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Reseñas

María Dolores Álamo Martell, El regente de la Real Audiencia de Canarias (siglos XVI-XVIII)

Mercurio Editorial, Rivas-Vaciamadrid, Madrid, 2015, 285 p.
Belinda Rodríguez Arrocha
Referencia(s):

María Dolores Álamo Martell, El regente de la Real Audiencia de Canarias (siglos XVI-XVIII). Mercurio Editorial, Rivas-Vaciamadrid, Madrid, 2015, 285 p.

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  • 1 Álamo Martell, María Dolores, El capitán general de Canarias en el siglo XVIII, Universidad de Las (...)
  • 2 Álamo Martell, María Dolores, “El juicio de residencia a José Martínez de Salazar, gobernador, capi (...)
  • 3 Álamo Martell, María Dolores, “Los comandantes generales de Canarias y sus conflictos jurisdicciona (...)
  • 4 Álamo Martell, Maríd Dolores, “Los orígenes de la inviolabilidad e inmunidad parlamentarias (1810-1 (...)
  • 5 Aranda Mendíaz, Manuel & Galván Rodríguez, Eduardo & Álamo Martell, María Dolores, Canarias, una hi (...)

1La monografía que hoy es objeto de nuestra reseña está vertebrada en torno al profundo estudio de la regencia de la Real Audiencia de las islas Canarias (España) durante el Antiguo Régimen. Su autora, la doctora María Dolores Álamo, es profesora titular de Historia del Derecho y de las Instituciones en la Facultad de Ciencias Jurídicas de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria (ULPGC). Sus principales líneas de investigación son la Historia Jurídica Militar y la Administración de Justicia en el Estado Moderno. Ha sido profesora visitante en el Centro di studi per la storia del pensiero giuridico moderno de Florencia bajo la dirección del profesor Paolo Grossi. Entre sus publicaciones destacan la monografía El capitán general de Canarias en el siglo XVIII1 y los artículos “El juicio de residencia a José Martínez de Carvajal, gobernador, capitán general y presidente de la Real Audiencia de Buenos Aires (1673-1674)”2, “Los comandantes generales de Canarias y sus conflictos jurisdiccionales en el siglo XVIII”3 y “Los orígenes de la inviolabilidad e inmunidad parlamentarias (1810-1837)”4. Además ha publicado, en coautoría, el libro Canarias, una historia administrativa5.

2A lo largo de su trayectoria investigadora, la profesora Álamo ha realizado consultas en la British Library, el Max-Planck-Institut für europäische Rechtsgeschichte y en el Archivo Ducal de Medinaceli. En la actualidad es miembro del International Research Groupfor Conflict, Borderlands and Minorities (IRG-CMB), dependiente de la Asociación Veritas para el Estudio de la Historia, el Derecho y las Instituciones e integrado por investigadores de universidades e instituciones de Bélgica, Dinamarca, España, Estados Unidos de América, Hungría, Irlanda, Italia, Polonia, Reino Unido y Ucrania.

3El prólogo del libro ha sido redactado por don José Mateo Díaz, último presidente de la Audiencia Territorial de Canarias y primer presidente del Tribunal Superior de Justicia de Canarias –la denominación de “audiencia territorial” desapareció tras la configuración de los tribunales superiores de justicia en las Comunidades Autónomas españolas. Entre otros aspectos, subraya la significación de las reales audiencias en la historia institucional castellana y la necesidad de haber implantado una audiencia en la ciudad de Las Palmas de Gran Canaria del siglo XVI, tan distante por entonces del continente europeo.

  • 6 Barrios, Feliciano (coord.), El gobierno de un mundo. Virreinatos y Audiencias en la América hispán (...)
  • 7 Entre otros artículos, véase La Rosa Olivera, Leopoldo de, “La Real Audiencia de Canarias: notas pa (...)
  • 8 Rodríguez Segura, Juan Alberto, La Real Audiencia de Canarias en el siglo XVI: libro II de acuerdos(...)
  • 9 Santana Rodríguez, Aurelio Bernardino, La Real Audiencia de Canarias (1526-1835), tesis de doctorad (...)

4La trascendencia de las reales audiencias en el gobierno y la actividad judicial de los territorios de la Monarquía hispánica ha sido puesta de relieve por varios autores en lo que respecta al vasto espacio indiano, como podemos observar, por ejemplo, en la señera obra colectiva El gobierno de un mundo, coordinada por el doctor Barrios6. En relación a la Real Audiencia canaria –creada en virtud de la real cédula de 7 de diciembre de 1526−, cabe señalar que fue objeto de estudio durante las décadas centrales del siglo XX, como prueban los trabajos publicados por el profesor de la Rosa7. Iniciada la presente centuria, nuevas pesquisas y transcripciones documentales han permitido la profundización en la cotidianeidad de este tribunal durante la temprana Edad Moderna. Destaca, en este sentido, la edición de su Libro II de Acuerdos por parte del profesor Rodríguez Segura8. Por fortuna, en la actualidad tenemos acceso al estudio definitivo de la mencionada audiencia, puesto que ha sido el objeto de la tesis doctoral del profesor Aurelio Santana −dirigida por la catedrática María del Carmen Sevilla González en la Universidad de La Laguna (islas Canarias)9.

5Tras una introducción, en la que la doctora Álamo expone los objetivos y principales fuentes que sustentan su disertación, encontramos dos amplias secciones temáticas. La primera de ellas contempla el recorrido institucional y jurídico de la Regencia de Canarias y está estructurada en tres capítulos. El primero de ellos es una oportuna síntesis sobre las causas de la creación de la Real Audiencia de Canarias, sus competencias judiciales y gubernativas, su composición y su sede física e institucional. El segundo está dedicado a la Regencia canaria en el período de los Austrias y el tercero, al mismo cargo judicial en la etapa borbónica. En sus páginas aborda, en lo que respecta a la primera época citada, la instauración de la Regencia en 1566, su supresión entre los años 1589-1594, su restablecimiento y vigencia en el período 1594-1629, la visita practicada en 1609 y su nueva supresión. Tras el advenimiento de la nueva dinastía tiene lugar la reinstauración de la regencia y su coexistencia con la figura del comandante general, máximo representante del poder real en las islas Canarias. La profesora Álamo expone el traslado y residencia permanente de los comandantes generales en la isla de Tenerife, pese a que la sede física de la Real Audiencia estaba ubicada en la ciudad de Las Palmas −en la isla vecina de Gran Canaria. Amén de otra trascendente visita al tribunal, la autora destaca el contenido de la real cédula de 1718, la coexistencia no siempre pacífica de los regentes y de los comandantes generales, así como la exposición de sus competencias. En esta línea, la autora subraya la diferenciación entre la formación letrada de los primeros y la esencialmente militar de los segundos. Estos últimos ostentaron una posición gubernativa fundamental en las islas Canarias debido sobre todo a la vulnerabilidad del territorio insular frente a los ataques de los piratas, corsarios y embarcaciones de potencias enemigas en ciertas coyunturas históricas.

6La segunda sección del libro está dedicada al cursus honorum de los regentes de la Real Audiencia canaria. A lo largo de sus epígrafes, la autora analiza los aspectos siguientes: su procedencia, los criterios de selección, el procedimiento del nombramiento de los regentes, las consultas de la Cámara de Castilla, los reales decretos y la vía reservada, los informes reservados sobre los aspirantes, los mecanismos de designación, los aspectos formales del nombramiento –como el juramento y la toma de posesión–, el salario y duración del oficio, la formación profesional y la carrera togada de los aspirantes en las dos susodichas etapas históricas, los casos de regentes que lograron ingresar con posterioridad en los Consejos, y, finalmente, los supuestos de renuncias a la Regencia. La autora aborda también las plazas que habían ocupado estos jueces antes de ser designados para su desempeño profesional en la audiencia insular, así como su ascenso a tribunales reales de mayor importancia, como ciertas Reales Audiencias peninsulares, las Chancillerías y las Secretarías.

  • 10 Barrientos, Javier, Guía prosopográfica de la judicatura letrada indiana (1503-1898), Fundación His (...)

7En lo que concierne a las anteriores pesquisas sobre el iter profesional de los jueces que desempeñaron sus funciones en los Consejos de la Monarquía y en las audiencias americanas, debemos mencionar, por ejemplo, la valiosa Guía prosopográfica publicada por el doctor Barrientos. Sus páginas muestran precisamente, por una parte, las estrategias de movilidad seguidas por los togados peninsulares y por algunos naturales canarios, destinadas a su ascenso y a la consolidación de su prestigio profesional y social. Por otra parte, el desempeño de la actividad judicial como oidor, o incluso como regente, en el tribunal isleño constituiría tan sólo una etapa inicial o intermedia en la carrera del hombre instruido en los estudios jurídicos10.

  • 11 Sobre todo, Fayard, Janine, Los miembros del Consejo de Castilla (1621-1746), Siglo XXI, Madrid, 19 (...)
  • 12 Por ejemplo, Molas Ribalta, Pere, Los magistrados de la Ilustración, Centro de Estudios Políticos y (...)
  • 13 Castro, Concepción de, El Consejo de Castilla en la historia de España (1621-1760), Centro de Estud (...)
  • 14 Garriga, Carlos A., La Audiencia y las Chancillerías castellanas (1371-1525): Historia política, ré (...)
  • 15 Gan Giménez, Pedro, La Real Chancillería de Granada (1505-1834), Centro de Estudios Históricos de G (...)
  • 16 Ruiz Rodríguez, Antonio, La Real Chancillería de Granada en el siglo XVI, Diputación Provincial de (...)
  • 17 Marina Barba, Jesús, Justicia y gobierno en España en el siglo XVIII: el compendio del territorio d (...)
  • 18 Gómez González, Inés, La justicia, el gobierno y sus hacedores: la Real Chancillería de Granada en (...)

8Con respecto a la literatura académica relativa a los Consejos en el sistema polisinodial hispano, la profesora Álamo recurre a obras de ineludible consulta, como los más prestigiosos trabajos de Fayard11 y de Molas Ribalta12, entre otros. Debemos tener en cuenta también que el Consejo de Castilla ha sido objeto de otras monografías, como la publicada recientemente por la doctora Concepción de Castro13. Entre las referencias bibliográficas presentes en El regente de la Real Audiencia de Canarias, destacan trabajos que son a todas luces necesarios para comprender la significación política y jurídica de las audiencias españolas en el tránsito del Medievo a la temprana Edad Moderna, como la monografía del doctor Garriga14. En relación a la Chancillería de Granada, la autora ha escogido también los estudios de los doctores Gan15 y Ruiz Rodríguez16, entre otros. Por nuestra parte, en lo que atañe a este importante tribunal del sur peninsular, no podemos dejar de mencionar el trabajo del doctor Marina17, así como la destacada y reciente monografía de la doctora Inés Gómez18.

  • 19 Kagan, Richard L., Lawsuits and Litigants in Castile: 1500-1700, The University of North Carolina P (...)
  • 20 Kagan, Richard L., Pleitos y pleiteantes en Castilla. 1500-1700, Junta de Castilla y León, Valladol (...)
  • 21 Soterraña Martín Postigo, María de la, Los presidentes de la Real Chancillería de Valladolid, Insti (...)

9Sin lugar a dudas, una interesante obra que posibilitó la divulgación de la composición y funcionamiento de la Chancillería de Valladolid, así como de los condicionamientos sociales que incidían en su actividad, fue Lawsuits and Litigants in Castile del doctor Kagan19, cuya traducción al español fue preparada por la profesora Margarita Moreno20. La doctora Álamo incluye pertinentes referencias a estudios de necesaria consulta sobre este reputado tribunal castellano, como el efectuado por la doctora Martín Postigo21.

  • 22 Fernández Vega, Laura, La Real Audiencia de Galicia, órgano de gobierno en el Antiguo Régimen (1480 (...)

10Al mismo tiempo, la autora de la monografía pone de relieve las similitudes existentes entre la Real Audiencia de Galicia y la canaria. En este sentido, una fuente bibliográfica presente en su disertación es la destacada y extensa tesis doctoral que preparó Laura Fernández sobre el tribunal gallego22.

  • 23 Roldán Verdejo, Roberto, Los Jueces de la Monarquía Absoluta. Su estatuto y actividad judicial. Cor (...)
  • 24 Giménez López, Enrique, “Los regentes de la Audiencia borbónica de Canarias. Retrato de familia” en (...)

11En el libro de la profesora Álamo detectamos también el uso adecuado de dos trabajos que son imprescindibles para conocer la regulación de la actividad judicial en el Antiguo Régimen hispánico y el perfil profesional de los regentes del estudiado tribunal insular: Los jueces de la Monarquía absoluta del doctor Roldán23 y el artículo “Los Regentes de la Audiencia borbónica de Canarias” del doctor Giménez López24, respectivamente. El manejo de la literatura académica es conciliado por la autora con la consulta de algunas fuentes impresas relativas al modelo ideal de juez y a la historia de la reputada Universidad de Salamanca, alma mater de varios regentes de la audiencia canaria. Mencionemos la ampliamente difundida Política para corregidores de Castillo de Bovadilla, El corregidor perfecto de Guardiola y Sáez o la Historia del Colegio Viejo de San Bartolomé de Roxas y Contreras. Sin embargo, consideramos que la trascendencia científica del libro de la profesora Álamo deriva fundamentalmente de su cuidadoso examen e interpretación de la documentación archivística, procedente de los siguientes archivos españoles: el Archivo Histórico Nacional, el Archivo General de Simancas, el Archivo General de Indias, el Archivo de la Real Chancillería de Valladolid, el Archivo General Militar de Segovia, el Archivo Histórico Provincial de Las Palmas, el Archivo del Museo Canario, el Archivo Municipal de La Laguna (Tenerife, Islas Canarias), la Biblioteca Nacional de España y la Biblioteca Histórica de Santa Cruz de la Universidad de Valladolid.

12Merced a estas consultas, la monografía incluye un valioso apéndice documental conformado por una lista con la procedencia geográfica de los regentes, otra con sus nombres, fechas de las consultas de la Cámara de Castilla y reales decretos relativos a las propuestas de designación, algunos títulos de nombramiento de regente de los siglos XVII y XVIII, las consultas de la Cámara de Castilla del siglo XVII, una selección de resúmenes o “apuntamientos” que formalizaba el oficial de la Secretaría de Gracia y Justicia sobre las consultas de la Cámara de Castilla en el siglo XVIII, informes reservados y relaciones de méritos de los individuos propuestos para la regencia en la misma centuria, así como una tabla con el cursus honorum de los regentes. En virtud del contenido de esta última, podemos afirmar que varios lograron acceder a posteriori a tribunales de mayor importancia que la Audiencia canaria, como la citada Chancillería de Granada, el Consejo de Navarra, la Audiencia de Cataluña y, finalmente, el Consejo de Castilla.

13A modo de conclusión podemos afirmar que El regente de la Real Audiencia de Canarias es una importante contribución relativa al itinerario profesional que seguían los togados españoles antes de ingresar en los Consejos o en las Chancillerías. A todas luces, la regencia del superior tribunal canario no constituía una posición codiciada o aspiración preferente de los letrados. No obstante, solía ser aceptada en cuanto conllevaba la consolidación de la trayectoria judicial de su titular y el posterior ascenso a una plaza de mayor importancia. Al mismo tiempo, la monografía de la doctora Álamo constituye una valiosa aportación a la historia judicial de un enclave periférico en la Monarquía hispánica: las islas Canarias, punto atlántico de encrucijada entre los continentes africano, americano y europeo, así como escenario de implantación de las instituciones seculares y religiosas tras su plena incorporación a la Corona de Castilla en las postrimerías del siglo XV. Sus páginas nos proporcionan interesantes datos relativos a la conflictividad planteada, por una parte, entre los miembros de la real audiencia canaria con los representantes de otras jurisdicciones, y, por otra, en el seno del propio tribunal analizado. En todo caso, la consolidación de una serie de medidas de índole protocolaria permitiría solventar los desencuentros suscitados con motivo de ciertos actos públicos y religiosos; fricciones ampliamente conocidas en lo que concierne a las sociedades del ámbito católico de la temprana Edad Moderna.

14El conocimiento exhaustivo de la actividad judicial del archipiélago en los siglos XVI-XVIII precisa, en todo caso, de nuevas investigaciones −bien desde la perspectiva de la Historia del Derecho, o bien desde la óptica de la Historia Social y de la Historia de Género−, que aborden cuestiones como la posición de las mujeres en calidad de querellantes y testigos en el siglo XVII, la formación teórica y práctica de los abogados y procuradores en la esfera local y las cuestiones competenciales entre los representantes de la jurisdicción eclesiástica ordinaria y los de la jurisdicción real.

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Notas

1 Álamo Martell, María Dolores, El capitán general de Canarias en el siglo XVIII, Universidad de Las Palmas de Gran Canaria, Las Palmas de Gran Canaria, 2000.

2 Álamo Martell, María Dolores, “El juicio de residencia a José Martínez de Salazar, gobernador, capitán general y presidente de la Real Audiencia de Buenos Aires (1673-1674)”, Anuario de historia del derecho español, Madrid, n°85, 2015, p. 69-117.

3 Álamo Martell, María Dolores, “Los comandantes generales de Canarias y sus conflictos jurisdiccionales en el siglo XVIII”, Revista de la Inquisición: intolerancia y derechos humanos, Madrid, n°18, 2014, p. 113-127.

4 Álamo Martell, Maríd Dolores, “Los orígenes de la inviolabilidad e inmunidad parlamentarias (1810-1837)”, Anuario de historia del derecho español, Madrid, n°84, 2014, p. 201-260.

5 Aranda Mendíaz, Manuel & Galván Rodríguez, Eduardo & Álamo Martell, María Dolores, Canarias, una historia administrativa, Centro de Estudios Políticos y Constitucionales, Madrid, 2000.

6 Barrios, Feliciano (coord.), El gobierno de un mundo. Virreinatos y Audiencias en la América hispánica, Universidad de Castilla-La Mancha, Cuenca, 2004.

7 Entre otros artículos, véase La Rosa Olivera, Leopoldo de, “La Real Audiencia de Canarias: notas para su historia”, Anuario de Estudios Atlánticos, Las Palmas de Gran Canaria, n°3, 1957, p. 91-161.

8 Rodríguez Segura, Juan Alberto, La Real Audiencia de Canarias en el siglo XVI: libro II de acuerdos, Cabildo de Gran Canaria, Universidad de Las Palmas de Gran Canaria, Las Palmas, 2001.

9 Santana Rodríguez, Aurelio Bernardino, La Real Audiencia de Canarias (1526-1835), tesis de doctorado en Derecho, Universidad de La Laguna, San Cristóbal de La Laguna, España, 2016.

10 Barrientos, Javier, Guía prosopográfica de la judicatura letrada indiana (1503-1898), Fundación Histórica Tavera, Madrid, 2000.

11 Sobre todo, Fayard, Janine, Los miembros del Consejo de Castilla (1621-1746), Siglo XXI, Madrid, 1982. La traducción al español fue efectuada por doña Rufina Rodríguez Sanz.

12 Por ejemplo, Molas Ribalta, Pere, Los magistrados de la Ilustración, Centro de Estudios Políticos y Constitucionales, Madrid, 2000.

13 Castro, Concepción de, El Consejo de Castilla en la historia de España (1621-1760), Centro de Estudios Políticos y Constitucionales, Madrid, 2015.

14 Garriga, Carlos A., La Audiencia y las Chancillerías castellanas (1371-1525): Historia política, régimen jurídico y práctica institucional, Centro de Estudios Constitucionales, Madrid, 1994.

15 Gan Giménez, Pedro, La Real Chancillería de Granada (1505-1834), Centro de Estudios Históricos de Granada y su Reino, Granada, 1988.

16 Ruiz Rodríguez, Antonio, La Real Chancillería de Granada en el siglo XVI, Diputación Provincial de Granada, Granada, 1987.

17 Marina Barba, Jesús, Justicia y gobierno en España en el siglo XVIII: el compendio del territorio de la Chancillería de Granada, Universidad de Granada, Granada, 1995.

18 Gómez González, Inés, La justicia, el gobierno y sus hacedores: la Real Chancillería de Granada en el Antiguo Régimen, Comares, Granada, 2003.

19 Kagan, Richard L., Lawsuits and Litigants in Castile: 1500-1700, The University of North Carolina Press, Chapel Hill, 1981.

20 Kagan, Richard L., Pleitos y pleiteantes en Castilla. 1500-1700, Junta de Castilla y León, Valladolid, 1991.

21 Soterraña Martín Postigo, María de la, Los presidentes de la Real Chancillería de Valladolid, Institución Cultural Simancas, Valladolid, 1982.

22 Fernández Vega, Laura, La Real Audiencia de Galicia, órgano de gobierno en el Antiguo Régimen (1480-1808), Diputación Provincial de La Coruña, La Coruña, 1982, 3 volúmenes.

23 Roldán Verdejo, Roberto, Los Jueces de la Monarquía Absoluta. Su estatuto y actividad judicial. Corona de Castilla, siglos XIV-XVIII, Universidad de La Laguna, San Cristóbal de La Laguna, 1989.

24 Giménez López, Enrique, “Los regentes de la Audiencia borbónica de Canarias. Retrato de familia” en Morales Padrón, Francisco (coord.), XIV Coloquio de Historia Canario-Americana (2000), Casa de Colón-Cabildo de Gran Canaria, Las Palmas, 2008, p. 2092-2112.

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Para citar este artículo

Referencia electrónica

Belinda Rodríguez Arrocha, « María Dolores Álamo Martell, El regente de la Real Audiencia de Canarias (siglos XVI-XVIII) », Revista Historia y Justicia [En línea], 11 | 2018, Publicado el 18 octubre 2018, consultado el 16 abril 2024. URL : http://journals.openedition.org/rhj/3183 ; DOI : https://doi.org/10.4000/rhj.3183

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Autor

Belinda Rodríguez Arrocha

Doctora en Derecho (área de Historia del Derecho y de las Instituciones), Universidad de La Laguna, España. Profesora ayudante doctora acreditada, Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación, España. Profesora tutora de Derecho Eclesiástico del Estado, Centro Asociado de Lanzarote e Instituto de Estudios Canarios, CECEL-CSIC. Miembro de número de la Sección de Historia del Instituto de Estudios Canarios. Investigadora becaria de la Fundación Francisco Ayala, Granada, España. belindarodrguez[at]gmail.com

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