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2023

La invisibilización de la desaparición forzada. ¿Por qué nos cuesta tanto su reconocimiento social?

The invisibility of enforced disappearance. Why is its social recognition so difficult for us?
Andrés Fernando Suárez

Résumés

Un fantasma recorre América Latina: la desaparición forzada es un pasado que se perpetua en el presente, de las dictaduras militares del cono sur y las guerras civiles centroamericanas hasta el conflicto armado colombiano y la guerra contra las drogas en México. Más de 80.000 desaparecidos forzados interpelan a la sociedad colombiana que se niega a reconocer. ¿Por qué nos cuesta hacerlo? Este artículo propone siete hipótesis interpretativas para su comprensión más allá de la indiferencia y la normalización social de la violencia: su reconocimiento tardío y esclarecimiento reciente, la participación de agentes de Estado por acción u omisión, la pluralidad de violencias como contexto, la incidencia del negacionismo del conflicto armado, la criminalización y la estigmatización de las víctimas, la marginalidad social y el anonimato de las víctimas, y las asimetrías en las políticas públicas para afrontar los distintos hechos de violencia.

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Texte intégral

  • 1 Centro Nacional de Memoria Histórica. Observatorio de memoria y conflicto. Consult (...)

1Un fantasma recorre América Latina, un pasado que se ha perpetuado como presente se instala duraderamente en la cotidianidad de la región. Si se pensaba que la desaparición forzada era parte de un pasado ya superado tras las dictaduras militares en el sur del continente y las guerras civiles centroamericanas, hoy en día México se erige como símbolo de esa devastadora realidad del presente, ya no enmarcada en las coordenadas de la Guerra Fría sino en las de la guerra contra las drogas. El largo conflicto armado interno en Colombia parecía al margen de ese sino trágico de la violencia del continente, pese a conjugar Guerra Fría y narcotráfico. Lo que se presentaba como marginalidad resultó ser invisibilización a medida que los mecanismos de justicia transicional vigentes desde 2005 empezaron a esclarecer la verdad de las magnitudes, las modalidades, las prácticas y el paradero de los desaparecidos forzados en el marco del conflicto armado. Hablaron las víctimas y confesaron los victimarios. A 31 de marzo de 2023, el Observatorio de Memoria y Conflicto del Centro Nacional de Memoria Histórica (CNMH) ha documentado 80.743 personas desaparecidas forzadamente entre 1958 y 20231, de las cuales 10.100 han aparecido vivas o muertas, mientras que 4.344 aún no han podido ser encontradas a pesar de la confesión hecha los victimarios. A pesar del esclarecimiento de la verdad, la desaparición forzada aún no logra reconocimiento social en Colombia.

2¿De qué hablamos cuando hablamos de reconocimiento social? De un consenso social puesto en la esfera pública que acepte los hechos más allá de toda duda, que asuma la gravedad de los crímenes y los condene, que pida cuentas por las responsabilidades políticas, sociales y criminales por los hechos, que acompañe a las víctimas en la exigencia de sus derechos, que valide los daños causados, que exija políticas públicas y demande resultados de la acción estatal, y que priorice en la agenda pública el imperativo político y ético de buscar a los desaparecidos con participación de la sociedad.

3¿Por qué hablamos de falta de reconocimiento social frente a la desaparición forzada en Colombia y de quiénes? Por las reacciones de distintas audiencias ante la presentación de los resultados de investigación del informe general de desaparición forzada “Hasta encontrarlos. El drama de la desaparición forzada en Colombia” (2016) y el proyecto del Observatorio de Memoria y Conflicto (2018) del Centro Nacional de Memoria Histórica, de los cuales el autor fue correlator y coordinador respectivamente. Hablamos de audiencias conformadas por periodistas, líderes de opinión, académicos, estudiantes universitarios, funcionarios públicos, miembros de ONG, dirigentes políticos y ciudadanos del común, quienes manifestaban insistentemente su incredulidad y su sospecha frente a la ocurrencia de la desaparición forzada como un hecho violento del conflicto armado, pese a su empatía con las víctimas y su compromiso ciudadano con la paz.

4Este artículo pretende aportar hipótesis interpretativas para comprender cuáles son los obstáculos que impiden el reconocimiento social de la desaparición forzada en Colombia y la persistencia de su invisibilización en la agenda pública y la escena social. Los factores que se ponen en discusión apuntan a entender por qué resulta tan difícil para la sociedad colombiana creer que la desaparición forzada haya tenido lugar en las dimensiones que se han ido esclareciendo y sobre todo su negativa a aceptar que no fueron hechos marginales.

  • 2 Calveiro, Pilar. Poder y desaparición. Los campos de concentración en Argentina. B (...)
  • 3 Feldman, Allen. War under erasure. Contretemps, disappearance, anthropophagy, surv (...)

5Si bien se acepta ampliamente la interpretación sobre la normalización de la violencia, hay que señalar que ésta solo es en parte cierta y a menudo puede resultar insuficiente y simplificadora cuando se constata el tratamiento diferencial de las violencias en una sociedad. Se puede pensar razonablemente que una sociedad que ha vivido más de seis décadas de conflicto armado se encuentra anestesiada cultural y socialmente frente a la violencia, que se han vivido tantas que una más no hace la diferencia, que se han incorporado tanto a la cotidianidad, que no hay violencia que altere la “normalidad”. Otros pueden afirmar que el arraigo político, social y cultural de las “causas justas” (democracia, seguridad, terrorismo, revolución) ha acabado por justificar todos los crímenes, banalizándolos, trivializándolos o minimizándolos2, “los aforismos que acordonan, higienizan, neutralizan e indemnizan la violencia”3. Pero ese no es el caso colombiano, porque la desaparición forzada no se encuentra inscrita en la trama de invisibilización de todas las violencias, no, porque de hecho hay violencias que sí han tenido reconocimiento social y que no solo han movilizado a la sociedad en su rechazo, haciendo que resultaran políticamente costosas para los actores del conflicto armado. El secuestro es un caso ilustrativo, pues minó la legitimidad política de las guerrillas colombianas y su herida pervivió en la memoria colectiva cuando el plebiscito para refrendar el acuerdo de paz con la guerrilla de las FARC-EP fue derrotado en las urnas el 2 de octubre de 2016.

  • 4 Op. Cit. p. 185-199
  • 5 Calveiro, Op. Cit. p. 159

6Con todo, las hipótesis interpretativas propuestas en este articulo pueden considerarse desarrollos de la teoría del “régimen de desaparición” formulada por Feldman, pero explorando nuevos mecanismos sobre “cómo se desaparece a la desaparición” o “cómo se devora a la desaparición” desde su noción de antropofagia política4, discutiendo el papel de la violencia, la sociedad y las políticas públicas en el “hacer desaparecer” o “permitir aparecer”. Esta perspectiva está en consonancia con el planteamiento de Calveiro acerca de que la desaparición y la sociedad se pertenecen, se reflejan y se reproducen5, porque son parte de una misma trama.

Un reconocimiento tardío y un esclarecimiento reciente

7Uno de los primeros factores que dificulta el reconocimiento social de la desaparición forzada es su tipificación tardía como delito en la normatividad interna y el esclarecimiento reciente de sus dimensiones.

  • 6 Lefranc, Sandrine. Políticas del perdón. Traducción de Horacio Pons. Bogotá, Norma, 2005 (...)

8La desaparición forzada solo fue tipificada como delito en la legislación interna de Colombia mediante la Ley 589 de 2000, lo que tiene profundas implicaciones en el reconocimiento social del delito. La primera y más obvia es la vigencia del principio del derecho, según el cual, “no hay crimen ni castigo sin ley en vigencia en la época de la comisión de los hechos”6, así que si la desaparición forzada no era reconocida legalmente como delito, el límite social y simbólico a esa práctica de violencia no existía, y por tanto se convertía en una conducta que quedaba en el limbo respecto a su reproche moral y su sanción social.

9La desaparición forzada registró indicios de generalización a partir de 1980 en Colombia (por lo menos 37.571 desapariciones forzadas entre 1980 y 2000 , un 46 % de las víctimas en el periodo 1958-2022), es decir, 20 años antes de que se tipificara como delito, así que su no reconocimiento como delito fungió como una licencia para los perpetradores, quienes se consideraban amparados porque no estaban violando la ley, mientras que la sociedad no asumía conciencia del crimen porque no percibía en este una transgresión de la ley.

  • 7 Oficina en Colombia del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humano (...)
  • 8 Uribe, Maria Victoria. Cuerpos sin nombre, nombres sin cuerpo. Bogotá, Siglo del Hombre (...)
  • 9 Calveiro, Pilar. Ibid.
  • 10 Centro Nacional de Memoria Histórica. Observatorio de memoria y conflicto. Con (...)

10Esta invisibilización del delito de la desaparición forzada fue reforzado cuando se intentó su amparo legal como una modalidad de secuestro, apelando a su tipificación menos gravosa y dolosa, el secuestro simple, así que la naturaleza y la identidad del crimen se desdibujó cuando se subordinó a un delito de mayor reconocimiento público como el secuestro. Esta subordinación a un delito existente en la ley, pero distinto, supuso la desnaturalización de la desaparición forzada y dificultó aún más su reconocimiento social. Mientras en el secuestro la privación de la libertad es un medio para lograr una concesión y por ende el perpetrador reconoce su responsabilidad; en la desaparición forzada, la privación de la libertad es un fin en sí mismo, por eso el perpetrador oculta a la víctima y niega su suerte y su paradero, busca borrar las huellas para perpetrar un crimen con total impunidad789. Además de esa diferencia, el principal responsable del secuestro han sido las guerrillas (85 %), mientras que en la desaparición forzada han sido los grupos paramilitares y los agentes de Estado (59,6 %), lo que supone entonces una abierta distorsión en las responsabilidades por el delito10.

  • 11 Centro Nacional de Memoria Histórica. Balance de la acción del Estado frente a la (...)

11El reconocimiento tardío en la legislación interna no se supera inmediatamente con la expedición de una ley, pues solo con su reglamentación ésta adquiere materialidad y se convierte en un hecho socialmente tangible para la sociedad. Y como muchas leyes en Colombia, la reglamentación de la Ley 589 de 2000 solo ocurrió con la expedición de la Ley Estatutaria 971 de 2005. Este ordenamiento legal permitió la puesta en funcionamiento de la Comisión Nacional de Búsqueda de Personas Desaparecidas (CBPD), el Registro Nacional de Desaparecidos, el Mecanismo de Búsqueda Urgente y el Registro de Personas capturadas y Detenidas11.

12En este lapso (2000-2005) se registraron 28.275 desapariciones forzados (35,1 % de las víctimas del periodo 1958-2022), lo que significa que 65.846 desapariciones forzados fueron llevadas a cabo entre 1980 y 2005, justo antes de que se reconociera y reglamentara la ley, lo que equivale a un 81,8 % del total de víctimas.

13Por supuesto que el reconocimiento legal del delito no es suficiente para garantizar su reconocimiento social ni que éste automáticamente incida en su menor ocurrencia, pero esto no obsta para minimizar las implicaciones sociales y políticas que tiene su reconocimiento o no como un delito, pues una cosa es perpetrar un hecho perseguible judicialmente y que además pueda ser denunciado, y otra muy distinta que no lo sea, eso cambia definitivamente el cálculo de la violencia para los perpetradores.

  • 12 Centro Nacional de Memoria Histórica. Dimensiones y normas de la desaparición (...)

14A la par con la tipificación tardía y los retrasos en la reglamentación de la ley, la desaparición forzada enfrentaba nuevos obstáculos para su reconocimiento social, esta vez por cuenta de las dimensiones conocidas del delito. Hasta el año 2005, antes de que entrara en vigencia la Ley 975 de 2005 (también conocida como la Ley de Justicia y Paz), las organizaciones de familiares de desaparecidos y las organizaciones de defensores de los derechos humanos que han agenciado siempre el debate público para el reconocimiento de la desaparición forzada, habían logrado documentar en medio de todos los obstáculos posibles un total de 6.625 desapariciones forzadas12.

15El esclarecimiento de las dimensiones de la desaparición forzada cambió radicalmente con la vigencia de la Ley de Justicia y Paz (Ley 975 de 2005), pues este modelo de justicia transicional que sirvió de marco jurídico a la desmovilización de los grupos paramilitares, se convirtió en una ventana de oportunidad para que las víctimas denunciaran masivamente la violencia que habían padecido. Así, los testimonios dados a la Fiscalía General de la Nación que fueron recopilados en el Sistema de Información de Justicia y Paz (SIJYP) documentaron 55.000 desapariciones forzadas en el marco del conflicto armado, lo que se reforzó con las versiones libres de los postulados en las que éstos confesaban los crímenes y revelaban la suerte y el paradero de las víctimas.

  • 13 Fiscalía General de la Nación. Reporte estadístico del Grupo de búsqueda, iden (...)
  • 14 El Espectador (9 de mayo de 2009). Los hornos del horror en el Catatumbo. Cons (...)
  • 15 Centro Nacional de Memoria Histórica. Justicia y paz. ¿Verdad judicial o verda (...)
  • 16 Centro Nacional de Memoria Histórica. Textos corporales de la crueldad. Memori (...)
  • 17 Uribe. Maria Victoria. Op. Cit.

16La implementación de la Ley de Justicia y Paz llevó a la creación del Grupo de Trabajo de Exhumaciones de la Fiscalía General de la Nación, el cual ha exhumado 8.361 cadáveres de 6.782 fosas comunes y 3.453 cadáveres en 27 cementerios desde 2005 hasta el 30 de mayo de 202313. A esto se sumaron las confesiones de los postulados, principalmente paramilitares, quienes afirmaron que los cadáveres de muchos desaparecidos habían sido arrojados a los ríos, mientras que otros habían sido incinerados, reconociéndose incluso la existencia de hornos crematorios14, unos más habían sido arrojados a lagos para ser devorados por cocodrilos, otros tantos arrojados a abismos o dejados a la intemperie para ser devorados por los animales carroñeros, y unos más quemados con ácido en el rostro y las manos para dificultar su identificación 151617.

  • 18 Centro Nacional de Memoria Histórica. Hasta encontrarlos. El drama de la desaparición fo (...)

17La Ley 975 de 2005 se vio luego reforzada por el Decreto 1290 de 2008 y la Ley 1448 de 2011 (también conocida como Ley de Víctimas), lo que consolidó los mecanismos de justicia transicional a los que las víctimas continuaron acudiendo masivamente para develar las dimensiones de la violencia del conflicto armado. En este contexto, el CNMH, una de las instituciones transicionales creada por la Ley de Víctimas, llevó a cabo un trabajo de documentación mediante la integración de fuentes sociales e institucionales en el proyecto del Observatorio de Memoria y Conflicto, uno de cuyos resultados parciales fue la cifra de 60.000 desaparecidos presentada en el informe público “Hasta Encontrarlos. El drama de la desaparición forzada en Colombia”18 y luego el reporte final del Observatorio de Memoria y Conflicto con 80.743 desaparecidos.

  • 19 Centro Nacional de Memoria Histórica. Hasta encontrarlos. Op. Cit. p. 65

18Este esclarecimiento reciente no ha contado con una difusión amplia y masiva en la sociedad, pero cuando se ha intentado ha tropezado con la confusión que genera la pluralidad de cifras oficiales que circulan como información pública19. Así, el Sistema de Información Red de Desaparecidos y Cadáveres – SIRDEC – (entidad oficial a cargo de las estadísticas de la desaparición forzada) reporta 34.414 víctimas, el CNMH 80.743, los sistemas de información la Fiscalía General de la Nación presentan dos cifras distintas no unificadas (Sistema Penal Oral Acusatorio-SPOA: 28.629 y Sistema de Información de Justicia y Paz -SIJYP: 55.000) y el Registro Único de Víctimas (RUV) 50.722, muchas de ellas con temporalidades distintas por su regulación normativa diferenciada.

19Si bien el acuerdo de paz entre el Estado colombiano y la guerrilla de las FARC-EP (24 de noviembre de 2016) incorporó la creación de la Unidad de Búsqueda de Personas Dadas por Desaparecidas (UBPD), lo que en sí mismo es un acto de reconocimiento político mayúsculo, también es cierto que éste resulta confuso para la opinión pública porque su mandato es el de buscar personas “dadas” por desaparecidas y no específicamente a los desaparecidos forzados, sin hablar de la cuasi homonimia con la Comisión Nacional de Búsqueda de Personas Desaparecidas (CBPD), entidad que funciona simultáneamente.

  • 20 Unidad de Búsqueda de Personas Dadas por Desaparecidas. En cifras: así avanza (...)

20A esta pluralidad de universos de víctimas de desaparición forzada se suman las de los reportes de personas desaparecidas que han sido encontradas (vivas o muertas). Aquí se reproduce una vez más la fragmentación institucional que acaba operando como dispositivo del régimen de desaparición, porque no se saben cuántos son, cuántos han sido encontrados y a cuántos se siguen buscando. El GRUBE reporta 11.814 cadáveres recuperados en fosas clandestinas y cementerios, mientras que la UBPD registra 783 cuerpos recuperados20, a lo que se suma que la JEP ni siquiera presenta información pública sobre los cuerpos que han sido exhumados como parte de sus diligencias judiciales.

21No ha habido ni un solo comunicado público, ni una rueda de prensa, ni ningún pronunciamiento conjunto, en el que las tres entidades rindan cuentas sobre cuántos desaparecidos, cuántos han sido encontrados y a cuántos se sigue buscando, y no lo ha habido, porque no se comparte la información. El esfuerzo más importante de integración de información ha sido el del Observatorio de Memoria y Conflicto del CNMH, el cual es solo parcial porque no siempre ha podido actualizar la información del GRUBE y además no ha tenido acceso a la información de la UBPD ni de la JEP. El efecto de la dispersión de información es confusión, lo que no pocas veces acaba elevando la brecha de incredulidad entre la opinión pública. La sociedad tampoco es convocada a la búsqueda de los desaparecidos, porque ni siquiera se le responden las preguntas básicas sobre cuántos son, cuántos han sido encontrados y a cuántos se sigue buscando.

  • 21 Centro Nacional de Memoria Histórica. Caquetá: Una autopsia sobre la desaparic (...)
  • 22 Departamento Nacional de Planeación. Colombia: Potencia mundial para la vida. (...)

22Muchos desaparecidos vuelven a “desaparecer” en los registros oficiales y otros tantos no pueden “aparecer” por la falta de coordinación y multiplicación de procedimientos dentro de las entidades estatales21, algo que el nuevo gobierno nacional (2022-2026) intenta corregir con la confirmación de una nueva instancia de coordinación, a saber, el Sistema Nacional de Búsqueda de Desaparecidos22.

Participación u omisión de agentes de Estado

23Otro obstáculo no menor para el reconocimiento social de la desaparición forzada es la participación u omisión de agentes de Estado en la ocurrencia del delito, cuestión que es relevante porque se erige en un obstáculo para la denuncia por parte de las víctimas, pues éstas deben denunciar ante instancias estatales que, si bien están en el poder judicial o el Ministerio Público, no están exentas de intimidaciones y presiones. También cuenta el hecho de que asumir responsabilidades penales a nivel internacional, tiende a desincentivar que el Estado y sus agentes reconozcan las dimensiones del delito y propicien un amplio reconocimiento social. Esto se puede constatar en el reconocimiento tardío del delito y los retrasos en la reglamentación de la ley, así como en los esfuerzos más bien recientes posibilitados por los mecanismos de justicia transicional que son acogidos por los Estados para esquivar la competencia de la justicia penal internacional.

24Históricamente, la tipificación internacional del delito restringida a la participación de los agentes de Estado, provocó el efecto estructural de movilizar e incentivar el espíritu de cuerpo dentro del Estado para eludir, retrasar o incluso sabotear el desarrollo de cualquier política pública que implicara la asunción de responsabilidades penales a nivel internacional. No fue casualidad que el Estado aceptara la inclusión del delito en la normatividad interna justo cuando el Estatuto de Roma (1998) hizo extensiva la responsabilidad a grupos armados ilegales reconocidos como “organizaciones políticas”.

25Es importante recordar que solo hasta la promulgación de la Ley de Víctimas en el año 2011 se reconoció el principio de igualdad de las víctimas ante la ley dentro de los mecanismos de justicia transicional en Colombia, lo que se tradujo en que las víctimas de agentes de Estado podían reclamar atención y reparación por parte del Estado en igualdad de condiciones que las víctimas de grupos armados ilegales, lo que derogaba el marco legal previo en el cual ninguna víctima podría requerir atención y reparación del Estado por las actuaciones de sus agentes si no mediaba una sentencia judicial en firme en segunda instancia.

26La participación de miembros de las Fuerzas Militares y la Policía, por acción u omisión, en el delito de la desaparición forzada no es cuestión menor si se tiene en cuenta la documentación de más de 2.500 desapariciones forzadas atribuidas presumiblemente a miembros de las Fuerzas Militares y de Policía, y la aquiescencia de estos con los grupos paramilitares que han perpetrado más de 20.000 desapariciones forzadas.

27La sociedad puede jugar un papel central en la definición de la agenda pública y obligar al Estado a responder a los reclamos ciudadanos, pero contar con el Estado y movilizarlo para una causa casi siempre confiere una ventaja que no es para nada desdeñable, lo cual puede constatarse para el caso colombiano con el papel que ha jugado el mismo en el reconocimiento social, político e institucional de delitos como el secuestro o las minas antipersona, ambas con una responsabilidad predominante de las guerrillas.

La pluralidad de violencias como contexto de la desaparición forzada

28El conflicto armado colombiano ha registrado todos los tipos de violencia imaginables, ha pasado de todo y en distintas dimensiones, así que la desaparición forzada es una violencia más dentro de una trama plural de violencias. Ha habido secuestros, atentados terroristas, asesinatos selectivos, magnicidios, desplazamiento forzado, reclutamiento ilícito, minas antipersona, despojo, violencia sexual, daños a bienes civiles, tomas de pueblos, masacres, acciones bélicas y un sin número de eventos más, todos en grandes dimensiones, lo que ha hecho que Colombia aparezca encabezando más de una lista internacional por la escala que alcanzaron dichos crímenes.

29El hecho de que la desaparición forzada sea una entre muchas violencias tiene profundas repercusiones en la precariedad de su reconocimiento social, tanto por las dimensiones de las otras violencias como por la visibilidad de las mismas.

  • 23 Centro Nacional de Memoria Histórica. Observatorio de memoria y conflicto. Dis (...)

30Convéngase que 80 mil desaparecidos forzados es una cifra escandalosa por sí misma y no pasaría desapercibida en el contexto internacional, haciendo de Colombia uno de los países con mayor riesgo de desaparición forzada del mundo, pero ese mismo nivel de riesgo se reproduce y en mayor proporción respecto a otros tipos de violencia. Para un país en el que ha habido por lo menos 8 millones de desplazados internos, 260 mil muertos por el conflicto armado, cerca de 35 mil secuestrados, más de 11 mil víctimas de minas antipersona, más de 30 mil víctimas de violencia sexual, cerca de 20 mil niños y niñas víctimas de reclutamiento forzado, más de 20 mil ataques contra bienes civiles e infraestructura pública, más de 200 atentados terroristas o más de 4.000 masacres23, resulta evidente que la gravedad de la desaparición forzada queda relativizada en una trama densa de muerte y destrucción.

  • 24 Suárez, Andrés Fernando. El silencio del horror. Guerra y masacres en Colombia. Bogotá, (...)

31Con todo, la desaparición forzada es el tercer tipo de hecho violento con mayor número de víctimas después del desplazamiento forzado y el homicidio, de acuerdo con el Observatorio de Memoria y Conflicto del CNMH, el RUV de la Unidad para la Atención y Reparación Integral de las Víctimas y la Comisión de Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No Repetición. Siendo así, ¿por qué esto no resulta suficiente para su reconocimiento social? Porque es una violencia menos visible que las otras. La victimización asociada a una masacre, a un atentado terrorista, a un ataque a un bien civil o una mina antipersona puede tener magnitudes mucho menores en comparación con la desaparición forzada, pero en contraste con ésta, se trata de violencias de una alta visibilidad material24, la destrucción está a la vista de todos, la víctima con sus laceraciones también está presente para dar testimonio. Esto ocurre a su vez con los secuestros en donde la víctima ha sobrevivido y está presente para contarle a la sociedad lo que le ha pasado, sin contar con que no pocas veces hace de su cuerpo un testimonio con sus huellas y sus marcas, situación totalmente opuesta a la de las desapariciones forzadas, pues la ausencia es su signo distintivo, una ausencia que se vive como contundente y presente en la vida de los familiares, pero que no tiene esa misma evidencia y esa obviedad para la sociedad.

32Podría decirse que la saturación de las violencias visibles se impone y opaca las violencias invisibles como la desaparición forzada, porque a pesar de que se registre y se documente, su materialidad no tiene la tangibilidad ni la contundencia de lo irrefutable de los demás hechos violentos. Pero esto tiene una implicación más profunda, la saturación de las violencias visibles hace que para la sociedad sea incomprensible que los actores armados tengan algún incentivo o alguna limitación que los fuerce a recurrir a las violencias invisibles, así que dicha incomprensión se traduce, de manera cruda y dura, en incredulidad. ¿Por qué habrían de ocultar sus crímenes si han perpetrado tantos y tan visibles?

33El hecho de que haya tantos tipos de violencias, que varíen en sus dimensiones y en sus características, también tiene una repercusión de la que se habla poco, pero que se multiplica en la esfera pública. Cada tipo de violencia moviliza consigo a sus víctimas y eso supone la puesta en escena de un nuevo criterio de diferenciación entre ellas. El resultado es una creciente segmentación de las víctimas por tipo de violencia y una mayor competencia por su posicionamiento y su reconocimiento público, todas reivindicando su mayor invisibilización frente a las demás y reclamando un tratamiento diferencial, pero preferencial, invocando que hay mayores deudas con sus víctimas que con otras.

34La segmentación y la competencia no siempre permiten el reconocimiento de todas las violencias, inevitablemente unas lo harán más que otras, y una vez más, la desventaja de una violencia invisible para el conjunto de la sociedad acaba por re-invisibilizar a la desaparición forzada. Si en el pasado el secuestro y las minas antipersona fueron tipos de violencia con una creciente atención mediática, hoy en día, la desaparición forzada intenta posicionarse en un contexto en el que otras violencias silenciadas han irrumpido en la esfera pública con gran fuerza en busca de reconocimiento social, piénsese en la violencia sexual, tipo de violencia que refuerza su resonancia con el eco de movimientos sociales y corrientes de opinión internacional cada vez más consolidados. Un caso ilustrativo de ese pulso es el reclamo de las víctimas de desaparición forzada y violencia sexual (y violencia basada en género) por la apertura de un macrocaso en la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), lo que después de varios editoriales en los periódicos, movilización pública de las organizaciones como Cisma Mujer, Corporación Humanas, Colombia Diversa y la Red Nacional de Mujeres, entre otras, y respaldo de líderes de opinión, llevó a la JEP a la apertura del macrocaso de violencia sexual, pero no así el de desaparición forzada, que evidentemente movilizó menos aliados en la sociedad civil.

35Hay que señalar que la JEP organizó audiencias territoriales para recibir observaciones de las víctimas frente a la segunda ronda de priorización de macrocasos entre febrero y marzo de 2022, siendo el común denominador de cada una de ellas el pedido por la apertura de un macrocaso de violencia sexual y uno de desaparición forzada. La JEP argumentó que la desaparición forzada se investigaba en los macrocasos abiertos, lo que es cierto, pero lo que no comprendió fue el impacto político y simbólico de la nominación que tiene un macrocaso, con el agravante de que puso a las víctimas de la desaparición forzada nuevamente a la sombra de las de secuestro, que por demás fue su primer macrocaso abierto. “Lo que no se nombra, no existe”, esta expresión coloquial es la que resume lo que está en juego para las víctimas de desaparición forzada.

36¿Por qué es tan importante un macrocaso? Porque son los crímenes más graves y representativos del conflicto armado que la JEP selecciona para su investigación, juzgamiento y sanción, además de que implican el reconocimiento de crímenes masivos que respondieron a políticas, planes y estrategias, lo que permite concentrarse en los máximos responsables. El reconocimiento social se juega decisivamente en la escena judicial, pues el crimen se comprueba, se reconoce y se sanciona. A 30 de junio de 2023, la JEP ha abierto 11 macrocasos (secuestro, ejecuciones extrajudiciales, reclutamiento y utilización de niños, niñas y adolescentes, situaciones territoriales en Andén Pacífico Sur, Urabá y Norte del Cauca, exterminio de la Unión Patriótica, crímenes no amnistiables contra grupos étnicos, crímenes no amnistiables de las FARC-EP, crímenes no amnistiables de la Fuerza Pública en alianza con grupos paramilitares y terceros civiles, y violencia sexual.

Desconocimiento de la desaparición forzada en un contexto de negación del conflicto armado

37No solo son las violencias múltiples y visibles, la duda de la incredulidad que recae sobre la desaparición forzada también depende de los contextos y los momentos en los que es enunciada, lo que para el caso colombiano es relevante, dada la controversia aún vigente sobre si la confrontación entre las guerrillas, los grupos paramilitares y el Estado es un conflicto armado o una amenaza terrorista.

38Este punto es importante porque cuando por fin se reconoció a la desaparición forzada como delito en la normatividad interna (Ley 589 de 2000), solo un par de años después se instaló una narrativa oficial promovida por el Estado que negaba la existencia del conflicto armado y reivindicaba la existencia de una amenaza terrorista encarnada en las guerrillas como único y principal enemigo, así que ya no había en Colombia violencia política sino una violencia criminal que amenazaba a las instituciones democráticas legítimas, y la respuesta de éstas quedaba blindada por ese principio de legalidad en el uso de la fuerza. Así que, sin conflicto armado, se negaba por definición el principal contexto de victimización de la desaparición forzada en Colombia. Esta narrativa oficial permaneció vigente por ocho años (2002-2010), pero no desapareció como narrativa política y social, disputando permanentemente en el campo político, altamente polarizado, la nueva narrativa oficial de reconocimiento del conflicto armado que se instauró desde 2011 con la aprobación de la Ley de Víctimas (Ley 1448 de 2011) y que posibilitó el proceso de paz con la guerrilla de las FARC-EP. Esta narrativa de la amenaza terrorista pervivió como fuerza política de oposición a la paz desde 2011 y regresó nuevamente al poder en 2018.

39El efecto de la negación del conflicto armado fue borrar el contexto de riesgo para las víctimas de desaparición forzada, lo que acabó por reforzar la incredulidad sobre la ocurrencia del hecho, pues ante las cifras de desaparición forzada que empezaban a revelarse luego de la tipificación del delito, y mientras se reglamentaba la ley, la reacción pública continuaba siendo de incredulidad, lo que se traducía en la negación del carácter forzado de la desaparición, así que en Colombia hablar de desaparecidos no significaba necesariamente hablar de desaparecidos forzados, no suponía en ningún caso reconocer un acto de violencia.

40Se habla entonces de desaparecidos y no de desaparecidos forzados, pero como se niega la existencia de un conflicto armado en la narrativa oficial, entonces, ante la desaparición de tantas personas y la necesidad de dar una respuesta ante la situación, la incredulidad frente a las violencias invisibles se pone en escena en un nuevo contexto, ésta vez para poner sobre el desaparecido todas las razones de su ausencia, de ahí que las mismas sean explicadas desde la privatización de las situaciones desencadenantes, el ejercicio del libre albedrio y la estigmatización de quien ha decidido desaparecer.

  • 25 Centro Nacional de Memoria Histórica. Alargando el tiempo. Op. Cit. (...)

41“Ellos y ellas no se desaparecieron, los desaparecieron”25 reza una de las consignas de las Madres de La Candelaria, cuya finalidad es interpelar la idea de que la persona ha desaparecido como parte de una decisión propia y voluntaria. En el imaginario social, las razones por las cuales una persona decide desaparecer van desde una ausencia temporal, que a menudo está mediada por un problema de comunicación, hasta la ruptura intencional y deliberada con su entorno próximo por conflictos familiares, la necesidad económica o las expectativas de una nueva vida lejos de las frustraciones y la inconformidad con su entorno actual. Así narra su experiencia la madre de un desaparecido:

  • 26 Centro Nacional de Memoria Histórica. Entre la incertidumbre y el dolor. Impac (...)

“Yo fui a colocar la denuncia y allá en la Fiscalía me dijeron: ¿Cuántos años tiene su hijo? Yo les dije que tenía 16 años. Entonces me dijeron: Usted por qué se afana. Seguro que ese ‘culicagado’ está por ahí con la novia o con los amigos y ¿usted aquí llorando? ¿Por qué llora? A ver, dígame… ¿Por qué llora? Váyase para su casa. Tranquilícese que él en cualquier momentito le llega a la casa y, si no aparece, pues venga dentro de veinte días”26

  • 27 Grupo de Memoria Histórica. Trujillo, una tragedia que no cesa. Bogotá, Planet (...)

42Pero ésta es la versión más benévola de las razones de la desaparición, la más oscura estigmatiza a la persona desaparecida asumiendo su tránsito a la clandestinidad para desarrollar actividades criminales, así que por eso se va sin dejar rastro. A propósito de una desaparición forzada masiva ocurrida en un municipio en el suroccidente de Colombia el 1 de abril de 1990, el comandante del batallón de la zona declaraba a la prensa: “los jóvenes de La Sonora no están desaparecidos, sino escapados. En medio de los combates se sintieron culpables y huyeron a las montañas, por ahí en 15 días vuelven”27.

La estigmatización de la desaparición forzada y su asociación con la violencia criminal

43La estigmatización de la persona desaparecida, ampliamente generalizada en todos los sectores de la sociedad por la huella criminalizante que imprime la narrativa de la amenaza terrorista y la negación del conflicto armado como contexto, conduce a interpretar su ausencia voluntaria como el paso a la clandestinidad y su vinculación a la criminalidad, pero una vez en ésta, el carácter forzado de la desaparición se reconoce plausible y se le acepta como una de las prácticas más recurrentes de la violencia criminal para resolver conflictos y disputas sin llamar la atención de las autoridades.

44Dado que la desaparición forzada es percibida como ajena a las prácticas de la violencia política en Colombia, su reconocimiento tiende a desplazarse entonces a la violencia criminal, lo que se traduce en asociarla a una práctica propia del narcotráfico. Así las cosas, la desaparición forzada es percibida como parte de los “ajustes de cuentas” entre grupos en competencia dentro del negocio del narcotráfico. Y no se puede negar que efectivamente los carteles del narcotráfico la incorporaron a sus repertorios de violencia, como lo han hecho otras organizaciones mafiosas en el mundo.

45La industria cultural se ha encargado de reforzar esta asociación entre desaparición forzada y violencia criminal a través de la producción de filmes sobre la mafia, los cuales recrean una secuencia en la que a la desaparición forzada le sigue la práctica de torturas crueles y luego la desaparición del cadáver desde las prácticas más infames, arrojarlo en un rio con una piedra atada en un pie o abrir el vientre del cuerpo y llenarlo de piedras para que no flote, o arrojarla dentro de un vehículo con las puertas bloqueadas, por solo citar algunas escenas cinematográficas que reproducen el estereotipo.

46La estigmatización convirtió a las personas desaparecidas en criminales y asimiló la perpetración del delito a las lógicas con que procede la violencia criminal, haciendo por lo tanto que la responsabilidad recayera sobre la víctima, porque ella misma había fabricado las condiciones de riesgo y aceptaba las reglas del mundo criminal. La instalación duradera y permanente del narcotráfico en la sociedad colombiana ha reforzado el estereotipo y ha servido entonces de cortapisa para poner a la desaparición forzada en el ámbito de la criminalidad y con ella a todas las víctimas, consolidando el deslinde de dicha práctica con el conflicto armado y la violencia política.

47El desconcierto de la opinión pública emerge cuando los testimonios de las víctimas del conflicto armado empiezan a interpelar los estereotipos sobre la desaparición forzada, cuando se narra como una persona que era no era conocida en un territorio, así fuese de paso, automáticamente era desaparecida, o como se seleccionaba a la primera persona que pasara por un paraje para llevársela a la fuerza y convertirla en el cuerpo sobre el cual aprender los descuartizamientos, o como bajaban de los buses de transporte público a las víctimas y aleatoriamente eran seleccionadas y luego desaparecidas, o como se crearon hasta símbolos del terror como los carros de la muerte que hacían rutas por las noches “recogiendo” a las víctimas o que simplemente irrumpían en las viviendas de éstas para llevárselas a la fuerza, todo esto avalado por el testimonio del perpetrador que reconocía la desaparición forzada y contaba los detalles macabros de lo que hacían con sus víctimas después de privarlas de la libertad, una polifonía de voces en las que el lenguaje de la violencia política y el conflicto armado prevalecía sobre el de la violencia criminal, pero sin romper su continuidad con la estigmatización de la víctima. Valga señalar que la voz de los victimarios acabó dando el sello de credibilidad que por tantos años se negó y se sigue negando a los testimonios de las víctimas.

El anonimato y la marginalidad de los desaparecidos

48No cabe duda que para comprender por qué el delito de la desaparición forzada tiene un reconocimiento social escaso, es necesario esclarecer quiénes son sus víctimas, quiénes son sus familiares y quiénes son los aliados de éstas últimas en sus luchas de reconocimiento y búsqueda, pues de esto va a depender si se trata de ciudadanos o grupos de interés con capacidad o no de incidencia social y política en la esfera pública, pues el reconocimiento social de un hecho necesita aliados estratégicos, redes sociales amplias y acceso a segmentos de la opinión pública con poder e influencia.

49La cuestión es importante porque en el caso colombiano, la mayoría de las víctimas son personas anónimas que hacen parte de los engranajes de la vida cotidiana de sus comunidades, a menudo localizadas en la periferia, distantes de los centros de poder político y económico del país ubicados en las grandes ciudades, cuestión que no es menor tratándose de un país en el que el 83 % de la población habita en centros urbanos y un 17 % en áreas rurales dispersas.

50El 65 % de las desapariciones forzadas documentadas por el Observatorio de Memoria y Conflicto del CNMH fueron perpetradas en zonas rurales, mientras que un 35 % lo fueron en cabeceras municipales, y de éstas, menos del 20 % en ciudades capitales o ciudades metropolitanas, proporción totalmente inversa a la geografía del secuestro.

51Poblaciones vulnerables, los más pobres entre los pobres, en regiones periféricas distantes de las grandes ciudades, lo que revela que no tienen mayor capacidad de incidencia social y política en la esfera pública, además de carecer de acceso a segmentos de la opinión pública que puedan apalancar sus demandas. De hecho, si algo caracteriza a las víctimas de desaparición forzada es que, si bien cuentan con distintas organizaciones de carácter nacional, el grado de vinculación de las víctimas a éstas es muy bajo en sus territorios, así que sus reivindicaciones carecen incluso de una expresión organizativa, lo que ahonda aún más su debilidad en cuanto a su incidencia social y política. Hay más víctimas individuales y dispersas que organizadas.

52Los aliados de las víctimas suelen ser las organizaciones defensoras de derechos humanos y las organizaciones internacionales, pero unos y otros desarrollan su trabajo en medio de condiciones sociales y políticas adversas por sus posturas contestatarias frente al Estado, con una pugnacidad en el relacionamiento que viene agravada por el reclamo de responsabilidad y participación a los agentes de Estado en la ocurrencia del delito, así que suele ser un interlocutor con el que prevalece el conflicto más que la cooperación.

53Confrontar con el Estado resulta a menudo muy costoso social y políticamente, salvo que el Estado se esté colapsando o derrumbando, o que haya una importante movilización de malestar de la sociedad, así que tenerlo en el bando opuesto puede a menudo imponer una barrera casi infranqueable de incidencia social y política en la esfera pública.

54Pero el anonimato no tiene que ver únicamente con la capacidad de establecer alianzas sociales y políticas con incidencia en la esfera pública, también tiene que ver con un dispositivo político que estructura el “régimen de desaparición” propuesto por Feldman. Este autor señala cómo la categoría de enemigo (sea terrorista, subversivo o criminal), que es movilizada por distintos aforismos para justificar la violencia, acaba siendo funcional para el régimen de desaparición forzada a partir del anonimato de las víctimas. Al respecto señala:

  • 28 Feldman, Allen. Op. Cit. p. 198

(…) Los desaparecidos llevan la muerte del propio enemigo como un contratiempo estructurante, esencial, sin ser ni siquiera presenciar esa muerte, están comprometidos con la muerte del enemigo ausente, el objetivo apropiado y capitalizado, a través de una cadena de muerte infinitamente alargada e inmaterial de aforística identificación errónea e inadecuación (…) A menudo, no existe una relación real entre los desaparecidos y el enemigo que los estructura, ya que lo que se establece como el enemigo adecuado suele ser fantasmático: un vacío maleable que los desaparecidos, una vez anodinos, son reclutados para llenar a través de la anonimización, el desgaste biográfico y antropofagia estatal (…)28

Las asimetrías en las políticas públicas

55Los hechos victimizantes no reciben un tratamiento simétrico en las políticas públicas y la agenda política, menos si el contexto es un conflicto armado. Así, las violencias perpetradas por las guerrillas han tenido reconocimientos sociales y posicionamientos públicos sin parangón respecto de las violencias perpetradas por agentes de Estado y grupos paramilitares. El secuestro y las minas antipersona no solo han sido delitos reconocidos tempranamente, sino que alrededor de los mismos se han desarrollado políticas públicas para su contención y su prevención en el mediano y largo plazo.

56El secuestro es un delito reconocido tempranamente en la legislación interna (Ley 95 de 1936) y es uno de los que registra mayores avances en el endurecimiento de las penas, además del desarrollo de una política pública en la que se crearon unidades, grupos y comandos especiales para la búsqueda y la liberación de los secuestrados, siempre bajo la consigna de rescatarlos con vida. Se destacan entre estos la creación del Consejo Nacional de Lucha contra el Secuestro, el Programa Presidencial para la Defensa de la Libertad Personal, los Grupos de Acción Unificada para la Libertad Personal (GAULA) y las Unidades Antisecuestro y Antiextorsión (UNASE), la Unidad Nacional de Fiscalías Delegadas contra el secuestro y la extorsión y el Fondo Nacional para la defensa de la Libertad Personal (Fondelibertad).

57Todo esto sin contar con las campañas y las movilizaciones surgidas desde la sociedad civil para reconocer y condenar delito, incluyendo el Mandato Ciudadano del No al Secuestro que contó con 10 millones de votos en las elecciones regionales de 1997, elevando tanto el costo social y político del secuestro para las guerrillas, que el mismo acabó erosionando rápidamente su legitimidad.

58También ha pasado con las minas antipersona, campañas sociales e institucionales para la prevención y la mitigación de riesgo, creación de unidades de rehabilitación para las víctimas y un programa presidencial para la atención y prevención de minas.

59Pero estos avances contrastan con la marginalidad de la política pública para la mitigación y la prevención de la desaparición forzada. Se creó la CBPD en 2007, un espacio con presencia de instituciones del Estado y organizaciones de la sociedad civil, pero entre sus funciones no estaba buscar a personas desaparecidas sino coordinar la acción institucional, diseñar planes de búsqueda, mejorar el registro de personas desaparecidas, desarrollar estrategias pedagógicas y comunicativas, tareas que a menudo no podían cumplirse o se retrasaban porque la concurrencia entre representantes del Estado y la sociedad civil no promovía la cooperación sino la neutralización mutua. Se creó el Mecanismo de Búsqueda Urgente, pero muchos funcionarios públicos en el nivel territorial no saben de su existencia ni las implicaciones de su activación, así que las denuncias de las víctimas siguen siendo respondidas con el requerimiento de espera de 72 horas o con la incredulidad sobre el carácter forzado de la desaparición. No se creó en esta legislación un grupo o comando élite para buscar a los desaparecidos, porque entre otras razones también se instaló duraderamente en el imaginario colectivo que a los desaparecidos había que buscarlos muertos y no vivos.

60No se creó ni siquiera una unidad especializada de investigación en la Fiscalía General de la Nación para investigar el delito, pues lo que se conformó dice mucho de la incomprensión del problema o su no prioridad por parte del Estado colombiano, una unidad para el desplazamiento forzado y la desaparición forzada, dos delitos de naturaleza totalmente distinta que solo tienen en común su carácter forzado. A pesar de ello, el diseño institucionalidad sigue vigente.

61No hay campañas sociales de difusión masiva o movilizaciones sociales para condenar la desaparición forzada como las que se han registrado para el secuestro y las minas, de ahí que resulte comprensible el reclamo de los familiares de los desaparecidos por el trato discriminatorio por parte del Estado y la sociedad, así como por la profunda soledad y aislamiento en que deben sobrevivir la ausencia de su ser querido, una ausencia que se multiplica en los distintos ámbitos sociales e institucionales en los que buscan apoyo y acompañamiento.

  • 29 Centro Nacional de Memoria Histórica. Balance de la acción del Estado frente a la desapa (...)

62Esta asimetría se ha llevado incluso hasta la interpretación restringida de la normatividad dirigida a víctimas de secuestro y desaparición forzada, tal como sucedió con la Ley 956 de 2005. Esta norma estableció medidas focalizadas de asistencia para las víctimas de delitos contra la libertad personal, la cual fue interpretada restrictivamente por distintas entidades estatales como dirigida únicamente a las víctimas de secuestro, lo cual tuvo que ser aclarado por la Corte Constitucional mediante la Sentencia C-394 de 2007, reconociendo a las víctimas de desaparición forzada29.

63Si bien la creación de la UBPD es un logro histórico por su reconocimiento en el acuerdo de paz entre el Estado colombiano y las FARC, no hay que soslayar las implicaciones que tiene el concepto de personas dadas por desaparecidas en la nominación del mecanismo, pues “dadas” ya supone una duda, sin contar con que no se nombra el carácter forzado de la desaparición.

64También se ha señalado que esa asimetría en el reconocimiento no ha escapado a las decisiones de los mecanismos judiciales de la justicia transicional, pues la Jurisdicción Especial para la Paz seleccionó como primer macrocaso el secuestro (2018), sin que hasta la fecha, y luego de la apertura de diez macrocasos, se haya priorizado uno para desaparición forzada, pese a los reclamos de las víctimas en las audiencias de observaciones a la segunda ronda de priorización llevada a cabo entre febrero y marzo de 2022.

Una cuestión de fe. Entre la duda y la aceptación de la desaparición forzada

  • 30 Hatzfeld, Jean. Una temporada de machetes. Barcelona, Crónicas Anagrama, (...)

65Esta última consideración se centra en el pegamento de todos los obstáculos que impiden el reconocimiento social de la desaparición forzada, la cuestión fundamental sobre si la sociedad le cree o no a las víctimas. Hatzfeld nos recuerda que el principal temor de las víctimas es que no les crean30.

66Las desapariciones forzadas durante la dictadura militar en Argentina tuvieron que ser “probadas”, que todo había ocurrido, los familiares y las organizaciones tuvieron que tomar fotografías en los centros clandestinos de reclusión, reconstruir la maquinaria de la muerte de dichos lugar, buscar huellas de la presencia y la tortura, en suma, luchar para que creer fuera probable, porque el testimonio no fue suficiente para el mundo, había que ver para creer, no pocas veces las víctimas tuvieron que depender de su verdugo porque solo su confesión hizo posible ese creer.

67En un contexto de saturación de violencias visibles en el que se duda de las violencias invisibles, en un mundo en el que el poder de lo visual asume la forma de la certeza y lo incontrovertible, la ausencia no es suficiente como imagen, mucho menos cuando se trata de la violencia, así que la ausencia demanda ser llenada de huellas que puedan verse, que puedan constatarse, que sean irrefutables, así la imagen sea un montaje, ésta puede más que la interpelación de la ausencia, hay que hacer un esfuerzo comunicativo enorme para que la ausencia literalmente grite, materialice el horror, le de concreción a la pérdida y haga tangible el acto violento, pero nada de eso es posible si no se logra instalar socialmente la posibilidad de creer, que quienes no vieron y no vivieron puedan ser testigos para comunicar a otros, así se construye el reconocimiento social, primero creyendo, luego comunicándolo a otros.

¿Cómo revertir la situación? Una conclusión propositiva

68Las aristas sobre el problema del reconocimiento social de la desaparición forzada en Colombia son variadas y complejas, así que intervenirlas implica ir más allá de la pretensión de que todo se reduce a la indiferencia o a la normalización de la violencia. El problema de fondo yace en identificar las oportunidades para confrontar creativamente la trama de obstáculos que impiden el reconocimiento. Se propone una conclusión que sea propositiva con dos oportunidades que posibilitan los contextos de justicia transicional.

69En primer lugar, debe tenerse en cuenta que la naturaleza del delito de desaparición forzada en un contexto de justicia transicional puede brindar una oportunidad particular para su reconocimiento social. El hecho de que la agenda de la transición priorice la búsqueda de los desaparecidos implica que el carácter continuado y abierto del hecho, en comparación con otras manifestaciones de violencia, le permite pervivir por más tiempo en la agenda pública, así que posicionar estratégicamente el mensaje sobre las implicaciones sociales y políticas que tiene la búsqueda de los desaparecidos hace que esa permanencia sea una ocasión para apuntalar el reconocimiento, pues si el conflicto armado decrece como fuente generadora de noticias, los hallazgos de los desaparecidos pueden ocupar ahora ese lugar.

  • 31 Centro Nacional de Memoria Histórica. Entre la incertidumbre y el dolor. Impactos psicos (...)

70En segundo lugar, el hecho de que la desaparición forzada sea un delito con un epílogo abierto, supone acompañar a las víctimas en la búsqueda de sus familiares, sea para encontrarlos o para saber suerte, así que eso permitiría implicar a la sociedad, darle la vuelta a ese sentimiento de impotencia y frustración que generan los hechos de violencia consumados cuando son conocidos por la sociedad, aquí suponen una situación distinta, pues la desaparición forzada es un hecho abierto que la sociedad puede ayudar a cerrar, y si ésta se vuelve parte del proceso, seguramente comprobará que hay que creer para ver. Ese epilogo abierto es una invitación a la acción para la sociedad, sumarse a la búsqueda para pasar de la indignación y la condena a la solidaridad y la acción, ponerse literalmente al servicio de la búsqueda y desenterrar, rastrear e indagar hasta encontrarlos. La consigna de las Madres de La Candelaria Línea Fundadora debería volverse imperativo para la sociedad: “Insistir, persistir y nunca desistir en la búsqueda de nuestros seres queridos y reivindicar su nombre”31.

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Notes

1 Centro Nacional de Memoria Histórica. Observatorio de memoria y conflicto. Consultado el 5 de junio de 2023. Disponible en línea: https://micrositios.centrodememoriahistorica.gov.co/observatorio/portal-de-datos/el-conflicto-en-cifras/desaparicion-forzada/

2 Calveiro, Pilar. Poder y desaparición. Los campos de concentración en Argentina. Buenos Aires, Colihue, 2006

3 Feldman, Allen. War under erasure. Contretemps, disappearance, anthropophagy, survivance. Theory & Event, 22 (1), p. 197-198

4 Op. Cit. p. 185-199

5 Calveiro, Op. Cit. p. 159

6 Lefranc, Sandrine. Políticas del perdón. Traducción de Horacio Pons. Bogotá, Norma, 2005, p. 104

7 Oficina en Colombia del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (OACNUDH). La desaparición forzada de personas en Colombia. Cartilla para víctimas. Consultado el 29 de junio de 2022. Disponible en: https://www.hchr.org.co/publicaciones/otras/cartilla_victimas.pdf.

8 Uribe, Maria Victoria. Cuerpos sin nombre, nombres sin cuerpo. Bogotá, Siglo del Hombre Editores, Universidad EAFIT y Universidad del Rosario, 2023

9 Calveiro, Pilar. Ibid.

10 Centro Nacional de Memoria Histórica. Observatorio de memoria y conflicto. Consultado el 5 de junio de 2023. Disponible en línea: https://micrositios.centrodememoriahistorica.gov.co/observatorio/portal-de-datos/el-conflicto-en-cifras/desaparicion-forzada/secuestro

11 Centro Nacional de Memoria Histórica. Balance de la acción del Estado frente a la desaparición forzada en Colombia Tomo IV. Bogotá, Imprenta Nacional, 2014

12 Centro Nacional de Memoria Histórica. Dimensiones y normas de la desaparición forzada en Colombia. Bogotá, Imprenta Nacional, 2014.

13 Fiscalía General de la Nación. Reporte estadístico del Grupo de búsqueda, identificación y entrega de personas desaparecidas (GRUBE). Consultado el 7 de junio de 2023. https://www.fiscalia.gov.co/colombia/wp-content/uploads/2023-05-30-reporte-estadistico-grube.pdf

14 El Espectador (9 de mayo de 2009). Los hornos del horror en el Catatumbo. Consultado el 29 de junio de 2020 Disponible en: https://www.elespectador.com/colombia/mas-regiones/los-hornos-del-horror-en-el-catatumbo-article-140079/#:~:text=A%20orillas%20del%20r%C3%ADo%20T%C3%A1chira,y%2C%20de%20paso%2C%20los%20cad%C3%A1veres

15 Centro Nacional de Memoria Histórica. Justicia y paz. ¿Verdad judicial o verdad histórica? Bogotá, Fundación Semana y Editorial Taurus, 2012

16 Centro Nacional de Memoria Histórica. Textos corporales de la crueldad. Memoria histórica y antropología forense. Bogotá, CNMH, 2014

17 Uribe. Maria Victoria. Op. Cit.

18 Centro Nacional de Memoria Histórica. Hasta encontrarlos. El drama de la desaparición forzada en Colombia. Bogotá, Imprenta Nacional, 2016

19 Centro Nacional de Memoria Histórica. Hasta encontrarlos. Op. Cit. p. 65

20 Unidad de Búsqueda de Personas Dadas por Desaparecidas. En cifras: así avanza la búsqueda de personas desaparecidas en Colombia. Consultado el 7 de junio de 2023. https://ubpdbusquedadesaparecidos.co/actualidad/cifras-busqueda-desaparecidos-colombia

21 Centro Nacional de Memoria Histórica. Caquetá: Una autopsia sobre la desaparición forzada. Bogotá, CNMH, 2018, p. 23-25

22 Departamento Nacional de Planeación. Colombia: Potencia mundial para la vida. Plan Nacional de Desarrollo (2023-2026). Bogotá, Presidencia de la República, 2023

23 Centro Nacional de Memoria Histórica. Observatorio de memoria y conflicto. Disponible en línea: https://micrositios.centrodememoriahistorica.gov.co/observatorio/portal-de-datos/el-conflicto-en-cifras/

24 Suárez, Andrés Fernando. El silencio del horror. Guerra y masacres en Colombia. Bogotá, Siglo del Hombre Editores, Universidad EAFIT y Universidad del Rosario. 2022

25 Centro Nacional de Memoria Histórica. Alargando el tiempo. Op. Cit. 9:22-9:27

26 Centro Nacional de Memoria Histórica. Entre la incertidumbre y el dolor. Impactos psicosociales de la desaparición forzada. Tomo III. Bogotá, Imprenta Nacional, 2014, p. 80

27 Grupo de Memoria Histórica. Trujillo, una tragedia que no cesa. Bogotá, Planeta, 2008. p. 70

28 Feldman, Allen. Op. Cit. p. 198

29 Centro Nacional de Memoria Histórica. Balance de la acción del Estado frente a la desaparición forzada en Colombia Tomo IV. Bogotá, Imprenta Nacional, 2014

30 Hatzfeld, Jean. Una temporada de machetes. Barcelona, Crónicas Anagrama, 2004

31 Centro Nacional de Memoria Histórica. Entre la incertidumbre y el dolor. Impactos psicosociales de la desaparición forzada. Tomo III. Imprenta Nacional, Bogotá, 2014, p. 131

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Pour citer cet article

Référence électronique

Andrés Fernando Suárez, « La invisibilización de la desaparición forzada. ¿Por qué nos cuesta tanto su reconocimiento social? »Nuevo Mundo Mundos Nuevos [En ligne], Questions du temps présent, mis en ligne le 16 juin 2023, consulté le 02 octobre 2023. URL : http://journals.openedition.org/nuevomundo/92994 ; DOI : https://doi.org/10.4000/nuevomundo.92994

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Auteur

Andrés Fernando Suárez

Investigador social independiente

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