María Paula Polimene (coord.), Autoridades y prácticas judiciales en el Antiguo Régimen. Problemas jurisdiccionales en el Río de la Plata, Córdoba, Tucumán, Cuyo y Chile, Prohistoria Ediciones, Rosario, 2011, 265 p.
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justicia, historia social, historia de la justicia, historia política, cultura judicialTexte intégral
- 1 Otros seis trabajos están compilados en el segundo producto de este encuentro, publicado también po (...)
1Nueve estudios surgidos de las ‘Primeras Jornadas de Historia Social de la Justicia’, realizadas en Rosario, Argentina, durante el mes de agosto de 2010, se encuentran compilados en el libro que reseñamos1. Son resultado de un fructífero encuentro académico que contó con la presencia “apadrinadora” de dos consagrados investigadores argentinos, Juan Carlos Garavaglia, en la conferencia inaugural, y de Raúl Fradkin, en los comentarios.
2La característica compartida es que todos ellos tratan distintos aspectos relativos a las prácticas de justicia, miradas desde autoridades con capacidad de juzgar o que son enjuiciadas, durante el periodo colonial hispanoamericano, abarcando jurisdicciones del actual cono sur y cubriendo un amplio radio: desde el Río de la Plata hasta Chile, pasando por Cuyo, Córdoba y Tucumán, se trata de adentrarse profundamente en cuestiones relativas al quehacer cotidiano de las autoridades de justicias existentes, de los litigios, de las vicisitudes, de los excesos y distorsiones y de los devenires de ciertos actores judiciales. La mirada acuciosa y fina permite comprender múltiples resortes y asir –en el sentido de aprehender y de manipular para acceder a mecanismos fundamentales– problemas que están en el cruce de la historia política, la historia social y la historia cultural. En efecto, haciendo un esfuerzo por concentrarse en los conflictos que surgen desde los expedientes mismos, y también una apuesta por seguir las historias de vida, los autores realizan análisis próximo de la temporalidad de los individuos, deteniéndose muchas veces en el ritmo de los acontecimientos para explicar decisiones, reacciones, tácticas y apuestas expresadas a escala humana más que a escala de instituciones o de procesos, sin por ello dejar de insertar los análisis precisamente en estos ritmos mayores, que los contextualizan y que, en más de una manera, los guían. Dotados en su mayoría de plumas ágiles, con estilos pedagógicos y sencillos, los autores demuestran la importancia de detenerse en las subjetividades para entender movimientos de la historia que hasta ahora han sido, o bien señalados con pinceladas gruesas y hasta insultantes –cuando se habla de los “sectores populares” o “capas medias”, diluyendo a la pasada cientos de individualidades, o resumiéndolos a una colección de anécdotas, calificadas por los mismos autores como “sin importancia”–, o bien simplemente ignorados, especialmente por la historia política. En este sentido, se trata de una compilación de historia de la justicia observada a micro escala, de calidad notable por su rigurosidad, que posiciona a la historiografía argentina en la vanguardia de esta corriente de la historia actual.
3Me parece que el aporte más consistente lo constituye la especialización temática de los autores, en el sentido de que cada uno proviene de una trayectoria anclada en otras especialidades que la historia de la justicia solamente, y que, por lo tanto, aporta saberes sólidos para enriquecer aún más la historia de la justicia que se ofrece hacer. La mayoría de los autores son argentinos y tienen ya trayectoria en investigaciones: se trata de historiadores de lo social y de lo político (D. Barriera, M. P. Polimene, I. Polastrelli, E. Molina y I. Sanjurjo), de la economía y población (C. Birocco), de la demografía (M. E. Rustán), de las instituciones católicas (M. E. Barral), o de la historia del derecho (R. Zamora). Varios están vinculados a grupos de estudio que han realizado aportaciones contundentes a la historiografía, con miradas regionales pero en permanente diálogo con corrientes mayores. Se trata de jóvenes profesionales especializados en historias locales, y algunos con importante experiencia como directores de diversos proyectos (la mayoría de investigación y editoriales), que se están labrando, con mucho entusiasmo y compromiso profesional, un camino propio en el activo mundo de la historia social y política argentina.
4Cinco artículos abordan situaciones locales del Río de la Plata; otros dos tratan de Mendoza, en Cuyo, y otros dos de Córdoba y de Tucumán, respectivamente. Chile es representado de manera exclusiva por el trabajo de la historiadora Carolina González Undurraga, que con su temática y con la mirada panorámica que entrega de la historiografía actual acerca de la justicia en Chile, contribuye a posicionar el tímido lugar que esta historiografía todavía ocupa en los estudios de historia de aquel país. Comenzamos la breve síntesis de contenidos con este trabajo, porque además posiciona en el centro de la actividad de justicia a actores que no se relacionan con las élites ni con las autoridades si no es para solicitar atención sobre asuntos muy específicos: los esclavos. Mediante una muestra de 159 expedientes de litigación esclava pesquisados en los fondos de Capitanía General y Real Audiencia del Archivo Nacional de Chile, correspondientes al período 1700-1810, y que son analizados en el marco de la investigación doctoral, la autora establece líneas de investigación en distintos frentes, situando en el centro la dupla esclavos-justicia. Surgen así aspectos acerca de sus discursividades; de las redes sociales en las que están insertos y que de varias maneras los sostienen y permiten que existan en justicia; de las posibilidades de conseguir lo que demandan. Y también plantea interrogantes acerca de los hombres de la justicia que están vinculados con la población esclava litigante, fundamentalmente los Procuradores de Pobres. Mediante tablas y gráficos que entregan resultados preliminares sobre los objetivos de los litigantes esclavos a lo largo de estas décadas, la autora ahonda en prácticas judiciales desarrolladas en instancias chilenas de justicia relativas a un segmento de la población que, en los últimos ocho años ha conquistado cada vez más historiadores.
5Esta publicación organiza sus artículos por orden cronológico, lo que permite recorrer el siglo XVIII largo, esto es, entre 1700 y 1811. Se inicia con un agudo estudio sobre la pesquisa del Visitador Mutiloa al Gobernador Velasco, denunciado por los hombres del cabildo por contrabando con franceses, en la fronteriza Buenos Aires de 1712. La mirada de Birocco a este evento devela una madeja compleja de facciones, en que, gracias a su fino tratamiento de la situación, y de los expedientes y documentos que combina, comprendemos los intereses, vinculaciones y apuestas políticas de familias, en las que las generaciones, y las instituciones (varias religiosas) se entrecruzan, y en que la diversificación de inversiones económicas está tanto o más entrelazada que lo que se viene a investigar por orden del Rey. Queda claro que localmente Buenos Aires es un hervidero de poderes en competencia, tal como puede serlo en la década de 1730 Quito, o lo fue en la década de 1670 Santiago de Chile, y recuerda así que en todas las villas y ciudades hispanoamericanas con espacios de poder y de lucro interesantes se suceden luchas, a plena luz o soterradas, con el objetivo de acaparar cargos, posicionar hombres influenciables y controlar circuitos mercantiles hacia zonas más o menos lejanas. También queda clara la habilidad e inteligencia del Visitador, y aquella, más o menos exitosa, de los investigados, sus aliados y sus enemigos. Nutriendo los momentos y etapas de secuencias documentadas hábilmente mencionadas, el autor realiza una historiografía densa y amena a la vez, que contribuye a dimensionar tanto las capacidades individuales y corporativas como los mecanismos activados por los jueces comisionados de élite, como éste que llega a “limpiar de malos elementos” una localidad diagnosticada como conflictiva.
6Siguen dos estudios complementarios que abordan los mismos años para una misma zona, pero focalizándose en dos aspectos distintos. Se trata del trabajo de Polimene sobre los Alcaldes de la Hermandad y de Barral sobre los curas y el poder territorial, en el Gualeguay del Paraná durante 1784-1786. Gracias a sus profundas aproximaciones, nuevamente centradas en las historias y biografías individuales, colectivamente significadas, profusamente contextualizadas, y desde las disputas y los conflictos de poder jurisdiccional, comprendemos la singularidad de este partido rural, cuyo cabildo es reciente y en el que los curas no alcanzan a instalar mecanismos de empoderamiento suficientemente fuertes como para erigirlos en autoridades multipropósito, como sí sucedió en la zona de Buenos Aires a lo largo del siglo XVIII. Por el contrario, los jueces pedáneos designados sobresalen, aunque no quedan impunes de problemas y desafíos de difícil resolución, especialmente aquellos vinculados con el modo en que ejercen su legítima autoridad y la apreciación que tienen de ellos los justiciables. Es literalmente un lujo, y una inspiración, disponer de dos estudios tan acuciosos sobre una misma localidad para exactamente los mismos años y sobre una misma dimensión: las jurisdicciones y las autoridades que las ejercen.
7A continuación se presenta un estudio que combina, para San Luis de Tucumán entre 1767 y 1810, nociones del derecho con aspectos de la vida política y de la práctica de justicia, adhiriendo y referenciando para esta última los aportes sustantivos de los historiadores adscritos al HICOES de Madrid, Alejandro Agüero y Carlos Garriga. Aproximándose desde la historia institucional, y según una muestra de 374 expedientes correspondientes a causas penales, Zamora sintetiza nociones asentadas por la nueva historia del derecho para recordar hasta qué punto los jueces hispano-americanos son también “padres de la patria” que colaboran a la “quietud pública” y para distinguir las particularidades de dicha localidad respecto de, por ejemplo, la ciudad de Córdoba.
8Sigue un trabajo que, mediante tres ejemplos escogidos, visibiliza los conflictos existentes entre los cabildos y los militares en la Gobernación de Córdoba: uno corresponde a la Mendoza de 1780 y otros dos ocurren en la villa de La Carlota, en la década de 1790. Mirados en conjunto recuerdan el espinudo conflicto, latente y cada vez más agudo, entre los hombres premunidos de fuero militar y situados en la cúspide de una institución que se solidifica y moderniza durante la segunda mitad del siglo XVIII, y aquellos encargados de aplicar el derecho y ejercer la justicia sobre la población. Equilibrios, rencillas, rencores y venganzas aparecen a través de los expedientes revisados por Rustán para poner en evidencia la oposición de poderes como cuerpo, que se apoya en tradiciones anteriores a las nuevas adscripciones (el cabildo mendocino evoca prácticas de 1770, cuando permanecía aún bajo la jurisdicción de la Audiencia de Chile) y la nueva autoridad que emerge para reclamar privilegios debidos. Y muestra también cómo esas disputas quedan neutralizadas por la acción del Gobernador, que recuerda a todos que es él quien legitima y maneja los honores y prebendas locales.
9Sanjurjo y Molina se encargan de Cuyo, abordando distintos temas relativos a la jurisdicción de Mendoza. La primera estudia los conflictos ocasionados por el acceso, uso y control del agua, recurso indispensable para la vida de la zona, especialmente los problemas de poder entre mineros poderosos y el cabildo, erigido en defensor del bien común y de los desvalidos frente a grandes propietarios que eluden argumentadamente la responsabilidad de desechos de relave y de aguas contaminadas. El análisis detallado de los expedientes muestra discursividades pero también estrategias y manipulaciones que permiten comprender astucias, de eco lamentablemente contemporáneo, para disfrazar trampas y abusos en el uso de este recurso: surge así una ineludible cultura jurídica de larga data, apoyada en tradiciones antiguas sobre el obligado beneficio compartido y la experiencia cuyana deliberativa respecto de los recursos hídricos. La segunda estudia el cuerpo de jueces menores de la jurisdicción de Mendoza entre 1770 y 1810, ofreciendo una aproximación prosopográfica a los 120 hombres que componen el elenco, construido a partir de 373 expedientes judiciales. Con el apoyo de numerosas fuentes (actas de cabildo, testamentos, nombramientos, correspondencia de gobierno), la autora reconstruye situación familiar, lugar social y posicionamiento político de una parte de ellos, indicando características interesantes, especialmente acerca de los Alcaldes de la Santa Hermandad, cúspide de los alcaldes pedáneos (los otros, para esta zona, son Alcaldes de Barrio, Jueces de Comisión). Ello le permite afirmar que, aunque hacen gala de un avanzado capital humano, a partir de la legitimidad relacional entre los vecinos que alcanzan, y de que constituyen el primer “equipamiento político” (citando a Barriera) y judicial de la jurisdicción, estos hombres no pertenecen a la elite que sesiona en el cabildo ni tampoco puede afirmarse que construyan carreras políticas a partir de estos cargos locales.
10A continuación, premunida de la nueva mirada que han dado los historiadores A. Ibarra para Nueva España y S. Ortelli para Nueva Vizcaya a los conceptos de historia política –disidencia e infidencia respectivamente–, Polastrelli analiza el expediente levantado a partir de denuncias secretas contra los tres individuos implicados en la supuesta conspiración independentista bonaerense de 1809-1810. Ante la justicia militar, y en un proceso en que se suceden distintos fiscales oriundos de la marina de Montevideo, debido a la legítima recusación efectuada por dos de los sospechosos, un total de 87 testimonios permiten concluir que los acusados son inocentes y que los dos denunciantes, más algunos de los testigos perjuros, merecen el destierro de la ciudad. El Gobernador Liniers, contra quién se supone se complota, comanda la investigación, pero el virrey Cisneros la termina e inocenta, con un perdón general, a Zentenach, Alzaga y Esquiaga. Espejo del estudio de Birocco para la Buenos Aires de 300 años antes, es imposible no relacionar la permanencia de intrigas facciosas, subrayando el cambio de componentes, envergadura y repercusiones. La riqueza de mirar los dos trabajos en paralelo es el análisis discursivo de ambos, que permite, a través del seguimiento de los lenguajes empleados, comprender las diferencias profundas que atraviesan las dos épocas de arduas luchas políticas en que venganzas, revanchas y trampas no faltan.
- 2 Epítetos como “jugoso” y “deleite”, cuando se refieren al contenido de las declaraciones, por ejemp (...)
- 3 Como en otros artículos, encontramos aquí los nombres de A. Agüero y C. Garriga en las referencias (...)
11Cierra la serie un largo estudio de Barriera sobre un caso ya abordado por la historiografía de Rosario: la disputa, de hondas repercusiones y sucedida entre 1810 y 1811, entre el cura Julián Navarro y el Alcalde de la Hermandad Noguera. Mediante un detenido análisis que sigue una cierta estructura teatral –en el estudio de personajes, episodios y comentarios emitidos cuál público que asiste a una intriga2–, el autor demuestra las feroces pugnas de poder en una localidad que carece de cabildo, y en la que el cura logra dirigir las opiniones, reorientar obediencias a través del miedo y el temor, e imponer su voluntad. Ni más ni menos, mediante mañosas tácticas y argucias, denuncia y consigue el juicio y expulsión de un juez de comportamientos violentos, temperamentales y corruptos. Aparecen también otros protagonistas en la serie de enfrentamientos, investigaciones y testimonios, que el autor sitúa de manera tal que se comprende la compleja cultura jurídica y política que anima a los implicados, desde las mujeres, que aquí aparecen actoras y astutas, pero también violentas o manipuladas, hasta los máximos jueces convocados a deshacer nudos enredados, pasando por otros jueces pedáneos y el compadre del Alcalde Isidro Noguera. El logro: junto con situar y servirse de conceptos aportados por la nueva historia del derecho3, se erradican afirmaciones ligeras que habían nutrido hasta ahora lugares comunes acerca de estos personajes, como afirmar que el Alcalde Isidro Noguera había ambicionado y hasta pagado por obtener este cargo, cosa exactamente contraria (argumentó por escrito dos veces su deseo de no aceptar el nombramiento que recayó sobre él), y se aprende que este mismo cura J. Navarro, intrigante mayor, “sirvió” la causa republicana desde 1817 (fue capellán del Ejército Libertador) y permaneció activo en Santiago de Chile entre 1818 y hasta su muerte, en 1854.
12La introducción, firmada por Elisa Caselli (historiadora y ex-directora de la colección que publica esta obra), es un texto que en sí mismo es otro artículo: ofrece un panorama profundo y documentado, redactado sencilla y amenamente, acerca de prácticas de justicia en el reino de Castilla de los siglos XV y XVI, incluyendo variados aspectos de cultura judicial para una sociedad multicultural donde judíos, católicos y conversos conviven y también dirimen judicialmente sus pleitos. Sus contundentes aportes permiten comprender y situar de mejor manera las realidades e imaginarios de la justicia que se encuentran en esta compilación.
13En suma, este libro –coronado por esclarecedoras biografías de los autores– tanto por la calidad de los trabajos compilados como por las temáticas que aborda y que evoca, se convierte en lectura obligatoria para todos los historiadores que deseen explorar la historia de la justicia, del poder y de los conflictos durante el periodo colonial hispano-americano, y también para aquellos que busquen comprender raíces y antecedentes de numerosas cuestiones políticas, sociales y culturales que se manifiestan en el Uruguay, la Argentina y Chile durante las primeras décadas de las repúblicas.
Notes
1 Otros seis trabajos están compilados en el segundo producto de este encuentro, publicado también por Prohistoria, Modos de hacer justicia. Agentes, normas y prácticas. Buenos Aires, Tucumán y Santa Fe durante el siglo XIX, coordinado por Carolina A. Piazzi.
2 Epítetos como “jugoso” y “deleite”, cuando se refieren al contenido de las declaraciones, por ejemplo, dan cuenta de este sello de la pluma de D. Barriera.
3 Como en otros artículos, encontramos aquí los nombres de A. Agüero y C. Garriga en las referencias más importantes sobre la nueva historia del derecho, así como también R. Fradkin es una autoridad en los primeros trabajos sobre historia de la justicia y también es muy mencionado en esta compilación.
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María Eugenia Albornoz Vásquez, « María Paula Polimene (coord.), Autoridades y prácticas judiciales en el Antiguo Régimen. Problemas jurisdiccionales en el Río de la Plata, Córdoba, Tucumán, Cuyo y Chile, Prohistoria Ediciones, Rosario, 2011, 265 p. », Nuevo Mundo Mundos Nuevos [En ligne], Comptes rendus et essais historiographiques, mis en ligne le 14 février 2013, consulté le 04 octobre 2024. URL : http://journals.openedition.org/nuevomundo/64999 ; DOI : https://doi.org/10.4000/nuevomundo.64999
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