Sufrimientos individuales declinados en plural. La necesaria singularidad de los pleitos por injurias en Hispanoamérica colonial
Résumés
À partir d’une sélection de dossiers pour injures, conservés dans les Archives Générales des Indes –concernant des lieux aussi éloignés que le port de Montevideo, la Ville de Mexico, Quito, Les Philippines, Caracas ou Córdoba–, ce texte propose une réflexion sur les façons envisageables d’explorer ces dossiers judiciaires produits dans des espaces coloniaux hispanoaméricains au XVIIIe siècle. Après une révision rapide de quelques manières d’approcher cette sorte de document, d’une grande richesse pour l’histoire sociale et culturelle, nous proposons quelques traits d’analyse afin de situer et de donner un sens nouveau aux conflits interpersonnels qu’ils contiennent. Il s’agit d’abord de reconnaître les éléments communs qui permettent que toutes ces sociétés génèrent ces documents, qui reflètent et enregistrent autant des mentalités et représentations partagées en circulation dans ces espaces coloniaux que les aspirations et les douleurs de leurs habitants. Ensuite, il s’agit d’identifier quelques aspects particuliers, présents aussi au Chili, milieu étudié en profondeur.
Entrées d’index
Palabras claves:
historia cultural, historia de la justicia, historia social, injurias, violencia cotidianaPlan
Haut de pageTexte intégral
- 1 Una primera versión de este trabajo se expuso en el V Encuentro de Estudios Coloniales, Santiago d (...)
1La aproximación a los pleitos por injurias suscitados en sociedades llamadas de Antiguo Régimen, como la hispana colonial ultramarina, se ha abordado en general de tres maneras1.
- 2 Como en las ciudades de París, Londres o Roma, y en sectores rurales de Francia, Inglaterra e Ital (...)
- 3 Este enfoque ha sido desarrollado desde los años ochenta en la historiografía francesa ligada a Fr (...)
2En la medida que estos documentos provienen de archivos policiales y de justicias por lo general de primera instancia, y que han sido generados por entidades que tienen contacto directo con los individuos implicados en lo que se denomina “justicia de proximidad”, los pleitos por injuria se han leído mayoritariamente como libretos del “teatro de la violencia popular”2. Uno de los enfoques más utilizados para leer estos “libretos” ha sido la clave público/privado, privilegiándose el análisis de sociabilidad conflictiva suscitada en espacios urbanos de reunión o en lugares de encuentro de comunidades rurales, como fiestas religiosas o propias a las actividades de producción (entre otras, ferias de ganado y de productos agrícolas). Los hechos y los actos se analizan bajo el prisma del melodrama. Se relevan actores, diversos espectadores del drama principal (los paseantes de la calle, los abogados e incluso los jueces)3, se señalan roles –por lo general fijos y absolutos– en interdependencia dicotómica (el bueno versus malo, la víctima versus el culpable, etc.), se subraya el histrionismo, la puesta en escena, la elección de decorados y de momentos para desarrollar una trama que a veces incluye misterio e intriga, emulando novelas policiales o filmes de suspenso. En esta aproximación, las sociabilidades conflictivas se abordan como una pieza de ópera donde hay protagonistas, antagonistas e incluso un coro, el “pueblo anónimo” que murmura, enjuicia o se desbanda en revueltas, motines o tumultos para relevar manifestaciones de la llamada “violencia popular”. Particularmente, estas “formas de la violencia popular” son leídas como expresión de una sociabilidad barroca que tiene que exhibirse, como demostración inevitable y excesiva de instintos, impulsos y apetitos del cuerpo indisciplinado, sea el individual o el social.
- 4 Ver por ejemplo, Cosme Jesús Gómez, “Tensión familiar y mentalidad social en el Antiguo Régimen. N (...)
- 5 Mallo, Silvia, “Hombres, mujeres y honor. Injurias, calumnias y difamación en Buenos Aires (1770-1 (...)
3Una segunda forma de abordar estos documentos ha sido leer en ellos los vaivenes del valor que se supone está en juego en la forma jurídica de las injurias, esto es, el honor. Demógrafos, historiadores de la familia y de las élites principalmente, motivados por la manera en que se manifiestan las deshonras y por los argumentos esgrimidos en su defensa4, han tomando el ideario del honor como faro y, desde las disputas por la reparación del honor herido, han reconstruido aquello que podía ser tan preciado como para ir a quejarse a los jueces y entablar una demanda por injurias. El objetivo de estas aproximaciones a los documentos por injuria, construidas desde el honor, ha sido comprender la permanencia, la profundidad y las formas que adquiría el ideario del honor en el seno de la constitución y resguardo de un patrimonio de fuerte carga individual, sobre todo cuando hoy en día pareciera no estar presente entre aquellos aspectos que modelan la identidad de los sujetos y de sus grupos de origen. Entre otros, han desarrollado este enfoque las historiadoras Silvia Mallo y María Alejandra Fernández, para el Buenos Aires del siglo XVIII y comienzos del XIX, en Argentina, y en Chile, Mauricio Rojas para la ciudad de Concepción en el siglo XIX y Verónica Undurraga Schuler para el Santiago del siglo XVIII5.
- 6 Lypsett-Rivera, Sonya, “Los insultos en la Nueva España en el siglo XVIII”, en Pilar Gonzalbo Aizp (...)
- 7 Albornoz Vásquez, María Eugenia, “Violencias, género y representaciones. La injuria de palabra en (...)
4Otro camino, menos explorado por los historiadores pero frecuente entre lingüistas y antropólogos, ha sido estudiar el significado y el sentido de las expresiones injuriosas y de los gestos de la injuria, abundantes en estos documentos. Un ejemplo entre varios es el trabajo de Sonya Lipsett-Rivera para Nueva España del siglo XVIII, cuya última publicación revisita y completa un estudio comenzado hace ya más de 15 años6. En esta forma de aproximación incluyo mi propio trabajo de Magíster, que explora la injuria de palabra en Santiago de Chile entre 1672 y 1822, según una selección de pleitos que evidenciaba una activa participación de mujeres en ellos7. El objetivo de esta perspectiva de análisis es indagar en imágenes, representaciones, símbolos y valores presentes en los vehículos de las injurias, esto es insultos, expresiones insultantes y gestos de la violencia, los que pueden ser activos o derechamente contrarios, efectivos por omisión, como la pasividad, el silencio, la retirada o la huída. Todos ellos son entendidos como una forma más de violencia y no simplemente como una forma menor de violencia. Por lo tanto, tan dignos de atención como cualquiera otra forma de agresión. Quiero insistir en esto: hay que terminar con el desprecio que han recibido respecto de otros eventos de violencia supuestamente mayores y/o más graves. Es necesario sopesar la importancia particular que palabras y gestos violentos tienen en lo cotidiano sin supeditarlos a otra manifestación de violencia.
Acontecimientos, singularidades y sentimientos: matices de la micro-realidad
- 8 Ver de Arlette Farge, Le goût de l’archive, Paris, Editions du Seuil, Collection La Librairie du x (...)
5Sin desmerecer los enfoques mencionados, quisiera explorar de otro modo estos expedientes. La polifonía y la polisemia de los pleitos judiciales han sido ya puestas en valor y adhiero completamente a esa riqueza latente8. En ellos, me interesa distinguir conflictos individuales cotidianos –que han sido rápidamente calificados como “banales” para justificar así su no inscripción en los relatos oficiales acerca del pasado social– e historizar la complejidad de diversas situaciones singulares que quedaron registradas bajo la forma judicial.
6Me parece que relacionar el estudio de subjetividades con el análisis minucioso de problemas cotidianos es un modo pertinente de entrever, y a veces de llegar a tocar, algunos intersticios de entramados que se supone están sólidamente forjados. Conocemos bastante acerca de las instituciones y de los procesos económicos, sociales, políticos y culturales. Pero los sujetos comunes, que viven y modelan esas instituciones y esos procesos, son más difíciles de encontrar y de retener, nos han permanecido porfiadamente huidizos y volátiles a quiénes los estudiamos y los pensamos desde otra temporalidad. Este tipo de documento constituye una oportunidad: devela individuos que entre otras cosas dialogan, intervienen, apuestan, expresan sentimientos, agreden, responden, piden, explican, inventan, recuerdan, interpretan, manipulan. Vuelven pertinente la sustancia de lo cotidiano y nutren con sus relatos la reflexión que podemos desarrollar acerca de aquello que se juega en el roce diario, en los cuerpos que se cruzan y se encuentran, que se expone desde los cuerpos que se expresan. Eso que es vital pero que ha sido insistentemente calificado como “nimio”. Creo que hay que volver a ello porque precisamente de esa nimiedad está hecha la vida de todos los días, en el pasado y en el presente. Y porque esas nimiedades y esa multitud de sujetos, ayer como hoy, componen e influyen, dan forma y otorgan sentido a la existencia de esas instituciones y procesos que han sido privilegiados a la hora de estudiar el pasado.
- 9 Para una reflexión sobre los acontecimientos inscritos significativamente en la vida de los sujeto (...)
7La propuesta en desarrollo considera como punto de partida una idea poco explorada a escala individual, especialmente en el contexto hispano americano: los episodios de violencia interpersonal que involucran a los pleiteantes por injuria tienen para ellos trascendencia en el tiempo y en el espacio; se constituyen en “acontecimientos” que marcan un hito en sus vidas y relevan “singularidades inmersas en contextos colectivos”9. Los acontecimientos constituyen un antes y un después, instalan una referencia, generan un conjunto de circunstancias con significado pertinente para esos sujetos, significado que colabora en la organización explicativa de sus devenires. Los individuos sintonizan sus cotidianeidades con una comunidad que los acoge y que los vigila e inscriben estos instantes en sus trayectorias, siempre bajo la mirada, el oído, el “entendimiento” –usando una palabra frecuente en los expedientes– y el juicio de los demás, juicio del que ellos también participan porque contribuyen a construirlo, a difundirlo, a validarlo, a eludirlo o negarlo.
- 10 « La Couleur des pensées », Raisons Pratiques. Epistémologie, sociologie, théorie sociale, Paris, (...)
8En ese acercamiento se delinean subjetividades. Están en la forma de nombrar los sentimientos10, de decir y de recibir las expresiones injuriosas, de expresar y de acusar recibo de los gestos violentos. También aparecen las subjetividades en las ayudas solidarias, en la delación, en los testimonios, acusaciones y defensas, entre otras muchas prácticas posibles. Estos documentos desbordan subjetividades en manifestación, sea ésta prístina y directa o más bien encubierta o sugerida. Esa abundancia de voces, de voluntades, de pasiones, cálculos, planes, errores y aciertos, individualmente y en su conjunto, es portadora de múltiples sentidos, algunos de los cuales me interesa explorar en profundidad.
- 11 Farge, Arlette, Le cours ordinaire des choses dans la cité au xviiie siècle, Paris, éditions du Se (...)
9Desde el conflicto expuesto y desde la pugna de justificaciones se pueden reconstruir situaciones multifacéticas, acceder a variables que influyen, cotidiana y microscópicamente, en la vida individual y comunitaria de un puñado de personas, siempre en relación directa con el acontecer diario, con el “curso ordinario de las cosas”11. Los pleitos judiciales –si se leen con detención y si se analizan como registros de discursividades– son una fuente pródiga en matices que enriquecen conceptos hasta ahora gruesamente dibujados y que conciernen a los sujetos del pasado, comenzando por aquellos que refieren a los “sectores” o a las “capas” de población y siguiendo con aquellos que hablan del “tipo” o del “sujeto”, resumiendo en “modelos promedio” una pluralidad imposible de sintetizar en un solo perfil.
10Es decir, cuando los miramos de ese modo, los pleitos judiciales relativizan cuando no contradicen las generalizaciones esquemáticas acerca de los sujetos y de sus modos de actuar, generalizaciones que involucran también, por lo demás, las causas y los factores de explicaciones sobre ciertas dinámicas sociales. En ese sentido, los pleitos judiciales por injuria son una oportunidad de considerar más finamente las situaciones, acciones, voluntades y también las fuerzas que los sujetos no controlan, pero de las cuales se sirven para guiar dentro de lo posible sus propios destinos y de influir, como bien o mal les resulte, en aquellos de quienes componen su entorno inmediato.
11No hay aquí sujetos ideologizados empujados por fuerzas estructurales que buscan, con cada gesto y palabra, desmoronar los entramados de opresión que los someten. Tampoco es el rescate de una pléyade de transgresores que boicotean, sigilosa o descaradamente, las fuerzas de orden impersonales que se imponen a sus deseos e individualidades en germen. Y menos aún se trata de excepcionalidades que brillan por su atrevimiento, emprendimiento y/o inteligencia en medio de una gran masa anónima que se deja llevar, ignorante y temerosa, hacia donde buenamente quieran las élites instruidas y visionarias. A mi entender, esos lenguajes y esas maneras de explicar los matices de lo social se esfuman, porque ninguno es fiel a las vicisitudes de estos sujetos, que han quedado fijadas, dichas, escritas e insertas en medio de los códigos y de los sistemas de justicia, que son, por lo demás, sistemas que se mantienen vivos precisamente porque se acude a ellos.
- 12 Ver Gruzinski, Serge, Les quatre parties du monde, Paris, Editions La Martinière, 2005.
- 13 Respecto de las plebes, ver el número especial « Plèbes urbaines d’Amérique latine » de Caravelle, (...)
12Para el caso de los espacios coloniales españoles –concebidos como variados y múltiples, conectados, dinámicos y en diálogo interactuante dentro de un marco articulado por una metrópoli colonizadora que redibujó el mapa planetario en donde no está sólo América, sino también Asia12– esta búsqueda de matices en lo social a partir de singularidades activas e intermitentemente influyentes en sus entornos, estudiadas a partir de estos instantes de conflicto convertidos en acontecimientos, se traduce en relevar no sólo la pluralidad de personas que los habitan y moldean, sino también los elementos que importan en la vida de esas personas13. Surgen entonces los colores y los géneros en los cuerpos, en las expresiones y en los discursos, en la vida diaria, en los juegos de poder cotidianos y en las apuestas de futuro, en los relatos de pasado, en los vacíos de origen, en las abundancias de cuna, en las risas y en los llantos.
13Más allá de esas famosas pinturas llamadas “cuadros de castas”, por ejemplo, están las distintas maneras de decirse, de ser y de sobrevivir como mulato, zamba o cholo y las distintas maneras de señalar o de calificar al otro de mulato, de zamba o de cholo, maneras entretejidas y muchas veces confundidas, a las que podemos acceder desde estos pleitos.
14Más allá de los trabajos desempeñados por españoles pobres, o de cargos públicos ejercidos por quienes lo eran menos, están las maneras de asignar sentido al desempeño de esos trabajos y al servicio de esos cargos: es aproximarse al modo cómo comprendían ellos la inserción social que esos trabajos y esos cargos les reportaban.
15Más allá de saber qué leyes rigen la situación de los indios que viven en los pueblos, o que están sujetos a una encomienda, o que tienen el status de “criados” en alguna casa, están las formas cómo ellos se mueven en la comunidad, cómo se ven y cómo ven a los demás, qué representaciones tienen de sí mismos y de los otros que les rodean, con qué se quedan y qué descartan de sus cotidianeidades.
16Más allá de conocer los tantos títulos y las tantas propiedades de algún “noble”, está la posibilidad de comprender que a ese sujeto en particular le molesta no ser reconocido por ciertos funcionarios de la administración real o que le duele constatar que un hijo suyo tiene actitudes displicentes y no ha cultivado la misma visión de mundo que él.
17Además de dimensionar la cantidad y las frecuencias de contratos matrimoniales o de divorcios, interesa incorporar como conocimiento dinámico el que las relaciones sexuales y sentimentales “voluntariosas”, serenas o veleidosas, se daban en todos los lugares y en todos los niveles de la sociedad, de muy variadas maneras y en un sinfín de circunstancias; y que ello modelaba decisiones y atravesaba las vidas, además de inquietar a algunas autoridades.
18Además de reconocer la existencia de poderosos hacendados, comerciantes y mineros, por mencionar algunas de las figuras de poder económico local, y de distinguir abundantes pirquineros, peones y mayordomos, entre muchos otros sujetos satelitales a los primeros, se trata de notar, en éstos y en aquéllos, estrategias individuales de posicionamiento y acción en sus entornos; el uso, exitoso o no, que todos hacían de los posibles mecanismos de dominio y rebeldía; la presencia e interacción de las distintas fuerzas que les presionaban y notar sus maneras de extender redes –entre sus conocidos y entre los no tanto– tejidas para sostenerse, permanecer vigentes y en lo posible desplazarse hacia arriba en la jerarquía local. Y relevar también las formas desplegadas para cortar las redes ajenas, las maneras de plegarse a los entramados más inexpugnables o de deslizarse por entre sus agujeros para ir a hilar e incluso tejer las propias a otra parte.
19En suma, se trata de apuntar primero a los individuos que se explayan en espacios de justicia a partir de un conflicto puntual que los concierne pero que deben, para justificarse en sus acusaciones o en sus defensas, ahondar en otras cosas que el instante en cuestión: además de la situación a juzgar y de quiénes están implicados en ella, entregan briznas de su cotidianeidad material y de la otra, ésa que no se toca pero que está y que influye, que tiene que ver con sus anhelos, con sus temores y con sus rabias. En seguida, a partir de esas pistas intangibles que habitan en sus palabras, las dichas y las escritas, escuchar cómo es que dicen, y también silencian, la manera en que han ido trazando sus días, el modo en que incorporan a los otros en sus deseos y en sus miedos, la forma en que se protegen o atacan, se muestran o se ocultan.
Situaciones de injuria conocidas en el Consejo de Indias (1714-1797)
20En el Archivo General de Indias se encuentran algunos expedientes relacionados con situaciones de injuria correspondientes a distintas sociedades hispano coloniales del siglo XVIII. Este conjunto de documentos se constituye en un abanico representativo tanto de la diversidad de temáticas como de los sujetos que interactúan conflictivamente en las coloniales españolas. De hecho, esta muestra concentra varios de los abordajes que estos pleitos judiciales pueden recibir y que están en aplicación para el estudio en curso acerca de Chile.
21Los nueve expedientes seleccionados se presentan en orden cronológico para evidenciar la secuencia temporal efectiva de acontecimientos resentidos como injuriosos. Sin embargo, las situaciones y las ideas que de ellos se desprenden son válidas, en general, para tiempos anteriores y posteriores a las fechas en que ocurren los ejemplos mencionados. Es decir, tienen una presencia amplia en el período estudiado.
1. Ciudad de México, 1714-1717
- 14 Archivo General de Indias (De ahora en adelante, AGI), Fondo Escribanía, Legajo 192C, Pleitos Audie (...)
22En un barrio popular de la Ciudad de México, entre 1714 y 1717, se enfrentaron por injurias Juan Trillo y el joven Tomás Rodríguez, su ex-empleado en la tienda de paños, quien se casó con una mulata libre a escondidas de su antiguo patrón14. Juan se proyectaba como padre de Tomás, tenía planes para su futuro y, exasperado por la alianza que Tomás estableció con alguien que él despreciaba, insultó a Gertrudis, la esposa de Tomás, llamándola entre otras cosas “mulata absoluta” y “puta siete veces”. Tomás se quejó a una autoridad capitular, quien comenzó a su lado el pleito por injurias, al término del cual Juan fue considerado culpable. Juan intentó demostrar ante la Real Audiencia de México que el problema se debió a su propio desengaño y a la mala influencia de Gertrudis en Tomás, pero los jueces lo responsabilizaron de sembrar la discordia en el matrimonio y en el vecindario. Juan apeló ante el Consejo de Indias, pero en España se consideró que la tramitación no seguía los procedimientos habituales y no se acogió su solicitud.
23Este pleito permite analizar al menos tres aspectos fundamentales de los conflictos interpersonales cotidianos. El primero es la fuerte presencia de los sentimientos en la vida cotidiana de las personas, experimentados y planteados indistintamente como motivación de decisiones, causa y consecuencia de actos; como realidad, en definitiva, en la vida de los sujetos. Aparecen entre otros el desconsuelo, el temor, la ira, la cólera, la decepción. Esta presencia de sentimientos ha sido mencionada anecdóticamente o tangencialmente para explicar desbordes, actitudes dramáticas o exageradas, desde crímenes pasionales hasta rebeliones, tumultos y huelgas. Pero no ha sido suficientemente estudiada en su manifestación cotidiana y en el modo en que marca –porque precisamente es sustancial– decisiones y derivas individuales, que sumadamente influyen y contribuyen a explicar, también, procesos vividos a escalas mayores. No es solo “poner emoción” a datos o a tendencias; es recordar que estos últimos pueden formarse en la mente del investigador porque, junto a otros factores de peso relativamente semejante, ha habido muchos sentimientos motivando y marcando rutas individuales.
24El segundo aspecto de interés es que este pleito permite matizar nociones gruesas que circulan desde hace un tiempo, como aquella que dice que las mujeres mulatas pobres no tenían, en los espacios coloniales hispano americanos, posibilidades reales de casarse, y menos con hombres españoles: Gertrudis sí se casó con Tomás y se vio involucrada, como varias mujeres blancas casadas, en asuntos de honor femenino, declinado en su sentido más conocido y estudiado, el sexual. Su análisis relativiza también el difundido menor valor de los testimonios de esclavos frente a sus similares provenientes de hombres libres y blancos: Tomás presentó como testigos fundamentales a dos esclavos, Antonio y Jerónimo.
25El tercer aspecto, pero no el menos importante, es la constatación de que un pleito por injurias podía involucrar activamente a personas de todos los colores, géneros y condiciones, edades, estatus y ocupaciones. Es decir, son documentos que dan cuenta de una amplia convergencia social, tienen una capacidad tanto de convocatoria como de recepción “multi acogedora”: la pluralidad de personas que aparecen participando de ellos habla de una heterogeneidad social que actúa en justicia con una amplitud que se hermana con su circulación por las calles y por los distintos espacios urbanos, con su “estar activos socialmente”. Este punto es clave: la gran mayoría de las veces esta heterogeneidad no se resume en un mero desfile de sombras anónimas confundidas en un pueblo sin rostro que es mencionado como portador de un rumor amenazante o como espejo reflectante de actitudes elitistas, como presencia pasiva de individuos sumisos a la voluntad subyugadora de los pleiteantes. La heterogeneidad que se destaca es la de seres singulares definidos, que tienen actuaciones muy concretas y que modelan lo que dicen porque “saben lo que están haciendo” en esos espacios judiciales.
2. Monterrey, 1723-1731
- 15 AGI, Fondo Escribanía 204 A, Pleitos Audiencia de México, 1729, N°2, pieza 1, “Don Luis García de P (...)
26En la ciudad de Monterrey, en el virreinato de Nueva España, durante las elecciones de cargos del Cabildo de 1723 se produjo una fuerte discusión entre algunos de los elegidos y quiénes reclamaron fraude. El problema se agravó cuando el Gobernador del distrito, don Juan José de Arriaga, que apoyaba a uno de los perdedores, se involucró activamente en la disputa golpeando en la cara a don Luis García de Pruneda, Regidor, quien se querelló contra él por injurias y ultrajes15. Se formaron dos bandos y durante años se reunió abundante información sobre distintas situaciones de violencia, muchas de gran crueldad, protagonizadas por el Gobernador y sus seguidores. El pleito llegó hasta la Real Audiencia del Virreinato, tribunal que, acogiendo los consejos del Fiscal del Crimen, el 20 de diciembre de 1729 condenó al Gobernador a la muy fuerte multa de cuatro mil ducados, además de suspenderle a perpetuidad de su cargo. Arriaga apeló con un grueso expediente al Consejo de Indias, pero en abril de 1731 los jueces del rey aprobaron la sentencia dada en Ciudad de México.
27Este expediente muestra dos situaciones que aparecen con cierta regularidad en otros tribunales del área hispano colonial. La primera, desplegada con interesante detalle y abundantes matices, tiene que ver con las disputas políticas por el poder a escala local. Son varios los pleitos signados por injurias que tienen su origen en la recusación de elegidos y en la discusión de procedimientos electorales: se insinúan o se acusan fraudes, cohechos, trampas. Los roces son fuertes, los injuriados abundantes y los expedientes coloridos en descripciones, tanto de la situación de injuria propiamente tal como de los antecedentes sobre las personas involucradas, sus amigos, sus operaciones y maniobras, los partidos que forman, los motivos detrás de cada uno de sus actos. Los pleitos dan cuenta de una activa vida política a nivel de villas, aldeas, caseríos y también a nivel de sectores rurales. Los campos, los valles y las lomas, los ríos y los bosques aparecen hormigueantes, están visiblemente conectados mediante lazos de amistad, de dependencia económica, de protección, de sumisión, de comercio, de circulación y de salteo, entre otros. Al mismo tiempo, estos expedientes develan algunas de las estrategias usadas para convencer a los votantes, para acercar adherentes o simpatizantes a sus postulaciones a cargos de servicio comunitario, cargos de fuerte carga política en la medida que influyen en los vaivenes de la sociedad local. Y estos adherentes pueden ser incluso mujeres: aunque no tienen derecho a votar, no dejan de participar de los distintos momentos en que se discute y se activa la “maquinaria” política local y se forman las “facciones” o “partidos”.
28La segunda situación que a mi juicio ilustra este pleito es la presencia de abusos de ciertas autoridades locales, demasiado amigas de la violencia en todas sus formas. Esas violencias se conocen hoy sólo porque se encontraron con alguien que tuvo recursos suficientes como para rechazarla, respondiendo entonces a una sensibilidad particular: no se toleró aquello que los demás aceptaban, a pesar de que existían leyes y nociones compartidas de sentido común que llamaban a no permitir su despliegue abusivo. Varios son los pleitos por injurias que ponen al descubierto prácticas perversas del poder en funcionarios designados y también en funcionarios elegidos, demostrando de paso los distintos acomodos de quiénes se encuentran bajo sus mandatos o en el radio de sus jurisdicciones: desde aquellos que consienten y obtienen algún provecho –re-significando así el abuso hasta acercarlo a una estrategia eficiente de ascenso social– hasta quiénes lo condenan abiertamente.
3. Quito, 1731
- 16 AGI, Fondo Quito, Legajo 131, 1725-1732, Cartas y Expedientes del Presidente y Oidores de Audienci (...)
29En la ciudad de Quito, el viernes 23 de marzo de 1731, en el transcurso del Vía Crucis de Viernes Santo y en el interior de una Iglesia, la viuda limeña María Teresa de Salazar y Betancourt discutió con algunas mujeres de la familia Monteserin. Al día siguiente por la noche, ocho hombres directamente vinculados a esa familia fueron a casa de María Teresa, la amenazaron, la golpearon e intentaron violarla, “con motivo de desagraviar a sus propias mujeres”. Los jueces de la Real Audiencia quiteña se enteraron a través de habladurías y obligaron a María Teresa a relatar lo sucedido, iniciando de oficio un juicio por injurias contra el llamado “clan de Monteserin”. Los jueces condenaron a tres de los culpables en una fuerte suma, negándoles la posibilidad de apelación, y remitieron copia del expediente al Consejo de Indias para informar de su decisión, solicitar su aprobación y pedir que no se acogiera allí petición que proviniera de parte de aquellos hombres. Los jueces del Consejo así lo aceptaron, legitimando de ese modo la singular sanción de la Real Audiencia quiteña16.
30Sin soslayar el evidente desequilibrio de la violencia sancionada (ocho hombres atacan a una mujer), este documento evidencia una situación injuriosa protagonizada por una española en dos espacios sagrados, la Iglesia y la casa, en dos momentos igualmente sagrados, la procesión y la noche. Además, recorre los modos de actuar y de decir –en la vida urbana y en el espacio judicial, desplegados por la viuda que es forastera y desvalida– afines a los usos sociales y culturales que motivaron la sanción de los más altos jueces de la ciudad. Mas, me interesa explorar este pleito como ejemplo de las variadas situaciones en que los problemas y las disputas que viven las mujeres no son protagonizados sólo por ellas en tanto “criaturas ignorantes, inestables y naturalmente veleidosas” –como entiende la mayoría de los intelectuales que se detienen a hablar de ellas en este período– sino que involucran también a varias personas de su entorno inmediato: esclavas y esclavos, criadas y criados, “chinitas” y “chinitos”, amigas y amigos también parientes de todo tipo (maridos, hijos, padres, abuelos, hermanos, suegros, cuñados, etc.)
- 17 Al respecto, remito a mi tesis de Magíster en Estudios de Género, ya citada, y « L’injure de parol (...)
31La convergencia de las dos entradas de análisis mencionadas configura varias temáticas: mujeres que violentan a mujeres; los distintos motivos que tienen para herirse; las formas que ellas usan para dañar; la dimensión que puede adquirir las peleas de mujeres; la importancia que le asignan los jueces, y otros varones, a esos conflictos. En este caso sucedió algo extraordinario: la real Audiencia local en pleno relevó el ultraje sufrido por María Teresa. Lo habitual, para este siglo XVIII y el siguiente y en todos los espacios hispano-coloniales, era que las peleas entre mujeres llegadas a cualquier tribunal bajo la forma de injurias fueran menospreciadas, no sólo por los abogados, los fiscales y los jueces, sino también por lo maridos y los hombres en general17. Habitar ese desprecio fue entonces una obligación para estas mujeres peleadoras: los pleitos por injuria permiten pensar, entre otras cosas, cómo ese “habitar el desprecio masculino” no impidió la expresión ni la manipulación de las pasiones agresivas en muchas de ellas.
4. Cumaná, 1737-1740
- 18 AGI, Fondo Escribanía, Legajo 670 A, 1735-1737, “Pleitos gobernación de Cumaná y Caracas”, expedien (...)
- 19 AGI, Fondo Escribanía, Legajo 964, “Mayo 10 de 1740, Auto del Consejo dado en causa criminal seguid (...)
32En Caracas, 1737, se inicia un pleito por injurias contra don Juan Francisco de la Tornera Sota y Luna, ex-sargento mayor de la provincia de Cumaná, por “nota injuriosa” a don José Antonio de la Guerra y Vega, ex-gobernador de la misma provincia, y su familia18. Los Tornera y los de la Guerra estaban enfrentados judicialmente por otros asuntos, y la nota injuriosa fue escrita por Juan Francisco, quien ejercía en la causa como abogado de su padre, en el margen de un documento que integraba el expediente de ese juicio anterior. La frase escrita estaba dirigida a Guerra dice: “Este es un cornudo, su familia unas putas, y se probará que su mujer Luisa así P. es”. El Asesor Letrado consultado sugirió en noviembre 1737 borrar los escritos injuriosos y mandar seis años de destierro para el autor, además de condenarlo a desdecirse mediante documento público y al pago de las costas del juicio. Juan Francisco apeló ante la Real Audiencia, quien lo rechazó por no ajustarse a los procedimientos habituales y además dio cabida a las alegaciones de la propia Luisa. Entonces Francisco acudió al Rey. Luego de estudiar el abultado expediente, el 10 de mayo de 1740 los Jueces del Consejo de Indias “mandaron que se pongan estos autos en el archivo secreto del Consulado y se impone perpetuo silencio a las partes sobre el particular de que en ellos se trata”19; al mismo tiempo, autorizaron tanto la libertad del acusado, quien había pasado cerca de año y medio preso en la cárcel de Caracas, como el desembargo de sus bienes y ordenaron se tachara la expresión injuriosa del documento implicado.
33Este expediente ilustra distintos aspectos de la vida social y cultural, a escalas individual y grupal, presentes también en sus similares chilenos. Entre ellos: los apoyos suscitados entre miembros de una misma familia que atraviesa por situaciones complejas; las injurias vertidas a propósito de pleitos judiciales anteriores y que delatan rencores sostenidos en el tiempo; las injurias que se dicen por escrito y dentro de ellas, las que quedan registradas en documentos oficiales; el involucramiento de las esposas, sea directa o indirectamente, en asuntos que en principio y en teoría no concernían más que a los maridos; las estrategias discursivas para evitar la obligación humillante de tener que desdecirse en público y por ende reconocer no sólo la falta cometida sino también la “mala intención” que la generó. Por otra parte, este expediente da cuenta de procedimientos de justicia no obligatorios que encuentran eco en las distintas instancias de justicia del Chile colonial. Por ejemplo, cuando los jueces dilatan la resolución final del pleito, permitiendo largos períodos a ambas partes en conflicto para que reúnan las pruebas que desean adjuntar, para que argumenten y contra-argumenten… para que tal vez desistan de continuar.
- 20 Una primera reflexión acerca de esta fórmula está en mi artículo “El mandato de ‘silencio perpetuo (...)
34Además de incluir la interesante fórmula “archivo secreto” como sanción para el expediente, realidad que también encontramos para algunos pleitos chilenos, este documento –al igual que el siguiente– toca un aspecto reconocible en las instancias de justicia eclesiástica cuando dirime temas de divorcio, bigamia, incesto u otros, pero que resulta algo inesperado en las justicias civiles: las sentencias que mandan “perpetuo silencio” sobre el conflicto20.
5. Montevideo, 1749-1754
- 21 AGI, Fondo Buenos Aires, Legajo 551, “Expediente de José Gómez contra Diego Cardoso por injurias”, (...)
35Durante la construcción del puerto de Montevideo, a comienzos de 1749, el Teniente de Infantería don José Gómez se querelló contra el Coronel don Diego Cardoso –Ingeniero Jefe de las obras del puerto– y contra el Teniente don Esteban Durán. Los acusó de haber dicho que él era mulato, ya que sería “hijo espurio de un religioso y de una negra”21. Luego de levantar un breve sumario, el 06 de julio de 1750 la Real Audiencia de Charcas mandó poner perpetuo silencio al asunto, señalando que Gómez no era mulato y que nadie podía marginarlo de las actividades militares. Pero Gómez siguió siendo discriminado, incluso por su esposa, quien se apartó de él porque consideró que ya no era el hombre “libre de tacha” con el que se había casado. Gómez entonces hipotecó sus bienes para construir un grueso expediente de apelación al Rey. En 1754, luego de revisar sus abundantes antecedentes y de consultar a la Junta de Generales, el Consejo de Indias mandó que Cardoso pagase una muy fuerte suma de desagravio y las enormes costas de todo el proceso. Además premió a Gómez con un título de nobleza que él no había solicitado, emitiendo sendos certificados que acreditaban la pureza de su linaje y la lealtad de sus observaciones: la enemistad y la virulencia de Cardoso comenzó porque Gómez sabía de ingeniería y criticaba con justeza, como se comprobó, la peligrosa calidad de la construcción que Cardoso dirigía.
36Este expediente es extraordinario por su tamaño y porque está completo. Sin embargo, comparte con muchos otros, menores y a veces reducidos sólo a fragmentos, la fragilidad de la limpieza de sangre y el uso bastante difundido que el insulto usado para evocarla tenía en las sociedades hispano-coloniales, sobre todo en el seno de las instituciones que ofrecían prometedoras carreras profesionales. Además del conflicto individual de Gómez, que implica la revisión de su historia familiar, su matrimonio y las relaciones con su familia política, su trayectoria militar, su posición y actuación como súbdito, como creyente católico y como vecino, se comprenden los entramados que involucran a militares, civiles y religiosos en el campamento levantado para la construcción del puerto de Montevideo, y los distintos grupos de poder que allí se constituyeron. Los sentimientos y las pasiones se nombran, las lealtades y las maquinaciones se camuflan y se develan. En ello intervienen activamente instituciones que, además de resolver conflictos entre partes o desarrollar funciones propias a sus fines, actúan como lugares de legitimación social: la Justicia en sus distintos niveles (local, virreinal y finalmente real), el Ejército y sus diferentes instancias de disciplina y ética militar, la Iglesia a través del cura vicario que emite informes de conducta individuales y que también amenazó con excomunión a más de treinta personas que habían aceptado el soborno de los enemigos de Gómez y por lo tanto habían mentido en sus declaraciones iniciales.
37Los más de 150 testimonios recogidos son la prueba privilegiada de las posibilidades de expresión de una micro sociedad y de sus referentes: es un poblado que se enfrenta en justicia para contribuir a limpiar o enlodar el nombre de un teniente que perdió familia, amigos, trabajo y reputación. En ese contexto, parece importante subrayar por un lado que Gómez logra demostrar ante la justicia real que es un “hombre de bien” y por otro, que ésta premia su manera de abordar su personal conflicto. Su convicción y tenacidad permiten entender, entre muchas otras cosas, ciertos fundamentos de una forma de masculinidad legitimada y algunas estrategias políticas de ordenación e intervención de lo cotidiano, aspectos que se observan también en varios pleitos relativos a Chile. Así, entre los fundamentos de una forma de masculinidad legitimada, encontramos el desarrollo de una carrera militar arreglada a los recorridos establecidos; la incorporación a las instituciones que ordenan aspectos vitales, como el matrimonio; la manifestación sostenida de los comportamientos religiosos más aconsejados para un católico practicante. Todo lo anterior, expresado socialmente de manera positiva, esto es, siguiendo al pie de la letra los ideales postulados: soldado honesto, servicial y correcto, marido respetuoso de su esposa y de la familia de su mujer, feligrés devoto y participativo de las distintas instancias de la parroquia local.
38Entre las estrategias políticas de ordenación e intervención de lo cotidiano, este expediente muestra la propagación de un rumor destinado a sembrar la duda acerca de la reputación de alguien y en consecuencia generar su aislamiento; la manipulación de los relatos testimoniales mediante el soborno, aspecto que implica un cálculo anticipado respecto del valor que pueden llegar a tener dichos testimonios; la disuasión, a través de amenazas y chantajes, de iniciativas individuales que pueden ir al encuentro de voluntades poderosas, lo que supone la atribución, por parte de esas voluntades poderosas, de un peso social efectivo a los sujetos susceptibles de desplegar esas iniciativas.
6. Manila, 1769-1771
- 22 AGI, Fondo Filipinas, Legajo 336, Libro 18, F.194v-196r, “Aviso sobre pleito por injurias”, 1771.
39En la Real Audiencia de Manila, Filipinas, en julio y agosto de 176922, don Francisco Xavier Astorga se querella contra el Teniente de Rey de esa Plaza, don Francisco Javier de la Torre, por haber producido un escrito injurioso declarándole inhábil en su ejercicio de capitán de navío. Había un juicio anterior originado por cobro del traslado de ciertos productos desde Acapulco a Manila, tratado ante el Gobernador y Presidente de la Real Audiencia anterior; sin embargo, el pleito seguía “por la tenacidad de Astorga que engreído del mérito de haber sido el que condujo los pliegos relativos a las últimas providencias tomadas contra los jesuitas, amenazaba con recursos, juzgándose ejemplo de la jurisdicción”. Abrumada, la Real Audiencia envió el pleito en consulta al Consejo de Indias: “hoy ocurren tan vastos, como frecuentes, y para las prolijas instancias de los europeos empleados, y sus dolencias, de que esperaba alivio en el consuelo de ver [cómo] socavan en su empleo”. El rey, a través de su Consejo de Indias, sanciona el 03 de marzo de 1771: no hay injuria como pretende Astorga y manda que el Presidente de la Real Audiencia y Gobernador de Manila dirima personalmente el pleito entre sus subordinados.
40Este sucinto documento ilustra los roces sutiles o groseros que surgen entre “europeos” y “locales” que interactúan en las colonias ultramarinas, particularmente en los puertos, villas fronterizas y localidades donde se realizan intercambios comerciales. Las citaciones mencionan los “elementos sensibles” que influyen: el engreimiento, la vastedad de las dolencias, los consuelos y los alivios que se esperan, las competencias entre hombres investidos de títulos que implican la dirección de personas, el don de mando: Teniente de Plaza, Capitán de navío. Pero además, este documento refleja la inoperancia o la impotencia, cuando no las dos, de las autoridades judiciales a la hora de atender los “problemas sensibles” de los súbditos locales más encumbrados en la escala social. Actitudes similares aparecen también en pleitos chilenos, sobre todo cuando jueces provinciales vacilan ante hombres de connotada influencia que actúan en sus jurisdicciones, especialmente en áreas rurales. Varias son las consultas despachadas a la Capitanía General de Chile, mostrando la incapacidad o la no voluntad de enfrentar, sin un evidente respaldo institucional, la conflictividad local “poderosa” por motivos de injuria, que los sobrepasa.
7. Córdoba del Tucumán, 1793-1795
- 23 AGI, Fondo Estado, Legajo 81, pieza N°4, “Contra José María Caballero”, 1795, Córdoba, Virreinato (...)
41En julio de 1793 el Marqués de Sobremonte, Gobernador Intendente de Córdoba del Tucumán, envió a don Nicolás de Arredondo, en Buenos Aires, un expediente formado contra el mineralogista José María Caballero, extranjero encargado del Mineral de La Carolina, cerca de Córdoba, acusándolo de “expresiones o declaraciones injuriosas”: lamentaba no estar en Francia, opinaba que el hombre debía ser libre, que el gobierno local era de zapateros, que había perdido la fe y que no se afeitaría la barba sino con la sangre de sus enemigos. Ocho testigos reprochaban su modo “desahogado” de hablar y su “genio fácil y altanero”. Caballero fue encarcelado para disminuir el “mal ejemplo de sus expresiones y que nunca conviene su existencia en estas partes”. En su confesión subrayó el trato de “don” que decía merecer y aseguró que profesaba la religión católica. Insistió en que nunca dijo algo a favor de Francia o respecto de haber perdido la fe, “suplicando que no se le tocase en ese punto por serle lo más doloroso, ni en las expresiones o blasfemias que se dice vertidas en su prisión por considerarse verdadero católico, y más que católico, por su respeto a Dios y a la religión”. Explicó que cuando habló de “zapateros” fue por usar un refrán que aludía a que los inteligentes en cosas de gobierno debían juzgar del gobierno de los países. Añadió que había hecho voto de no afeitarse la barba hasta solucionar un pleito que tenía con una autoridad local insatisfecha con su trabajo profesional; y cuando se le hizo ver “lo extraño de la demostración aun cuando tuviese ese motivo, dijo que doloroso en fuerza de su honor le parecía disculpable”. A fines de 1794, Buenos Aires devolvió el expediente ordenando al Gobernador de Córdoba que lo liberara y que además esclareciera varios procedimientos relacionados con la explotación de yacimientos y con el cobro de impuestos vinculados a la extracción de mineral. Pero en febrero de 1795 el Gobernador remitió el expediente al Duque de Alcudia, en España, repitiendo sus acusaciones contra Caballero. La breve respuesta data de octubre de ese año y dice: “según lo que resulta, tiene razón este Gobernador, pues no es necesario saber por el virrey la causa que le inclinó a tal providencia”23.
42Este expediente recuerda la fuerte conexión que tienen las injurias con las blasfemias, atentado a lo sagrado que comúnmente se remite a lo religioso, pero que también alude al poder supremo de la alta política. Comprueba también la capacidad de las autoridades locales para intervenir en la vida de alguien basándose sólo en la sospecha de su visión crítica de ciertas cosas y sobre todo, en el acuerdo de los vecinos para juzgar distante del consenso local a un extraño que incomoda, como sucede en algunos pleitos en Chile. Además, este expediente comprueba que las injurias como delito son una bisagra que permite dos movimientos sociales importantes: alejar a un individuo indeseable para la comunidad y llevar al conocimiento de las máximas autoridades las diferencias de criterio entre distintos gobernantes de un territorio, donde sus jurisdicciones y sus intervenciones se superponen.
8. Manila, 1791-1794
- 24 AGI, Fondo Filipinas, Legajo 338, Libro 22, fojas 92v-94r, 1794.
43A fines de octubre de 1791 don José Fernández, Regidor de Manila, y don Felipe Cisneros de la Oliva, Oidor de la Real Audiencia, tuvieron una fuerte discusión en medio de un atasco del tráfico. El Oidor inició acelerada y severa causa contra el Regidor y la Real Audiencia en pleno sentenció al acusado a una fuerte multa por “insolente”. El Regidor apeló al Consejo de Indias, entidad que sólo a mediados de 1794 transmitió la doble reprensión del Fiscal del Rey y del Monarca para la Real Audiencia de Manila: ambos condenaron el comportamiento de ese tribunal ante un “asunto tan frívolo e infundado” y se absolvió al inculpado de la pena24.
44Este breve documento muestra con claridad meridiana la otra cara de la moneda. Así como los súbditos comunes podían excederse en sus expresiones de violencia cotidiana y sembrar la discordia, los funcionarios reales podían también sobrepasar lo correcto y humillar con sanciones excesivas, atropellando grandiosa y mezquinamente sensibilidades particulares: una cosa es la autoridad para ejercer justicia y otra la administración de los dolores y daños ajenos por medio del poder que los cargos reales, o los de representación local, otorgan. En Chile sucedieron algunas situaciones similares.
9. Caney, 1797
- 25 AGI, Fondo Estado, Legajo 18, pieza n° 78, “Clemente Tamayo solicita merced”, 1797, Cuba.
45En agosto de 1797, el indio Clemente Tamayo, Teniente de Milicias del Pueblo de Indios de Caney, en Cuba, solicitó ser escuchado en su querella por injurias contra el Sargento de las mismas Milicias, el mulato Bernardo Pineda25. Acudió al Consejo de Indias porque el Gobernador local creía más en las quejas de su oponente y no tenía contemplado atenderle como querellante, sino solamente como acusado. Lamentablemente no es posible saber si fue finalmente escuchado por el Consejo.
46El memorial redactado por Clemente reúne varios aspectos presentes en documentos concernientes a Chile: la potente discursividad herida del injuriado; la particular situación del súbdito desprotegido que clama justicia directamente al soberano; la posibilidad cierta que tienen los indios de decirse injuriados y de reclamar justicia; la efectiva participación de mulatos en espacios y en asuntos que en teoría no les corresponden; los roces que protagonizan los mulatos situados en posición de poder frente a los indios.
47Además, la queja de Clemente remite a la precaria situación en la que están, durante todo el siglo XVIII, pero principalmente durante la segunda mitad y durante las primeras décadas del siguiente, los tenientes, sean éstos de Milicias, de Ejército, de Justicia y de prácticamente cualquier institución. A medio camino entre las nuevas autoridades urbanas o rurales fomentadas por la administración borbónica y los poderes locales ya enraizados de hacendados, mineros, estancieros y comerciantes, entre otros, y con funciones compartidas muchas veces con los escribanos, los alguaciles y los guardias, con los alcaldes, los subdelegados y con los inspectores, los tenientes enfrentan cotidianamente desprecios, rechazos y oposiciones al estatus y al poder que adquieren, o buscan adquirir, en el concierto local. Los espacios coloniales chilenos no escapan a esta realidad y numerosos son los pleitos por injuria que relevan esta situación.
Para cerrar
48Esta es una primera exposición analítica de la riqueza de contenidos que encierra la muestra de pleitos por injurias existente en el archivo del Consejo de Indias. El espacio disponible en este dossier homenaje a Sandra Pesavento no permite una contextualización más detallada de cada uno de los casos –sustento que se incluirá en un futuro próximo, cuando los nueve documentos devengan en libro– pero sí autoriza dar al conjunto un sobrevuelo sensible y humano, tal como hacía la apasionada Sandra con las “fascinantes subjetividades” de nuestro pasado mestizo cada vez que iniciaba una nueva investigación. Leerlos tantas veces se pueda, escuchar sus desgarros y sus risas, pensarlos y luego contarlos para que pueblen nuestros imaginarios… ¡cuántas veces discutimos sobre los modos de historicizar esas vidas de antes, esos recorridos de hombres y mujeres que caminaron y sufrieron las ciudades –espacio preferido de esta entrañable historiadora, infatigable investigadora de lo cultural y de lo social arraigado en lo urbano– o los campos, y que dijeron o callaron de tantas formas sus trayectorias individuales, sus destinos trastocados, manchados, reconstruidos o desgarrados!
- 26 Ver por ejemplo el trabajo de Santoscoy Flores, María Elena, “Estampas de Saltillo a fines del vir (...)
49Es cierto que los conflictos que contienen los pleitos por injuria corren el riesgo de ser abordados sólo como anécdotas sabrosas de vidas pasadas. Y pueden también ser leídos desde teorías analíticas un poco alejadas de aspectos dolorosamente humanos como los gritos y las lágrimas. Además, deben sortear el desprecio de quiénes consideran estos asuntos como “residuos” de la vida en comunidad. Se trata de conflictos que rara vez derivaron en muerte, que sólo extraordinariamente implicaron importantes sumas de dinero y que en general sucedían a diario en todos los espacios comunitarios. Por lo tanto, carecen de atractivo a ojos del cazador de eventos, que busca impactar develando un escándalo. Afortunadamente, los pleitos por injurias también se pueden estudiar como registro de los problemas diarios que concernían a los habitantes de las haciendas, minas, estancias, plantaciones, fuertes, puertos, fronteras, pueblos y villas coloniales; sobre todo cuando las situaciones que los originan se miran como parte fundamental de las dinámicas sociales colectivas y singulares, las que podían o no tener como una de sus etapas un “pleito judicial por injurias”26. Porque las injurias surgen en todos los espacios de vida común, interiores y exteriores, ricos y pobres, rurales y urbanos, mixtos o no, y nunca son casuales. Interesa comprender el lugar que pudieron tener esos conflictos por injurias en la vida de quiénes los vivieron. No se trata de exagerar su gravedad, ni de disfrazar, bajo el calificativo de “serias”, situaciones que muchas veces, de la mano del dolor y de la crítica, expresaron también con humor la burla, la ironía y el sarcasmo. Se trata de atribuir otro estatus a estos documentos, de verlos como espejos plurales de la siempre compleja y bullente vida social y moral, activada por los sucesivos y entrelazados procesos económicos y culturales (la proliferación de castas, los distintos criterios de diferenciación, la pertenencia o exclusión a ciertos círculos, la valorización de las categorías, jurídicas, religiosas y/o identitarias que permiten hablar de buenas o malas mujeres, madres, esposas, hijas, de buenos o malos hombres, maridos, empleados, jueces, súbditos, soldados, ciudadanos, etc.). Especialmente, de mirarlos como reservorios de sensibilidades vitales, registros tan delicados como sólidos de subjetividades que con frecuencia escapan del análisis global.
50Por supuesto, estas pistas de indagación no son excluyentes ni pretenden ser definitivas: sólo dan cuenta de las múltiples posibilidades que se abren a los historiadores de lo social y de lo cultural. Interesa indagar en las sensibilidades individuales y comunitarias que permiten la expresión de estos conflictos en distintas instancias de justicia y sobre todo, comprender la importancia que tienen para quiénes los viven, los escuchan, los relatan y los juzgan. Porque estos pleitos judiciales en particular acentúan la individualidad y la subjetividad estrechamente insertas en colectividades. Estas últimas se expresan no sólo a través de los testigos y de los funcionarios de justicia que participan de los procesos de justicia, sino en los valores, en los sentimientos y en los intereses que se nombran, se sugieren y se escriben.
Notes
1 Una primera versión de este trabajo se expuso en el V Encuentro de Estudios Coloniales, Santiago de Chile, Universidad Nacional Andrés Bello, octubre 2006. Este artículo forma parte de la investigación doctoral en curso en la EHESS de Paris, bajo la dirección de Arlette Farge, financiada en parte por la Beca DEA Doctorado Conicyt-Chile/Gobierno de Francia (octubre 2003–marzo 2008) y que integra el proyecto “Histoire et anthropologie des sensibilités” coordinado por Frédérique Langue, CNRS/EHESS, Francia, y Sandra Jatahy Pesavento, historiadora brasileña de gran trayectoria y calidad humana, a quién recuerdo con especial cariño. De hecho, la estadía en el Archivo de Indias que posibilitó el encuentro con los expedientes fue posible gracias a la beca de la Residencia de la Escuela de Estudios Hispanoamericanos, EEHA, otorgada como investigadora asociada a ese proyecto. Agradezco los comentarios al manuscrito original de este artículo tanto de los historiadores Manuel Gárate, Pablo Toro y Romané Landaeta como de los lectores anónimos de Nuevo Mundo.
2 Como en las ciudades de París, Londres o Roma, y en sectores rurales de Francia, Inglaterra e Italia, entre otras. Para el caso francés, remitimos a los trabajos de Benoît Garnot y de sus numerosos seguidores.
3 Este enfoque ha sido desarrollado desde los años ochenta en la historiografía francesa ligada a Frédéric Chavaud, quien recogió aportes de la antropología inglesa, disciplina extasiada con los ritos comunitarios medievales de castigo, como el “charivari”, y con la estructura y gestualidad del honor mediterráneo.
4 Ver por ejemplo, Cosme Jesús Gómez, “Tensión familiar y mentalidad social en el Antiguo Régimen. Notas sobre la conflictividad en la villa de Albacete en el siglo XVIII”, en Revista de Historia Social y de las Mentalidades, Año IX, vol. 1/2, Departamento de Historia, Universidad de Santiago de Chile, 2005, p. 11-36.
5 Mallo, Silvia, “Hombres, mujeres y honor. Injurias, calumnias y difamación en Buenos Aires (1770-1840). Un aspecto de la mentalidad vigente”, en Estudios de Historia Colonial, n°13, 1993, Universidad Nacional de La Plata, Facultad de Humanidades y Ciencias de la Educación, p. 9-27; y Fernández, María Alejandra, “Familias en conflicto: entre el honor y la deshonra”, en Boletín del Instituto de Historia Argentina y Americana “Doctor Emilio Ravignani”, Tercera Serie, n° 20, 2º semestre de 1999, p. 7-43. Para los estudios que conciernen a Chile, ver el trabajo de Verónica Undurraga S., “ ‘El honor no es más que la buena opinión’: aproximación al honor a partir de la categoría de lo público en el Chile de 1792 a 1822”, en Bicentenario. Revista de Historia de Chile y América, vol. 4, n° 2, Santiago, Chile, Centro de Estudios Bicentenario, 2005, p. 17-35; y “Las injurias y el valor del honor”, capítulo de la Tesis Doctoral en Historia “Crimen y sociedad en la provincia de Concepción, 1820-1875”, de Mauricio Rojas G., Pontificia Universidad Católica de Chile, 2003.
6 Lypsett-Rivera, Sonya, “Los insultos en la Nueva España en el siglo XVIII”, en Pilar Gonzalbo Aizpuru (dir.), Historia de la vida cotidiana en México, Tomo III, El siglo XVIII, entre tradición y cambio, México, El Colegio de México/FCE, 2005, p. 473-500.
7 Albornoz Vásquez, María Eugenia, “Violencias, género y representaciones. La injuria de palabra en Santiago de Chile. 1672-1822”, Tesis de Magíster en Estudios de Género, Universidad de Chile, Facultad de Filosofía y Humanidades, Centro de Estudios de Género y Cultura, Santiago, 2003, inédita.
8 Ver de Arlette Farge, Le goût de l’archive, Paris, Editions du Seuil, Collection La Librairie du xxe siècle, 1989, traducido al español como La atracción del archivo; Vivre dans la rue à Paris au xviiie siècle, Paris, éd. Gallimard- Julliard, 1992, 255 p. (1a ed. 1979). ; La vida frágil. Violencia, poderes y solidaridades en el París del siglo XVIII, México, Instituto Mora ediciones, colección Itinerarios, 1994 (1a ed. francesa, 1986).
9 Para una reflexión sobre los acontecimientos inscritos significativamente en la vida de los sujetos, ver Farge, Arlette, « Penser et définir l’histoire de l’événement en histoire. Approche des situations et des acteurs sociaux », en Terrain, Número 38, Paris, 2002, p. 69-78 ; y también « Un singulier qui nous joue des tours », en Revue l’Inactuel, « Le singulier », Paris, 2004, p. 65-69 ; y Des lieux pour l’Histoire, Paris, Seuil, 1997, 155 p.
10 « La Couleur des pensées », Raisons Pratiques. Epistémologie, sociologie, théorie sociale, Paris, EHESS, numero 6, 1995, 280 p.
11 Farge, Arlette, Le cours ordinaire des choses dans la cité au xviiie siècle, Paris, éditions du Seuil, Collection La Librairie du xxe siècle, 1994, 155 p.
12 Ver Gruzinski, Serge, Les quatre parties du monde, Paris, Editions La Martinière, 2005.
13 Respecto de las plebes, ver el número especial « Plèbes urbaines d’Amérique latine » de Caravelle, Cahiers du monde hispanique et luso brésilien, Número 84, (2005), Presses Universitaires du Mirail, Toulouse, Francia en particular los artículos de Anrup, Roland y María Eugenia Chávez, “La « plebe » en una sociedad de « todos los colores ». La construcción de un imaginario social y político en la colonia tardía en Cartagena y Guayaquil”, p. 93-126; Bernand, Carmen, “La plèbe ou le peuple? Buenos Aires, fin xviiie-début xixe siécle”, p. 147-168 ; Gruzinski, Serge « Genèse des plèbles urbaines coloniales: México aux xvie et xviie siècles », p. 11-36 y Calvo, Thomas, « La plèble à l’aune des vice-rois américains (xvie – xviiie siècles) », p. 37-64.
14 Archivo General de Indias (De ahora en adelante, AGI), Fondo Escribanía, Legajo 192C, Pleitos Audiencia de México, 1715, “Tomás Rodríguez de Gramil, vecino de México, y el fiscal con Juan Trillo Jurado, de la misma vecindad, sobre palabras injuriosas contra Gertrudis de los Dolores e inobediencia a los mandatos de un Oidor. Pendiente en 1717”, 1 pieza. Trabajé este expediente en mi artículo “Decir los sentimientos que se viven en singular. La frustración y a cólera de un comerciante de telas que se creía buen padre. Ciudad de México, 1714-1717”, presentado en la III Journée d’Etudes Histoire des Sensibilités, EHESS, Paris, Francia, Marzo 2006, publicado en la sección ‘Coloquios’ de Nuevo Mundo Mundos Nuevos, No6-2006, http://nuevomundo.revues.org/1234
15 AGI, Fondo Escribanía 204 A, Pleitos Audiencia de México, 1729, N°2, pieza 1, “Don Luis García de Pruneda, Regidor Perpetuo y Alcalde Provincial de la Santa Hermandad de la ciudad de Monterrey del nuevo reino de León, y el señor Fiscal, con don Juan José de Arriaga, Gobernador y Capitán General de dicho reino sobre varias injurias y ultrajes hechas al citado don Luis y excesos cometidos en el uso de su empleo. Determinado en 1731”, 4 piezas.
16 AGI, Fondo Quito, Legajo 131, 1725-1732, Cartas y Expedientes del Presidente y Oidores de Audiencia de Quito, n° 71, “Multas por injurias. El Presidente y Oidores de la Audiencia de Quito dan cuenta de los motivos que tuvo para poner multa a Simón de Monteserín, Casimiro Navarro y Manuel de las Barrenas por la injuria que hicieron a Teresa de Salazar y Betancourt en su casa”, 2 documentos. Este expediente ha sido trabajado por Luis Ramos Gómez bajo el prisma de la organización de grupos de fuerza, ver Ramos G., Luis, “El trasfondo de un caso de violencia en el Quito de 1731: la actuación de Monteserín y su grupo contra María Salazar”, en Revista Complutense de Historia de América, 2001, n° 27, p. 11-34; también ha sido citado por Tamar Herzog en su trabajo sobre la presencia social de la justicia penal de Quito.
17 Al respecto, remito a mi tesis de Magíster en Estudios de Género, ya citada, y « L’injure de parole à Santiago du Chili (1672-1822) », en Nuevo Mundo Mundos Nuevos, n° 4-2004 http://nuevomundo.revues.org/240.
18 AGI, Fondo Escribanía, Legajo 670 A, 1735-1737, “Pleitos gobernación de Cumaná y Caracas”, expediente que enfrenta a José Antonio de la Guerra y Vega, vecino de Cumaná, con Juan Francisco de la Tornera Sota y Luna. Sin numerar. Pleito fenecido en 1740. 2 piezas.
19 AGI, Fondo Escribanía, Legajo 964, “Mayo 10 de 1740, Auto del Consejo dado en causa criminal seguida por don José Antonio de la Guerra contra don Juan Francisco de la Tornera Sotta, sobre ciertas palabras injuriosas”, expediente sin numerar, Venezuela.
20 Una primera reflexión acerca de esta fórmula está en mi artículo “El mandato de ‘silencio perpetuo’. Existencia, escritura y olvido de conflictos cotidianos. Chile, 1720-1840”, en Cornejo C., Tomás y Carolina González U. (ed.), Justicia, poder y sociedad. Recorridos Históricos, Santiago, Universidad Diego Portales, 2007, p.17-56.
21 AGI, Fondo Buenos Aires, Legajo 551, “Expediente de José Gómez contra Diego Cardoso por injurias”, Montevideo, 1749.
22 AGI, Fondo Filipinas, Legajo 336, Libro 18, F.194v-196r, “Aviso sobre pleito por injurias”, 1771.
23 AGI, Fondo Estado, Legajo 81, pieza N°4, “Contra José María Caballero”, 1795, Córdoba, Virreinato de La Plata. Se compone de tres cuadernos que tratan sobre la investigación sumaria seguida contra el referido por su comportamiento irregular y sus declaraciones injuriosas.
24 AGI, Fondo Filipinas, Legajo 338, Libro 22, fojas 92v-94r, 1794.
25 AGI, Fondo Estado, Legajo 18, pieza n° 78, “Clemente Tamayo solicita merced”, 1797, Cuba.
26 Ver por ejemplo el trabajo de Santoscoy Flores, María Elena, “Estampas de Saltillo a fines del virreinato”, en Pilar Gonzalbo Aizpuru (dir.), Historia de la vida cotidiana en México, Tomo III, Op. Cit., p. 391-421.
Haut de pagePour citer cet article
Référence électronique
María Eugenia Albornoz Vásquez, « Sufrimientos individuales declinados en plural. La necesaria singularidad de los pleitos por injurias en Hispanoamérica colonial », Nuevo Mundo Mundos Nuevos [En ligne], Débats, mis en ligne le 25 novembre 2010, consulté le 05 octobre 2024. URL : http://journals.openedition.org/nuevomundo/60138 ; DOI : https://doi.org/10.4000/nuevomundo.60138
Haut de pageDroits d’auteur
Le texte seul est utilisable sous licence CC BY-NC-ND 4.0. Les autres éléments (illustrations, fichiers annexes importés) sont « Tous droits réservés », sauf mention contraire.
Haut de page