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2022

La fabrica de la proximidad civilizatoria en la producción de normas jurídicas internacionales. Una aproximación a la historia del derecho internacional privado a través de la relación epistolar entre Estanislao Zeballos y André Weiss

La fabrique de la proximité civilisationnelle dans la production des normes juridiques internationales. Une approche de l'histoire du droit international privé à travers la relation épistolaire entretenue par Estanislao Zeballos et André Weiss.
The making of civilizational proximity in the production of international legal norms. An approach to the history of Private International Law through the epistolary relationship between Estanislao Zeballos and André Weiss.
Pilar González Bernaldo de Quirós

Resúmenes

A partir de los archivos de Estanislao Zeballos, el artículo incursiona en la historia del derecho internacional privado de principios del siglo XX. La elección de abordar la producción doctrinaria a partir de un ego-archivo busca dar cuenta de las estrategias desplegadas por un jurista argentino para integrar el selectivo cenáculo de internacionalistas europeos que se auto-postulan como “órgano de la conciencia jurídica de la humanidad”. El estudio se funda en la correspondencia que mantiene Estanislao Zeballos con André Weiss, un internacionalista francés, especialista de derecho internacional privado y miembro del Institut de Droit International. El análisis de este acerbo documental se inscribe en el debate que alimenta la renovación de los estudios de historia del derecho internacional en torno al papel que el universalismo (europeo) juega en la expansión imperial decimonónica y que coloca a los nuevos estados latino-americanos en situación de subordinación periférica. La aproximación micro-social permite dar cuenta del papel que juegan las relaciones personales y las redes científicas en la construcción de una proximidad civilizatoria y el dispositivo que permite otorgar a la producción doctrinaria local un alcance universal.

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Notas del autor

Esta investigación fue realizada con el apoyo del Institut Convergences Migrations- CNRS-Collège de France. Una versión anterior fue publicada en la revista Ius Gentium. Agradezco al personal del Museo Colonial e Histórico Enrique Udaondo, y en particular a María Rosa Gorosito y Mariana Luchetti, directora del mismo, por la ayuda brindada y excelente disposición. Por último, agradezco los agudos comentarios de Elsa Pereyra, Juan Pablo Scarfi y Jorge Myers a este texto.

Texto completo

1Estanislao Severo Zeballos (1854-1923), un profesor de derecho internacional de la Universidad de Buenos Aires, varias veces diputado nacional y tres veces canciller de la República Argentina, prevé realizar un nuevo viaje a Europa a los 55 años. En el marco de estos preparativos dirige una misiva a un amigo internacionalista francés, André Charles Weiss (1858-1928), pidiéndole asesoramiento para no cometer una torpeza de protocolo:

  • 2 Luján, Provincia de Buenos Aires. Archivo del Museo Colonial e Histórico Enrique Udaondo [manuscri (...)

je voudrais offrir aux membres de l´Institut un grand five o´clock tea au Ritz afin de les remercier pour mon élection. Croyez-vous que ce soit une bonne idée ? Oui ? Alors les membres de l´Institut et ses dames y seraient invités ainsi que les personnalités et les familles les plus distinguées de la collectivité argentine en Europe2

  • 3 Cf. Archivo E. Zeballos, Correspondencia de Lucas a E. Zeballos, Paris el 17/02/1904 en AZ 260-261
  • 4 La proposición obtiene 23 votos sobre 29 votantes.Institut de Droit International, Annuaire de l’i (...)

2El viaje está previsto para 1910, año en que la República Argentina organiza con gran fasto los festejos del Centenario de la revolución, asociada con la Independencia de las antiguas colonias del Imperio español. El proyecto de agasajar a los miembros de la colectividad argentina en Europa deja pensar que el viaje de E. Zeballos se inscribe en el marco de las celebraciones del Centenario; quizá incluso se puede conjeturar que el profesor dispone de un financiamiento público para solventar el costo del alojamiento en el selectísimo hotel Ritz, en donde ni siquiera el rey Leopoldo de Bélgica se aloja3. Pero E. Zeballos asocia las festividades del Centenario con un ágape destinado a los miembros del Institut de Droit International (en adelante IDI), para agradecerles por su reciente designación como miembro asociado4. Esta combinación de función pública e intereses científicos, pero también privados, no es ciertamente ni excepcional ni sorprendente. Queda sin embargo por explicar las lógicas de esta particular composición de comensales.

  • 5 Maddison, Angus. L’économie mondiale une perspective millénaire. Paris : OCDE, Centre de développe (...)
  • 6 Reinalda, Bob. The Routledge history of international organizations from 1815 to the present day. (...)
  • 7 Ello contradice la afirmación de Jessica Marglin sobre el origen exclusivamente europeo de los fun (...)
  • 8 Rygiel, “Une impossible tâche ? : l’Institut de droit international et la régulation des migration (...)
  • 9 Seguimos aquí el análisis de Simmel sobre la sociabilidad como forma pura de relación Simmel, Geor (...)

3El Centenario se corresponde en Argentina con el período de mayor crecimiento del PIB por habitantes del mundo5. Si los efectos sociales y políticos de este especular crecimiento económico han sido ya reiteradamente analizados, menos atención se han dado a las iniciativas que entonces se despliegan para que el país consolide su posición en los nuevos espacios de regulación jurídica, administrativa, científica e internacional que emergen y se desarrollan a lo largo de la segunda mitad del siglo XIX6. Entre ellos se destacan tempranamente los cenáculos de juristas y diplomáticos que aspiran a fijar normas comunes destinadas a reglamentar el desarrollo de intercambios que ponen en relación a los Estados, pero también personas físicas y morales inscriptas en diferentes sistemas jurídicos. No es casual que encontremos entre los fundadores del IDI a un diplomático proveniente de esta región, el argentino Carlos Calvo (1822-1906)7. Y aunque los europeos son mayoritarios, desde su fundación en 1873, el IDI sumará a otros latinoamericanos, predominando hasta la Gran Guerra la presencia argentina8. Entre los miembros se encuentra nuestro anfitrión E. Zeballos, quien ingresa gracias a la intervención de su amigo, el jurista alsaciano André Weiss, a quien había dirigido la carta citada anteriormente. La inserción en estas redes de internacionalistas requiere – al menos así lo considera E. Zeballos – la producción de espacios de sociabilidad en que se tejen vínculos y se produce esa energía emocional que acorta las distancias culturales y permite consolidar y extender la red de intercambios9.

  • 10 Anaya Espinasse, Noticia sinóptica sobre documentación en el Archivo Del Museo Colonial e Históric (...)
  • 11 Koskenniemi señala en 2016 a la historia del derecho internacional privado como una asignatura pen (...)
  • 12 Disponemos hoy de una serie de contribuciones importantes sobre la historia del derecho internacio (...)
  • 13 Un debate sobre esta cuestión en Becker Lorca, Arnulf, Howland, Douglas et Halpérin, Jean-Louis. D (...)

4Los dos hombres comparten un similar interés por el derecho internacional privado, campo en el que son considerados expertos por sus diferentes gobiernos y al que destinan sus enseñanzas y producción científica, pero también su actividad profesional. La amistad de estos dos juristas internacionalistas durará más de dos lustros y dará lugar a una correspondencia hasta ahora desconocida, que E. Zeballos preservó cuidadosamente en sus archivos10. Ella nos permite incursionar en la historia del derecho internacional privado, a la que se le ha prestado poca atención, aun luego del celebrado giro histórico de los estudios sobre derecho internacional11. El mutuo aprecio que se expresan invita a preguntarse por el papel que juega este tipo de intercambios en la fabricación de una proximidad social y el impacto que ello puede tener en las relaciones asimétricas que caracterizan, como lo destaca la historia del derecho internacional, a la producción de normas jurídicas internacionales12. A partir del estudio de un caso, proponemos una aproximación micro social, interesándonos en particular en la construcción social de proximidades/distancias a partir de lo que Bertrand y Calafat denominan las “experiencias (multi) situadas”, y en las cuales el manejo del lenguaje del derecho internacional juega un papel importante pero no exclusivo13.

Una trayectoria política local enlazada con el derecho internacional

  • 14 Según el Padrón General de los Arroyos, levantado entre 1815 y 1816 , la población del departament (...)
  • 15 Las cifras corresponden al censo de 1914. Argentina. and Dirección General de Territorios Nacional (...)
  • 16 Zeballos, Estanislao S. Ley de Estrangeros. Proyecto presentado al Congreso Argentino (Inmigración (...)

5Estanislao S. E. Zeballos nace en la modesta ciudad-puerto fluvial de Rosario de Santa Fe en Argentina en 1854. Caserío de unas 750 almas en momentos de la declaración de independencia, con la apertura de los ríos interiores hacia mediados del siglo XIX conoce un crecimiento exponencial14. Al transformarse en puerta del comercio transatlántico de cereales, el pueblo pasa, en un siglo, a concentrar 221.500 habitantes; dos tercios de los cuales son extranjeros15. El destino global de esa modesta parroquia no es ajeno a la importancia que otorga E. Zeballos a la nacionalidad, aspecto desatendido según éste por las políticas migratorias y que considera como el pivote de la construcción de la sociedad argentina16. Como en el caso de A. Weiss, nacido en Mulhouse en 1858 -ciudad que, como Alsacia y Mosela, pasará al dominio del imperio alemán entre 1870 y 1918-, el interés por el tema de la nacionalidad y del derecho internacional privado tiene fuertes sesgos biográficos.

  • 17 Ferrari, Gustavo. Estanislao S. Zeballos. [Buenos Aires, Argentina] : Consejo Argentino para las R (...)

6Huérfano de padre, el joven Estanislao se instala a los 12 años en la ciudad de Buenos Aires, por entonces capital provisoria de la República Argentina, que elegirá como residencia hasta el final de sus días. Allí ingresa al Colegio Nacional de Buenos Aires, uno de los principales espacios de socialización de un restringido círculo de poder17. La singularidad del recorrido que lo lleva a insertarse firmemente dentro de las redes sociales que abren acceso a recursos políticos, culturales y económicos, reside en la estrecha articulación entre la participación en el debate público a través de la prensa periódica y las revistas especializadas, su inserción en diferentes espacios de producción del saber y su intervención en la vida política a través de altos puestos ejecutivos y legislativos, de la que sus archivos dejan testimonio.

  • 18 Zeballos, Estanislao. Conquista de Quince mil leguas : estudio sobre la traslacion de la frontera (...)
  • 19 Etchepareborda, Roberto. Homenaje a Estanislao S. Zeballos en el cincuentenario de su muerte. su t (...)
  • 20 Sobre la historia de la expansión y ocupación de la Patagonia ver Bandieri, Susana. Historia de la (...)
  • 21 Zeballos, Estanislao. Conquista de Quince mil leguas : estudio sobre la traslacion de la frontera (...)

7El inicio de su vida parlamentaria nos ofrece en efecto un ejemplo de ello. En 1878 el joven E. Zeballos publica La Conquista de 15000 leguas, obra dedicada al ministro de la Guerra del presidente Nicolás Avellaneda, Julio A. Roca (1843-1914), en momentos en que este último buscaba apoyo político para emprender su campaña militar destinada a incorporar “a la civilización” los vastos territorios de los pueblos originarios de la Patagonia. El libro brinda información geográfica e histórica que da cuenta de “la practicabilidad de aquella empresa”, con el propósito de convencer a los miembros del parlamento para que voten la ley sobre la línea de frontera18. Los datos suministrados son el producto de las actividades de E. Zeballos en el seno de la Sociedad Científica Argentina, de la que era miembro fundador19. Esta apoya e incluso financia en 1875 una de las expediciones científicas de Francisco Moreno (1852-1919) al río Limay, en la región patagónica20. El libro busca, por otro lado, legitimar el proyecto de expansión territorial de Roca aludiendo a los nuevos sacrificios que va a afrontar el sufrido ejército de la República, una de cuyas inmaculadas y perdurables glorias, será la de conquistar y entregar a la acción redentora del hombre, quince mil leguas de tierra en una de las regiones más fértiles y encantadoras del planeta21.

  • 22 Obregón, Liliana. The Civilized and the Uncivilized, in Fassbender, Bardo et Peters, Anne (dir.), (...)
  • 23 En la entrada “Colonialismo” Calvo afirma “Une nation a le droit d´explorer et de coloniser par el (...)
  • 24 El argumento según el cual la expansión territorial es legítima si ella implica territorios poco e (...)
  • 25 La clasificación de centro-periferia busca traducir analíticamente los efectos de la naturaleza im (...)
  • 26 Como vimos las naciones consideradas como “semi-periféricas” pueden utilizar el idioma del derecho (...)

8Se trata entonces de apoyar y financiar el avance de la civilización sobre tierras y pueblos que requieren de esa “acción redentora” para acceder al progreso e integrar la comunidad nacional. Argumentos similares serán utilizados por las “potencias amigas” unos años más tarde durante la Conferencia de Berlín, a la que asiste el argentino Carlos Calvo, miembro fundador del IDI, en representación del Portugal y como observador de la República Argentina22. En la comunicación con las autoridades argentinas, así como en sus obras doctrinarias, Calvo evoca una misma misión civilizadora para fundamentar las decisiones entonces tomadas por el gobierno argentino23. Aunque periféricos, los juristas argentinos ya están utilizando a fines de los años 1870 los principios del derecho internacional para legitimar dentro del espacio político “nacional” el proyecto de expansión sobre territorios de pueblos originarios24. Ello revela la dificultad de analizar la emergencia del derecho internacional como instrumento de expansión imperial en términos de centro-periferia25, a no ser que se acepte que un Estado periférico pueda comportarse al mismo tiempo como centro y participar en relaciones asimétricas que lo colocan en la situación dual, que la bibliografía califica de “semi-periferia”26.

  • 27 Por razones de espacio no abordaré aquí su importante implicación en la esfera política, así como (...)

9Con este primer libro E. Zeballos obtiene sin duda un rédito político que facilita sus vínculos con el General Roca. La elección de este último a la presidencia de la república en 1880 le abre el acceso, con 26 años de edad, al Congreso Nacional como diputado por la ciudad de Buenos Aires27. Durante más de una década de actividad legislativa podemos constatar en sus intervenciones y escritos la presencia recurrente de algunos temas sobre los cuales construye su carrera política y que reaparecerán en sus publicaciones sobre derecho internacional privado en torno a las cuales mantiene su correspondencia con A. Weiss. Uno de ellos es el de la política de inmigración que asocia, como lo hacía el expresidente Sarmiento y muchos otros, al incipiente derecho de nacionalidad, del cual Weiss era un reconocido especialista.

  • 28 Bertoni, Lilia Ana. Patriotas, cosmopolitas y nacionalistas : la construcción de la nacionalidad a (...)
  • 29 Un espeso legajo, cuyo título manuscrito “Naturalización de los extranjeros” podría venir de su pro (...)
  • 30 Cf. Congreso Nacional, “14e Sesión de prórroga del 21 de octubre de 1887” en Diario de Sesiones de (...)
  • 31 Bonaudo, “Estanislao E. Zeballos: el hombre de acción política que no se haría jamás un profesiona (...)
  • 32 Carta a Dávila en Caillet-Bois, E. Zeballos Ministro de Relaciones Exteriores En La Presidencia de (...)
  • 33 E. Zeballos jugará un papel destacado en la movilización de ciertos sectores de la élite para prom (...)
  • 34 En el marco del debate de la ley de creación del departamento de migraciones, propone en 1883 la n (...)
  • 35 Durante su intervención en la cámara baja afirma: “nosotros que vamos a ser el centro obligado a d (...)
  • 36 El primero tendrá lugar en Lima en 1877. Sobre el congreso de 1888 E. Zeballos se mostrará bastant (...)
  • 37 Se trata del tratado E. Zeballos-Bocayuva. Un análisis de las relaciones culturales entre las dos n (...)
  • 38 Zeballos, Estanislao Severo. Argument for the Argentine republic upon the question with Brazil in (...)

10El “problema” emerge en la década de los ochenta, cuando los primeros frutos de la política pro-inmigratoria comienzan a inquietar a aquellos que habían contribuido a hacerla posible28. La voluntad de vincular tempranamente estas preocupaciones políticas con futuras posiciones teórico-doctrinarias aparece claramente manifiesta en la organización de sus archivos29. El empeño con que recolecta hasta la más mínima manifestación de adhesión en el debate sobre naturalización de los extranjeros que tiene lugar en 1887, pone en evidencia la importancia que el asigna al reconocimiento de su intervención experta y patriótica30. Ello no parece ser ajeno al fracaso personal y político que experimenta entonces como candidato a la gobernación de su provincia31. Como lo refiere en la misiva a su amigo Adolfo E. Dávila (1849-1918), cuando muchos lo daban por muerto políticamente, logra con su intervención en 1887 volver al campo político32. El tema de los extranjeros es la plataforma que le permite reflotar políticamente, a través de la construcción de un perfil de experto en cuestiones de nacionalidad33. Su nombre aparece en tres de las principales iniciativas parlamentarias impulsadas entonces para modificar la ley de ciudadanía de 1869 que definía la nacionalidad y fijaba las reglas de naturalización, cuestión que implica al derecho internacional tanto público como privado34. E. Zeballos asocia este combate con la acción patriótica por la defensa de la nacionalidad35. En estos años de vida parlamentaria prima, sin embargo, una aproximación política a este problema, a pesar de que estas cuestiones ya estaban siendo debatidas localmente por Amancio Alcorta, entonces catedrático de derecho internacional privado y que mantendrá sobre este tema, una controversia con Carlos Calvo. Recordemos que en esos años tendrá incluso lugar en Montevideo el segundo congreso de juristas latinoamericanos sobre derecho internacional privado, promovido por Norberto Quirno Costa (1844-1915), meses antes de que el propio E. Zeballos lo sucediera en cancillería36. Y en ninguno de estos ámbitos de debate local y regional el rosarino parece jugar un papel doctrinal relevante, a pesar de que la inmigración, que él asocia con una política de naturalización, sigue siendo una de sus preocupaciones políticas cardinales. En efecto, una de las primeras medidas que toma durante su primer mandato de ministro de relaciones exteriores es, según relata él mismo a su amigo Dávila, la de suprimir la política de viajes subsidiados. Durante su mandato concluye el acuerdo con Brasil sobre los límites de las Misiones Orientales, según estipulaba el Tratado de límites que había firmado con Brasil su antecesor en el ministerio37. Esta cuestión lo llevará a los Estados Unidos. Nombrado en 1893 plenipotenciario de la República Argentina en Washington, asumirá el cargo de representante ante el Arbitro en el conflicto de límites con el Brasil, redactando el Alegato38. El revés que implicó el arbitraje desfavorable para la Argentina parece no ser ajeno al giro científico-doctrinario que le da entonces a su trayectoria, con el que inicia su relación con A. Weiss.

La fabrica de la proximidad civilizatoria: las lógicas relacionales del lenguaje del derecho internacional privado

  • 39 Sin abandonar completamente su implicación política puesto que en 1906 vuelve a ser nombrado Canci (...)
  • 40 Nota del 14/4/1893 del decanato de la Facultad de Derecho al rectorado de la UBA informando que Es (...)
  • 41 Con fecha 14/08/1895 el Ministerio de Justicia, Culto e Instrucción Pública acusa recibo de la not (...)
  • 42 Entre 1898 y 1923 la revista publicará 3707 artículos, entre los cuales los artículos escritos por (...)
  • 43 Según testimonia la Nota enviada por el ministerio al Rector de la UBA con fecha 26/06/1902. Cf. A (...)
  • 44 Session d´Hambourg « Personnel de l´Institut. Élus associés » in Annuaire de l´Institut de Droit I (...)

11A su regreso de los Estados Unidos, el rosarino invierte más ampliamente su tiempo y relaciones en su labor académica39. En 1893 obtiene un cargo en la cátedra de derecho internacional de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad de Buenos Aires40. Dos años más tarde figura como profesor suplente de Amancio Alcorta en la cátedra de Derecho internacional Privado de la misma facultad41. En 1898 funda la Revista de Derecho, Historia y Letras, que funcionará como una importante vitrina de sus posiciones y producción científica42. Cuatro años más tarde será nombrado titular de la cátedra de derecho internacional privado en reemplazo de A. Alcorta, recientemente fallecido43. Este último parece haber jugado el papel de padrino de las ambiciones científicas internacionales de E. Zeballos y probablemente haya sido él, miembro asociado del IDI desde 1891, quien mediara en la relación epistolar que el rosarino entabla con A. Weiss44.

  • 45 No todas ellas provienen del legajo catalogado “Correspondencia con el Profesor Weiss”.
  • 46 La interrupción interviene entre 1915 y 1920. Provincia de Buenos Aires Luján, «Archivo del Museo (...)
  • 47 A los pocos años ocupará la cátedra de derecho internacional privado. Los datos biográficos de Esta (...)
  • 48 Su Manual de derecho internacional conocerá 9 ediciones desde su primera publicación en 1899.
  • 49 Rygiel, Philippe. Une impossible tâche ? : l’Institut de droit international et la régulation des (...)
  • 50 El jurista argentino pedirá el apoyo del francés para presentar su candidatura al premio Nobel, ap (...)

12La correspondencia entre el argentino y el francés se extiende de manera continua entre 1903 y 1922, y suma 39 piezas45. El momento de mayor intensidad corresponde a los años 1909-1911. El intercambio prosigue más espaciadamente hasta que el estallido de la Gran guerra lo interrumpe, siendo retomado entre 1920 y 192246. En momentos de iniciar la relación el argentino es titular de la cátedra de derecho internacional privado y el francés profesor de derecho civil de la Facultad de Derecho de la Universidad de Paris47. El prestigio del que cuenta entonces A. Weiss puede explicar el interés que otorga E. Zeballos a esta relación48. Miembro del IDI, Weiss ha presidido dos conferencias organizadas por esta institución sobre el derecho de nacionalidad49. La amistad entre estos dos hombres parece incluso constituir una pieza central en las ambiciones del argentino de obtener el premio Nobel50. En el marco de una relación a primera vista asimétrica, las razones que llevan al jurista francés a mantener esta prolongada correspondencia resultan menos evidentes. El análisis de la misma invita a concebir una visión más compleja del entramado social e institucional en torno al cual se consolida el derecho internacional desde los “márgenes”.

  • 51 La hoja indica su inscripción institucional (profesor de la facultad de derecho de Paris) y su dom (...)
  • 52 Zeballos, Estanislao Severo. Bulletin argentin de droit international privé. Bulletin argentin de (...)
  • 53 Zeballos, Estanislao Severo. Bulletin argentin de droit international privé. Bulletin argentin de (...)
  • 54 “Compte-rendu de l´ouvrage d´André Weiss Manuel de Droit International Privé. (5e édition, revue e (...)

13La primera traza del contacto entre los dos internacionalistas data de 1903. En una misiva del 20 de septiembre, A. Weiss acusa recibo del Bulletin Argentin de Droit International privé que E. Zeballos le ha despachado atentamente 51. El tono formal de la carta y los comentarios que acompañan a los agradecimientos deja suponer que los dos hombres no se conocen personalmente. El envío al francés de este primer número del Bulletin de 592 páginas no es casual. Enteramente redactado por E. Zeballos en español y traducido luego al francés, tiene como propósito “incorporar a la República Argentina en el movimiento progresivo del derecho internacional privado” del que A. Weiss era un reconocido especialista52. En el Bulletin se encuentran múltiples referencias a la obra del alsaciano, en particular en el artículo redactado por E. Zeballos sobre “L´enseignement du droit international privé dans la République Argentine”, en el que menciona al “eminente profesor Weiss” y destaca en reiteradas oportunidades el papel central que ha jugado E. Zeballos en la enseñanza del derecho internacional en Argentina53. El Bulletin incluye una reseña del Manual de A. Weiss realizada por E. Zeballos, que brinda al argentino la ocasión de explicitar sus desacuerdos y revelar sus posiciones “doctrinarias”, que abordaremos luego54.

14En su acuse de recepción del Bulletin, A. Weiss agradece el envío haciendo una alusión muy general a las diferencias entre ambos, que interpreta como manifestación de contingencias sociales y rasgos culturales:

  • 55 Luján, Provincia de Buenos Aires. Archivo del Museo Colonial e Histórico Enrique Udaondo [manuscri (...)

sans doute nos doctrines ne sont pas toujours les mêmes, comment en serait-il autrement en des matières qui jusqu´à cette heure ont presque entièrement échappé à la codification et qui sont plus assujetties, que toute autre, aux mille contingences de l´état social et de l´ethnographie. Une revue comme la vôtre contribuera puissamment à ses résultats...55

  • 56 Luján, Provincia de Buenos Aires. Archivo del Museo Colonial e Histórico Enrique Udaondo [manuscri (...)
  • 57 Archivo E. Zeballos, Correspondencia de Lucas a E. Zeballos, Paris el 17/02/1904 en AZ 260-261.
  • 58 En la misma le informa de los resultados favorables que la propuesta generó en su editor francés, (...)
  • 59 Luján, Provincia de Buenos Aires. Archivo del Museo Colonial e Histórico Enrique Udaondo [manuscri (...)
  • 60 Luján, Provincia de Buenos Aires. Archivo del Museo Colonial e Histórico Enrique Udaondo [manuscri (...)
  • 61 Weiss, André. Manuel de derecho internacional privado. 5o. Paris : Librairie de la Société du Recu (...)
  • 62 Luján, Provincia de Buenos Aires. Archivo del Museo Colonial e Histórico Enrique Udaondo [manuscri (...)
  • 63 Luján, Provincia de Buenos Aires. Archivo del Museo Colonial e Histórico Enrique Udaondo [manuscri (...)
  • 64 Carta de A. Weiss a E. Zeballos, Paris 12/01/1912 Luján, Provincia de Buenos Aires. Archivo del Mu (...)

15Este primer intercambio no parece haber incomodado a ninguno de los dos. Muy por el contrario, en la misiva que A. Weiss remite a E. Zeballos, fechada el 1 de mayo de 1905, el francés evoca un encuentro previo en Paris56. Este ha tenido seguramente lugar en el hotel Ritz en el que E. Zeballos elige alojarse para facilitar sus negocios57. Durante esta entrevista el argentino expone a A. Weiss su proyecto de traducir su Manuel de droit international privé al castellano58. Dos años más tarde los dos hombres siguen carteándose sobre una traducción que va muy a la zaga59, pero cuyos avances parecen satisfacer al francés, quien agradece en septiembre de 1909 ese “magnífico trabajo”60. La obra será finalizada en diciembre de 1909 y publicada en Paris en 1911, con un prólogo de E. Zeballos datado en noviembre de 191061. La satisfacción de A. Weiss no parece ser ajena a la elección de E. Zeballos como miembro asociado del IDI en 1908 y titular en 1911. El momento previo a la publicación de la traducción de la obra del alsaciano, corresponde al proyecto del argentino de organizar su five o´clock tea en el Ritz. Entonces las cartas abundan en elogios y agradecimientos cruzados, que se acompañan del canje de favores. El alsaciano consigue, gracias a la mediación de E. Zeballos, ubicar al francés André Bosq, su “discípulo” emigrado en la Argentina, como traductor de la administración pública argentina y E. Zeballos obtiene el compromiso de un editor parisino, L. Larose y L. Tenin, para la publicación de su tratado sobre La Nationalité que dice estar redactando62. Nombrado E. Zeballos delegado argentino de la IV Conferencia Panamericana prevista en Buenos Aires en 1910, éste promete al alsaciano invitarlo a Buenos Aires para participar en la Conferencia63. Es en el marco de este intercambio de atenciones que A. Weiss escribe, a pedido del argentino, al secretario del Comité Noruego para apoyar la candidatura del argentino al premio Nobel64.

  • 65 Ver el caso de la sucesión del rico judío tunecino, Nissim Samama. Marglin, Jessica M. La national (...)
  • 66 Carta de A. Weiss a E. Zeballos, Montmorency, 22/0971912 Luján, Provincia de Buenos Aires. Archivo (...)

16La correspondencia muestra que la relación no es tan asimétrica como podríamos suponerlo. Los sabios del IDI requieren de estas conexiones “periféricas” para asentar sus pretensiones de universalidad. Pero estas redes son también indispensables para alimentar una cartera de clientes necesaria para el ejercicio profesional que se despliega sobre un mercado planetario que requiere de este tipo de recomendaciones65. De ello deja testimonio la carta enviada por A. Weiss a E. Zeballos en septiembre de 1912, agradeciendo que lo haya recomendado para ocuparse de la sucesión de Piñero en Francia66. Es difícil deslindar estos dos aspectos que, como veremos, tendrán incidencias sobre la formulación de posiciones doctrinarias.

La traducción como soporte de enunciación doctrinaria

  • 67 Si tomamos como indicador, ciertamente con gran prudencia, la base de datos Ngram, la entrada “And (...)
  • 68 Luján, Provincia de Buenos Aires. Archivo del Museo Colonial e Histórico Enrique Udaondo [manuscri (...)

17El entusiasmo de A. Weiss se entiende fácilmente si consideramos que la traducción le permitía una mayor difusión en el mundo hispánico67. Sin embargo, las palabras que destina para calificar el trabajo del argentino son suficientemente ambiguas como para no descifrar a través de ellas una cierta perplejidad. Al agradecer su trabajo, en el que no sabía si debía celebrar “la exactitud escrupulosa de la traducción o la sabia riqueza de la documentación”, A. Weiss apunta sin duda al desequilibro entre el texto y el aparato erudito68. En efecto, a fin de ajustarse a las exigencias del editor, las voluminosas notas que introduce E. Zeballos implicaron el sacrificio, en espacio equivalente, del texto del francés.

  • 69 Weiss, André. Manuel de derecho internacional privado. 5o. Paris : Librairie de la Société du Recu (...)
  • 70 Weiss, André. Manuel de derecho internacional privado. 5o. Paris : Librairie de la Société du Recu (...)
  • 71 Weiss, André. Manuel de derecho internacional privado. 5o. Paris : Librairie de la Société du Recu (...)
  • 72 El subrayado es nuestro

18La operación se sustenta en diferentes dispositivos que acompañan el voluminoso paratexto, tanto los dos prefacios de E. Zeballos de 1911 y de 1922, como las desmesuradas notas al pie de página. En algunos casos las notas de E. Zeballos se inscriben en total continuidad con las de A. Weiss, buscando con ello colocar la producción americana en un plano de igualdad con la europea. Así el párrafo que el francés destina a presentar la enseñanza del derecho de gentes en Europa está acompañado de una nota al pie que el traductor prolonga remitiendo a sus trabajos “Léase mi estudio titulado: L’enseignement du droit international privé en Europe et en Amérique, dans le Bulletin argentin de droit international privé, tomo I y II (N.del. T)”69. En otros casos, las notas están dedicadas a corregir al autor. Así, cuando el francés afirma que “las leyes internas de un Estado obligan a sus ciudadanos”, el argentino enmienda “A todos los habitantes, nacionales o extranjeros, domiciliados o transeúntes. Cod. Civil argentino, art; 1” 70. Esta rectificación se acompaña de una larga nota de tres páginas destinadas a completar las fuentes del derecho internacional con las aportaciones americanas71. La licencia que se arroga E. Zeballos llega a su paroxismo cuando se trata de traducir la definición que brinda el alsaciano del derecho internacional privado, como “el conjunto de reglas aplicables a la solución de los conflictos que pueden surgir entre dos soberanías con motivo de sus respectivas leyes privadas o de los intereses privados de sus nacionales”. La traducción da lugar a una larguísima nota de 12 páginas consagradas a refutar la definición, afirmando que el derecho internacional privado es más que ello. “El aspecto político del mundo contemporáneo nos enseña que el Derecho Privado Humano72 se desarrolla y transforma también en órgano de gobierno dentro de las soberanías” y que si ello es el caso dentro de las confederaciones, también lo es en países de inmigración fundados en la libertad de todo hombre de constituir domicilio allí donde lo desee. Esta libertad, que define como derecho humano, engendra sin embargo otras consecuencias jurídicas :

  • 73 Weiss, André. Manuel de derecho internacional privado. 5o. Paris : Librairie de la Société du Recu (...)

El hombre que abandona Inglaterra, España o Alemania y que declara tácita o expresamente la voluntad de constituir su hogar y su vida en la República Argentina, hace una manifestación positiva e indiscutible de sumisión a sus leyes y a sus jueces y no hay autoridad humana que pueda despojarlo de esa situación que él mismo se ha creado 73.

  • 74 Weiss, André. Manuel de derecho internacional privado. 5o. Paris : Librairie de la Société du Recu (...)
  • 75 Weiss, André. Manuel de derecho internacional privado. 5o. Paris : Librairie de la Société du Recu (...)

19Llegado a este punto, el de la defensa del domicilio como principio de aplicación de la ley, E. Zeballos muestra que las posiciones defendidas por el francés – próximas al principio de nacionalidad defendidas por el jurista italiano Pasquale Mancini (1817-1888) – conservan cierta impregnación del derecho monárquico. La traducción del título IV, “El antiguo derecho monárquico francés”, le ofrece así la ocasión de explicitarlo a través de una larga nota de 9 páginas que adjunta al título del capítulo. En ella el argentino traza la genealogía del derecho privado humano que remite a una España medieval que resistió mejor que las otras naciones europeas al desplome del Imperio Romano y que supo de ese modo “proteger mejor la vida civil y el desarrollo del comercio”, instalando las bases de un verdadero sistema de Derecho privado Humano que progresó en América74. La libertad que se arroga el traductor va hasta llevarlo a corregir al autor, indicando que sus posiciones son “exageradas” en lo que hace a los conflictos de nacionalidad75.

  • 76 En prólogo de la primera edición al castellano, comienza presentando “la obra teórico-práctica de (...)
  • 77 Fassbender, Bardo et Peters, Anne. Towards a Global History of International Law, in The Oxford ha (...)
  • 78 Carlos Calvo se hizo conocer gracias a la primera traducción al español de Wheaton. Sobre traducci (...)
  • 79 La doctrina argentina de derecho privado humano es formulada en diferentes textos a partir de 1902. (...)

20A través de la traducción y las notas, E. Zeballos busca en definitiva difundir su propia doctrina de “derecho privado humano”, que aspiraba que viniese a reemplazar la concepción europea del derecho internacional privado, como ya lo había anunciado en sus escritos76. A. Weiss no parece ofuscarse por la libertad que se toma el argentino, posiblemente porque vea en ella la condición para la recepción local de su obra. En todo caso, celebra una traducción que facilita la difusión de su manual en los países de lengua española. La versión española del Manual permite, en todo caso, dar cuenta de las operaciones particulares que implica la traducción de textos jurídicos de una región hacia otra77. Ella ofrece asimismo un instructivo ejemplo de cómo las traducciones podían servir como fuente de prestigio personal a los juristas de los pequeños estados recientemente surgidos del desmembramiento de los imperios atlánticos, permitiéndoles circular en compañía de una autoridad procedente del centro78. El caso aquí analizado da cuenta, además, de cómo estos efectos se ven exacerbados por los objetivos particulares de Estanislao E. Zeballos, quien pretende utilizar el manual para enunciar la doctrina argentina de derecho privado humano como superación, según su propio argumento, de una ciencia europea que no ha logrado aún desprenderse de la tradición feudal. La operación está lejos de ser anodina y puede contribuir a desdibujar e incluso contrarrestar las distinciones operadas por el derecho internacional sobre las cuales reposaba la hegemonía europea79.

A modo de (no) cierre

  • 80 Anghie, Antony. Imperialism, sovereignty, and the making of international law. Cambridge : Cambrid (...)
  • 81 Jouannet, Emmanuelle. Colonialisme européen et néo-colonialisme contemporain. Notes de lecture des (...)

21El caso E. Zeballos es sugestivo porque su ausencia en la historia del derecho internacional privado en América latina contrasta con la importancia que parece haber jugado en la construcción de redes internacionalistas y en formulación doctrinaria. La trayectoria del rosarino pone en evidencia la vinculación entre ambiciones personales, exigencias políticas nacionales y formulaciones de reglas jurídicas internacionales. La aproximación a la historia del derecho internacional a partir de fuentes archivísticas, y específicamente de ego-archivos, ofrece nuevas perspectivas de interpretación de las fuentes doctrinarias. Este tipo de documentación permite destacar la dimensión histórica situada de los estándares de civilización sobre los cuales se funda el derecho internacional y se construye el mercado internacional de abogados internacionalistas especialistas en derecho internacional privado. El esquema de análisis que ordena la lectura y establece las vinculaciones explicativas a partir de la oposición centro/periferia tiende a acallar estos mecanismos sociales y culturales que construyen otras dimensiones no espaciales de la proximidad y la lejanía de un universalismo multi-situado. Su recorrido da en todo caso cuenta de la posibilidad de encarnar el universalismo a partir de la proximidad social que ofrecen las relaciones inter-individuales. Este análisis invita así a discutir la tesis la tesis de Becker Lorca de un “derecho internacional mestizo”, que busca replicar desde las márgenes a las lógicas de dominación que acompañaron la emergencia del derecho internacional de una Europa en plena expansión imperial80? Los datos aquí movilizados pueden sin duda adaptarse a este modelo interpretativo. Ello supondría sin embargo que tanto E. Zeballos como Álvarez, por citar a dos autores que encarnan los dos proyectos que entonces emergen en el territorio americano, denuncien -o al menos renuncien- a la razón civilizatoria como sentido y direccionalidad de la historia en tanto que realización de la ley del progreso81. Y en ninguno de los dos casos los “periféricos” han dejado de legitimar la acción de la “civilización” americana contra la “barbarie” indígena. Este “simple” hecho nos invita a complejizar un modelo de análisis que tiende a espacializar las relaciones asimétricas. Si no hay duda de que la autoridad para formular normas universales no es ajena al lugar desde donde se formulen, como lo ha mostrado ampliamente la historia social de la ciencia, este debe ser entendido de manera no estrictamente geográfico. La proximidad o alejamiento de los estándares de civilización se fabrican a través de relaciones inter-individuales y sociales que deberían llevar a pensar tanto al universalismo como a la barbarie como categorías movilizadas y móviles, que producen relaciones de poder multi-situadas.

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Notas

2 Luján, Provincia de Buenos Aires. Archivo del Museo Colonial e Histórico Enrique Udaondo [manuscrit]. Lujan, [s. d.], p. caja 111, Carta de E. Zeballos a André Weiss, Bs. As., 15/12/1909.

3 Cf. Archivo E. Zeballos, Correspondencia de Lucas a E. Zeballos, Paris el 17/02/1904 en AZ 260-261.

4 La proposición obtiene 23 votos sobre 29 votantes.Institut de Droit International, Annuaire de l’institut de droit international., 1909, 22-Septembre-octobre 1908:184.

5 Maddison, Angus. L’économie mondiale une perspective millénaire. Paris : OCDE, Centre de développement, 2001.

6 Reinalda, Bob. The Routledge history of international organizations from 1815 to the present day. [S. l.] : [s. n.], 2013. Disponible à l’adresse : http://www.vlebooks.com/vleweb/product/openreader?id=none&isbn=9781134024049. Bayly, The Birth of the Modern World : 1780-1914 ; Global Connections and Comparisons; Buzan et Lawson, “The Global Transformation: The Nineteenth Century and the Making of Modern International Relations.”

7 Ello contradice la afirmación de Jessica Marglin sobre el origen exclusivamente europeo de los fundadores del IDI. Por otro lado, es necesario precisar que Carlos Calvo no es jurista: aunque inició sus estudios de derecho en la Universidad de Buenos Aires, no llegó a diplomarse, no obstante lo cual, fue nombrado por el gobierno argentino, en 1876, Comisario de Inmigración en Europa. Cf. Marglin, Jessica M. La nationalité en procès : droit international privé et monde méditerranéen. Annales. Histoire, Sciences Sociales, 2018, Vol. 73e année, no 1, p. 96. Pérez Calvo, Eduardo Ricardo. et Pérez Calvo, Lucio Ricardo. Vida y trabajos de Carlos Calvo : Eduardo Ricardo Pérez Calvo. Los Calvo en el Río de La Plata. Buenos Aires : Ediciones Dunken, 1996, p. 227‑230.

8 Rygiel, “Une impossible tâche ? : l’Institut de droit international et la régulation des migrations internationales (1870-1920).”

9 Seguimos aquí el análisis de Simmel sobre la sociabilidad como forma pura de relación Simmel, George. La sociabilité. Exemple de sociologie pure et formelle. En : Sociologie et épistémologie. Paris : P.U.F, 1981, p. 121‑139.

10 Anaya Espinasse, Noticia sinóptica sobre documentación en el Archivo Del Museo Colonial e Histórico “Enrique Udaondo” (Luján, Provincia de Buenos Aires)., 42–47.

11 Koskenniemi señala en 2016 a la historia del derecho internacional privado como una asignatura pendiente Koskenniemi, Martti, Expanding Histories of International Law. American Journal of Legal History. 2016, Vol. 56, no 2016, p. 104‑112 ; Banu, Roxana. Nineteenth-century perspectives on private international law. Oxford : Oxford University Press, 2018.

12 Disponemos hoy de una serie de contribuciones importantes sobre la historia del derecho internacional en América latina, que se inscriben dentro de la tan celebrada renovación de los estudios sobre derecho internacional. Fassbender, Bardo et Peters, Anne. Towards a Global History of International Law, in The Oxford handbook of the history of international law. Oxford University Press. Oxford : [s. n.], 2012, p. 1‑24 ; Scarfi, Juan Pablo. The hidden history of international law in the Americas : empire and legal networks. Oxford, 2017.; Becker Lorca, Arnulf. Mestizo international law : a global intellectual history 1842 - 1933. Cambridge University Press, 2016 ; Esquirol, Jorge L. Latin America, in  Fassbender, Bardo et Peters, Anne (dir.), The Oxford handbook of the history of international law. Oxford : Oxford University Press, 2014, p. 553‑577; Acosta Arcarazo, Diego. The national versus the foreigner in South America : 200 years of migration and citizenship law, 2019 ; Obregón, Liliana. latin american International Law, in Armostrong, J.D et Brunée, Jutta (dir.), Routledge Hadbook of International Law. London : Routledge, 2009 ; Obergón, Liliana. Carlos Calvo y la profesionalización del derecho internacional. Revista Latinoamericana de Derecho Internacional & Latin American Journal of International Law. [s. d.], no 30.06.2016, p. 2‑23.

13 Un debate sobre esta cuestión en Becker Lorca, Arnulf, Howland, Douglas et Halpérin, Jean-Louis. Débat autour d´un livre. Monde(s). [s. d.], Vol. 7, no 2015, p. 173‑188. ; Genin, Vincent. Eurocentrisme et modernité du droit international, 1860-1920. L’« Orient » et l’Amérique latine chez les juristes belges. Monde(s) [en ligne]. 2018, Vol. 14, no 2, p. 199‑221. Sobre la cuestión de la fábrica social de la distancia ver las reflexiones de Bertrand, Romain et Calafat, Guillaume. La microhistoire globale: affaire(s) à suivre. Annales. Histoire, Sciences Sociales. 2018, Vol. 73, no 2018/1, p. 1‑18.

14 Según el Padrón General de los Arroyos, levantado entre 1815 y 1816 , la población del departamento de Rosario es de 5154 personas en 1817, dentro de las cuales el pueblo de Rosario representa sólo 14%. Carina Frid: «Población y condiciones de vida en Santa Fe en la primera mitad del siglo XIX», presentado en Vigesimoprimeras Jornadas "Investigaciones en la Facultad “de Ciencias Económicas y Estadística, Rosario, Universidad Nacional de Rosario, 2016; Darío G Barriera: «El execrable libro de sus hechos. Cultura jurídica, retórica y deslegitimación de la autoridad en un proceso contra el alcalde del Rosario (1810-1811)», Anuario del Instituto de Historia Argentina, 10, 2010, pp. 57-84.

15 Las cifras corresponden al censo de 1914. Argentina. and Dirección General de Territorios Nacionales., Censo de población de los territorios nacionales, República Argentina, 1912.; Una historia de Rosario en Álvarez, Historia de Rosario (1689-1939); Marco and Ensinck, Historia de Rosario.

16 Zeballos, Estanislao S. Ley de Estrangeros. Proyecto presentado al Congreso Argentino (Inmigración-colonización-tierras públicas-Agricultura-Estadistica-naturalización de estrangeros. Edición especial para el Congreso y la Prensa Argentina. Buenos Aires : Jacobo Peuser, 1883 ; González Bernaldo de Quirós, Pilar. Primeras iniciativas de regulación jurídica global de las migraciones: Estanislao Zeballos y la doctrina argentina del “derecho privado humano (1873-1923). História Unisonos. 2018, Vol. 22 (2), no Maio/Agosto, p. 170‑184.

17 Ferrari, Gustavo. Estanislao S. Zeballos. [Buenos Aires, Argentina] : Consejo Argentino para las Relaciones Internacionales, 1995, p. 7.

18 Zeballos, Estanislao. Conquista de Quince mil leguas : estudio sobre la traslacion de la frontera sud de la republica ... al rio negro, dedicado a los gefes y oficales del. Buenos Aires, 1878, p. Introduccion 1878. La ley Nº 947 sobre línea de frontera que autorizaba al poder ejecutivo a invertir hasta 1.200.000 pesos fuertes para establecer la línea de fronteras sobre la margen izquierda de los ríos Negro y Neuquén fue publicada el 4 de octubre de 1878.

19 Etchepareborda, Roberto. Homenaje a Estanislao S. Zeballos en el cincuentenario de su muerte. su trayectoria vital y su labor historiográfica. Boletín de la Academia Nacional de la Historia, Vol. XLVI, no 1973, p. 247‑290 ; Nicolau, Juan Carlos. Historia de la Sociedad Científica Argentina en el siglo XIX (1872-1900). Anales de la Sociedad Científica Argentina. 2002, Vol. 231, no 1 ; Preuss, Ori. Transnational South America Experiences, Ideas, and Identities, 1860s-1900s. [S. l.] : Routledge, 2016, p. 111‑112. E. Zeballos, Estanislao, El tratado de Alianza. Exposición hecha en la Universidad de Buenos Aires el 30 de Agosto de 1872, Buenos Aires, 1872 citado por Ferrari, Gustavo. Estanislao S. Zeballos. [Buenos Aires, Argentina] : Consejo Argentino para las Relaciones Internacionales, 1995, p. 12.

20 Sobre la historia de la expansión y ocupación de la Patagonia ver Bandieri, Susana. Historia de la Patagonia. Buenos Aires : Sudamericana, 2011.

21 Zeballos, Estanislao. Conquista de Quince mil leguas : estudio sobre la traslacion de la frontera sud de la republica ... al rio negro, dedicado a los gefes y oficales del. Buenos Aires, 1878, p. 4.

22 Obregón, Liliana. The Civilized and the Uncivilized, in Fassbender, Bardo et Peters, Anne (dir.), The Oxord Hadbook of The History of International Law. Oxford : Oxford University Press, 2012, p. 917‑939.

23 En la entrada “Colonialismo” Calvo afirma “Une nation a le droit d´explorer et de coloniser par elle-même et par ses nationaux tout territoire non compris dans le domaine d´une nation civilisée; mais ce droit n´entraîne pas celui de s´emparer de force de la terre ou d´en usurper la propriété, si la contrée est occupée par des indigènes plus ou moins barbares encore, et surtout si ceux-ci possèdent un gouvernement établi ». El del Congo responde para él a este primer caso. No evoca el caso de la usurpación del ejército argentino de los territorios de las comunidades indígenas. Calvo, Carlos. Dictionnaire de droit international public et privé. Berlin : Puttkammer & Mühlbrecht, 1885, 2 vol., p. 154.González Bernaldo, Pilar. La Independencia argentina desde una perspectiva global: soberanía y derecho internacional. Prismas Revista de Historia Intelectual20. 2016, Vol. 20, p. 245‑253 ; Obregón, Liliana. The Civilized and the Uncivilized, in Fassbender, Bardo et Peters, Anne (dir.), The Oxord Hadbook of The History of International Law. Oxford : Oxford University Press, 2012, p. 917‑939.

24 El argumento según el cual la expansión territorial es legítima si ella implica territorios poco explotados figura en el derecho de gentes, y será retomada por Andrés Bello en el primer texto americano destinado a recopilar las principales enseñanzas que el derecho natural como fundamento del derecho de gentes podía enseñar a las jóvenes naciones. Y será el derecho de gentes/derecho internacional un importante y poco estudiado vector de perduración del imaginario imperial entre las jóvenes repúblicas americanas. Bello, Andrés. Principio de derecho de jentes. Santiago de Chile : Imprenta de la Opinión, 1832 ; González Bernaldo, Pilar. La Independencia argentina desde una perspectiva global: soberanía y derecho internacional. Prismas Revista de Historia Intelectual20. 2016, Vol. 20, p. 245‑253.

25 La clasificación de centro-periferia busca traducir analíticamente los efectos de la naturaleza imperial del Derecho Internacional sobre los estados independientes que se encuentran fuera de la tradición del Jus Publicum Europaeum. Ella introduce sin embargo una cierta rigidez en el análisis, sobre todo cuando involucra una dimensión espacial. Ver el debate en torno al libro de Becker Lorca y en particular la observación de Halpern sobre la necesidad de distinguir tres formas de periferia: la de los Estados recientemente reconocidos como tales (América latina y Grecia), las potencias tradicionales de Asia forzadas a abrirse al comercio con Europa (China y Japón) y la de los imperios en declive (Rusia y Imperio Otomano) en Mondes, 2015 Sobre estados periféricos y semi-periféricos ver el debate en torno al libro de Becker Lorca, Arnulf. Mestizo international law : a global intellectual history 1842 - 1933. [S. l.] : Cambridge University Press, 2016; Becker Lorca, Arnulf, Howland, Douglas et Halpérin, Jean-Louis. Débat autour d´un livre. Monde(s). [s. d.], Vol. 7, no 2015, p. 173‑188.

26 Como vimos las naciones consideradas como “semi-periféricas” pueden utilizar el idioma del derecho internacional para legitimar su propia expansión imperial. Así lo hicieron las naciones americanas respecto de las poblaciones originarias no sometidas, pero también lo hizo la Rusia de Martens. Ver Mälksoo, Lauri. Russia-Europa, in Fassbender, Bardo et Peters, Anne, The Oxford handbook of the history of international law. Oxford : Oxford University Press, 2014, p. 764‑786. Ver por ejemplo Alvarez, Alejandro. La codification du droit international ses tendances, ses bases. Paris : Pedone, 1912, p. 84.

27 Por razones de espacio no abordaré aquí su importante implicación en la esfera política, así como la ceñida relación que construye entre el poder legislativo, los cargos ejecutivos y su activa participación en la construcción de una opinión púbica. Se trata, por otro lado, de la dimensión más estudiada de la vida de E.Zeballos. Marta Bonaudo: «Estanislao Zeballos: el hombre de acción política que no se haría jamás un profesional», historiapolitica.com,; Roberto Etchepareborda, «Homenaje a Estanislao S. Zeballos en el cincuentenario de su muerte. su trayectoria vital y su labor historiográfica»; Ricardo Caillet-Bois: Zeballos ministro de Relaciones Exteriores en la presidencia de Juárez Celman (Apuntes para una biografía), BUenos Aires, 1973.

28 Bertoni, Lilia Ana. Patriotas, cosmopolitas y nacionalistas : la construcción de la nacionalidad argentina a fines del siglo XIX. Buenos Aires : FCE, 2007; Devoto, Fernando et Benencia, Roberto. Historia de la inmigración en la Argentina. Buenos Aires : Editorial Sudamericana, 2009.

29 Un espeso legajo, cuyo título manuscrito “Naturalización de los extranjeros” podría venir de su propio puño, viene a dejar un amplio testimonio del lugar central que E. Zeballos habría jugado en el debate nacional sobre esta cuestión. En él podemos encontrar telegramas, misivas y recortes de periódicos que dan cuenta de las múltiples reacciones favorables a su corta intervención en el debate sobre el proyecto de ley sobre jubilaciones y pensiones civiles de 1887. Luján, Provincia de Buenos Aires. Archivo del Museo Colonial e Histórico Enrique Udaondo [manuscrit]. Lujan, [s. d.], p. legajo 156.

30 Cf. Congreso Nacional, “14e Sesión de prórroga del 21 de octubre de 1887” en Diario de Sesiones de la Cámara de Diputados, Buenos Aires, 1887, pp.410-14.Luján, Provincia de Buenos Aires. Archivo del Museo Colonial e Histórico Enrique Udaondo [manuscrit]. Lujan, [s. d.], p. legajo 156.

31 Bonaudo, “Estanislao E. Zeballos: el hombre de acción política que no se haría jamás un profesional.”

32 Carta a Dávila en Caillet-Bois, E. Zeballos Ministro de Relaciones Exteriores En La Presidencia de Juárez Celman (Apuntes Para Una Biografía).

33 E. Zeballos jugará un papel destacado en la movilización de ciertos sectores de la élite para promover una política de naturalización de los extranjeros. Sobre esta cuestión ver Bertoni, Lilia Ana. Patriotas, cosmopolitas y nacionalistas : la construcción de la nacionalidad argentina a fines del siglo XIX. Buenos Aires : FCE, 2007.

34 En el marco del debate de la ley de creación del departamento de migraciones, propone en 1883 la naturalización a través de la adquisición de tierras públicas. Diez años más tarde, cuando tiene lugar el debate sobre el proyecto de ley electoral que abre acceso a la inscripción de los extranjeros a los padrones electorales, propone que con la inscripción queden de facto naturalizados. Sobre este tema ver González Bernaldo de Quirós, “Enjeux des politiques de nationalité dans le contexte de migrations post-impériales: le cas de l´Argentine, 1853-1931.”

35 Durante su intervención en la cámara baja afirma: “nosotros que vamos a ser el centro obligado a donde convergerán 500.000 viajeros, nos hallaremos un día trasformados en una Nación que no tendrá lengua, ni tradiciones, ni carácter, ni bandera”. Citado por Bertoni, Lilia Ana. Patriotas, cosmopolitas y nacionalistas : la construcción de la nacionalidad argentina a fines del siglo XIX. Buenos Aires : FCE, 2007, p. 21.

36 El primero tendrá lugar en Lima en 1877. Sobre el congreso de 1888 E. Zeballos se mostrará bastante crítico de los resultados de ese encuentro que califica de “foco de susceptibilidades, de recelos, de intransigencias, que motivaron su fracaso parcial”. Zeballos, Estanislao. Justicia Internacional Positiva. Conferencias dadas en la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad de Buenos Aires. Valencia : Sempere y Cia, 1911, p. 219.

37 Se trata del tratado E. Zeballos-Bocayuva. Un análisis de las relaciones culturales entre las dos naciones vecinas y el papel de E. Zeballos y de su revista de Derecho, Historia y Letras en las relaciones transnacionales en Preuss, Ori. Transnational South America Experiences, Ideas, and Identities, 1860s-1900s. [S. l.] : Routledge, 2016, p. 106‑116. Gustavo. Ferrari, Estanislao S. Zeballos.

38 Zeballos, Estanislao Severo. Argument for the Argentine republic upon the question with Brazil in regard to the territory of Misiones : submitted to the arbitration of the President of the United States, in accordance with the treaty of September 7, 1889. Washington : [Gibson Brothers, printers], 1894.

39 Sin abandonar completamente su implicación política puesto que en 1906 vuelve a ser nombrado Canciller por Figueroa Alcorta, cargo que abandona en 1908 para ocupar el de ministro de Justica e Instrucción Pública y una última banca de diputados entre 1912 y 1914.

40 Nota del 14/4/1893 del decanato de la Facultad de Derecho al rectorado de la UBA informando que Estanislao E. Zeballos se hace cargo de la cátedra de derecho internacional. Archivo UBA, 104-03-21.

41 Con fecha 14/08/1895 el Ministerio de Justicia, Culto e Instrucción Pública acusa recibo de la nota de rectorado informando que el profesor suplente Estanislao S. E. Zeballos se ha hecho cargo de Derecho Internacional Privado en la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales. Archivo UBA, 113-03-02

42 Entre 1898 y 1923 la revista publicará 3707 artículos, entre los cuales los artículos escritos por E. Zeballos representan 13% del total. Si tenemos en cuenta los textos destinados a hablar de E. Zeballos y las traducciones realizadas por el, 16% del total de las publicaciones de la revista durante sus 25 años de historia sirven a construir la figura pública y científica de Estanislao E. Zeballos. Celada Domínguez and Giacalone, “Revista de Derecho, Historia y Letras (1898-1923) Estudio e Índice General.”

43 Según testimonia la Nota enviada por el ministerio al Rector de la UBA con fecha 26/06/1902. Cf. Archivos UBA, E5-03-44

44 Session d´Hambourg « Personnel de l´Institut. Élus associés » in Annuaire de l´Institut de Droit International, Vol. 11, 1889-1892, Paris, Pedone, 1892, p.26

45 No todas ellas provienen del legajo catalogado “Correspondencia con el Profesor Weiss”.

46 La interrupción interviene entre 1915 y 1920. Provincia de Buenos Aires Luján, «Archivo del Museo Colonial e Histórico Enrique Udaondo», p. AZ 109. E. Zeballos a A. Weiss, 2677/1920, AZ 227

47 A los pocos años ocupará la cátedra de derecho internacional privado. Los datos biográficos de Estanislao E. Zeballos en Cutolo, Vicente Osvaldo. Estanislao S Zeballos. VII. Buenos Aires : Editorial Elche, 1985, VII. Los datos biográficos de A. Weiss se pueden consultar en la base de datos http://siprojuris.symogih.org (consultada el 28/11/2019)

48 Su Manual de derecho internacional conocerá 9 ediciones desde su primera publicación en 1899.

49 Rygiel, Philippe. Une impossible tâche ? : l’Institut de droit international et la régulation des migrations internationales (1870-1920). Paris : Université Paris 1 Panthéon Sorbonne, 2011; González Bernaldo de Quirós, Pilar. Primeras iniciativas de regulación jurídica global de las migraciones: Estanislao Zeballos y la doctrina argentina del “derecho privado humano (1873-1923). História Unisonos. 2018, Vol. 22 (2), no Maio/Agosto, p. 170‑184.

50 El jurista argentino pedirá el apoyo del francés para presentar su candidatura al premio Nobel, apoyo que el francés dice acordarle. “Vos titres à cet honneur suprême sont considérables ; et je ne négligerai rien, vous pouvez en être assuré, pour les mettre en plein lumière » Luján, Archivo Zeballos, legajo 261. E. Zeballos hace referencia a esta correspondencia en su intercambio con al secretario del Comité Noruego del Nobel, Ragnvald Moe. C. Correspondencia de Estanislao E. Zeballos a Rognavald Noé Secretario del Comité Parlamentario "Noble" de mayo 1922. AZ 302. Esta iniciativa ha sido evocada en González Bernaldo, Pilar, “Primeras Iniciativas de Regulación Jurídica Global de Las Migraciones: Estanislao E. Zeballos y La Doctrina Argentina del Derecho Privado Humano (1873-1923).”

51 La hoja indica su inscripción institucional (profesor de la facultad de derecho de Paris) y su domiciliado en Paris ( 10 rue Copernic (16º). Cf. Luján, Provincia de Buenos Aires. Archivo del Museo Colonial e Histórico Enrique Udaondo [manuscrit]. Lujan, [s. d.], p. legajo 109.

52 Zeballos, Estanislao Severo. Bulletin argentin de droit international privé. Bulletin argentin de droit international privée. 1903, p. 592.

53 Zeballos, Estanislao Severo. Bulletin argentin de droit international privé. Bulletin argentin de droit international privée. 1903, p. 48.

54 “Compte-rendu de l´ouvrage d´André Weiss Manuel de Droit International Privé. (5e édition, revue et mise au courant. Paris, L/Larose et L. Tenin, 716 pag. Zeballos, Estanislao Severo. Bulletin argentin de droit international privé. Bulletin argentin de droit international privée. 1903, p. 576‑578.

55 Luján, Provincia de Buenos Aires. Archivo del Museo Colonial e Histórico Enrique Udaondo [manuscrit]. Lujan, [s. d.], p. AZ 109. Carta de A. Weiss a E. Zeballos, 20/09/1903

56 Luján, Provincia de Buenos Aires. Archivo del Museo Colonial e Histórico Enrique Udaondo [manuscrit]. Lujan, [s. d.], p. AZ 109. Carta de A. Weiss a E. Zeballos, 1/05/1905

57 Archivo E. Zeballos, Correspondencia de Lucas a E. Zeballos, Paris el 17/02/1904 en AZ 260-261.

58 En la misma le informa de los resultados favorables que la propuesta generó en su editor francés, quien acepta hacerse cargo de la publicación de la versión española, pero siempre y cuando los agregados sobre jurisprudencia argentina con que E. Zeballos estima necesario enriquecer su obra, no aumenten el número de páginas del volumen. Luján, Provincia de Buenos Aires. Archivo del Museo Colonial e Histórico Enrique Udaondo [manuscrit]. Lujan, [s. d.], p. AZ 109. Carta de A. Weiss a E. Zeballos del 1/05/1905

59 Luján, Provincia de Buenos Aires. Archivo del Museo Colonial e Histórico Enrique Udaondo [manuscrit]. Lujan, [s. d.], p. AZ 112. Carta de A. Weiss a E. Zeballos del 17/07/1907. En 1906 E. Zeballos es nombrado por tercera vez Ministro de Asuntos Exteriores, bajo el gobierno de Figueroa Alcorta, y ello posiblemente haya atrasado el proyecto.

60 Luján, Provincia de Buenos Aires. Archivo del Museo Colonial e Histórico Enrique Udaondo [manuscrit]. Lujan, [s. d.], p. AZ 109. Carta de A. Weiss a E. Zeballos, 19/09/1909

61 Weiss, André. Manuel de derecho internacional privado. 5o. Paris : Librairie de la Société du Recueil Sirey, 1912), 1924 1911, 2 vol.

62 Luján, Provincia de Buenos Aires. Archivo del Museo Colonial e Histórico Enrique Udaondo [manuscrit]. Lujan, [s. d.], p. AZ 109. Carta de E. Zeballos a A. Weiss, Bs. As. 29/11/1911

63 Luján, Provincia de Buenos Aires. Archivo del Museo Colonial e Histórico Enrique Udaondo [manuscrit]. Lujan, [s. d.], p. AZ 109. Carta de A. Weiss a E. Zeballos, Paris, 17/7/1907, Carta de A. Weiss a E. Zeballos, La Haye, 19/05/1909; Carta de E. Zeballos a A. Weiss, Bs. As., 20/10/1909. En 1907 A. Weiss hace referencia a los intercambios que tuvo con su compatriota Anatole France de regreso de la Argentina.

64 Carta de A. Weiss a E. Zeballos, Paris 12/01/1912 Luján, Provincia de Buenos Aires. Archivo del Museo Colonial e Histórico Enrique Udaondo [manuscrit]. Lujan, [s. d.], p. AZ 109.

65 Ver el caso de la sucesión del rico judío tunecino, Nissim Samama. Marglin, Jessica M. La nationalité en procès : droit international privé et monde méditerranéen. Annales. Histoire, Sciences Sociales [en ligne]. 2018, Vol. 73e année, no 1, p. 83‑117.

66 Carta de A. Weiss a E. Zeballos, Montmorency, 22/0971912 Luján, Provincia de Buenos Aires. Archivo del Museo Colonial e Histórico Enrique Udaondo [manuscrit]. Lujan, [s. d.], p. AZ 109.

67 Si tomamos como indicador, ciertamente con gran prudencia, la base de datos Ngram, la entrada “André Weiss” en español da cuenta de un crecimiento de más de 60% de las referencias a la obra del francés luego de la traducción al español.

68 Luján, Provincia de Buenos Aires. Archivo del Museo Colonial e Histórico Enrique Udaondo [manuscrit]. Lujan, [s. d.], p. AZ 109. Carta de A. Weiss a E. Zeballos, 19/09/1909

69 Weiss, André. Manuel de derecho internacional privado. 5o. Paris : Librairie de la Société du Recueil Sirey, 1912), 1924 1911, 2 vol., p. 59.

70 Weiss, André. Manuel de derecho internacional privado. 5o. Paris : Librairie de la Société du Recueil Sirey, 1912), 1924 1911, 2 vol., p. 28.

71 Weiss, André. Manuel de derecho internacional privado. 5o. Paris : Librairie de la Société du Recueil Sirey, 1912), 1924 1911, 2 vol., p. 54‑57.

72 El subrayado es nuestro

73 Weiss, André. Manuel de derecho internacional privado. 5o. Paris : Librairie de la Société du Recueil Sirey, 1912), 1924 1911, 2 vol., p. 61‑72.

74 Weiss, André. Manuel de derecho internacional privado. 5o. Paris : Librairie de la Société du Recueil Sirey, 1912), 1924 1911, 2 vol., p. 158.

75 Weiss, André. Manuel de derecho internacional privado. 5o. Paris : Librairie de la Société du Recueil Sirey, 1912), 1924 1911, 2 vol., p. 238.

76 En prólogo de la primera edición al castellano, comienza presentando “la obra teórico-práctica de Derecho internacional privado que yo denomino Derecho Privado Humano”. Weiss, André. Manuel de derecho internacional privado. 5o. Paris : Librairie de la Société du Recueil Sirey, 1912), 1924 1911, 2 vol., p. 6.

77 Fassbender, Bardo et Peters, Anne. Towards a Global History of International Law, in The Oxford handbook of the history of international law. Oxford University Press. Oxford : , 2012, p. 1‑24.

78 Carlos Calvo se hizo conocer gracias a la primera traducción al español de Wheaton. Sobre traducciones de manuales de derecho internacional ver Becker Lorca, Arnulf. Mestizo international law : a global intellectual history 1842 - 1933 : Cambridge University Press, 2016.

79 La doctrina argentina de derecho privado humano es formulada en diferentes textos a partir de 1902. Ella se funda en el principio constitucional de reconocimiento de derechos civiles a los extranjeros y de la introducción del domicilio como principio de resolución de los conflictos de leyes, introducido en el código civil argentino. Zeballos, Estanislao. Justicia Internacional Positiva. Conferencias dadas en la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad de Buenos Aires. Valencia : Sempere y Cia, 1911 ; Zeballos, Estanislao. Conférence inaugural du cours de droit intenrational privé, faite a la faculte de ... Buenos Aires, le 2 avril, 1902. Buenos Aires : Félix Lajouane, 1902. Koskenniemi, Martti. The gentle civilizer of nations : the rise and fall of modern international law 1870-1960. Cambridge : Cambridge Univ. Press, 2003.

80 Anghie, Antony. Imperialism, sovereignty, and the making of international law. Cambridge : Cambridge University Press, 2004.

81 Jouannet, Emmanuelle. Colonialisme européen et néo-colonialisme contemporain. Notes de lecture des manuels européens du droit des gens entre 1850 et 1914 [en ligne]. 2004. [Consulté le 23 novembre 2018]. Disponible à l’adresse : https://etourmejouannet.files.wordpress.com/2014/10/droit_international_europeen_et_colonialisme-_version_4-esil-florence_2004.pdf.

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Para citar este artículo

Referencia electrónica

Pilar González Bernaldo de Quirós, «La fabrica de la proximidad civilizatoria en la producción de normas jurídicas internacionales. Una aproximación a la historia del derecho internacional privado a través de la relación epistolar entre Estanislao Zeballos y André Weiss»Nuevo Mundo Mundos Nuevos [En línea], Debates, Publicado el 21 junio 2022, consultado el 28 marzo 2024. URL: http://journals.openedition.org/nuevomundo/87485; DOI: https://doi.org/10.4000/nuevomundo.87485

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Autor

Pilar González Bernaldo de Quirós

UMR “Mondes Américains” CNRS-EHESS
Université de Paris Cité

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