“El fin de la soberanía metafísica”: el Tratado Spencer-Mariscal en la cuestión de límites Yucatán-Honduras Británica (1878-1897)
Résumés
El estudio de la negociación diplomática que puso fin a la cuestión de límites entre Yucatán y Belice ofrece un caso curioso de resolución pacífica de controversias territoriales en América Latina y el Caribe. Se trata de un diferendo en el que los principales argumentos enfrentados provinieron de una misma parte del conflicto: la República de México. Mucho más discreta que las otras delimitaciones fronterizas mexicanas, la “cuestión de Belice” ha llamado no obstante la atención de una historiografía que ha solido aprovechar, sin “cuestionar”, los materiales que el litigio latente fue produciendo en sus distintas fases hasta bien avanzado el siglo XX. En concreto, esta contribución ofrece un análisis, construido sobre documentación archivística, que pone el foco en las muy distintas estrategias desplegadas en la Secretaría de Relaciones Exteriores mexicana en los años próximos a la firma (1893) y final ratificación del tratado (1897).
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Palabras claves:
Cuestiones de límites, Controversias territoriales, Yucatán, Belice, Guerra de CastasPlan
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Una operación compleja: aprobar “el tratado de límites entre Yucatán y Belice”
- 1 Informe del C. Ignacio Mariscal, secretario del despacho de Relaciones Exteriores, rendido ante el (...)
- 2 Toussaint, Mónica, Belice: una historia olvidada, México, Instituto Mora-Centro de Estudios Mexican (...)
1En octubre de 1893 Ignacio Mariscal se enfrentó al Senado Mexicano en una dura tarea que llevaba temiendo prácticamente desde que asumió la Secretaría de Relaciones Exteriores varios años antes. Fue entonces cuando rindió su “informe acerca del tratado de límites entre Yucatán y Belice”1, un documento muy conocido en la -a veces- “olvidada” historia de esa larga cuestión de límites2.
2Tanto él como el presidente Porfirio Díaz eran perfectamente conscientes de lo difícil de la operación. Se trataba de firmar y ratificar un tratado que, según una parte muy importante de la opinión pública localizada sobre todo en los Estados de Yucatán y Campeche, implicaba abiertamente ceder territorio mexicano al Imperio Británico. Pero es que, además, la operación era todavía más arriesgada porque venía a oponerse de lleno a un discurso predominante sobre los derechos históricos de México a las posesiones inglesas de Belice que había sido especialmente bien definido en la famosa nota de 1878 con la que Ignacio Vallarta había contestado a varias protestas diplomáticas de la Cancillería británica.
3El camino hacia la solución fronteriza que el tratado acabaría representando pasó por desarticular un discurso enraizado en la historia que había sido perfeccionado poniendo la maquinaría diplomática mexicana por primera vez al servicio de la “cuestión de Belice” en los tiempos en que Vallarta se hizo cargo de la Secretaría de Relaciones Exteriores. A analizar ese esfuerzo diplomático está dedicado el primer apartado del artículo.
- 3 Esta misma expresión que da título al trabajo también dio título a un artículo publicado el 25-4-18 (...)
4Para aprovechar el proyecto de territorialización que se abría ante el gobierno federal a partir de la delimitación fronteriza, la Cancillería mexicana, una vez estuvo al frente de ella Ignacio Mariscal, se propuso convencer a propios y extraños de que el “fin de la soberanía metafísica”3 que México había “imaginado” sobre Belice no solo encontraba más respaldo en la doctrina del pujante derecho internacional sino que, además, permitía recuperar y “pacificar” (para después explotar) un territorio que hacía mucho tiempo que no se encontraba bajo el efectivo control de las autoridades estatales y federales mexicanas. A examinar en detalle cómo se articuló ese cambio de la posición mexicana en la resolución del conflicto está dedicado el resto del trabajo, que destina un segundo apartado a reconstruir desde las fuentes de las dos Cancillerías la negociación del tratado y un tercero a profundizar en la puesta en escena que Ignacio Mariscal hizo de la cuestión. Un último apartado conclusivo cierra el artículo.
Los derechos históricos de México sobre Belice: la nota de Ignacio Vallarta (1878)
- 4 La nota puede encontrarse en Archivo Histórico de la Secretaría de Relaciones Exteriores (=AHSRE), (...)
- 5 La serie de notas diplomáticas cruzadas se había iniciado con la que Lord Granville había dirigido (...)
- 6 Gómez Robledo, Antonio, Vallarta Internacionalista, México, Porrúa, 1987, p. 57.
5La nota diplomática que Ignacio Vallarta dirigió el 23 de marzo de 1878 a la Cancillería británica fijó un relato sobre las relaciones entre la monarquía española, primero, y México, después, con los establecimientos de colonos británicos en torno al Río Belice que se convertiría en paradigmático dentro de esta cuestión de límites4. Aunque se trataba de un texto que en realidad buscaba ofrecer una respuesta sólida a una serie de reclamaciones británicas por el asalto que habían llevado a cabo “indios” icaichés a la población de Orange Walk5, por la fuerza de su alegato en favor de la soberanía mexicana sobre Belice pasó a ocupar un lugar de privilegio en la historia de esta controversia territorial6.
- 7 Fueron especialmente influyentes en la nota de Vallarta los trabajos de Félix Galindo y Manuel Peni (...)
- 8 Para algunos de los principales argumentos utilizados, la reivindicación de Vallarta no se diferenc (...)
- 9 Sobre ese fenómeno común en la cultura de acumulación documental propia de las cuestiones de límite (...)
6En esencia, Vallarta le dio forma definida a un reclamo de soberanía que puede ser visto, por un lado, como una suerte de reunificación de algunos estudios histórico-jurídicos yucatecos y campechanos contemporáneos7, y, por el otro, como una especie de reaprovechamiento de varios documentos diplomáticos mexicanos previos8. Pero si por algo puede hoy destacarse la nota de Vallarta es por ser el resultado de un muy ambicioso proceso de acumulación de material probatorio en la Secretaría de Relaciones Exteriores mexicana, sin duda el mejor ejemplo de conformación de un archivo propio de una controversia de límites que puede encontrarse, para esta cuestión concreta, en el archivo de esa secretaría9.
- 10 Para su mejor uso, el manuscrito incorporaba un extenso índice alfabético: AHSRE, L-E 1693.
- 11 “Archivo de Indias, Simancas y de Alcalá de Henares. Comisión de Enrique Olavarría y Ferrari”, AHSR (...)
- 12 El 26-4-1878 se le comunicaba a la legación mexicana en España: “Que el informe del Señor Olavarría (...)
- 13 En alguna ocasión, Olavarría llegó a indicar que él mismo había “formado” los legajos con el materi (...)
7Ignacio Vallarta realizó un trabajo titánico para armarse de documentación con la que sustentar la afirmación de soberanía mexicana sobre Belice. Así, a finales de mayo de 1877, encargó la elaboración de un completo “Prontuario de la Cuestión de Belice” que serviría en adelante en la secretaría como resumen manual de todos los antecedentes de la cuestión10. Muy poco tiempo después y en su afán por hacerse con todos los planos, mapas y noticias que fuera posible, Vallarta comisionó en España en junio de 1877 a un asesor para que llevara a cabo búsquedas en los principales archivos de esa monarquía11. El asesor, Enrique Olavarría y Ferrari, recibió un encargo muy difícil de ejecutar en los escasos meses que duró la comisión y quizá por eso fue valorado como no satisfactorio por el propio Vallarta12, pero los informes que generó son hoy valiosos documentos que muestran cómo era el trabajo de estos asesores para controversias territoriales en archivos que se estaban profesionalizando13.
- 14 AHSRE, LRMB, leg. 396, lib. 19, f. 68.
8No se trataba solo de tener elementos para contar una historia que a sus ojos estaba clara, que los colonos británicos se habían asentado, en el siglo XVII, sobre el entonces territorio español de Yucatán, sino de que la determinación y cita de esos documentos fuera clara y precisa. Como decía el oficial de la secretaría valorando, el 28 de diciembre de 1877, uno de los informes remitidos por Olavarría, no se quería la información de los muchos documentos extraídos de los archivos españoles por su “valor histórico” sino por el “valor decisivo” que debían jugar en las “cuestiones pendientes”14.
- 15 AHSRE, LRMB, leg. 396, lib. 19, f. 13.
9Las comunicaciones con la legación mexicana en España fueron muy intensas durante aquellos meses de 1877 y 1878 en los que la nota fue preparada. Además de trasladar la documentación y los planos de las intendencias de Yucatán y Guatemala que se conseguían extraer de los principales archivos, desde España se hicieron llegar mapas encargados también por Vallarta y que habían sido comprados siguiendo sus órdenes en algunas de las librerías madrileñas que trabajaban para las instituciones de gobierno español, como era el caso de la de Antonio San Martín15.
- 16 AHSRE, L-E 1690. El volumen completo contiene las comunicaciones entre la Secretaría de Relaciones (...)
- 17 Además de mapas y estudios de historiadores locales, Vallarta solicitó documentación proveniente de (...)
10No fueron menos intensas las comunicaciones puestas en marcha por Vallarta en el plano doméstico mexicano, desde su Cancillería se reforzó el intercambio de noticias con las autoridades de los Estados de Yucatán y de Campeche, a quienes encargó informes de manera recurrente. Aunque muchos de ellos fueron dedicados a aclarar algunas de las conductas de las “tribus de indios” dependientes de las autoridades estatales, singularmente de Campeche, que estuvieron en la base de la reclamación británica16, también solicitó con asiduidad que se le enviara documentación destinada a emplearse como prueba de su reivindicación de soberanía17.
- 18 Correspondencia diplomática cambiada entre el Gobierno de la República y el de su Majestad Británic (...)
- 19 AHSRE, L-E 1689.
11La labor de construcción de una posición mexicana con respecto a su soberanía sobre Belice no terminó en marzo de 1878 con la remisión de la nota diplomática. Vallarta reunió y llevó a la imprenta el intercambio diplomático que había dado origen a su nota para justo a continuación distribuirlo por las Cancillerías de muchas de las entonces consideradas “naciones civilizadas”18. Con la remisión a Berlín, Washington, Roma o Madrid de la posición oficial del México del primer gobierno de Porfirio Díaz en la “cuestión de Belice” se cerraba un capítulo que desde luego no hacía presagiar el cambio de rumbo que tomaría la controversia muy poco tiempo después19.
La negociación del Tratado Spencer-Mariscal
- 20 Villegas Revueltas, Silvestre, Deuda y Diplomacia. La relación México-Gran Bretaña, 1824-1884, Méxi (...)
- 21 La afirmación se extrae de la intervención en la sesión del 21-10-1884 del senador Manuel Romero Ru (...)
12Las negociaciones del tratado de límites se abrieron en un contexto en el que la República Mexicana y el Imperio Británico acababan de retomar las relaciones diplomáticas20. Sin embargo, como se puso de manifiesto en la propia sesión secreta del Senado mexicano en la que se discutía sobre el “reanudamiento” de las relaciones, la opinión política todavía dominante y bien fijada por la posición de Vallarta consideraba que “los derechos de México” sobre el territorio de Belice eran “indiscutibles”, estaban “reconocidos” y se harían valer “con la misma dignidad” con la que se había “sabido asegurar la independencia de la República”21.
- 22 En realidad, Ignacio Mariscal justificó su propuesta apelando a la “celosa vigilancia”, e incluso a (...)
- 23 Humphreys, Robert Arthur, The Diplomatic History of British Honduras, 1638-1901, Oxford, Oxford Uni (...)
- 24 Informe del C. Ignacio Mariscal…, cit., p. 4.
13No es de extrañar, por tanto, que cuando muy poco tiempo después Ignacio Mariscal se abrió a negociar un tratado de límites fuera también iniciativa suya que toda la negociación transcurriera de manera “secreta y confidencial”22. Desde que dieron comienzo las reuniones y los intercambios de comunicaciones con el plenipotenciario británico en México, Sir Spencer St. John, Ignacio Mariscal no tuvo problemas en reconocer que no “compartía las visiones sentimentales de sus compatriotas en lo relativo a la cuestión de Belice”23. Más bien al contrario, si algo demostró el Canciller mexicano en todas las fases de la negociación fue que para él llegar a una solución fronteriza era antes que nada una cuestión de pragmatismo político, por lo que, por su parte, convenía dejar de lado las “aspiraciones a un ideal metafísico”24.
- 25 Colonial Office (=CO) a FO, nº 5, 8-2-1887, FO 420/42, cit., p. 13 y ss.
- 26 Marqués de Salisbury a St. John, nº 9, 28-2-1887, FO 420/42, cit., p. 18 y 19.
- 27 St. John a Mariscal, 13 y 23-4-1887, AHSRE, L-E 1695, ff. 6 y 7.
14Encontrar un acuerdo sobre el fondo de lo que debía regular el tratado de límites fue relativamente rápido y sencillo. Los británicos, en febrero de 1887, habían reanudado las “presiones” sobre el Gobierno mexicano a raíz de algunos movimientos que los mayas icaichés habían llevado a cabo, aparentemente instigados por las autoridades de Campeche, en territorios considerados británicos por las autoridades coloniales25. Ignacio Mariscal, quien el año anterior había conseguido retrasar la cuestión argumentando que primero era necesario avanzar en la delimitación de la frontera con Guatemala26, se mostró dispuesto a negociar en abril de 1887, después de que Spencer St. John redoblara sus presiones27.
- 28 “Bases del tratado de límites que el gobierno de México está dispuesto a tratar”, St. John al Marqu (...)
- 29 Copia de una nota del FO a St. John, 27-7-1886, AHSRE, L-E 1695, ff. 3-5r.
- 30 Mariscal dejó además un memorándum en la Secretaría de Relaciones Exteriores dando forma a los argu (...)
15Aunque por razones distintas, a ninguna de las dos partes le convenía entonces discutir sobre derechos de soberanía, y eso fue algo que quedó claro desde las primeras bases de acuerdo que ambos ministros sometieron a sus respectivos gobiernos28. Por el lado británico, el Foreign Office había dejado señalado en los primeros acercamientos que no pensaba discutir unos derechos de soberanía que solo concebía como propios29. Por el lado mexicano, Ignacio Mariscal, completamente de acuerdo con el hecho de que la no mencionada era una soberanía que en ningún caso consideraba mexicana, se encontraba además ante la dificultad de “preparar” un tratado que iba a tener seguro enfrente a la mayoría de la opinión pública. La estrategia que utilizó Mariscal fue la de intentar adelantarse a la propuesta de St. John elaborando un preámbulo para el tratado que tenía como principal finalidad justificar ante terceros que aquella era la única solución posible30.
- 31 Zorrilla, Luis G., Relaciones de México con la República de Centro América y con Guatemala, México, (...)
- 32 St. John solicitó por telegrama que se le diera aprobación para cerrar el preámbulo conforme a la p (...)
- 33 FO a CO, nº 45, 22-6-1887, FO 420/42, cit., p. 55.
16Así, el Canciller mexicano redactó los considerandos que, casi por completo, se llegarían a introducir en el tratado en 1893. Mariscal localizó, en primer lugar, las varias protestas de la República Mexicana contra la existencia de la Colonia Británica en un contexto que era previo al momento en el que en 1882 México y Guatemala dejaron atrás sus disputas sobre el mismo territorio de Belice mediante su tratado de límites31. Antes de eso, según el siguiente considerando, los británicos y Guatemala habían definido en 1859 mediante su tratado de límites buena parte del territorio de las “posesiones Británicas de la Bahía de Honduras” fijando las fronteras por el sur y por el oeste y señalando por el norte a la frontera mexicana. Pero había sido (de nuevo) el tratado de límites entre Guatemala y México el que más había condicionado la solución fronteriza que se estaba negociando, al haberse acordado en 1882 que la línea divisoria entre ambos países correría indefinidamente en la península de Yucatán hacia el este por el paralelo 17º 49’. El Foreign Office británico finalmente no aceptó las referencias iniciales a las protestas mexicanas32, pero acordó mantener los demás apartados del preámbulo33.
- 34 St. John al Marqués de Salisbury, nº 38, 12-5-1887, FO 420/42, cit., p. 50.
17El resto de las bases acordadas a finales de abril se convirtieron en el articulado de un tratado que fue, en esencia, remitido por St. John a Mariscal en mayo de 188734. Los tres artículos que componían la propuesta fueron después modificados en distintos puntos de la larga negociación intermitente que se prolongaría hasta julio de 1893, pero en ningún momento se alteró significativamente la naturaleza de los acuerdos que cada punto encerraba.
- 35 CO a FO, no 17, 13-3-1893, FO 420/135, Further correspondence respecting the boundaries of Honduras (...)
- 36 St. John a Marqués de Salisbury, no 83, 31-10-1888, FO 420/91, Further correspondence respecting th (...)
18El primero de los artículos fue el dedicado a delimitar la línea fronteriza. Sobre la base que ambos ministros habían acordado, que el Río Hondo fuera reconocido como frontera norte, la propuesta inicial de St. John se fue modificando a medida, sobre todo, que avanzó el conocimiento que desde la propia colonia británica se tuvo de los accidentes geográficos que podían funcionar para delimitar el extremo noroeste de la frontera, el único que planteaba dudas. El punto de partida de la línea siempre estuvo claro, el estrecho que separaba al Cayo Ambergris del continente, conocido como Boca Bacalar Chico. La descripción de la línea que conectaba ese paso con la boca del río Hondo también se fue perfeccionando a través de propuestas que partieron del lado británico, una de las últimas introdujo incluso la referencia a un mapa concreto que quedó desde entonces integrado en el tratado35, pero no fue motivo especial de disputa. Algo distinto ocurrió con el tramo de frontera que se separaba del Río Hondo para cortarse en un punto, al inicio indeterminado, que debía quedar al norte de la latitud 17º 49’ y al este de la longitud 89º 0’ 22 (las líneas fijadas en los tratados fronterizos que servían de referencia). Los británicos se adelantaron, de nuevo, e hicieron coincidir esa línea, en la letra del acuerdo, con el Arroyo Azul. Sin embargo, St. John no las tenía todas consigo, pues todavía no se había determinado a ciencia cierta la localización del nacimiento de ese arroyo, por lo que se pusieron en marcha trabajos de agrimensura con el objeto de que la línea estuviera totalmente determinada en el momento de la firma del tratado36.
- 37 St. John al Conde de Rosebery, Secretario de Relaciones Exteriores, no 7, 28-1-1893, FO 420/135, ci (...)
- 38 St. John al Conde de Rosebery, no 27, 16-3-1893, FO 420/135, cit., p. 17.
- 39 FO a CO, no 53, 9-7-1887, FO 420/42, cit., p. 61 y 62. Por medio del Tratado Clayton-Bulwer de 1850 (...)
19Por la parte mexicana, y hasta días antes de la firma, tampoco esa última línea preocupó demasiado. Centrado principalmente en que en ese primer artículo constara que ambas orillas del río Snosha quedaban en territorio mexicano37, Mariscal no reparó hasta la primavera de 1893 en que había formas de trazar el último tramo de la línea que eran mucho más beneficiosas para los intereses mexicanos38. Tan escaso fue el interés prestado hasta ese momento por la parte mexicana que los británicos llegaron incluso a sospechar que el gobierno de Porfirio Díaz les estaba intentando “colocar” unas tierras, entonces controladas por “indios fieles” a la república, susceptibles de generarles problemas con los EE.UU. por no respetar el tratado Clayton-Bulwer39.
- 40 CO a FO, no 14, 1-4-1889, FO 420/97, cit., p. 8.
- 41 Clergen, Wayne M., “British Honduras and the Pacification of Yucatan”, The Americas, vol. 18, no 3, (...)
- 42 Marqués de Salisbury a St. John, no 67, 31-8-1887, FO 420/42, cit, p. 69.
- 43 Los ofrecimientos de los mayas de Chan Santa Cruz para poner su territorio bajo protección británic (...)
- 44 La versión definitiva en castellano señalaba: “Artículo II. La República Mexicana y Su Majestad Bri (...)
- 45 “El Gobierno de México y el Gobierno Británico convienen en hacer toda clase de esfuerzos para evit (...)
20Pero si algo pusieron de manifiesto los trabajos sobre el terreno emprendidos desde la colonia a instancias del Foreign Office fue que absolutamente ningún territorio del lado “mexicano” de la frontera se encontraba controlado por autoridades federales o estatales (de Yucatán o Campeche)40. Y es que aquella era la principal realidad, arrastrada desde hacía muchos años41, que Mariscal y el resto del gobierno de Porfirio Díaz estaban queriendo combatir con la firma del tratado. Solo así se entienden el segundo y el tercer artículo de la convención, que apenas recibieron modificaciones en todo el tiempo en que estuvo viva la negociación42, y que estaban destinados a reducir la operatividad de las “tribus indias”, destacadamente los mayas de Chan Santa Cruz, que permanecían en abierta rebeldía frente a las autoridades mexicanas (y bien asentados al norte del Río Hondo)43. En ese sentido, para México era de vital importancia que se prohibiera la venta de armas y municiones que desde la colonia se hacía a las “tribus” rebeldes, y así quedó consignado en el artículo segundo del tratado desde el inicio44. Por otro lado, y para evitar las exigencias de responsabilidad que habían generado los principales conflictos diplomáticos con anterioridad, el tercer artículo venía a comprometer a ambos gobiernos en la labor de evitar las incursiones de las “tribus indias” que vivían en los territorios fronterizos, pero exonerando de responsabilidad a los gobiernos en aquellos casos en los que los actos fueran cometidos por “tribus (…) en abierta rebeldía contra la autoridad”45.
- 46 Dutt, Rajeshwari, “Business as usual: Maya and Merchants on Yucatán-Belize border at the onset of t (...)
- 47 Careaga, Lorena, “La lucha por su independencia. Alice Dixon, los mayas y a guerra de castas”, Memo (...)
- 48 Badillo Sánchez, Alejandra, Rumbo al corazón de tierra Macehual. La “campaña militar de Yucatán con (...)
21La venta de armas y municiones constituía un negocio muy lucrativo para los habitantes de la colonia46. No solo tenían en los “indios rebeldes” a unos grandes compradores, sino que también eran ellos los que otorgaban las licencias con las que los colonos accedían a las explotaciones madereras en toda la franja norte del Río Hondo47. Las autoridades inglesas sabían desde el comienzo de la negociación que tanto la prohibición de la venta de armas como el fin del control de las licencias para la explotación maderera por parte de los mayas de Chan Santa Cruz generarían mucho rechazo entre los súbditos británicos de la colonia48, pero estaban dispuestas a ponerlas en marcha puesto que también sabían que se trataba del principal aliciente que el tratado de límites ofrecía a los mexicanos.
- 49 FO a CO, no 37, 15-6-1888, FO 420/91, cit., p. 20.
- 50 St. John al Marqués de Salisbury, no 13, 29-2-1888, FO 420/91, cit., p. 10.
22Conscientes como eran de que ordenar las prohibiciones antes de que el tratado estuviera firmado y ratificado solo les daría motivos a los mexicanos para eternizarse en los últimos flecos de la negociación, las autoridades diplomáticas británicas señalaron a las coloniales en repetidas ocasiones que bajo ningún concepto procedieran a la eliminación del tráfico antes de que la convención fuera oficializada49. Nada impidió, sin embargo, que una negociación que estaba ya cerrada para sus puntos elementales en febrero de 188850, retrasara su firma hasta 1893, y tras eso, que el intercambio definitivo de ratificaciones se pospusiera hasta 1897.
- 51 St. John al Marqués de Salisbury, no 7, 6-2-1889, FO 420/97, cit., p. 5.
- 52 St. John al Marqués de Salisbury, no 79, 4-11-1887, FO 420/42, cit., p. 76 y 77.
- 53 St. John al Conde de Rosebery, no 27, 16-3-1893, FO 420/135, cit., p. 17.
23No siempre los motivos que Mariscal, y en ocasiones hasta el propio Porfirio Díaz, iban dando para justificar el retraso de la firma eran creídos por el plenipotenciario británico. Pero sí que todos ellos respondían a unas mismas ideas de fondo: que el gobierno de Porfirio estaba tan convencido de la necesidad del tratado para poder pasar a controlar toda la zona de frontera como de que éste iba a ser duramente criticado. Así, hubo ocasiones en las que las autoridades mexicanas consideraron que no era buen momento para la firma porque se carecía del despliegue necesario de militares de la federación en la península de Yucatán51, y otras en las que la proximidad de la reelección del presidente Díaz o reformas constitucionales aconsejaron no hacer público un tratado que sería usado sin ninguna duda como “arma arrojadiza” por la oposición política52. A ojos de los diplomáticos ingleses la preocupación por las dificultades que traería consigo la firma del tratado era sincera, y tampoco parecía exagerada la intención de tener disponibles fuerzas militares que desplazar en la península yucateca, puesto que Porfirio Díaz no se fiaba ni de los “indios rebeldes” ni de la parte “conservadora” y “clerical” de las élites yucatecas53.
- 54 St. John al Conde de Rosebery, no 7, 28-1-1893, FO 420/135, cit., p. 4.
- 55 En el expediente de la negociación del tratado se conserva una copia de la Gazzette Extraordinary B (...)
- 56 Minuta de la carta de contestación de Ignacio Mariscal a Carlos Peón Machado, Gobernador de Yucatán (...)
- 57 Minuta de la carta de contestación de Ignacio Mariscal a Pedro Hinojosa, Secretario de Guerra y Mar (...)
- 58 Se trataba del ya mencionado Boca Bacalar Chico, un canal que solo garantizaba la navegación a emba (...)
24La cuestión es que el escenario para la arriesgada representación que se preparaba no estuvo listo hasta que, muy oportunamente, la legislatura de Yucatán en diciembre de 1892 solicitó del gobierno federal la negociación de un tratado que pusiera fin a la interminable guerra de castas54. La precipitada puesta a punto del tratado con la que se cerró la primera fase de las negociaciones antes de la firma de la convención en 1893 estuvo sin duda en la base de la prolongación que hubo que hacer hasta 1897. Desde el momento mismo en el que el tratado, firmado en julio, fue publicado en la Gaceta oficial de Belice55, importantes políticos yucatecos56, e incluso miembros del propio gobierno de Porfirio Díaz57, pusieron sobre la mesa que el principal problema del tratado tenía que ver con que no se había reparado en que la delimitación de la línea fronteriza había dejado un único y muy reducido acceso a la Bahía de Chetumal para las embarcaciones mexicanas58.
- 59 Como Mariscal le reconoció a Carlos Peón Machado, “(…) no será muy difícil arreglar un protocolo qu (...)
- 60 No obstante, St. John y Mariscal mantuvieron su estrecha relación, como pone de manifiesto el que e (...)
25Así las cosas, cuando Mariscal se enfrentó por primera vez a la Cámara de Senadores del Congreso mexicano, aunque no lo reconociera, era consciente de que hasta para convencer a una parte de sus afines tenía que reabrir las negociaciones59. En frente, Gran Bretaña había permitido el regreso a Europa de Spencer St. John después de haber conseguido la firma del tratado60, y no tenía especial prisa por intercambiar las ratificaciones, ya que eso implicaba la necesidad de ordenar el fin de los diversos tráficos que se movían a un lado y a otro del Río Hondo.
- 61 Conde Kimberley (Secretario de Relaciones Exteriores) a Henry Nevill Dering (ministro plenipotencia (...)
- 62 “Her Majesty’s Government guarantee to Mexican merchant-vessels in perpetuity the absolute Liberty, (...)
26La situación no comenzó a desbloquearse hasta que el Foreign Office se mostró dispuesto a introducir el artículo adicional que Mariscal había propuesto. Los británicos recurrieron en un primer momento a lo sostenido por autores como Lawrence Wheaton para justificar que no era necesario introducir una mención expresa que habilitara la navegación de los barcos mercantes mexicanos por las aguas territoriales de la colonia, pues era un principio ampliamente aceptado en derecho internacional61. Pero Mariscal con su propuesta seguía pensando en términos de política interna mexicana, un espacio en el que necesitaba trasladar que mediante su negociación había conseguido mejorar la posición de partida. Así, el ministro, apelando de nuevo a la imposibilidad de encontrar el apoyo en el Senado y en la opinión pública de otra forma, consiguió finalmente que los ingleses aceptaran su redacción de un artículo III bis que vino a garantizar a los barcos mercantes mexicanos la libertad perpetua de navegación por el estrecho formado entre el Cayo Ambergris y el continente62.
La puesta en escena del cambio de posición
- 63 El decreto del Senado, formado por dos artículos (uno por el tratado y otro por la convención adici (...)
- 64 Francis Stronge al Marqués de Salisbury, no 21, 23-4-1897, FO 420/179, cit., p. 14.
27La aprobación final del tratado y de la convención adicional del artículo III bis requirió de una nueva discusión en el Senado, el 19 de abril de 1897, que no se saldó tampoco con un apoyo unánime a la labor del Gobierno federal63. Como Mariscal reconocería a las autoridades diplomáticas británicas apenas cuatro días después, se trataba de la primera ocasión, durante la administración del presidente Díaz, en la que el Gobierno se había encontrado con ese tipo de oposición en el Senado, por lo que era natural que hubiera llegado a preocupar que la cuestión se hiciera crónica con la formación de un grupo permanentemente hostil. Mariscal también concedía que los motivos que se habían acumulado para que el tratado contara con tanta oposición iban más allá de los meramente “patrióticos”. Muchos grandes terratenientes yucatecos eran conscientes de que el tratado facilitaría la transformación de la zona de frontera en un territorio administrado por el Gobierno federal y esa era una perspectiva que por muy diversas razones tampoco agradaba en la península64.
- 65 Castillo, Manuel Ángel, Toussaint Ribot, Mónica, Vázquez Olivera, Mario, Espacios diversos, histori (...)
- 66 Particularmente efectivos en ese sentido fueron los textos: Defensa del tratado de límites entre Yu (...)
28Quizá en parte por eso, Mariscal no había dedicado en ningún momento mucho esfuerzo a escudriñar la historia de las relaciones entre México y la Honduras Británica buscando argumentos que respaldaran la posición que, en definitiva, estaba adoptando con la aprobación del tratado. La principal línea de argumentación fue otra, muy ligada a destacar las ventajas desde el punto de vista práctico que el tratado traía consigo65. De hecho, encaminó la mayoría de sus actuaciones a tratar de trasladar esa idea a la opinión pública, lo que también pasó por difundir de manera intensiva y en las distintas fases del proceso su perspectiva y la de los que lo apoyaron. De esa manera, sus dos informes rendidos ante el Senado, acompañados de estudios, noticias, peticiones y felicitaciones de corporaciones relevantes en Yucatán y Campeche fueron publicados en momentos claves66.
- 67 La minuta que trasladó el acuerdo de la Cámara de Senadores de 25-5-1894 solicitando esos anteceden (...)
- 68 La minuta que extractaba las órdenes de Mariscal fue muy clara, había que enviar la escasa document (...)
29Tampoco dudó en ocultar activamente la documentación que estando bajo su control podría haber comprometido su posición. Especialmente significativa en este sentido fue la respuesta que su secretaría dio al Senado cuando en plena preparación de la Comisión de Relaciones Exteriores que debía pronunciarse sobre la aprobación del tratado solicitó la documentación relativa al tratado de México con Gran Bretaña de 1825, el tratado Clayton-Bulwer, la documentación recopilada por Ignacio Vallarta a finales de los 1870 y la documentación diplomática relativa a la negociación con Spencer St. John67. Desde la Secretaría de Relaciones Exteriores mexicana por orden expresa de Mariscal apenas se remitió la documentación relativa al tratado de principios del siglo XIX y el impreso que en 1878 Vallarta se había encargado de publicar conteniendo su famosa nota y las británicas. Ni la documentación relativa al tratado Clayton-Bulwer, que, por supuesto, se hallaba en la secretaría, ni ningún documento de la negociación diplomática fueron entonces enviados68.
- 69 Mariscal mintió abiertamente en su primera intervención ante el Senado sobre la fecha en la que se (...)
30Desde luego, no se trató de una solución de controversias que se caracterizara por su transparencia en ningún momento69. El tratado se hizo público en México solo porque se había publicado antes en Belice y durante toda la negociación, incluso todavía después de que se firmara y ratificara definitivamente con la adición de 1897, la convención fue discutida, defendida y/o atacada dentro y fuera del Senado sin que siquiera incorporara el mapa concreto al que el propio tratado hacía referencia. De hecho, el mapa no fue “incorporado” al tratado hasta que llamó la atención sobre el particular el encargado de negocios británico en la reunión celebrada el 21 de julio de 1897 para canjear las ratificaciones:
- 70 AHSRE, L-E 1695, f. 141. El mapa del lado mexicano se conserva en AHSRE, Caja no 17.
31“El Encargado de Negocios ad interin de la Gran Bretaña manifestó que el ejemplar del Tratado que exhibe no contiene el mapa a que se hace referencia en el artículo I de dicho Tratado, y con el poder especial que presenta y de acuerdo con sus instrucciones, entrega dicho mapa a fin de que figure como parte del Tratado que antes se menciona. Y habiendo sido dicho mapa suscrito y sellado por los infrascritos, quienes encontraron los ejemplares del Tratado y artículo adicional así como los dos mapas exactamente conformes entre sí, el referido canje se efectuó el día de hoy, en la forma acostumbrada”70.
- 71 En concreto, el presupuesto que la imprenta La Europa facilitó a la Secretaría de Relaciones Exteri (...)
32Pocos días después, una vez completamente cerrada la cuestión, el tratado oficial (mapa incluido) fue por fin publicado, a costa del presupuesto de la secretaría y acompañado de otra documentación relevante que venía a probar la incapacidad de la solución fronteriza para defenderse por sí misma71.
33La argumentación que ocupó los dos informes de Mariscal, el núcleo duro de la nueva versión sobre los “no derechos mexicanos”, estuvo íntimamente relacionada, y de hecho se adaptó en algunos puntos, al debate que ocasionó la cuestión dentro y fuera de la Cámara de Senadores. En esencia, Mariscal en todo momento sostuvo que no se podía renunciar a una soberanía que nunca se había poseído, aunque también trató de demostrar que los argumentos empleados por aquellos que defendían que México tenía derechos sobre Belice eran absolutamente infundados y mantenerlos había traído consigo nefastas “consecuencias”:
- 72 “Informe del Sr. Secretario de Relaciones Exteriores en la sesión del Senado del 19 del corriente”, (...)
“¡Triste consecuencia, señores, pero consecuencia rigurosamente lógica! Triste, porque tuvimos la desgracia de alucinarnos mucho tiempo con la idea de que nos pertenecía Belice, por un supuesto derecho que se examinaba con la noble pasión del patriotismo y no con la razón desapasionada, ignorando unos y ocultando tal vez otros cuanto pudiera contradecir la grata ilusión en que nos mecíamos”72.
- 73 Quizá los más representativos sean: Fabela, Isidro, Belice. Defensa de los derechos de México, Méxi (...)
34De hecho, si algún punto se mostró especialmente débil en la argumentación sobre la que Mariscal se apoyó fue ese de las razones de carácter histórico. El grueso de los materiales que el Secretario de Relaciones Exteriores empleó como fundamento hacían una lectura muy aguda de los textos de derecho internacional que llamaban a priorizar la ocupación efectiva frente a las “posesiones nominales”, o, según afirmaba él mismo, “imaginarias”, pero su puesta en escena no pudo huir de la “cuestión histórica” que servía de fundamento jurídico a sus detractores. Y ahí, como por otro lado se han encargado de poner de manifiesto los muchos críticos que Mariscal acumuló también a posteriori73, su discurso se volvió esencialmente problemático.
- 74 Rubio Alpuche, Néstor, Belice. Apuntes históricos y colección de tratados internacionales relativos (...)
- 75 “Informe del Sr. Secretario de Relaciones Exteriores…”, AHSRE, L-E 1695, ff. 123r-124.
- 76 Informe del C. Ignacio Mariscal…, cit., p. 12-15.
- 77 “Informe del Sr. Secretario de Relaciones Exteriores…”, AHSRE, L-E 1695, ff. 122-122r.
- 78 Señalaba ya hacia esa circunstancia Pérez Trejo, Gustavo, Documentos sobre Belice o Balice, México, (...)
35Sin duda la incidencia en el debate abierto por la publicación del tratado en 1893 de obras como la de Néstor Rubio Alpuche contribuyeron a que los argumentos de tipo historicista se refinaran74, pero seguían condicionados por algo que el propio Mariscal reconoció en su segundo informe: que eran completamente deudores de los planteamientos ingleses75. La versión de la historia de las relaciones de España y México con los establecimientos de colonos británicos que Mariscal deslizó, sobre todo en su primer informe, fue, en realidad, un negativo del relato que la nota de Vallarta había consagrado, por lo que llevó en el poco diligente modo en el que se facturó la condena al fracaso que siempre representó ante la opinión pública. La inmensa mayor parte de los argumentos utilizados provenían de leer a la inversa los títulos y “efectividades” aportadas por Vallarta. Donde en la nota del anterior Canciller mexicano se mencionaban las reivindicaciones de ministros mexicanos, Mariscal destacaba lo sostenido en las notas de los diplomáticos ingleses que se les oponían76. De manera contraria, elementos “probatorios” que Vallarta había dejado de lado por no convenir de manera evidente a los intereses mexicanos fueron rescatados y realzados por Mariscal en sus dos informes, como fue el caso del uso del conocidísimo Plano fechado en 1783 que parecía señalar al Río Hondo como el “último de la provincia de Yucatán”77. Detalles como ese convirtieron al informe de Mariscal en uno de los principales argumentos que tiempo después utilizarían los guatemaltecos en su reclamo territorial frente a Belice78.
36Pero volviendo, para cerrar, al paisaje que los informes, sobre todo el primero, perfilaron en su contexto, se puede decir que el agregado fue una larga y poco cuidada justificación histórica que dio cobertura a un arreglo fronterizo legitimado en realidad por razones pragmáticas. Y es que no cabe duda de que en la Cancillería de Mariscal no se invirtió tiempo y recursos en dotarse de materiales con los que acondicionar mejor esa parte del discurso que siempre interesó menos, pero, a juzgar por el realmente estable arreglo de límites al que dio lugar la operación, no se puede decir que se confundieran en la Secretaría de Relaciones Exteriores calculando los tiempos, elementos y recursos que se pusieron en juego para reacondicionar la escena.
Conclusiones
37El tratado Spencer-Mariscal puso fin a una larga y compleja cuestión de límites. Para cerrar los términos precisos en los que la solución fronteriza fue aprobada y ratificada hizo falta una negociación secreta, y nada transparente, que se extendió diez años (1887-1897) y una campaña orquestada desde la Secretaría de Relaciones Exteriores para cambiar un discurso muy consolidado en la opinión pública acerca de los derechos de soberanía mexicana sobre Honduras Británica.
38El punto álgido a la hora de definir ese relato sobre los derechos históricos mexicanos había tenido lugar con la llegada de Ignacio Vallarta a la Secretaría de Relaciones Exteriores en 1876. En un contexto en el que las relaciones diplomáticas con Gran Bretaña seguían rotas, desde la Cancillería mexicana se articuló todo un proceso de acumulación de documentación con fines probatorios (mapas, expedientes que evidenciaban actos de jurisdicción, etc.) que acabó traducido en su famosa nota de 1878. Los argumentos jurídicos en los que Vallarta se apoyó son tan conocidos que en ocasiones se han identificado como parte de la propia historia de las relaciones entre México y la Colonia inglesa. Sin embargo, hasta ahora no se había historificado la forma en la que se construyó materialmente aquella fundamentación jurídica cargada de historia.
39Por su parte, la negociación diplomática pilotada por Ignacio Mariscal ya en la década de los 1880 se movió desde el principio en las antípodas de la construcción teórica (“imaginaria” y “metafísica”, como llegó a sostener el propio Mariscal) que había permitido defender que México tenía algún tipo de soberanía sobre un territorio que nunca llegó a dominar. Desde el Gobierno federal encabezado por Porfirio Díaz se tenía claro que lo único que la larga indeterminación limítrofe había contribuido a provocar era la absoluta falta de control del territorio fronterizo padecida por las autoridades mexicanas desde prácticamente el estallido de la guerra de castas. El tratado formó así parte de un proceso más amplio de territorialización en el que ante todo interesaba “pacificar” el amplio espacio gobernado entonces por los mayas “rebeldes” para pasar a desplegar los instrumentos del Estado federal a través del control del tráfico comercial y de la tutela del aprovechamiento de los grandes recursos naturales de la zona.
40El análisis detallado de la negociación diplomática y del proceso institucional y argumentativo que fue parejo a la entrada en vigor del tratado a ambos lados de la frontera ha dado como resultado un trabajo que aspira a poner en diálogo la historiografía del derecho internacional interesada en las cuestiones de límites y la doctrina de los reclamos territoriales, y la bibliografía especializada en el final de la guerra de castas y la conformación del territorio de Quintana Roo, una fase y un espacio concretos del proceso de consolidación de un Estado, el federal mexicano, que trataba de integrarse en el poco civilizado mundo de las “naciones civilizadas”.
Notes
1 Informe del C. Ignacio Mariscal, secretario del despacho de Relaciones Exteriores, rendido ante el Senado acerca del Tratado de Límites entre Yucatán y Belice, México, Imprenta de F. Díaz de León Sucs, 1893.
2 Toussaint, Mónica, Belice: una historia olvidada, México, Instituto Mora-Centro de Estudios Mexicanos y Centroamericanos, 1993, p. 68-71.
3 Esta misma expresión que da título al trabajo también dio título a un artículo publicado el 25-4-1894 en el periódico yucateco “El Siglo XIX”, Defensa del tratado de límites entre Yucatán y Belice, con respuesta a las objeciones que se han hecho en su contra, apoyada en algunos documentos inéditos y seguida de otros ya conocidos, así como de los principales artículos de la prensa metropolitana yucateca que lo ha defendido, México, Imprenta de “El Siglo XIX”, 1894, p. 327-331.
4 La nota puede encontrarse en Archivo Histórico de la Secretaría de Relaciones Exteriores (=AHSRE), L-E 1689, ff. 35-116.
5 La serie de notas diplomáticas cruzadas se había iniciado con la que Lord Granville había dirigido a José María Lafragua el 2-12-1872, AHSRE, L-E 1687, ff. 9-10r. A ésta contestó el Secretario de Relaciones Exteriores mexicano el 12-2-1873, AHSRE, L-E 1687, ff. 13-22. Finalmente, la nota de Lord Derby a la que dio respuesta Vallarta fue enviada el 28-7-1874, AHSRE, L-E 1687, ff. 1-18.
6 Gómez Robledo, Antonio, Vallarta Internacionalista, México, Porrúa, 1987, p. 57.
7 Fueron especialmente influyentes en la nota de Vallarta los trabajos de Félix Galindo y Manuel Peniche, como prueba la presencia en el archivo de la secretaría de ambos manuscritos enviados por los autores AHSRE, L-E 1694, exp. 4; y L-E 1691, ff. 82-86, respectivamente.
8 Para algunos de los principales argumentos utilizados, la reivindicación de Vallarta no se diferenció mucho de la realizada años antes por el Canciller del emperador Maximiliano, Martín del Castillo, el 9-12-1865, AHSRE, Límites y Ríos México-Belice (=LRMB), leg. 397, lib. 21, exp. 4, ff. 80-84. La intensa y ordenada actividad de la Cancillería imperial con relación a la cuestión de Belice puede consultarse íntegramente en ASRE, LRMB, leg. 397, lib. 21, exp. 4.
9 Sobre ese fenómeno común en la cultura de acumulación documental propia de las cuestiones de límites latinoamericanas: Podgorny, Irina, “Fronteras de Papel: archivos, colecciones y la cuestión de límites en las naciones americanas”, Historia crítica, no 44, 2011, p. 56-79.
10 Para su mejor uso, el manuscrito incorporaba un extenso índice alfabético: AHSRE, L-E 1693.
11 “Archivo de Indias, Simancas y de Alcalá de Henares. Comisión de Enrique Olavarría y Ferrari”, AHSRE, LRMB, leg. 396, lib. 19, f. 7.
12 El 26-4-1878 se le comunicaba a la legación mexicana en España: “Que el informe del Señor Olavarría es del todo insuficiente, que debe tenerse por terminada la comisión de dicho Sr., que cuando haya necesidad de algún documento se le pedirá oportunamente”, AHSRE, LRMB, leg. 396, lib. 19, f. 8r.
13 En alguna ocasión, Olavarría llegó a indicar que él mismo había “formado” los legajos con el material que le interesaba, por tratarse de documentación que todavía se hallaba “sin clasificar en el Archivo de Indias de Sevilla”, AHSRE, LRMB, leg. 396, lib. 19, f. 115.
14 AHSRE, LRMB, leg. 396, lib. 19, f. 68.
15 AHSRE, LRMB, leg. 396, lib. 19, f. 13.
16 AHSRE, L-E 1690. El volumen completo contiene las comunicaciones entre la Secretaría de Relaciones exteriores y los gobernadores de Yucatán y Campeche.
17 Además de mapas y estudios de historiadores locales, Vallarta solicitó documentación proveniente de instituciones como el ayuntamiento de Bacalar, con la finalidad de probar la presencia mexicana en la zona próxima al Río Hondo. Y para eso era vital mostrar cómo habían vivido en fechas claves, como la década de los 1820, la ilegítima expansión de los colonos británicos, AHSRE, L-E 1691, f. 101.
18 Correspondencia diplomática cambiada entre el Gobierno de la República y el de su Majestad Británica con relación al territorio llamado Belice, 1872-1878, México, Imprenta de Ignacio Cumplido, 1878.
19 AHSRE, L-E 1689.
20 Villegas Revueltas, Silvestre, Deuda y Diplomacia. La relación México-Gran Bretaña, 1824-1884, México, UNAM, 2005, p. 240-251; Lajous, Roberta (aut.), Torres, Blanca (coord. general), México y el mundo. Historia de sus relaciones exteriores. Tomo IV. La política exterior del porfiriato, México, El Colegio de México, 2010, p. 128-137. Para profundizar en el contexto político y económico en el que se desenvolvió la negociación del tratado: Toussaint, Mónica, Vázquez Olivera, Mario, Rodriguez de Ita, Guadalupe, Vecindad y Diplomacia: Centroamérica en la política exterior mexicana 1821-1988, México, SRE-Dirección General del Acervo Histórico Diplomático (=DGAHD), 2001, p. 81-130.
21 La afirmación se extrae de la intervención en la sesión del 21-10-1884 del senador Manuel Romero Rubio, en AHSRE, L-E 1694, exp. 3, f. 39.
22 En realidad, Ignacio Mariscal justificó su propuesta apelando a la “celosa vigilancia”, e incluso a la “interferencia diplomática” que EE.UU. pondría en marcha si sabían antes de tiempo de las negociaciones: Spencer St. John a Marqués de Salisbury, Secretario de Relaciones Exteriores del Reino Unido, no 38, 12-5-1887, Foreign Office (=FO) 420/42, Correspondence respecting the boundaries of Honduras, Guatemala, and Mexico, 1872-1887, 1888, p. 50.
23 Humphreys, Robert Arthur, The Diplomatic History of British Honduras, 1638-1901, Oxford, Oxford University Press, 1961, p. 145.
24 Informe del C. Ignacio Mariscal…, cit., p. 4.
25 Colonial Office (=CO) a FO, nº 5, 8-2-1887, FO 420/42, cit., p. 13 y ss.
26 Marqués de Salisbury a St. John, nº 9, 28-2-1887, FO 420/42, cit., p. 18 y 19.
27 St. John a Mariscal, 13 y 23-4-1887, AHSRE, L-E 1695, ff. 6 y 7.
28 “Bases del tratado de límites que el gobierno de México está dispuesto a tratar”, St. John al Marqués de Salisbury, nº 25, 28-4-1887, FO 420/42, cit., p. 43.
29 Copia de una nota del FO a St. John, 27-7-1886, AHSRE, L-E 1695, ff. 3-5r.
30 Mariscal dejó además un memorándum en la Secretaría de Relaciones Exteriores dando forma a los argumentos que deslizaría en su propuesta de preámbulo: minuta sin fecha, AHSRE, L-E 1695, ff. 16-18.
31 Zorrilla, Luis G., Relaciones de México con la República de Centro América y con Guatemala, México, Porrúa, 1984, p. 387-421. Un completo estudio del principal diplomático en aquella negociación de límites en: Toussaint, Mónia y Vázquez Olivera, Mario, Territorio, nación y soberanía: Matías Romero ante el conflicto de límites entre México y Guatemala, México, SRE-DGAHD, 2012.
32 St. John solicitó por telegrama que se le diera aprobación para cerrar el preámbulo conforme a la propuesta original de Mariscal, St. John al Marqués de Salisbury, no 39, 14-6-1887, FO 420/42, cit., p. 52.
33 FO a CO, nº 45, 22-6-1887, FO 420/42, cit., p. 55.
34 St. John al Marqués de Salisbury, nº 38, 12-5-1887, FO 420/42, cit., p. 50.
35 CO a FO, no 17, 13-3-1893, FO 420/135, Further correspondence respecting the boundaries of Honduras, Guatemala, and Mexico, 1892-93, 1894, p. 8.
36 St. John a Marqués de Salisbury, no 83, 31-10-1888, FO 420/91, Further correspondence respecting the boundaries of Honduras, Guatemala, and Mexico, 1888, 1889, p. 50
37 St. John al Conde de Rosebery, Secretario de Relaciones Exteriores, no 7, 28-1-1893, FO 420/135, cit., 1894, p. 4.
38 St. John al Conde de Rosebery, no 27, 16-3-1893, FO 420/135, cit., p. 17.
39 FO a CO, no 53, 9-7-1887, FO 420/42, cit., p. 61 y 62. Por medio del Tratado Clayton-Bulwer de 1850 EE.UU. y el Imperio Británico habían pactado el no control exclusivo de territorios en Centroamérica por su potencial proximidad al canal interoceánico que se estaba proyectando construir. En ese contexto determinado, no es de extrañar que EE.UU. sostuviera durante buena parte de la segunda mitad del siglo XIX que los británicos no tenían ningún derecho de soberanía sobre los territorios situados al sur del Río Hondo y estuvieran muy pendientes de los movimientos que se hacían con respecto al control de Belice.
40 CO a FO, no 14, 1-4-1889, FO 420/97, cit., p. 8.
41 Clergen, Wayne M., “British Honduras and the Pacification of Yucatan”, The Americas, vol. 18, no 3, 1962, p. 243-254; Careaga, Lorena, Quintana Roo, una historia compartida, México, Instituto Mora, 1990, p. 53-109; Sweeney, Lean, La supervivencia de los bandidos: los mayas icaichés y la política fronteriza del sureste de la península de Yucatán, 1847-1904, Mérida, UNAM, 2006.
42 Marqués de Salisbury a St. John, no 67, 31-8-1887, FO 420/42, cit, p. 69.
43 Los ofrecimientos de los mayas de Chan Santa Cruz para poner su territorio bajo protección británica fueron constantes: Henry Fowler (Administrador de Honduras Británica) a Henry Holland (Secretario de Estado de las Colonias), no 59, FO 420/42, cit., p. 64-65.
44 La versión definitiva en castellano señalaba: “Artículo II. La República Mexicana y Su Majestad Británica, con el fin de facilitar la pacificación de las tribus indias que viven cerca de las fronteras de México y Honduras Británica, y para prevenir cualquier futura insurrección entre las mismas, convienen en prohibir de una manera eficaz a sus ciudadanos o súbditos, y a los habitantes de sus respectivos dominios, el que se proporcionen armas o municiones a esas tribus indias”, St. John a Conde de Rosebery, 10-7-1893, no 44, FO 420/135, cit., p. 27.
45 “El Gobierno de México y el Gobierno Británico convienen en hacer toda clase de esfuerzos para evitar que los Indios que viven en los respectivos territorios de los dos países hagan incursiones en los dominios de la otra Parte Contratante, pero ninguno de ambos Gobiernos puede hacerse responsable por los actos de las tribus Indias que se hallen en abierta rebelión contra su autoridad”, St. John a Conde de Rosebery, 10-7-1893, no 44, FO 420/135, cit., p. 27 y 28.
46 Dutt, Rajeshwari, “Business as usual: Maya and Merchants on Yucatán-Belize border at the onset of the Caste War”, The Americas, nº 74 (2), 2017, p. 201-226.
47 Careaga, Lorena, “La lucha por su independencia. Alice Dixon, los mayas y a guerra de castas”, Memorias de la Academia Mexicana de la Historia, t. LXIV, 2025, p. 211-247, p. 228.
48 Badillo Sánchez, Alejandra, Rumbo al corazón de tierra Macehual. La “campaña militar de Yucatán contra los mayas”, 1899-1904, tesis de doctorado, Mérida, CIESAS, 2019, p. 121-140.
49 FO a CO, no 37, 15-6-1888, FO 420/91, cit., p. 20.
50 St. John al Marqués de Salisbury, no 13, 29-2-1888, FO 420/91, cit., p. 10.
51 St. John al Marqués de Salisbury, no 7, 6-2-1889, FO 420/97, cit., p. 5.
52 St. John al Marqués de Salisbury, no 79, 4-11-1887, FO 420/42, cit., p. 76 y 77.
53 St. John al Conde de Rosebery, no 27, 16-3-1893, FO 420/135, cit., p. 17.
54 St. John al Conde de Rosebery, no 7, 28-1-1893, FO 420/135, cit., p. 4.
55 En el expediente de la negociación del tratado se conserva una copia de la Gazzette Extraordinary British Honduras, published by Authority, de 18-9-1893, que hizo público, también en México, el tratado: AHSRE, L-E 1695, f. 50.
56 Minuta de la carta de contestación de Ignacio Mariscal a Carlos Peón Machado, Gobernador de Yucatán, de 29-1-1894, AHSRE, L-E 1695, ff. 62 -64.
57 Minuta de la carta de contestación de Ignacio Mariscal a Pedro Hinojosa, Secretario de Guerra y Marina, de 18-1-1894, AHSRE, L-E 1695, ff. 55-57.
58 Se trataba del ya mencionado Boca Bacalar Chico, un canal que solo garantizaba la navegación a embarcaciones mexicanas “con un calado menor a seis pies”, por lo que cañoneros, vapores y buques comerciales tenían muchas dificultades para acceder a la Bahía de Chetumal desde el Caribe por la única vía que no implicaba maniobrar en aguas de la Colonia británica, Macías Richard, Carlos, Nueva frontera mexicana: milicia, burocracia y ocupación territorial en Quintana Roo, 1902-1927, Chetumal, Universidad de Quintana Roo, vol. 1, 1997, p. 11-14.
59 Como Mariscal le reconoció a Carlos Peón Machado, “(…) no será muy difícil arreglar un protocolo que aclare la inteligencia del tratado en el sentido que se desea”, pues “Nada es más satisfactorio que complacer las demandas de un patriotismo ilustrado y sincero, y mucho más cuando vienen de verdaderos amigos”, Minuta de la carta de contestación de Ignacio Mariscal a Carlos Peón Machado de 29-1-1894, AHSRE, L-E 1695, ff. 62 y 64 r.
60 No obstante, St. John y Mariscal mantuvieron su estrecha relación, como pone de manifiesto el que el segundo le siguiera dando cuenta de manera particular de lo que continuaba haciendo, en lo que tenía que ver con México, en sus siguientes destinos. En agosto de 1893, de camino a Estocolmo, su siguiente misión diplomática, St. John fue invitado por la Reina Victoria al Palacio Real y allí aprovechó para hablarle de los grandes avances que estaba haciendo México como nación, Documento 4564, C.3, Correspondencia particular de Ignacio Mariscal, Secretaría de Relaciones Exteriores, Acervo Histórico Diplomático Genaro Estrada (consultado en la Biblioteca del Instituto Mora).
61 Conde Kimberley (Secretario de Relaciones Exteriores) a Henry Nevill Dering (ministro plenipotenciario inglés en México), no 8, 23-3-1895, FO 420/162, Further correspondence respecting the boundaries of Honduras, Guatemala, and Mexico, 1895, 1896, p. 6.
62 “Her Majesty’s Government guarantee to Mexican merchant-vessels in perpetuity the absolute Liberty, as at present enjoyed, of navigating the strait opening to the south of Ambergris, or the Island of St. Pedro, between this bay and the mainland, as well as in the territorial waters of British Honduras”, Dering al Marqués de Salisbury, no 9, 26-2-1897, FO 420/179, Further correspondence respecting the boundaries of Honduras, Guatemala, and Mexico, 1897, 1898, p. 7.
63 El decreto del Senado, formado por dos artículos (uno por el tratado y otro por la convención adicional), fue sometido a votación en la Comisión de Relaciones exteriores de la misma Cámara, siendo aprobado por 39 votos a favor y recibiendo 7 en contra. Mariscal ordenó la remisión del acta de la votación para publicarlo junto al propio tratado y a otros documentos relevantes, AHSRE, L-E 1695, ff. 150-165.
64 Francis Stronge al Marqués de Salisbury, no 21, 23-4-1897, FO 420/179, cit., p. 14.
65 Castillo, Manuel Ángel, Toussaint Ribot, Mónica, Vázquez Olivera, Mario, Espacios diversos, historia en común. México, Guatemala y Belice: La construcción de una frontera, México, SRE, 2006, p. 136.
66 Particularmente efectivos en ese sentido fueron los textos: Defensa del tratado de límites entre Yucatán y Belice…, cit.; y Yucatán y Belice. Colección de documentos importantes que se refieren al Tratado de 1893, celebrado entre el Lic. Ignacio Mariscal, en representación de México, y Sir Spencer St. John, en representación de la Gran Bretaña, Mérida, Tipografía de G. Ganto, 1894. Un año antes había dado a la imprenta su primer informe rendido ante el Senado, un texto ya citado en este trabajo. El segundo informe, incorporado después en algunas colecciones de documentos, fue publicado en el “Diario Oficial” el 22-4-1897. Aquí se utiliza el borrador manuscrito presumiblemente corregido y anotado por Mariscal: AHSRE, L-E 1695, ff. 111-132.
67 La minuta que trasladó el acuerdo de la Cámara de Senadores de 25-5-1894 solicitando esos antecedentes en AHSRE, L-E 1695, ff. 69.
68 La minuta que extractaba las órdenes de Mariscal fue muy clara, había que enviar la escasa documentación seleccionada “diciéndose que no se encuentra otra cosa oficial respecto a la cuestión de Belice”, AHSRE, L-E 1695, f. 71.
69 Mariscal mintió abiertamente en su primera intervención ante el Senado sobre la fecha en la que se iniciaron las negociaciones sobre el tratado, señalando que fue en mayo año de 1889 (después de la primera reelección consecutiva de Porfirio Díaz) y no en mayo de 1887, Paz Salinas, María Emilia, Belize. El despertar de una nación, México, Siglo XXI editores, 1979, p. 115.
70 AHSRE, L-E 1695, f. 141. El mapa del lado mexicano se conserva en AHSRE, Caja no 17.
71 En concreto, el presupuesto que la imprenta La Europa facilitó a la Secretaría de Relaciones Exteriores por publicar el tratado en AHSRE, L-E 1695, f. 167.
72 “Informe del Sr. Secretario de Relaciones Exteriores en la sesión del Senado del 19 del corriente”, AHSRE, L-E 1695, ff. 121-121r.
73 Quizá los más representativos sean: Fabela, Isidro, Belice. Defensa de los derechos de México, México, Editorial Mundo Libre, 1944, p. 296-297; y Calderón Quijano, José Antonio, Belice. 1663 (?)-1821, Historia de los Establecimientos Británicos del Río Valis hasta la independencia de Hispano-América, Sevilla, Escuela de Estudios Hispano-americanos, Sevilla, 1944, p. 15.
74 Rubio Alpuche, Néstor, Belice. Apuntes históricos y colección de tratados internacionales relativos a esta colonia británica, Mérida-Yucatán, Imprenta de “La Revista de Mérida”, 1894. Muchos de los breves informes histórico-jurídicos y de los artículos de prensa (de la capital federal y de Yucatán) que se seleccionaron para “defender” el tratado mencionaban el “opúsculo” de Rubio Alpuche.
75 “Informe del Sr. Secretario de Relaciones Exteriores…”, AHSRE, L-E 1695, ff. 123r-124.
76 Informe del C. Ignacio Mariscal…, cit., p. 12-15.
77 “Informe del Sr. Secretario de Relaciones Exteriores…”, AHSRE, L-E 1695, ff. 122-122r.
78 Señalaba ya hacia esa circunstancia Pérez Trejo, Gustavo, Documentos sobre Belice o Balice, México, Talleres de Impresión de Estampillas y Valores, 1958, p. 183-189.
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Référence électronique
Antonio Manuel Luque Reina, « “El fin de la soberanía metafísica”: el Tratado Spencer-Mariscal en la cuestión de límites Yucatán-Honduras Británica (1878-1897) », Nuevo Mundo Mundos Nuevos [En ligne], Questions du temps présent, mis en ligne le 24 février 2026, consulté le 07 mars 2026. URL : http://journals.openedition.org/nuevomundo/105823 ; DOI : https://doi.org/10.4000/15rkv
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