- * Este trabajo es parte de la investigación doctoral en curso en la EHESS de París, (posible gracias (...)
- 1 Esta movilidad era posible a pesar de las resistencias de los distintos individuos y agrupaciones (...)
- 2 Remitimos a Vial Correa, Gonzalo, (1965), “Los prejuicios sociales en Chile al terminar el siglo X (...)
1Durante el siglo XVIII*, Santiago experimentó variadas transformaciones, tanto en su organización espacial como en su estructura social. Los barrios capitalinos fueron definiéndose con mayor nitidez, varios edificios fueron levantados, se trazaron avenidas, se modificó el curso del río Mapocho, aparecieron espacios amplios y despejados como parte del diseño urbano y se introdujo con fuerza el disciplinamiento de cuerpos, conductas, horarios y espacios urbanos. Junto con ello, la movilidad de algunos morenos de origen incierto estaba siendo posible, sobre todo con el apoyo de distintos mandatos reales y sobre la base de diversas redes de contacto: individuos que hasta hacía poco eran públicamente rechazados, podían ahora ser incorporados a ciertos espacios privilegiados1. Los prejuicios y los estereotipos seguían vigentes, y la violencia de la clasificación social no desaparecía –sobre todo cuando, a partir de 1778, comenzó a aplicarse la Real Pragmática de Matrimonios- pero la sofisticación creciente de los acomodos individuales y grupales podían, en ciertas ocasiones, pasar esos prejuicios y esos estereotipos por alto2.
2La vida cotidiana urbana implicaba el acomodo obligado –que no es lo mismo que el acatamiento sumiso– de múltiples individuos a distintas reglamentaciones, fueran éstas escritas y legales, o bien orales y avaladas por los usos y la costumbre locales, que concernían sus voluntades, sus cuerpos y todos sus movimientos posibles. Movimientos que estaban en relación con reglas reconocidas y llevadas a la práctica con mayor o menor legitimidad en circuitos de comunicación y de desplazamiento, vinculados a redes solidarias y de las otras, instalados en espacios atractivos y vedados. Cada uno sabía dónde estar y qué hacer. Y también, cada uno sabía dónde no ir y qué evitar.
3Las reglas mínimas de sobrevivencia requerían el conocimiento de esos códigos de relación, traducidos en comportamientos y gestos precisos, en una disciplina y domesticidad del cuerpo bien claras, que pasaban también, una vez que la inserción social era inminente, por comprender y administrar, para sí y los demás, complejidades de la comunicación que hoy en día nos desesperarían, vaguedades e incertidumbres flexibles y elásticas que delineaban un sinfín de situaciones. Y no es que se evoque la imprecisión conceptual o los laberintos de expresión de otros tiempos. La ausencia de absolutismo en el lenguaje, que hoy por hoy puede generar insomnio a los investigadores de lo social, era una estrategia de relación y una apuesta diaria por desplazar, un poco acá y otro poco allá, círculos de delimitación demasiado rígidos. Además de la posibilidad de intervenir -por la vía de la sugerencia de bosquejos y de la representación de figuras que se superponían a la realidad- en el destino propio y de los demás.
- 3 Para algunas nociones orientadoras sobre las injurias remitimos a nuestra síntesis en “La injuria (...)
- 4 Para profundizar en este tema, remitimos al trabajo de Meneses Sotelo, Felipe, (2000), “El delito (...)
4La lectura de decenas de pleitos judiciales por injuria, llamados “de menor cuantía” y que atañen, desde la teoría jurídica, la defensa del honor, un bien intangible, frágil y bastante subjetivo, nos permite afirmar que había muchas opciones de probar hasta dónde daban los permisos y las interdicciones, y hasta dónde se llegaba con la voluntad individual para desenvolverse cotidianamente3. Los pleitos por injuria comienzan desde la subjetividad herida y se apoyan en las apreciaciones parciales relatadas por los participantes en ellos, sea los directamente implicados o los distintos testigos. Existe la ley escrita, las Siete Partidas, que aporta conceptos medievales que sustentan el delito, reafirmados y levemente modificados en las posteriores legislaciones4. Y existe también la tradición referencial, una amalgama de lo que podríamos llamar jurisprudencia hispanoamericana y sentido común que, firmemente anudada al componente anterior, edifica modelos que circulan por todos los lugares y en todos los estratos sociales. Los individuos se miden con y se refieren a esos modelos legitimados, confrontando sistemáticamente sus sentimientos dolorosos o triunfantes, sus heridas materiales, sus ideas, sus intereses y sus valores tanto con ese telón de fondo que flota sobre sus mentes y atraviesa sus almas y sus cuerpos, como con sus contemporáneos, con quienes pelean espacios, discursos y por cierto, lugares, los físicos y los sociales.
5De ese modo, los expedientes están llenos de subjetividades encarnadas, articuladas argumentalmente a modelos muchas veces extraños y lejanos en el tiempo y en el espacio, pero re-significados desde lo local porque esos modelos permiten validarse entre los pares, ante los superiores y frente a los subordinados: el relato de la adscripción legitima la pertenencia y acentúa la participación en el sistema. Estas sociedades colonizadas por instituciones ultramarinas que se imponen como portadoras-transmisoras del bien y de lo bueno, comulgan valórica e institucionalmente con esos modelos porque les conviene mostrarse como parte aquiescente del sistema: de ese modo se puede ser incorporados a esos referentes lejanos, ser asociados también a esas claves de orden moral y social que dan sentido positivo y correcto a las existencias. A la vez, estas subjetividades y estos argumentos modélicos se organizan en torno a urgencias cotidianas materiales, derivadas de las circunstancias e intereses inmediatos a los querellantes. La dinámica entre todos ellos se plasma en los pleitos por injuria, develando la importancia y la complejidad de los modos de posicionarse, decirse y relacionarse con los demás.
- 5 Archivo Histórico Nacional de Chile, Fondo Real Audiencia, Vol. 2123, pieza 3.
6María de Fuenzalida y Diego Martínez Morales5 (1732)
7Era el viernes primero de febrero de 1732 en Santiago, alrededor de medianoche, pleno verano, y Andrés Donoso, un sastre que además era indio esclavo de Diego Martínez Morales, estaba desviando el agua de la acequia común a un barrio impreciso para regar las viñas de su amo. Esa acequia llegaba al sector de las huertas de la casa de la viuda María de Fuenzalida, quien de ese modo se quedaba sin riego. María intentó impedir que Andrés continuara con su propósito, tapando con un azadón el desvío. Discutieron, y Andrés fue en busca de su amo, quien llegó con la espada desenvainada en la mano.
8Diego Martínez Morales, el amo de Andrés, era Regidor Decano de Santiago y además tenía el cargo de Juez de Aguas del sector. Al llegar al lugar donde estaba el tapón en la acequia, Diego dijo a María que no molestara el trabajo de Andrés porque él mismo “así se lo había mandado”. Ella le respondió con insultos, dando claras señales de no tener intención de acatar sus órdenes. Diego, indignado, la insultó, al tiempo que, según él mismo explicó, “queriéndola contener de sus desafueros”, abofeteó a María en la cara con tal fuerza que la botó al suelo. Ella intentó defenderse con el azadón que usaba para recuperar el curso de agua, pero él se lo arrebató y le dio empujones y puñetazos para hacer que entrara a su casa y dejara la calle.
9La pelea fue presenciada por las vecinas y los vecinos, y también por “las mujeres de don Diego”, su esposa y su hija, que insultaron a María, quien decidió replegarse en su propia casa porque la estaban “moliendo a palos y a patadas”: sólo la ayudó una niña que vivía con ella, quien arrojaba piedras al Juez de Aguas. Diego, persuadido por “sus mujeres”, emprendió camino de su casa no sin antes mandar al indio Andrés que lanzara piedras a la puerta de la casa de María.
10María estableció querella por injurias de obra y de palabra ante el Corregidor y Justicia Mayor de la ciudad, Juan Luis de Arcaya el lunes 04 de febrero, pidiendo prisión para Diego. Diego se contra querelló tres días después, “porque había llegado a su noticia” la iniciativa de María, y pidió también prisión para ella. Los testigos, cuatro para María, dos para Diego, apoyaron con floridas versiones a ambos contendores, pero el 15 de febrero el Corregidor mandó silenciar el asunto amenazando con multas a cada uno si volvían a presentar escritos: 200 pesos para Diego y 100 pesos para María.
- 6 Cancelar las “costas de la causa” significa hacerse cargo del costo en dinero de los materiales ut (...)
11María consideró que esa sentencia la agraviaba y ese mismo día apeló ante el Tribunal de la Real Audiencia, la instancia superior de justicia, donde obtuvo éxito: el 28 de febrero los jueces y licenciados revocaron la sanción anterior y Diego fue condenado a pagar una multa de “25 pesos de a 8 reales, mitad para el ramo de penas de cámara y la otra mitad para la dicha doña María”, además de las costas de la causa6. Junto con eso incluyeron el discurso de rigor para los pleiteantes que los conminaba a evitar conflictos. Al 12 de marzo Diego todavía no pagaba.
- 7 Archivo Histórico Nacional de Chile, Fondo Real Audiencia, vol. 1.295, pieza 7, y vol. 1.312, piez (...)
12Prudencia de Silva y Juan Antonio Machado7 (1783)
- 8 Gracias a registros de la época sabemos que durante ese invierno de 1783, debido a las fuertes llu (...)
13A comienzos de mayo en Santiago, Juan Antonio Machado, preocupado por el lluvioso invierno que se avecinaba8, deseaba reparar los Molinos de Santo Domingo localizados en los Barrios de la Chimba, que tenía arrendados. Junto a ellos corría una acequia que proveía de agua a varias casas y construcciones de los alrededores. Juan Antonio era Alcalde de Barrio, especie de comisario de policía encargado del orden y de la paz del barrio, cuyo superior directo era un Oidor de la Real Audiencia.
14Prudencia Silva, quien vivía en la Chimba, llegó a sacar agua de la acequia. Juan Antonio le dijo “que él tenía asalariados peones aquel día para ver si en todo él podía conseguir poner el agua en su casa, y Prudencia le replicó que aunque así fuese ella había de llevar el agua por aquella red.” Esa respuesta fue suficiente para comenzar el conflicto. Juan Antonio y Prudencia discutieron; molesto por su presencia, Juan Antonio le sugirió que mejor fuera a sacar agua del río Mapocho. Prudencia respondió “que porqué le había de echar, que le bastaba tener derecho al agua”. Juan Antonio entonces la abofeteó, botándola al suelo y le dio de latigazos.
- 9 Estos tres Asesores nombrados y recusados fueron: José Antonio Aro, nombrado el 21 de junio y rech (...)
15Prudencia se querelló el 07 de mayo ante los Jueces del Cabildo por injurias y golpes. Cuando supo que estaba siendo citado a declarar, Juan Antonio se contra querelló porque consideró que él había sido injuriado por una mujer de menor condición social; su queja fue aceptada el 02 de junio. Sin embargo, luego de objetar sucesivamente la designación de tres abogados asesores o consejeros de los jueces de primera instancia que escuchaban pacientemente a los pleiteantes, Juan Antonio y Prudencia fueron conminados, el 24 de septiembre, de abstenerse de continuar el pleito9.
16Prudencia consideró que esa sentencia no satisfacía su demanda de justicia, y apeló el 01 de octubre ante el Tribunal de la Real Audiencia. Luego de estudiar el caso, los Oidores mandaron el 06 de noviembre que Juan Antonio pagase 50 pesos a Prudencia, en reparación de su falta, y que además cancelara las costas de la causa, trámite efectuado y del cual Prudencia dejó satisfecha constancia el 19 de diciembre del mismo año.
- 10 En 1732 las costas de la causa sumaron veinte pesos y cinco reales (la multa para Diego fue de vei (...)
17La mirada habituada a los “grandes temas o personajes” arrojaría, respecto de este par de pleitos, una ficha rápida: desde el punto de vista pecuniario, se trata de “casos menores”, ya que los montos que debieron pagar respectivamente Diego y Juan Antonio son bajos comparados con otras penas en dinero contempladas en sentencias de la Real Audiencia para los mismos años; de hecho apenas se distinguen de las costas procesales y personales10. Los pleitos se desarrollaron con bastante rapidez, menos de un mes en 1732, y menos de seis meses en 1783, este último seguramente interrumpido por el crudo invierno que trastornó la vida en la capital ese año. Finalmente, los conflictos tuvieron sencilla solución, estampándose incluso en 1783 la satisfacción de la demandante. Ninguno trata de crímenes de sangre, aunque ambas mujeres fueron abofeteadas y lanzadas al suelo, recibiendo una, además empujones y puñetes, y la otra, latigazos. No hay tampoco misterio que resolver ni sentencias ejemplares. Sólo están los relatos sensibles de subjetividades heridas, de cuerpos marcados y de voluntades femeninas decididas a enfrentar a las autoridades locales, quienes se defienden con igual tesón.
18Las mujeres involucradas en los pleitos no dominan la escritura: en 1732, María de Fuenzalida firma todo escrito que la involucra con su nombre, precedido siempre de la palabra doña, en una sola gran palabra, con una letra redonda, grande y sin las vueltas ni decoraciones que suelen agregar los hombres al final, “doñamariadefuenzalida”; en 1783 Prudencia declara que no sabe firmar y siempre lo hace alguien por ella. Ninguna de las dos está sola: aunque nunca aparece otra firma que no sea la suya en los escritos de María de Fuenzalida, es evidente que otra persona los escribe. En el caso de Prudencia, firma junto a su nombre el Doctor Artistegui, abogado reconocido, aunque no lo hace siempre, y al final, cuando Prudencia certifica que ha recibido dinero proveniente de Juan Antonio, a su ruego firma José María Santibáñez.
19Los hombres en estos pleitos tienen cargos municipales, pero comprendemos que no tienen suficientes contactos en la red local como para librarse de estos engorrosos procesos, y tampoco tuvieron suficiente capacidad de convencimiento para eliminar, por sí mismos durante los alegatos, la sanción que finalmente recayó sobre ellos. En 1732 Diego figura sólo una vez en el pleito y junto a él no hay otra firma, no sabemos si asumió su defensa y simultánea contra querella en solitario, o si quien le asesoró prefirió el anonimato. En 1783 Juan Antonio presenta dos escritos, su contra querella y una respuesta a las acusaciones de Prudencia, pero sólo el primero aparece firmado por él y por el abogado, que estampa “Lucero”. No están las firmas de otros abogados que por estas fechas prestan apoyo a los pleiteantes por injuria, como hemos visto en los numerosos expedientes de las décadas de 1770, 1780 y 1790, e ignoramos la razón para ello.
- 11 Remitimos a nuestra Tesis de Magíster en Estudios de Género, “Violencias, género y representacione (...)
20Aventuramos hipótesis: tal vez un pleito por injurias contra mujeres que no pertenecen a la élite local no es atractivo para estos profesionales; tal vez los honorarios que cobran no son posibles de pagar por Juan Antonio; tal vez no corresponde defender a un Alcalde de Barrio; tal vez Juan Antonio no supo convencer a alguno para que le apoyara; tal vez pensó que no lo necesitaría… A partir de los argumentos desplegados para justificar sus actos, bastante semejantes en ambos Alcaldes, tendemos a suponer que tanto Diego como Juan Antonio menospreciaron el lado litigoso del pleito y no pensaron en requerir otra voz que la propia para aclarar cada situación, adhiriendo así a la actitud masculina de no valoración de las quejas y del peso de la voz femenina acusatoria, que se mantuvo en el tiempo por largas décadas11.
21Sin embargo de estas características -que hacen que estos pleitos sean mirados en menos porque no implican grandes consecuencias materiales para nadie y aparentemente tampoco sentaron jurisprudencia ejemplar-, en realidad precisamente a causa de ellas, y teniendo frescas las nociones que acabamos de desprender acerca de quiénes se vieron envueltos en ellos, deseamos hacer la mirada comparativa: nos parecen dos situaciones muy interesantes y pertinentes de poner en relación.
22En primer lugar estos expedientes recuerdan que el vínculo de los habitantes de la ciudad con los productos de primera necesidad es esencialmente femenino, en la medida que son ellas las encargadas de manipularlos y de asegurar el acceso cotidiano. No sólo el agua, sino los alimentos, las bebidas, los animales domésticos, las yerbas medicinales, las ropas, las velas, los jabones, los cueros y utensilios variados eran preocupación de mujeres, aunque no necesariamente la existencia en el ámbito urbano de dichos elementos fuera interés sólo de mujeres: proveer a la villa o a la ciudad de ellos era tema de comerciantes y transportistas, entre otros intermediarios, pero asegurar su presencia doméstica a la hora de utilizarlos o consumirlos, era responsabilidad femenina.
23En la exploración que estamos haciendo no hemos encontrado aún pleitos similares, en que un vecino o un morador de alguna villa enfrente a un alcalde por este tema. Sí hemos encontrado pleiteantes por injurias de ambos géneros envueltos en conflictos originados a partir de la defensa de la propiedad (que no es equivalente al beneficio), sea de terruños, chacras o animales, y ello por la vía de definición de límites, de herencias mal asignadas, de traspasos o arrendamientos en discusión. Pero no sobre el uso doméstico del agua común en espacios urbanos de residencia. Aparecen pleitos sobre el usufructo del agua de acequias en terrenos rurales, por lo general en pequeñas chacras que bordean las haciendas, y ahí sí están los hombres, sean inquilinos, peones, esclavos, capataces, arrieros, mayordomos e incluso los hijos de los dueños y los mismos propietarios, y a veces las esposas de algunos de ellos. Todo ello nos lleva a reflexionar sobre el lugar de las mujeres en la distribución de tiempos y de usos de los recursos naturales comunes urbanos, y en sus posibilidades de alegar respecto de ellos frente a las distintas autoridades.
24Por otra parte, las dos situaciones evidencian una actitud que podríamos llamar “desvinculada de las habitantes femeninas” de parte de las autoridades locales respecto de problemas del espacio urbano y sobre todo respecto de la actitud abusadora de las autoridades sectoriales. Sea el Corregidor y Justicia Mayor Juan Luis de Arcaya en 1732 o el Alcalde Ordinario Ventura Arcaya (la repetición de los apellidos es una mera coincidencia) en 1783, las autoridades judiciales comunales no reconocen la manifestación insistente del derecho de queja de las mujeres y prefieren silenciar los conflictos que envuelven a los Alcaldes acusados. No pensamos que María y Prudencia hayan sido las únicas dos mujeres que hayan alegado ante el Cabildo o ante la principal autoridad urbana, y menos creemos que hayan sido las únicas que hayan tenido enfrentamientos de este tipo con los alcaldes. Tal vez sí fueron parte de un reducido grupo que, además, se atrevió a ir a pedir justicia ante la Real Audiencia, lugar que manifestó otra actitud y otra velocidad respecto de sus demandas.
25Esa diferenciación en el seno de una ciudad, centro territorial político administrativo, nos permite distinguir niveles de representación y de situación de los sujetos respecto de los poderes locales, y de sus derechos respecto de los entramados institucionales de la justicia. Hay una claridad compartida por María y por Prudencia respecto de lo que puede hacerse o no en qué instancia, y qué resultados sería posible esperar luego de tales o cuales movimientos. La suerte de habitar en la misma ciudad donde residen las dos instancias de justicia, la municipal y la real, permite a estas usuarias de recursos comunitarios evidenciar y salvar los abusos que podían darse de parte de representantes de la institucionalidad reguladora. Pero creemos que además la presencia física de la representación del rey permite a ciertas mujeres posicionarse como demandantes y como querellantes exitosas, en una sociedad estamental donde los sujetos clasificados y con derechos diferenciados tenían la opción de hacer uso efectivo de categorías jurídicas previstas para ampararlas.
- 12 Como tuvo lugar, por ejemplo, en el Quito de 1731, cuando los varones del clan Monteserín “vengaro (...)
26A partir de las exploraciones en los archivos, pensamos que, en estas sociedades coloniales, el conocimiento respecto de esas categorías y las opciones concretas de pleitear no siempre fueron difundidas ni utilizadas como la ley peninsular lo preveía; de otro modo hubieran adquirido otro peso en los amplísimos grupos que cabían en ellas y estos dos expedientes no serían tal vez tan extraordinarios. Sin embargo, los dos expedientes en estudio nos muestran precisamente que hubo quiénes accedieron a esas opciones de pleitear y pudieron utilizarlas en su beneficio, apelando a sus derechos y a las nociones de justicia que las protegían. Eso no significa que lo hicieran en igual medida: el expediente de 1732 presenta menos argumentos en pro de la defensa de sus derechos que el de 1783; pero, paradójicamente, además alude a otros mecanismos que se adicionan a los elementos judiciales propiamente tales: María dice, según los testigos, que no está sola, “que parientes tengo”. Su posicionamiento de fuerza es “en compañía”, cuenta con el respaldo de miembros de su familia, los que nunca aparecen pero que se evocan en una advertencia de soporte que suponemos plausible12. El expediente de 1783, en cambio, muestra un conocimiento bastante acabado de los argumentos jurídicos que pueden favorecer a una solitaria mujer violentada por una autoridad local, como veremos más adelante.
27Uno de los claros aprendizajes que nos deja el trabajo con las decenas de pleitos por injuria que hemos tenido la oportunidad de revisar es la importancia que pueden tener los testigos en la reconstrucción de las situaciones de violencia de su contexto, que siempre va más allá y más atrás del momento y del lugar concreto. Asumiendo desde un comienzo que no nos interesa establecer la verdad de lo sucedido, ni buscar un culpable, ni compensar a una víctima, consideramos los relatos de los distintos declarantes como variados y simultáneos puntos de vista que aportan numerosos detalles sobre la vida cotidiana material y simbólica. Independientemente del aporte que realicen a la situación en cuestión, los testigos deslizan en sus declaraciones otros aspectos que nos permiten configurar entramados valóricos, espaciales, temporales y acceder así a sus maneras de organizar y comprender las cosas. Se convierten en una fuente riquísima para la recreación animada y acercan a la comprensión más profunda del conflicto, porque sus relatos, muchas veces, matizan las posibilidades, evidencian los intereses cruzados y complejizan la percepción.
28En el caso de María y Diego, los testigos son las vecinas y vecinos de la calle donde reside la viuda, y también los esclavos que viven en la casa de Diego. María presentó su querella ante el corregidor respaldada por cuatro personas, dos de los cuales no acudieron de inmediato ante la autoridad judicial. Como ella reclamó, “don Joseph de López y otro que sólo conozco de vista, el primero se haya enfermo en la cama y el otro se resiste a declarar, y para que no perezca mi justicia, se ha de servir Usted(sic) de mandar que el escribano de la causa pase a casa de dicho López a tomarle la confesión y al dicho otro apremiar se venga ante Usted debajo de alguna pena”. Los dos varones finalmente declararon, después que lo hicieran dos vecinas, doña Leonor de Carvajal, mujer soltera de 30 años, y doña Antonia Riveros, mujer española de más de 20 años de edad. Ninguna de las dos sabía firmar y acudieron a la oficina del escribano Mondaca a dar su versión el miércoles 06 de febrero; el día 07 de febrero apareció el testigo reticente, Javier Tello, mulato esclavo de doña Elvira Tello, joven de 24 años que tampoco sabía firmar. Y el viernes 08 de febrero el mismo escribano se desplazó hasta la casa de don José López, el enfermo en cama, quien tenía 40 años y sí firmó su declaración.
29Los aportes de los cuatro testigos son preciosos para comprender mejor las aristas de esta situación. Las mujeres hablan de las circunstancias de origen y el final, describen la apariencia y actuación de Diego, además de detallar los gestos y las palabras de la violencia intercambiada y subrayar las consecuencias que ésta tuvo para Prudencia. Leonor, vecina que acentúa la escasez de agua que afectaba María, pues ella misma le había prestado un poco unas horas antes, describió:
- 13 Todos los destacados, en ésta y en las siguientes citaciones, son nuestros.
30“...vino con golilla y la espada desnuda y llegando y dándole un bofetón a la dicha doña María fue todo uno de su arte, que la volteó al suelo, y entonces le dijo la dicha doña María que si venía borracho y entonces le dijo que era una puta muy puta borracha éntrate a tu casa y le quito un azadón que la susodicha tenía en las manos y a este tiempo le dijo al dicho don Diego la dicha doña María te quieres hurtar también el azadón, y entonces le tiró otra bofetada el dicho don Diego a la dicha doña María y a este tiempo, una niña que tiene a dicha doña María le tiró al dicho don Diego una pedrada por detrás, que cree le dio en una pierna, y después que se fue el dicho don Diego vinieron sus mujeres y le dijeron a la dicha doña María calla chola, éntrate a tu casa, que él puede echar el agua donde quiere, y el indio anduvo a pedradas con la dicha doña María por orden de su amo después de cerrada la puerta por encima de las paredes…”13
31La segunda testigo, Antonia, presenció el inicio de la disputa desde la puerta de su casa y luego intervino activamente para separar a María y a Diego. Su relato dice:
32“…vino vestido de color con su espada desnuda, y llegando y dándole una bofetada a la dicha doña María fue todo uno, que le dijo a dicho don Diego que si venía borracho, entonces le dijo dicho don Diego, ah, mestiza puta, calla la boca, y la dicha doña María también le dijo al dicho don Diego varias cosas, y el dicho don Diego le volvió a tirar otra bofetada y le quitó el azadón de suerte que le lastimó un dedo, y así que le quitó el azadón, le dijo la dicha doña María al dicho don Diego que si también se lo había de quitar, hasta que esta testigo y otras mujeres procuraron sosegarlos, y una niña que tiene la dicha doña María por detrás le tiró una pedrada al dicho don Diego, que le parece le dio por detrás en una pierna, y así que se entró la dicha doña María por encima de la pared mandó al dicho indio, el dicho don Diego, que le tirase de pedradas, y con efecto tendió varias piedras y esta testigo desde la puerta de su casa le dijeron(sic) al dicho don Diego que aquella no era justicia y que la justicia no se portaba de esa manera, a que les dijo el dicho don Diego que eran unas putas y que toda la calle estaba llena de putas y se fue para abajo…”
- 14 Remitimos a “Violencia, género y representaciones...”, Op. Cit.
33De las declaraciones de Leonor y de Antonia, aparte de permitirnos visualizar al Alcalde ataviado con ropas oficiales correspondientes a su cargo a media noche de un día viernes, relevamos en particular el diálogo que ellas recuerdan para el encuentro entre María y Diego, y las frases posteriores que dicen diferentes mujeres: Leonor destaca el habla de las mujeres de Diego, después de terminada la disputa, y Antonia detalla lo que ella y otras vecinas le habrían dicho al Alcalde de Aguas. El encuentro entre María y Diego esta cruzado por dos sospechas que María instala sobre el Alcalde: primero, si venía “borracho” a ver qué sucedía esa noche en la calle, y segundo, si robaría “también” el azadón, refiriéndose indirectamente al robo del agua que por sus propios actos y los mandados al indio Andrés, estaba haciendo. La respuesta de Diego es insultarla, llamándola “puta” según las dos mujeres, insulto principal para cualquier mujer susceptible de pertenecer a una comunidad de recio predominio católico14, atribuyéndole además, según Antonia, la calidad de mestiza. Esta mixtura de sangre lanzada como insulto también la vemos en las palabras de las mujeres de Diego, relevadas por Leonor, cuando la llaman “chola”. Al término de la pelea, Antonia subraya la orden de que entre a su casa, que se retire de la calle, que se vaya de la vista del Alcalde. Leonor en cambio concluye su rememoración con el juicio crítico común al comportamiento del Alcalde y su desacertada reacción, al extender la calidad de “putas” a todas quienes presenciaban el hecho.
34Las versiones que aportan los dos varones son más escuetas, pensamos que declaran obligados y que cuentan sólo algunas cosas, sin involucrarse con el inicio ni con las causas, como las dos mujeres. Javier, el mulato esclavo, se limita a contar:
35“... que estando hablando con su señora oyó varios gritos en la calle y salió a la puerta, y le oyó decir a doña María de Fuenzalida la desvergüenza del perro de haberme puesto las manos pero no vio a don Diego Martínez de Morales y menos le oyó decir nada y que a unas mujeres que estaban de la parte de abajo que no conoció [les oyó decir] la desvergüenza de la mestiza, y la dicha doña María les dijo perras topetadas…”
36Finalmente, José López desde su cama contó lo que vio como paseante que iba llegando al lugar de la disputa, cuando ésta ya había comenzado:
37“…que viniendo para su casa una cuadra antes de la casa de doña María de Fuenzalida oyó voces, y se fue acercando hasta que llegó en frente de dicha casa y vio en la puerta de ella a la dicha doña María y al dicho don Diego cerca de la esquina, que se estaban retando, y en las puertas de arriba varias mujeres, y que en la esquina estaban dos bultos, que no sabe si eran criados del dicho don Diego o pasantes, y que le oyó decir a la dicha doña María que estaban tirando pedradas y las mujeres del dicho don Diego estaban haciendo tapar el agua para que no entrase el agua a la casa de la dicha doña María diciendo que el dicho don Diego la podía echar por donde quisiese, habiéndose ya ido para abajo el susodicho, y que las dichas mujeres le dijeron calla María la boca que nos cuesta mucho trabajo el agua y la dicha doña María les dijo que no soy mujer sola, parientes tengo…”
38 El esclavo Javier sólo escuchó las palabras de María, sea en discusión con Diego, sea en diálogo con las vecinas que no aprobaron su acto; es decir, prefiere no involucrar a Diego. José al revés, menciona a todos, Diego y María, las vecinas, a las mujeres de Diego y hasta unos “bultos” anónimos que asumimos eran personas que no se dejaban identificar. Hemos destacado las palabras que ambos testigos varones ponen en boca de las mujeres; Javier menciona las desvergüenzas, que analizaremos más adelante, y José lo que llamamos “estrategias de sobrevivencia”: consejos de silencio para María de parte de las vecinas y la mención que hace María de sus parientes, como apoyo frente a la violencia de Diego. Estas dos frases refieren inmediatamente, pensamos, a las formas de poder horizontal en la ciudad: el silencio de las vecinas frente a la violencia y el abuso de una autoridad local que emplea los insultos, los golpes, a sus esclavos y a la noche para hacer su voluntad, por un lado, y el sostén que pueden ofrecer “los parientes” a una mujer aparentemente sola, que en una pelea con el Alcalde es socorrida visiblemente nada más que por una niña pequeña que vive en su casa, a diferencia del propio Diego que es apoyado por su esclavo, un mulato de su servicio, su esposa, su hija y las criadas que vinieron con ellas.
39Por otra parte, los dos testigos de Diego son esclavos de su propiedad que no saben firmar; se trata de Andrés Donoso, el indio sastre, de 30 años, y que comenzó la discusión con María. Su relato dice:
40“…que habiendo llegado de recogida de arriba para la casa del dicho capitán don Diego M de Morales, en donde está haciendo algunas obras en razón de su ejercicio, le dijo que volviese para arriba a reconocer quién detenía el agua, y habiendo ido, la venía encaminando de arriba para abajo, hasta que llegó enfrente de la casa de doña María de Fuenzalida, quien la tenía atajada, y la destapó, y la susodicha le dijo por qué le había destapado el agua, a que este testigo le respondió que lo traía de arriba, y que el dicho capitán don Diego de Morales le había enviado, por petición de las personas de abajo, a que respondió la susodicha que no importaba, que primero estaba ella que estaba más arriba, y que no se le daba nada de Morales y otras palabras indecentes, y queriendo volver a tapar bien el agua este testigo, lo amenazó con un palo que tenía, por cuyo motivo se fue a avisar al dicho don Diego y por instancia de algunas vecinas subió para arriba el dicho don Diego con el testigo, quien llegó con gran cortesía y le dijo que quien era que retenía el agua, a que respondió la dicha doña María, yo, yo, a que respondió el susodicho que por qué la retenía, no habiendo enviado a buscarla, a que respondió la susodicha que la quería dejar pasar, que primero estaba ella, y que si no se conocían, que era un perro bayetero oyetero, que con esto el dicho don Diego a empujones la entró a su casa diciéndole que era una loca, y le quitó un palo con un azadoncito que tenía y se lo tiró por encima de a pared y así que se lo tiró dijo la dicha doña María que era un ladrón, que si también quería robarse el azadón, a que respondió el susodicho ya lo tiré por la pared a su patio, y así que se entraron tiraron dos o tres pedradas, y la una le dio al dicho don Diego, que se fue para abajo y volvió a salir la dicha doña María a la puerta y le dijo anda perro borracho…”
41Andrés recrea las palabras de María: que primero estaba ella que los demás vecinos, que no le importaban las ordenes de Diego, “que no se le daba nada el Alcalde”, que “no se conocían”, y en seguida vienen los insultos: “perro bayetero, olletero y borracho”. Podemos pensar que todo esto es relevado por el esclavo como una evidente falta de respeto a sus ojos, “indecencias” como dice, de parte de una mujer que no reconoce, ni acata la autoridad local del encargado de dirimir diferencias por el uso del agua común. Pero también Andrés subraya la “gran cortesía” de Diego, que sólo habría reaccionado a las provocaciones de la mujer desobediente.
42La segunda testigo de Diego es su esclava Petrona, mulata de 22 años, quien cuenta:
43“que lo que sabe es que habiendo ido un indio a avisar a su amo como doña María Fuenzalida le detenía el agua, se fue para arriba el dicho su amo con el indio, y de ahí a poco rato su señora estaba en la puerta de la calle, y oyeron los gritos y llamó a esta testigo y le dijo anda a ver qué gritos son aquellos, y cuando llegó le oyó decir a la dicha doña María que si no se conocían, que era un perro bayetero y oyetero el dicho su amo, que entonces a empujones la entró a su casa, habiéndole quitado un azadoncillo antes que tenía en la mano y tirádoselo por encima de la pared, y entonces la dicha doña María le dijo que si también se lo quería hurtar, que era un perro borracho y que sus parientes vendrían y lo pondrían bueno…”
44La esclava Petrona sólo menciona las palabras insultantes de María, nada dice de las que pronunció su amo Diego, y releva lo que detectó José, el enfermo en cama, que María menciona a sus parientes y además amenaza con ellos a Diego: la expresión “lo pondrían bueno” alude a volver bueno lo que está malo, a enderezar lo chueco, a la corrección, que para estos hechos adquiere ribetes de venganza.
- 15 Iglesias, Margarita, (1999), “Las recaderas de la Colonia o las sirvientas de razón”, en Nomadías, (...)
45Además de esa información, nos interesa destacar la posición que asume Petrona: ella sabe de lo que sucede porque ha sido “mandada”, dice que se entera por curiosidad de su ama –que asumimos se trata de la esposa de Diego- a quien ella debe reportar qué está sucediendo. Más allá de la versión de Petrona, su participación nos recuerda el fuerte rol de “recaderas”15 y recaderos que tienen los esclavos y criados en esta sociedad oral, donde se toma muy en cuenta el mensaje y la palabra de quienes circulan por las calles, y en la que muchos optan, como Diego y el ama de Petrona, por enterarse de lo que sucede a través de ellos, reservando su participación para los momentos en que les parece más oportuno aparecer: sabemos que la mujer de Diego, que suponemos es también el ama de Petrona, intervino hacia el final de la disputa. Y de hecho, el indio Andrés fue a contarle a Diego lo que hacía María con el agua. Si él no hubiera decidido “ir con el cuento”, probablemente la disputa no hubiera tenido lugar.
46Más finamente, pensamos que sin esa apreciación y esa actitud del indio Andrés, recadero e intermediario, quien juzgó que la reacción de María no era la adecuada para mantener la autoridad del mandato de su amo, como desprendemos de las expresiones que hemos identificado, es posible que a la larga Diego hubiera permanecido en su hábito abusador: gracias al cuento que le llevó Andrés se produjo el acontecimiento que permitió a las vecinas hacer un aporte sustancial, vehicular a los jueces la apreciación negativa de su desempeño como autoridad local.
47En el caso de Prudencia y Juan Antonio, hay sólo dos testigos, varones, jóvenes adultos de 25 y 30 años de edad; y los dos saben firmar. Juan Rodríguez, que se acercó a la acequia en busca de agua, relata que fue invitado por Juan Antonio a que “le fuese a ayudar a componer sus molinos… y como Machado lo convidase a tomar mate se entró a tomarlo en consorcio de los carpinteros que actualmente componían el molino”. José Lara, el segundo testigo, era uno de los dos “peones asalariados” contratados por Juan Antonio para el arreglo de carpintería, por lo que se encontraba en el sitio señalado desde el comienzo de las faenas de reparación.
48Las versiones de los dos testigos, declarando para ambas partes, aparte de recomponer el momento de la disputa, permiten además comprender cómo podían ellos “servir” con cierta independencia a los intereses de cada uno.
49El 28 de mayo, José, en su declaración de respaldo a Prudencia, señaló:
50“Fue doña Prudencia en noticia de agua para el regadío de sus plantales y encontrándose con dicho Machado le dijo éste que él tenía asalariados dos peones aquel día para ver si en todo él podía conseguir poner el agua en su casa, y dicha doña Prudencia le replicó que aunque así fuese ella había de llevar el agua por aquella red y como don Juan Antonio la quisiese se fueron trabando de palabras y ambos se dijeron de fuerte afrenta mucho, de tal suerte que llegó al extremo que don Juan Antonio dio a doña Prudencia una bofetada con la que la medio desatentó…”
51José se refiere al hecho puntual que motiva la queja de Prudencia, relevando el interés de Juan Antonio para impedir que ella sacara agua de la acequia, la disputa y el “extremo” de Juan Antonio que casi la hace perder el sentido. Sin embargo, el 14 de junio cuando Juan Antonio lo solicitó para respaldar su versión, José recordó:
52“En varias ocasiones que don Juan Antonio Machado no estaba en los Molinos que tiene arrendados llegó a ellos doña Prudencia Silva y por cuenta del agua que solicitara se desvergonzaba así contra don Juan Antonio como contra otros interesados en la acequia porque es de ingenio voraz… llegó con muchas desvergüenzas, las que le toleró don Juan Antonio bastantemente, pero como éstas fueron muchas y con demasía, no pudo tolerarlas más don Juan Antonio y sumamente provocado tuvo que darle una guantada.”
53Queda clara, a través de las palabras de José, la intención de Juan Antonio: destacar que Prudencia tenía una trayectoria de comportamientos insolentes y que la situación de violencia que Prudencia le reprocha judicialmente se produjo porque Juan Antonio llegó al límite de su paciencia: presionado por los hechos que ella originó “tuvo” –se vio obligado, no pudo elegir otra alternativa– que darle una “guantada”, que es la forma fina y delicada de la bofetada: golpear la cara con el guante en vez de la mano abierta. La estrategia es clara: se carga la culpa a la mujer y se baja el perfil de su agresión.
54José entrega dos versiones sintetizadas, neutras en su resumen, con expresiones que no precisan pero dan la idea: “se fueron trabando de palabras y ambos se dijeron de fuerte afrenta mucho”, en la primera versión, y “con demasía”, “toleró bastantemente… sumamente provocado”, en la segunda.
55Por su parte, Juan, convocado por Prudencia, narró el 11 de junio:
56“Llegó doña Prudencia Silva en solicitud de agua y don Juan Antonio le respondió que por qué no echaba su peón de su cuenta al río, y ella le dijo que por qué lo había de echar, que le bastaba tener derecho al agua y así se fue desvergonzando de palabra en palabra dicha doña Prudencia hasta que llegó a preguntarle don Juan Antonio que si venía ebria y entonces ella le dijo que no tenía bodega en su casa como él y otras más desvergüenzas las que le movieron a don Juan Antonio levantar la mano (sin embargo haberle dicho en muchas ocasiones se retirase y lo dejase) y darle un golpe a cuyo tiempo tenía el declarante la cara vuelta a otro lado pero oyó el golpe, según le dijeron fue bofetada lo que Machado dio a doña Prudencia. Que después instando siempre ella en querer arremeter a Machado y profiriendo desvergüenzas contra él, tomó éste un rebenque que siempre usa y con él dio a doña Prudencia un rebencazo…”
57El relato de Juan entrega detalles. Sus recuerdos del momento de la pelea contienen expresiones verbales atribuidas a cada persona; el aporte que puede hacer es sobre lo que escuchó y lo que se dijo, aunque explica que no pudo ver todo lo que sucedió, pero completa su relato con información recibida “de alguien”. Por último, añade el segundo componente de violencia: Prudencia no sólo recibió una bofetada, sino también latigazos, con un rebenque que formaba parte de la indumentaria habitual del Alcalde de Barrio. Adicionalmente, su versión nos permite enterarnos que Juan Antonio poseía bodegas en las que almacenaba alcohol, y que a su juicio el comportamiento tenaz de Prudencia le hizo sospechar, o decir que sospechaba, que ella estaba ebria. Además menciona que Prudencia sabe que Juan Antonio tiene bodega de alcoholes en su casa.
58En la versión que da tres días más tarde, el 14 de junio, a solicitud de Juan Antonio, Juan evocó:
59“Llegó Prudencia con muchas y grandes desvergüenzas contra dicho Machado, tratándolo de indigno aún hasta de don; que de tal suerte y no sólo don Juan Antonio se hubiese inmutado por las desvergüenzas que le decía de Silva sino que hasta las piedras hubieran hecho su demostración. Y provocado de esta suerte había dado don Juan Antonio una bofetada o empujón, por este tiempo tenía el declarante la cara vuelta y sólo oyó el ruido… como también que dicho Machado le dio después a la Silva un rebencazo.”
60Para el interés de Juan Antonio, Juan subrayó la posible existencia de un empujón por parte del Alcalde de Barrio hacia la mujer, antes que una bofetada. Nuevamente, el fuerte de Juan es su relato de lo que se dijo, ya que reconstruye los vocablos poco amables de Prudencia, y detalla el aspecto preciso de su provocación: decir que él era “indigno del don”. En ese sentido, la expresión “hasta las piedras hubieran hecho su demostración” es muy interesante. Incluso objetos inanimados, como las piedras, cobrarían vida para expresar su molestia frente a la provocación de Prudencia: el “orden natural” completo reaccionaría ante semejante insolencia.
61Junto con subrayar que el trabajo de los escribanos permite, nos parece, conocer bastante bien las particulares y distintas maneras de expresarse, así como los intereses y las discursividades de los seis testigos de 1732 y de los dos de 1783, deseamos relevar aspectos que contribuyen a probar la hipótesis planteada al comienzo de nuestro trabajo: el uso flexible del lenguaje, el acomodo individual a los códigos, el arte de decir y a la vez sugerir bastante más de lo que las palabras dicen y de lo que se requiere en el tribunal; la multitud de sentidos que pueden tener los mensajes, y por lo tanto, el manejo de variadas aristas de la relación social por parte de los hablantes.
- 16 Hemos trabajado la vergüenza y la desvergüenza en “Umbrales sensibles de la modernidad temprana: l (...)
62Nos interesan los distintos usos de la desvergüenza, presente en 1732 y en 1783, reflejo de la circulación de una polisémica y compleja noción, a la vez sentimiento, valor y criterio de clasificación social, que estuvo muy presente en los órdenes social y cultural16. Las versiones de los testigos del pleito de 1732 relatan que María dijo «la desvergüenza del perro de haberme puesto las manos encima»; y también, que las vecinas que observaron la disputa opinaron «la desvergüenza de la mestiza», porque había enfrentado a una autoridad. Comprendemos que ellas estaban sorprendidas por su valentía, o por su imprudencia, ya que no teme mostrar su voluntad de no tolerar la decisión de Diego; María evidenció una ausencia de vergüenza que las asustó a las vecinas, que de hecho le pidieron que “se callara”.
63A partir de estas expresiones comprendemos al menos dos acepciones en uso para una misma palabra. Por una parte, María habla de la falta de vergüenza de un hombre, autoridad local, que se atreve a tocarla, incluso a pegarle, para obligarla a aceptar su voluntad. María no esperaba una falta de respeto entre dos individuos durante una disputa, tampoco esa violencia y menos aún se cree merecedora del castigo de Diego. Las otras mujeres en cambio se inquietan por las consecuencias del acto de María, quien, como vecina de la calle controlada por Diego, está subordinada a una autoridad masculina. Es esa segunda acepción, la desvergüenza de las gentes insumisas la que es compartida por el vecindario.
- 17 El verbo topetar describe la acción de un jinete cuando empuja violentamente a otro para echarlo a (...)
64La vergüenza circula entonces de diferentes maneras. Las vecinas aceptan la autoridad de Diego y no consideran la posibilidad de mostrarse irrespetuosas respecto de él; poco importan sus actos ya que ellas necesitan el agua y es él quien vigila su distribución. María considera que las cosas no deben ser empujadas a ese extremo, y quiere hacer respetar su derecho individual de uso del agua, bien comunitario que escasea, pero no espera un comportamiento violento de parte de Diego. Cuando eso sucede, su reacción es subrayar esa falta de respeto, fundada en las buenas maneras de comportarse entre dos vecinos aparentemente iguales en calidad. Esa igualdad aparente de los vecinos nos es sugerida tanto por el nombre que María lleva, precedido del vocablo « de », signo pertenencia –real o deseada- a un grupo social más acomodado, como por la frase de desprecio que ella dirige a las vecinas, cuando éstas le piden que se retire a su casa: «las perras topetadas»17. En todo caso, ni Diego ni las vecinas la trataron como ella esperaba, ya que le gritaron « mestiza »; y tampoco lo hicieron las mujeres de Diego, quienes le dijeron « chola ». Todos sugirieron la mezcla de sangre indígena en María. El análisis de este doble uso de la palabra desvergüenza nos permite pensar que María, santiaguina de la primera mitad del siglo XVIII, sentía y expresaba simultáneamente dos tensiones: respecto de la autoridad que regulaba los usos del agua, y respecto de su propia identidad y lugar social en el vecindario en que habitaba.
65Las desvergüenzas en 1783 toman otra acepción, la de falta de mesura, la de provocación en el diálogo, el desborde de Prudencia frente a una paciencia masculina llevada al límite: ella “se fue desvergonzando” hasta que Juan Antonio “tuvo” que corregirla. Como hemos analizado en otra parte, este sentido causal justificativo de las desvergüenzas coexistió con los anteriores, diferenciadores sociales, y todos aparecen con frecuencia en otros pleitos por injuria, puestos en el centro de los roces sociales.
66Junto con estas posibilidades de la vergüenza y de la desvergüenza, nos llama la atención el arbitrario uso del “don” y del “doña”, aspecto que va de la mano con el propio modo de autodenominarse, notable sobre todo en la discursividad de los dos testigos que colaboraron en el pleito de Prudencia y Juan Antonio. En mayo de 1783 Prudencia comienza su queja presentándose como “doña Prudencia de Silva”, pero en diciembre ya no usa el “de” entre su nombre y su apellido. Los jueces del Cabildo y los de la Real Audiencia nunca se dirigieron a ella como “doña”. Asumiendo que tal vez en esto haya intervención del escribano -que puede ir desde la desidia al olvido involuntario pasando por el acomodo a su gusto personal sobre el modo de nombrar al pleiteante- relevamos que Juan Antonio y Prudencia podían recibir el trato de don y de doña, o ser llamados alternativamente por su nombre o por su apellido (“la Prudencia” o “la Silva”, “Machado”), como se ve particularmente en la deposición del testigo Juan Rodríguez. Esto nos permite afirmar dos cosas. Primero, que los lugares sociales de ella y de él no son únicos ni están fijos, sino que se definen a diario; y segundo, que los peones-trabajadores pueden decidir, por medio de sus palabras ante autoridades municipales, qué lugar social le asignan a esas personas en un momento dado. Es decir, por medio de su voz, ellos tienen y ejercen cierto poder de clasificación social.
67Pero también, y esto nos parece ya un poco más complejo, esta alternancia de los “dones” y de las “doñas” puede significar que no era importante, en ese instante preciso, definir el lugar social de Prudencia, como sí lo era el de Juan Antonio, Alcalde de Barrio. Se trata de dilucidar quién hizo qué cosa a quién, y en esa atención prestada a los hechos, los lugares sociales de los actores que no tienen cargo público, que no interesa reafirmar en el concierto urbano, parecen pasar a segundo plano. Podemos concluir que los lugares sociales de sujetos urbanos como Prudencia, en constante interrelación con otros pueden no ser siempre y a cada instante el asunto más importante de sus vidas. Esa movilidad de sus lugares sociales y la relatividad de ellos en función de sus interlocutores nos hace re-pensar la flexibilidad de desplazamiento de sus subjetividades, corporalmente encarnadas, en una sociedad definida habitualmente como estamental, tiesa, de patrones socioculturales rígidos e inamovibles.
- 18 Hemos trabajado la violencia cotidiana ejercida por mujeres en “Violencias cotidianas de mujeres s (...)
68En este examen de los elementos que muestran la actitud crítica de los habitantes urbanos envueltos en pleitos por injuria, no podemos dejar pasar la referencia, en ambos casos, al alcohol como explicación causal del furor de los que aparecen agresivos ante los demás. En 1732 María le dice a Diego si acaso viene borracho; en 1783, Juan Antonio pregunta a Prudencia si está ebria, y ella retruca indicando que es él quien tiene bodega en casa, no ella. Estas alusiones relevan, como en tantos otros pleitos judiciales, la presencia de los alcoholes, de los borrachos y de los ebrios, de ambos sexos como podemos comprender acá, en las situaciones de roce social callejero. Y también, lo que no es menos importante, la asociación instantánea que se hace entre esa bebida, el furor interno (la pasión del sentimiento iracundo) y la violencia desmedida, que no quiere decir brutalidad extrema, sino principalmente violencia “no apropiada”: la hora y el lugar son inadecuados, se ejerce contra personas indebidas y proviene de gente que no se espera ver teniendo esas actitudes violentas18.
69Por otra parte, vimos las tensiones latentes en María, a partir de los matices de la desvergüenza. Pero también, y relevado por una de las vecinas, percibimos la mirada crítica, también latente, del vecindario respecto de lo que es justo o no lo es en una situación de violencia cotidiana. En su testimonio, doña Antonia Riveros, la única persona que se define como española en este expediente, desliza casi al final de su deposición una frase que transluce un claro juicio personal hacia el actuar de Diego “esta testigo desde la puerta de su casa le dijeron(sic) al dicho don Diego que aquella no era justicia y que la justicia no se portaba de esa manera, a que les dijo el dicho don Diego que eran unas putas y que toda la calle estaba llena de putas”. Antonia inserta su actuación como corolario y subraya la agresiva respuesta del Juez de Aguas. Aparte de mostrar la violencia de Diego, que repartió insultos a “la calle”, Antonia aprovecha la instancia para marcar su opinión crítica acerca de la capacidad de ese hombre para actuar como juez: ella sabe qué puede ser justo, cuál es el comportamiento esperado de la justicia y desaprueba lo que ve. De ese modo Antonia expresa la evaluación que hacen los vecinos del actuar de sus autoridades locales, aspecto que pensamos influyó en la apreciación de los Oidores de la Real Audiencia.
70Esa frase de Antonia nos lleva a reflexionar sobre la interacción permanente entre los habitantes y sus autoridades locales, que miden todo el tiempo el desempeño de éstos y se forman una opinión que pueden divulgar en distintos espacios orales, como los mercados, las plazas, las procesiones, entre otras, o bien deslizar, por ejemplo, cuando son llamados a testificar en un pleito por injurias, instancia en la cual, además, lo que ellos dicen queda escrito y será luego leído por los superiores de esa autoridad local.
71Finalmente, sabemos que los dos únicos testigos de Prudencia y Juan Antonio estaban contratados en la faena de reparación del molino por Juan Antonio, es decir sostenían con el Alcalde una relación de trabajo, tenían con él una dependencia, aunque fuera circunstancial como es el caso de uno de ellos, a través del salario. Pero ni Juan ni Joseph se expresan del modo que, de acuerdo con la manera tradicional de mirar las relaciones de dependencia servil y de trabajo, se esperaría encontrar en un empleado, esto es, siguiendo fielmente el interés del empleador en sus declaraciones (actitud que, precisamos, sí hemos encontrado en otros documentos judiciales). Esta situación viene a matizar la noción generalizada que plantea la relación servil incontestada, de total subordinación, entre patrón y empleado, más aún cuando este último es una autoridad municipal. Además de mostrar las posibilidades de criterio propio en Juan y de José, como veremos a continuación.
72Si asumimos que la habitual relación de sujeción que se establece entre un patrón y su empleado se vería reflejada también en un pleito judicial que involucra al patrón y donde los empleados-testigos tendrían que declarar necesariamente a su favor, aquí tampoco ese supuesto aparece tan nítido. José y Juan, quiénes saben firmar, matizan sus declaraciones según los interesados que consultan sus memorias, y no se notan obligados a mostrar sus menores posiciones sociales, y por ende, a mantenerse en los horizontes de espera que circulan respecto de sus personas, esto es, mostrar su ausencia de discernimiento individual. Los testimonios entregados para uno y otro querellante expresan que ambos testigos conservan cierto grado de independencia.
73Recordamos que no estamos esperando ver en estas deposiciones la verdad de lo sucedido, sino cómo Juan y José, y también los testigos del pleito de 1732, asumidos como sujetos críticos aún desde sus menores posiciones sociales, deciden entregar sólo un retazo de la situación que ocupa a los jueces y a los querellantes, y entender de qué manera hacen esa entrega. Porque en esos instantes cada uno de ellos tiene, además, la posibilidad de posicionarse, como actor, en la construcción discursiva de los hechos y de la versión de realidad que se está dejando estampada en los expedientes.
74Ambos pleitos enfrentan cuerpos sexuados, instalados genéricamente en un orden que atribuye claros comportamientos y actitudes a cada no, subrayados, en el caso de los varones, por los cargos públicos que desempeñan. En plena sociedad colonial, estos cuerpos muestran además pertenencia a alguna etnia y un estado conocido por los demás que conlleva una reputación que resguardar. Todo ello, que configura la identidad y el lugar social en el orden jerárquico, se enfrenta y se desordena en estos momentos de disputa. Cada uno tiene una noción de lo que debe ser mantenido y de cómo ha sido desequilibrado, y desde sus cuerpos violentados lo exponen así a los jueces.
75En el expediente de 1732, la queja de María es un documento breve. Presumimos que debido a la contra querella de Diego, y a la poca paciencia del Corregidor Arcaya, ella no tuvo tiempo de hacer la acusación “en forma”, trámite habitual del proceso judicial que por lo general arroja una exposición mejor fundamentada que la primera, más espontánea: ese segundo escrito se apoya en las versiones de los testigos que se ha logrado reunir y delinea con mayor claridad los aspectos particulares de la situación de conflicto que se quiere subrayar. Parte de su queja inicial, recibida el 04 de febrero de 1732 dice:
76“… apareció [don Diego] luego con golilla y vara y la espada desenvainada profiriendo palabras deshonestas y dicho indio y su mulato armados con garrotes tratándome de puta y otras palabras descompuestas, y no contento con esto, me echó un bofetón en la cara que me tendió al suelo, y habiendo llegado a esta razón algunas vecinas a defenderme no queriéndose sosegar sino antes bregándome con la espada desnuda. Llamando a sus criados para que me diesen, llegaron su mujer y su hija, quienes se pusieron como un recelo de suerte que me vi obligada a coger un azadón y tratarme de defender. Porque si no me hubieran muerto. Luego me lastimó un dedo de la mano y me dio varios puñetes y después decía que me dentre a mi casa me hubo de azotar (…)dradas dentro de mi casa, de modo que hizo (…) daños y porque las vecinas que estaban en sus puertas (…)to diciéndoles qué hacían que si estarían para servir de testigos eran unas tales, que venia a mandarme, que se admitiese que si yo hubiera estado sola lo hubiese hecho…”
77La primera imagen que nos viene a la mente, al leer este extracto, es de una multitud, mixta, pluri racial e interdependiente, que insulta y agrede a una mujer sola, quien se defiende con un azadón para preservar su vida: un Juez, su mujer, su hija, un indio y un mulato atacan. Su cara es abofeteada, la hacen caer al suelo, le dan de puñetes, la golpean con una espada, le hieren un dedo de la mano, a empujones la hacen entrar a su casa y apedrean la puerta de su casa. Todo porque Diego quería “mandar” sobre ella, imponerle su presencia de Juez ataviado como tal un viernes a la medianoche, obligarla a obedecer.
78La segunda imagen que componemos presenta un cuerpo femenino en una postura firme y una voluntad femenina obstinada, en medio de la noche y en medio de la calle, que fueron doblegados por la acción mancomunada de cinco personas de todas clases y edades, sus cuerpos y sus voluntades aunados para obedecer al hombre cabecilla de todos.
79Por los relatos de los testigos ya mencionados sabemos que de ese grupo de cuerpos distintos siguiendo un solo mandato emergen insultos dirigidos a ese otro cuerpo que ofrece resistencia, palabras que hablan de sexualidad, de reputación y de mezcla racial menospreciada. El “hombre-autoridad” la llama puta y mestiza, las mujeres emparentadas con ese hombre autoridad la llaman chola. Los otros varones, “hombres-servidumbre”, el indio esclavo y el mulato (del que no sabemos si es libre o no), apoyan, lanzan, acusan, pre-disponen a la acción y contribuyen también a clausurarla con las últimas pedradas a su puerta.
80Diego, en su larga defensa y simultánea contra querella, que estableció tres días después, dice:
81“…habiendo vuelto dicho peón de reconocer quién detenía dicha agua, me trajo por noticia que unas mujeres la detenían; y que pretendiendo encaminarla para abajo como lo había hecho doña María Fuenzalida con un garrote en la mano lo corrió a palos; y aunque le refirió era enviado, llena de furor le dijo que no importaba que a mí y a otro cualquiera haría lo mismo; y estando en las puertas de mi casa fueron tantos los clamores de aquellas vecinas que me instaban pasé yo en persona para limitar bajase dicha agua (…) pues las que están arriba no ponían de su parte; más que tener la poca que venía sin dar lugar a que pasase una gota por lo más preciso, habiéndome empeñado sus importunaciones sin que me bastase por descripción representarles de estar solo y ser las once de la noche, sin embargo les pareció que a mi vista se facilitarían su alivio; tomé resolución de pasar con dicho peón a reconocer quién la tenía dicha agua; y hallé a la dicha doña María en la calle con un garrote en la mano, en defensa de dicha agua; con otras mujeres en su compañía, que por ser oscuro no las conocí, y saludándolas les pregunté quién impedía pasase el agua para abajo, a la cual pregunta me respondió con gran furor la dicha doña María, dándose muchas palmadas en el pecho y repitiendo muchas voces, Yo, Yo, que con aquel garrote daría muchos palos, que ningún desvergonzado fuese ido a quitarle a ella el agua que tenia atascada; y preguntádole yo que si no me conocía, me respondió con mucho furor y desmedidas voces que me conocía; y por ella, deseando aquella ocasión, me había citado al peón que había enviado, y preguntádole yo qué le motivaba a aquel furor y descomedimiento de razones contra mí (…) y viniéndola a contener a sus desafueros me acometió con el dicho garrote; y yo con el mejor modo que la ocasión me previno se lo quité de las manos y lo arrojé en su patio solicitando dentrase de las puertas adentro de su casa, y estando de puertas adentro, de las piedras que me tiró me dio con una en las costillas (que me tiene gravemente lastimado) por una ocasión me retiré a mi casa a entender en la curación que me convenía para alivio de tan gran dolencia, ocasionada de la pedrada.”
82Desprendemos del largo relato tres ideas que nos parecen principales: primero, Diego se vio obligado por los “tantos clamores de las vecinas” a ir a ver quién detenía el agua porque se les secaban sus huertas; en seguida, María estaba acompañada por otras mujeres que él no reconoció y su actitud fue desafiante e insultante, incluso con Andrés, el indio esclavo a quien no respetó aunque éste le dijo “que era enviado”; y finalmente, que él, el Juez de Aguas, recibió una pedrada en una costilla que le produjo una herida de cierta gravedad.
83Diego alude a su rol de padre tutelar que escucha las peticiones de las personas que tiene a cargo y levanta una representación agresiva de María, “llena de furor” y “desmedidas voces”, “con un garrote en la mano”, “dándose muchas palmadas en el pecho y repitiendo muchas voces, Yo, Yo”. Su cuerpo de autoridad masculina se cedió luego de cierta resistencia para satisfacer la necesidad de la comunidad y fue al encuentro de otro cuerpo, enardecido y violento, insumiso e inapropiado; de ese choque sacrificial él salió herido. Entonces, la situación no es como ella la ha planteado y muy por el contrario, María es la culpable de “excesos” que deben ser castigados.
84Esta disputa tan desigual, o este heroico pequeño suceso, no ocurre cincuenta años más tarde. Los cuerpos enfrentados en el pleito de 1783 son individualizados. La pelea entre Prudencia y Juan Antonio no involucró a terceros, y ellos, además, estructuraron más elaboradamente que Diego y María sus discursos: en el expediente que conserva los pleitos judiciales que siguieron uno contra otro existen dos acusaciones por cada lado, largas y detalladas.
85Prudencia no dice mucho acerca de su vida: no sabemos si es soltera, casada, o viuda, si es madre o no, a qué se dedica. Pero vemos que ella construye una imagen de sí misma muy definida en otro aspecto, el de su situación jurídica: se autodenomina de “miserable condición”, asimilándose a los más pobres y desvalidos súbditos, esperando seguramente conmover la piedad del juez e inclinar la simpatía hacia su causa. Prudencia comienza su querella señalando que va a “buscar agua para el regadío de los plantíos que tiene en su pobre casa”. Más adelante, acentúa claramente su inocente situación: “sólo el desnudo hecho de buscar personalmente como pobre lo que legítimamente le pertenece”. Y añade “pobre mujer indefensa sin tener ni poder contrarrestar la violencia y estrépitos de lo citado…”, manejando así el sesgo de género que la pone doblemente frágil, es miserablemente pobre y débil mujer. Es decir, Prudencia se erige, teóricamente, como víctima de escasas posibilidades de auto valencia.
- 19 Dougnac Rodríguez, Antonio, (1994), Manual de historia del derecho indiano. México, UNAM, p. 209 a (...)
86El querellado-querellante es Alcalde de Barrio. Este cargo, designado por la máxima autoridad del reino, tenía la función de velar por la armonía y paz entre los vecinos. El beneficiado con esa confianza y delegación de poder –por lo general, un connotado habitante del sector en cuestión– ejercía el rol de “padre político de la porción de pueblo que se le encomendaba y sus oficios, por lo tanto, debían corresponder a este meritorio carácter.”19
87Juan Antonio, presenta su propia imagen nítidamente delineada desde un positivo superlativo: “Yo, con la moderación que acostumbro… a más de mi notoria conducta, hombría de bien y lustre nacimiento… revestido con el carácter de Alcalde de Barrio… siendo un sujeto como yo vilipendiado… {existía} el justo motivo y mérito para haber procedido en aquella corta corrección… yo hice una conducta de mi genio apacible”. Su carácter es pacífico y su proceder lleva el sello del bien, en conducta y en antecedentes genealógicos; es decir, no se puede pedir un perfil mejor. Y en seguida Juan Antonio subraya que él es un “Juez actual, a quien por todos los títulos se le debe veneración y respeto”, y agrega que como tal “he mantenido una regular e irreprehensible conducta”. A más de lo irreprochable de su manera de ser se agrega que ha sabido responder al cargo que le han confiado, y que debido a ello “todos”, Prudencia incluida, deben venerar y respetar. O sea suma los antecedentes personales al mandato de la autoridad incuestionable.
88Tanto Prudencia como Juan Antonio se dibujan a sí mismos como individuos con una posición objetiva, con un lugar social concreto y que es reconocido por los otros en el contexto social a través de sus cuerpos: el de Prudencia es miserable y es pobre, y sobre todo es femenino. El de Juan Antonio es de buena cuna y de buen comportamiento, es un cuerpo masculino notoriamente “bueno”, que además ha sido distinguido por el cargo ostentoso que lleva, que eleva su ya connotado lugar social y lo hace evidente e incontestable a los demás.
89Esta posición del cuerpo de Juan Antonio y de Prudencia en el concierto social depende de manera directa del crédito y opinión –de la credibilidad y de la confianza, diríamos hoy– que le otorguen los demás individuos a la representación que ellos logren proyectar. Cada uno espera ser reconocido, y por ende, mantener su posición. Para el caso de Juan Antonio, cuestionado públicamente al ser querellado en el Tribunal, a su objetivo habitual de mantener su escaño se agrega la tarea inmediata de mejorar su imagen, momentáneamente desfigurada. Aunque Diego, en 1732, no lo da a entender con las palabras de Juan Antonio, pensamos que su fin era similar.
- 20 Chartier, Roger, (1996), El mundo como representación. Historia cultural: entre práctica y represe (...)
90Sin embargo, las luchas por la representación –que conllevan en sí mismas la brutal y descarnada guerra por el mejor lugar en la jerarquía social20– adquieren especial importancia a lo largo de los procesos de erradicación de los “malos hábitos”. Y para ello, una de las estrategias más potentes es atribuir al enemigo todo lo negativo que sea dable sugerir para contrastar así la brillante y refulgente buena estampa propia, como intentó hacer Diego mostrando a María agresiva y desafiante, y como por supuesto muestran Prudencia y Juan Antonio cada uno con el otro.
- 21 Pensamos que aquí se quería escribir “escarmenar”, y el sentido sería, siguiendo el raciocinio de (...)
91Aparte de su propio retrato, Prudencia dibuja una imagen de Juan Antonio: es alguien que siempre está “procurando escarmar21 la agua como lo acostumbra con perjuicio de los vecinos”, cuando alude a sus costumbres. Y más adelante detalla el modo en que se relacionó con ella: “con la crueldad inhumana con que me trató”, lo que a sus ojos constituye un “delito atroz”. Por su parte, Juan Antonio pincela un retrato en negativo de Prudencia: “extraía el agua del cauce de ellos{los molinos}sólo por hacerme perjuicio… la Prudencia, con poco respeto, extraía el agua protestando usar de ella a su arbitrio…” Ninguno aporta a la imagen que su contraparte se esfuerza en construir: no son espejos satisfactorios, no devuelven el reflejo esperado. Todo lo contrario, son bandos enemigos que se enfrentan con las herramientas que pueden dañar: por una parte, se trae a colación sus antecedentes inmediatos, la trayectoria individual de vida en la comunidad; y por otra, las intenciones “verdaderas” que ellos detectaron detrás de los actos cuestionados: Prudencia dice que Juan Antonio fue inhumano; Juan Antonio dice que Prudencia lo quiso perjudicar. Nuevamente se actúa sobre la base subjetiva de intangibles: ¿dónde está la prueba material del pasado reciente de cada uno? ¿Cómo probar lo que cada uno “cree” que estaba sucediendo en el interior del otro?
92Prudencia, como antes hizo María, usa la herramienta que tiene a mano: acude a la instancia pre-definida por la Corona, establece su posición, y ataca. Hace uso del poder que le confiere su voz acusando a otro y llamándolo a responder públicamente por sus actos. “Mujer empoderada”, diríamos hoy, no duda en auto-describirse según los cánones imperantes para una mujer: frágil, desamparada, desprotegida. Extremo meridional del vértice de poder, ella, mujer sin recursos, interpela de igual a igual a su agresor.
93La estrategia de Prudencia es resaltar la diferencia, acentuar la distancia entre los sexos. Como se lee en su querella inicial:
94“…{Juan Antonio} le ofreció dar de bofetadas, pasó a la ejecución, dándoselas repetidas, hasta botarla por el suelo, a causa de no hallar resistencia los golpes de un violento y robusto hombre como lo es el citado en la débil y frágil corpulencia de la suplicante, en cuyo brazo están patentes los cardenales que le dejaron los golpes y en los brazos varios otros signos, el que dio contra el suelo, haciendo modo muy visible (a más de ser constante a mucho) el vigor y menos moderación con que le trató sin consideración a la debilidad del reposo, ni atención a otros respectos que previene la prudencia para con una pobre mujer, y honrada, unos hechos muy impropios y vergonzosos para un hombre, como injuriosos y agravantes para quien padece sus resultas.”
95En 1732 y en 1783, respectivamente, María y Prudencia recibieron bofetadas y fueron a dar al suelo por la acción de dos Alcaldes. Pero sólo Prudencia alcanza a construir un discurso corporal acentuando la diferencia de género y la diferencia de riquezas y de virtudes. Ella es una pobre y honrada mujer, de cuerpo débil y frágil. Juan Antonio es robusto y violento, y ha cometido hechos impropios y vergonzosos para un hombre. Para cualquier hombre, podemos deducir, ya que no hace mención especial a su rango o de su cargo público.
96Juan Antonio se altera e indigna. Se empapa de su rango y efectúa las respuestas desde su lugar social superior. Demasiado tarde comprende que ha sido arrogante e intenta enfatizar su mesura. Por lo tanto, su argumento está teñido de jerarquía y se expresa trémulo de indignación. La realidad del hecho le resulta poco tolerable: un ser de baja condición, de comportamiento desvergonzado, y más encima mujer, cuestiona su rectitud. Como él mismo señala en su contra querella “sumamente indignado y ultrajado por una señora de bajísimo nacimiento hube de apercibirla con una corta reprensión, la que ha vociferado.”
97A Juan Antonio le preocupa la posible repetición del hecho, ya que si eso sucediera “se abriría un campo franco para que unas personas indignas menosprecien a las Justicias Reales y a los hombres de conducta precipitándoles a los mayores excesos de los que me vi libre por la misericordia de Dios.” Juan Antonio ni siquiera se detiene a pensar en eso que para Prudencia es evidente: él es hombre, y abusando de su fuerza, ha golpeado a una mujer. En su mirada, la diferencia de género no habita para ese caso; pero sí vale para calificarla de desvergonzada debido a su lengua mordaz:
98“Yo le hice ver lo errado de su determinación pero ella prorrumpió en indecorosas palabras llamándome un terco y que era indigno de eso aunque me tratan con el pronombre de Don, dirigiendo su cólera con otras palabras hasta provocarme a lo sumo faltando el respeto que se debe a un Alcalde de Barrio en circunstancias de que estaba ella cerciorada del carácter con que estaba revestido…”
99“Estar cerciorado del carácter con que estaba revestido” remite al mismo sentido de Diego cuando relata, en 1732, que María dijo que “sí lo conocía” y aun así siguió oponiendo resistencia a su autoridad; descargar insultos sobre o correr a palos al indio esclavo Andrés Donoso como había hecho antes de su llegada era una provocación, pero no plegarse a su autoridad en su propia presencia y decirle en su cara que sabiendo quién era decidía no respetarlo es lo que a ojos de éste y el otro Alcalde resulta más grave aún.
- 22 Hemos trabajado estas ideas en “Claves simbólicas que alimentan la expresión violenta de las difer (...)
100Juan Antonio habla desde la diferencia social, acentuando las jerarquías que esta mujer no respeta. Además, acentúa el carácter correctivo de su acción: la violencia está justificada, había un objetivo noble detrás, él como meritorio vecino con cargo público tutelar puede recurrir a la fuerza si se trata de enderezar malos comportamientos. Su discurso no recoge la diferencia sexual que argumenta Prudencia, y que esboza María en 1732, porque para él no es eso lo que interesa. No influye el que la “corregida” sea una mujer, lo que importa es que él cumplió con su deber legítimo de castigar lo reprochable22.
- 23 Dougnac R., Antonio, Op.Cit.
101Esta situación plantea al menos una interrogante. De haber sido un hombre el golpeado por el Alcalde de Barrio, o por el Juez de Aguas en 1732 ¿habría usado el argumento de cuerpo frágil y débil frente a cuerpo robusto? Aparte que si hacemos caso de las declaraciones de uno de los testigos del pleito de 1783, Juan Rodríguez, a los hombres que se acercaban a la acequia para coger agua, Juan Antonio los convencía de colaborarle en los arreglos que estaba haciendo al molino y los contentaba con mate. Siguiendo la definición citada de un Alcalde de Barrio23, Juan Antonio los “mimaba” cual padre a sus hijos con un trago caliente, en la barraca donde descansaban de la tarea… o tal vez intentaba subordinarlos a través del agasajo de la invitación.
102Entonces sucede que una mujer del siglo XVIII, que acostumbra a circular por Santiago y habitar sus calles, es golpeada frente a testigos por un hombre con cargo público, quien además goza de los beneficios de un arriendo de molinos. Ella decide acudir a los Tribunales de Justicia y estampar una querella porque se siente ofendida. Es apoyada por dos hombres que vieron o escucharon el golpe. El Tribunal acoge su planteamiento. Pero el hombre acusado de golpeador decide acudir a su vez a los mismos Tribunales y señalar que es él quien se siente ofendido. El cargo público que ostenta no le permite soportar a una mujer que discute sus órdenes en plena calle, y espera que el Tribunal de Justicia no acoja las quejas de alguien de menor rango que el suyo. Es respaldado por los mismos dos testigos. Sin embargo, la Real Audiencia, a través de sus diversos licenciados, plantea que esta situación no debe ser, y obliga al hombre público a reparar el daño ocasionado a la mujer.
103El Alcalde de Barrio pensó que la institución judicial comprendería que se trataba de un asunto sin importancia y no consideraría el alegato de la mujer. La mujer pensó que la institución judicial existía para amparar situaciones como la suya. Ambos acudieron a la misma instancia, y llegado el caso, ambos recusaron a la persona nominada por el máximo tribunal para dirimir en su caso. Cada uno desde su lugar utilizó las mismas herramientas. Cada uno desde su punto de vista, y acudiendo a la visión y oído de las mismas personas –los testigos-, cuestionó la versión del otro. Cada uno hizo usó de una cuota de poder legítimo, en igualdad de condiciones, para discutir sobre una situación del pasado vivida, según ella, en desigualdad de condiciones.
104¿Cómo pueden plantearse quejas desde dos modos de entender las relaciones sociales que si no se oponen al menos son contrarias? ¿O es que en estos tiempos la elección de una sola posibilidad ni siquiera se plantea, ya que precisamente la complejidad y al ambigüedad, “estrategias comunicacionales” y situacionales de cuerpos encarnados, diestros en códigos que nos escapan, se asumen sin complicación y en realidad todo depende del contexto particular en que se encuentren los intereses y los cuerpos de Prudencia y Juan Antonio?
105El procedimiento de los sucesivos jueces en ambos pleitos es interesante. La actitud y la secuencia son similares, permitiéndonos visualizar una continuidad a lo largo del siglo en el modo de enfrentar estas situaciones. Hay una disputa entre una autoridad local y una residente del sector; ambos se querellan por injurias ante la justicia inmediata, quién a poco andar, y siguiendo consejos de los asesores letrados o abogados, desecha seguir oyéndoles. En el primer caso se optó por amenazar a ambas partes con sumas de dinero bastante considerables, y en el segundo se mandó, derechamente, no continuar con el tema. Estas sentencias de primera instancia dicen:
106“…atendiendo a estar compensadas las injurias de parte a parte debía de mandar mandaba poner perpetuo silencio a los querellantes, apercibiéndoseles no se atraviesen de obra ni de palabras por sí ni por interpósitas personas pena al dicho don Diego Morales de 200 pesos aplicados en la forma ordinaria y a la dicha doña Maria de 100 pesos en la misma forma sin admitírsele a uno ni a otro escrito alguno en este asunto por el presente escribano, pena de 10 pesos aplicados en la misma forma y así lo proveyó, mandó y firmó con parecer del licenciado don Juan de Rosales, abogado de este reino, con quien se ha comunicado esta materia, con costas en que condeno a las partes en las que cada una se hubiere causado.” (Juan Luis de Arcaya, Corregidor y Justicia Mayor, 15 febrero 1732).
107“…deseando evitar a las partes el mayor perjuicio que se les seguiría en su propia comodidad e intereses, si a esta causa se le diera el dilatado progreso a que ellos mismos aspiran; y ponderando que de las informaciones de ambos querellantes y contra querellante producida con sus propios testigos, resultan haber sido recíprocas las injurias; haciendo justicia, y teniendo presente el carácter de Alcalde de Barrio de que se haya revestido el nominado don Juan Antonio Machado: debía de mandar y mandaba se notifique a éste como a Prudencia Silva se abstengan en lo sucesivo de semejantes procedimientos tan extraños como vergonzosos entre personas de estimación y conducta, guardando entre sí y a otras cualesquiera persona la armonía, decoro y respeto que según su mérito, calidad u otras circunstancias, le sea debido, con apercibimiento que se les aplicarán severamente las penas de que fuesen acreedores por su contravención.” (Joseph Ventura Arcaya, Alcalde Ordinario, y Doctor Sánchez, 24 septiembre 1783).
108Hemos destacado dos frases en cada una que remiten a dos ideas que nos interesa analizar aquí. La primera es que las injurias entre ambas partes, a juicio de estos jueces locales y de sus asesores letrados, son equivalentes: en 1732 se dice “están compensadas”, en 1783 se dice “haber sido recíprocas”. Esa manera de equiparar insultos y golpes entre una autoridad local y una mujer sola residente en el barrio elimina tanto las pretendidas diferencias que cada Alcalde subraya para justificar su autoridad violenta como los derechos a no ser violentadas que reclaman María y Prudencia. Esta manera de ver borra circunstancialmente las distancias esenciales y sociales, a veces abismales, entre individuos de distinto tipo que se enfrentan en los pleitos por injuria que hemos explorado y que se suelen esgrimir, en sociedades de Antiguo Régimen, como base fundamental de reafirmación de identidades frágiles que están siendo atropelladas. Aquí parece que no hay espacio ni ganas, en las autoridades locales, de profundizar en ese matiz no menor de los argumentos de los injuriados.
109La segunda idea tiene que ver con el mandato de no volver a pelear. La expresión “no se atraviesen de obra ni de palabra”, de 1732, y el de 1783 que dice “se abstengan en lo sucesivo de semejantes procedimientos… guardando entre sí y a otras cualesquiera persona la armonía, decoro y respeto”, apuntan a evitar los roces sociales. Se les reconviene y se les notifica, y en ambos casos se les amenaza. Es un sermón de padre que procura poner orden entre sus hijos, de toda autoridad sobre sus subordinados; es un llamado de atención a la no expresión de conflictos. Esta postura aparece frecuentemente en las sentencias de los pleitos por injurias, y releva la función celadora y guardiana de los posibles desencuentros, que cumplían los jueces, y que les llevaba a estar pendientes de hasta el más pequeño desacuerdo posible.
110Sin embargo de ambos elementos, homologar injurias dadas y recibidas entre autoridades locales y mujeres solas, y los llamados a la armonía interpersonal, estas sentencias son bastante desalentadoras para las peticiones de justicia interpuestas por las acusadoras, y ambas mujeres deciden ir hasta la última instancia a pelear por lo que consideran justo. Allí, en la Real Audiencia, estos conflictos se consideran de otro modo, dejan de ser mirados como problemas menores o incomodidades ridículas y se atiende a la indefensión de las súbditas desvalidas frente a los abusos de poder de los alcaldes. En ambos casos los Oidores de la Real Audiencia, representantes del rey y por lo tanto personificación concreta de la “piedad del soberano”, sancionaron multas para los alcaldes, quienes, recordemos, consideraban completamente válidas sus violencias. La Real Audiencia castigó la violencia corporal de los hombres que detentan un cargo público en contra de mujeres, sucedidas en la vía pública. Y además, en ambos casos, haciéndose eco principal de la función armonizadora de la justicia, reconvinieron a todos que procuraran vivir en paz.
111A partir de esta secuencia de sentencias, podemos pensar varias cosas. Uno, es bastante probable que haya habido otras situaciones relativamente similares, en que habitantes de la ciudad de bajo rango social hayan optado por aceptar los abusos de los alcaldes (los comentarios temerosos de las vecinas de María, en 1732, y las frustradas tentativas de negociación, previas a la discusión de Juan Antonio con Prudencia, en 1783, nos llevan a pensar ello). Dos, dadas las reacciones de los Alcaldes cuestionados, y sobre todo, de los jueces de primera instancia a los que primero acuden las mujeres, es bastante probable que los abusados no reclamasen hasta las últimas consecuencias como sí lo hicieron María y Prudencia. Tres, pareciera que era bastante inaudito que los Alcaldes se vieran recriminados por sujetos de menor condición social, y cuando eso llegaba a suceder, al parecer sólo les quedaba, como salida airosa frente a una comunidad que observaba y comentaba sus actos, contra querellarse. Cuatro, la enfática seguridad que muestran los Alcaldes en sus contra querellas nos hace pensar que era es bastante probable que los quejosos silenciados por la poca paciencia de los jueces de primera instancia, es decir las autoridades municipales, no insistieran en sus reclamos, a pesar de que la Real Audiencia tenía un papel tutelar y protector en especial de los desvalidos, donde las mujeres pobres aparecían con bastante nitidez como un sujeto/súbdito más al cual era un deber defender.
112Aunque estamos concientes de la calidad de “restos” que tienen estos pleitos, pues no son en absoluto todos los que se levantaron y se siguieron, tendemos a creer que estas figuras, mujeres que ponen límites a las autoridades locales en la ciudad con el auxilio de la Real Audiencia, no fueron abundantes. Pero no por ello tienen que permanecer olvidados ni desvinculados de la genealogía sedimentada de límites individuales a los abusos de autoridades locales, ni apartados de la fugaz y volátil memoria de la participación femenina en la organización espacial, social cultural de la vida urbana.
113Con esta manera, multidimencional, micro-histórica y pseudo-existencialista de comprender las relaciones cotidianas que emanan de los pleitos judiciales utilizados como fuentes para la historiografía, recogemos problemas de tipo sociológico y cuasi-filosóficos que reflexionar en estas sociedades pasadas. Entre ellos, la voz femenina (alta y crítica) alterando la “autoridad masculina” (el buen orden que debe permanecer); el furor y la cólera de mujeres (cuerpos desbordados por las pasiones) impacientando la mano (el cuerpo y la sombra castigadora y correctiva) de los hombres; las desvergüenzas (insolencias e impudicias) de las personas de bajo nacimiento vilipendiando el nombre de quienes cuidan su buena reputación (el desorden social a escala individual); los abusos de los cargos público frente al “derecho de agua” de las habitantes de la ciudad (la opresión). Estas cuatro son sólo algunas de las lecturas que desprendemos para ambos pleitos, lo que nos viene a probar, de nuevo, la complejísima manera de estar, de ser y de decirse, constatación que pensamos conviene aceptar para trabajar de otra forma las relaciones interpersonales en el pasado y en el contexto colonial en particular. Nos quedamos, para este trabajo, con aquella que releva cómo las violencias verbales en bocas femeninas soslayan jerarquías masculinas para cuestionar la legitimidad de los actos violentos desplegados por varones revestidos de autoridad local. Estirando un poco más el hilo, desestabilizar lo establecido.
- 24 En esta idea seguimos a Godineau, Dominique, (1988), Citoyennes tricoteuses. Les femmes du peuple (...)
114Juan Antonio en 1783, y también Diego en 1732, se comportan frente a las mujeres subordinadas como miembros de la élite local, a la cuál entienden pertenecer en vista de su rango y buen mérito. Ellos desean que prevalezcan sus versiones de lo sucedido: los desafíos, resistencias y alegatos de Prudencia (y antes de María) no debieran ser tolerables, ya que contienen la potencia suficiente como para cuestionar el equilibrio de las cosas24. Incluso se sugiere, a partir del germen de desorden que contiene la actitud de Prudencia, que de repetirse estos actos “las personas indignas” menospreciarían “a las Justicias Reales y a los hombres de conducta”. ¿Acaso Juan Antonio realmente piensa que muchas Prudencia hablando con desvergüenza pueden menospreciar a la Justicia Real? ¿No acudió precisamente Prudencia (y cincuenta años antes María) a la Justicia Real para acusarlo a él, quién también es Juez? ¿La enfática crítica femenina tiene efectivamente tal poder que puede desestabilizar a la justicia?
115Juan Antonio ofrece una mirada maniqueísta: los bien nacidos y la Justicia Real, en el bando de los buenos, frente al bando de los “mal nacidos”…que para el caso es una mujer y se llama Prudencia. Como plantea Juan Antonio:
116“Este asunto es interesante a la causa pública y por lo tanto al noble oficio de Su Majestad; debe impartirse, para reprimir semejantes excesos producidos por una persona de bajo nacimiento, siendo {que} estas injurias se verificaron ante varias personas a las cuáles es necesario darles un vivo ejemplo para que en lo sucesivo se abstengan…”
117Sin embargo, Juan Antonio, al igual que Diego con María en 1732, traspasó el límite de la mesura y convirtió en violencia excesiva el dominio simbólico que su cargo de Alcalde debía evidenciar frente a Prudencia. Su comportamiento, “impropio y vergonzoso para un hombre”, como señaló ella, reflejó una violencia social que se suponía él, en su labor tutelar del distrito asignado, debía evitar. Escudándose en la “corrección” de comportamientos no deseados -la locuaz desvergüenza de mujeres con opinión propia y obstinadas-, alteró el frágil equilibrio que lo situaba a ellos como justos y prudentes, habilitados moralmente para velar por la felicidad y armonía de la comunidad.
118La Real Audiencia, atendió las demandas de María y de Prudencia. Sin embargo, no relevó de su cargo, ni amonestó de manera particularmente ejemplar a Diego ni a Juan Antonio por los excesos cometidos. Pensamos que de ese modo, la Real Audiencia estaba aceptando tácitamente un posible abuso menor en nombre de la “corrección”. ¿O es que el “procedimiento vergonzoso”, mencionado en la sentencia para el pleito de 1783, no estuvo en el acto discutido, sino en la extensión del pleito judicial? Porque Prudencia y Juan Antonio estuvieron durante ocho meses, desde mayo a diciembre, dedicados empecinadamente en hacer valer cada uno su versión.
119¿Qué es lo “extraño y vergonzoso” en la conducta de Juan Antonio y Prudencia? Si entendemos la justicia como el dar a cada quien lo que merece, ¿qué merecían el Alcalde de Barrio y la mujer de baja condición, de acuerdo con las palabras de Juan Antonio? ¿Qué merecía el hombre y qué merecía la mujer, siguiendo la forma de plantear las cosas de Prudencia? Preguntas abiertas, que pensamos casos judiciales como éstos pueden ayudar a dilucidar.
120Situaciones como éstas permiten comprender de mejor manera tanto los mecanismos que conformaban el entramado social y cultural como las estrategias desplegadas para limitar los poderes y las sumisiones cotidianas, yendo más allá de lo estipulado en las leyes y de lo declarado en las definiciones. Si María y Prudencia no hubieran insistido en sus quejas por la violencia excesiva de la que fueron objeto y en sus derechos individuales sobre el uso del agua comunitaria no nos habríamos enterado que Diego y Juan Antonio, en su calidad de Alcaldes, consideraban posible reprender la palabra violenta de una mujer sola, pronunciada en la vía pública y frente a testigos, con insultos y golpes, y además de eso, sentirse ofendidos como “hombres de respeto”. La identificación del comportamiento inadecuado -en este caso, mostrar desvergonzada insolencia- convoca la violencia pedagógica correctiva inmediata de parte de autoridades locales que parecen no distinguir ni aceptar límites en el uso de su violencia. Para quienes corrigen, la falta de vergüenza desborda del interior al exterior de los cuerpos, se hace evidente de un modo insoportable e intolerable y necesariamente debe retornar a su lugar, recóndito e invisible, porque no es bueno que se siga mostrando: es una tensión que, al instalarse en el umbral sensible, la mirada de las autoridades masculinas, llama al contagio y pone en riesgo la armonía moral y social de la ciudad.