo de 1491 (ibid., caja 7, núm. 11, fol. 89rº-vº).

94 El 29 de diciembre de 1491, Épila y Navarro interrogaron a una de las encausadas, Aldonça, esposa del librero Joan Garret. En los siguientes meses de enero y febrero, forma separada o conjunta, ambos inquisidores recabaron las confesiones de los reos, tras las cuales les abrieron proceso formal el mencionado 26 de febrero. Dos días más tarde se llevó a cabo la votación de la sentencia por parte de los peritos; los encausados abjuraron de sus delitos el día 18 de marzo y todos fueron reconciliados, sin que sepamos – no se ha conservado la sentencia – si perdieron una parte o la totalidad de sus bienes (ibid., caja 15, núm. 2, fol. 1rº, 23vº, 46rº y 60vº). Puede verse un análisis pormenorizado de este proceso en Miguel Angel MOTIS DOLADER, «Claves e identidades de los judeoconversos de Lleida según los procesos inquisitoriales a finales del siglo XV», Tamid: Revista Catalana Anual d’Estudis Hebraics, 10, 2014, p. 81-124.

95 La presentación por parte del fiscal de la «clamosa» contra Albert Oluja está fechada el 14 de mayo de 1490, pero se trata sin duda de un error del escribano, pues no guarda coherencia cronológica con las denuncias presentadas como justificación de dicho procesamiento, ni con el posterior desarrollo de este (AHPZ, Inquisición, caja 13, núm. 16, fol. 1rº-16vº, 30rº-34rº).

96 Ibid., fol. 14rº-16vº.

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Pour citer cet article

Référence électronique

José M.ª Cruselles Gómez et Enrique Cruselles Gómez, « «Un tacaño, ribaldo y borracho, tal como el rey quiere». Fray Juan de Épila, entre la Inquisición dominicana y la fernandina (1478-1492) »e-Spania [En ligne], 54 | Juin 2026, mis en ligne le 01 juin 2026, consulté le 13 juillet 2026. URL : http://journals.openedition.org/e-spania/61276 ; DOI : https://doi.org/10.4000/16en0

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José M.ª Cruselles Gómez

Universitat de València

Enrique Cruselles Gómez

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