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2011
La nobleza india del centro de México durante el periodo novohispano. Adaptaciones, cambios y continuidades

Un linaje enfrentado por el poder: don Francisco Temamascuicuil y don Pedro Solcuatzin, caciques de Iztacamaxtitlan, siglo XVI

Lidia E. Gómez García

Résumés

At the beginning of the Colonial period, once Tenochtitlan had been conquered, the main scenario for political struggle and power legitimization among Indian elites were Spanish institutions. The Indian strategy was centered around restoring former power structures within the new Colonial regime. This required an extensive internal process of negotiation and adaptation. However, this process did not necessarily presented coherent and clear positions on either the Indian or the Spanish representation. On the contrary, in some cases this process confronted Indian nobility to the point of division and the inevitable destruction of their lineage, which lead to the creation of a new elite associated with the Spanish regime. Such is the case of Temamascuicuil´s lineage, an otomí cacique of the ancient Iztacamaxtitlán Kinship. This article means to show the political strategies by which two nobel Indians from the same lineage were confronted by power struggles.

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Texte intégral

  • 1 El análisis sobre las luchas políticas por territorio y privilegios llevadas a cabo por la nobleza (...)
  • 2 Susan Cline, “Land Tenure and Land Inheritance in Late Sixteenth-Century Culhuacan” en H. R. Harvey (...)
  • 3 Paul Kirchhoff, Lina Odena Güémez y Luis Reyes García, Historia Tolteco-Chichimeca, México, Fondo d (...)

1A mediados del siglo XVI, el principal escenario de legitimación de poder de las élites indias en el ámbito novohispano fue el cabildo indio. El surgimiento de este sistema estuvo inmerso en enfrentamientos entre grupos diversos, donde predominaron las alianzas estratégicas independientemente del prestigio y autoridad que las élites indias tuvieron durante la época prehispánica. Así lo indican documentos tempranos de legitimación de tierras1, mediante los cuales las élites nahuas defendieron, dentro de las estructuras legales coloniales, su derecho a tierras y a espacios políticos con la intención de obtener privilegios por encima del orden anterior a la llegada de los españoles. En la época prehispánica, la posesión de tierras y derecho sobre aguas y bienes naturales constituía el elemento de legitimación de la nobleza, ya que su importancia no radicaba en un derecho de propiedad, sino de control de tributos y servicios de vasallaje2. Debido a ello la antigua de Cuautinchan, por ejemplo, reivindicó sus privilegios esgrimiendo argumentos legales, sin renunciar por ello a sus privilegios políticos y territoriales dentro del sistema precolombino, ya que éste constituía la base de su denuncia y exigencia3.

2Este no fue el caso de las élites nahuas de otrora importantes señoríos, como lo es Iztacamaxtitilán, quienes ante la coyuntura histórica de la conquista española, tomaron decisiones que marcarían su inserción en el nuevo sistema colonial aunque ello significara la renuncia a sus privilegios prehispánicos. Estas decisiones estuvieron en las manos de la nobleza que, pese a que supo dar lectura al momento que enfrentaba y actuó en consecuencia para defender sus intereses – marcando con ello el futuro de sus pueblos – transformó su forma de dominio al ver debilitada su antigua hegemonía basada en el linaje, y permitió el surgimiento de nuevas élites formadas a través de las instituciones novohispanas. Como parte de la estrategia de inserción al nuevo sistema, la nobleza del antiguo señorío de Iztacamaxtitlán emprendería luchas internas a fin de obtener privilegios, aún a costa de fragmentar el linaje noble y disminuir el territorio del dominio.

El antiguo señorío de Iztacamaxtitlán

  • 4 Peter Gerhard, Geografía Histórica de la Nueva España 1519-1821, México, UNAM, 1986, p. 325.
  • 5 Gonzalo Carrillo Vivas, “San Juan de los Llanos”, en Gloria Tirado Villegas, et. al (comp.), Caltan (...)
  • 6 Gonzalo Carrillo Vivas, “San Juan de los Llanos”, p. 16, basado en la información contenida en el C (...)

3San Juan Iztacamaxtitlán es el nombre que durante el siglo XVI se le dio a la fundación de un pueblo que, como producto de la política de congregación de pueblos, en el año de 1555 se llevó a cabo en la parte norte del actual estado de Puebla. Este pueblo fue conocido ya en el siglo XVII con el nombre de San Juan de los Llanos, y a partir de 1860 fue declarada Villa de los Libres, nombre que conserva hoy como cabecera municipal. En la época prehispánica, San Juan Iztacamaxtitlán perteneció al Hueytlatocáyotl (alianza de señoríos) comprendido por cuatro tlatocáyol (señoríos): Iztacquimaxtitlán, Tlalxocoapan, Tepeyahualco y Tlatlauhquitepeque4, siendo los de mayor tamaño Iztacamaxtitlán al sur y Tlatlauhquitepeque al norte. Otras comunidades eran Tzaoctlan, Chichiquillan, Quimixtlan y Tuxtehuec. El resto parece haber estado conformado por población dispersa que pagaban tributo en Tlatlauhquitepeque a los mexicas, entre ellos: Atenco, Tzuitlan, Ayotuchco, Yayauquitlalpa, Xonotla, Teotlalpan, Itztepeque, Ixcoyamec, Yaonahuac y Caltepec5, aunque todo indica que en el caso de Iztacquimaxtitlan lo hiciera en pago de sangre, es decir, apoyo militar. El tributo se conformaba principalmente de canastas, perlas de liquidambar para los sahumerios o xochocotzol, escudos y en general materiales para uso militar6.

  • 7 Citado en Jesús Rodrigo Balbuena Cabrera, “Sobre la fundación de Libres, Pue.”, en Gloria Tirado Vi (...)
  • 8 Gonzalo Carrillo, “San Juan de los Llanos”, p. 12.
  • 9 José Rebollar Chávez (Versión paleográfica) “Documentos importantes para la historia de San Juan Ba (...)
  • 10 José Rebollar Chávez, Documentos importantes, p. 25.

4Desde su desembarco, Cortés se había beneficiado de las alianzas que iba estableciendo a lo largo de su ruta hacia Tlaxcala, con los principales pueblos: “los naturales de este valle me rogaron no pasara por la tierra de sus enemigos ya que me harían algún daño, que ellos me llevarían por lugares donde fuera bien recibido”7, motivo por el cual en Zautla se concretó una confederación nahua-otomí de adhesión a los conquistadores, en 15198. Esta confederación estuvo marcada por el encuentro entre Xicoténcatl, Chimalpopoca y el guerrero otomí Temamascuicuil, quienes como muestra de lealtad recibieron el bautismo y participaron en todo el proceso de conquista9. No obstante, a su paso por Iztacquimixtitlan los españoles no encontraron en el tlatoani de dicho señorío una respuesta positiva a su propuesta de alianza – pese a haber estado negociando por una semana –, posiblemente debido a que el señorío era aliado militar de los mexicas. Durante esta corta estancia en el lugar, los españoles denominaron a Iztacquimaxtitlan con el apelativo castellano de Castiblanco en reconocimiento a su imponente geografía que desde lo lejos se yergue en lo alto como si de una fortaleza militar se tratase. Esta forma de asentamiento corresponde a la de ciudades-estado como el que se utilizó en Cacaxtla, que se establecieron en alto con el objetivo de tener mejor posibilidad de defensa. Esta peculiaridad no pasó desapercibida por el mismo Cortés, quien dice en sus Cartas refiriéndose a Iztacquimixtlan: “en un cerro muy alto está la casa del señor con la mejor fortaleza que hay en la mitad de España”10. La descripción de Cortés sobre las características de la ubicación del sitio confirma la naturaleza guerrera del señorío.

  • 11 Peter Gerhard, Geografía histórica, p. 236, basado en la crónica de Bernal Díaz del Castillo.

5A mediados de 1520, en su retirada de Tenochtitlán luego de los eventos de la Noche Triste, algunos españoles murieron en un enfrentamiento en Iztacquimixtitlán, lo cual motivó que a finales de dicho año el lugar fuera atacado y capturado por una columna de conquistadores, quienes ya se habían reorganizado, comandada por Gonzalo de Sandoval11. Es importante señalar que en dichos enfrentamientos participaron también grupos aliados de la confederación de pueblos nahua-otomíes de la región, mismos que lucharon contra Iztacquimixtitlan en alianza con los conquistadores, como lo muestra el reconocimiento a los servicios que prestaron a la corona durante la conquista y que se incluyen en la Real Provisión emitida por el rey Carlos V, en 1530, a favor del noble otomí Temamascuicuil, quien en alianza con su primo Xicoténcatl y Chimalpopoca:

  • 12 José Rebollar Chávez, “Documentos importantes”, p. 25.

anduvieron en la Conquista con mi capitán don Fernando Cortés de Monroy en todos los parajes de dicha conquista… y siguiendo su derrota a el lado del norte a un paraje que llaman en su idioma Tequimastitlan, en donde asi que vido dicho rey Temamascuicuil a su primo el rey Xicotencatl luego se dio y cumplió los mandatos de mi capitán12.

  • 13 Peter Gerhard, Geografía histórica, p. 236.
  • 14 Archivo Municipal de Libres (de ahora en adelante AML), Fondo Alcaldía Mayor, Caja 7, leg. 3, exp.  (...)

6La división en lealtades al interior del señorío provocó que en 1524 se iniciara una rebelión que fue reprimida por los españoles nuevamente con ayuda de sus aliados indios. Esta circunstancia marcaría el futuro de Iztacquimaxtitlan durante todo el periodo virreinal e incluso hasta nuestros días. Una primera consecuencia fue que su territorio estuviera dividido en dos encomiendas que la corona repartió a Francisco Montaño y a Pedro de Vargas. La parte correspondiente a Pedro de Vargas regresó a poder de la corona antes de 1664 y la correspondiente a Francisco Montaño pasó primero a Diego Muñoz y luego a Bartolomé Hernández de Lara y sus herederos13. En el año de 1632 todavía figura como encomendero Francisco López Muñiz y lo sucederá su viuda Clara Muñiz, quien en 1660 inició un proceso judicial en contra de los indios de la jurisdicción como encomendera que era de ellos14.

  • 15 Peter Gerhard, Geografía Histórica, p. 236.

7Otra consecuencia de igual trascendencia fue que, pese a su poderío y presencia política de Iztacquimaxtitlan, los españoles eligieran a Tlatlauhquitepeque como sede de la cabecera de la corregiduría en 1535. Desde Tlatlauhquitepeque se administró un amplio territorio que incluía a Teziuhtlán y Atempa, más todos los pueblos de encomienda y de la Corona, incluyendo Iztacquimaxtitlán. Otros pueblos de menor importancia que Iztacquimixtlán, como lo era Quimixtlán, tuvieron un trato diferente posiblemente debido a su alianza con los españoles. Quimixtán, por ejemplo, fue cabecera de corregimiento desde 1531 y hasta 1534, en un primer momento y a partir de 1640 hasta 1676 fue alcaldía mayor, fecha a partir de la cual perteneció a una nueva sede de poder, la de San Juan de los Llanos15.

8El cambio más importante para la historia posterior de la región consistió en el traslado al señor Temamascuicuil de todo el poder del señorío de Iztacquimixtlan y la garantía de formar parte de los puestos de poder en el nuevo sistema virreinal. En 1532, el rey Carlos V concedió al rey otomí Temamascuicuil y a todos sus ascendientes y descendientes y demás caciques, se les otorgase fundación del pueblo de San Francisco (otrora importante baluarte militar nahua aliado con los mexicas) con privilegios de cabecera. El mérito para este privilegio fue citado en una real cédula datada en Madrid el 13 de junio de 1530 y obedecida en México el 4 de noviembre de 1532, en la cual se argumentaba haber estado presente junto con el señor Xicoténcatl, su primo, en el primer encuentro con Cortés en San Francisco Tecoaccingo, junto con el señor Chimalpopoca. También se cuenta como mérito el haber brindado su apoyo en alianza para unirse, junto con Maxixcatzin, Tlauxolozin y Zitlalpopocatzin, en la guerra de conquista. Asimismo, haber recibido el bautismo de manos de fray Juan Díaz, Francisco de Torquemada, fray Franco de Cañasveras.

  • 16 José Rebollar Chávez, “Documentos importantes”, p. 25-27.

Por lo que habiéndoseme hecho notoria esta feliz noticia de la lealtad con que recibió la instrucción católica, mando primeramente: el que a dicho rey y a todos sus ascendientes y descendientes se les de y señale en fundación y cabecera, cuya advocación es la de nuestro seráfico padre San Francisco Tequimastitlan, con todos los linderos correspondientes de tierras y señoríos que constaren ser de dicho rey don Francisco Temamascuicuil… ahora y en todo tiempo puedan ascender a puestos honoríficos de jueces, y que también puedan ser sacerdotes, sin ningún inconveniente ni impedimento puedan tener voz y voto en sus juicios y cabildos16.

9Como el territorio obtenido por Temamascuicuil era muy grande, fue compartido con su hermano don Pedro Solcuatzin, a quien le cedió parte de la jurisdicción para la fundación de San Juan Tlalxolcoapan, hoy Libres. Este era un territorio llano, de tierras muy fértiles y mantos acuíferos abundantes ya que se beneficia, hasta el día de hoy, de los nutrientes que la lluvia arrastra y se filtra de las cercanas montañas, ésto debido a estar situado a la entrada de la sierra. Esta ubicación privilegiada motivó que el 27 de febrero de 1555, mediante una congregación de pueblos, se fundara el pueblo de San Juan Tlalxocoapan, dentro del territorio del señorío de don Francisco Temamascuicuil, para descanso de viajeros. El pueblo se fundó con tres barrios o pueblos sujetos, Tetela, Ocotepeque y Juioaccocan, que colindaban con tierras de importantes señoríos prehispánicos, como el de don Lorenzo Chimalpopoca, el señor Xicoténcatl, y el propio don Francisco Temamascucuil, pero también con propiedades de españoles como el mayorazgo de don Diego Velásquez de la Cadena.

  • 17 AML, Fondo Alcaldía Mayor, Caja 1, leg. 9, exp. 2, fols. 5r-8r.
  • 18 AML, Fondo Alcaldía Mayor, Caja 1, leg. 5, exp. 1, fols. 1r-10r.
  • 19 El hecho de nombrar como patrono a San Juan Bautista parece estar vinculado a la zona rica en aguas (...)

10La fundación de dicho pueblo, realizada en presencia de don Francisco Temamascuicuil y su hermano don Pedro Solcuatzin (previa autorización del primero), indica claramente la sujeción del nuevo pueblo a la jurisdicción de San Francisco Iztacquimaxtitlan: “de que en todo tiempo así dicho don Pedro como los venideros del precitado pueblo de Los Llanos hayan de reconocer siempre a la cabecera y señorío de San Francisco Tequimastitlan”. La denominación del pueblo, si bien mantuvo el nombre castellano del patrono bajo cuya advocación había sido fundado (San Juan Bautista), en náhuatl no siempre fue el mismo. El término más antiguo con que se conoce este pueblo es el de San Juan Tlalxocoapan 17, aunque en documentos antiguos se le reconoce también como San Juan Iztac ymachixtlán18, San Juan Iztacquimistitlan y San Juan Iztacamaxtitlan19. Denominar Iztacquimixtitlán a la nueva fundación implicaba un reconocimiento al antiguo señorío que dio origen al pueblo novohispano. Curiosamente, el apelativo de Tlalxocoapan en épocas muy tempranas de la nueva fundación, pudiera traer algunas respuestas a esta decisión, ya que como hemos visto ese era el nombre de uno de los tlatocáyotl que componían el antiguo hueytlatocáyotl. El hecho de conservar este nombre, una vez congregado y fundado el nuevo pueblo, revela su reconocimiento como parte del antiguo sistema cuya cabecera era Iztacamaxtitlán en la parte sur, lo cual quedó plasmado en el título primordial como ya hemos visto. No obstante, el uso del nombre San Juan Iztacamaxtitlán y luego, ya establecida como cabecera y sede de la alcaldía mayor en el siglo XVII, nos habla de una transformación del epicentro de poder de San Francisco Iztacamaxtitlán a San Juan Iztacamaxtitlán. En ese proceso se dio un cambio de equilibrios políticos entre su nobleza producto de nuevas alianzas con los españoles y la incorporación al sistema novohispano de sus tradicionales formas de privilegios como nobles indios.

El enfrentamiento entre la nobleza de San Francisco y San Juan Iztacamaxtitlán.

  • 20 Peter Gerhard, Geografía Histórica, p. 237.
  • 21 Peter Gerhard, Geografía Histórica, p.  236.

11Una vez consumada la congregación el pueblo de San Juan Tlalxocoapan en 1555 y pese a que se especificaba que esta fundación quedaría sujeta a San Francisco Iztacamaxtitlán, la administración española dio muestras de privilegiar a la nueva fundación por sobre los derechos del antiguo señorío. Así, ya para 1569 había dos cabeceras, San Francisco Iztacquimixtitlan y San Juan Tlalxocoapan20. Esta situación fue provocada en parte por el otorgamiento de mercedes y compras de tierras a favor de españoles, ya fuera para haciendas productoras de trigo principalmente o para cría de ganados. Dotado de tierras fértiles, un clima propicio y abundante agua, el valle ofrecía enorme oportunidades para la producción agrícola y crianza de ganado. De manera tal que la nueva fundación en San Juan Tlalxocoapan empezó a crecer y sus vecinos españoles dueños de haciendas a tener mayor presencia en las decisiones políticas, por lo cual el corregidor trasladó su residencia de Tlatlauhquitepeque a San Juan Tlalxocoapan, donde ya para el año de 1579 se encontraba el corregidor pese a continuar siendo la cabecera del corregimiento el pueblo de Tlatlauhquitepeque. Este traslado de residencia del corregidor corresponde con el asentamiento de españoles en el recién congregado pueblo de San Juan Tlalxocoapan, donde ya para ese momento se habían establecido dos encomiendas entre los conquistadores, Francisco Montaño y Pedro de Vargas21.

  • 22 De este proceso existen testimonios escritos resguardados en el Archivo Municipal de Libres, Fondo (...)
  • 23 Ethelia Ruíz Medrano, “BNF Mexicain 75. San Juan Ixtacmaxtitlán”, en Memoria Textual indígena: Elem (...)

12Sin embargo, el motivo principal de este cambio de residencia y el eventual traslado de la cabecera de la alcaldía mayor ya en la década de 1640, tuvo sus orígenes en un reacomodo de los equilibrios de poder entre las élites indias durante su inserción en el nuevo sistema novohispano y la negociación con las autoridades españolas. En el año de 1564, tan sólo nueve años después de haber sido fundado San Juan Tlalxocoapan, se suscitó un proceso judicial entre las casas nobles de dicho pueblo y el de San Francisco Iztacamaxtitlán, del cual era sujeto de acuerdo con el acta fundacional. Recordemos que según los títulos primordiales de la fundación en 1555, el territorio obtenido por el antiguo señor Temamascuicuil era muy grande por lo cual en la fundación se segrega una parte que otorga a su hermano, el señor Solcuatzin – posiblemente como resultado de un acuerdo con las autoridades españolas –, con la condición de que esta nueva fundación quedara sujeta a la cabecera de San Francisco Iztacamaxtitlán. El 8 de septiembre de 1564, Joan Zúñiga, corregidor de Tlatlauhquitepec, se presentó en San Juan Ixtacmaxtitlán para atender una querella22 de los indios principales de dicho pueblo contra los indios principales de San Francisco Iztacamaxtitlán, Alejandro Vázquez y Miguel Temilotl, aduciendo que los demandados se habían rehusado a acudir a los llamamientos de servicio a que estaban obligados como sujetos a San Juan Iztacamaxtitlán23. Este fue uno de los varios procesos entre ambas noblezas indias en la lucha por los nuevos equilibrios de poder. No fue sino hasta el 13 de febrero de 1587 cuando, mediante un resolutivo se da fin al conflicto. Es precisamente este marco temporal y espacial el que es objeto de este estudio.

  • 24 Ruíz Medrano, “BNF Mexicain 75”, p. 51.
  • 25 AML, Fondo Alcaldía Mayor, Caja 1, leg. 3, fol. 5v-6r.

13Desde el primer litigio, en el cual actuó como juez receptor el escribano Diego de Baeza, mediante el intérprete Juan de Orduña24, el argumento de los nobles de San Juan acusaba a sus contrapartes de San Francisco de negarse a estar sujetos a la cabecera, que consideraban correspondía a la congregación de San Juan Iztacamaxtitlán. Esta negativa implicaba serios problemas para la nobleza porque para este momento el territorio ya estaba dividido en encomiendas y muchos hacendados estaban asentándose en las tierras fértiles. Así lo muestran los procesos judiciales sobre tierras que desde antes de la fundación de San Juan Iztacamaxtitlán ya estaban en litigio, como es el caso de la denuncia interpuesta por el “gobernador Diego Ocelotl; los alcaldes Antonio Miquizte y Juan Perez indios; y los indios principales Pheliziano Vasquez, don Juan, don Francisco Garzia, Thomas Teva, Thomas Cortes, y Francisco Ximenes” presentado ante la Real Audiencia y remitido al alcalde mayor de la Provincia de Tepeaca, contra Alonso Rodríguez, vecino de la ciudad de los Ángeles, por una caballería y media de tierra en términos del pueblo, donde se menciona la propiedad de una estancia de tierra que colinda con tierras de Diego Muñoz Camargo25.

  • 26 Ruíz Medrano, “BNF Mexicain 75”, p. 51.

14Es decir, para este momento la nobleza tenía urgencia de afirmar su autoridad sobre el dominio de sus territorios, que estaban siendo afectados, pero también porque requerían cumplir con sus obligaciones de compeler a los indios al trabajo en las haciendas de labor españolas como parte de su servicio al rey, que era parte del pago de sus tributos. Bajo estas circunstancias una negativa de San Francisco a contribuir con sus indios al tributo en servicio al que estaban obligados, o bien tener suficiente mano de obra para sembrar sus propias tierras y garantizar el pago de tributo, comprometía el poder de su nobleza. Cumplir con estas responsabilidades era parte de los méritos que garantizaban la alianza con las autoridades españolas, mismas que podían utilizar en la negociación para mantener o aumentar sus privilegios. El argumento de los indios de San Juan Iztacamaxtitlán, era que los nobles de San Francisco prohibían el paso a los caminos de las tierras de labranza de su pueblo, impidiendo que los de San Juan tuvieran acceso a ellas26. Cuando algún indio lograba acceder a ellas era aprehendido y llevado a San Francisco donde era azotado públicamente; si construían casas en dichas tierras, éstas eran derribadas, saqueadas y quemadas. Solemos encontrar este tipo de argumentos en otros litigios sobre tierras o aguas de este periodo, por lo que no resulta nada excepcional. Más allá de los señalamientos de abusos, en este caso los nobles de San Francisco eran acusados de negar a los indios de San Juan el uso de tierras y caminos de acceso de su pueblo, que estaban situados en el antiguo señorío. Esta acusación resulta interesante porque era precisamente San Francisco quien ostentaba el derecho ancestral a esas tierras, ya que perteneció a su antiguo señorío, y habían sido despojados de esos derechos con motivo de la fundación del nuevo pueblo de San Juan. Recordemos que en el título primordial, que ya hemos citado, quedaba establecido que San Juan se había separado de San Francisco, y por tanto San Francisco poseía el derecho a ser pueblo cabecera, aunque el territorio había sido dividido.

  • 27 Ruíz Medrano, “BNF Mexicain 75”, p. 52.

15Según Ethelia Ruíz Medrano27, quien ha estudiado este el Códice Iztacamaxtitlán, los indios de San Juan estaban defendiendo un derecho como cabecera, mismo que los indios de San Francisco desafiaban con el objetivo de separarse de la hegemonía política de San Juan: “se puede observar que el pueblo fue congregado, a raíz de este hecho, los indios de San Francisco comenzaron a dar señales de su intención de separarse de la cabecera”. Sin embargo, no hay evidencia de que dichas acusaciones fueran un intento separatista, debido a que ya había sido llevado a cabo en el acto fundacional de San Juan, segregado del de San Francisco. Todo parece indicar que se trataba de un litigio de preeminencia entre los derechos ancestrales de San Francisco y el recién fundado pueblo de San Juan, que daría lugar a un nuevo equilibrio de poder en la región. Dentro de este proceso hubo varios factores que, como en muchos otros casos, cambiaron los centros de poder de los pueblos indios, pero no de manera fortuita, sino como estrategias no sólo de los grupos españoles para dominar, sino de la misma nobleza india que, en su afán de posicionarse en el nuevo orden, no escatimó en esfuerzos, recursos y alianzas para sacar de la arena política a sus contrapartes, aún aquellos que pertenecían al mismo linaje noble. Una mirada detallada a los procesos judiciales promovidos por los nobles indios de San Juan Iztacamaxtitlán nos permite llegar a tal conclusión.

  • 28 Georges Baudot, La pugna franciscana por México. México, Colección Los noventa, n°. 36. Alianza Edi (...)
  • 29 Peter Gerhard, Geografía Histórica, p. 236.

16De acuerdo al argumento legal de los indios principales de San Juan Iztacamaxtitlán, los nobles de San Francisco mentían al afirmar que ellos eran señores de la región desde época antigua, desde sus ancestros, por lo tanto tenían privilegios sobre el recién fundado pueblo de San Juan. Como tales eran el origen y sede de la nobleza por lo cual les correspondía el derecho de ser la cabecera. Los nobles de San Juan argumentaban que tales derechos les correspondían a ellos. Para poder tratar de entender este argumento debemos recurrir a otro tipo de fuentes que nos iluminen sobre el contexto histórico que enmarcó el litigio. No sólo ya hemos visto en los títulos primordiales de la fundación de San Juan Iztacamaxtitlán que su nobleza provenía de San Francisco, a cuya casa señorial pertenecían los antiguos territorios, sino que fue en el pueblo de San Francisco donde se estableció un convento franciscano para garantizar la cura de almas. De acuerdo a la tradición franciscana, los conventos se edificaban en lugares con mayor población y donde estuvieran los centros de poder, a fin de lograr a través de ellos convocar a los indios a la educación cristiana28. Desde allí los franciscanos establecían rutas de visita a los pueblos cercanos y sujetos al principal. Los franciscanos llegaron a la región de Iztacamaxtitlán en 1544, y para 1548 tenían conventos en Santa María Tlatlauhquitepec (donde residía la cabecera del corregimiento) y en San Francisco Iztacamaxtitlán, pero no en San Juan Iztacamaxtitlán, ya que este pueblo aún no había sido fundado29. Lo anterior muestra la importancia política del antiguo señorío de San Francisco.

17Este argumento se reafirma al conservarse en la tradición hasta hoy en día, en la actual cabecera municipal de San Juan de los Llanos, un mito que narra cómo de San Francisco vinieron unos gigantes que, al subir al cerro de San Juan, se sentaron a descansar y desde allí vieron el valle de San Juan de los Llanos, y por ello decidieron establecerse allí. Este trozo de memoria colectiva refuerza la idea de que los señores de San Juan provenían de la casa señorial de San Francisco. Ello nos permite suponer que la cabecera prehispánica correspondía a San Francisco Iztacamaxtitlán que, como hemos visto, fue el único señorío que no se alió con los españoles en su paso por la zona, ya que honraron su lealtad a los mexicas. Esta antigua alianza quedó registrada en el documento de defensa de sus privilegios en alianza con los tlaxcaltecas:

  • 30 Ruíz Medrano, “BNF Mexicain 75”, p. 53.

de veinte, treinta, cuarenta años, cincuena e cuatrocientos años y más tiempo […] el dicho pueblo de San Francisco Iztacamatitlan […] ha sido y es cabecera y no sujeto a otro pueblo alguno porque como parece por sus pinturas y antigüedades habrá más de 670 años que las cuatro cabeceras que hubo en aquellas partes del dicho pueblo, que fueron naturales de una tierra que llamaron Chicomoztoc, poseyeron la parte y lugar y tierras do está el dicho pueblo situado y poblado y estas cuatro personas se fueron a vivir a la ciudad de Tlaxcala a donde los naturales […] de San Francisco los eligieron y obedecieron […] Y siempre ha tenido su iglesia, gobernadores, alcaldes y regidores30.

  • 31 Margarita Menegus Bornemann, Del señorío indígena a la república de indios. El caso de Toluca, 1500 (...)

18Es digno de mención la inclusión de la referencia de vinculación con la nobleza tlaxcalteca, la cual gozaba de privilegios en el incipiente orden novohispano por su alianza con los españoles. Es decir, el discurso legal intentaba despertar la empatía de los jueces españoles, ante quienes era litigado el conflicto, mostrando la cercanía de su nobleza con la casa noble tlaxcalteca, omitiendo por supuesto la alianza que, como pueblo guerrero que era, tenía con los derrotados mexicas. Como podemos ver, los argumentos esgrimidos no pretendían ser relaciones de hechos históricos, sino más bien un argumento correspondiente a una estrategia y acorde al instrumento legal de la institución ante la cual estaban acudiendo para la solución de un conflicto dentro del nuevo sistema político y judicial novohispano. Dentro de esa estrategia la nobleza de San Francisco pretendía reivindicar sus privilegios como cabecera, es decir, como pueblo dominante, y para ello era necesario esgrimir todo aquello que pudiera ser mostrado como meritorio para obtener el resultado deseado. En ese mismo sentido el argumento sobre tener una iglesia y constituida la República de Indios es un elemento que era considerado como relevante para reivindicar privilegios. La construcción de la iglesia y convento no sólo daba muestras de la aceptación del catolicismo, calidad indispensable para poder recibir mercedes y ejercer derechos, sino de la disposición a colaborar con trabajo, servicio y especie para la construcción del mismo, aspectos que en el orden novohispano formaban parte de las relaciones de méritos para la obtención de privilegios. La República de Indios era uno de esos méritos, ya que implicaba una enorme carga simbólica por ser considerada sinónimo de civilidad y buen gobierno, lo cual garantizaba reconocimiento político y judicial, cuestión importante para la administración española. Todo lo anterior parece indicar que el antiguo señorío estaba en San Francisco y no en San Juan31.

  • 32 Códice Ixtacmaxtitlán, Documento 75 de la Biblioteca Nacional de Francia. Lámina a color en papel e (...)

19Como parte integrante del argumento legal registrado en caracteres latinos y en formatos discursivos europeos, también fue plasmado en una lámina (realizada a color en papel europeo), el Códice de Iztacamaxtitlán, que narra a la usanza prehispánica en imagen el conflicto32, el cual fue presentado como parte de las pruebas. En dicha imagen podemos apreciar alusiones al sangriento enfrentamiento, donde los principales miembros del cabildo son representados caídos, golpeados y sangrando profusamente. También resulta curioso que se represente como tema central la presencia de los frailes franciscanos. De acuerdo a lo relatado en dicha imagen, que no en el litigio judicial, el conflicto aparece centrado precisamente dentro del pueblo de San Francisco, donde se aprecia claramente la relevancia del monasterio franciscano, cuestión que curiosamente no se menciona con tal énfasis en el texto del proceso judicial. La lámina (ver imagen anexa a este artículo) representa del lado izquierdo un rectángulo dentro del cual, en su parte media inferior sobresale el portal, iglesia y patio de un convento. Esta distribución es la que todavía se observa en los restos de dicha construcción que se conservan en el actual pueblo de San Francisco Iztacamaxtitlán. La parte inferior parece ser el lugar donde estaría el huerto. La parte superior del rectángulo corresponde al atrio aunque no se incluye la torre exenta, posiblemente porque en ese momento todavía no se había construido. En la parte media del rectángulo se observan dos entradas al atrio exactamente como las que actualmente conserva, y se observa también el atrio rodeado de una barda. En el cuadrante superior derecho parece haberse representado la explanada de lo que sería la plaza, actual zócalo. En el cuadrante inferior derecho se representa una horca con dos indios ajusticiados y sangrando profusamente por la nariz, pero acompañado en la parte superior de un topónimo cuya lectura no ha sido posible identificar.

  • 33 Birgitta Leander, Códice de Iztacamaxtitlán, de próxima publicación en la editorial L’Anxaneta. Cit (...)

20De acuerdo a la reconocida investigadora Birgitta Leander, el papel central en el registro pictórico del monasterio y los frailes franciscanos representa el yugo que la iglesia y los españoles ejercían sobre los pueblos indios33. Este dominio violento incluía la represión que fomentaban mediante competencia entre los pueblos indios por privilegios, o bien promoviendo hostilidades interétnicas. Sabemos que los franciscanos arribaron a la región en 1544 y para 1569 les fue retirada la doctrina para pasarla al clero secular. Por lo tanto, podemos deducir que el conflicto de 1564 fue de enorme importancia para los frailes y los dos pueblos en conflicto. Sin embargo, sorprende ver que el litigio judicial apenas toca el asunto a las autoridades españolas o a los frailes en los argumentos esgrimidos en ambos sentidos. Por el contrario, el proceso parece indicar la legitimación de la autoridad española como garante de justicia: la sede jurisdiccional del corregimiento al cual pertenecían ambos pueblos residía en Tlatlauhquitepec desde 1553, y fue precisamente allí, ante el corregidor como representante del rey y en calidad de juez, donde se llevó la querella. El funcionario español en turno se apersonó en San Francisco para “hacer” justicia, y después el proceso fue remitido a la Real Audiencia. Luego entonces, no parece ser un conflicto con autoridades civiles o eclesiásticas españolas, sino que todo el peso de la querella se centra en las autoridades y pilome indias, de un pueblo contra el otro, como veremos a continuación.

21Tanto Leander como Ruíz Medrano sostienen que San Francisco deseaba separarse de San Juan para ser cabecera, entendido este término como los atributos jurídicos sobre otros pueblos más pequeños en población y poder político, que funcionaban como pueblos sujetos. La relación entre un pueblo cabecera y su sujeto implicaba ciertos derechos y obligaciones mutuas, entre ellas el proporcionar servicio y aportar para las obras públicas, la iglesia y el convento, pero cada uno podía tener sus propias autoridades indias. Fue precisamente un problema de supremacía de las élites indias sobre el uso de tierras y caminos, así como el derecho al cobro de tributos, el motivo del conflicto, como ya hemos señalado anteriormente. Sin embargo, Leander atribuye esta búsqueda de supremacía a la intervención de autoridades españolas que buscaban dividir a los pueblos indios para su propio provecho, lo cual queda menos claro en el proceso que nos ocupa. No es posible imaginar que a las autoridades españolas les interesara el control de un pueblo pequeño, con poca población y poder político como lo era San Juan, mucho menos en referencia a San Francisco que tenía mayor población y legitimación política de muy antiguo. Fue una estrategia bastante común entre los funcionarios españoles privilegiar las alianzas con los pueblos que mayor control social les representaran en términos de legitimidad política.

22La pugna, entonces, parece quedar limitada a un conflicto entre la élite india de ambos pueblos, en especial por el servicio de mano de obra, uso de tierras y aguas (como es habitual en los procesos judiciales novohispanos), por lo cual se suscitaron los litigios que finalmente devinieron en el proceso violento. En la interpretación del códice que representa este enfrentamiento entre autoridades indias de ambos pueblos, Leander sostiene que fue auspiciado por los frailes franciscanos, quienes exigían mayores aportaciones y tenían sometidos a los indios a tal extremo que se revelaron contra el sistema. Es ampliamente reconocido entre los historiadores que los frailes solicitaban aportaciones a los indios para sus conventos e iglesias, lo cual provocaba malestar generalizado. Sin embargo, en el caso de San Francisco y San Juan Iztacamaxtitlan no queda claro en qué podría serles útil a los indios el que uno u otro pueblo fungiera como cabecera para aliviar esta situación, ya que de cualquier manera se debería contribuir al convento. Tampoco el litigio registra ni en sus distintas versiones manuscritas, ni mucho menos en la pictórica, el reclamo a ser eximidos de tales obligaciones. Leander considera que la imagen del fraile es central en este conflicto por representar un régimen español contra el cual se revelaban los indios. Según esta investigadora, una parte de los indios apoyaba a los franciscanos porque eran contratados por las autoridades españolas para perseguir a los indios huidos o deudores de tributos. Esta interpretación proviene del propio litigio en el que se señala que los indios topiles (alguaciles del cabildo indio) buscaban en los bosques y quemaban las casas de quienes rehusaban congregarse en el pueblo, donde era fácil obligarles a pagar sus tributos y otras cargas de servicio, entre ellas las dedicadas a la construcción del convento. No obstante, este argumento no explica qué hubiera cambiado con el hecho de ser uno u otro pueblo el encargado de realizar estas tareas, ya que el origen del litigio no eran las contribuciones a los franciscanos o el tributo pagado a la corona en dinero, servicio o especie, sino la supremacía de uno de los dos pueblos. Los cargos de topil en cualquier cabildo indio implicaban, entre otras obligaciones, la tarea de perseguir a quienes evadían el pago de tributos o servicio personal, y perseguir a los huidos. De tal manera que el problema sería el mismo independientemente de qué pueblo tuviera calidad de cabecera.

23Luego entonces el conflicto se focaliza en los dos cabildos, y la figura de los franciscanos resulta de suma relevancia para el argumento, pero no como origen del mismo. Como sostiene Leander, el códice no indica que los franciscanos hayan fungido como mediadores en el conflicto. Sin embargo, su participación tampoco justifica asumirlos como motivo del mismo. Es necesario regresar al documento y tratar de analizarlo bajo otras miradas para buscar propuestas que nos ayuden a entender este proceso. En la lámina del Códice de Iztacamaxtitlán se representa a los indios vestidos a usanza española, aunque descalzos, lo que nos indica que se trata de indios nobles o principales (ver imagen anexa). En el cuadrante superior izquierdo se aprecia un número correspondiente de indios a ambos lados de un fraile, los cuales portan garrotes y piedras con las que se agraden mutuamente. En la parte inferior de este cuadrante, aparecen dos indios tirados, golpeados y sangrando, que portan diadema de turquesa con moño rojo amarrado atrás de la cabeza, signo de autoridad de tlahtoque, antiguo señor. Igualmente, se aprecia que portan varas de mando, lo cual nos indica que formaban parte del cabildo indio. Que ambos grupos en conflicto sean representados con similares atribuciones es de suma importancia y sin embargo parece haber sido pasado por alto en las interpretaciones, ya que implica que en ambos pueblos existía cabildo indio, lo cual es bastante común en conflictos entre pueblos de indios. Lo anterior sugiere, entonces, que cada pueblo tenía sus propias autoridades, como lo evidencia el litigio judicial, y que estaban en conflicto.

24Lo relevante del códice es el hecho de aportar elementos de análisis que no se encuentran en los argumentos del litigio. Uno de ellos es la intervención de los frailes franciscanos en el conflicto que, si bien no los presenta como intermediarios o pacificadores, lo que resulta innegable es el papel protagónico que les atribuye la representación pictórica al situarlos justamente entre los dos bandos en conflicto. ¿Cómo es posible que el proceso judicial no contenga ninguna demanda contra los excesos de los frailes y sin embargo en la representación pictórica se les da a ellos y su convento un lugar protagónico? En la lámina apreciamos que dentro del patio del claustro se encuentra un fraile dialogando con dos indios principales, que portan diadema de turquesa y vara de mando. Posiblemente estos indios nobles eran los que aparecen abatidos y golpeados en el cuadrante superior derecho de la lámina, como si fuera una escena anterior. Las huellas de pie parecen indicar que fueron llevados de esa escena e introducidos por la puerta del convento y la de la iglesia. Sabemos que durante la época virreinal, el fuero eclesiástico permitía que quienes se acogieran a este derecho llamado de “iglesia”, podían quedar protegidos por el fuero eclesiástico. Luego entonces la escena del fraile con los dos principales indios -presumiblemente de ambos bandos, como suele ocurrir con el resto de la pintura que enfatiza en su simetría la participación en igualdad de circunstancias a ambos pueblos- puede ser considerada como una escena que tiene mayores beneficios argumentativos a favor de los franciscanos que contra ellos, ya que garantizaba el uso de un derecho. No es plausible sostener que los indios dejarían de incorporar un elemento tan importante en su demanda legal si los franciscanos fuesen el motivo principal de la querella. Luego entonces el papel de los franciscanos en el disturbio no necesariamente puede interpretarse como el origen del mismo, sino como actores relevantes en el proceso. Recordemos que el convento se encontraba en San Francisco (incluso hasta el día de hoy), por lo que es lógico que los frailes desearan mantener esta cabecera de visita con ayuda del cabildo indio del pueblo, ya que San Juan no tenía convento por ser un pueblo de recién fundación y menor en población. En consecuencia, se justifica el protagonismo asignado en el códice a los franciscanos, pero ello no es una evidencia que sostenga la hipótesis de que los franciscanos auspiciaron el conflicto violento al aliarse con el cabildo indio de San Francisco contra el de San Juan. Nada garantizaba su seguridad ante un tumulto generalizado que en términos políticos significaba un alzamiento, por localizado y coyuntural que fuera, siendo ellos los primeros afectados porque eran una minoría frente a un grupo mayoritario de indios en proceso de cristianización.

25En el extremo superior derecho del códice vemos nuevamente a un fraile franciscano en medio de dos grupos de indios enfrentados, tres de cada lado, representados en igualdad de condiciones. En ambos casos, hay un integrante de cabildo, que porta su vara de mando, tirado y golpeado por los principales del bando opuesto. Es de llamar la atención el cuidado que tuvo el tlacuilo en mantener el equilibrio simétrico para representar ambos bandos en conflicto y el centro dedicado a representar al fraile franciscano. Igualmente, es notable el hecho de que las dos representaciones de figura franciscana se identifican con el glifo de la palabra, haciendo referencia a que los frailes hablaban. En ningún momento son representados con actitudes violentas, ni siquiera con el glifo de gritos. De ello deducimos que los frailes no están vinculados con ninguno de los dos grupos, sin por ello negar la posibilidad de que simpatizaran e incluso apoyaran alguno de los cabildos indios en conflicto. De la pintura también se evidencia que este conflicto estuvo reducido a los nobles y autoridades indias, lo cual se sustenta también con el procesos judicial.

26Es decir, el enfrentamiento violento no fue un alzamiento indio propiamente dicho, ni contra autoridades españolas ni indias, sino un conflicto entre nobles indios, como lo indica el hecho que las agresiones fueran dirigidas contra miembros del cabildo indio del pueblo contrario y no hacia las autoridades españolas ni a los frailes franciscanos. La resolución de este conflicto terminó con una sentencia representada en el cuadrante inferior derecho de la lámina, cuando se aplicó la pena de muerte a los líderes insubordinados, a ambos bandos por igual. Este tipo de sentencia no podía ser ejecutada sino por la intervención de la justicia española y debía ser realizado en el pueblo cabecera, sede del poder real en el distrito, en el caso que nos ocupa, San Francisco. Tanto la autoridad franciscana como los derechos ancestrales del señorío prehispánico, tuvieron en este conflicto un fuerte golpe del cual no se repondrían. La doctrina sería otorgada al clero secular en 1569 y la sede del antiguo señorío de San Francisco Iztacamaxtitlán pasaría ahora al linaje asentado en el pueblo de San Juan. Un cambio trascendental para la historia de la región.

  • 34 Bernardo García Martínez, Los pueblos de la Sierra. El poder y el espacio ente los indios del norte (...)

27El litigio judicial, al igual que el códice, muestra un conflicto entre un mismo linaje noble que buscaba afirmar su supremacía, en especial porque si la nobleza del recién fundado pueblo de San Juan Iztacamaxtitlán obtuviera una resolución a su favor, menguaría la ya cuestionada legitimidad que, el antiguo señorío de San Francisco Iztacamaxtitlán había perdido desde la época de la conquista, por su alianza con el grupo mexica y por su negativa a aliarse con Cortés. Sin embargo había otros intereses en juego dentro del nuevo orden virreinal. San Juan Iztacamaxtitlán significaba también mayores beneficios económicos para los colonos españoles. No debemos pasar por alto que desde inicios del virreinato el principal problema de la corona fue lograr mantener controlada la avaricia y ansia de poder de los colonos españoles. La situación geográfica del recién fundado pueblo de San Juan Iztacamaxtitlán era estratégica por la abundancia de valles fértiles y ricos en aguas, propios tanto para cultivo como para la crianza de ganado, lo cual atrajo a los hacendados españoles34. En contraparte, la cabecera del antiguo señorío, San Francisco Iztacamaxtitlán, había sido un importante puesto militar, construido en lo alto de una cumbre con fines de defensa, de difícil acceso (incluso hoy en día) por terrenos escarpados que en tiempos de lluvias se vuelven particularmente peligrosos. Todos estos factores no favorecían a la nobleza del antiguo señorío, que pese a todo se aferraba a mantener su supremacía sobre el resto de su antiguo dominio. Ello indica que si bien las autoridades españolas no tenían motivos para proteger los intereses del cabildo indio de San Juan Iztacamaxtitlán, los colonos españoles tenían sobradas razones para apoyar el cambio de sede de la cabecera, que traería consigo el debilitamiento político de la antigua nobleza.

  • 35 AML, Fondo Alcaldía Mayor, Caja 1, leg. 3, exp. 5, fols. 1-48. Sigo este documento hasta nueva llam (...)

28El resolutivo del conflicto legal fue desfavorable para la nobleza india de San Francisco Iztacamaxtitlán, a quien se ordenó quedar sujeto a la cabecera que ahora sería el pueblo recién fundado de San Juan. No obstante ello, los litigios no terminaron allí, hubo otros procesos posteriores hasta que en el año de 1587 la Real Audiencia rechazó la solicitud del cabildo indio de San Francisco Iztacamaxtitlán de que se revisara nuevamente la decisión de hacerlo sujeto al de San Juan.35 Este resolutivo tuvo como antecedente otros procesos judiciales entre ambos cabildos, en los cuales se denuncia a las autoridades de San Francisco por abusos de poder de acuerdo a los lineamientos del derecho español. Entre ellos se encuentra por ejemplo, una querella presentada al juez de residencia Alonso de Nava, el 16 de noviembre de 1583 por el cabildo indio de San Juan Iztacamaxtitlán, contra los principales de San Francisco (don Baltasar de Tejeda, don Rodrigo Pérez, don Juan Vázquez, Lucas de Castañeda, y Andrés Pérez). En ella se contiene la petición de remitir el caso a la Real Audiencia para que se emita una provisión real que compela a la autoridades y principales de San Francisco a sujetarse a San Juan Ixtacamaxtitlán. Asimismo, se encuentra el resolutivo emitido el 21 de noviembre de 1583 por Alonso de Nava, juez de residencia, que dicta la orden de compeler al cabildo indio y principales de San Francisco Iztacaxtitlán para que se sometan a la jurisdicción de San Juan. La ordenanza incluye la notificación del auto a los principales de San Francisco Iztacamaxtitlán. La Real Provisión se emitió el 8 de febrero de 1583, ordenando que los indios de la Estancia de San Francisco, sujeto al pueblo de Iztacamaxtitlán, “acudan al dicho Pueblo su cavecera con todos los servicios que son obligados como tal sujeto”. Otro proceso judicial contra el gobierno de San Francisco fue promovido en el pueblo de San Juan Iztacamaxtitlán el 2 de enero de 1583, por el corregidor Juan Sánchez Adriano, contra el gobernador indio de San Francisco Iztacamaxtitlán, don Baltasar de Texeda, y el alcalde en el mismo año don Juan Vázquez, por desacato.

29Finalmente se ratificó la preeminencia jurisdiccional del pueblo de San Juan Iztacamaxtitlán sobre el de San Francisco Iztacamaztitlán, el 13 de febrero de 1587. Con este resolutivo se daría fin a la supremacía de un linaje ancestral que provenía, según argumentaban sus herederos novohispanos, desde épocas de la salida del mítico lugar de Chicomoztoc. La nueva cabecera con sus nobles y principales indios al frente de ella, alcanzaría un enorme poder con el transcurso del periodo novohispano. El corregimiento se trasladaría como sede de poder a esa cabecera y más tarde, ya entrado el siglo XVII sería sede de una alcaldía mayor cuya jurisdicción abarcaría antiguos e importantes señoríos como Quimixtlán, Zacapoaxtla, Cuetzalan, el mismo Tlatlauhquitepeque (que originalmente fue cabecera del corregimiento), Zautla y otros. En el valle de San Juan de los Llanos se establecerían las grandes haciendas jesuitas y de otros ilustres poblanos, siendo este valle el productor de grano más importante en la región, junto con el valle de Atlixco. Los regidores de la ciudad de Puebla tenían, de hecho, sus haciendas en este valle de San Juan de los Llanos y de ellos provenía en gran medida la riqueza de la ciudad y de la región.

Conclusiones

  • 36 AML, Fondo Alcaldía Mayor, Caja 1, leg. 10, exp. 1, fols. 1r-7v.

30La fundación del pueblo de San Juan de los Llanos, segregado de los dominios del poderoso señorío prehispánico de San Francisco Iztacamaxtitlán, tuvo repercusiones inmediatas en toda la región: despojó de poder al linaje ancestral, e incorporó rápidamente otros pueblos y cabeceras al territorio de su jurisdicción. De tal suerte que la administración de la alcaldía mayor de Quimixtlán y del propio pueblo de Tlatlauhquitepeque –sede original del corregimiento­– llegó a ser ejercida por el alcalde mayor de San Juan de los Llanos.36 Este traslado de poder estuvo marcado, igualmente, por recompensas de servicios que los nobles indios aliados hicieron a los españoles. Así, la grandeza y esplendor de la nobleza de la cabecera del antiguo señorío quedaría reducida al papel de un simple pueblo sometido y sin privilegios, y llevaría durante todo el periodo novohispano su calidad de pueblo sujeto como símbolo de su derrota al haberse enfrentado a la alianza entre españoles e indios establecida en la histórica confederación de Zautla, durante la conquista. La lucha por el poder entre representantes de un mismo linaje y la derrota legal de los herederos del dominio del antiguo señorío, marcaría el curso de cada uno de los pueblos, siendo el de San Juan de los Llanos quien recibiría durante el virreinato mayores beneficios y sus caciques serían bien recompensados.

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Notes

1 El análisis sobre las luchas políticas por territorio y privilegios llevadas a cabo por la nobleza india novohispana se plasma en el estudio de una gran diversidad de títulos primordiales, lo cual a su vez ha generado una muy amplia gama de estudios, entre ellos: Juan Manuel Pérez Zeballos y Luis Reyes García, La fundación de San Luis Tlaxialtemalco según los títulos primordiales de San Gregorio Atlapulco, 1519-1606, México, Gobierno del Distrito Federal, Delegación Xochimilco. 2003. Michel R. Oudijk y María de los Ángeles Romero Frizzi, “Los títulos primordiales, un género de tradición mesoamericana. Del mundo prehispánico al siglo XXI”, Relaciones 95, vol. 24, 2003, p. 17-48. Margarita Menegus Bornemann, “Los títulos primordiales de los pueblos de indios”, en Margarita Menegus Bornemann, Dos décadas de investigación en historia económica comparada en América Latina. Homenaje a Carlos Sempant Assadouian, México, El Colegio de México, 1999, p. 137-161. Amos Megged, “Communities of Memory in the Valley of Toluca, the town of Metepec, 1476-1643”. Etnohistory vol. 55 (2), 2008, p. 251-285. Rebeca Horn, Colonial Culhuacan, Nahua-Spanish Relations in Central México, 1519-1650, Stanford, Stanford University Press, 1997. Robert Haskett y Stephanie Wood, “Primordial Titles Revisited, With a New Census and Bibliography”, en Handbook of Middle American Indians-New Edition, Austin, University of Texas Press, (en prensa). Amos Megged, “El relato de memoria de los axoxpanecas (postclásico tardío a 1610 DC)”, Relaciones 122, vol. XXXI, 2010, p. 107-162. Robert Haskett, Visions of Paradise, Primordial Titles and Mesoamerican History in Cuernavaca. Norman, University of Oklahoma Press, 2005. De la misma manera hay una gran diversidad de estudios sobre los caciques indios y sus diferentes estrategias frente a la colonización, entre ellos sobresalen: Serge Gruzinki, La colonización de lo imaginario. Sociedades indígenas y occidentalización en el México Español, siglos XVI-XVIII, México, Fondo de Cultura Económica, 1991. Brian P. Owensby, Empire of Law and Indian Justice in Colonial Mexico, Stanford, California, Stanford University Press, 2008; Ethelia Ruiz Medrano, Mexico´s Indigenous Communities: Their Lands and Histories, 1500 to 2010, Boulder, University Press of Colorado, 2010. Ethelia Ruiz Medrano y Susan Kellogg, (coords.), Negotiation with Domination: Colonial New Spain’s Indian Pueblos confront the Spanish State, Boulder, University of Colorado Press, 2010. Verenice Ramírez Calva, Caciques y cacicazgos indígenas en la región de Tollan, siglos XIV-XVII. Zamora, Michoacán, El Colegio de Michoacán, 2010. Margarita Menegus y Rodolfo Aguirre Salvador, El cacicazgo en Nueva España y Filipinas, México,UNAM, CESU, Plaza y Valdés, 2005.

2 Susan Cline, “Land Tenure and Land Inheritance in Late Sixteenth-Century Culhuacan” en H. R. Harvey y A. J. Prem (eds.), Explorations in Ethnohistory. Indians of Central Mexico in the Sixteenth Century, Albuquerque, University of New Mexico Press, 1984, p. 280-283.

3 Paul Kirchhoff, Lina Odena Güémez y Luis Reyes García, Historia Tolteco-Chichimeca, México, Fondo de Cultura Económica, CIESAS y Gobierno del Estado de Puebla. Colección Puebla, segunda edición, 1988, p. 28.

4 Peter Gerhard, Geografía Histórica de la Nueva España 1519-1821, México, UNAM, 1986, p. 325.

5 Gonzalo Carrillo Vivas, “San Juan de los Llanos”, en Gloria Tirado Villegas, et. al (comp.), Caltanmic Libres, Pue., en el encuentro con su pasado, Puebla, Kirón-Comunicación Gráfica, 1998, p. 10-16.

6 Gonzalo Carrillo Vivas, “San Juan de los Llanos”, p. 16, basado en la información contenida en el Códice Mendocino.

7 Citado en Jesús Rodrigo Balbuena Cabrera, “Sobre la fundación de Libres, Pue.”, en Gloria Tirado Villegas, et. al., Caltanmic Libres, p. 22.

8 Gonzalo Carrillo, “San Juan de los Llanos”, p. 12.

9 José Rebollar Chávez (Versión paleográfica) “Documentos importantes para la historia de San Juan Bautista de los Llanos Villa de los Libres, Puebla”, en Gloria Tirado Villegas, et. al (comp.), Caltanmic Libres, p. 25.

10 José Rebollar Chávez, Documentos importantes, p. 25.

11 Peter Gerhard, Geografía histórica, p. 236, basado en la crónica de Bernal Díaz del Castillo.

12 José Rebollar Chávez, “Documentos importantes”, p. 25.

13 Peter Gerhard, Geografía histórica, p. 236.

14 Archivo Municipal de Libres (de ahora en adelante AML), Fondo Alcaldía Mayor, Caja 7, leg. 3, exp. 7, fols. 9r-10r; Caja 2, leg. 1, exp. 7, fols. 18r-19v y Caja 6, leg. 7, exp. 8, fols. 28r-34r.

15 Peter Gerhard, Geografía Histórica, p. 236.

16 José Rebollar Chávez, “Documentos importantes”, p. 25-27.

17 AML, Fondo Alcaldía Mayor, Caja 1, leg. 9, exp. 2, fols. 5r-8r.

18 AML, Fondo Alcaldía Mayor, Caja 1, leg. 5, exp. 1, fols. 1r-10r.

19 El hecho de nombrar como patrono a San Juan Bautista parece estar vinculado a la zona rica en aguas por su ubicación a la entrada de la sierra. Los indios nahuas de la congregación que dio origen a la fundación reconocieron en la advocación cristiana de San Juan Bautista a la del agua de su antigua religión, lo cual ha quedado grabado en la memoria colectiva hasta nuestros días, como lo muestran las leyendas asociadas a las deidades del agua en el cerro de San Juan, entre ellas sobresalen los relatos de que el día de San Juan Bautista, el 24 de junio, aparecen los “encantos”. Los encantos son relatos nahuas relacionados con el agua y la vida.

20 Peter Gerhard, Geografía Histórica, p. 237.

21 Peter Gerhard, Geografía Histórica, p.  236.

22 De este proceso existen testimonios escritos resguardados en el Archivo Municipal de Libres, Fondo Alcaldía Mayor; y en el Códice Iztacamaxtitlán que se resguarda en la Biblioteca Nacional de Francia, Documento 75, Colección ExAubin.

23 Ethelia Ruíz Medrano, “BNF Mexicain 75. San Juan Ixtacmaxtitlán”, en Memoria Textual indígena: Elementos de su escritura. Diario de Campo. Suplemento no. 35. México, Instituto Nacional de Antropología e Historia, 2005, p. 48. Ruiz Medrano atribuye el nombre del códice a San Juan Iztacamaxtitlán, cuando en realidad toda la escena y proceso sucede en San Francisco Iztacamaxtitlán, como se verá en el resto del argumento.

24 Ruíz Medrano, “BNF Mexicain 75”, p. 51.

25 AML, Fondo Alcaldía Mayor, Caja 1, leg. 3, fol. 5v-6r.

26 Ruíz Medrano, “BNF Mexicain 75”, p. 51.

27 Ruíz Medrano, “BNF Mexicain 75”, p. 52.

28 Georges Baudot, La pugna franciscana por México. México, Colección Los noventa, n°. 36. Alianza Editorial Mexicana y CONACULTA, 1996, p. 35.

29 Peter Gerhard, Geografía Histórica, p. 236.

30 Ruíz Medrano, “BNF Mexicain 75”, p. 53.

31 Margarita Menegus Bornemann, Del señorío indígena a la república de indios. El caso de Toluca, 1500-1600. México, Consejo Nacional para la Cultura y las Artes, 1994, p. 65.

32 Códice Ixtacmaxtitlán, Documento 75 de la Biblioteca Nacional de Francia. Lámina a color en papel europeo, 22 x31 cm., con proceso judicial en 53 páginas.

33 Birgitta Leander, Códice de Iztacamaxtitlán, de próxima publicación en la editorial L’Anxaneta. Citado en Carlos Montemayor, “El Códice de Iztacmixtitlan”, en Proceso, núm. 1704, publicada el 28/06/2009. En este análisis sigo también los argumentos esgrimidos por la doctora Leander en dos conversaciones que hemos sostenido para hablar sobre este tema, por las cuales le expreso mi reconocimiento.

34 Bernardo García Martínez, Los pueblos de la Sierra. El poder y el espacio ente los indios del norte de Puebla hasta 1700, México, El Colegio de México, 1987, p. 161.

35 AML, Fondo Alcaldía Mayor, Caja 1, leg. 3, exp. 5, fols. 1-48. Sigo este documento hasta nueva llamada.

36 AML, Fondo Alcaldía Mayor, Caja 1, leg. 10, exp. 1, fols. 1r-7v.

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Lidia E. Gómez García, « Un linaje enfrentado por el poder: don Francisco Temamascuicuil y don Pedro Solcuatzin, caciques de Iztacamaxtitlan, siglo XVI »Nuevo Mundo Mundos Nuevos [En ligne], Débats, mis en ligne le 31 janvier 2011, consulté le 29 mars 2024. URL : http://journals.openedition.org/nuevomundo/60646 ; DOI : https://doi.org/10.4000/nuevomundo.60646

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Auteur

Lidia E. Gómez García

Colegio de Historia-FFyL – Benemérita Universidad Autónoma de Puebla

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