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2013

Legislación y medicina en torno a los accidentes del trabajo en Chile 1900 – 1940

Legislation and medicine regarding workplace accidents in Chile 1900-1940
Diego Ortúzar

Résumés

El artículo aborda las principales medidas gubernamentales empleadas en Chile en torno a los accidentes del trabajo entre 1900 y 1940. Avanza desde la desprotección legal y sanitaria de los trabajadores de principios del siglo XX, hasta el establecimiento de un régimen legal que organizó asistencias económicas y médicas para las víctimas de siniestros laborales. El recorrido describe la emergencia y las transformaciones de dicho régimen, y demuestra que el énfasis de las respuestas gubernamentales frente a los accidentes fue indemnizatorio y reparador antes que preventivo. Así lo indican las cifras ascendentes de accidentes, las medidas insuficientes de seguridad laboral y la inversión en infraestructura hospitalaria para accidentados.

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Palabras claves:

Chile, accidentes, trabajo, salud, legislación
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Notes de l’auteur

Agradezco la revisión y los valiosos comentarios de Karina Ramacciotti.

Texte intégral

  • 1 Sobre accidentes laborales en la ganadería estanciera de la Patagonia, ver Bascopé, Joaquín, “Pasaj (...)
  • 2 Nos referimos a las huelga de Iquique y de Lota (1902), a la de Valparaíso (1903), a la huelga de l (...)

1Hacia fines del siglo XIX se aceleró en Chile el impulso industrial iniciado a mediados de ese mismo siglo. Las compañías extranjeras intensificaron la importación de maquinarias, comenzó a expandirse la mecanización de las faenas productivas y se incrementó la productividad. Al mismo tiempo, las condiciones de trabajo y sanitarias de los obreros empeoraron. Los accidentes con resultado de muerte y los lesionados graves se hicieron recurrentes en los ferrocarriles y en la minería, sectores que pese a no ser los únicos afectados1 concentraron la atención de las agrupaciones obreras, de la prensa y del gobierno. También de los industriales, que vieron con preocupación los costos económicos de los daños infraestructurales y las bajas en la productividad a raíz de los accidentes. Durante los primeros años del siglo XX la inseguridad laboral adquirió un rol protagónico en las exigencias de las organizaciones obreras, y las crecientes movilizaciones y huelgas2 desatadas presionaron al gobierno para elaborar reformas legales al respecto.

  • 3 Por su vinculación con las materias aquí abordadas, destacan Grez, Sergio, “El escarpado camino hac (...)
  • 4 Una perspectiva general que incluye enfermedades profesionales y accidentes del trabajo, en Veneros (...)
  • 5 Ver la discusión historiográfica sobre los estudios de la medicina del trabajo en América Latina y (...)

2Durante las décadas de 1920 y 1930 los conflictos laborales fueron parcialmente encauzados mediante reformas legales e institucionales que, mediante prestaciones médicas y económicas, comenzaron a proteger a los trabajadores y a sus familias. Dicha mediación gubernamental entre trabajadores e industriales emergió junto a un robustecimiento importante del Estado y ha sido objeto de numerosos estudios3. La institucionalidad médica constituida en ese momento y la dimensión corporal del malestar de los trabajadores han sido objeto de un renovado interés durante las últimas décadas. Esto ha permitido visibilizar los daños físicos que sufrieron los trabajadores y aportar al esclarecimiento de los intereses gubernamentales, profesionales y empresariales que incidieron en el diseño de las medidas de protección señaladas4. Dichos estudios han comenzado a prefigurar un campo de investigación crítica acerca de la historia de la medicina del trabajo en Chile, ámbito relativamente consolidado en academias europeas y norteamericanas y de más reciente exploración en América Latina5.

  • 6 Otro ámbito muy relevante en la historia de la medicina del trabajo fue el de las llamadas “enferme (...)

3En esta ocasión se profundizará en uno de los aspectos que contribuyó a formalizar la medicina del trabajo, a saber, la regulación médico-legal de los accidentes del trabajo y las medidas de reparación médicas y económicas que se estipularon para sus víctimas6. Esto permitirá, en un segundo momento, cuestionar el protagonismo de dichas medidas de reparación en relación a la prevención de accidentes, escasamente implementada. En cuanto a las fuentes, se utilizarán tesis y actas de congresos de abogados y médicos, revistas y boletines de organismos de previsión social y archivos de la Dirección General del Trabajo, además de fuentes bibliográficas secundarias.

II. Accidentes del trabajo y medicina en el cambio de siglo

  • 7 Ver Bermúdez, Oscar, “El Dr. Nicolás Palacios y la industria del salitre”, Revista Chilena de Histo (...)
  • 8 Desde principios de diciembre de 1907, trabajadores de la pampa salitrera y portuarios, ferroviario (...)
  • 9 La Oficina del Trabajo, creada en 1907, tuvo por objeto estudiar diferentes aspectos de la vida lab (...)

4Los conflictos asociados a las movilización y represión del movimiento obrero durante los primeros años del siglo XX en Chile motivaron una serie de estudios gubernamentales acerca de la situación laboral de los trabajadores. La pampa salitrera fue una zona especialmente sensible al respecto, dada su importancia económica, el volumen de trabajadores implicados y su conexión con otras industrias. En ese contexto, el gobierno chileno creó en 1904 una primera Comisión Consultiva para estudiar las condiciones de trabajo en el norte salitrero. El trabajo en terreno de dicha Comisión arrojó sugerencias para mejorar las condiciones laborales y sanitarias de los trabajadores, sin embargo éstas no fueron consideradas7. La matanza en la Escuela Santa María de Iquique en 19078 activó nuevamente las iniciativas gubernamentales, y rápidamente se resolvió que el Ministerio de Industrias y Obras Públicas enviara a estudiar la situación del norte a quien posteriormente sería líder de la Oficina del Trabajo, Eugenio Frías Collao9.

  • 10 Frías Collao, Eugenio, El trabajo en la industria salitrera. Informes presentados a la Oficina de E (...)
  • 11 Ibíd., p. 63.
  • 12 Los cachuchos eran fondos disolventes para la elaboración del salitre. Las caídas eran usualmente a (...)
  • 13 Los explosivos se utilizaron para extraer el “caliche”, material rocoso que contiene las sales de n (...)

5Según los informes de Frías, elaborados a partir de tres meses de terreno y publicados en 190810, bastaba conocer un establecimiento salitrero para entender que “tanto la disposición y complicación de las máquinas como las diferentes clases de trabajo que en él se efectúan, presentan graves probabilidades de que ellos [accidentes] sucedan, sin que medien la embriaguez o el descuido culpable de los obreros”11. Entre los accidentes más graves identificó las caídas de mineros en calderas o “cachuchos” hirviendo12, las mutilaciones y diversas lesiones a raíz del uso de explosivos13 y de la manipulación de máquinas de trituración, y las caídas y atropellos desde carretas. También constató daños de más lento desarrollo pero de consecuencias igualmente graves, como las afecciones respiratorias por falta de ventilación y las intoxicaciones por exposición a emanaciones de yodo y nitrato.

  • 14 Frías Collao, Eugenio, op. cit., p. 75.

6La organización de los servicios médicos en el norte también fue deficiente, ya sea por la ausencia de hospitales o por la lejanía entre éstos y las faenas mineras. Para los accidentados graves se estipuló el pago de los gastos de transporte hasta el Hospital de Iquique y el abono de la mitad o el total del salario mientras estuvieran hospitalizados. Sin embargo, para una población de 20.000 trabajadores no existió más que un hospital con capacidad para 30 camas. Quienes sufrieron secuelas que les impidieron continuar trabajando, no gozaron de indemnizaciones y debieron contentarse, en el mejor de los casos, con un empleo de baja remuneración pero “compatible con su estado”14. En cuanto a los accidentes con resultado de muerte, las oficinas salitreras negaron toda indemnización hacia las familias.

  • 15 En 1900 las líneas de ferrocarriles alcanzaron casi cuatro mil kilómetros a largo de Chile. Conecta (...)
  • 16 García, Eduardo, “Apuntaciones sobre el servicio médico de los Ferrocarriles del Estado de Chile”, (...)
  • 17 Ibíd., p. 185.
  • 18 Ibíd., p. 178.

7La situación sanitaria en los ferrocarriles no fue muy distinta a la descrita en la minería salitrera. Eduardo García, médico de Ferrocarriles del Estado15, describió el trabajo en los ferrocarriles de esos años como un “diario espectáculo de heridos, contusos o quemados”16. La asistencia médica se realizaba en una pequeña instalación provisional ubicada en la Estación Central de Santiago, en donde a juicio de García todo propósito de curación era “estéril e imposible”17. El servicio comenzó a funcionar en 1895 y contó con consultorios de apoyo en Valparaíso, Concepción, Valdivia, la Serena y Talca, sin embargo la proporción de un médico cada dos mil trabajadores no permitió una cobertura adecuada para el volumen y la gravedad de las lesiones. García denunció en varias oportunidades esta situación, reclamando más y mejores servicios de asistencia médica no solo para mejorar la dignidad de los trabajadores, sino también para reducir los costos económicos por el pago de licencias y la contratación de reemplazos18.

  • 19 Marín Vicuña, Santiago, op. cit., p. 133.
  • 20 Es posible que la cifra sea mucho mayor puesto el informe de Eduardo García en 1910 solo consideró (...)
  • 21 Ver Salazar, Gabriel, Labradores, peones y proletarios: formación y crisis de la sociedad popular c (...)

8En estas condiciones, la precariedad de la asistencia médica en los ferrocarriles y en la minería no hizo más que facilitar las muertes y/o agravar las consecuencias de las lesiones a causa de accidentes. Asimismo, la infraestructura estatal no contó entonces con organismos suficientes para diagnosticar y fiscalizar situaciones de riesgo, y menos aún con acuerdos políticos que permitieran poner en marcha una empresa gubernamental de esa índole. Esto sin duda promovió que las cifras de accidentes mantuvieran un alza constante. Si para el año 1898 se contabilizaron 223 heridos a causa de accidentes en los Ferrocarriles del Estado19, en 1910 la cifra ascendió a 4.028, además de los 8.451 casos de enfermos20. Monto similar al promedio anual que estimó una Comisión Parlamentaria durante 1913 para los accidentes en el norte; 4.000 trabajadores accidentados además de 2.500 enfermos21.

  • 22 Episodio conocido como la “Tragedia del Lingue”, ver “La catástrofe ferroviaria de ayer”, El Mercur (...)

9La magnitud y frecuencia de las tragedias laborales facilitó la convocatoria de las movilizaciones obreras, cruciales para presionar por una ley que redujera la inseguridad laboral y garantizara asistencia médica e indemnizaciones para los trabajadores accidentados. La labor de Frías Collao y los intereses gubernamentales que representó fueron en una dirección similar, ya sea recopilando antecedentes sobre el norte salitrero o promoviendo una ley de accidentes del trabajo desde la jefatura de la Oficina del Trabajo. Otro elemento en juego fue la cobertura mediática de algunos accidentes, que colaboró sensibilizando a la opinión pública e interpelando a las dirigencias políticas e industriales. Así lo demostró Sergio Grez a propósito de accidentes con especial resonancia social, como fueron los ocurridos entre 1910 y 1912 en el yacimiento cuprífero El Teniente. Uno de ellos sucedió en febrero de 1911, cuando un puente de acceso a la mina cedió ante el peso de un convoy de siete carros de carga, precipitando a los pasajeros al fondo de una quebrada y dejando como resultado 10 muertos y 20 heridos22. El otro, ocurrido en julio de 1912, tuvo como causa la explosión de un polvorín en desuso y causó 40 muertos.

  • 23 Los antecedentes mencionados entre 1910-1912 y los debates y dinámicas del movimiento obrero en tor (...)

10Tras la tragedia del convoy, más de mil personas protestaron en Rancagua acusando a la compañía que explotaba El Teniente, la Braden Copper Company, de no cumplir con las mínimas condiciones de seguridad. La explosión del polvorín, por su parte, forzó la visita de una comisión investigadora del Ministerio de Industria y Obras Públicas, que posteriormente sirvió para que las autoridades comenzaran a elaborar normas de seguridad más exigentes en las explotaciones mineras. Desde entonces –concluye Grez- la demanda de cobertura legal y sanitaria en caso de accidentes laborales no dejó de crecer23. Fue en ese clima social que la Cámara de Diputados, en 1912, creó una Comisión de Legislación Social y Obrera con el objetivo de estudiar e informar acerca de proyectos de ley sobre dicha materia. Ese mismo año la Comisión confeccionó un proyecto de ley sobre indemnizaciones por accidentes del trabajo, base de la primera Ley de Accidente del Trabajo (Nº3.170) aprobada por el Senado en diciembre de 1916.

III. La primera Ley de Accidentes del Trabajo

  • 24 Antes de la mencionada ley los trabajadores ya contaban con ciertas protecciones legales dispersas (...)
  • 25 La noción de “invalidez” ha sido ampliamente criticada por su connotación peyorativa. En este caso (...)
  • 26 El grado de incapacidad o invalidez se estimó según esta fuera temporal, parcial o absoluta. La inv (...)
  • 27 “Un problema social de importancia”, El Mercurio, Santiago, 1916-11-18, citado en Grez, Sergio, op. (...)

11La primera Ley de Accidentes del Trabajo24 estipuló una serie de garantías para los trabajadores. Los patrones serían quienes deberían cubrir los gastos de botica hasta que el trabajador se encontrase, según informe médico, en condiciones de volver al trabajo o con alguna incapacidad o invalidez25 permanente que fuera motivo de indemnización26. No obstante, una serie de elementos de la ley garantizaron cierta ineficacia práctica. La responsabilidad de denunciar los accidentes y de presentar las pruebas recayó sobre los patrones, quienes podían contar con sus trabajadores como testigos para declarar a su favor. Esto permitió que en muchos casos se arreglara de antemano que la culpa de los accidentes se adjudicara a los trabajadores, ya sea por “fatiga, cansancio, descuido o familiaridad del propio obrero con los instrumentos del trabajo”27. Los trabajadores, en cambio, no podían declarar en contra de sus patrones o de quien dependieran al momento del accidente. La ley tampoco consideró a las medianas y pequeñas industrias, de modo que muchos trabajadores quedaron sin siquiera poder intentar obtener beneficios. En consecuencia, la primera Ley de Accidentes del Trabajo no fue capaz de asistir a los trabajadores y tampoco de ejercer una presión suficiente para que los patrones crearan condiciones de trabajo más seguras. Dicho desinterés por la seguridad tuvo como estímulo, además, la posibilidad de transferir la responsabilidad de indemnizar hacia compañías de seguro privadas, algunas de ellas creadas por los mismos patrones. Dada la ausencia de fiscalización, las coberturas de dichos seguros no siempre fueran las más adecuadas.

  • 28 “El seguro obrero y la ley de accidentes”, El Mercurio, Santiago, 1917-06-01, Citado en Grez, Sergi (...)
  • 29 Proyecto modificatorio y críticas a la primera Ley de Accidentes del Trabajo en Silva, Humberto, Le (...)

12De modo que los patrones, ya sea utilizando a su favor la ley o asegurando a sus trabajadores, quedaron relativamente exentos de las cargas económicas previstas por indemnizaciones y asistencias médicas. En esos términos explicó Frías Collao el funcionamiento de la ley en una entrevista a El Mercurio28, siendo jefe de la Oficina del Trabajo y encargado de redactar su reglamento de aplicación. En definitiva, cuando se aprobó la ley, el proyecto inicial sufrió modificaciones suficientes como para neutralizar sus atribuciones reales. Dichas transformaciones fueron efecto de las presiones políticas del sector industrial y parlamentario contrarios a la legislación, que vieron en el proyecto de ley un nuevo gravamen para la industria. Ante tal evidencia, dos años después de su aprobación en 1916, la Comisión de Legislación Social y Obrera creó un proyecto modificatorio que intentó revocar las “injusticias flagrantes” que estaban ocurriendo29.

  • 30 Desde los primeros años del siglo XX se instauraron hitos al respecto, mediante la aprobación de le (...)
  • 31 Ver Ahumada, Arturo, El ejército y la revolución del 5 de septiembre de 1924. Reminiscencias. Edici (...)

13El proyecto modificatorio quedó estancado en el Congreso junto a una serie de leyes relativas al trabajo y a la seguridad social, las denominadas “leyes sociales”30, y fue retomado como promesa de la campaña presidencial de Arturo Alessandri en 1920. Su elección y el programa reformista que impulsó crearon expectativas al respecto, sin embargo las transformaciones legales continuaron en suspenso. El aplazamiento indefinido de dichas leyes y de las reformas que apuntaban hacia un sistema público de previsión social acrecentó la oleada de huelgas y protestas en contra de las elites políticas. A la presión de las masas se sumaron posteriormente las esferas militares y navales de la población, que protestaron por la baja de sus sueldos, la precariedad económica de quienes pasaban a retiro y la indigencia de los familiares de quienes fallecían, entre otros31. Mientras tanto, un parlamento dominado por sectores conservadores y próximos a los intereses industriales continuó aplazando las reformas previstas.

IV. La reforma de ley. Nuevas garantías y asistencias para los trabajadores accidentados

14El 3 de septiembre de 1924 un grupo de jóvenes oficiales del ejército irrumpió en el Congreso para oponerse a la postergación de las leyes sociales. La intervención militar fue la antesala de la dictadura de Carlos Ibáñez del Campo (1927-1931) y se justificó como una respuesta a la ineficiencia de la administración política. La intervención impuso una junta militar que decretó un nuevo presupuesto nacional y un impuesto a la renta, aumentó el presupuesto del ejército y aprobó las mencionadas leyes sociales. Se creó además el Ministerio de Higiene, Asistencia y Pública y Previsión Social. Las leyes aprobadas regularon los contratos de trabajo, las huelgas, la actividad sindical, los niveles de salario mínimo, la jornada laboral de ocho horas, las pensiones y los accidentes, entre otros. Las modificaciones señaladas incluyeron la instauración de una nueva constitución política en 1925 y comportaron un crecimiento significativo del Estado y de sus ámbitos de gobierno. De ese modo se afianzó su mediación en aspectos laborales antes abandonados a las arbitrariedades de la “ley del patrón”. La Ley de Seguro Obligatorio de Enfermedad, Vejez e Invalidez (Nº4054) fue emblemática al respecto puesto que creó la Caja de Seguro Obligatorio e inauguró el sistema de previsión social en Chile. Dicha caja se transformó en la principal institución de previsión de los asalariados y su funcionamiento permitió asistir económica y médicamente los riesgos de enfermedad, invalidez y vejez de los trabajadores.

  • 32 Este concepto es relevante puesto que distinguió dos ámbitos previsionales y estuvo a la base de di (...)

15También se reformó la primera Ley de Accidentes del Trabajo mediante la Ley Nº4.055. Además de incluir a las enfermedades profesionales, la reforma introdujo la teoría del riesgo profesional como base conceptual de la ley. Esta teoría definió los riesgos de accidente o de contraer alguna enfermedad profesional (los llamados riesgos profesionales32) como elementos inevitables de la actividad laboral. Bajo este marco conceptual la causas de los riesgos ya no eran el descuido, la impericia o la mala voluntad de trabajadores o empleadores, sino el propio trabajo. Los patrones fueron concebidos entonces como los responsables de originar el trabajo, y por lo tanto como quienes debían asistir o asegurar a sus trabajadores frente a los riesgos profesionales inherentes a la actividad laboral. De ese modo ya no fue importante determinar la culpa frente a los siniestros laborales, y en cambio se instauró la responsabilidad patronal de asistir o asegurar a los trabajadores frente a los riesgos creados por el trabajo. En la práctica, esto permitió eliminar el recurso a la culpa del obrero como una excusa frente a la responsabilidad patronal.

  • 33 La transformación legal que suprimió la obligatoriedad del seguro de accidentes del trabajo, en Sil (...)
  • 34 A fines de la década de 1930 solo un 27,8% de los trabajadores tenían asegurados sus riesgos profes (...)

16Si bien dicha reforma de la ley de accidentes transformó sus bases y aseguró su puesta en práctica, también dejó intactos algunos aspectos de la ley anterior. Nuevamente el seguro de accidentes no se definió como obligatorio, arguyendo que muchas pequeñas industrias no estarían en condiciones de soportar el monto de las contribuciones33. Esto se tradujo en que muchos trabajadores continuaron sin seguro de accidentes, especialmente los vinculados a las pequeñas y medianas industrias34. Quienes no fueron afiliados a seguros debieron ser asistidos, en cambio, por sus propios empleadores, emprendiendo reclamos tribunales si es que esto no ocurría. Además, la contratación de seguros quedó abierta a la competencia entre instituciones de seguridad social públicas y privadas, situación que tuvo implicancias en la oferta de tratamientos médicos. Abordaremos esta última cuestión luego de revisar las transformaciones institucionales que acarreó la reforma de la ley.

La Sección Accidentes del Trabajo de la Caja Nacional de Ahorros

  • 35 Pérez, Francisco, “Nuestros propósitos” [Editorial], Seguridad. Revista mensual de educación preven (...)

17A partir de 1927 la reformada Ley de Accidentes del Trabajo creó la Sección Accidentes del Trabajo (SAT) de la Caja Nacional de Ahorros, institución precursora de campañas de prevención de accidentes y de tratamientos médico-traumatológicos para accidentados. En cuanto a la prevención, ésta se llevó a cabo mediante boletines y afiches de carácter pedagógico acerca de cómo evitar situaciones de riesgo, labor en la que contribuyeron conjuntamente los boletines de la Caja del Seguro Obligatorio. La revista Seguridad de la SAT fue un buen ejemplo de ello. Editada a partir de 1935, se definió como una publicación que debía reducir accidentes laborales “advirtiendo el peligro en cada trabajo, señalando la manera de evitarlo y, sobre todo, formando un ambiente de seguridad”. A juicio de la misma, las enseñanzas preventivas eran indispensables para combatir la “temeridad, el descuido y el desorden en el trabajo (…) las causas más frecuentes de los siniestros”35. El énfasis pedagógico dirigido a los obreros descuidó sin duda otras causas de accidentes, como la toxicidad de los lugares de trabajo o el incumplimiento de normas infraestructurales de seguridad. No obstante, la revista alcanzó cierta notoriedad gracias al formato afiche de sus portadas, destinado a exhibirse en los talleres o lugares de trabajo a fin de que los mensajes se hicieran parte de la rutina de los obreros.

  • 36 La mecanoterapia utilizaba máquinas diversas, como poleas o sistemas de pesas, para ejercitar los m (...)

18La SAT también organizó concursos y premios para las empresas que cumplieran con determinados estándares de seguridad, además de comités de seguridad en las fábricas y conferencias. Esta labor se complementó con la venta de aparatos de protección a bajo precio para diversas industrias. Como se verá más adelante, la prevención no tuvo efectos prácticos considerables, sin embargo este tipo de estrategias fueron pioneras en el ámbito de la prevención gubernamental de los accidentes laborales. En cuanto a los tratamientos médico-traumatológicos, el servicio médico de la SAT significó el comienzo de una institucionalidad médica específica para los accidentes del trabajo. Su policlínico, equipado con un gabinete de fisioterapia y una sala de mecanoterapia36, permitió hospitalizar y desarrollar tratamientos ortopédicos para accidentados. El servicio médico estuvo a cargo de Teodoro Gebauer, médico especialista en traumatología. En 1927 y luego en 1929 fue enviado a Europa para informarse de los últimos avances de la traumatología y de las infraestructuras hospitalarias, y conoció los servicios médicos de Berlín, Bolonia y Viena que luego de la Primera Guerra Mundial fueron referentes mundiales en ortopedia y traumatología.

  • 37 Ver Laborde, Miguel y Gasic, Miguel, Instituto Traumatológico. 75 años de ortopedia y traumatología (...)
  • 38 Se trató del decreto-ley Nº 313 del 20 de mayo de 1931, derogado el 3 de agosto del mismo año. Algu (...)

19El contacto con el médico austríaco Lorenz Böhler y sus servicios hospitalarios en Viena fue especialmente influyente en Gebauer. Una vez en Chile, transmitió sus técnicas de intervención y planteó la necesidad de crear, a semejanza de Austria, un seguro contra accidentes laborales que funcionara junto a un hospital especializado en el tratamiento de los accidentes37. En 1931 fue discutido e incluso decretado en Chile un seguro de accidentes semejante al de Austria en ese entonces, es decir estatal, único y obligatorio. Sin embargo el lobby de parlamentarios contrarios a la estatización de los seguros logró derogarlo rápidamente38. En cuanto al hospital especializado en accidentes que planteó Gebauer, su construcción tuvo que esperar hasta fines de la década del 30’. Mientras tanto, la SAT funcionó con un policlínico saturado por las demandas de atención de accidentes y con un equipo de médicos no suficientemente especializados. La traumatología estaba en proceso de validación frente a las otras especialidades y la docencia de Gebauer recién comenzaba a generar especialistas. Esta precariedad profesional e infraestructural, además de la atención tardía de las derivaciones desde regiones, fomentó cierto fracaso en las tareas médicas de la SAT.

  • 39 Gebauer, Teodoro, “Discurso de 1977 con motivo de los 40 años del Instituto Traumatológico”, Revist (...)

20Gebauer fue crítico de estas situaciones y realizó diagnósticos severos acerca de la situación de los accidentados en Chile. En el Cuarto Congreso Chileno de Asistencia Social realizado en 1935, se refirió a las deficiencias hospitalarias e insistió en la necesidad de readaptar e insertar laboralmente a quienes sufrían algún grado de invalidez a causa de accidentes. En ese entonces los accidentados graves, es decir los que habían perdido una o más extremidades, eran para Gebauer un “problema sin solución, tanto su tratamiento como rehabilitación”39. A su juicio, las ayudas médicas y las indemnizaciones que estipuló la ley no eran suficientes, así como tampoco las instalaciones para implementar tratamientos con prótesis u otras tecnologías para la readaptación laboral de los inválidos.

  • 40 Gebauer, Teodoro, “Reeducación profesional de inválidos del trabajo”, Revista de Asistencia Social, (...)
  • 41 Bustos, Julio, La seguridad social: estudio de la previsión social en Chile, sus resultados después (...)
  • 42 Gebauer, Teodoro, op. cit., (1935) p. 500.

21En cuanto a las pensiones, su distribución en un solo momento expuso a los trabajadores a “malgastar” el dinero y a quedar sin “amparo ni protección alguna”40, a merced de la caridad pública o privada. En términos generales, estas carencias impidieron tanto readaptar exitosamente a los accidentados como aliviar los costos económicos de los organismos de previsión por concepto de pensiones de invalidez. Julio Bustos, médico Jefe del Departamento de Previsión Social del Ministerio de Salubridad, Previsión y Asistencia Social, expuso bien el argumento económico de la readaptación laboral a mediados de la década del 1930. Afirmó que “el inválido que recupera su capacidad de trabajo significa para ella [Caja de Previsión] una renta menos que pagar y un activo más en su cuenta de entradas”41, principio compartido por médicos y profesionales de la seguridad social. En cambio, los seguros a cargo de organizaciones con fines de lucro no mostraron mayor interés por financiar servicios de traumatología “con personal y dispositivos especiales”42, que fueran capaces de readaptar a sus asegurados con algún grado de invalidez. Más bien restringieron la atención médica para los casos leves y privilegiaron la distribución de pensiones de invalidez para los accidentados graves.

  • 43 Ver Bustos, Julio, op. cit., p. 190.
  • 44 Ver Bustos, Julio. op cit., p. 238.

22La falta de inversión en infraestructura y servicios médicos por parte de los seguros privados fue lo suficientemente notoria como para que a mediados de la década del 30’, la SAT fuera la única institución con instalaciones de rehabilitación43. Servicios de readaptación limitados, sin duda, pero que hicieron una diferencia importante en cuanto a las perspectivas de asistencia médica para los accidentados. Dichas diferencias fueron promovidas por la misma Ley Nº4.055 que reformó la primera Ley de Accidentes del Trabajo, cuando estipuló una política mixta (privada y pública) y no obligatoria respecto de los seguros contra accidentes. La reticencia de los seguros privados para invertir en infraestructura hospitalaria44 a raíz de su poca rentabilidad, y la débil fiscalización de sus servicios, permitió que no tuvieran mayores obstáculos para limitarse a la distribución de pensiones.

  • 45 Según Vicente Acuña, diputado del partido democrático y promotor del decreto-ley 313, en ese entonc (...)

23No obstante sus insuficiencias médicas, los seguros privados atrajeron a más de un tercio de la población de asegurados y significaron una competencia importante para la SAT45. Las campañas publicitarias que desarrollaron y las bajas primas que estipularon fueron un aliciente para que muchos empleadores afiliaran a sus trabajadores en ellos. La competencia comercial afectó directamente el trabajo de la SAT puesto que debió invertir en publicidad y bajar sus primas a niveles financieramente inviables, además de continuar con sus inversiones en infraestructura hospitalaria. No obstante la competencia, años después la SAT proyectó la construcción de un ambicioso hospital destinado estrictamente a la atención de los trabajadores accidentados.

El Instituto Traumatológico

24Teodoro Gebauer fue enviado nuevamente a Europa en 1936. Su misión fue ponerse al tanto de los aspectos médicos y arquitectónicos necesarios para la construcción de un hospital especializado en accidentes del trabajo. El resultado de sus gestiones y de la SAT que financió y administró el proyecto fue la construcción de un moderno hospital destinado a atender a víctimas de accidentes del trabajo. Sus cinco pisos se habilitaron con 218 camas, dependencias de medicina física y rehabilitación, pabellones quirúrgicos, salas de hospitalización y una unidad de urgencias. Las salas de atención se equiparon con servicios de rayos X, luz ultravioleta, baños eléctricos y otros aparatos para kinesioterapias. Se inauguró el 29 de diciembre de 1937 como Instituto Traumatológico de Santiago y estuvo bajo la dirección de Gebauer. Además de hospital fue un centro de investigación y formación para médicos que quisieron especializarse en traumatología y accidentes del trabajo.

  • 46 Caja Nacional de Ahorros, Memoria de la Sección Accidentes del Trabajo de la Caja Nacional de Ahorr (...)
  • 47 El concepto “reeducación profesional” fue elaborado y aplicado en ámbitos tan diversos como la inse (...)
  • 48 Brañes, Julio, Amputaciones y prótesis del miembro inferior. Tesis de prueba para optar al título d (...)
  • 49 Otros médicos también fueron comisionado para realizar estadías en Europa en torno la ortopedia, ex (...)
  • 50 El centralismo cambiará durante la década del 40’ con la “postas traumatológicas” fundadas en Temuc (...)

25La inversión económica que significó el Instituto Traumatológico fue justificada en función del “inmenso valor de devolver a la producción y a la sociedad brazos y vidas que le hacen falta”46. Con ese horizonte terapéutico se desarrollaron tratamientos específicos de “reeducación profesional”47, metodología orientada hacia la capacitación de los llamados inválidos del trabajo en nuevos oficios. Para ello, el Instituto Traumatológico contó con un taller de ortopedia en donde se construyeron prótesis, corsés ortopédicos, piernas y brazos artificiales. A partir de entonces los heridos graves tuvieron acceso a prótesis diseñadas según sus tipos específicos de lesión, evitando así las dificultades que significaba el uso de prótesis estandarizadas48. De ese modo se fueron concretando los proyectos terapéuticos de reincorporación al trabajo que promovió Gebauer y los médicos vinculados al desarrollo de la traumatología y también los especialistas en seguridad social49. No se conocen antecedentes acerca de los trabajadores atendidos en el Instituto Traumatológico que lograron reincorporarse al trabajo, sin embargo se sabe que su ubicación impidió que los accidentados de otras regiones50 fueran atendidos correctamente. Pese a lo anterior, su mera existencia supuso nuevas perspectivas para los accidentados y por lo mismo fue un hito en la historia de los accidentes del trabajo.

  • 51 Archivo de la Dirección General de Trabajo, Providencias, 1939, vol. 1015.
  • 52 El cuadro estadístico en Equipo Médico del Hospital Sanatorio El Peral, “El problema médico social (...)

26La inauguración del Instituto Traumatológico tuvo una amplia cobertura mediática y contó con la presencia de la elite política y empresarial del país. Sus instalaciones fueron una hecho inédito en tecnología hospitalaria en Chile y en América Latina, así como también la envergadura de los recursos humanos destinados a su funcionamiento. En ese contexto, la espectacularidad del proyecto médico tal vez obturó el hecho menos elogiable del alza constante de los accidentes. En 1934 se registraron 36.070 accidentes del trabajo en todo Chile, mientras que en 1937, es decir el año en que se inauguró el Instituto Traumatológico, la cifra ascendió a 56.25251. Tres años después la cifra alcanzó los 67.427 casos. El incremento pudo deberse al mejoramiento de la recopilación estadística de los accidentes y al aumento de la masa asalariada correspondiente al crecimiento industrial. Es muy probable también que la instauración de una política de reparación como la descrita, haya promovido la declaración de los accidentes y desincentivado su ocultamiento por parte de los trabajadores. Pero sin duda el crecimiento sostenido del volumen de accidentes, que casi se duplicó entre 1934 y 1940, indica cierto fracaso en las políticas de prevención52.

  • 53 En ese entonces médico del Ministerio de Salubridad
  • 54 De Viado, Manuel, op. cit., p. 75-110.
  • 55 De Viado, Manuel, op. cit., p. 92.

27El balance realizado por el médico Manuel de Viado53 en 1940 acerca de la evolución de los accidentes fue categórico al respecto54. Según su análisis, los dos organismos gubernamentales destinados a la prevención (la Caja de Seguro Obrero Obligatorio y la SAT) no lograron una difusión capaz de promover la seguridad entre los trabajadores55, así como tampoco la correcta aplicación y fiscalización de los reglamentos de higiene y seguridad vigentes. Además, no implementaron las evaluaciones según “principios psicotécnicos”, metodología que tenía por objetivo seleccionar a los trabajadores según los requerimientos específicos de los cargos. Por último enfatizó en la necesidad de estudiar los factores causales de los accidentes, modificar la idiosincrasia de los trabajadores chilenos, promover la responsabilidad patronal y establecer un control estatal consistente respecto de los accidentes.

  • 56 Avendaño, Oscar, “La invalidez en la Caja de Seguro Obligatorio de Enfermedad e Invalidez (continua (...)

28El médico jefe de la Sección de la Sección Médica del Departamento de Previsión Social, Oscar Avendaño, realizó un balance similar respecto de la prevención. Refiriéndose a la Caja del Seguro Obligatorio, señaló que esta se había “dedicado especialmente a ejercitar una labor de reparación e indemnización de los riesgos ya producidos, siendo acción preventiva de valor relativamente escaso”56. Su opinión era compartida entre los profesionales de los organismos de previsión, y sugiere que las políticas gubernamentales destinaron una inversión marginal para la prevención y el mejoramiento de las condiciones de trabajo. En cambio, los esfuerzos de las políticas gubernamentales relativas a los accidentes se focalizaron en soluciones médicas y/o indemnizatorias. Las estadísticas recién señaladas sugieren dichas hipótesis, en el contexto de una naciente medicina del trabajo que al parecer se ocupó más de reparar los daños de los trabajadores que de poner freno a su deterioro.

V. Comentarios de cierre

29El artículo abordó las principales medidas gubernamentales emprendidas en torno a los accidentes del trabajo, comenzando por la precariedad sanitaria de los trabajadores de principios del siglo XX y terminando con las respuestas médico-legales de la década de 1930. Al respecto se formuló la siguiente hipótesis: las políticas gubernamentales privilegiaron la reparación de los trabajadores antes que la creación de condiciones seguras de trabajo. Dicha lectura se fundamentó en el contraste entre el desarrollo médico-legal asociado a los accidentes y la eficacidad de las medidas de prevención.

30No es imposible suponer que los intereses industriales, centrados mayoritariamente en la productividad a corto plazo, se impusieron frente a los intereses que promovieron la salud y la seguridad de los trabajadores. En términos generales, las reformas vinculadas a los accidentes del trabajo mantuvieron relativamente intactas las condiciones de trabajo, mientras que las intervenciones más radicales se destinaron a los trabajadores; tratamientos de retorno al trabajo, prótesis y otro tipo de reparaciones económicas. Dichas intervenciones tuvieron evidentemente un alcance e injerencia reducida en la población, acorde con las dimensiones del Estado y de los nacientes organismos aseguradores de entonces.

31Futuros estudios deberán explorar el tipo de intervenciones médicas, indemnizatorias y de prevención destinadas (o negadas) según diferencias de género, de clase y etarias en la población. Esto permitirá conocer las modalidades específicas que adquirió la política sanitaria y las mediaciones gubernamentales en torno a los accidentes. Asimismo, las investigaciones deberán arrojar antecedentes acerca del alcance de dichas medidas según contextos regionales y laborales específicos, tan heterogéneos en sus formas de organización.

Fuentes

32Archivo Nacional de Chile

Estadísticas sobre materias laborales

33Providencias, 1939, vol. 1015.

34Archivo Congreso Nacional de Chile

Sesiones ordinarias de la Cámara de Diputados

35Prensa

36El Mercurio, Santiago, 1911-08-15 y 1911-02-24

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Notes

1 Sobre accidentes laborales en la ganadería estanciera de la Patagonia, ver Bascopé, Joaquín, “Pasajeros del poder propietario. La Sociedad Explotadora de Tierra del Fuego y la biopolítica estanciera (1890-1920)”, Magallanía, 2008, vol. 36 (2), p. 29-30; en la minería del carbón en Chile central, en Ortega, Luis, "El mundo del carbón en el siglo XIX", en Orellana, Marcela y Muñoz Correa, Juan G. (eds.), Mundo minero. Chile, siglos XIX y XX, Santiago, Universidad de Santiago de Chile, 1992, p. 101-124; accidentes en Cristalerías de Chile de Santiago, en Rojas, Jorge; Rodríguez, Cinthia y Fernández, Moisés, Cristaleros, recuerdos de un siglo. Los trabajadores de Cristalerías Chile, Santiago de Chile, Sindicato n° 2 de Cristalerías Chile y Programa de Economía del Trabajo PET, 1998, p. 29-30; sobre accidentes en la minería del salitre, ver González, Sergio, “Nombrar, usar y abusar del cuerpo en las faenas del nitrato antes de la gran crisis del 1930”, en Pavez, Jorge y Kraushaar, Lilith (eds.), Capitalismo y Pornología. La producción de los cuerpos sexuados, Santiago de Chile, Editorial Ocho Libros, 2011, p. 217-272, entre otros.

2 Nos referimos a las huelga de Iquique y de Lota (1902), a la de Valparaíso (1903), a la huelga de la carne de Santiago (1905), a la general de Antofagasta (1906) y a la huelga grande de Tarapacá (1907).

3 Por su vinculación con las materias aquí abordadas, destacan Grez, Sergio, “El escarpado camino hacia la legislación social: debates, contradicciones y encrucijadas en el movimiento obrero y popular (Chile: 1901-1924)”, Cuadernos de Historia, 2001, n° 21, p. 119-182; y Yáñez, Juan Carlos, La intervención social en Chile (1907-1932), Santiago de Chile, Ril Editores, 2008.

4 Una perspectiva general que incluye enfermedades profesionales y accidentes del trabajo, en Veneros, Diana, “Aspectos médicos, legales y culturales tras el trabajo industrial de obreros y obreras en un contexto de modernización. Chile (1900-1930)”, Historia Crítica, n° 46, enero-abril 2012, p. 132-153; Centrados en la minería del cobre y en diferentes grados en la silicosis, los trabajos de Vergara, Ángela, “The Recognition of Silicosis: labor Unions and Physicians in the Chiliean Copper Industry, 1930-1960”, Bulletin of the History of Medicine, 2005, vol. 79, n° 4, p. 723-748; y Klubock, Thomas M., “Working-Class Masculinity, Middle-Class Morality and labor Politics in the Chiliean Copper Mines”, Journal of Social History, 1996, vol. 30, n° 2, p. 435-463; con énfasis en el cuerpo y sus desgastes, Ortega, Luis y Videla, Enzo, “El dolor de crear riqueza. Cuerpo y trabajo”, en Góngora, Álvaro y Sagredo, Rafael (dir.), Fragmentos para una historia del cuerpo en Chile, Santiago de Chile, Editorial Taurus, 2009, p. 413-444; Sobre el surgimiento de la salud pública en Chile, el clásico de Illanes, M. A., En el nombre del pueblo, del Estado y de la ciencia, (…). Historia social de la salud pública. Chile, 1880-1973, Santiago de Chile, Ediciones del Colectivo Atención Primaria, 1993.

5 Ver la discusión historiográfica sobre los estudios de la medicina del trabajo en América Latina y otras regiones –centrados especialmente en la minería y en las enfermedades profesionales - en Gallo, Oscar y Márquez, Jorge, “La silicosis o tisis de los mineros en Colombia, 1910-1960”, Salud Colectiva, 2011, Vol. 7, n° 1, p. 36-37; ver también Vergara, Ángela, “De la Higiene Industrial a la Medicina del Trabajo: La salud de los trabajadores en América Latina, 1920-1970”, en Purcell, Fernando y Riquelme, Alfredo (Eds.), Ampliando Miradas. Chile y su historia en un tiempo global, Santiago de Chile, Editorial Ril – Instituto de historia PUC, 2009, p. 215-234; en torno a los accidentes del trabajo, ver el análisis comparativo entre Argentina, Chile y Perú de Ramacciotti, Karina, “Diálogos transnacionales entre los saberes técnicos e institucionales en la legislación sobre accidentes del trabajo. Primera mitad del siglo XX”, 2013 (en prensa); y también Ramacciotti, Karina, “De la culpa al seguro. La Ley de Accidentes del Trabajo, Argentina 1915-1955, Mundos do Trabalho-ANPUH, 2011, Vol. 3, p. 266-284; y Aravanis, Evangelia, “Os procesos de accidentes de trabalho na capital do Rio Grande do Sul no inicio da Era Vargas: embates entre a Justicia, o patronato e o trabalhador”, Revista Latino-Americana de Historia, 2012, Vol. 1, n° 3, p 300-310, entre otros.

6 Otro ámbito muy relevante en la historia de la medicina del trabajo fue el de las llamadas “enfermedades profesionales”. En otra ocasión se revisarán sus regulaciones y la manera en que su tratamiento legal y previsional fue asimilado al de los accidentes del trabajo.

7 Ver Bermúdez, Oscar, “El Dr. Nicolás Palacios y la industria del salitre”, Revista Chilena de Historia y Geografía, n° 136, 1968, p. 206.

8 Desde principios de diciembre de 1907, trabajadores de la pampa salitrera y portuarios, ferroviarios y fabriles de Iquique se declararon en huelga. A mediados de diciembre irrumpieron en Iquique y, ante la negativa de retirarse de la ciudad, las autoridades los alojaron junto a sus familias en la escuela Domingo Santa María. El 21 de diciembre fueron masacrados por el Ejército y la Armada chilena. Tanto el episodio como la discusión acerca del número de víctimas y de las negociaciones que precedieron a la orden de abrir fuego han sido objeto de múltiples investigaciones.

9 La Oficina del Trabajo, creada en 1907, tuvo por objeto estudiar diferentes aspectos de la vida laboral del país, tales como el número y la clase de trabajadores empleados en cada industria, los salarios y las formas de pago, los accidentes del trabajo, entre otros.

10 Frías Collao, Eugenio, El trabajo en la industria salitrera. Informes presentados a la Oficina de Estadística del Trabajo, Santiago de Chile, Imprenta Cervantes, 1908.

11 Ibíd., p. 63.

12 Los cachuchos eran fondos disolventes para la elaboración del salitre. Las caídas eran usualmente atribuidas la ausencia de rejas de protección.

13 Los explosivos se utilizaron para extraer el “caliche”, material rocoso que contiene las sales de nitrato (Salitre).

14 Frías Collao, Eugenio, op. cit., p. 75.

15 En 1900 las líneas de ferrocarriles alcanzaron casi cuatro mil kilómetros a largo de Chile. Conectaron principalmente las oficinas salitreras del norte con los puertos y con las ciudades más importantes, además de algunas zonas en el sur. Alrededor del 40% perteneció en ese entonces a Ferrocarriles del Estado. Ver Marín Vicuña, Santiago, Estudios de los ferrocarriles chilenos, Santiago de Chile, Imprenta Cervantes, 1901, p. 81-71.

16 García, Eduardo, “Apuntaciones sobre el servicio médico de los Ferrocarriles del Estado de Chile”, en Actas y trabajos, Primer Congreso Médico Latino-Americano, Santiago de Chile, 1º al 9 de Enero de 1901, Tomo II, Santiago de Chile, Imprenta Barcelona, 1901, p. 178.

17 Ibíd., p. 185.

18 Ibíd., p. 178.

19 Marín Vicuña, Santiago, op. cit., p. 133.

20 Es posible que la cifra sea mucho mayor puesto el informe de Eduardo García en 1910 solo consideró a una (la segunda) de las tres secciones de Ferrocarriles. Ver García, Eduardo, “Reseña sobre el Servicio Sanitario de los Ferrocarriles del Estado en Chile”, en Ferrer, Pedro (comp.), Higiene y asistencia pública en Chile: homenaje de la delegación de Chile a los delegados oficiales a la V Conferencia Sanitaria Internacional de las Repúblicas Americanas celebrada en Santiago de Chile, del 5 al 12 de noviembre de 1911, Santiago de Chile, Imprenta Barcelona, 1911, p. 330. Aunque sus primeros catastros fueron sumamente parciales, la Oficina del Trabajo jugó un rol importante en la contabilidad de los accidentes del trabajo. En 1907 contabilizó solo 201 casos, sin embargo las leyes que penalizaron el ocultamiento de los accidentes aumentaron progresivamente la fiabilidad de sus registros. En Archivo de la Dirección General de Trabajo, Estadísticas sobre materias laborales, 1907, vol. 4.

21 Ver Salazar, Gabriel, Labradores, peones y proletarios: formación y crisis de la sociedad popular chilena del siglo XIX, Santiago de Chile, Editorial Sur, 1989, p. 225.

22 Episodio conocido como la “Tragedia del Lingue”, ver “La catástrofe ferroviaria de ayer”, El Mercurio, Santiago, 1911-02-24.

23 Los antecedentes mencionados entre 1910-1912 y los debates y dinámicas del movimiento obrero en torno a la legislación social, en Grez, Sergio, op. cit., p. 13-16.

24 Antes de la mencionada ley los trabajadores ya contaban con ciertas protecciones legales dispersas en la legislación civil y organizadas según códigos, sin embargo de escasos efectos prácticos. Al respecto, ver Merino, Baldomero, Diversas consideraciones sobre los accidentes del trabajo. Memoria de prueba para optar al grado de licenciado en leyes y ciencias políticas de la Universidad de Chile, Santiago, Imprenta y litografía José V. Soulodre, 1913, p. 12, 47-51.

25 La noción de “invalidez” ha sido ampliamente criticada por su connotación peyorativa. En este caso nos ceñiremos al uso legal y previsional que tuvo durante el período de análisis, actualmente vigente en instituciones gubernamentales como el Ministerio del Trabajo y Previsión Social de Chile.

26 El grado de incapacidad o invalidez se estimó según esta fuera temporal, parcial o absoluta. La invalidez parcial y la absoluta eran las de carácter permanente y se diferenciaban según el grado de obstrucción que las lesiones significaban para la capacidad productiva del trabajador. En cambio, la invalidez temporal era aquella limitación en el desempeño laboral que podía ser revertida. Dicha clasificación había sido objeto de discusiones parlamentarias y médico-legales a propósito del grado de invalidez y del monto de las indemnizaciones estimadas para los veteranos de la Guerra del Pacífico (1879-1884). Ver Méndez, Carlos, Desierto de Esperanzas. De la gloria al abandono: los veteranos chilenos y peruanos de la guerra del 79, Ediciones Centro de Estudios Bicentenario, Santiago de Chile, 2009, p. 71-90.

27 “Un problema social de importancia”, El Mercurio, Santiago, 1916-11-18, citado en Grez, Sergio, op. cit., (2001) p. 22.

28 “El seguro obrero y la ley de accidentes”, El Mercurio, Santiago, 1917-06-01, Citado en Grez, Sergio, op. cit., (2001) p. 22.

29 Proyecto modificatorio y críticas a la primera Ley de Accidentes del Trabajo en Silva, Humberto, Legislación chilena sobre accidentes del trabajo. Memoria de prueba para optar al grado de licenciado en leyes y ciencias políticas de la Universidad de Chile, Santiago, Soc. Imprenta y Litografía Universo, 1925, p. 32-35.

30 Desde los primeros años del siglo XX se instauraron hitos al respecto, mediante la aprobación de leyes como la de habitaciones obreras (1906), de descanso dominical (1907), de la silla (1914), de indemnizaciones por accidentes del trabajo (1916) y la ley de las salas cunas en establecimientos industriales (1917), entre otros.

31 Ver Ahumada, Arturo, El ejército y la revolución del 5 de septiembre de 1924. Reminiscencias. Edición y estudio preliminar de Claudia Arancibia, Santiago de Chile, Centro de Estudios Bicentenario, 2006, p. 48.

32 Este concepto es relevante puesto que distinguió dos ámbitos previsionales y estuvo a la base de discusiones políticas y económicas en torno a la seguridad social. Se estimó que los “riesgos sociales” derivados de “circunstancias naturales”, como podían ser la vejez y las enfermedades de una persona, fueran cubiertos por seguros obligatorios tales como el estipulado por la Ley de Seguro Obligatorio de Enfermedad, Vejez e Invalidez (n° 4054). En cambio, los “riesgos profesionales” derivados de la profesión u oficio del obrero, y que por lo tanto eran de responsabilidad del patrón, debieron asegurarse en organismos de prima variable, de acuerdo con la calidad del riesgo y no necesariamente obligatorios. Las definiciones en Contreras, Domingo, Seguro contra los accidentes del trabajo, Memoria de prueba para optar al grado de licenciado en la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad de Chile, Santiago de Chile, Taller gráfico La Tarde, 1937, p. 30.

33 La transformación legal que suprimió la obligatoriedad del seguro de accidentes del trabajo, en Silva, Humberto, op. cit., p. 96-98.

34 A fines de la década de 1930 solo un 27,8% de los trabajadores tenían asegurados sus riesgos profesionales por accidentes o enfermedades laborales, de un total de 1.430.000 trabajadores en condiciones de recibir beneficios. De Viado, Manuel, “Reseña de la legislación nacional sobre accidentes del trabajo”, Boletín Médico Social de la Caja de Seguro Obligatorio, 1940, año VII, n° 70, p. 84.

35 Pérez, Francisco, “Nuestros propósitos” [Editorial], Seguridad. Revista mensual de educación preventiva, ed. Sección Accidentes del Trabajo de la Caja Nacional de Ahorros, junio de 1935, año 1, n° 1, p. 5.

36 La mecanoterapia utilizaba máquinas diversas, como poleas o sistemas de pesas, para ejercitar los movimientos en las regiones del cuerpo afectadas por una lesión. La fisioterapia se servía de dichas máquinas y además prescribía masajes y movimientos para la ejercitación funcional del cuerpo. Ambas técnicas se utilizaban durante el régimen post-operatorio.

37 Ver Laborde, Miguel y Gasic, Miguel, Instituto Traumatológico. 75 años de ortopedia y traumatología en Chile, Santiago de Chile, Facultad de Medicina Universidad de Chile, 2012, p. 27.

38 Se trató del decreto-ley Nº 313 del 20 de mayo de 1931, derogado el 3 de agosto del mismo año. Algunos parlamentarios opositores estaban vinculados económicamente a sociedades de seguro privado, como Oscar Marcelo Ruiz Tagle y Eleazar Lezaeta Acharán, ambos militantes del partido conservador. Sus principales argumentos en defensa del negocio asegurador y de su desregulación estatal, en Congreso Nacional, Cámara de Diputados (en adelante CNCD), Sesión 17.a ordinaria, 6 de julio, 1931, p. 623-628, 643-645. La discusión en torno al lucro de los seguros comerciales y al proyecto de seguro único continuó en forma intermitente durante esa década.

39 Gebauer, Teodoro, “Discurso de 1977 con motivo de los 40 años del Instituto Traumatológico”, Revista Chilena de Ortopedia y Traumatología, 1977, Vol. XVIII-2, p. 12-14, citado en Laborde, Miguel y Gasic, Miguel, op. cit., p 29.

40 Gebauer, Teodoro, “Reeducación profesional de inválidos del trabajo”, Revista de Asistencia Social, órgano de la asociación chilena de asistencia social, diciembre 1935, Tomo IV, n° 4, p. 504.

41 Bustos, Julio, La seguridad social: estudio de la previsión social en Chile, sus resultados después de diez años de aplicación y las reformas que deben introducirse, Santiago, Talleres Gráficos Gutenberg, 1936, p. 236.

42 Gebauer, Teodoro, op. cit., (1935) p. 500.

43 Ver Bustos, Julio, op. cit., p. 190.

44 Ver Bustos, Julio. op cit., p. 238.

45 Según Vicente Acuña, diputado del partido democrático y promotor del decreto-ley 313, en ese entonces un 36% de las primas eran captadas por tres de los más importantes seguros privados; Sol de Chile, Industrial y Franco Chilena. El 64% de las primas restantes eran captadas por la Caja Nacional de Ahorros. Ver CNCD, op. cit., 631.

46 Caja Nacional de Ahorros, Memoria de la Sección Accidentes del Trabajo de la Caja Nacional de Ahorros, Santiago de Chile, 1939, p. 6

47 El concepto “reeducación profesional” fue elaborado y aplicado en ámbitos tan diversos como la inserción laboral de inválidos del trabajo y la capacitación de cesantes en nuevos oficios durante períodos de recesión. Gebauer lo promovió en sus múltiples acepciones, inspirado en parte por las nociones desarrolladas en Madariaga, César, La reeducación profesional, Madrid, Editorial Aguilar, 1931.

48 Brañes, Julio, Amputaciones y prótesis del miembro inferior. Tesis de prueba para optar al título de Médico-Cirujano de la Universidad de Chile, Santiago de Chile, Imprenta y Litografía Le Blanc, 1939, p. 9

49 Otros médicos también fueron comisionado para realizar estadías en Europa en torno la ortopedia, experiencias que sirvieron para validar la especialidad en un medio dominado por la medicina quirúrgica. Un ejemplo de ello en Otto, Guillermo, “La moderna ciencia de la Ortopedia”, Revista Beneficencia. Órgano de los servicios de beneficencia y asistencia social, 1931, Año III, n° 30, p. 2492.

50 El centralismo cambiará durante la década del 40’ con la “postas traumatológicas” fundadas en Temuco, Antofagasta, Valparaíso, Curicó, Concepción, entre otros.

51 Archivo de la Dirección General de Trabajo, Providencias, 1939, vol. 1015.

52 El cuadro estadístico en Equipo Médico del Hospital Sanatorio El Peral, “El problema médico social de la silicosis”, Boletín Médico Social, 1941, n° 89-90, p. 687.

53 En ese entonces médico del Ministerio de Salubridad

54 De Viado, Manuel, op. cit., p. 75-110.

55 De Viado, Manuel, op. cit., p. 92.

56 Avendaño, Oscar, “La invalidez en la Caja de Seguro Obligatorio de Enfermedad e Invalidez (continuación)”, Previsión Social, Ed. Departamento de Previsión Social, Ministerio de Salubridad, Previsión y Asistencia Social, 1942, n° 46, p. 144.

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Référence électronique

Diego Ortúzar, « Legislación y medicina en torno a los accidentes del trabajo en Chile 1900 – 1940 »Nuevo Mundo Mundos Nuevos [En ligne], Débats, mis en ligne le 17 octobre 2013, consulté le 08 novembre 2024. URL : http://journals.openedition.org/nuevomundo/66007 ; DOI : https://doi.org/10.4000/nuevomundo.66007

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Auteur

Diego Ortúzar

Doctorante en Ciencias Sociales, IIEG-FFyL, CONICET
Universidad de Buenos Aires / Escuela de Altos Estudios en Ciencias Sociales de Paris
diego.ortuzar.r@gmail.com

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Droits d’auteur

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