1Legalmente, en Chile el origen de una familia se define a partir del acto de matrimonio civil, entendido éste como “un contrato solemne por el cual un hombre y una mujer se unen actual e indisolublemente por toda la vida, con el fin de vivir juntos, de procrear y de auxiliarse mutuamente” (art. 102). Con esto, de manera oficial la familia en Chile figura como heterosexual, monogámica, genera descendencia y habita bajo un mismo techo. Esta concepción, además, puede rastrearse en la historia al mirar los procesos de colonización, independencia y conformación de los Estados nacionales en Latinoamérica, contexto en el cual desempeñaron un rol fundamental las influencias religiosas de españoles y criollos; en general, la familia cristiana que hemos heredado y reafirmado se ha caracterizado por su monogamia y por la insistencia en la libre elección del compañero marital, además de una evaluación moral negativa de la sexualidad, en especial en su forma premarital (Therborn 2007). Igualmente, en términos de derechos —leyes y decretos—, se puede decir que esta definición de familia “moderna” se encuentra respaldada desde el siglo XIX en los códigos civiles fundacionales de Estados nacionales como Chile (1855), Argentina (1869) y Brasil (1916), donde el jefe (pater familiae) aparecía como cabeza absoluta del grupo familiar y se establecía como imperativo el deber de obediencia de la mujer ante su marido (Jelin 2007).
- 1 Se debe precisar, eso sí, que existe una contradicción entre los preceptos de la Nueva Ley de Matri (...)
2En Chile, la Ley de Matrimonio Civil se instaura en 1884, pero únicamente a partir de 1998 se omite el apelativo de “ilegítimo” o “natural” para referir a los hijos nacidos fuera de la institución matrimonial, y en 2004 deja de concebirse legalmente como una unión indisoluble, a través de la ley de divorcio (Valdés 2007).1 Y es que si miramos la evolución del derecho de familia en Chile, posiblemente llegaremos a pensar que la familia cambia a una velocidad ínfima, otorgando estabilidad a sus integrantes. No obstante, ésta sería una conclusión basada exclusivamente en el mundo de las representaciones sociales plasmadas en la ley.
3En efecto, en términos teóricos, la familia es una representación que genera y da coherencia a las dinámicas sociales. Contiene una serie de esquemas normativos sobre la constitución de la pareja sexual y la filiación intergeneracional, que modelan una gran proporción de nuestras acciones, hábitos y valores. La familia también actúa como un nexo heredero y reproductor de una determinada tradición, generando sentido presente y proyecciones futuras en sus integrantes. La familia, en consecuencia, es social y personal al mismo tiempo (García y De Oliveira 1994; Therborn 2007; Tuirán 2001). Pero si la concebimos exclusivamente como representación social, la familia, entonces, toma distancia de lo que son sus formas empíricas.
4Las “familias empíricas”, por otra parte, son expresiones de ajustes que se dan a nivel de la interacción y vida cotidiana de sujetos comunes y corrientes, en relación con el modelo normativo-representacional: se trata, en pocas palabras, de un producto entre las expectativas sociales, los proyectos personales y la “dureza” del mundo al que se ven enfrentados. Diálogo que, además, posee un carácter ambivalente, pues, por un lado, es una transformación concreta de los vínculos familiares, a la vez que, por el otro, implica el mantenimiento de ciertas expectativas de relaciones. Como lo expresan Araujo y Martucelli:
La fuerza normativa de los lazos familiares, y, sobre todo, la eficacia simbólica de las funciones estatuarias, siguen siendo una realidad vigente. Pero la familia es, al mismo tiempo el escenario de búsquedas y anhelos de escapar al sentimiento de asfixia que genera esta imposición y de producir modalidades relacionales más singularizadas y, especialmente, dúctiles. En esta perspectiva lo que prima es la tensión entre lo que efectivamente viven los actores y la manera normativa —ideal— como creen que deberían vivir y hacer las cosas. (Araujo y Martuccelli 2012, 181)
5Por lo tanto, no cabe duda de que las representaciones de familia no coinciden exactamente con lo que son sus formas empíricas. En realidad, son muchos las aristas y los reveses que emergen en el momento de pensar la relación entre familia y derecho de familia; tanto la dimensión histórica como las tendencias demográficas resultan indispensables al pensar y contrastar esta relación. En este sentido, el presente artículo busca exponer algunas hipótesis sobre la relación que se estaría dando entre formas familiares y derecho en Chile. Este objetivo se cumplirá mediante una revisión de antecedentes históricos, jurídicos y demográficos, además de la alusión a postulados teóricos derivados de la sociología de la familia.
- 2 La igualdad ante la ley se expresa como un derecho en la Constitución de 1980, actualmente vigente (...)
6El texto se divide en tres partes. En primer lugar, se presentarán algunas reflexiones sobre la familia tomadas de la sociología y los estudios de género, a fin de enmarcar teóricamente la problemática. Como segundo paso, se realizará una breve caracterización sociodemográfica de la familia latinoamericana, con la intención de dialogar con los supuestos del primer apartado, a la vez que mostrar los vacíos que tienen los sistemas de medición censal para hacerse cargo de la diversidad familiar. Por último, intentando poner en diálogo la familia representada con la familia empírica a propósito del caso chileno, se realizará una breve exposición de la manera en que el Derecho de este país ha asimilado las transformaciones familiares mediante la formulación de leyes. Las conclusiones nos llevarán a la hipótesis de una brecha entre la familia representada por el Derecho en Chile —correspondiente a ideales normativos— y las formas familiares concretas del país. Pese a su aparente simpleza, la hipótesis estaría indicando un problema más profundo de validez legal y legitimidad moral, cual es la supuesta “igualdad ante la ley”.2
7Siguiendo los estudios de familia, se puede decir que en la base de la representación nuclear-moderna (de raigambre europeo-occidental) está la idea de que las formas familiares tienden a un proceso de simplificación estructural, individuación e intensificación de los afectos. Desde el punto de vista espacial, la familia moderna es neolocal, es decir que, luego de unidos, los cónyuges moran en una vivienda independiente de las de sus familias de origen, fundando un hogar en un territorio. Desde el punto de vista material, destaca la inserción laboral a un mercado, que es la que determina el ingreso familiar, dejando éste de depender de la realización de una actividad familiar conjunta, como sería el cultivo de tierra. Desde un punto de vista identitario, el reconocimiento de los sujetos ya no se define por su adscripción a la parentela. En términos afectivos, existe una influencia del ideal de amor romántico y de lo que Giddens (1992) ha denominado companionate love; la familia nuclear-moderna está basada en la libre elección del cónyuge, lo que supone una ruptura con los arreglos matrimoniales por parte de los padres o la comunidad. Desde la forma de vinculación, pone su acento en la intimidad familiar y cohesión interna, y también las relaciones entre esposos y entre padres e hijos tienden a ser más igualitarias. Por último, en relación con su función social, es una unidad que se organiza y focaliza en la educación de sus hijos (Esteinou 2008, 79-80 y 96).
8La familia nuclear-moderna es una entre múltiples representaciones de familia. No obstante, corresponde a aquella que ha sido impuesta, de manera más o menos violenta y sincrética, como ideal normativo en una vasta proporción del mundo (Therborn 2004). Su validez ha sido discutida desde varios frentes, en especial desde los años sesenta en adelante, cuestionando la legitimidad que tiene en el orden social la desigual división de labores entre hombres y mujeres, tanto en el ámbito público como en el privado. El modelo que la literatura ha definido como de “padre proveedor y madre cuidadora” [Male Breadwinner System], largamente promovido por el Estado y la industria, será visto desde entonces como ideología y forma de aprisionamiento de la mujer en la vida cotidiana (Beck-Gernsheim 1998; Lagarde 1990). Más adelante, en los noventa, esta discusión se vuelve más compleja, por un lado, debido a la emergencia de los postulados del feminismo negro sobre la desigualdad interseccional entre raza, clase y género (Hartmann 2000), y, por el otro lado, debido a que se corroboran importantes cambios a nivel de convivencia y estructura familiar, entre los que cuentan el incremento de los divorcios, el aumento de hijos fuera del matrimonio y de parejas que conviven, así como la presencia de “madresolterismos” (Montecino 2007) y “padresolterismos” voluntarios, acompañados también de la incorporación creciente de la mujer al mundo del trabajo remunerado. Estos últimos rasgos se encuentran emparentados al fenómeno conocido como “Segunda Transición Demográfica” (Lesthaeghe y Van de Kaa 1986).
9En la explicación de Giddens (2000, 143), tras las pocas representaciones hegemónicas de familia moderna, lo que existe es una diversidad de formas familiares en distintas sociedades alrededor del mundo; en algunas áreas, los sistemas tradicionales han sido poco alterados, y en otras, que para el autor son la mayoría, se ha vuelto palpable un rango considerable de transformaciones complejas, que en parte son producto de intercambios culturales, que ocurren con una velocidad y variedad impensadas. Por otra parte, la visibilización de estas transformaciones puede interpretarse como evidencias de la caducidad de un sistema familiar prototípico.
- 3 La etnometodología es una corriente dentro de la sociología que supone la existencia de un “sentido (...)
10Por su parte, en su capítulo “El espíritu de familia”, Bourdieu (2007) entiende la familia como una forma de ideología política que designa una configuración valorada de relaciones sociales. A propósito del caso europeo-occidental, el autor destaca algunos de los supuestos contenidos en este modelo, refiriendo también al trabajo ya antes realizado por una parte de la etnometodología.3 En primer lugar, en el modelo o representación se entiende la familia como una entidad trascendente a sus integrantes. Con esto, las definiciones de familia compartirían, en segundo término, el hecho de suponer que ésta existe como un universo social separado, como un espacio sagrado, como la familia que es refugio de los sujetos; la familia aparece como el espacio por excelencia privado, siendo que la familia es institución reproductora de un orden social, y sus relaciones están atravesadas por una lógica pública. Fuertemente asociada al tema de la privacidad, aparece la figura de la morada; la casa como un lugar estable, que permanece, y en donde cada uno de sus ocupantes se encuentra marcado por su estabilidad y asociado de forma duradera a ella. A la casa se liga también el territorio, espacio geográfico donde acontece la vida familiar.
- 4 A mi parecer, esta crítica que se le hace a la idea nuclear-moderna desde el punto de vista de las (...)
11Una fracción importante de los supuestos contenidos en la noción de familia se puede desmontar al mirar en la vida cotidiana de los sujetos, trabajo que realiza Delsing (1995) pensando en el contexto latinoamericano: la autora cuestiona el supuesto de que el hogar es el lugar de la familia y que a ésta la constituyen una madre, un padre y sus hijos, siendo que el “madresolterismo”, la familia extensa, la migración de sus integrantes y la familia sin lazos de consanguinidad son realidades frecuentes en el contexto regional. Asimismo, frente al supuesto de que la familia nuclear constituye una unión de amor duradero entre los esposos y entre padres e hijos, es el espacio que garantiza la felicidad, y los hijos necesitan de esta estructura para crecer satisfactoriamente; cabe sólo recordar la importancia que han tenido el machismo y la violencia doméstica en Latinoamérica. También, en relación con la división sexual que promueve este modelo, la autora sostiene que existen variaciones significativas en las tareas que asumen hombres y mujeres en el hogar, de acuerdo con la cultura y el período en que se sitúan, y además en función de las necesidades familiares. En consecuencia, ni la familia nuclear ni la división sexual del trabajo entre sus integrantes son fenómenos naturales, sino parte de una normatividad que ha sido transferida a las sociedades latinoamericanas (Delsing 1995, 39 y ss.).4
- 5 También es importante señalar que durante varias décadas los estudios en ciencias sociales en Latin (...)
- 6 Algunas de estas transformaciones son el aumento de hogares monoparentales femeninos, o bien con pr (...)
12En general, hay que decir que el cuestionamiento desde la academia tardó más tiempo en Latinoamérica que en el caso europeo-occidental y estadounidense; la investigación en temas de familia hasta mediados de los setenta se rigió por la imagen nuclear-moderna estricta y tomó distancia de la especificidad regional: muchos de los estudios llevados a cabo hasta esta década daban por sentado el hecho de que las mujeres estarían básicamente dedicadas a la crianza de los hijos y a las tareas propias del hogar, y los hombres estarían ocupados en el mercado del trabajo (García y De Oliveira 2006).5 A partir de la década de 1970 emerge en las ciencias sociales la vida cotidiana como ámbito de investigación. Paralelamente, la región comienza a acoger el debate feminista en el plano académico, dados importantes cambios demográficos a nivel familiar;6 esto sumado al hecho de que comienzan a observarse paulatinamente diferencias en los hogares, obligaciones familiares, así como reestructuraciones en las dinámicas de corresidencia y parentesco (Jelin 1990, 1).
- 7 La perspectiva de género es la primera que evidencia la estrecha relación entre las dinámicas propi (...)
13Aparejada al trabajo de los estudios de pobreza urbana, surge en los años ochenta la noción de estrategia familiar, entendiéndosele como el conjunto de actividades que desarrollan las unidades domésticas de diferentes sectores sociales para garantizar su manutención cotidiana y generacional. A su vez, a finales del siglo XX se observó un cambio en el enfoque de los fenómenos familiares, que retomó los estudios de género, en donde fueron profundizados los cuestionamientos a la perspectiva funcionalista comenzados en los setenta, así como a los binomios de cultura-naturaleza y público-privado (García y De Oliveira 2006, 32 y ss.). Los estudios de género debatieron sobre las dinámicas internas de la organización familiar y realizaron un análisis que permitió reflexionar en torno a los vínculos entre Estado, familia y mercado en América Latina. Con esto, se revela la diversidad familiar e inicia un cuestionamiento de los supuestos contenidos en la imagen predominante de familia, en su relación con el mundo público y en las relaciones de poder presentes en el ámbito doméstico, que remiten al mundo privado.7
14De este modo, en los noventa se abrió el debate en torno a las desigualdades en los patrones de organización familiar, a la vez que se retoma la noción de estrategia para referir a la conciliación trabajo-familia que ocurre con la mayor incorporación de las mujeres al mercado laboral. La idea de desinstitucionalización de la familia se utilizó para destacar su menor eficacia como institución reguladora y protectora de los individuos. Para explicar estas transformaciones se otorga un rol central a la escolaridad, a la participación económica y política de las mujeres, así como a las nuevas imágenes de lo masculino y femenino y la búsqueda de relaciones de pareja más igualitarias (García y De Oliveira 2006, 42-44).
15En resumen, las discusiones mencionadas abren un debate acerca de qué tipo de relaciones pueden ser consideradas como familia, qué tipo de estructura familiar puede entenderse como normal, cuál es el tipo de familia que en la actualidad promueve el Estado y cuál es su correlato con las formas de familia que se dan empíricamente. Con esto, el ideal de familia y las relaciones familiares quedan en interrogación y se pone en evidencia su carácter ideológico. Así, podemos decir que a nivel del debate sobre familia tenemos, además de temas de género —la división sexual del trabajo y conciliación trabajo/familia—, un creciente interés por rescatar la variedad de formas familiares: “ya no está claro si hay que casarse y convivir, si hay que tener un hijo dentro o fuera de la familia con la persona con la que se convive o con la persona que se ama, pero que convive con otra, si tener el hijo antes o después de la carrera o en medio” (Beck y Beck-Gernsheim 2001, 33). Varios de los autores mencionados han descrito este fenómeno como un desacoplamiento y diferenciación de las formas de vida antes relegadas a la familia y al matrimonio, sosteniendo que, como consecuencia, será cada vez más difícil establecer una relación entre el concepto y la realidad. Como señala Beck-Gernsheim, existiría una confusión al mirar las “nuevas” formas familiares, en torno a las cuales las ciencias sociales deben afinar la mirada:
¿Qué viene después de la familia?, muy simple: ¡la familia! Sólo que diferente, incluso mejor: la familia negociada, familia alternativa, familia múltiple, nuevos arreglos después del divorcio, otros matrimonios, nuevos divorcios, nuevas variedades en el tú, yo, nuestros hijos, nuestras familias pasadas y presentes. (Beck-Gernsheim 2002, 8)
16Más allá de la postura optimista de la autora, habría que recordar, con Bourdieu, que un cambio en las familias es también un desafío a un orden político: a una manera de vivir en sociedad. Así, pensando en los vínculos entre familia y derecho, más importante que celebrar la diversidad familiar es reflexionar acerca de la antigüedad de esta diversidad y la manera (y velocidad) en la que las leyes, los tratados, veredictos y derechos conseguirían reconocer estas transformaciones demográficas y culturales o, en cambio, las estarían constriñendo.
17En consecuencia, tres son los ejes conceptuales que se proponen para analizar a la(s) familia(s) y el Derecho de familia: 1) representaciones de familia, entendidas como ideales normativos, 2) diversidad familiar y 3) la noción de reconocimiento, como criterio de evaluación de la relación (más o menos inclusiva) entre derecho de familia y diversidad familiar.
- 8 El concepto de representación nace en la Sociología, con los trabajos de Durkheim (Jodelet 1986), p (...)
18La representación social se entiende como un ideal fijado de manera arbitraria, que se encuentra legitimado socialmente.8 Las representaciones sociales se presentan de formas variadas y con diversos grados de complejidad: imágenes que condensan un conjunto de significados, sistemas de referencia que nos permiten identificar lo que sucede y dar un sentido a lo inesperado, categorías que sirven para clasificar las circunstancias, los fenómenos e individuos con quienes tenemos algo que ver y teorías que permiten establecer hechos sobre ellos. En resumidas cuentas: “Una manera de interpretar y de pensar nuestra realidad cotidiana, una forma de conocimiento social. Y correlativamente, la actividad mental desplegada por individuos y grupos a fin de fijar su posición en relación con situaciones, acontecimientos, objetos y comunicaciones que les conciernen” (Jodelet 1986, 472 y 473).
19Por otra parte, la idea de Diversidad Familiar se contrapone a la de Desestructuración Familiar, que por largo tiempo fue utilizada para catalogar familias que se alejaban de la representación de familia nuclear-moderna. Ésta alude a la variedad de arreglos familiares, muchas veces invisibilizados en el sentido común; subraya la individualidad y especificidad de cada opción familiar, así como las dinámicas interrelacionales que se dan en las prácticas cotidianas de todas las personas que “forman familia”. Con la diversidad como eje, podemos cuestionar la familia nuclear heterosexual como modelo único, a la vez que ponerla en evidencia como representación social (Sanz et al. 2013, 38-39).
20Por último, el concepto de reconocimiento se encuentra anclado a un debate filosófico, sociológico y político muy amplio. Dos son los postulados más conocidos en esta esfera. Por una parte, el pensamiento de Axel Honneth se basa en la posibilidad de una forma racional adecuada de reconocimiento que consiste en hacer valer públicamente de modo performativo cualidades de valor ya existentes en los seres humanos: “reconocer a alguien significa percibir de él una cualidad de valor que nos motiva intrínsecamente a comportarnos ya no de manera egocéntrica sino adecuada a los propósitos, deseos o necesidades de los demás” (Honneth 1995 y 2006, 140). Así, el comportamiento de reconocimiento resulta ser una acción moral.
21Por otro lado, en un afán por entender las dinámicas del reconocimiento más allá de una esfera moral y llevándolas a la acción política, Luc Boltanski y Laurent Thévenot (1999) iniciaron una línea de investigación en la cual la movilización de una demanda social por el reconocimiento inicia a nivel individual y moral —como sentimiento de indignación— y se cristaliza en movimientos sociales organizados. Lo que los autores hacen es reconstruir la normatividad inmanente (“el sentido común”) que gobierna los juicios sobre prácticas políticas. Esto es, reconstruir una gramática; encontrar los fundamentos empíricos, así como presentar los principios estructurados que guían las distinciones, evaluaciones y diferenciaciones que establecen los sujetos en la vida cotidiana. En la demanda por justicia y/o reconocimiento, la referencia al interés general (el “bien común”) sería la base de la coordinación política: demostrar que la indignación particular es en realidad un fenómeno digno de organización política porque se atenta contra el bienestar del conjunto de la sociedad (o de un grupo importante de la sociedad).
- 9 Aquí merece especial atención la distinción analítica que propone María Mercedes Gómez (2006, 26) e (...)
22Mi interés en estos autores —Honneth, Boltanski y Thévenot— se encuentra fundamentado en que, por una parte, concibo que en el derecho y las definiciones de familia existe un sustrato moral que delimita e incluye determinados tipos de sujeto, y, por otro lado, que habría en la legislación de familia un(os) grupo(s) invisible(s) con potencial de movilización: si se indagara empíricamente dentro de los excluidos y discriminados del Derecho,9 se encontraría, además de una realidad no reconocida, un sentimiento colectivo de marginación e indignación.
23Pero antes de mirar si el sistema judicial ha operado con diligencia en relación con el proceder de las dinámicas familiares en los últimos años, merece la pena rescatar algunos datos demográficos sobre la diversidad familiar, que sugieren, en parte, cómo se están organizando las familias en la actualidad, qué de ellas está tomando el Derecho y cuáles son las posibles invisibilizaciones de la diversidad familiar en las estadísticas, tanto en Chile como en su contexto regional: Latinoamérica.
24Entre 1990 y 2008 ocurrieron importantes cambios en la composición y las características de los hogares latinoamericanos, al dejar de corresponder la mayoría absoluta de los hogares al tipo nuclear biparental, que representaban un 51,7% en 1990 y un 42,2% en 2008. Además, los hogares extensos biparentales se redujeron del 14% al 12,3%. Este descenso en la proporción de hogares biparentales tiene su contracara en un incremento en el porcentaje de hogares monoparentales con jefatura femenina (Rico y Maldonado 2011). Para 2005, un 13,1% de los hogares nucleares eran de tipo monoparental, de los cuales un 86,8% estaban encabezados por mujeres. El incremento de hogares comandados por mujeres sin cónyuge puede deberse en parte al aumento de la participación laboral femenina que Latinoamérica ha tenido desde fines de la década de los sesenta en adelante, llegando a alcanzar el 58,1% en zonas urbanas hacia 2005 (Arriagada 2007).
25Del mismo modo, entre 1990 y 2008 han aparecido con mayor notoriedad en las estadísticas otras formas familiares. Los hogares nucleares sin hijos se incrementaron del 7,8% al 10,8%, los hogares unipersonales del 6,6% al 10,9%, así como aumentaron del 10,7% al 15,3% los hogares no familiares en general (unipersonales y sin núcleo conyugal). Resulta importante también señalar dos tendencias conectadas a nivel de la composición generacional: por una parte, el aumento de la proporción de hogares con adultos mayores, que en 1990 era 39,7% y en 2008 alcanza el 51,8%. Por otra parte, ha ocurrido un incremento en los hogares conformados por personas pertenecientes a un mismo tramo de edad, además del aumento de hogares que se encuentran en una etapa de salida del ciclo familiar y aquellos sin niños (Rico y Maldonado 2011).
26En cuanto a los niveles de fecundidad, la tasa global de la región ha experimentado un notorio descenso; en 1960 se estimaba en 5,98 hijos por mujer, mientras que para 2010 se estimó en 2,15 hijos. Se prevé que para 2025 continuará reduciéndose hasta cerca de 1,97. Ésta es una realidad que ha caracterizado a todos los países de América Latina, aunque a distintos ritmos (Cepal 2012). En la misma dirección, el tamaño promedio de los hogares latinoamericanos ha disminuido de manera continua, desde 4,4 integrantes en 1990 hasta 3,9 para 2008 (Rico y Maldonado 2011).
- 10 Los datos muestran que entre las décadas de 1970 y 2000 se produjo, por un lado, una intensificació (...)
27Igualmente, se han mostrado transformaciones a nivel de la nupcialidad del subcontinente. La información disponible sugiere que estaría emergiendo una reestructuración de los regímenes de nupcialidad latinoamericanos, principalmente en relación con el incremento de las uniones consensuales10 y prolongación del tiempo de soltería. No obstante, aún no es posible aseverar si la soltería más prolongada traerá como efecto una menor intensidad de la nupcialidad, o si la unión libre que tradicionalmente ha caracterizado las formas familiares latinoamericanas se verá reemplazada por una con mayor participación de cónyuges escolarizados y mujeres más empoderadas (Quilodrán 2011; Spijker, López y Esteve 2012).
- 11 Otra causa de esta incorporación que no se puede desconocer es el aumento en la formación educativa (...)
28Del mismo modo, un aspecto central por mencionar es la organización interna de las familias. En América Latina se ha observado un incremento de hogares biparentales en los cuales ambos cónyuges trabajan, lo que representaría un contraste con el sistema del varón proveedor, del salario familiar y la maternidad moral (Valdés 2007). En 2005 se observaba que el sistema familiar nuclear biparental de un solo proveedor debilitaba su presencia, constituyendo el 34% de las familias nucleares, un 24,6% del total de familias, así como un 20,9% del total de hogares (Arriagada 2007). Sin embargo, habría que recordar que en América Latina la creciente incorporación de la mujer al mercado laboral, que se observó en especial en las últimas décadas del siglo XX, es un fenómeno cuya principal causa, lejos de emancipadora, estuvo en el incremento de los niveles de desempleo y pobreza. Del mismo modo, las numerosas Encuestas de Uso del Tiempo (EUT) que se han aplicado a nivel nacional —Bolivia, Guatemala, Nicaragua, México, Chile, Honduras— muestran que la inserción de la mujer al mercado laboral no se ha traducido necesariamente en una distribución más equitativa de las tareas domésticas y de cuidado entre cónyuges (Cerrutti y Binstock 2011; García y De Oliveira 1994; Valdés 2007).11
29Si bien el panorama de las tendencias demográficas nos ayuda a vislumbrar algunas transformaciones familiares, cabe señalar que la información disponible presenta importantes sesgos en el rescate de la diversidad familiar. Una crítica general que se ha formulado a los cuestionarios censales es que existe poca precisión conceptual respecto a los límites de la familia; apareciendo “unidad doméstica”, “hogar” y “vivienda” como sinónimos del lugar en donde se ubica la familia. Esto ha producido confusiones en los conteos, llevando al hecho de que la comparación de datos censales entre países, y también a nivel sincrónico, sea poco confiable, especialmente en países con alta proporción de población rural e indígena, en donde lo que limita a un hogar es un uso compartido de los recursos, y no el vivir bajo un mismo techo. Por lo general, estas familias tienden a ser clasificadas como una serie de familias nucleares (Robichaux 2005).
30También se ha constatado una omisión del carácter multilocal que pueden poseer los hogares, siendo que la familia transnacional es considerada una de las instituciones más gravitantes en el funcionamiento de espacios sociales transnacionales y en la constitución de redes (Herrera 2001). Se trata de unidades familiares separadas por la distancia territorial una parte o la mayor parte del tiempo, que se ven sustentadas a través de un conjunto de intercambios materiales y simbólicos —económicos, sociales y demográficos— que garantizan su reproducción cotidiana en un sentido amplio (Bryceson y Vuorela 2002; Ojeda 2005). Tienden a ser confundidas con hogares monoparentales (femeninos o masculinos). De manera similar ocurre con casos de familias homoparentales, reconocidas parcialmente por los censos de población. Chile incluyó recién en su formulario censal de 2012 la situación de personas que viven con un cónyuge del mismo sexo, y Venezuela anuló en 2011 la regla de invalidación de hogares con cónyuges homosexuales. Una última omisión corresponde al caso de los hogares reconstituidos o familias ensambladas. Éstos se conforman a partir de dos o más familias previas, compartiendo hijos de uniones pasadas de uno o ambos miembros de la pareja conyugal. Llegan a confundirse con hogares biparentales nucleares, o bien se les interpreta como hogares extensos o no familiares.
- 12 El censo de 2012 en Chile presentó errores importantes en su procedimiento y representatividad, con (...)
31En relación con la región latinoamericana, Chile presenta diferencias y similitudes. El país exhibe en la actualidad una de las menores tasas de participación laboral femenina de América Latina. De acuerdo con datos de 2012,12 las mujeres aportan sólo el 35% a la fuerza de trabajo productivo del país. Ésta ha sido una característica histórica, como lo es también la baja proporción de uniones informales; si bien en la conformación de parejas las uniones consensuales han aumentado notoriamente en las últimas décadas, Chile sigue concentrando uno de los estándares más bajos: un 44,3% de los chilenos se declaran casados, mientras que un 16,2% de la población nacional mayor de 15 años señala estar conviviendo con otra persona (de éstas, 2.041.936 declaran convivir con una pareja de distinto sexo, y 34.447, con una del mismo sexo).
32En comparación con los resultados de 2002, los hogares han disminuido su tamaño, aspecto que concuerda con la baja experimentada en su tasa global de fecundidad, alcanzando en promedio los 3,28 integrantes por familia. La jefatura de éstos sigue siendo en su mayoría declarada como masculina: del total de jefes de hogar, 63,6% son hombres y 36,4% mujeres. Ello incluyendo los casos monoparentales, lo cual sugiere que la gran mayoría de hogares biparentales cuenta (aunque sea simbólicamente) con una jefatura masculina (INE 2013, en Cienfuegos 2014). Este dato no resulta del todo extraño; si bien en Chile se han constatado numerosas transformaciones en la familia —asociadas a legislaciones, derechos y políticas de salud y educación—, la representación moderno-industrial continuaría actuando como referente para las clases alta, media y baja. También lo seguiría siendo para los sectores urbanos y rurales, incluso en hogares de doble provisión (Valdés 2007).
33Asimismo, se observa que todos los estratos socioeconómicos de Chile reflejan, en general, una diversidad de formas de organización de sus hogares, pero en todos ellos, los hogares biparentales, en especial nucleares, aparecen como una proporción dominante. Por su parte, los hogares monoparentales están principalmente representados en el estrato bajo; los hogares unipersonales son una proporción relativamente elevada en el estrato alto y en el bajo, aun cuando se espera que sea menos probable la formación de hogares unipersonales en los estratos más bajos. En definitiva, en Chile aumentan en proporción otros estilos de vida, tales como el vivir solo, la convivencia, tener hijos a edades más avanzadas o vivir con una pareja del mismo sexo. Con respecto a la filiación y residencia, crecientemente los hijos dejan de vivir con ambos padres, y, por otra parte, dado que aumentan las familias recompuestas, el sistema de parentesco se vuelve más complejo, más allá de los lazos de consanguinidad (INE 2013). Con estos datos, aunque someros, podemos adelantar que en Chile la familia patriarcal convive con el modelo de familia industrial y con un patrón de cambio hacia una denominada “Segunda Transición Demográfica” (Lesthaeghe y Van de Kaa 1986).
34Llegado a este punto, se abre un debate en torno al cambio familiar. Si bien cabe suponer que las transformaciones descritas a nivel demográfico no necesariamente implican un quiebre radical respecto a los estándares familiares del pasado y a la política familiar del país, se puede pensar que muy probablemente muestran el inicio de un cambio social que se está construyendo en la vida cotidiana. Se trata, por lo tanto, de procesos que, de alguna u otra manera, deberían verse reflejados en el Derecho de familia. Y aquí conviene mirar retrospectivamente lo que ha sido y está siendo la legislación familiar en Chile.
35Como se dijo antes, la diversidad de familias en Chile es un hecho masivo y de antigua data que, sin embargo, se vio homogeneizado en el contexto del Estado de Bienestar de mediados del siglo XX, lo que selló un verdadero pacto institucional entre el Estado y las familias urbanas de clase media y popular (Güell 1999). En esta interpretación de familia, la mayoría de las mujeres se dedicaba a las funciones domésticas privadas, la educación de los hijos y el mantenimiento del hogar, en tanto que sus cónyuges varones percibían un salario para la manutención del núcleo familiar. La figura del padre proveedor y responsable de su familia se vio también respaldada por los sindicatos de la época, que legitimaron el modelo de familia proclamado por los médicos higienistas desde inicios de la década de 1920 para mitigar la abultada mortalidad infantil y la insalubridad en que vivían las clases populares. Si bien el Código Civil había establecido como norma que la familia se fundaba en el matrimonio indisoluble, durante el siglo XIX, entre un tercio y la cuarta parte de los niños nacían fuera de éste, proporción que aumentaba hasta llegar a la mitad de los llamados “hijos ilegítimos” en localidades rurales. En 1900, en Chile aproximadamente uno de cada tres niños era ilegítimo, lo que generó que una importante fracción de la población se viera excluida de la política social, al no ser considerada como familia; las políticas impedían, por ejemplo, el acceso a la vivienda social a quienes no contaran con una “Libreta de Familia” (Valdés 2007; Valdés, Castelain-Meunier y Palacios 2006).
- 13 Cabe considerar como antesala el bajo nivel de urbanización, la baja presencia del Registro Civil e (...)
36Entre 1924 y 1973 fue puesto en marcha un conjunto de políticas y medidas administrativas tendientes a formalizar las uniones hacia matrimonios. Estas políticas se llevaron a efecto mediante leyes que promovieron el matrimonio, a cambio de la percepción de beneficios familiares. También, en 1953 se universalizó la legislación laboral para los trabajadores industriales y agrícolas y los empleados, bajo el principio de “salario familiar y maternidad moral”, creando dispositivos económicos para que el trabajador hombre percibiera asignaciones familiares. En términos de nupcialidad, cabe decir que, en sus primeros años, la Ley de Matrimonio Civil (1884) no vino a favorecer el aumento de uniones como se tenía previsto, y se registraron bajas en un tercio hasta inicios del siglo XX.13 En 1900, la tasa de nupcialidad comenzó un aumento sostenido hasta los años treinta (9,1), luego se mantiene estable entre los años cincuenta y noventa (7) y cae drásticamente (4,4) hacia 2000 (Valdés 2007).
37Otros cambios demográficos fueron evidenciándose en Chile a partir de la década de 1980; entre ellos cuentan el aumento de los hijos nacidos fuera del matrimonio, el aumento en la edad de conformación de las uniones, la disminución de la natalidad y de la nupcialidad, así como el aumento de las familias monoparentales y matricentradas. Sin embargo, el sistema jurídico y el contexto político dictatorial hicieron caso omiso de estos cambios, los cuales recién comenzaron a implementarse con el retorno a la democracia, en 1992. A partir de esta fecha, las principales reformas en materia de legislación familiar fueron, en orden cronológico: la Ley
de Participación en las Gananciales (1994), que logra establecer un régimen de paridad patrimonial entre los cónyuges; la Ley de Violencia Intrafamiliar (1994); la Nueva Ley de Filiación (1998), que iguala los derechos de los hijos nacidos dentro y fuera del matrimonio, eliminando la noción de ilegitimidad; la Nueva Ley de Familia (2004), que establece el divorcio vincular, y la Nueva Ley de violencia intra-familiar (2005), que penaliza la violencia doméstica, llevando las agresiones psicológicas reiteradas y las agresiones de carácter grave a la calidad de delito.
- 14 Solicitud que se hace al juez para que defina quién se hará cargo del cuidado y/o de los bienes de (...)
- 15 Derechos y deberes que el padre y/o la madre tienen sobre los bienes de sus hijos menores de edad.
38En 2006 ocurrieron otras importantes reformas legislativas, como es el caso de la protección a la maternidad, el resguardo del hogar familiar en caso de separación, la regulación y exigibilidad de las pensiones alimenticias, el mantenimiento de las niñas embarazadas en el sistema escolar, el permiso postnatal al padre, así como la píldora del día después. Igualmente, con el objetivo de modernizar la administración de justicia en temas de familia, en 2005 fueron creados los Tribunales de Familia (Ley N° 19.968), cuya competencia incluye los temas de adopción, autorización de salida de menores del país, autorizaciones judiciales a propósito de la sociedad conyugal, bienes familiares, cuidado personal (o tuición) de los hijos, declaraciones de interdicción cuando una persona está incapacitada para administrar sus bienes, derecho y deber de mantener una relación directa y regular con los hijos (visitas), disenso para contraer matrimonio, divorcio, filiación (o determinación de paternidad o maternidad), guardas,14 hechos punibles o faltas imputables a menores de edad, maltrato de niños o niñas, medidas de protección de niños, niñas y adolescentes en caso de maltrato, abuso o abandono, nulidad del matrimonio, patria potestad,15 pensión de alimentos, separación de bienes en el matrimonio, separación judicial y violencia intrafamiliar.
39En la actualidad, varios temas familiares se han incorporado a la discusión legislativa; entre ellos destacan el Proyecto de Ley de Despenalización del Aborto e Interrupción legal del embarazo por razones terapéuticas (en tramitación), así como la promulgación de un Acuerdo de Unión Civil (vigente desde el 30 de enero de 2015) y las reformas a la Ley de Adopción (aún pendientes). Como ha sido de público conocimiento, todos estos tópicos han desatado gran revuelo mediático y académico, por cuanto constituyen controversias legislativas y morales (Boltanski y Thévenot 1999) no resueltas en Chile. Se vive una verdadera efervescencia social producto de la distinta cotidianidad de las chilenas y los chilenos —y lo ha sido por largo tiempo— en relación con lo que retratan el Derecho y las instituciones sociales. De alguna manera, es lo que ha pasado durante toda la historia de ese país.
40Todavía, merece la pena reflexionar sobre algunos ejemplos concretos (y públicos) de diversidad familiar y su relación con los estereotipos. El primero es el caso de Alexis Castillo, el joven de la ciudad chilena de Rancagua perteneciente a un hogar homoparental femenino, que obtuvo puntaje nacional en la prueba de selección universitaria en 2014. Su situación, extensamente mencionada por los medios, vino a derribar los mitos instaurados sobre este tipo de familia, a la cual tienden a asociarse el bajo rendimiento escolar y otras patologías sociales como pueden ser el embarazo adolescente y la delincuencia juvenil. Cabe recordar que las familias homoparentales mostraron años atrás su indignación a propósito del caso de la jueza Karen Atala, que en 1998 denunció ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos al Estado chileno por quitarle la tutela de sus , debido a su orientación sexual; por primera vez se ponían de manifiesto la realidad y los temores de las familias alternativas en Chile frente a un sistema legal y judicial que no las representaba. Varios ejemplos más figuran en el trabajo audiovisual Sin derecho a ser familia, donde los periodistas Joakín Marchant y Álvaro Agüero (2013) han mostrado el dilema de las familias alternativas en el país. En la cinta documental, Aurora y Pilar solicitan la posibilidad de heredar bienes de sus parejas; César y Hans demandan al Estado de Chile para casarse, así como Claudia y Claudia reclaman el derecho a la adopción de su hija. Lejos de ser casos anómalos, estas realidades se nos presentan día a día y nos muestran, además, varios problemas cotidianos que tienen en sus vidas y merecen ser reconocidos. Por último, hay que mencionar las declaraciones que en 2014 dio el concejal Christian Loyola (ex-UDI) sobre su homosexualidad, convirtiéndose en el primer político de derecha que hace pública una orientación sexual alternativa. Si bien no alude directamente a un tipo de familia, el testimonio rompe el tabú de la homosexualidad en los sectores más conservadores de Chile.
- 16 Entre éstas se incluyen las negociaciones en torno a pensiones alimenticias, visitas parentales y c (...)
41Y si profundizamos en la diversidad familiar, nos daremos cuenta de que la carencia de representatividad no sólo acontece en familias homoparentales. Muchas familias compuestas por padres y madres unidos conyugalmente también se ven enfrentadas a serias trabas —monetarias, morales y legales— al formalizar su separación,16 contraer segundas o terceras nupcias, arreglar temas de herencia. Asimismo, las familias que emergen de los divorcios (recompuestas), familias de tipo monoparental o transnacional, suelen realizar ajustes cotidianos para lograr responder, aunque sea parcialmente, a las exigencias que socialmente se les asignan.
42En definitiva, si bien es cierto que en Chile siempre ha existido una versatilidad familiar no reconocida, es asimismo cierto que en la actualidad esta variedad de arreglos familiares se vuelve cada vez más palpable, tanto así que podríamos llegar a entenderla como una consecuencia tardía de la transición política (postdictatorial) del país; sólo desde hace un par de décadas comenzó a manifestarse una metamorfosis de la vida privada, en la cual categorías como “salario familiar” y “maternidad moral” se veían cuestionadas (Valdés 2007).
43Así, en medio de esta diversidad cabe enfatizar que la institución familiar no está siendo amenazada por sus (nuevas) dinámicas; más bien, éstas develarían que existen muchas alternativas familiares, a pesar de que por largo tiempo nos hemos guiado normativamente por unas pocas. Teniendo conciencia de estos vacíos, se vuelve necesario, por lo tanto, ampliar la interpretación de familia hacia otros procesos y experiencias que coexisten con las imágenes oficiales. Si bien no es el objetivo de este artículo “cubrir” la diversidad familiar que se ha insinuado, se puede señalar con propiedad que existe una notoria brecha, por un lado, entre las definiciones de familia que promueve el Derecho a modo de ideal normativo y, por el otro, sus formas concretas. Esta brecha es rastreable al considerar ejemplos concretos retratados por los medios de comunicación, estadísticas de familia, tendencias internacionales en legislación familiar, así como la trayectoria que ha tenido el debate jurídico en Chile. En consecuencia, este panorama nos habla de desiguales condiciones de las familias ante la ley; unas se encuentran incluidas en las estadísticas y leyes, mientras que otras son relegadas a rótulos de “familias anómalas” —hasta hace poco ilegítimas—, o simplemente inexistentes como familias.
44La variedad de la familia en Chile, entonces, necesita ser visibilizada. En sintonía, hay que recordar que a nivel nacional quedan varios temas pendientes en cuanto a leyes y derechos familiares, entre ellos el matrimonio homosexual, la adopción de hijos en caso de familias homoparentales o en unión consensual, el derecho a la planificación familiar mediante fertilización asistida y control de la fertilidad basado en el derecho al aborto.
45En conclusión, la confrontación de contenidos entre la definición legal, los datos demográficos y las falencias de medición estadística en censos poblacionales y grandes encuestas que se han sugerido, nos permite vislumbrar la existencia de una brecha entre las definiciones normativas y las prácticas familiares concretas, que se daría tanto en el caso de Chile como en América Latina. El énfasis de la discusión, no obstante, se ha hecho en el caso chileno.
- 17 Hay que mencionar que en términos de leyes en violencia intrafamiliar, Chile operó en relativa sint (...)
- 18 A modo de ejemplo, tomando el caso de las políticas públicas, hasta julio de 2015, el sistema nacio (...)
46Si bien esta distancia entre la normatividad y la práctica familiar parece obvia, en el caso de Chile, el tiempo que el Derecho ha tomado para hacer eco de las dinámicas sociales que representa ha sido notoriamente elevado en relación con la legislación mundial y la de varios países de América Latina.17 Basta recordar las demoras que tuvieron para su tramitación las leyes de filiación y divorcio en el país, sin mencionar el tema del aborto, en discusión irresoluta desde 1991. El problema, entonces, consiste en una incapacidad del Derecho (más precisamente, de la legislación de derechos en materia familiar y de su aplicabilidad) para operar vis-à-vis con la contingencia social y diversidad familiar. Hecho que, al menos en el corto plazo, relega varias realidades familiares hacia los márgenes de la ley.18
47En resumidas cuentas, la hipótesis de una desigualdad ante la ley se expresaría en dos niveles: primero, una desigualdad entre la representación de familia que figura en el derecho y las formas familiares concretas, mientras que en un segundo nivel queda la consecuencia inmediata de la primera brecha, que muchas familias de facto no son consideradas como tales, lo que ocasiona problemas concretos en su vida cotidiana, que van desde el acceso a derechos a contraer matrimonio hasta problemas de herencia o muy bajas posibilidades para la adopción de hijos no biológicos, dado un orden de prelación heteronormativo y basado en el matrimonio civil.