- 1 Sergio Sardone, “Los secuestros de las remesas americanas de particulares de Carlos V a través de l (...)
1Para sufragar los grandes costes de sus campañas militares en Europa y en el Mediterráneo el Emperador Carlos V de Habsburgo – o Carlos I de España – recurrió varias veces, durante su reinado español, a las requisas – secuestros o incautaciones – de las remesas indianas de particulares, constituidas principalmente por oro, plata, dinero y, en algunas ocasiones, incluso perlas. La vía preferida para extinguir estos préstamos forzosos era la emisión de títulos de las rentas, es decir “juros” de diversas tipologías – al quitar, perpetuos y de por vida –, que establecían un plazo muy largo en el pago de la deuda contraída. Sin embargo, los mercaderes transatlánticos involucrados en el comercio entre Sevilla y las Indias, principales afectados de la medida, solicitaron continuamente el pago de sus créditos y del interés establecido a través de “libranzas” – libramientos u orden de pagos – situadas en las tesorerías reales indianas o en la Casa de la Contratación de Sevilla, que se encargaba de llevar a cabo la requisa. Desde 1523, año en que comenzó a practicarse esta medida de financiación forzosa, la Corona empezó a acordar a las víctimas de los expolios posibilidades de desembolsos ultramarinos. El préstamo forzoso de 1534 de 60.000 ducados se extinguió con una amortización en tres años con libranzas colocadas en el “servicio” (donativo) acordado por las Cortes de Madrid, y además con algunas y limitadas libranzas ultramarinas. Es a partir de la requisa de 1536, efectuada por el licenciado Juan Suárez de Carvajal, que el Gobierno concede de manera sistemática pagos ultramarinos, tras las protestas del Consejo de Sevilla y de sesenta y tres mercaderes afectados por el embargo de sus remesas. Además, la Reina y Emperatriz, Isabel de Portugal, regente del trono de su marido, se comprometió con los tratantes a no decretar otra “toma” de sus caudales.1
- 2 RC, Valladolid, a los oficiales de Sevilla, 17-V-38. AGI, Ct, 4676, L.2.
2Sin embargo bastaron pocos meses y la promesa se incumplió. El mismo Carlos V, una vez en España y a punto de salir hacia Niza, donde firmó la nueva paz con el “Cristianísimo Rey de Francia”, Francisco I de Valois, decretó otra requisa de caudales llegados de Perú y de otras provincias e islas de Indias en los navíos de las armadas de Blasco Núñez Vela y de Miguel de Perea. La expropiación fue declarada oficialmente el 17 de septiembre de 1538, seis meses después de la llegada de este tesoro, motivando los nuevos expolios de oro y plata en esta manera:2
“De que nos enviastes los registros del oro y plata que en ellos viene y como quiera que quieramos escusarnos de lo tomar por ser las neçesidades que al presente se nos ofreçen tan grandes, agora más que nunca, conviene servirnos de nuestros súbditos, especialmente siendo el efeto para que lo queremos de tan grande importancia que es para el armada que con el ayuda de Nuestro Señor entendemos hazer contra al Turco, enemigo de nuestra Santa Fee Católica y sus secazes [secuaces]; y ansí avemos determinado de lo mandar tomar por que no ay en estos Reynos otro medio para nos poder ayudar y socorrer para efectuar a la dicha armada con la presteza que se requiere.”
- 3 RC, Valladolid, a los Contadores Mayores de Cuentas, 17-V-38. AGI, Ct, 4676, L.2. Sobre la requisa (...)
- 4 Registro de Reales Cédulas despachadas en el Consejo de Indias conteniendo libranzas. AGI, IG, 606, (...)
3Tanto el frente otomán-berberisco como los encuentros nizardos promovidos por el Papa Paulo III determinaron una importante subida de la deuda. Los títulos a largo plazo eran constituidos por los juros perpetuos de 30.000 mrs el millar, de la misma especie de los de las precedentes requisas de 1535 y 1536, y garantizaban un pago anual del 3,3% de la suma invertida con la posibilidad, para la Real Hacienda, de redimirlos en el tiempo de seis años, quedando luego inextinguibles.3 No constituían, pues, la mejor opción de desembolso para los profesionales del comercio colonial, interesados en recibir dinero más rápidamente para satisfacer a sus acreedores. Por esto las solicitudes de libranzas que inundaron la Corte en ocasión de la requisa de remesas de 1538 alcanzaron un valor nunca registrado hasta entonces, siendo esta fórmula de pagos más rápida e integral, además de garantizar un interés del 3,3% a contar desde el 1° de mayo. A partir del año siguiente, comenzaron a expedirse las primeras libranzas ultramarinas y el Consejo de Indias, organismo que vigiló estos pagos hacendísticos situados en Indias, procedió a asentarlas en el “Libro” o “Registro de las Libranzas”, que constituye, junto al libro de la requisa de los oficiales de la Casa de la Contratación, la fuente documental primaria para un estudio sobre dicha requisa y también sobre el sistema de pagos ultramarinos. Representan, también, una perspectiva macroeconómica sobre el comercio colonial y la capacidad de pagos de las cajas reales americanas involucradas en estos desembolsos.4
- 5 RC, Toledo, 31-V-39. AGI, IG, 1962, L.6, f.165-165v.
- 6 Clarence Henry Haring, Comercio y navegación entre España y las Indias en la época de los Habsburgo (...)
4Sucesivamente a la requisa fueron decretadas ocho restituciones de caudales por 521.197 mrs motivadas por el estado de necesidad de los afectados. Destacan, por cuantía, los 265.496 mrs entregados al pasajero Pedro Hernández, «estrangero y natural de nuestro condado de Flandes», quien los solicitó por «los costes en regresar a su tierra».5 Estas devoluciones redujeron el valor del caudal embargado por la Casa de la Contratación, que Haring y García-Baquero González han estimado en 87.284.888 mrs,6 teniendo en cuenta un criterio contable basado en las monedas que se acuñaron con aquel tesoro. Aquí, en cambio, se toma en consideración la suma de las certificaciones del préstamo forzoso expedidas una vez descontada la avería, la contribución que repartía los costes de armadas, calculada en razón del 1% del valor de las remesas y por valor global de 2.320.299 mrs. Además de las partidas devueltas, se han deducido la sanción de 329.250 mrs infligida a Pedro de Heredia y aplicada a sus caudales, por un valor total neto de 83.293.354 mrs que consideramos el definitivo de expolio de remesas de Indias.
- 7 CPA, p. 22-36.
- 8 Enrique Otte, Las perlas del Caribe: Nueva Cádiz de Cubagua, Caracas, Fundación John Boulton, 1977, (...)
- 9 María del Carmen, Gómez Pérez, Pedro de Heredia y Cartagena de Indias, Sevilla, EEHA-CSIC, 1985; Ja (...)
- 10 APS, Pedro de Castellanos, Oficio V, Lib. 4. Escritura de 15 de junio de 1534; CFA, II y XI.
- 11 Sergio Sardone, op. cit., p. 34-42.
5El análisis de la requisa ha permitido individuar hasta 210 distintos créditos. El 53,2% del valor del préstamo provino de 21 acreedores con aportes superiores al millón de mrs. Cinco de los seis principales entregaron oro y plata por más 2,4 millones de mrs y fueron personajes implicados en la conquista y en los repartos de botines en las tierras de Colombia y Perú (Cuadro 1). Es el caso del gobernador Pedro de Heredia, por aquel entonces suspendido de su cargo, del clérigo Hernando de Villadiego de Guzmán y de Juan de Gámez, todos establecidos en Cartagena de Indias; así como algunos hombres de confianza del gobernador de Perú Francisco Pizarro, como su secretario Rodrigo de Mazuelas, el maestresala Luis de Cárdenas y más Gregorio de Sotelo, todos estantes o vecinos en Lima.7 Salvo Heredia y Villadiego, los restantes optaron por recibir juros. El primer acreedor reconducible a profesionales del comercio es la compañía de Hernando de Jerez y Juan Núñez, con 2,6 millones de mrs, seguido por Alonso Caballero, pionero del comercio entre Tierra Firme y Perú, y más hermano y socio del mariscal de la isla Española, Diego Caballero, de los más grandes empresarios transatlánticos.8 Aunque tuviesen cargos públicos de primer orden, Heredia y Mazuelas habían formado empresas mercantiles, el primero con su hermano Alonso y su hijo Antonio,9 el segundo estuvo asociado, a partir de junio de 1534, a los vascos Domingo de Zornoza, Jerónimo Zurbano y Domingo de Soraluce.10 Entre los principales prestamistas sorprende la presencia, con casi 1,3 millones, de la Orden de Alcántara. Poco debajo del millón fueron los préstamos forzosos sufridos por la compañía de los valencianos Forcadel, por Juan de Alfaro, y por Doña Isabel de Bobadilla, destinataria de una remesa de 918.720 mrs de su marido, Hernando de Soto, adelantado de la Florida.11
Cuadro 1 – Principales acreedores de la requisa de remesas de Indias de 1538 y tipología de desembolso elegido (Valores en maravedíes y en tanto por ciento)
N. Acreedores
|
|
Valores
|
%
|
Títulos
|
1 Pedro de Heredia (gobernador de Cartagena)
|
|
8.458.300
|
10,2
|
Libranza
|
2 Rodrigo de Mazuelas
|
|
3.715.000
|
4,5
|
Juro
|
3 Luis de Cárdenas
|
|
2.812.000
|
3,4
|
Juro
|
4 Hermando de Jerez y Juan Núñez
|
*
|
2.695.512
|
3,2
|
Libranza
|
5 Juan de Gámez
|
|
2.415.000
|
2,9
|
Libranza
|
6 Hermando Villadiego de Guzmán (clérigo)
|
|
2.415.000
|
2,9
|
Libranza
|
7 Alonso Caballero
|
*
|
2.322.912
|
2,8
|
Libranza
|
8 Domingo de Zornoza
|
*
|
2.301.217
|
2,8
|
Juro
|
9 Alonso de Illescas y Hernán Sánchez Dalvo
|
*
|
2.027.025
|
2,4
|
Libranza
|
10 Melchor de Carrión
|
*
|
1.570.190
|
1,9
|
Libranza
|
11 García de Gibraleón y Pedro García
|
*
|
1.458.418
|
1,8
|
Cesión/Juro
|
12 Rodrigo de Gibraleón
|
*
|
1.400.206
|
1,7
|
Libranza
|
13 Hernán Pérez Jarada
|
*
|
1.306.630
|
1,6
|
Libranza
|
14 Orden de Alcántara
|
|
1.292.817
|
1,6
|
Libranza
|
15 Alonso Román (jurado)
|
*
|
1.274.956
|
1,5
|
Libranza
|
16 Gregorio de Sotelo
|
|
1.234.572
|
1,5
|
Juro
|
17 Ruy Días de Segura y Pedro Gutiérrez
|
*
|
1.213.047
|
1,5
|
Libranza
|
18 Jerónimo de Herrera
|
*
|
1.190.376
|
1,4
|
Libranza
|
19 Catalina Méndez de Moscoso
|
|
1.108.800
|
1,3
|
Cesión/Juro
|
20 Francisco de Zabala
|
*
|
1.083.821
|
1,3
|
Libranza
|
21 Antonio Corzo
|
*
|
1.044.707
|
1,3
|
Libranza
|
|
|
44.340.508.50
|
53.2
|
|
Fuente: Véase nota n. 4. Leyenda: * mercader o compañía mercantil.
6Si la forma de desembolso preferida por los conquistadores fue la emisión de juros, la elegida por casi todos los comerciantes fue la de las libranzas ultramarinas, que representaba la mejor alternativa al traspaso del crédito para recuperar liquidez de manera rápida y sin amortización de largo plazo. De hecho, todos los mercaderes con créditos superiores a los quinientos mil mrs solicitaron libranzas en el lugar donde tenían asentados sus negocios o sus agentes indianos, con la única excepción de la compañía de García de Gibraleón y Pedro García que traspasó el crédito al contino Juan Ochoa de Salinas. Éste fue el principal de los cesionarios que relevaron certificaciones, con 23 traspasos por más de 6,7 millones de mrs. Setecientos procedieron del banco Diego Martínez, otro principal cesionario con 23 créditos relevados por 2,8 millones y destinados todos a certificaciones para invertir en juros. A esta suma Martínez añadió otros 1,9 millones por seis créditos que relevó con su socio, el mercader italiano Cristóbal Francesquín, natural de Lucca, y cuya extinción fue puesta a cargo de los oficiales de Nueva España. Sólo estos tres cesionarios relevaron globalmente 52 certificaciones sobre las setenta que fueron objeto de traspaso y se han detectado, manejando casi 11,5 millones de mrs o el 75% del volumen monetario de los traspasos (Cuadro 2).
Cuadro 2 – Cuadro sinóptico de los traspasos de créditos de la requisa de remesas indianas de 1538 (Valores en número y maravedíes)
Cesionarios
|
N.
|
Total
|
Libranzas
|
Juro
|
Juan Ochoa de Salinas
|
23
|
6.750.000
|
0
|
6.750.000
|
Diego Martínez (banco)
|
23
|
2.798.097
|
0
|
2.798.097
|
Cristóbal Francesquín y Diego Martínez (banco)
|
6
|
1.912.782
|
1.912.782
|
0
|
Juan de Sámano (secretario)
|
2
|
719.849
|
0
|
719.849
|
Don Gaspar Gastón de la Cerda
|
2
|
700.128
|
0
|
700.128
|
Alonso de Illescas
|
4
|
453.523
|
0
|
453.523
|
Franco y Pedro Juan Leardo y Bautista de Brine
|
1
|
435.204
|
435.204
|
0
|
Francisco Muñoz (herederos)
|
1
|
329.076
|
329.076
|
0
|
Melchor Pérez
|
1
|
227.700
|
227.700
|
0
|
Rodrigo de Mazuelas
|
1
|
199.659
|
0
|
199.659
|
Diego de Fuenmayor
|
1
|
198.000
|
198.000
|
0
|
Rodrigo Álvarez
|
1
|
197.614
|
197.614
|
0
|
Alonso de Illescas y Luis Sánchez Dalvo
|
1
|
168.300
|
168.300
|
0
|
Diego de Troya (herederos)
|
1
|
150.282
|
150.282
|
0
|
Monasterios de S. Pablo de S. Domingo y Sevilla
|
1
|
47.124
|
47.124
|
0
|
Tomás Ruiz
|
1
|
29.700
|
29.700
|
0
|
|
70
|
15.317.038
|
3.695.782
|
11.621.256
|
Fuente: Véase nota n. 4.
7El principal crédito relevado por el banco Martínez, de 1,1 millón, fue el de Catalina Méndez de Moscoso, vecina de Talavera y madre y heredera de Francisco de Arévalo. No está comprobado si él, su socio o Salinas invirtieron definitivamente las certificaciones en los juros perpetuos emitidos tras la requisa o bien beneficiaron de las libranzas. Como he subrayado en nuestro precedente estudio sobre las requisas carolinas y las fuentes notariales, los expolios de remesas de Indias provocaron no sólo estrecheces financieras sino dieron un importante impulso a la formación de un mercado del crédito y también de compañías y bancos especializados en la compraventa de certificaciones, títulos previos a la emisión de títulos y libranzas, auténticos cheques y billetes de bancos ante-litteram. De su mediación se aprovecharon, sobre todos, nobles, aristócratas, monasterios y acaudalados mercaderes, interesados en la inversión en la deuda pública. En total, las sumas traspasadas sumaron 15,3 millones de mrs, pues equivalentes a 18,4% del préstamo total. El 75% del volumen traspasado – 11,6 millones por 55 cesiones – fue invertido en juros.
- 12 Otros titulares de créditos no extintos con juros o libranzas fueron Rodrigo Alonso, Pedro de Orteg (...)
8La solución de las libranzas fue aquella preferida por el desembolso de préstamos relacionados con la requisa de remesas de Indias de 1538. Fue utilizada por casi todos los protagonistas del comercio colonial que no cedieron sus créditos. Las 135 libranzas detectadas asumieron a 51.891.915 mrs, es decir el 62,3% del entero préstamo forzoso, de las cuales 128, de valor de 49.647.354 mrs, situadas en las tesorerías americanas y las siete restantes estuvieron a cargo de la tesorería de la Casa de la Contratación (Cuadro 3). El uso masivo del desembolso en Ultramar en esta requisa se explica tanto por el mayor peso de las remesas de comerciantes como por ser el de 1538 el cuarto expolio del tesoro indiano decretado a partir de 7 de diciembre de 1534. De hecho, con el mercado de crédito de Sevilla saturado por las grandes emisiones de certificaciones y títulos, las libranzas ultramarinas constituyeron la vía de escape del agobio financiero, junto al traspaso, que, pero, estaba sujeto a las especulaciones de mediadores, cesionarios e inversores. En cambio, los juros perpetuos, tasados al 3,3%, asumieron a 1.038.760 mrs, por un capital invertido de 31.162.793 mrs, que corresponde al 37,4% de la totalidad del préstamo. Hasta 1540, año en que se revisaron las cuentas de la requisa, no se habían expedido todavía los títulos de siete acreedores, de valor de 238.640 mrs, los principales eran la compañía de Francesco Lapi y Melchor Suárez (144.450), sujeta a liquidación, y el capitán general Blasco Núñez Vela (51.350 mrs).12
9A pesar de una distribución casi homogénea del número de libramientos – entre 41 y 44 – a cargo de las tres áreas coloniales consideradas, de las Islas del Caribe, de Nueva España y de las tres provincias de Tierra Firme, Nueva Castilla (Perú) y Cartagena, el valor de los pagos gravó prevalentemente a éstas últimas, con 26,5 millones globales, o 51% del préstamo. El valor promedio prestado varió bastante, de los 134 mil mrs de Cuba a los 2,3 millones situados en Lima (4,5%) con una libranza beneficiada enteramente de Alonso Caballero.
Cuadro 3 – Distribución de las libranzas situadas en las tesorerías de Indias y de la Casa de la Contratación de Sevilla relacionadas con la requisa de remesas indianas de 1538 (Valores en número, maravedíes y en tanto por ciento)
Tesorerías
|
Ciudades
|
N.
|
%
|
Valor
|
%
|
Promedio
|
Española
|
Santo Domingo
|
22
|
16,3
|
5.177.363
|
10
|
235.335
|
San Juan
|
San Juan de Puerto Rico
|
15
|
11,1
|
4.296.299
|
8,3
|
286.420
|
Cuba
|
Santiago
|
2
|
1,5
|
269.082
|
0,5
|
134.541
|
Cubagua
|
Nueva Cádiz
|
2
|
1,5
|
1.545.242
|
3
|
772.621
|
» Isla del Caribe
|
|
41
|
30,4
|
11.287.985
|
21,8
|
275.317
|
» Nueva España
|
C. de México/Veracruz
|
43
|
31,9
|
11.865.379
|
22,9
|
275.939
|
Tierra Firme
|
Panamá/Nombre de Dios
|
37
|
27,4
|
14.592.844
|
28,1
|
394.401
|
Nueva Castilla
|
Los Reyes (Lima)
|
1
|
0,7
|
2.322.912
|
4,5
|
2.322.912
|
Cartagena
|
Cartagena de Indias
|
6
|
4,4
|
9.578.233
|
18,5
|
1.596.372
|
» Tierra Firme, Perú y Cartagena
|
|
44
|
32,6
|
26.493.990
|
51,1
|
602.136
|
» Casa Contratación de Sevilla
|
|
7
|
5,2
|
2.244.561
|
4,3
|
320.652
|
|
|
135
|
100
|
51.891.915
|
100
|
384.385
|
Fuente: Nota 1.
Gráfico 1 – Distribución de las libranzas situadas en las tesorerías de Indias y de la Casa de la Contratación de Sevilla tras la requisa de remesas indianas de 1538
(Valores en tanto por ciento)
Fuente: Véase cuadro 3.
- 13 Sobre la importancia crecientes de estos dos puertos por la fiscalidad y el comercio de la Nueva Es (...)
10Singularmente, las tesorerías indianas más cargadas de desembolsos ultramarinos fueron la de Tierra Firme (28,1%), Nueva España (22,9%), Cartagena (18,5%) y las dos insulares de Española (10%) y San Juan de Puerto Rico (8,3%). Sólo dos pagos fueron requeridos en Cubagua y en Cuba, de distintos valores que incidieron globalmente en un 3,5%. En el caso de Tierra Firme y Nueva España los pagos debieron realizarse tanto por los tesoreros reales, establecidos en las capitales Panamá y Ciudad de México, como por sus factores o lugartenientes en Nombre de Dios y Veracruz, principales puertos y centros aduaneros del Continente para la recaudación del almojarifazgo.13
- 14 RC, Madrid, 2-VII-40. AGI, IG, 606, L.Libran, f.85-86v: «...pagados los salarios del nuestro presyd (...)
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- 16 El de Jorge se realizó el 3 abril el de Herrera el 31 de mayo. AGI, Cd, 1050. Agradecemos al Prof. (...)
- 17 AGI, IG, 606, L.Libran, ff. 91v-92v. Sobre las relaciones financieras entre los dos Cataño y Don He (...)
11En la tesorería de Santo Domingo fueron inicialmente situados pagos por veintinueve créditos distintos de valor global de 7.386.300 mrs. No todos fueron satisfechos, debido a la insuficiencia de recursos de la caja real, agraviada del juro perpetuo a favor de Don Luis Colón, III Almirante de las Indias y titular del mayorazgo de su padre, Don Diego Colón, que suponía en la Isla Española un pago anual de diez mil ducados castellanos, o 3.750.000 mrs, que se añadían a los sueldos de los funcionarios de la Real Audiencia.14 Si por un lado estas obligaciones impidieron, o redujeron, el número y la consistencia de envíos de remesas públicas a la Casa de la Contratación por la tesorería haitiana,15 por otro obligaron a nueve acreedores a solicitar al Consejo de Indias el cambio de la caja pagadora, eligiendo en sustitución, en este caso, aquella más cercana de Puerto Rico o bien la de Nueva España. En dos circunstancias, la de Jerónimo de Herrera y la de la compañía de Álvaro y Gonzalo Jorge, el pago se realizó en Santo Domingo, en la primavera de 1540 a pesar de las órdenes de desplazamiento de las libranzas a Puerto Rico y Nueva España ya expedidas en Castilla, con lo cual sólo siete cambios se cumplieron.16 Hasta fines del año de 1541 quedaban cargadas a la caja real haitiana veintidós libranzas, por un valor de 5,1 millones de mrs (Cuadro 4), de las cuales dos no se había todavía cumplido: 100.000 mrs de Don Hernando Colón, otro hijo del Descubridor, fallecido en 1539; 140.580 mrs de Gregorio Cataño, genovés, de los principales sus acreedores junto a Juan Bautista Cataño, a quien finalmente se expidió la libranza en Castilla pero sólo el 26 de julio de 1541.17
Cuadro 4 – Acreedores de libranzas situadas en la tesorería real de la Isla de Española relacionadas con la requisa de remesas de Indias de 1538 (Valores en maravedíes y en tanto por ciento)
N.
|
Acreedores
|
Valor
|
%
|
1
|
Melchor de Carrión
|
1.570.190
|
30,3
|
2
|
Hermando de Jerez y Diego Sánchez
|
583.803
|
11,3
|
3
|
Jerónimo de Herrera
|
440.376
|
8,5
|
4
|
Hernando de Olivares
|
388.080
|
7,5
|
5
|
Álvaro y Gonzalo Jorge
|
386.100
|
7,5
|
6
|
Hernando de Jerez y Juan Núñez
|
218.591
|
4,2
|
7
|
Sancho de Rios
|
180.972
|
3,5
|
8
|
Diego de Almonte
|
179.190
|
3,5
|
9
|
Miguel de Ciria
|
171.617
|
3,3
|
10
|
Gregorio Cataño
|
140.580
|
2.7
|
11
|
Diego de Medina
|
124.344
|
2,4
|
12
|
Alonso de Nebreda
|
122.364
|
2,4
|
13
|
Hernando Colón
|
100.000
|
1,9
|
14
|
Luis de Armenta y Hernán López
|
85.140
|
1,6
|
15
|
Luis de Armenta
|
83.160
|
1,6
|
16
|
Hernán López
|
79.200
|
1,5
|
17
|
Pedro Fernández (sombrerero)
|
78.903
|
1,5
|
18
|
Domingo Díaz (zapatero)
|
64.152
|
1.2
|
19
|
Lope de Portillo
|
58.608
|
1,1
|
20
|
Monasterios de San Pablo de Santo Domingo y Sevilla
|
47.124
|
0,9
|
21
|
Giraldo de Virués
|
39.600
|
0,8
|
22
|
Gaspar de Torres
|
35.269
|
0,7
|
|
|
5.177.363
|
100
|
Fuente: Véase nota n. 4.
- 18 RC, Valladolid y Fuensalida, 4-III y 20-X-41. AGI, SD, 868, L.2, ff.131-131v, 138v.
12Entre las libranzas a cargo del tesorero haitiano las dos del burgalés Melchor de Carrión, de 1,5 millones de mrs globales, constituyeron el crédito de mayor cuantía, seguido por aquellos de Hernando de Jerez, con sus distintos compañeros Diego Sánchez y Juan Núñez, y de Jerónimo de Herrera, Hernando de Olivares, Sancho de Ríos, Miguel de Ciria y de la compañía de Álvaro y Gonzalo Jorge. En julio de 1541, Carrión y Olivares consiguieron que los oficiales dominicanos les entregasen las sumas en «oro quilatado» y no en diferente metal como querían hacer.18 Entre los beneficiarios de estos pagos estaban el sombrerero Pedro Fernández – con libranza expedida a sus herederos – y el zapatero Domingo Díaz, y también los monasterios de San Paolo de Santo Domingo y de Sevilla, herederos a mitad de los 47.124 mrs dejado por doctor Juan Pérez de Roldán.
- 19 Sobre los pagos de libranzas efectuados por Juan de Castellanos a partir de 1538, cfr. Aurelio Tano (...)
13La tesorería de San Juan fue otra caja real americana cargada de un juro a favor de los hijos de Don Diego Colón, en concreto del vitalicio de 500.000 mrs otorgado el 19 de enero de 1537 a Doña María de Colón, nieta del Descubridor, que comenzó a pagarse tras un libramiento de 18 de abril de 1538. Además de esta obligación, la tesorería borincana estaba soportando por entonces los costes de la construcción del baluarte a la entrada del puerto de San Juan, “en el Morro”, obra realizada con los esclavos africanos traídos a la Isla que tenía que mantener y alimentar.19
Cuadro 5 – Acreedores de libranzas situadas en la tesorería real de la Isla de San Juan relacionadas con la requisa de remesas de Indias de 1538 (Valores en maravedíes y en tanto por ciento)
N.
|
Acreedores
|
Valor
|
%
|
1
|
Antonio Corzo
|
1.044.708
|
24,3
|
2
|
Ruy Gómez de Adalid
|
512.028
|
11,9
|
3
|
Franco Leardo y Pedro Benito de Basiñana
|
410.256
|
9,5
|
4
|
Francisco Ruiz (jurado)
|
389.268
|
9,1
|
5
|
Diego del Castillo
|
373.032
|
8,7
|
6
|
Juan de Astudillo Montenegro
|
231.537
|
5,4
|
7
|
Diego Díaz
|
226.463
|
5,3
|
8
|
Vicente Corzo
|
214.157
|
5
|
9
|
Gómez de León
|
195.773
|
4,6
|
10
|
Alonso Gómez de la Serna
|
189.882
|
4,4
|
11
|
Pablo Corzo
|
182.160
|
4,2
|
12
|
Hernando y Alonso Vanegas
|
109.692
|
2,6
|
13
|
Baltazar de Vizcarra
|
108.900
|
2,5
|
14
|
Francisco Herrnández de Coronado (doctor)
|
108.455
|
2,5
|
|
|
4.296.310
|
100
|
Fuente: Véase nota n. 4.
- 20 Sobre Antonio Corzo y su familia, cf. Enriqueta Vila Vilar, Los Corzo y Mañara. Tipos y arquetipos (...)
- 21 RC, Madrid, 14-VIII-35. AGI, SD, 2280, L. 2, f. 75.
- 22 RP, Talavera, 16-VIII-41. AGI, SD, 2280, L.2, f. 193.
14Las quince libranzas relacionadas con la requisa de 1538 que se situaron en San Juan se refieren a catorce acreedores, por un valor global de casi 4,3 millones de mrs (Cuadro 5). Principales destinatarios de estos pagos fueron Antonio Corzo – cabeza de la firma de Córcega y protagonista del trato colonial –20, Ruy Gómez de Adalid, los genoveses Franco Leardo y Pedro Benito de Basiñana y el jurado Francisco Ruiz, con créditos que absorbieron el 55% del valor cargado a la caja real puertorriqueña, que efectuó pagos a favor del vizcaíno Baltazar de Vizcarra, alcaide del Castillo de la Santa Inquisición de Triana, y del doctor Francisco Hernández de Coronado, quienes practicaban el trato con las colonias a pesar de no ser comerciantes de profesión. Coronado, en particular, recibió en la Isla, donde residía con residir con su familia, paños de Ruan y alpargatas.21 Mitad del millón de Antonio Corzo y el entero crédito de Ruy Gómez representaban pagos desplazados de Santo Domingo por la falta de oro. Juan de Castellanos, tesorero de San Juan, entregó a los agentes de Corzo, en dos ocasiones, los 522.358,5 mrs que constituían la mitad de su crédito, los primeros al maestre Bartolomé Sánchez, a fines de abril de 1540, y los segundos a García de Villadiego, a fines de abril de 1542, a partir del verano anterior el escribano de minas de la Isla.22 Entre octubre de 1540 y enero de 1544, Villadiego, residente en San Juan desde muchos años, cobró también los créditos de parientes de Corzo, de Vicente Corzo que éste le había traspasado, y el de Pablo Corzo. Otros importantes mediadores de los pagos puertorriqueños fueron el burgalés Baltasar de Castro, factor real de la Isla, y agente de estas cobranzas por los burgaleses, Diego del Castillo – crédito traspasado a Juan de Frómista –, Juan Astudillo Montenegro y Diego Díaz. Castro se ocupó además, juntamente a Rodrigo Núñez Bonel, de la cobranza del crédito de Ruy Gómez de Adalid, mientras que Rodrigo Núñez fue el mediador de los genoveses Leardo y Basiñana, y Álvaro Alonso Rascón aquel del jurado Ruiz.
- 23 Relación de lo obrado por una nao inglesa: isla de la Mona, 1528. AGI, PR, 265, R.1.
- 24 Enrique Otte, Las perlas del Caribe, op. cit., p. 364-414.
15Casi irrelevante fue el aporte de la tesorería cubana en estos pagos ultramarinos, beneficiados por sólo del escribano Fernando de Medina (68.607) y del maestre Ginés Navarro (200.475). Éste, en fines de 1527 había dado aviso a los oficiales de Santo Domingo del desembarco en la isla de Mona, en el archipiélago puertorriqueño, de una carabela de ingleses en búsqueda de la tierra del “Gran Can”.23 De mayor consistencia monetaria fueron las dos libranzas cargadas al tesorero de Cubagua y beneficiadas por Rodrigo de Gibraleón (1.400.206) y Diego Beltrán (145.035 mrs), dos de los más importantes empresarios involucrados en la pesca y en el comercio perlíferos entre la “Isla de las Perlas”, el Caribe y Sevilla. Principales socios de Gibraleón eran Francisco Ruiz y García Hernández, mientras Beltrán tenía empresa con su hermano, Álvaro Beltrán, regidor de Nueva Cádiz de Cubagua desde 1528.24
- 25 Francisco Sánchez Ortiz cedió otros 240.256,5 mrs a Juan Ochoa de Salinas.
16Los 43 pagos situados en la caja real novohispana valieron casi doce millones de mrs, el 53,3% de los cuales a favor de nueve acreedores: Alonso Román – dos libranzas –, jurado de Sevilla; Jerónimo de Herrera; los herederos de Pedro de Talavera; Hernán Pérez Jarada, Juan de Urrutia, Juan Gómez, Juan de Villanueva y Hernando Galdín, éste maestre de Palos (Cuadro 6). Tanto los créditos de Román como aquellos de Diego Sánchez Ortiz, Diego Ortiz, Juan Francisco de San Remo y los 11.551,5 mrs de Francisco Sánchez Ortiz fueron traspasados al banco de Diego Martínez y Cristóbal Francesquín.25
Cuadro 6 – Principales acreedores de libranzas situadas en la tesorería real de Nueva España relacionadas con la requisa de remesas de Indias de 1538 (Valores en maravedíes y en tanto por ciento)
N.
|
Acreedores
|
Valor
|
%
|
1
|
Alonso Román (jurado)
|
1.274.956
|
10,7
|
2
|
Jerónimo de Herrera
|
750.000
|
6,3
|
3
|
Pedro de Talavera (herederos)
|
742.500
|
6,3
|
4
|
Hernán Pérez Jarada
|
706.630
|
6,0
|
5
|
Juan de Urrutia
|
673.547
|
5,7
|
6
|
Ruy Días de Segura y Pedro Gutiérrez
|
623.849
|
5,3
|
7
|
Juan Gómez
|
530.640
|
4,5
|
8
|
Juan de Villanueva
|
527.175
|
4,4
|
9
|
Hernando Galdin (maestre)
|
496.852
|
4,2
|
10
|
Tomé de Morillo
|
435.204
|
3,7
|
11
|
Francisco de Quintanilla
|
359.073
|
3,0
|
12
|
Andrés de Lantadilla
|
357.984
|
3,0
|
13
|
Alonso de León
|
350.856
|
3,0
|
14
|
Juan Navarro
|
347.886
|
2,9
|
15
|
Gaspar Jorge
|
326.107
|
2,7
|
16
|
Francisco Fernández de Ledesma
|
316.404
|
2,7
|
17
|
Baltazar de Cazalla
|
315.810
|
2,7
|
18
|
Diego Sánchez Ortiz
|
300.564
|
2,5
|
19
|
Alonso de Haro
|
237.204
|
2,0
|
20
|
Diego Ortiz
|
236.610
|
2,0
|
|
|
9.909.851
|
83,6
|
Fuente: Véase nota n. 4.
17Fue objeto de traspaso incluso el crédito de Tomé de Morillo, relevado por la compañía de Franco y Pedro Juan Leardo y Bautista de Brine y cuyo pago había sido precedentemente colocado en Santo Domingo junto a los 274.081 mrs de Gaspar Jorge, titular de dos libranzas. Fueron efectos de otros desplazamientos de Haití las libranzas que se situaron en Nueva España para Juan Gómez, Alonso de León, Alonso de Jerez, Antón de Quesada y la compañía de Gonzalo y Diego de Toledo.
- 26 RC, Toledo, 23-V-39. AGI, IG, 606, L.Libran, ff. 33, 39, 41.
- 27 Federico Melis, Mercaderes italianos en España (siglos XIV-XVI), Sevilla, Universidad de Sevilla, 1 (...)
- 28 AGI, Ju, 758.
18Los 623.849 mrs los hermanos Ruy Díaz de Segura y Pedro Gutiérrez correspondían a dos libranzas distintas, la primera de mitad de los 1.178.397 mrs que dividieron con la tesorería de Tierra Firme, y la segunda de 34.650 mrs.26 Otros importantes comerciantes españoles que entraron en estos pagos novohispanos son los burgaleses Alonso de Haro, Juan Díaz de Montenegro, Juan del Sueldo y Lesmes de Palencia; los sevillanos Pedro Díaz de Baeza, Juan de la Barrera, Rodrigo de Molina, Alonso Fernández Batihoja, Bernardo de la Torre, Sancho Caballero; y Alonso Fernández, mercader residente en Panamá. También benefició del tesoro novohispano el mercader florentín Francisco Lapi, factor de los Strozzi, por un crédito de 53.460 mrs. Otro, de valor de 144.450 mrs, de la compañía que tenía con Melchor Suárez, jurado de Sevilla, entró en la liquidación de la quiebra de la firma completada sólo en 1548.27 Practicó el comercio colonial incluso Juan Quintero Príncipe, alcalde mayor de Palos y conde de Miranda,28 acreedor del tesorero novohispano por 156.420 mrs.
19En la caja real de Tierra Firme se situaron 37 pagos de valor global de 14,6 millones de mrs. Más de un tercio de la suma perteneció a las dos compañías sevillanas de Hernando de Jerez y Juan Núñez (Imagen 1) y de Alonso de Illescas y Hernán Sánchez Dalvo (o de Alvo), y a Francisco de Zabala, vasco de Azcoitia establecido en Nombre de Dios y socio del conciudadano Nicolás de Aramburu, avecindado a Sevilla.29 Poco debajo del millón fueron los créditos de los hermanos Juan y Perote Forcadel, valencianos, y de Juan de Alfaro, mercader de Sevilla. Otra compañía familiar, la de los hermanos Ruy Díaz de Segura y Pedro Gutiérrez, benefició de una libranza de 589.199 mrs (Cuadro 6), que se añadía a las dos antes dichas situadas en Nueva España.
20Los 315.000 mrs de Juan Rodríguez, portugués residente en Panamá, y los 266.936 mrs de Hernando Montenegro, Juan de Cervera y del maestre Pedro de Paredes fueron situados con una única libranza otorgada al éste último, encargado evidentemente del cobro.
Imagen 1 – Libranza de 2.248.702 mrs situada en la tesorería de Tierra Firme a favor de la compañía de Hernando Núñez y Juan Núñez
Fuente: RC, Madrid, 18-VI-39. AGI, IG, 606, L.Libran., f. 48.
(Pares, Archivos Estatales, pares.mcu.es)
Cuadro 7 – Principales acreedores de libranzas situadas en la tesorería real de Tierra Firme relacionadas con la requisa de remesas de Indias de 1538 (Valores en maravedíes y en tanto por ciento)
N.
|
Acreedores
|
Valor
|
%
|
1
|
Hernando Jerez, Hernando y Juan Nuñez
|
2.248.702
|
15,4
|
2
|
Alonso de Illescas y Hernán Sánchez Dalvo
|
2.027.025
|
13,9
|
3
|
Francisco de Zabala
|
1.083.821
|
7,4
|
4
|
Juan y Perote Forcadel
|
999.900
|
6,9
|
5
|
Juan de Alfaro
|
959.112
|
6,6
|
6
|
Antón López
|
682.952
|
4,7
|
7
|
Hernán Pérez Jarada
|
600.000
|
4,1
|
8
|
Ruy Días de Segura y Pedro Gutiérrez
|
589.199
|
4
|
9
|
J. Rodríguez y P. de Paredes, H. do Montenegro y J. de Cervera
|
582.156
|
4
|
10
|
Juan de Perea
|
563.904
|
3,9
|
11
|
Hernando de Jaén
|
535.788
|
3,7
|
12
|
Diego Caballero de Cazalla
|
394.515
|
2,7
|
13
|
Lorenzo García y Jaime López
|
368.676
|
2,5
|
14
|
Francisco Muñoz
|
329.076
|
2,3
|
15
|
Juan de Vargas Morla
|
290.169
|
2
|
16
|
García López
|
247.500
|
1,7
|
17
|
Cristóbal Raizer
|
227.700
|
1,6
|
18
|
Rodrigo López
|
202.406
|
1,4
|
19
|
Pedro de Jerez
|
185.625
|
1,3
|
20
|
Isabel González
|
183.744
|
1,3
|
|
|
10.336.770
|
91.2
|
Fuente: Véase nota n. 4.
21Poco fuera de los principales diez acreedores se sitúan Pedro de Jerez, los gaditanos Lorenzo García y Jaime López, y más Diego Caballero de Cazalla, Francisco Muñoz. Entre los principales veinte acreedores Isabel González, mujer Martín Fernández Lindo de Corrales, es el único que no era comerciante profesional, mientras el alemán Cristóbal Raizer es el único mercader quien traspasó el cobro a Melchor Pérez, probablemente su procurador o mediador. Fuera de los principales veinte acreedores figuran los mercaderes Juan de Vargas Morla, Rodrigo López, Pedro de Jerez, Diego de Cuadros, Miguel Igalés, Juan Páez de Baena, Juan de Palma, Rodrigo de Illescas, Gonzalo de Segura, Alonso Ortiz y Luis Álvarez; más las tres compañías de Fernando de Carmona y Francisco Morcillo, de Gabriel Feliz y Francisco Hurtado, y de Francisco Hurtado y Juan Fernández. Se señalan también al maestre Cristóbal Romero, y a Leonor Ortes, hija menor de Francisco Ortes y sobrina del mercader Hernando Ortes.
- 30 RC, Toledo, 12-V-37 y 31-III-39. AGI, IG, 1962, L.5, f.158 y L.6, ff.180-181. María del Carmen Pére (...)
22Ya hicimos mención de la única libranza, de valor de 2,3 millones, situada en Nueva Castilla a favor de Alonso Caballero. Ahora se reseñan los pagos cargados a la tesorería de Cartagena de Indias, la tercera por valor monetario asentado tras las cajas reales de Tierra Firme y Nueva España (Cuadro 3 y Gráficos 1 y 2). El principal beneficiario de pagos ultramarinos en la provincia cartagenera fue el gobernador Pedro de Heredia, por 6.411.740 mrs, el más cuantioso desembolso en Indias de todos aquellos detectados en esta requisa, fruto de dos libramientos de 675.000 mrs – o 1.500 pesos de oro – y 5.736.740 mrs fechados el 19 de setiembre de 1539 y el 14 de agosto del año siguiente. El madrileño Heredia había fundado Cartagena de Indias en enero de 1533 y al cabo de dos años había sido suspendido del cargo por orden de la Audiencia de Santo Domingo, que tenía jurisdicción sobre aquel territorio, por la “residencia”, o información judicial, llevada a cabo por los jueces, los licenciados Juan de Vadillo y Juan de Santa Cruz, enviados a Cartagena tras los primeros rumores de mal gobierno y tiranía escuchados en la isla Española. Gracias a los primeros repartos del oro rescatado, en particular en las sepulturas del “Gran Cenú” cerca del Río Cenú, Heredia y los hombres de su hueste consiguieron grandes riquezas y también la fama de grandes evasores de los tributos – quinto y cuarto – debido al Rey por el oro rescatado. Vadillo le acusó además de haber escondido y enterrado, junto a su hermano, Alonso de Heredia, oro hasta la cuantía de 60.000 pesos, mientras en Santo Domingo se rumoreaba que su hijo, Antonio de Heredia, había traído allí 4.700 pesos y los había metidos en el monasterio de San Francisco de Santo Domingo para evitar su embargo. A partir de 1537, recogido todo el tesoro de Heredia que habían podido embargar, los oficiales haitianos lo remitieron a Sevilla – tras repetidas órdenes – en los navíos de la armada de Núñez Vela. Los oficiales hispalenses estimaron los 18.100 pesos de oro fino y de 3.343 pesos y 6 tomines de oro «baxo» recibidos a su nombre por un valor total de 8.983.510 mrs que requisaron a la espera que en el pleito que se discutía ante el Consejo de Indias se averiguasen y juzgasen su conducta y sus responsabilidades.30
- 31 RC, Valladolid, 10-I-39. AGI, SF, 987, L.2, ff. 69-70.
23Completan el cuadro de las seis libranzas situadas en la tesorería de Cartagena, la de 2.415.000 mrs de Hernando Villadiego de Guzmán, clérigo de Plasencia, a quien se le concedió el arcedianazgo de la iglesia catedral de Cartagena;31 las dos de 510.250 y 199.610 mrs concedidas a Rodrigo Álvarez, la primera a él sólo y la segunda a compartir con Juan de Escalante; y la de 49.600 mrs a favor del clérigo Fernán Rodríguez.
- 32 RC, Madrid, 23-V-40. AGI, IG, 1963, L.7, f. 133.
24El Tribunal Supremo del Consejo de Indias revisó la sentencia de la Audiencia dominicana, así que fueron restituidos a Pedro de Heredia los poderes de gobernador y de capitán general de Cartagena de Indias el 10 de junio de 1540. Sin embargo, fue condenado a pagar 398.250 mrs – sería el 4,4% de sus remesas totales – para la Cámara Real, penas de estrados y obras pías; condena que redujo a 8.458.300 mrs el valor final de su crédito, una vez descontados los 37.500 mrs – cien ducados – entregados a su mujer, Constanza Franco, que había quedado arruinada por financiar sus empresas, y los 89.460 mrs de la avería del 1%. Habiendo referido ya sobre las dos libranzas cartageneras de importe superior a los 6,4 millones, quedan por detallar los 2.046.561 mrs de capital entregado en Sevilla por el tesorero de la Casa de la Contratación, Francisco Tello, tras las libranzas expedidas entre mayo de 1539 y el mayo del año siguiente. En nombre de Heredia se entregaron 609.000 y 302.561 mrs a Miguel Jerónimo de Ballesteros, deán de Cartagena, y a su hijo, Francisco de Ballesteros, quien los recibió por «cierta obligación y deligençia» tras las cédulas de 23 de mayo y 26 de junio 1539; otros 80.000 mrs se dieron a Pedro de Rosales por 200 pesos y según una orden de 29 de enero; 187.500 mrs se pagaron dos veces a Alonso de Ribadeneira tras las cédulas de 20 noviembre y 16 de marzo; y, finalmente, 680.000 mrs situados el 23 de mayo de 1540 a Don Alonso Téllez, en nombre de Alonso de Ribadeneira, por una deuda de Heredia.32
- 33 RC, Toledo, 21-II-39. AGI, IG, 606, L.Libran., f.4v.
25Se incluye en las libranzas asentadas en la Casa de la Contratación incluso 198.000 mrs que, en febrero de 1539, fueron entregados a la mujer de Pedro de Valdivia – Doña Marina Ortiz de Gaete – por Diego de Fuenmayor, quien relevo el crédito (Cuadro 2) para compensarle con una deuda suya de la cual los oficiales hispalense «tomaron la razón».33
26La requisa de las remesas de Indias decretada por Carlos V el 17 de septiembre de 1538 fue uno de los expolios de oro y plata que más afectó a los comerciantes coloniales asentados en Sevilla y el Nuevo Mundo. La expropiación garantizó a la Corona una disponibilidad de recursos por más de 83 millones de mrs, con los aportes individuales mayores de algunos conquistadores de Colombia y Perú, en particular el gobernador de Cartagena Pedro de Heredia. Sin embargo, a nivel global, la contribución financiera de mercaderes y tratantes de Indias fue mayoritaria, como confirman el número y el valor de las libranzas situadas en las cajas reales indianas, solución de las que se beneficiaron, sobre todo, los profesionales del comercio atlántico. De hecho, los principales préstamos y libranzas de mercaderes se destinaron a las compañías de Hernando de Jerez y Juan Núñez y la de Alonso de Illescas y Hernán Sánchez Dalvo, y más a Alonso Caballero, hermano y socio del mariscal Diego Caballero, con importes superiores a los dos millones de mrs.
Gráfico 2 – Cartograma de la distribución de las libranzas situadas tras la requisa de remesas de Indias de 1538 (valores en mrs y en tanto por ciento).
Fuente: Véase Cuadro 3.
27La distribución de los pagos entre las cajas reales ultramarinas constituye también un índice macroeconómico del trato hispano-atlántico al ofrecer referencias cuantitativas y geográficas del desarrollo empresarial de mercaderes involucrados en el desembolso de este préstamo forzoso carolino. El cartograma representado del Gráfico 2, que incluye el cuadro con los datos de síntesis de este estudio sobre las libranzas de la requisa de 1538, remarca la importancia que tuvo el tesoro real recogido en las cajas de Tierra Firme, Nueva España y Cartagena de Indias y también de las tesorerías de las islas del Caribe que jugaron un papel no desdeñable en estos desembolsos ultramarinos, considerando el 30% de número de pagos y el 21,8% del valor situados. Considerando, además, los 2,2 millones de los siete pagos desplazados de la isla Española a San Juan y Nueva España, que suponen un 4,4% del situado potencial a añadirse a aquel dominicano y un 2,5% adicional por toda el área insular del Caribe. La importancia de estos datos destaca si se considera que las dos cajas reales de Santo Domingo y de Puerto Rico estaban ya bastante cargadas de las dos pensiones otorgadas a dos de los hijos y herederos de Diego Colón tras los Pleitos Colombinos, que absorbieron recursos anuales por más de 4,2 millones de mrs, es decir el 8% de todo el valor situado en Indias tras la requisa de 1538. Incluso los pagos puertorriqueños habrían podido ser más consistentes, si la caja real no hubiese tenido que sostener los costes de las fortificaciones del Morro, situado a la entrada del puerto.