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Dossier : El factor distancia en la flexibilidad y el cumplimiento de la normativa en la América Ibérica

Políticas coloniales y agendas locales en los márgenes del imperio español : La deportación de vagos mexicanos a las Filipinas, 1765-1811

Politiques coloniales et agendas locaux aux marges de l'empire espagnol : la déportation des vagabonds mexicains vers les Philippines, 1765-1811
Colonial Policies and Local Agendas in the Margins of the Spanish Empire : The Deportation of Mexican Vagrants to the Philippines, 1765-1811
Eva Maria Mehl

Résumés

Cet article s’intéresse à la mise en œuvre des politiques contre le vagabondage en Espagne et dans la vice-royauté mexicaine à la fin de la période des Bourbons. À partir de la publication de l'Ordonnance de levée militaire prise à Madrid en 1775 qui ordonnait l’enrégimentement annuel des vagabonds, la première partie de cet article analyse les raisons pour lesquelles ce décret fut adopté à Mexico en 1783. Le but était de normaliser l'envoi de vagabonds de l'autre côté du Pacifique et de compléter les envois annuels de soldats de la Nouvelle Espagne vers les Philippines. La deuxième partie de ce travail mesure autant les conséquences de cette décision sur la société novohispana, que les nécessités impériales de l'archipel philippin.

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Texte intégral

1.Introducción

  • 1 Parte del material presentado aquí ha sido tratado en Eva María Mehl, Forced Migration in the Spani (...)

1El presente trabajo se centra en la implementación de políticas contra la vagancia en España y en el virreinato mexicano durante el período borbónico tardío1. Partiendo de la publicación de la ordenanza de levas en Madrid de 1775 que ordenaba la recogida anual de vagos con destino al ejército, mi objetivo es doble : por un lado, analizar las razones por las que este decreto fue adoptado en la ciudad de México en 1783 con el objetivo de sistematizar el envío de vagos al otro lado del océano Pacífico y complementar las remesas anuales de soldados que Nueva España debía enviar a las Filipinas ; y por otro, ponderar las consecuencias que la decisión tuvo para la sociedad novohispana y las necesidades imperiales en el archipiélago.

2Aunque en general poco estudiado, el tema del transporte de forzados y reclutas en el siglo xviii tiene un importante antecedente en el libro de María Fernanda García de los Arcos, Forzados y reclutas : Los criollos novohispanos en Asia, 1756-1808 (México, Potrillo Editores, 1996), centrado en los aspectos administrativos de las levas, la logística de su transporte, y la influencia cultural que estos hombres pudieron ejercer en las Filipinas. Diferente de García de los Arcos, mi investigación se enfoca en la importancia que estas deportaciones tuvieron en la implementación de políticas imperiales en Nueva España y las Filipinas. En última instancia, mi argumento es que la distancia que separaba a la Península de las Filipinas fue un factor crucial en el hecho de que el virreinato adquiriera un importante papel en la gestación y mantenimiento de relaciones regulares con las Filipinas, aplicando normativas reales, especialmente en la policía de vagos, de una forma que no coincidía necesariamente con los propósitos de las autoridades de Madrid.

  • 2 David Brading, Mineros y comerciantes en el México Borbónico, México, Fondo de Cultura Económica, 2 (...)
  • 3 Kenneth Andrien, “The Politics of Reform in Spain’s Atlantic Empire during the Late Bourbon Period  (...)

3Hasta finales de la década de 1990, muchos investigadores se adscribían a la interpretación de un Estado español capaz de implementar reformas borbónicas de manera decisiva y absolutista. Las expresiones “revolución en el gobierno” o “reconquista de América”, acuñadas por David A. Brading y John Lynch respectivamente, para referirse a la determinación de Madrid de ligar a Nueva España con más fuerza a la Península y asegurar mayores ingresos para la monarquía, son bien conocidas en la historiografía2. En los últimos años, esta perspectiva ha sido revisada, entre otros, por Kenneth J. Andrien, John Leddy Phelan, John Coatsworth, Sergio Serulnikov y Gabriel Paquette, quienes han estudiado las prácticas coloniales que surgieron de iniciativas imperiales y han explicado el desigual impacto de las reformas borbónicas en la América española como el resultado de negociación y debate político3. Este trabajo apoya la idea de que la distancia creada por los océanos Atlántico y Pacífico creó las condiciones necesarias en las que actores coloniales en Nueva España disfrutaron de un alto grado de autonomía y flexibilidad para reformular directrices imperiales (en este caso, reformas borbónicas de carácter social) y acomodarlas a los intereses locales y regionales.

  • 4 John Jay TePaske, “Integral to Empire : The Vital Peripheries of Colonial Spanish America”, en Chri (...)
  • 5 James Lockhart y Stuart B. Schwartz propusieron la teoría de que las regiones de México y Perú, pro (...)

4Desde una perspectiva más amplia, este trabajo también ofrece algunas reflexiones sobre las dinámicas en juego entre centros y periferias. Especialistas en historia imperial han sugerido que regiones situadas a gran distancia de Madrid o zonas fronterizas con otros poderes europeos o sociedades indígenas no sometidas eran periferias sólo desde un punto de vista geográfico, pues en realidad desempeñaron importantes posiciones como “componentes del conjunto orgánico que constituyó la empresa española en las Indias”4. Estas posiciones fueron más allá de facilitar la evangelización e hispanización de las poblaciones nativas. Las Filipinas, por ejemplo, sirvieron para defender intereses militares españoles en el flanco oriental del imperio y procurar una avenida para el intercambio de plata mexicana por artículos de lujo asiáticos. La distancia asimismo podría haber facilitado el establecimiento de una jerarquía entre dependencias coloniales5. Por una parte, en el contexto de las reformas borbónicas, nuevas políticas fiscales y el comercio directo con las Filipinas consolidaron los lazos de Madrid con el Pacífico español de acuerdo a clásicos parámetros de una relación centro imperial-dependencia colonial. Por otra parte, este trabajo invita a considerar que el programa borbónico contra la vagancia pudo haber reforzado los vínculos entre Nueva España y el archipiélago dotando al virreinato de una mayor capacidad de interferencia en los asuntos asiáticos.

2.La ordenanza de levas de 1775 en el contexto peninsular

  • 6 Isabel Ramos Vázquez, “Policía de vagos para las ciudades españolas del siglo xviii”, Revista de Es (...)
  • 7 Archivo General de la Nación de México (AGN), Indiferente Virreinal : Ordenanzas, vol. 2356 exped. (...)

5En España y en Nueva España las levas de vagos pasaron de ser redadas ocasionales con objetivos puntuales a campañas sistemáticas, anuales, y claramente conectadas con necesidades militares. La ordenanza de vagos publicada en Aranjuez el 5 de mayo de 1775 mandaba simplificar el abultado número de instrucciones existentes. Decretos publicados en 1733 y 1745, así como una gran variedad de regulaciones suplementarias, se solapaban creando confusión sobre a quién detener, dónde retener a los arrestados, con qué recursos, y cómo habían de delimitarse las distintas jurisdicciones involucradas6. En lugar de destierro, trabajos forzados, arsenales de la marina, presidios, o galeras, la real ordenanza de 1775 decretaba que en capitales provinciales y otras ciudades populosas vagos y malentretenidos, locales y forasteros, de entre 17 y 36 años de edad y de al menos metro y medio de estatura, sirvieran ocho años en el ejército. Ocho años después, una resolución publicada en la ciudad de México adoptaba los artículos principales de la ordenanza de 1775 con el fin específico de remitir vagos a las Filipinas para servir como reclutas en el regimiento fijo de Manila (véase apéndice)7.

  • 8 Isabel Ramos Vázquez, art. cit., p. 224. Linda Martz, Poverty and Welfare in Habsburg Spain, New Yo (...)

6En España, la publicación de semejante decreto obedecía principalmente a tres razones. Primeramente, el concepto de pobreza había evolucionado desde una concepción católica en la que dar limosna era una obligación cristiana para obtener la salvación a una concepción más hostil y secular que culpaba al pobre de su propia destitución. Este cambio en la visión de la mendicidad ya se había registrado a mediados del siglo xvi8, pero fue bajo la égida borbónica cuando finalmente una respuesta ilustrada y más optimista a la pobreza urbana recomendaba la prohibición de la limosna y el traspaso del cuidado y reforma de los pobres de las manos de la Iglesia a las del Estado.

  • 9 Isabel Ramos Vázquez, art. cit., p. 236-41 ; Rosa María Pérez Estévez, El problema de los vagos en (...)

7Este nuevo concepto de pobreza vino acompañado de la necesidad de distinguir entre el verdadero y el falso vago : el que no podía trabajar por razones legítimas (estar enfermo o mutilado, ancianidad) y debía ser internado en un hospicio ; y el ocioso, quien reuniendo las condiciones necesarias para trabajar se negaba a hacerlo. Quizá porque la ociosidad era vista como un grave crimen, la figura del falso vago recibió considerablemente más atención que la del mendigo. De hecho, la definición legal de vago o malentretenido evolucionó constantemente durante el siglo xviii. Las instrucciones reales de 1745, 1751, 1759 y 1765 ampliaron la categoría de vago con una vasta y colorida paleta de caracteres procedentes de distintos estratos sociales9.

  • 10 Pedro Rodríguez de Campomanes, Discurso sobre la Educación Popular de los Artesanos y su Fomento, M (...)

8En segundo lugar, la actitud hacia la pobreza expresada en la ordenanza de 1775 era en parte resultado del racionalismo ilustrado de estadistas y economistas españoles y la manera en que entendían las dificultades económicas del imperio. Para intelectuales como Pedro Rodríguez de Campomanes, Gaspar Melchor de Jovellanos, Bernardo Ward, y Juan Sempere y Guarinos, la ociosidad era fuente de depravación moral mientras que la esterilidad económica de los vagos ponía una presión considerable sobre las comunidades locales y el imperio en su conjunto10. Estos ilustrados juzgaban que el gobierno, en tanto que guardián del bien público, tenía el derecho y el deber de apremiar a la población a contribuir a la prosperidad del reino y buscar empleo útil. En los planes iluministas para modernizar España, los vagos (eso sí, disciplinados y supervisados) eran imaginados como una excelente mano de obra en potencia.

  • 11 Ruth Pike, Penal Servitude in Early Modern Spain, Madison, University of Wisconsin Press, 1983, p.  (...)
  • 12 Especialistas en la materia continúan debatiendo el impacto de estas teorías en la cultura legal es (...)
  • 13 Ruth Pike, op. cit., p. 60-64, 71, 152-54.

9La tercera razón por la que una ordenanza como esta apareció en España en 1775 está relacionada con la transición en la administración de justicia de una tradición meramente punitiva, de castigos corporales, a una concepción en la segunda mitad del siglo xviii más utilitaria de las condenas que tenía la mira puesta en producir soldados y operarios baratos para el imperio11. Hasta cierto punto, esta evolución judicial era un reflejo de las teorías legales de Cesare Beccaria, John Howard, y Jeremy Bentham quienes introdujeron y desarrollaron un pensamiento utilitario y humanitario en la justicia penal europea12. Pero independientemente de influencias foráneas, parece claro que proyectos públicos ejecutados en España después de 1750 (fortificaciones militares, carreteras, canales, y mejoras municipales) intensificaron la demanda de trabajadores no calificados y crearon tanto la justificación como el estímulo para reducir el uso de castigos corporales y sentencias capitales y aumentar el recurso a la servidumbre penal13.

3.La ordenanza de levas de 1775 en el contexto de Nueva España

10La mentalidad borbónica que estaba rediseñando la asistencia social en la Península también inspiró a intelectuales y burócratas mexicanos, si bien programas contra la pobreza y la vagancia en Nueva España no fueron ni una copia directa de las iniciativas de Madrid ni una respuesta pasiva a las mismas. La implementación de estos programas, incluyendo el destierro de vagos a las Filipinas, tomó un carácter propio en el virreinato mexicano, marcado por factores ideológicos, sociales, económicos, y geopolíticos firmemente enraizados en el contexto colonial.

  • 14 Silvia Marina Arrom, Containing the Poor. The Mexico City Poor House, 1774-1871, Durham y Londres, (...)

11La institucionalización de recogidas anuales de vagos en 1783 supuso un punto de inflexión en la política social existente hasta entonces. La legislación virreinal venía abordando desde mediados del siglo xvi los efectos perjudiciales de la holgazanería, así como la proliferación de vagabundos y su persecución. Pero a finales del siglo xviii la consternación por el alto nivel de actividad criminal y sus evidentes conexiones con la pobreza crearon un ambiente judicial particularmente adverso hacia ciertos grupos sociales. A partir de la década de 1760, instrucciones virreinales prescribían que los vagos trabajasen en el sector privado o sirviesen al gobierno colonial en el ejército, presidios, obrajes, o trabajos públicos urbanos. Entre 1774 y 1870, órdenes para el arresto de vagabundos se publicaron al menos treinta y cinco veces, mientras que el confinamiento de mendigos fue decretado en quince ocasiones14. De 1783 en adelante, levas de vagos anuales empezaron a ejecutarse, entre otras razones, para completar la cuota de soldados con destino a Manila.

  • 15 Sin oficio, beneficio ni destino : Los vagos y los pobres en Zacatecas, 1786-1862, Zacatecas, Insti (...)
  • 16 De la Ilustración al Liberalismo. Los discursos sobre los gremios, el trabajo, y la vagancia en Gu (...)

12El pensamiento de políticos y reformistas españoles fue ampliamente recibido en Nueva España. Principios iluministas aparecen en la documentación judicial y administrativa del período colonial tardío, donde hombres jóvenes sin empleo eran vistos como problemáticos y el trabajo se describía como un instrumento moralizante que proporcionaba sustento económico y dignidad. El vago aparecía además como un sujeto criminal porque su indolencia ponía en peligro la subsistencia de la sociedad en general. Ideas españolas, citadas como ejemplos a seguir en proyectos regionales, eran generalmente adaptadas a las circunstancias locales. Según María del Refugio Magallanes Delgado, tan pronto como la figura de la intendencia fue introducida en 1786 en Zacatecas, iniciativas similares a las propuestas por Jovellanos y Campomanes fueron puestas en marcha con el objeto de fomentar la economía rural, manufacturas textiles, minería, y comercio ; asegurar la subsistencia de los pobres ; y popularizar un paradigma de gente trabajadora15. Asimismo, Tania Sagastume Paiz nos informa que las ideas de intelectuales españoles fueron instrumentales en Guatemala en la formación del movimiento contra los gremios y los esfuerzos para mejorar las costumbres de los trabajadores mediante regulación y educación16.

  • 17 Hipólito Villarroel, Enfermedades políticas que padece la capital de esta Nueva España, Beatriz Rui (...)
  • 18 Baltasar Ladrón de Guevara, “Discurso sobre la Policía de México”, en Sonia Lombardo Ortiz (ed.), A (...)
  • 19 Si bien la institucionalización forzada de mendigos nació del deseo de imitar iniciativas similares (...)

13La preocupación de las élites novohispanas sobre el comportamiento y valores de los sectores populares estaba no sólo influenciada por ilustrados peninsulares sino también ligada a realidades locales, en concreto la de un destacado número de pobres cuya visibilidad iba en aumento. En la ciudad de México, observadores políticos, intelectuales y eclesiásticos coincidían en que los indigentes constituían la mayoría de la población. Por ejemplo, el burócrata y ensayista político Hipólito Villarroel retrató en 1785 una capital desbordada : “[la ciudad de México] es un bosque impenetrable lleno de malezas y precipicios que se hace inhabitable a la gente culta ; lleno todo de escondites y de agujeros, […] depósito de un vulgo indómito, atrevido, insolente, desvergonzado y vago, que llena de horror al resto de los habitantes”17. El oidor de la real audiencia Baltasar Ladrón de Guevara asimismo había expresado en 1778 su desprecio por las circunstancias físicas y morales en que vagos y pobres vivían en la capital18. Los pobres verdaderos también causaron particular desasosiego al leonés Francisco Antonio de Lorenzana (1722-1804), arzobispo de México entre 1766 y 1771, a cuyas instancias fue fundado el primer hospicio de pobres de la ciudad de México en 177419.

  • 20 Gabriel Haslip-Viera, Crime and Punishment in Late Colonial Mexico City, 1692-1810, Albuquerque, Un (...)
  • 21 John Tutino, Making a New World. Founding Capitalism in the Bajío and Spanish North America, Durham (...)

14Percepciones acerca un populacho ingente, insolente y peligroso servían de racionalización para implementar nuevos mecanismos de control social. Pero las miserables condiciones de algunos grupos sociales existían no sólo en la imaginación de intelectuales, religiosos, y otros miembros de la élite. Las reformas económicas habían resultado en un aumento de la producción minera y actividad comercial, la imposición de nuevos impuestos, y una recaudación más eficiente de las rentas públicas. Pero en la década de 1770 y principios de la de 1780, el crecimiento demográfico, una productividad estancada, una serie de malas cosechas, y recurrentes epidemias desembocaron en periódicas crisis de subsistencia y hambrunas severas en el centro y occidente de Nueva España, poniendo a prueba una estructura social en la que una parte de la población ya estaba al borde de la pobreza20. El panorama se vio agravado por la expansión del sistema de hacienda. Ciertos grupos de poder en el ámbito rural aceleraron un proceso de acumulación de tierras que dejó a muchos campesinos propietarios y trabajadores rurales sin ocupación y sin más remedio que emigrar a los centros urbanos21.

  • 22 Richard Warren, Vagrants and Citizens. Politics and the Masses in Mexico City from Colony to Republ (...)
  • 23 Jorge González Angulo Aguirre, Artesanado y Ciudad a Finales del Siglo xviii, México, Fondo de Cult (...)
  • 24 Eric Van Young, La Crisis del Orden Colonial : Estructura Agraria y Rebeliones Populares de la Nuev (...)

15El flujo migratorio hacia las ciudades ejerció presiones importantes sobre la creciente plebe urbana. Sólo en los años 1784-1787, unas 40.000 personas emigraron del campo a la capital, donde se encontraron con una población golpeada por la inflación, salarios menguantes, subempleo, y limitada movilidad social22. El progresivo empobrecimiento había alcanzado incluso a los artesanos, en parte debido a reformas borbónicas que habían recortado el monopolio y privilegios de los gremios argumentando que eran constreñimientos para el desarrollo económico23. Pese a los dinámicos resultados de algunas innovaciones borbónicas, la economía colonial tradicional no había sido desmantelada y las infraestructuras urbanas no eran capaces de absorber tal volumen de personas desplazadas24.

  • 25 Michael Charles Scardaville, “(Habsburg) Law and (Bourbon) Order : State Authority, Popular Unrest, (...)
  • 26 Colin M. MacLachlan, Criminal Justice in Eighteenth-Century Mexico : A Study of the Tribunal of the (...)
  • 27 Pamela Voekel, Alone Before God : The Religious Origins of Modernity in Mexico, Durham y Londres, D (...)

16El decreto de 1783 sobre levas de vagos y destierro a las Filipinas formaba parte de un programa reformista más amplio centrado en el control de la delincuencia y la civilización de las clases populares. La fuerza policial y el sistema judicial fueron robustecidos para contener a una plebe que autoridades locales y élites concebían como cada vez más rebelde. En 1782, la ciudad de México fue dividida en ocho cuarteles principales, subdivididos a su vez en treinta y dos cuarteles menores patrullados por alcaldes de barrio, al tiempo que las normativas sobre las pulquerías se endurecían y se establecía un censo de establecimientos y residencias. Se estima que los tribunales de la capital procesaron unos 10.000 casos al año durante las décadas de 1780 y 179025. Al menos tres cuartas partes de estos casos afectaban no sólo a individuos de baja extracción social sino también a otros procedentes de los márgenes de la clase media26. Varias ordenanzas obligaron a residentes urbanos a mantener sus calles limpias de suciedad y excrementos de origen humano y animal, mientras que otros proyectos reformistas abordaron la estricta regulación del uso de espacios públicos y prácticas populares relacionadas con la religión y diversiones públicas27.

4.La conexión con las Filipinas

17Factores de tipo ideológico, social y económico explican sólo en parte el hecho de que en 1783 se tomara la decisión de sistematizar el destierro de vagos mexicanos a la otra orilla del océano Pacífico. La consideración de elementos geopolíticos, como los objetivos militares e imperiales de la Península en las Filipinas y la relación que Nueva España había mantenido durante siglos con las islas, añade matices muy sugestivos a la cuestión de cómo y por qué la iniciativa de la metrópoli se aplicó de manera diferente en la colonia mexicana. La distancia con España y las lentas comunicaciones confirieron a la colonia filipina una gran autonomía en la práctica, mientras que esta misma lejanía geográfica permitió que entre Nueva España y las Filipinas se establecieran lazos más densos, dinámicos y trascendentes que entre la Península y el archipiélago asiático. En no pocos aspectos, Nueva España concibió las Filipinas como una extensión del virreinato a nivel político, eclesiástico, económico y militar.

  • 28 Antonio M. Molina Memije, América en Filipinas, Madrid, Mapfre, 1992, p. 38.
  • 29 Alejandro Fernández, The Spanish Governor General in the Philippines, Quezon City, University of th (...)
  • 30 José Toribio Medina, El Tribunal del Santo Oficio de la Inquisición en las Islas Filipinas, Santiag (...)

18El gobernador y capitán general de las Filipinas informaba directamente al Consejo de Indias en Madrid y era presidente de la Audiencia, comandante en jefe de las fuerzas armadas, y director de la hacienda28, pero como división administrativa de Nueva España desde 1584 la capitanía general de las Filipinas respondía ante el virrey en la mayoría de asuntos políticos, económicos, y religiosos. Hasta finales del siglo xvii, varios virreyes tuvieron la facultad de expedir nombramientos interinos de gobernador29. El obispado de Manila fue sufragáneo del arzobispado de México hasta finales del siglo xvi, y el comisario de la Inquisición en Manila permaneció subordinado al Tribunal del Santo Oficio de la ciudad de México por mucho más tiempo30. Peninsulares abarrotaban las clases privilegiadas de la sociedad colonial filipina, pero la mayoría de funcionarios, eclesiásticos, frailes, soldados, marineros, y comerciantes eran de origen mexicano.

  • 31 Carmen Yuste, Emporios Transpacíficos. Comerciantes mexicanos en Manila, México, UNAM, 2007, p. 122 (...)
  • 32 En 1981, Leslie Bauzon interpretó el situado como una estrategia deliberada por parte de España par (...)

19Los a veces pesados vínculos de las Filipinas con Nueva España se dejaron sentir especialmente desde un punto de vista económico. El comercio anual del galeón de Manila con Acapulco era el pilar primordial del sistema económico de las Filipinas, pero revistió también una importancia crítica para muchos en Nueva España pues la mayoría de productos asiáticos eran consumidos no en la Península sino en la colonia mexicana. Así, no es de extrañar que comerciantes de la ciudad de México adquirieran una posición predominante en el comercio con Asia desplazando a mercaderes peninsulares en Manila y convirtiéndose en el grupo económico más dinámico y poderoso de Nueva España31. Asimismo, el virreinato enviaba a las Filipinas un situado anual para sufragar gastos administrativos. Hasta qué punto el archipiélago dependía del situado es todavía asunto de debate, pero lo que sí parece claro es que de esta forma Nueva España se implicó en la colonización de las islas y otros lugares en Asia32.

  • 33 Luis Muro, “Soldados de la Nueva España en Filipinas,” Historia Mexicana, 1970, vol. 19, n° 4, p. 3 (...)
  • 34 Stephanie Mawson, “Unruly Plebeians and the Forzado System : Convict Transportation between New Spa (...)

20Remesas de soldados, presidiarios y otros individuos formaron parte de estos vínculos transpacíficos durante los siglos xvi, xvii xviii. En la década de 1570 comenzó el transporte anual de entre 150 y 200 reclutas mexicanos para reemplazar a soldados fallecidos y desertores en las Filipinas, aunque no está claro si esa cantidad se mantuvo constante en décadas posteriores33. Entre 1600 y 1690, Stephanie Mawson ha demostrado que criminales sentenciados a varios años de servicio militar en las islas componían aproximadamente una cuarta parte de los reclutas enviados cada año. Sin embargo, esta condena se aplicaba a “los elementos plebeyos más rebeldes y desobedientes de Nueva España”34, mayoritariamente ladrones, bandidos de caminos, desertores y hombres convictos de graves crímenes, mientras que vagos eran enviados solamente cuando no se había podido conseguir un número suficiente de reclutas.

  • 35 Existe abundante documentación sobre el mantenimiento de edificios civiles, fortificaciones, y otra (...)
  • 36 Josep M. Fradera, Filipinas, la colonia más peculiar : La hacienda pública en la definición de la p (...)

21La caída de Manila en manos de los ingleses en 1762 durante la guerra de los Siete Años puso en movimiento nuevos planes para reforzar las defensas del flanco Pacífico oriental del imperio. El fin de la ocupación británica en 1764 vino seguido de décadas de intensas y costosas campañas para la reconstrucción y fortalecimiento de las estructuras militares y civiles de Manila, gravemente dañadas durante los bombardeos35. Otros gastos militares aumentaron también de manera significativa, como las soldadas, la defensa marítima y costera, la construcción naval, el entrenamiento del personal de marina, y la reorganización de las milicias36.

  • 37 Juan Marchena Hernández, Oficiales y soldados en el ejército de América, Sevilla, Escuela de Estudi (...)
  • 38 Antonio de Pablo Cantero, “El ejército de dotación en Filipinas (1800-1868)”, en La era isabelina y (...)
  • 39 Los obstáculos logísticos eran espectaculares. Reos y reclutas hallaban múltiples ocasiones para es (...)

22Una de las acciones de mayor calado en la modernización militar de las Filipinas en el siglo xviii fue la paulatina transformación de batallones de rotación en unidades permanentes (ejército de dotación o fijo), un paso que formaba parte de un proceso general de renovación militar en la América española iniciado en 171937. La real orden de 16 de noviembre de 1769 dictaminó la creación del Regimiento del Rey con 18 compañías y 1.272 plazas. Naturales, o gente del país, podrían formar hasta la mitad del regimiento, mientras que peninsulares y americanos (en las Filipinas, término reservado para aquellos nacidos en las colonias americanas) debían constituir la otra mitad. Cada compañía debía incluir al menos 20 americanos. Para asegurar el ininterrumpido reemplazo de desertores y licenciados, la real orden establecía que el virrey de Nueva España reclutase anualmente 100 mexicanos para las Filipinas38. En correspondencia enviada a la ciudad de México, diversos gobernadores generales pidieron que estos reclutas fueran “gente blanca” para paliar el desequilibrio entre una minoría de peninsulares y mexicanos y una mayoría de nativos y otros grupos asiáticos. La Península también ayudó a reforzar la presencia militar en las islas, pero el costo y duración del viaje hacía impracticable el envío de una cantidad significante de reclutas desde España39.

  • 40 AGI, Filipinas vol. 929 exped. 23, fols. 533-539 (1782) y vols. 540-543 (1781). Elena Gómez Gallego (...)

23El apremio con que después de la guerra de los Siete Años gobernadores de Filipinas solicitaron a los virreyes que enviasen más y más soldados contribuyó a que las campañas contra la vagancia siguieran un camino más radical en Nueva España del que siguieron en la Península. El desencadenante de la institución de levas anuales en 1783 fue la clausura un año antes de dos casas de bandera que en la ciudad de México y la vecina Puebla de los Ángeles habían servido como centros de reclutamiento para las Filipinas. En estos lugares, la conscripción de voluntarios era no tanto una opción libre como una solución forzada a las deudas contraídas. Como se descubrió en la investigación que ordenó el virrey Martín de Mayorga (1779-1783) a finales de 1781, los oficiales atraían a potenciales reclutas adelantándoles el dinero del enganche e invitándoles acto seguido a gastárselo en las mesas de juego que había en el mismo edificio40. Rápidamente sumergidos en un remolino de deudas, muchos de estos infelices se alistaban para las Filipinas porque no podían pagar lo que debían. Cuando la noticia de este escándalo llegó a los oídos de su majestad, el 12 de agosto de 1782 el rey Carlos III decretó la abolición de ambas casas, obligando a las autoridades virreinales a buscar otra manera de completar la cuota de soldados para Manila. Finalmente, el 2 de noviembre de 1783 el virrey Matías de Gálvez aprobó la conscripción de vagos para las Filipinas, resolviendo ejecutar las levas de acuerdo a las directivas contenidas en la real ordenanza publicada en Madrid ocho años antes. El decreto contemplaba que la recluta de voluntarios debía seguirse efectuando en los términos practicados en otros cuerpos militares.

  • 41 AGN, Indiferente Virreinal, vol. 3239, exped. 10 ; AGN, Filipinas, vol. 8, fols. 102-105.
  • 42 Real orden de 5 de Mayo de 1784. Eusebio Ventura Beleña, op. cit., vol. 1, p. 308.
  • 43 En 1791, el gobernador general Félix Berenguer de Marquina recordó al virrey conde de Revillagigedo (...)

24La normativa de 1783 constituía un paso más en el empeño de minimizar el envío de hombres acusados de crímenes considerados infames. Como se ha indicado más arriba, esta práctica se remontaba al siglo xvii, y a pesar de las quejas proferidas por los gobernadores generales en 1734 y 1759 sobre el daño que estos individuos causaban a la disciplina de las tropas, criminales de este tipo todavía se remitían en la década de 177041. En 1784, Carlos III prohibió a las autoridades virreinales transportar a las Filipinas individuos sentenciados por crímenes de gravedad, quienes en su lugar debían ser castigados usando las vías judiciales ordinarias42. En teoría, vagos debían constituir la mayor parte de las remesas a partir de 1783, si bien en la práctica esto no siempre se llevó a efecto43.

5.Las remesas de vagos a Filipinas y la sociedad novohispana

  • 44 Este cómputo es el resultado de conciliar una gran variedad de fuentes, como correspondencia de los (...)
  • 45 En virtud de la instrucción de 22 de septiembre de 1786 publicada en Madrid, la mancha de haber sid (...)
  • 46 Véase García de los Arcos para más datos sobre la edad, origen geográfico, y cuerpos de procedencia (...)

25Según mis cálculos, 3.513 individuos fueron enviados de México a Filipinas entre 1765 y 181144. De estos, al menos 336 hicieron el viaje sentenciados por vagancia (9.6 %), pero este número fue sin duda bastante más alto porque una buena parte de los individuos que aparecen en los libros de afiliación como “voluntario para servir a Su Majestad en las Filipinas” se habían alistado como reclutas para eludir una condena judicial por vagancia45. La proporción de veteranos y reclutas (2.923 ; 83.2 %) era aproximadamente de 30 % y 70 % respectivamente46. Completan el total 254 desertores de regimientos mexicanos (7.2 %).

26Para ser arrestado por vago no había que esforzarse mucho. La vagancia se había convertido en una categoría judicial que abarcaba un amplio abanico de comportamientos considerados inaceptables (pero no infames) en la sociedad colonial tardía : no tener trabajo o cambiar continuamente de ocupación ; haber emigrado a la ciudad recientemente y carecer de un trabajo estable ; ser vendedor ambulante ; robar ; estar en tabernas o casas de juego durante horas de trabajo o tarde por la noche ; tener relaciones extramatrimoniales ; o ir desnudo o vestido con harapos en espacios públicos.

  • 47 Eva María Mehl, op. cit., p. 200-206.

27Los habitantes de la ciudad de México no necesariamente albergaban hostilidad hacia estas redadas. De hecho, existe evidencia de que un exilio forzado a las Filipinas satisfacía las expectativas de muchos sobre cómo ciertas conductas debían ser castigadas. Familiares, amigos, vecinos, y patrones con frecuencia ofrecían testimonios incriminatorios sobre los acusados, lo que no deja de ser interesante pues los testigos no ignoraban que deportación a Manila era una posibilidad real. Aún más estimulante es el hecho de que algunos padres y madres, tías y tíos, esposas y vecinos (62 casos del total de 336) denunciaron ante los magistrados de manera espontánea el comportamiento de parientes u otros miembros de la comunidad y pidieron su envío a las Filipinas47. Expedientes judiciales demuestran que había coincidencia entre los parámetros usado por los grupos de poder para definir a elementos sociales transgresores y el ideal que grupos populares tenían sobre quién constituía un buen hijo, un buen vecino, o un buen marido. Autoridades y sujetos coloniales concedían enorme importancia a la laboriosidad y al hecho de tener empleo, y criticaban la inestabilidad ocupacional, la indolencia, las relaciones sexuales ilícitas, la indecencia pública, y la adicción al alcohol y el juego.

28La composición étnica y social de las remesas de vagos a Filipinas revela, por un lado, que las levas se concentraron en individuos que tenían en común el haber caído en circunstancias económicas precarias y/o haber infringido ciertas normas morales y, por otro, que la crisis urbana de finales del siglo xviii de la ciudad de México había afectado a un amplio espectro de personas. Casi la mitad de los transportados a Manila bajo el cargo de vagancia eran criollos mexicanos (“españoles” en la documentación), con una cantidad importante de mestizos y castizos (descendientes de mestizo y español), algunos peninsulares y mulatos, y sólo un indígena.

Sentenciados a las Filipinas por vagos (1765-1811)

Número

Porcentaje

Españoles

155

46

Mestizos

105

31

Castizos

47

14

Mulatos

13

4.7

Peninsulares

15

4

Indígenas

1

0.3

TOTAL

336

100

29De estos datos puede deducirse que deportación a las Filipinas no fue un instrumento de las autoridades coloniales dirigido contra individuos considerados racialmente inferiores. Aproximadamente una veintena de estos 336 hombres, casi todos ellos entregados a las autoridades por sus parientes, eran hijos de funcionarios reales, comerciantes, mineros, hacendados, y oficiales de rango medio en el ejército. A juzgar por los oficios que el resto declaró tener durante los procedimientos judiciales, la gran mayoría de los sentenciados por vagos provenían de sectores sociales menos pudientes, siendo sastres, zapateros, plateros, carpinteros, cigarreros, y arrieros las ocupaciones más frecuentemente mencionadas.

6.Transporte y vida en las Filipinas

  • 48 García de los Arcos ha reconstruido vívidamente la logística del mismo. Op. cit., p. 153-175.
  • 49 La flota debía llegar a las islas antes del comienzo del monzón en mayo. William L. Schurz, The Man (...)
  • 50 Ibid., p. 246, 280-81.
  • 51 Manuel Ollé, “The Straits of the Philippine Islands in Spanish Sources (Sixteenth and Seventeenth C (...)

30El transporte de vagos y reclutas a las islas era un proceso largo y extremadamente arduo48. El decreto de 1783 encomendaba la leva en la capital a los alcaldes del crimen, jueces ordinarios y tribunal de la Acordada, quienes debían actuar simultáneamente. Las levas se llevaban a cabo en noviembre y primeros de diciembre para que las remesas pudiesen alcanzar la costa a primeros de febrero antes de la salida de los galeones49. Después de aguardar en prisión, a veces varias semanas, el anuncio de que las naos habían llegado a Acapulco, los reos realizaban, normalmente a pie, un penoso periplo de ciento ochenta millas que duraba entre tres y cuatro semanas. Poco se conoce sobre la vida de estos mexicanos a bordo de los galeones, pero según Schurz la navegación con rumbo al oeste duraba tres meses, era relativamente soportable, y solía completarse sin incidentes50. El desafío más grande del trayecto sobrevenía a la llegada al archipiélago. El convoy había de recorrer el Embocadero, o estrecho de San Bernardino, entre las islas de Luzón y Samar, un angosto embudo que conduce a un laberinto de miles de islas, cabos y arrecifes en el mar de Sibuyán. Después de una travesía que podía tomar desde cinco días hasta cinco semanas las naos arribaban al puerto de Cavite en Luzón51.

  • 52 María Fernanda García de los Arcos, op. cit., p. 233.

31Una vez en Manila, la mayor parte de los reclutas engrosaban las filas del Regimiento del Rey, la unidad de infantería más importante de la ciudad. El resto eran alistados en otros regimientos de dragones. En cuanto a los reos, la costumbre era que el gobernador general decidiese sus destinos de acuerdo a las necesidades de Manila y el estado físico de los recién llegados, lo que incluía servicio militar, trabajos forzados o, con menor frecuencia, servicio doméstico en casas y conventos52. Del hecho de que mexicanos acomodados solicitaban que sus hijos fueran asignados al Regimiento del Rey se desprende que servicio militar era el más honorable y privilegiado de todos los destinos. La mayoría de los reos, sin embargo, eran confinados en uno de los cinco presidios de las islas : Manila, donde trabajaban en la reparación de fortificaciones y en los hornos de la real fundición ; Cavite, el principal astillero de la colonia ; o Calamianes, Misamis y Zamboanga, los más temidos de todos por su lejanía en los confines del sur del archipiélago y el peligro de actividad pirática musulmana en Mindanao y alrededores. En ocasiones, reclutas y reos eran admitidos en el servicio de barcos guardacostas para combatir contrabando, asistir navíos mercantes en peligro, y mantener la seguridad marítima en general.

  • 53 Eva María Mehl, op. cit., p. 236-240.
  • 54 Quejas y consternación sobre este asunto fueron expresadas en distintas ocasiones a lo largo de los (...)

32El pobre rendimiento de vagos y reclutas en las Filipinas ayudó poco a la consecución de los objetivos militares y defensivos de las autoridades. Por una parte, muchos de estos hombres no eran realmente voluntarios. Por otra parte, el clima de las islas (caliente, húmedo, y con pesadas lluvias durante varios meses al año), la distinta dieta, y la alta incidencia de enfermedades confluyeron en una elevada tasa de mortalidad entre los mexicanos recién llegados a las Filipinas. Año tras año, los gobernadores generales se quejaban de la insubordinación, vicios, tendencia al robo, y alto número de deserciones de las tropas53. Por supuesto, estos informes no tenían en cuenta que la mísera paga y duras condiciones de vida castrense empujaban a los reclutas a robar para sobrevivir o a tomar la decisión de desertar y buscar otros modos de subsistencia. Autoridades filipinas lamentaban también que la inutilidad de estos soldados les obligaba a recurrir a indios filipinos y castas (sobre todo mestizos de chino) para nutrir las filas de los regimientos locales54.

  • 55 AGN, Filipinas, vol. 19, exped. 6, fols.13-14 (1784). AGN, Filipinas, vol. 13, exped. 6, fol. 147 ( (...)
  • 56 AGN, Indiferente Virreinal : Indiferente de Guerra, vol. 417, exped. 3 (1797).
  • 57 Archivo General de Simancas (AGS), Secretaría de Guerra, vol. 6901, exped. 1, fol.39 (1804).
  • 58 AGN, Filipinas, vol. 8, fol. 22 (1772).
  • 59 AGN, Filipinas, vol. 59, exped. 5, fols.137-161 (1807).
  • 60 García de los Arcos ha especulado que estos mexicanos funcionaron como importantes vehículos de inf (...)

33La escasez de información disponible sobre los reclutas y reos que regresaron a Nueva España sugiere que muchos de ellos se quedaron en las Filipinas. Sabemos que algunos continuaron sirviendo en un regimiento en el virreinato y que por lo menos uno de los reos regresó con una esposa55. Gran parte de los que retornaron lo hicieron señalados como “inútiles” por padecer afecciones médicas graves o por ser etiquetados como incorregibles. Un decreto de 1794 disponía que reos “inútiles” debían completar sus condenas en un presidio o en el hospicio de pobres de la capital56. En 1804, el gobernador general Rafael María de Aguilar explicaba que los hombres enviados de regreso a Nueva España necesitaban “un cambio de ambiente y escenario”57. Irónicamente, esa era la razón por la que muchos habían sido deportados en primer lugar. No obstante, algunos de estos jóvenes se anotaron logros profesionales en el archipiélago, como José Antonio Correa, quien se convirtió en canónigo doctoral de la catedral de Manila58, y Cristóbal de Zaldúa, quien alcanzó el rango de sargento en un regimiento de Manila59. Aquellos que nunca retornaron probablemente se incorporaron en comunidades rurales nativas60.

7.Conclusión

34Las autoridades coloniales novohispanas utilizaron el bando de levas publicado en Madrid en 1775 para aliviar la presión social y quitar de las calles de la capital a ciertos individuos percibidos como problemáticos. Indudablemente, el hecho de que unos 3.500 mexicanos fueran enviados a las Filipinas en un espacio de cuatro décadas no pudo cambiar de manera sustancial la configuración social de la ciudad de México, una urbe de aproximadamente 200.000 habitantes a fines del siglo xviii. Lo que el presente trabajo trata de argumentar es que los criterios empleados para elegir a estos infortunados se ajustaban mejor a las necesidades de Nueva España que a las de las Filipinas, donde los gobernadores generales esperaban recibir hombres sanos, fuertes, y voluntariosos. Sin embargo, los individuos que fueron transportados difícilmente pudieron contribuir a la realización de objetivos imperiales en las islas.

35La distinta manera en que la ordenanza de levas de 1775 fue aplicada en la ciudad de México se puede explicar como resultado de la convergencia de factores específicos del contexto socio-económico e ideológico del virreinato, la delicada situación geo-político y militar en que se encontraban las Filipinas después de 1764, y la peculiar relación transpacífica que a través de los siglos había colocado a Nueva España en una posición de cierta autoridad sobre el archipiélago asiático. Así pues, una comparación de las iniciativas borbónicas que abordaron el problema de la vagancia en España y en el virreinato mexicano pone de relieve dos ideas. Una es que los océanos Atlántico y Pacífico, más que barreras geográficas, funcionaron como vitales vías de comunicación e intercambio en el imperio español : lo que sucedía en una orilla con frecuencia afectaba a la orilla de enfrente. La otra es que en el imperio español no había un único centro de poder con periferias que recibían, acataban, y replicaban decisiones y reformas emanadas de la Península. Pensar en múltiples centros con poder de arbitraje y autonomía es quizá un marco analítico más flexible. Nueva España, por ejemplo, adquirió un papel en el proyecto imperial español más central que periférico, estableciendo una importante relación con otro territorio colonial, las Filipinas, en sus propios términos y de una forma que estuvo fuera del alcance de Madrid, entre otras cosas, por la distancia.

Apéndice : Decreto de 2 de Noviembre de 1783 aprobado por real orden de 2 de abril de 1785

36Que para arrancar de una vez el pecaminoso y abusivo método con que en esta Capital se hacían las Reclutas para el Regimiento fijo de Manila en las casas de Banderas se establezcan en México los Artículos adaptables de la Ordenanza de Levas anuales de 7 de Mayo de 1775, Autos acordados 36 y 37, título 4, libro 6 de los de Castilla. Que desde luego empiecen a hacer la Leba las Rondas de los Alcaldes del Crimen, Jueces Ordinarios y Tribunal de la Acordada con arreglo en todo a los Artículos de la Ordenanza y Autos citados. Que a los destinados a las Armas se les forme su asiento y filiación por los Oficiales Reales de esta Capital, y con testimonio, de que ha de tomar razón el Tribunal de Cuentas, se remitan en cuerda a Acapulco, donde pasada revista por aquellos Oficiales Reales se les de ropa de mar a estilo de los Filipinos y ración de Armada hasta que entregado de ellos el Regimiento de Manila les comience el prest, y que el gasto de conducción por tierra se haga del mismo fondo de que se sacan los de las cuerdas que se dirijen a Veracruz. Que a los vagos ineptos para las Armas por defecto de talla o robustez, a los que no tengan la edad de diez y siete años, o que pasen de treinta y seis, y a los que sobraren, completo el número de los remisibles, se dé el destino conveniente que la Sala del Crimen exponga al Virrey. Que establecido este método, reservando su extensión a otras ciudades populosas, si la experiencia acreditase no bastar para el refuerzo del Regimiento de Manila la Leba particular de México ni la recluta voluntaria que debe seguirse en los mismos términos que la hacen otros Cuerpos, se conseguirán los altos fines de la Ordenanza y las piadosas intenciones del Rey.

Article reçu le 03/05/2018

Article accepté le 22/05/2018

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Notes

1 Parte del material presentado aquí ha sido tratado en Eva María Mehl, Forced Migration in the Spanish Pacific World : From Mexico to the Philippines, 1765-1811 (Cambridge, Cambridge University Press, 2016), siendo el presente estudio la primera versión traducida al español. Este artículo es una versión revisada de mi intervención en el simposio Flexibilidad y aplicación de las leyes a distancia en la América colonial en el XVIII Congreso Internacional de AHILA celebrado en Valencia en 2017. Mi participación en este simposio me permitió reelaborar una parte de mi trabajo anterior desde la perspectiva analítica de la distancia física y conceptual que existía entre la Península y el Pacífico español.

2 David Brading, Mineros y comerciantes en el México Borbónico, México, Fondo de Cultura Económica, 2009 ; John Lynch, Las revoluciones hispanoamericanas, 1808–1826, Barcelona, Editorial Ariel, 1976.

3 Kenneth Andrien, “The Politics of Reform in Spain’s Atlantic Empire during the Late Bourbon Period : The Visita of José García de León y Pizarro in Quito”, Journal of Latin American Studies, 2009, vol. 41, p. 637-662 ; John Leddy Phelan, The People and the King. The Comunero Revolution in Colombia, 1781, Madison, University of Wisconsin Press, 1978 ; John Coatsworth, “Political Economy and Economic Organization”, en Victor Bulmer-Thomas et al (eds.), The Cambridge Economic History of Latin America, Cambridge, Cambridge University Press, 2006, p. 237-274 ; Sergio Serulnikov, “Customs and Rules : Social Conflicts in the Age of Bourbon Reformism (Northern Potosí in the 1770s)”, Colonial Latin American Review, 1999, n° 2, p. 245-74 ; Gabriel Paquette (ed.), Enlightened Reform in Southern Europe and its Atlantic Colonies, c. 1750-1830, Ashgate, Farnham, 2009.

4 John Jay TePaske, “Integral to Empire : The Vital Peripheries of Colonial Spanish America”, en Christine Daniels y Michael V. Kennedy (eds.), Negotiated Empires : Centers and Peripheries in the Americas, 1500-1820, New York, Routledge, 2002, p. 33. Todos los autores que contribuyen a esta compilación siguen una línea de pensamiento similar. En español, el estudio colectivo de Marta María Manchado López y Miguel Luque Talaván (eds.), Fronteras del mundo hispánico : Filipinas en el contexto de regiones liminares novohispanas, Córdoba, Universidad de Córdoba, 2011, analiza las Filipinas como frontera oriental de la monarquía hispánica en relación y en contraste con otras áreas de Nueva España igualmente fronterizas. Otra contribución en español sobre las fronteras del imperio como zonas de conflicto, intercambio y cooperación es Valentina Favaró, Manfredi Merluzzi y Gaetano Sabatini (eds.), Fronteras. Procesos y prácticas de integración y conflictos entre Europa y América (Siglos xvi-xix), Madrid, Fondo de Cultura Económica, 2017.

5 James Lockhart y Stuart B. Schwartz propusieron la teoría de que las regiones de México y Perú, productoras de enormes riquezas, densamente pobladas, y políticamente complejas funcionaron como centros en la América española (Early Latin America : A History of Colonial Spanish America and Brazil, Cambridge, Cambridge University Press, 1983). Más recientemente, Lyman L. Johnson y Susan Migden Socolow han examinado la existencia de una relación centro-periferia de naturaleza jerárquica entre el virreinato del Perú y el virreinato de Río de la Plata, “Colonial Centers, Colonial Peripheries, and the Economic Agency of the Spanish State”, en Christine Daniels y Michael V. Kennedy (eds.), op. cit., p. 59-78.

6 Isabel Ramos Vázquez, “Policía de vagos para las ciudades españolas del siglo xviii”, Revista de Estudios Histórico-Jurídicos, 2009, vol. 331, p. 236-40.

7 Archivo General de la Nación de México (AGN), Indiferente Virreinal : Ordenanzas, vol. 2356 exped. 10 (1775). El decreto se contiene también en Eusebio Ventura Beleña, Recopilación Sumaria de los Actos Acordados de la Real Audiencia y sala del crimen de esta Nueva España (1787), Prólogo de María del Refugio González, México, UNAM, 1981 (1ª edición facsimilar), vol. 1, p. 110.

8 Isabel Ramos Vázquez, art. cit., p. 224. Linda Martz, Poverty and Welfare in Habsburg Spain, New York, Cambridge University Press, 1983, p. 7-34.

9 Isabel Ramos Vázquez, art. cit., p. 236-41 ; Rosa María Pérez Estévez, El problema de los vagos en la España del siglo xviii, Madrid, Confederación Española de Cajas de Ahorros, 1976, p. 65-76.

10 Pedro Rodríguez de Campomanes, Discurso sobre la Educación Popular de los Artesanos y su Fomento, Madrid, Don Antonio de Sancha, 1774 ; Gaspar Melchor de Jovellanos, Colección de Varias Obras en Prosa y Verso del Exmo. Señor D. Gaspar Melchor de Jovellanos, Madrid, Imprenta de D. León Amarita, 1831 ; Bernardo Ward, Obra Pía y Eficaz Modo para Remediar la Miseria de la Gente Pobre de España, Madrid, Imprenta de D. Antonio Espinosa, 1787 ; Juan Sempere y Guarinos, Biblioteca Española Económico-Política, Madrid, Imprenta de Sancha, vol. 1, 1801.

11 Ruth Pike, Penal Servitude in Early Modern Spain, Madison, University of Wisconsin Press, 1983, p. 135-140 ; Rosa María Pérez Estévez, op. cit., p. 341.

12 Especialistas en la materia continúan debatiendo el impacto de estas teorías en la cultura legal española. Alejandro Agüero y Marta Lorente, “Penal Enlightenment in Spain : From Beccaria’s Reception to the First Criminal Code”, en Jesús Astigarraga (ed.), Spanish Enlightenment Revisited, Oxford, Voltaire Foundation, 2015, p. 235-264.

13 Ruth Pike, op. cit., p. 60-64, 71, 152-54.

14 Silvia Marina Arrom, Containing the Poor. The Mexico City Poor House, 1774-1871, Durham y Londres, Duke University Press, 2000, p. 21.

15 Sin oficio, beneficio ni destino : Los vagos y los pobres en Zacatecas, 1786-1862, Zacatecas, Instituto Zacatecano de Cultura, 2008, p. 104-127.

16 De la Ilustración al Liberalismo. Los discursos sobre los gremios, el trabajo, y la vagancia en Guatemala”, en Clara E. Lida y Sonia Pérez Toledo (eds.), Trabajo, Ocio y Coacción. Trabajadores urbanos en México y Guatemala en el siglo xix, México, UAM, 2001, p. 19-65.

17 Hipólito Villarroel, Enfermedades políticas que padece la capital de esta Nueva España, Beatriz Ruiz Gaytán (ed.), México, Cien de México, 1994 [1785-87], p. 186.

18 Baltasar Ladrón de Guevara, “Discurso sobre la Policía de México”, en Sonia Lombardo Ortiz (ed.), Antología de textos sobre la ciudad de México en el período de la Ilustración, 1788-1792, México, INAH, 1982, p. 77.

19 Si bien la institucionalización forzada de mendigos nació del deseo de imitar iniciativas similares en España, Silvia Marina Arrom considera el hospicio como un experimento al que el virreinato contribuyó de manera sustancial. Op. cit., p. 17-20.

20 Gabriel Haslip-Viera, Crime and Punishment in Late Colonial Mexico City, 1692-1810, Albuquerque, University of New Mexico Press, 1999, p. 27.

21 John Tutino, Making a New World. Founding Capitalism in the Bajío and Spanish North America, Durham, Duke University Press, 2011, p. 301, 336-41, 455 ; Enrique Florescano, Precios del Maíz y Crisis Agrícolas en México, 1708-1810, México, Ediciones Era, 1986, p. 47.

22 Richard Warren, Vagrants and Citizens. Politics and the Masses in Mexico City from Colony to Republic, Lanham (Maryland), Rowman and Littlefield Publishers, 2001, p. 9 ; Silvia Marina Arrom, op. cit., p. 6-7.

23 Jorge González Angulo Aguirre, Artesanado y Ciudad a Finales del Siglo xviii, México, Fondo de Cultura Económica, 1983, p. 244.

24 Eric Van Young, La Crisis del Orden Colonial : Estructura Agraria y Rebeliones Populares de la Nueva España, 1750-1821, Madrid, Alianza Editorial, 1992, p. 51-124 ; Alan Knight, Mexico. The Colonial Era, Oxford, Cambridge University Press, 2002, p. 206-60.

25 Michael Charles Scardaville, “(Habsburg) Law and (Bourbon) Order : State Authority, Popular Unrest, and the Criminal Justice System in Bourbon Mexico City”, The Americas, 1994, vol. 50, p. 5.

26 Colin M. MacLachlan, Criminal Justice in Eighteenth-Century Mexico : A Study of the Tribunal of the Acordada, Berkeley, University of California Press, 1975, p. 45 ; Gabriel Haslip-Viera, op. cit., p. 59-61.

27 Pamela Voekel, Alone Before God : The Religious Origins of Modernity in Mexico, Durham y Londres, Duke University Press, 2002, p. 199-200 ; Juan Pedro Viqueira Albán, Propriety and Permissiveness in Bourbon Mexico, Wilmington (Delaware), Scholarly Resources Inc., 1999, p. 97-102.

28 Antonio M. Molina Memije, América en Filipinas, Madrid, Mapfre, 1992, p. 38.

29 Alejandro Fernández, The Spanish Governor General in the Philippines, Quezon City, University of the Philippines, 1971, p. 5. Patricio Hidalgo Nuchera, Encomienda, tributo y trabajo en Filipinas (1570-1608), Madrid, Universidad Autónoma de Madrid, 1995, p. 55 y 57.

30 José Toribio Medina, El Tribunal del Santo Oficio de la Inquisición en las Islas Filipinas, Santiago de Chile, Imprenta Elzeviriana, 1899, p. 40-43 y 171-186.

31 Carmen Yuste, Emporios Transpacíficos. Comerciantes mexicanos en Manila, México, UNAM, 2007, p. 122-27.

32 En 1981, Leslie Bauzon interpretó el situado como una estrategia deliberada por parte de España para mantener algunas colonias sujetas a los virreinatos más ricos. Véase Deficit Government : Mexico and the Philippine Situado, 1606-1804, Tokyo, Center for East Asian Cultural Studies, 1981. Recientemente, sin embargo, Luis Alonso Álvarez ha teorizado que las Filipinas eran independientes desde el punto de vista financiero. El Costo del Imperio Asiático. La formación colonial de las islas Filipinas bajo dominio español, 1565-1800, La Coruña, Universidade Da Coruña, 2009.

33 Luis Muro, “Soldados de la Nueva España en Filipinas,” Historia Mexicana, 1970, vol. 19, n° 4, p. 391-466.

34 Stephanie Mawson, “Unruly Plebeians and the Forzado System : Convict Transportation between New Spain and the Philippines during the Seventeenth Century”, Revista de Indias, 2013, vol. 73, n° 259, p. 718.

35 Existe abundante documentación sobre el mantenimiento de edificios civiles, fortificaciones, y otras estructuras militares en las décadas de 1770, 1780, y 1790 en el Archivo General de Indias (AGI), Filipinas, vols. 787, 915, 926-927, y 929, así como en AGI, Ultramar, vol. 583. Sobre este tema, véase también María Lourdes Díaz-Trechuelo Spínola, Arquitectura Española en Filipinas, 1565-1800, Sevilla, Escuela de Estudios Hispanoamericanos, 1959.

36 Josep M. Fradera, Filipinas, la colonia más peculiar : La hacienda pública en la definición de la política colonial, 1762-1868, Madrid, CSIC, 1999, p. 150. Temiendo otra invasión británica durante la guerra de independencia de los Estados Unidos (1779-83), el rey Carlos III decretó en 1779 la organización de milicias provinciales en las Filipinas siguiendo el reglamento establecido en 1769 para Cuba. Alan Kuethe, Cuba, 1753-1815. Crown, Military and Society, Knoxville, University of Tennessee Press, 1986, p. 150.

37 Juan Marchena Hernández, Oficiales y soldados en el ejército de América, Sevilla, Escuela de Estudios Hispanoamericanos, 1983, p. 286.

38 Antonio de Pablo Cantero, “El ejército de dotación en Filipinas (1800-1868)”, en La era isabelina y la Revolución (1843-1875). Actas de las XIII Jornadas Nacionales de Historia Militar, Sevilla, Centro de Historia y Cultura militar y Cátedra General Castaños, 2009, p. 648-678.

39 Los obstáculos logísticos eran espectaculares. Reos y reclutas hallaban múltiples ocasiones para escapar durante el trayecto, bien nada más desembarcar en Veracruz o durante el largo viaje hasta Acapulco. Además, muchos de ellos fueron retenidos por razones varias en Nueva España y nunca llegaron a las Filipinas. AGN, Filipinas, vol. 36, expeds. 7-11 ; AGN, Filipinas, vol. 57, exped. 1 y 5 ; AGN, Filipinas, vol. 46, exped. 4, fols. 71-155.

40 AGI, Filipinas vol. 929 exped. 23, fols. 533-539 (1782) y vols. 540-543 (1781). Elena Gómez Gallego ha analizado este tema en “La recluta de Nueva España a Filipinas : Irregularidades en la Casa de Banderas”, en María Justina Sarabia Viejo (ed.), Europa e Iberoamérica : Cinco siglos de intercambios, Sevilla, Asociación de Historiadores Latinoamericanistas Europeos, 1992, p. 455-470.

41 AGN, Indiferente Virreinal, vol. 3239, exped. 10 ; AGN, Filipinas, vol. 8, fols. 102-105.

42 Real orden de 5 de Mayo de 1784. Eusebio Ventura Beleña, op. cit., vol. 1, p. 308.

43 En 1791, el gobernador general Félix Berenguer de Marquina recordó al virrey conde de Revillagigedo que la real orden de 1784 excluía de las remesas militares a los sentenciados por crímenes infames. Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC), serie Consultas, riel 301 (1791).

44 Este cómputo es el resultado de conciliar una gran variedad de fuentes, como correspondencia de los virreyes con Madrid y Manila, listas de arrestados en las levas, listas de prisioneros de autoridades judiciales en la ciudad de México, listas de individuos en la cuerda a Acapulco, listas de pasajeros a bordo de los galeones, e informes de gobernadores generales notificando el número de los que finalmente desembarcaban en Manila. En el AGI, documentos que he consultado a este respecto se hallan en la serie Filipinas, volumen 929, expeds. 8, 23, 25 y 41. En el AGN, en la serie Filipinas, volúmenes 6 (exped. 2), 8 (expeds. 1 y 4), 16 (expeds. 2 y 3), 17 (expeds. 4, 14 y 32), 19 (expeds. 1, 18, 37, 39bis, 43, y 49), 24 (expeds. 13-14), 27 (exped. 8), 28 (expeds. 3, 5-6, 11, y 13), 29 (exped. 1), 30 (expeds. 1-3, 6, 8-11, y 13-16), 31 (expeds. 1, 8-9, y 12-14), 34 (expeds. 1, 4, 5, 9 y 13), 35 (exped. 7), 37 (exped. 13), 38 (expeds. 6-8), 42 (expeds. 9 y 16), 44 (expeds. 5, 6 y 10), 51 (expeds. 16-17), 59 (expeds. 1, 5 y 9), 60 (expeds. 6-7), 61 (expeds. 5, 10 y 14-16) ; en la serie Marina, el volumen 176, exped. 1 ; en la serie Civil, volúmenes 718 (exped. 19) y 1844 (exped. 6) ; en la serie Correspondencia Diversas Autoridades, el volumen 5386 (exped. 8) ; en la serie Acordada, volumen 8 (exped. 22) ; y en la serie Indiferente Virreinal : Acordada, el volumen 675 (exped. 7). En el CSIC, los rieles 206 (exped. 2), 211 (exped. 5), 301 (exped. 8), 310 (exped. 22), 935 (exped. 2), y 1168 (exped. 8), así como los rieles 301 y 302 en la serie Consultas.

45 En virtud de la instrucción de 22 de septiembre de 1786 publicada en Madrid, la mancha de haber sido sentenciado por vagancia podía ser borrada si el individuo en cuestión se alistaba como voluntario. El prest diario además empezaba inmediatamente. Rosa María Pérez Estévez, op. cit., p. 115.

46 Véase García de los Arcos para más datos sobre la edad, origen geográfico, y cuerpos de procedencia de veteranos y reclutas. Op. cit., p. 124-130.

47 Eva María Mehl, op. cit., p. 200-206.

48 García de los Arcos ha reconstruido vívidamente la logística del mismo. Op. cit., p. 153-175.

49 La flota debía llegar a las islas antes del comienzo del monzón en mayo. William L. Schurz, The Manila Galleon, Nueva York, EP Dutton and Company, 1939, p. 135.

50 Ibid., p. 246, 280-81.

51 Manuel Ollé, “The Straits of the Philippine Islands in Spanish Sources (Sixteenth and Seventeenth Centuries,” Journal of Asian History, 2012, vol. 46, no. 2, p. 181-192.

52 María Fernanda García de los Arcos, op. cit., p. 233.

53 Eva María Mehl, op. cit., p. 236-240.

54 Quejas y consternación sobre este asunto fueron expresadas en distintas ocasiones a lo largo de los años : AGN, Filipinas, vol. 5 fol. 282 (1757) ; AGI, Filipinas, vol. 915 (1779) ; CSIC, serie Consultas, riel 301, leg. 8 (1797 y 1804). Sobre este tema, véase también : Edward R. Slack Jr., “Arming Chinese Mestizos in Manila”, en Rainer B. Buschmann, Edward Slack, y James B. Tueller (eds.), Navigating the Spanish Lake : The Pacific in the Iberian World, 1521-1898, Honolulu, University of Hawaii Press, 2014, p. 77-78, 80-82.

55 AGN, Filipinas, vol. 19, exped. 6, fols.13-14 (1784). AGN, Filipinas, vol. 13, exped. 6, fol. 147 (1778).

56 AGN, Indiferente Virreinal : Indiferente de Guerra, vol. 417, exped. 3 (1797).

57 Archivo General de Simancas (AGS), Secretaría de Guerra, vol. 6901, exped. 1, fol.39 (1804).

58 AGN, Filipinas, vol. 8, fol. 22 (1772).

59 AGN, Filipinas, vol. 59, exped. 5, fols.137-161 (1807).

60 García de los Arcos ha especulado que estos mexicanos funcionaron como importantes vehículos de influencia cultural. Op. cit., p. 230–47, 251–60.

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Pour citer cet article

Référence électronique

Eva Maria Mehl, « Políticas coloniales y agendas locales en los márgenes del imperio español : La deportación de vagos mexicanos a las Filipinas, 1765-1811 »Les Cahiers de Framespa [En ligne], 30 | 2019, mis en ligne le 30 janvier 2019, consulté le 22 avril 2025. URL : http://journals.openedition.org/framespa/5859 ; DOI : https://doi.org/10.4000/framespa.5859

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Auteur

Eva Maria Mehl

Dr. Eva Maria Mehl. Ph.D. University of California Davis (2011) and Ph.D. University of Alicante, Spain (2002). Associate Professor at the University of North Carolina Wilmington. Specialty in history of Latin America and the Spanish empire. mehle@uncw.edu

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