Navigation – Plan du site

AccueilRubriquesColloques2012Primer Taller para el Estudio de ...Redes de prostitución y cotidiani...

2012
Primer Taller para el Estudio de la Justicia en Chile. Las fuentes: aproximaciones metodológicas

Redes de prostitución y cotidianidad del lupanar. El oficio de prostituta desde el testimonio de María Espinoza Cabezas (Santiago de Chile, 1908)

Ignacio Ayala Cordero

Résumés

À partir de la plainte, des déclarations de l’enquête et des confrontations du procès de María Espinoza contre Armando Olivares pour meurtre et autres crimes, cette contribution rend compte de la quotidienneté de l’exercice de la prostitution et des réseaux sociaux qui agissent comme condition de son développement. L’observation est menée du point de vue des « internées » comme sujets, afin de comprendre leurs motivations pour entrer et demeurer dans cette activité. Les relations avec l’autorité au sein de la maison close, la traite de femmes blanches, les rapports à l’autorité, la législation concernée et comment les prostituées accèdent à la justice sont les axes que cette recherche entend articuler.

Haut de page

Texte intégral

  • 1  Certificado de nacimiento de María Perpetua Espinoza Cabezas, Santiago de Chile, 6 de febrero de 1 (...)
  • 2  Declaración de María Espinoza Cabezas, Santiago, 21 de enero de 1908. Ibíd. fs. 5.

1El 21 de enero de 1908, María Perpetua Espinoza Cabezas –nacida el 12 de julio de 18911  y de oficio “costurera”– realizó una denuncia ante el jefe de la Sección de Seguridad de Santiago, Eugenio Castro Rodríguez. María, domiciliada en calle Las Hornillas N° 60 (actual Av. Fermín Vivaceta), que había estado “una vez presa por reclamos de su madre porque no quería irse a su casa2, informó el homicidio de “un soldado del Ejército”, perpetrado por Armando Olivares, dueño de la casa en que ella ejerció la prostitución entre enero y noviembre de 1907. Alrededor del homicidio, principal motivo de su denuncia, figuran también una serie de prácticas y relaciones sociales en el contexto del lupanar de calle Maipú N° 15. Las indagaciones judiciales consecuentes, que se desarrollaron entre el 21 de enero de 1908 y el 4 de diciembre de 1909, forman un expediente de 558 fojas, que permiten una pormenorizada aproximación a la cotidianidad prostibularia en la ciudad de Santiago hacia la primera década del siglo XX.

Materialidad y disponibilidad del expediente

2La denuncia de María Espinoza corre entre las fojas 1 y 4 vuelta del expediente criminal caratulado “2° Juzgado del Crimen de Santiago, contra Armando Olivares, Ester Marchant, Alfredo Aguilera, Manuel Guajardo, Clodomira Valdés, Rosa Amelia Argomedo y Rosa Báez, por Homicidio y otros delitos. Iniciada en 22 de enero de 1908”. Este documento está disponible en la Sala de Lectura del Archivo Nacional Histórico de Chile, y forma parte del relativamente pequeño conjunto de expedientes criminales correspondientes a Santiago que se encuentran catalogados para consulta.

3En términos de materialidad, el expediente criminal contra Armando Olivares se encuentra en buenas condiciones, y dentro de las características que es posible destacar para fines de investigación, están los anexos entre los que se incluyen ejemplares de tres periódicos : El Chileno de 23 de enero de 1908, con su titular “Un Antro de Crímenes. Importante descubrimiento criminal. El robo y la corrupción organizado por un infame. Enérjica actuación del Sr. Cruz Cañas”; El Diario Ilustrado de 7 de marzo de 1908; y La Unión de viernes 30 de julio de 1909.

4El expediente no se encuentra mutilado y, aún cuando ha sufrido la acción de humedad, mala manipulación y otros factores externos, no resulta entorpecido el proceso de lectura y transcripción. La materialidad de los periódicos anexos hace imposible su lectura –están cosidos al cuerpo documental por la mitad, lo que impide abrir las hojas y ver algo más que una parte de la portada–, sin embargo estos diarios están disponibles para consulta en el sector de Microformatos en el subterráneo de la Biblioteca Nacional de Chile.

Causas que inducen a María para entrar en el ejercicio de la prostitución

5Ya en la denuncia que da inicio al proceso criminal contra Armando Olivares, María Espinoza da a conocer algunos indicios de sus motivaciones para prostituirse. Según los antecedentes presentados en tal instancia, María habría sido violada por Oscar Isaías Cerda, tras haber sido incitada por éste a beber licores fuertes de manera abundante, durante el primero de enero de 1907. En sus palabras,

  • 3  Denuncia de María Espinoza Cabezas, Santiago, 21 de enero de 1908. Ibíd. fs. 1-1 vta.

“(…) cuando desperté a la mañana siguiente [2 de enero] me impuse de que Oscar Cerda había abusado carnalmente de mí. Hasta entonces yo había permanecido doncella. Sin hacer cargo alguno a dicho individuo, me retiré de su casa y, temerosa de lo que pudiera ocurrirme en la de mis padres por haberme quedado afuera esa noche, resolví ir a casa de una señora amiga”3.

  • 4  Declaración de María Espinoza Cabezas, Santiago, 4 de febrero de 1908. Ibíd. fs. 129.
  • 5  Declaración de María Espinoza Cabezas, Santiago, 4 de febrero de 1908. Ibíd. fs. 129.

6El mismo 2 de enero, por la noche, María Espinoza habría salido de la casa de Cerda, rumbo a la de Elvira Silva –“a quien conocía por haber sido sirviente de mi familia”–, en el conventillo de “El Diablo” en Avenida Independencia. Allí permaneció hasta el día siguiente, “cuando llegó la ciega Clodomira [Valdés Plaza], a quien conocía de vista y sabía que era cantora4, quien se ofreció a darle alojamiento en su casa. Ya en 4 de enero, Clodomira Valdés convidó a María Espinoza a visitar a dos de sus hijas “que según me dijo estaban empleadas en una casa muy rica de la calle de Maipú”. Al decir de María, “muy luego me di cuenta yo que me encontraba en una casa de remolienda juzgándola por las apariencias (…) y le contaron en mi presencia a la Clodomira la cantidad de cuarenta pesos5. Ese dinero se entregó a Clodomira por concepto de venta de María, a la sazón menor de dieciséis años de edad.

7Otra de las motivaciones de María Espinoza para ejercer de prostituta aparece en su Boleta de Inscripción. Hacia 1908, la Inspección Sanitaria Municipal era la entidad encargada de la inscripción de las prostitutas. La Boleta de Inscripción era el documento que separaba el ejercicio regular de la prostitución del clandestino, y se exigía su presentación durante las visitas periódicas del médico municipal a los lupanares.

  • 6  Inspección Sanitaria Municipal de Santiago. Boleta de Inscripción N° 451, de Blanca Maldonado. Ibí (...)

8La Boleta de Inscripción N° 451 de Blanca Maldonado –alias con que María Espinoza se matriculó en dicha repartición para entrar a ejercer su oficio en la casa de tolerancia “El Sol y la Luna”– en la Inspección Sanitaria Municipal de Santiago, establece como las “Causas que la inducen para entrar en el ejercicio de la prostitución”, el “no desear trabajar”; así mismo reconoce el hecho de que María efectivamente habría ejercido la prostitución clandestina anteriormente6.

9A la luz de la documentación citada, las motivaciones para llegar a ejercer la prostitución por parte de María Espinoza son múltiples. En primer lugar, el temor por el castigo que esperaba recibir en caso de regresar a su casa; a ello puede sumarse la vergüenza por la violación de que habría sido víctima por parte de Oscar Cerda. Estos sentimientos de temor y vergüenza habrían actuado como precondición para verse víctima del engaño de Clodomira Valdés, quien tras ofrecerle una pretendida ayuda, terminará vendiéndola por cuarenta pesos. En cuanto a los antecedentes que entrega la Boleta de Inscripción, más que causas que inducen a la prostitución, corresponderían a la explicación sobre la permanencia de María en dicho oficio. En razón de ello, se puede establecer que tras haber sido inducida a la prostitución por el engaño de que se hizo presa, habría mantenido dicha ocupación porque “no deseaba trabajar”.

“… Y así siguió mi vida en esa casa”

10La aproximación a la cotidianidad en el prostíbulo de calle Maipú N° 15, donde María Espinoza estuvo asilada, ejerciendo la prostitución entre enero y noviembre de 1907, se plantea a partir de tres ejes principales : 1) alimentación y salud; 2) ejercicio de la prostitución; 3) castigos.

  • 7  Denuncia de María Espinoza Cabezas, Santiago, 21 de enero de 1908. Ibíd. fs. 3.
  • 8  Ibíd. fs. 4 y 4 vta.

111. Alimentación y salud. La denuncia y posteriores declaraciones y careos de María Espinoza Cabezas durante el desarrollo del proceso judicial permiten construir la idea de que la alimentación era, cuando menos, deficitaria. En la denuncia de 21 de enero, María reconoce que las prostitutas son “muchas veces privadas del alimento por causas insignificantes7. En cuanto a la salud, aunque ella reconoce la puesta en marcha de la regulación vigente, con la visita tres veces por semana del médico municipal, también da cuenta de las estrategias empleadas por el dueño Armando Olivares para esquivar las potenciales multas por violación de tales reglamentos. Al respecto declara María que “Olivares es quien cura a las niñas de la casa que se enferman de males venéreos, haciéndolas sufrir mucho, y el médico municipal sólo ve a las que están sanas, pues no le presentan a las demás”; también da cuenta de que “a la fecha que yo me retiré de la casa de Olivares, había como seis niñas que no habían sido inscritas en la Municipalidad8, violando de este modo la reglamentación sanitaria.

  • 9  Informes de Sanidad de Blanca Maldonado [María Espinoza Cabezas], Eloisa Carrera, Juana Rosa Collí (...)

12Otro fragmento documental que permite una más acabada aproximación a las condiciones de salud e higiene que cotidianamente se vivían en el prostíbulo, corresponde a los Informes de Sanidad evacuados por el Doctor Luis Ávalos9. Según estos antecedentes periciales, Blanca Maldonado (álias de María Espinoza Cabezas) fue chequeada el 2 de febrero de 1907 y resultó estar enferma de “gonorrea y chancro blando”. El mismo día, otra asilada examinada por el médico municipal, Eloisa Correa, también tenía “gonorrea”, pero acompañada de “sarna”. Las continuas bajas y altas por concepto de estas enfermedades, de que da cuenta el Informe, reflejan un constante foco de contagio de enfermedades venéreas en las casas de tolerancia.

  • 10  Declaración de María Espinoza Cabezas, Santiago, 21 de enero de 1908. Ibíd. fs. 5.

132. Ejercicio de la prostitución. Según declaraciones de María Espinoza, “los días que se remuele en esta casa y que se llena de gente son los sábados y domingos. Los otros días se llaman días de semana y viene uno que otro visitante10.

14En circunstancias que se refería al motivo principal de su denuncia, el homicidio de un joven soldado, María relató :

  • 11  Ibíd. fs. 5 vta.

“Cuando llegó el militar, que sería como las nueve de la noche, todas estábamos durmiendo y el patrón nos hizo levantar para que el militar escojiese la niña que le gustaba. Principió la fiesta y el militar escojió a la niña Carmela [Carmen Luisa Fernández] (…) Al ir a acostarse como a la una de la mañana, el militar exijió a Olivares le devolviese los diez pesos que había dado por la noche, porque la Carmela estaba enferma. De repente viene Olivares para su pieza y se aparece en el último patio donde tenía la escena, y desde muy cerca le dispara un balazo al militar, que cayó al suelo, muerto”11.

  • 12  Denuncia de María Espinoza Cabezas, Santiago, 21 de enero de 1908. Ibíd. fs. 3 vta.

15Obligadas a tener sexo con los clientes aunque se hallasen enfermas, también habría sido característico del régimen de prostitución en casa de Olivares el obligar a las prostitutas a hurtar dinero y especies a los hombres cuando estaban dormidos o ebrios. Al respecto, la Espinoza declara que “en una ocasión llegó un caballero del Norte (…) Como se quedara conmigo, Olivares me escijió (sic.) que tan pronto como se durmiera la rejistrara los bolsillos y le hurtara el dinero. Así lo hice, y le sustraje cuatrocientos pesos12.

16De este modo, se puede establecer que la rutina prostibularia implicaría un oficio principalmente de fin de semana, aunque esporádicas visitas se recibían entre lunes y viernes. Se desarrollaban fiestas con cantoras, baile y consumo de bebidas alcohólicas, como antesala del sexo que se desarrollaba en el dormitorio de la “asilada” que resultara elegida por el cliente, previo pago de una suma determinada que en este caso ascendería a los diez pesos. El dueño de la casa y la regenta actuaban al mismo tiempo como “posibilitadores” de este comercio sexual, administradores del negocio y personal de seguridad ante los reclamos de los desprevenidos clientes, que –en el caso de la casa de tolerancia de Maipú N° 15– eran constantes víctimas de hurtos, de eventuales contagios por las enfermedades venéreas de las prostitutas –obligadas a trabajar en tales críticas circunstancias higiénicas–, e incluso de la muerte.

173. Castigos. Junto a las condiciones de salud, alimentación y rutina semanal de la casa, constituiría también parte de la cotidianidad del lupanar, el castigo y las formas de control ejercidas por el dueño de casa y su regenta (y esposa), Rosa Amelia Argomedo (o Salazar). Al respecto, María declara : “Debo hacer presente que de esa casa no sale ninguna niña a la calle, para nada, ni se les permite retirarse cuando ella quiere, todas son tratadas duramente…”.

18Respecto de la obligación a que estaban sometidas por parte de Olivares y la Argomedo, de hurtar las pertenencias de los clientes ebrios o dormidos, María da cuenta de que en caso contrario “me habrían dado de palos como lo hacían con otras niñas. A Juana Rosa Collín, que ahora está de prostituta en una casa de calle Ricardo Santa Cruz, le hirieron las piernas a palos porque no le robó la plata a un caballero”.

  • 13  Ibíd. fs. 3 y 4.

19En este caso, la muerte también era una posibilidad concreta para ellas, de lo que da cuenta la misma María, por los rumores y conversaciones de otras prostitutas, al decir que “he sabido que éste [Armando Olivares] mató á dos caballeros y á una niña de la misma casa, y que aquellos están sepultados, uno en la despensa y el otro en el salón, debajo del piano. Ignoro dónde esté la niña13.

Redes Sociales

20Al igual que en la sección anterior, la aproximación a este complejo entramado social y sus protagonistas tiene su anclaje en los testimonios de María Espinoza Cabezas en el proceso contra Armando Olivares, dueño de la casa de tolerancia de calle Maipú N° 15.

  • 14  Molina, José Luis, Carlos Lozares Colina y Alejandra García Macías, “Presentación: El análisis de (...)
  • 15  Mitchel, J. C., “The Concept and Use of Social Networks”, citado en María Isabel Sánchez Balmaseda (...)

21El relevamiento de estas redes constituye la antesala de un análisis de redes sociales más exhaustivo, considerado como una aproximación metodológica al estudio de la realidad social a partir del estudio de las relaciones sociales que existen entre determinados sujetos. La idea que sostiene esta aproximación es que “lo social no se construye a través de categorías o atributos, sino a través de los lazos o vínculos entre sujetos14. En tanto herramienta, el análisis de redes sociales surge a partir de la aplicación de modelos matemáticos (Teoría de Grafos) aplicados al análisis social, según la cual las redes corresponderían a un conjunto de nodos –sean personas o conjuntos de personas– que establecen relaciones con otros a partir de vínculos. Son precisamente estos vínculos los que reciben la atención fundamental, ya que a partir de ellos es posible establecer explicaciones sobre la conducta de los actores implicados en la red. En palabras de J. C. Mitchell, una red social es “(...) un conjunto específico de conexiones entre un conjunto definido de personas, con la propiedad adicional de que las características de estas conexiones como un todo pueden utilizarse para interpretar el comportamiento social de las personas implicadas15.

22Poniendo de relieve las redes sociales susceptibles de ser reconstruidas a partir de las palabras de María Espinoza en el expediente criminal, se destacan tres tipos : 1) la trata de blancas como modo de acceder a la vida prostibularia; 2) la transferencia de la propiedad de los prostíbulos; 3) el circuito de las casas de tolerancia de que da cuenta la “carrera” de cada prostituta.

231. La trata de blancas. Se trata del ejercicio de la prostitución como consecuencia de un intercambio económico entre dos (o más) actores, a cambio de un pago económico o de otro tipo.

24En el caso de María Espinoza Cabezas, y tal como queda de manifiesto en el apartado anterior, su ingreso a las redes de prostitución sería consecuencia del intercambio monetario entre Rosa Amelia Argomedo (con el beneplácito de Armando Olivares) y Clodomira Valdés, cuyo monto asciende a $40. En este sentido, serían Clodomira y Rosa (además de Olivares), los sujetos en esta transacción, siendo María el objeto de intercambio.

252. Transferencia de la propiedad de los prostíbulos. Armando Olivares no sólo era propietario del lupanar de Maipú N° 15. Esta propiedad estaba comunicada con una segunda, que le pertenecía y que destinaba a la misma actividad, en Maipú N° 11. Poseía además una tercera propiedad, también prostíbulo, en calle Sama N° 1057. Por último, Armando era dueño de otra casa de tolerancia ubicada en Miraflores N° 681. Esta situación da cuenta de un rufián de oficio, organizado y posicionado en distintos barrios de la ciudad, lo que permite entender que su defensa en el juicio haya sido asumida por el connotado penalista Robustiano Vera, como consta a través del proceso.

  • 16  Declaración indagatoria de Armando Olivares, Santiago, 28 de enero de 1908. ANHFJCS, Legajo 1666, (...)

26La indagación realizada en la propiedad del prostíbulo de calle Miraflores N° 681 da cuenta de una activa red de propietarios, y con mayor claridad, del ascenso de Olivares en su carrera rufianesca. Se trata de una red situada “por arriba” o por encima de la prostitución, que implica un entramado social que posibilita el desarrollo de esta forma de prostitución. Según declaraciones prestadas por el mismo Armando Olivares, y numerosos testimonios de las mujeres asiladas en algún momento en dicho lupanar, la cadena de propietarios de dicho establecimiento sería como sigue : primero perteneció a un tal Manuel Neira (o Yáñez), quien lo vendió a Manuel Guajardo; este segundo propietario fue la pareja de la madre de Armando Olivares. Armando Olivares, su tercer dueño, habría adquirido el prostíbulo hacia diciembre de 190716.

273. El circuito de las casas de tolerancia y la trayectoria de las prostitutas. La “carrera” de María Espinoza Cabezas en el ejercicio de la prostitución que puede extraerse de sus testimonios y careos traza su paso por al menos cuatro casas de tolerancia entre el 4 de enero de 1907 y octubre de 1909.

  • 17  Informes de Sanidad de Blanca Maldonado [María Espinoza Cabezas], Eloisa Carrera, Juana Rosa Collí (...)

28A partir del Informe de Sanidad17 evacuado por orden del Juez del Crimen Neftalí Cruz Cañas –magistrado que llevó adelante el proceso por homicidio y otros delitos, contra Armando Olivares y otros–, existe la documentación para establecer que María ejerció la prostitución regular entre el 4 de enero y noviembre de 1907 en casa de Armando Olivares (Maipú N° 15); entre marzo y junio de 1908 en la casa de tolerancia “El Sol y la Luna”, propiedad de Bartolomé Futeza (Sama N° 1109); durante noviembre de 1908, en casa de Isolina Matus (Lord Cochrane N° 770); y durante octubre de 1909, en el lupanar de María Pardo (Línea N° 1668). Estas fechas corresponden a los diagnósticos de enfermedad y restablecimiento (las “bajas” y “altas”) de Blanca Maldonado (alias de María Espinoza), establecidas por el médico municipal encargado de la inspección de las mencionadas casas.

29A partir de este circuito, es posible reconocer el ejercicio de la prostitución como una alternativa de subsistencia que plantea una oferta amplia de “lugares” para estar “asiladas” –oferta disponible para las prostitutas– y una efectiva circulación, en ellos, por parte de las prostitutas. Además de los malos tratos recibidos en Maipú N° 15, también este punto de vista puede explicar la fuga de María Espinoza en noviembre de 1907, como una estrategia económica de incorporación a otra opción de oficio, más conveniente.

30En definitiva, una vez incorporada a las redes de prostitución en el Santiago de 1908, María Espinoza Cabezas habría escogido seguir en ese oficio “por no desear trabajar”, pero desarrollando estrategias de insubordinación respecto de los rufianes, susceptibles de construir más que una terrible sujeción a una realidad incontrolada, una opción de supervivencia con márgenes personales de elección y abandono.

Palabras Finales

31A lo largo de esta investigación se ha pretendido una aproximación a la historia social de la prostitución desde el punto de vista de una de sus protagonistas, María Espinoza Cabezas. Su denuncia y posteriores intervenciones en el proceso contra Armando Olivares, Ester Marchant, Alfredo Aguilera, Manuel Guajardo, Clodomira Valdés, Rosa Amelia Argomedo y Rosa Báez, por homicidio y otros delitos, permitieron relevar distintas aristas del ejercicio de la prostitución en el Santiago de inicios del siglo pasado, y por extensión, las posibilidades del expediente criminal como soporte documental para una historia “desde abajo” de la marginalidad social urbana, construida a partir de testimonios de una prostituta.

32Ello, aun cuando la situación judicial en que se lleva a cabo el proceso criminal corresponde a una relación asimétrica entre el aparato judicial y los sujetos subalternos –en calidad de denunciantes, testigos, víctimas o acusados– cuyos testimonios están mediatizados por los saberes “expertos” de abogados, actuarios y secretarios de Juzgado; sin embargo, circulan entre las fojas de los expedientes criminales como huellas que dan cuenta de su historicidad.

Haut de page

Notes

1  Certificado de nacimiento de María Perpetua Espinoza Cabezas, Santiago de Chile, 6 de febrero de 1908. Archivo Nacional Histórico, Fondo Judicial Criminal de Santiago (en adelante ANHFJCS), Legajo 1666, pieza 1. “2° Juzgado del Crimen de Santiago, contra Olivares, Armando y otros, por Homicidio y otros delitos”. fs. 143.

2  Declaración de María Espinoza Cabezas, Santiago, 21 de enero de 1908. Ibíd. fs. 5.

3  Denuncia de María Espinoza Cabezas, Santiago, 21 de enero de 1908. Ibíd. fs. 1-1 vta.

4  Declaración de María Espinoza Cabezas, Santiago, 4 de febrero de 1908. Ibíd. fs. 129.

5  Declaración de María Espinoza Cabezas, Santiago, 4 de febrero de 1908. Ibíd. fs. 129.

6  Inspección Sanitaria Municipal de Santiago. Boleta de Inscripción N° 451, de Blanca Maldonado. Ibíd. fs. 332.

7  Denuncia de María Espinoza Cabezas, Santiago, 21 de enero de 1908. Ibíd. fs. 3.

8  Ibíd. fs. 4 y 4 vta.

9  Informes de Sanidad de Blanca Maldonado [María Espinoza Cabezas], Eloisa Carrera, Juana Rosa Collín y Blanca Pérez, Santiago, 10 de noviembre de 1909. Ibíd. fs. 516 a 518.

10  Declaración de María Espinoza Cabezas, Santiago, 21 de enero de 1908. Ibíd. fs. 5.

11  Ibíd. fs. 5 vta.

12  Denuncia de María Espinoza Cabezas, Santiago, 21 de enero de 1908. Ibíd. fs. 3 vta.

13  Ibíd. fs. 3 y 4.

14  Molina, José Luis, Carlos Lozares Colina y Alejandra García Macías, “Presentación: El análisis de redes sociales en España y Latinoamérica”, en Redes. Revista hispana para el análisis de redes sociales,2002 (vol. 1), n°1, Disponible en: http://revista-redes.rediris.es/.

15  Mitchel, J. C., “The Concept and Use of Social Networks”, citado en María Isabel Sánchez Balmaseda, Análisis de redes sociales e historia: una metodología para el estudio de redes clientelares, Tesis Doctoral, Facultad de Filosofía, Departamento de Lógica y Filosofía de la Ciencia, Universidad Complutense de Madrid, Madrid, 1995, p. 10.

16  Declaración indagatoria de Armando Olivares, Santiago, 28 de enero de 1908. ANHFJCS, Legajo 1666, pieza 1. Ibíd. fs. 53 vta.

17  Informes de Sanidad de Blanca Maldonado [María Espinoza Cabezas], Eloisa Carrera, Juana Rosa Collín y Blanca Pérez, Santiago, 10 de noviembre de 1909. Ibíd. fs. 516 a 518.

Haut de page

Pour citer cet article

Référence électronique

Ignacio Ayala Cordero, « Redes de prostitución y cotidianidad del lupanar. El oficio de prostituta desde el testimonio de María Espinoza Cabezas (Santiago de Chile, 1908) »Nuevo Mundo Mundos Nuevos [En ligne], Colloques, mis en ligne le 11 juillet 2012, consulté le 08 décembre 2023. URL : http://journals.openedition.org/nuevomundo/63510 ; DOI : https://doi.org/10.4000/nuevomundo.63510

Haut de page

Auteur

Ignacio Ayala Cordero

Magíster en Historia con mención en Historia de América
Universidad de Chile
ignacio.ayala.c@gmail.com

Articles du même auteur

Haut de page

Droits d’auteur

CC-BY-NC-ND-4.0

Le texte seul est utilisable sous licence CC BY-NC-ND 4.0. Les autres éléments (illustrations, fichiers annexes importés) sont « Tous droits réservés », sauf mention contraire.

Haut de page
Rechercher dans OpenEdition Search

Vous allez être redirigé vers OpenEdition Search