Navegación – Mapa del sitio

InicioNuméros15Dossier "Inquisiciones, justicia ...Reincidencias, destierros y azote...

Dossier "Inquisiciones, justicia y cotidianidades en el Antiguo Régimen. Discursos, métodos y aplicaciones"

Reincidencias, destierros y azotes. Félix Canelas, “El Ayanque” frente al Santo Oficio de Lima, siglo XVIII

Recidivism, Banishment, and Lashing. Félix Canelas, a.k.a. “El Ayanque” in front of the Holy Office of Lima, 18th Century
Récidive, bannissement et fouet. Félix Canelas, a.k.a. “El Ayanque” face au Saint Office de Lima, 18e siècle
Natalia Urra Jaque

Resúmenes

A través del siguiente artículo reconstruiremos y analizaremos los procesos inquisitoriales contra Félix Canelas “El Ayanque”. Un mulato libre condenado en varias oportunidades por el Santo Oficio de Lima. Entre los años 1700 y 1737, Félix o Feliciano, enfrentó a la Justicia Inquisitorial en tres ocasiones, incluso sufrió los azotes y los destierros ya que no se ajustó a lo dictaminado por su primera sentencia, pues reincidió en prácticas y acciones heterodoxas. Acusado de realizar hechizos, conjuros y ungüentos amatorios, los tres expedientes y procesos detallan las cotidianidades y vivencias personales de un hombre, cuya fama y prestigio en las artes supersticiosas, fueron indisolubles pese a la distancia, el tiempo, el desarraigo y el control inquisitorial.

Inicio de página

Notas de la redacción

Recibido : 15 de mayo de 2020 / Aceptado: 07 de octubre de 2020

Texto completo

Introducción

  • 1 Benassar, Bartolomé, Inquisición española: Poder político y control social, Editorial Crítica, Barc (...)

1En 1981, Bartolomé Bennasar afirmó que el Santo Oficio fascinaba a muchos de sus contemporáneos, pues al igual que el crimen, la Inquisición evocaba a los Estados totalitarios, cuyas ideologías se imponían a los sujetos desde las infancias. Cualquier expresión disidente significaba represión, marginación y aislamiento. Sin embargo, la Inquisición fue mucho más que eso, su rol político la colocó como uno de los grandes instrumentos de control social al servicio de la monarquía católica. Su dominio absoluto sobre el territorio iberoamericano garantizó una presión psicológica mucho más eficaz que la tortura. El vínculo con el Estado monárquico y, a su vez, la ocupación de los espacios junto a sus huellas en los espíritus y corazones provocó un juego de denuncias y confesiones sin paralelismo en la historia1.

  • 2 Escandell, Bartolomé, “La Inquisición como dispositivo de control social y la pervivencia actual de (...)

2Basada en una serie de dispositivos normativos, cuya estructura básica respondía a un sistema de control social, la Inquisición sancionaba las desviaciones o conductas no ajustadas a las normas. Sin embargo, la naturaleza religiosa de su jurisdicción explicaba su repercusión política y duración secular. Su fuerza se sustentaba en los valores y la aceptación. La reputación, por ejemplo, fue uno de los mecanismos más eficientes, incluso más que el aislamiento, ya que las consecuencias de ésta provocaban un control interno sobre el individuo y, así pues, un control sobre sus actos2.

  • 3 Benassar, Bartolomé, Inquisición, Op. Cit., p. 94-97.

3El miedo, para los inquisidores, fue el obstáculo más formidable para evitar herejías o transgresiones. Para muchos investigadores, no se diferenciaba de otras justicias ordinarias, ya que perseguía crímenes similares. Sin embargo, el temor a ser juzgado por sus tribunales era mucho mayor. Su régimen penitenciario fue completamente diferente: la investigación, el proceso y la condena, crearon un verdadero “procedimiento inquisitorial” orientado hacia la confesión del acusado3.

4No obstante, ¿qué ocurrió con nuestro protagonista?, pese al miedo o al control de los actos e imaginarios, Félix Canelas fue procesado en tres oportunidades por el mismo tribunal. Pocos expedientes relatan más de un juicio contra un mismo sujeto, pues el temor a ser juzgado y cargar con una honra mancillada, evitaba que hombres y mujeres cometieran, una y otra vez, las mismas transgresiones. “El Ayanque” es uno de esos casos excepcionales, pues enfrentó tres juicios, tres confinamientos y dos destierros.

  • 4 La mayoría de las acusadas por practicar hechicerías, sortilegios o supersticiones (conceptos muy d (...)

5Condenado en 1702, 1709 y 1737, experimentó el procedimiento inquisitorial como ninguno, pues estuvo sujeto a investigaciones, interrogatorios, confesiones y sentencias. Privado de libertad y, además, desterrado en dos oportunidades al reino de Chile, Félix mantuvo su postura transgresora, siguió practicando hechicerías4, realizando conjuros y ungüentos erótico-amorosos, mezclaba las tradiciones precolombinas con las cristianas e interactuaba en distintos espacios y contextos. Su red de discípulas no se disolvió, al contrario, permaneció vigente y dotándolo de una sabiduría extraordinaria pese a los años de aislamiento.

6Los procesos contra “El Ayanque” pueden ser analizados de dos formas, por un lado, evidencian el control social, territorial y jurisdiccional que la Inquisición materializaba a través de sus múltiples métodos de coacción. A pesar de la distancia, el tiempo y las circunstancias, nadie se libraba de su poder y eficacia penal. Sin embargo, también nos permite descubrir qué tan sometidos estaban los sujetos al imaginario del miedo, es decir, ¿realmente existía un temor a ser juzgado y cargar con prejuicios u honras mancilladas por generaciones? o, al contrario, en los contextos de marginación, pobreza, violencia, carencias y limitaciones, ¿era posible convivir con tales estigmas sin modificar los estatus sociales o percepciones personales?

  • 5 Ginzburg, Carlo, El hilo y las huellas. Lo verdadero, lo falso, lo ficticio, Fondo de Cultura Econó (...)

7Nuestro objetivo, al respecto, será reconstruir los tres procesos y, por tanto, analizar la postura de un personaje común frente al método inquisitorial. A su vez, esto también nos conducirá a conocer la posición del Santo Oficio frente a las reincidencias de aquellos personajes. Sin embargo, identificar a los sujetos como agentes económicos o socioculturales puede ser engañoso, ya que toda documentación posee distorsiones, pues están unidas al poder y, por tanto, a un cierto desequilibrio. Sólo cobran valor y sentido cuando tienen estrecha relación con la serie que los antecede. No obstante, el analizar un documento acotado y vinculado a un individuo puede ser ignoto, pero, al mismo tiempo, permite comprender las creencias, los valores y las representaciones de una sociedad5.

  • 6 Ginzburg, Carlo, El hilo y las huellas., Op. Cit., p. 386-391.

8Los expedientes poseen vacíos y silencios, incluso presentan distorsiones y lagunas, sin embargo, la microhistoria optó por usarlas, ya que exploró aquellas contradicciones “gnoseológicas” y las transformó en argumentos narrativos. Las investigaciones microhistóricas crearon un método basado en las anomalías y no en las analogías. Su objetivo es demostrar que todo sistema social es el resultado de las dinámicas individuales que, por supuesto, sólo pueden ser apreciadas desde una óptica cercana. Por lo tanto, la mirada microscópica, junto a la contextualización más amplia, articuló un discurso y un relato historiográfico6.

9Las transgresiones y los juicios contra Félix pueden ser estudiados y analizados desde la microhistoria. Sus declaraciones, confesiones y argumentos, junto al método inquisitorial, representan, de un modo particular, a aquellos sujetos ajenos a las normas, capaces de crear un estilo de vida distante de lo reglamentado y, a su vez, dispuestos a enfrentarse a los poderes que los sustentan. Félix, como tantos otros condenados por la Inquisición, ejemplificó a través de sus actos a una sociedad que, pese a las prohibiciones, sobrellevó de forma inusual las situaciones poco favorecedoras y, en algunos casos, manipularon todo para su propio beneficio.

1. Félix Canela: Mulato libre y de oficio sastre. Un sujeto común frente al Método Inquisitorial

  • 7 Foucault, Michel, Obrar Mal, decir la verdad. La función de la confesión en la justicia, Editorial (...)

10Una de las tantas formas que posee una sociedad para representarse a sí misma es a través de la justicia que aplica a los delincuentes, pues los castigos y las sentencias simbolizan los valores y las prácticas comunes de un contexto geográfico específico7. En el Antiguo Régimen americano la religión era la base social, política y familiar de una sociedad. Por lo tanto, cumplir con sus reglas y normas significaba ser parte de un proceso civilizatorio. El siglo XVIII se caracterizó por priorizar al cuerpo social al juzgar, ya que al condenar la práctica penalizaba el daño y sus consecuencias y, a su vez, la desobediencia.

  • 8 Cordero, Macarena, “Destierro a la isla de Juan Fernández a fines del siglo XVIII: Civilización, co (...)

11La justicia fue el símbolo del poder, ya que tras su ejecución se imponía la cultura dominante y, así pues, se conservaba un orden específico con intereses particulares. Al criminalizar y castigar los comportamientos, no sólo existían negociaciones entre las autoridades y los actores sociales, sino también se institucionalizaban las estructuras políticas. Por lo tanto, el controlar y vigilar a la población fue uno de los principales proyectos de la monarquía católica. Las leyes y su aplicación tenían como objetivo restringir las conductas desviadas, pero también materializar los idearios sociopolíticos de los grupos de poder8.

  • 9 Rodríguez, José Ramón, El consejo de la Suprema Inquisición. Perfil Jurídico de una institución, Ed (...)
  • 10 Cavallero, Ricardo, Justicia inquisitorial. El sistema de justicia criminal de la Inquisición españ (...)

12La Inquisición, por ejemplo, fue un tribunal de justicia creado por la monarquía absoluta, su propósito era penalizar la disidencia religiosa, pues durante todo el Antiguo Régimen, la correcta práctica del cristianismo se transformó en el sello distintivo del imperio ultramarino español9. Fundada en 1478 para perseguir y erradicar la herejía, creó un método para condenar al imputado, pues daba por supuesto que éste era culpable. Inhabilitarlo por generaciones, confiscar sus bienes, exponerlo a través de la vergüenza pública, desterrarlo o relajarlo al brazo secular, cuyo objetivo era la muerte en la hoguera, fueron algunos de sus castigos. La herejía se convirtió en el delito más abominable, similar a los de lesa majestad. Controlar las conciencias o pensamientos fue la base para construir un proyecto político inspirado en la intolerancia y, sobre todo, en el miedo10.

  • 11 Hernández, Bernat, “Un centauro de la Corona e Iglesia. La dimensión jurisdiccional del Santo Ofici (...)

13La base del sistema penal inquisitorial y sus sanciones transitaron por el camino más extremo, pues la eficacia de la sentencia dependió en su totalidad del terror que provocó. Es decir, la coacción psicológica evitó, muchas veces, la disidencia religiosa. Incluso la finalidad de la condena no era salvar el alma del acusado, sino atemorizar al pueblo y, por lo tanto, procurar el bien público. Su ambigüedad en términos jurisdiccionales la posicionó en muchas de las potestades del Antiguo Régimen. En este caso, fue un poder más, aunque situado al margen o al centro, dependiendo el caso, de los dos grandes poderes: Estado monárquico e Iglesia. Su jurisdicción mixturada fue la clave del poder inquisitorial, pues fue imprecisa y, un tanto, ambigua. Sin embargo, cumplió todos los objetivos de la monarquía y los grupos dominantes, inclusive llegó a ser un poder autónomo dentro del mismo Estado, pero sin perder su unión con la Santa Sede11.

  • 12 Torquemada, María Jesús, “Doscientos azotes y pena de destierro”, en Zamora, María Jesús & Ortiz, A (...)
  • 13 Gacto Fernández, Enrique, “Observaciones jurídicas sobre el proceso inquisitorial”, en Levaggi, Abe (...)

14Ahora bien, la jurisdicción eclesiástica, competente a la Inquisición, se ocupaba netamente de los asuntos espirituales. No obstante, no tenía límites definidos y, además, podía abarcar los delitos de fuero mixto, es decir, aquellos en los que se transgredía lo temporal y lo espiritual12. Sin embargo, los inquisidores fueron fieles al procedimiento penal diseñado por el derecho canónico, por lo tanto, sus procesos fueron más completos y dilatados en el tiempo. Las características procesales inquisitoriales se sustentaron en una serie de información recolectada a través de las sumarias y las pruebas presentadas por el fiscal. Ésta era dada a conocer al reo, quien a su vez podía responder y dar más pruebas a su favor. Además, siempre y cuando los testimonios fueran positivos, el acusado podía respaldarse en la declaración de los testigos13.

2. Primer juicio contra Félix Canelas: métodos y discursos

  • 14 El Santo Oficio y su legislación respecto a los delitos de superstición fue bastante ambiguo o poco (...)
  • 15 La expresión “mochar” se refiere a una práctica común entre las poblaciones andinas, éstos mezclan (...)

15Félix, nuestro protagonista, se enfrentó por primera vez a la justicia inquisitorial el 13 de marzo de 1700. Según el expediente, compuesto por los folios 87 al 90 verso del documento número 3, legajo 5345, se presentó voluntariamente y se denunció ante el comisario. En este primer encuentro confesó una serie de hechos supersticiosos14 como, por ejemplo, sortilegios amatorios compuestos por cabellos, huesos de difuntos, polvos verdes y muñecos de cera. Los inquisidores lo clasificaron como un delito de vana observancia y por temor a una posible fuga lo enviaron prisionero a las cárceles medias. Por otra sumaria o recolección de información, también se le acusó de ser un “maestro de remedios”, pues practicaba muchas especies de sortilegios, entre ellos mascar y conjurar la hierba coca, dar baños con aguas hervidas con flores, hierbas silvestres y huesos de difuntos. Incluso, ir a los cerros o a las huacas con muchas mujeres, discípulas y compañeras de hechizos, a mochar15 e invocar a las almas muertas sin bautizar.

  • 16 Ambos términos definen la gravedad de los hechos cometidos por el acusado. Sin embargo, se diferenc (...)
  • 17 Ambas expresiones aluden a sujetos carentes de razón y que para conseguir un propósito personal uti (...)

16Un año y dos meses más tarde, el 13 de mayo de 1701, tres calificadores concluyeron que estos hechos eran sortilegios simples y sortilegios hereticales16. Por lo tanto, nuestro protagonista era cómplice vehementemente sospechoso ad minus de idolatría y vana observancia17. El 23 de mayo tuvo la primera audiencia ordinaria y bajo juramento confesó ser un mulato libre de oficio sastre, tener 24 años de edad, ser cristiano bautizado y confirmado como sus padres, cumplir con los preceptos de la Iglesia, estar casado y, sobre todo, saber el motivo de su encarcelamiento, pues reconoció que la ayuda que prestó a muchas mujeres le creó una fama desmedida respecto a sus prácticas y conocimientos supersticiosos. Por lo tanto, confirmó los hechos por los cuales se le acusó y, además, agregó otros tantos como utilizar piedras imanes y mochar los días viernes.

  • 18 El pacto con el demonio era el elemento clave para definir a un sujeto como un hereje o no, ya que, (...)

17Días más tarde, el 8 de julio, al conocer la acusación final, Félix Canelas respondió bajo juramento que todo lo contenido en su confesión era verdad. Sin embargo, afirmó no haber apostatado, ni idolatrado, no creer en supersticiones y menos haber pactado con el demonio18. Todo lo hacía para ganar dinero, tener prestigio frente a sus pares y satisfacer a su concubina. Además, confesó su flaqueza y reincidencia en tales actos, ya que poco después de auto denunciarse volvió a cometer las mismas transgresiones. Luego de ratificar a los testigos confirmó, una vez más bajo juramento, que todo lo descrito por éstos era verdad. No obstante, siguió afirmando que muchas de sus acciones fueron consecuencia de su debilidad y no una creencia en actos supersticiosos.

  • 19 Archivo Histórico Nacional de Madrid (AHN), Inquisición de Lima, legajo 5345, documento n°3, folios (...)

18Junto a su abogado defensor corroboraron cada una de sus respuestas, incluso le dijo que lo hacía una vez más si era necesario. Éste presentó el escrito con las declaraciones en una audiencia fechada el 3 de noviembre de 1701. En esa oportunidad el abogado pidió que trataran al reo con misericordia, ya que Félix cometió dichos actos por fragilidad y codicia, no por debilidad hacia la fe y, además, fue un buen confidente desde las primeras audiencias. Finalmente, un 21 de enero de 1702, dos inquisidores ordinarios junto a tres consultores votaron que el reo debía ir a la capilla de San Pedro mártir con coraza e insignia de penitente. Allí debían leerle su sentencia con mérito, abjurar de leví y salir a la vergüenza pública. Por último, debía ser desterrado por dos años al Convento de San Juan de Dios de la Concepción en el reino de Chile. Pese a la sentencia, se libró de los 100 azotes por su debilidad corporal y tener menos de 25 años19.

19Del primer expediente de Félix se desprenden muchos de los métodos empleados por la Inquisición, pues es fácil reconocer aquella estrategia penal cuyo objetivo busca controlar los imaginarios y, por supuesto, los actos. Desde sus primeros testimonios Félix asume su responsabilidad, pero también reniega de sus prácticas. Es decir, describió todas y cada una de sus transgresiones, pero, al mismo tiempo, renegó de sus creencias, asegurando que todo era una falacia para obtener dinero y hacer feliz a su pareja. La confesión de nuestro protagonista puede interpretarse como una verdad de sí mismo, pues al hacerlo planteó una afirmación y se comprometió con ella, creando así una dependencia con los otros.

  • 20 Foucault, Michel, Obrar Mal, decir la verdad. La función de la confesión en la justicia, Editorial (...)
  • 21 Farge, Arlette, Efusión y tormento. El relato de los cuerpos. Historia del pueblo en el siglo XVIII(...)

20El engañar o mentir fue algo común en los procesos penales, sin embargo, el procedimiento inquisitorial logró un avance respecto a la confesión de los acusados. En palabras de Michel Foucault, la confesión es una forma extraña de decir “veraz”, ya que siempre es verdadera y sus consecuencias nunca son iguales para un locutor o un receptor. Por lo tanto, comprobar cómo los sujetos se vinculan a la verdad dicha de sus actos es lo realmente importante20. Las instituciones siempre actúan sobre los sujetos y sus cuerpos, a través de la dominación y del poder los limitan y cubren de órdenes, así los controlan y vuelven dóciles21.

  • 22 Caro Baroja, Julio, Vidas mágicas e Inquisición, Tomo I, Istmo, Madrid, 1992, p. 260.
  • 23 Ginzburg, Carlo, Mitos, emblemas, indicios. Morfología e Historia, Gedisa, Barcelona, 2013, p. 32-3 (...)

21Los sujetos como Félix, cuestionados y vencidos por los guardianes de la fe, sienten vergüenza de sí mismos, pues sus viejos ideales o valores morales y conductuales, se agrupan en sus conciencias. La honra, el honor y el linaje, vinculados a la fe y a la religiosidad, se transforman en una vergüenza pública cuando de herejías y apostasías se trata22. Los interrogatorios y testimonios resguardados en los documentos inquisitoriales dan cuenta de las verdades inducidas. Los inquisidores arrancaban las respuestas que querían escuchar, por lo tanto, muchas de las confesiones eran repetitivas, monológicas y superpuestas respecto a determinados esquemas teológicos, doctrinales y sociales23. Félix, por ejemplo, afirmó en uno de sus testimonios que:

  • 24 AHN, Inquisición de Lima, legajo 5345, documento n°3, folios 89 reverso. Se conserva la ortografía (...)

[…] el ablar […] con la coca avia sido […] por engañar a las mugeres y no porque realmente profiriese palabras algunas, y confeso nuevos echos de la mesma especie y naturaleza para los mesmos fines amatorios expresando diversas mugeres com[p]lizes que de el se valian y concluyo que no entendia cosa alguna de supersticiones ni sortilegios24.

  • 25 Torquemada, M. J., La Inquisición y el diablo, Op. Cit., p. 29.

22Félix, a través de su primera experiencia inquisitorial, no ofrece muchos datos, más bien se limita a reproducir y describir aquellos actos que, a ojos de los inquisidores, trastocan el orden imperante. No cumple con la normativa impuesta, ya que sus actos son consecuencia de una debilidad y fragilidad común en aquellos sujetos habituados a contextos picarescos, incluso al asegurar no creer en tales prácticas, repite el discurso tradicional y se justifica por medio del engaño y los embustes25.

  • 26 Tausiet, María, Ponzoña en los ojos. Brujería y superstición en Aragón en el siglo XVI, Turner Publ (...)

23Otra de las características que se perciben en el primer expediente es la metodología aplicada por la Inquisición. Es decir, el proceso contra Félix cumple con todos y cada uno de los pasos seguidos por los inquisidores al momento de enjuiciar a un supuesto hereje. Su fidelidad a la legalidad canónica queda de manifiesto en el procedimiento, pues comienzan con una información recopilada previamente, una calificación realizada por teólogos expertos, una clamosa, una orden de prisión, una confiscación de bienes. Luego, el envío a las cárceles secretas, las audiencias, la acusación por parte del fiscal, la defensa del abogado, la ratificación de los testigos, el voto definitivo por los consultores y, por último, la sentencia26.

3. Segundo juicio contra Félix Canelas: reincidencias, azotes y destierro

24La segunda vez que Félix apareció en los registros del Santo Oficio es en 1706, después de dos años de exilio en el reino de Chile y cumpliendo el confinamiento en un hospital, con 29 años vuelve a enfrentar un juicio inquisitorial. Esta vez fue acusado ante el comisario de la ciudad de Concepción un 12 de julio de 1706. El expediente, compuesto por los folios 116 reverso a 118 verso, documento número 4, legajo 5345, afirma que nuestro protagonista regresó a Lima después de su destierro. Sin embargo, no dice en qué período, aunque suponemos que por las fechas del proceso inquisitorial volvió poco después de cumplir su sentencia. Las acusaciones son similares, pues se repiten aquellas en las que daba baños de hierbas y aseguraba ser un maestro experto en hechizos amatorios. No obstante, se agregaron hechos mucho más complejos y peligrosos, pues según los testigos invocaba al demonio por el nombre de “Acaronte” y, además, mantenía relaciones sexuales con muchas de sus clientas.

  • 27 Los testigos eran clave dentro de los procesos del Santo Oficio, incluso el secreto inquisitorial i (...)

25Tres fueron los testigos27 que declararon en su contra, dos de ellos menores de 25 años. Los calificadores, quienes eran cinco, un 13 de julio de 1708 catalogaron estos nuevos hechos como sortilegios amatorios, maléficos y, además, lo calificaron de sospechoso de herejía por invocar al demonio. En su primera audiencia ordinaria, fechada un 10 de mayo de 1709, bajo juramento afirmó descender de españoles y negros, ninguno penitenciado por el Santo Oficio. Además, estar bautizado, confirmado, ir a misa y cumplir con los mandamientos de la Iglesia. Relató pasajes de su vida, como –por ejemplo– el destierro fuera de Lima. Aseguró seguir casado y, además, saber leer y escribir. Nuevamente explicó el motivo de su detención, ya que una vez más reconoció las causas por las cuales se le acusaba: ayudar –por medio de hechizos compuestos por piedras imanes, hojas de coca, aguardiente y hierbas de los cerros– a dos mujeres para que tuviesen fortuna y no las abandonasen sus galanes.

26Los días 16 y 22 de mayo confesó en su segunda y tercera audiencia respectivamente, todos los hechos testificados, incluso agregó que enseñó a algunas mujeres la invocación al ánima condenada sin bautismo y la del demonio “Calate” o “Aqueronte”. En su audiencia de acusación, el 2 de junio de 1709, negó haber apostatado y pactado con el demonio, pues aseguró ser cristiano católico. Sus declaraciones aseveraron muchas de las testificaciones resguardadas por los inquisidores. Sin embargo, una vez más renegó de sus conocimientos y habilidades, ya que, según él, nada de lo realizado era efectivo. Todas sus acciones eran mentiras para obtener dinero, pero sobre todo para satisfacer sus deseos sexuales. Reconoció su culpa y, además, nombró a los sujetos con quienes practicaba las hechicerías.

27El 21 de junio se ratificó a los testigos y se le dio a conocer las declaraciones de éstos, en esta oportunidad Félix reafirmó todas las acusaciones que se le hicieron, pues reconoció sus encuentros carnales con otras mujeres, pero no por arte del demonio sino por su sensualidad y fragilidad. Además, volvió a afirmar que no creía en tales actos ya que nunca se apartó de la fe y sus mandamientos, todo lo hacía para obtener dinero. Su abogado presentó el escrito firmado por ambos un 17 de agosto de 1709. En la audiencia de defensa quedó plasmado su alegato y confesiones. Nunca adoró al demonio, sus actos supersticiosos eran sortilegios simples, siempre fue un buen confidente y todo lo acontecido no fue por error, sino por sensualidad.

  • 28 AHN, Inquisición de Lima, legajo 5345, documento n°4, folios 116 reverso-118 verso.

28Cuatro meses más tarde, un 21 de octubre de 1709, su causa fue votada por un inquisidor y tres consultores, los cuales lo sentenciaron a salir con insignia de sortílego a un auto público de fe, o bien a una iglesia. Allí debía leérsele su sentencia con mérito, abjurar de leví, ser reprendido y conminado, salir a la vergüenza pública, recibir 200 azotes y ser desterrado por cinco años al servicio de su majestad, sin sueldo y a ración, al presidio de Valdivia en el reino de Chile. Durante el primer año debía confesarse y comulgar todos los meses y, además, rezar una parte del rosario los sábados. Finalmente, un 15 de septiembre de 1709 su sentencia fue despachada28.

  • 29 Hernández, Bernat, “Un centauro de la Corona e Iglesia. La dimensión jurisdiccional del Santo Ofici (...)
  • 30 Mereu, Ítalo, Historia de la intolerancia en Europa, Editorial Paidós, Barcelona, 2003, p. 238-245.
  • 31 González-Cuellar, Nicolás, Ecos de Inquisición, Castillo de Luna Ediciones Jurídicas, Madrid, 2014, (...)

29De esta segunda experiencia frente a los tribunales inquisitoriales podemos rescatar varias ideas, pues de una u otra forma Félix repite los discursos, asume las culpas y es sentenciado de forma similar. No obstante, esta vez su pena es más severa, pues los castigos corporales y los años de exilio a una prisión y, además, más lejana a Lima, dan cuenta de lo minucioso y eficaz del método inquisitorial. Suponemos que, al ser acusado por primera vez en Concepción, el Santo Oficio limeño hizo uso de sus conexiones y jurisdicciones mixturadas29, pues recurrió al apoyo que tenía de las otras justicias para aplicar sus sanciones, en este caso la seglar o justicia del rey. Sin embargo, el proceso respondió netamente al método inquisitorial30. Comenzó siendo denunciado, luego investigado y tomado prisionero. Confesó y expresó sus culpas a través de las audiencias y moniciones, fue acusado y defendido. Se le ratificaron y publicaron los testigos y finalmente se le sentenció y leyó su condena31.

  • 32 Foucault, Michel, Vigilar y castigar. El nacimiento de la prisión, Editorial Siglo XXI, Buenos Aire (...)
  • 33 Peña, Manuel, “Ceremonias y fiestas inquisitoriales”, en Vassallo, J. & Peña, M. (coords.), La Inqu (...)

30Los castigos aplicados por la Inquisición fueron la base para que los otros sujetos le temieran. La pedagogía del miedo se hacía eficaz al mostrar estas penas a modo de espectáculo, así generaban el terror en la población32. El Auto de fe, por ejemplo, fue la ceremonia pública con mayor repercusión en el Antiguo Régimen, ya que el impacto que provocó en las personas se mantuvo activo en la memoria de toda Europa. El simbolismo del Auto de fe no sólo se basaba en la condena de los criminales o disidentes, sino en el aspecto religioso que se le atribuía. La ceremonia fue la representación cabal de la institución. Por un lado, fue un espejo que mostró las formas y, por otro, las críticas y el rechazo. Félix participó en dos tipos de autos, según los expedientes, en uno particular y en otro desarrollado en la misma capilla del Tribunal33.

  • 34 Araya, Alejandra, “Azotar. E1 cuerpo, prácticas de dominio colonial e imaginarios del reino a la re (...)

31Félix esta vez no se libró de los azotes, su expediente relata que recibiría un castigo corporal que, además de dejarle marcas en la piel, le dejaría huellas psicológicas e incluso huellas sociales. Los azotes, en palabras de Alejandra Araya, quien a su vez se inspira en el diccionario de la lengua castellana de 1734, fueron heridas sociales y colectivas, ya que la piel era un lugar de inscripción total. Los castigos corporales son las huellas de un proceso colonizador, pues son las señales que definen la naturaleza de los sujetos y, además, sus jerarquías. La sumisión y el amedrentamiento fueron algunas de las tantas estrategias de control y dominio colonial. Por lo tanto, el azote representa la violencia de una cotidianidad que, a su vez, determina las relaciones entre los poderes y el cuerpo34.

  • 35 Torquemada, María Jesús, “Los delitos de brujería y sortilegios: Los orígenes de su represión juríd (...)

32Similar a la pena de los azotes fue la “vergüenza pública” y, además, muy frecuente en las sentencias dadas a los sortílegos o supersticiosos. El objetivo no sólo era exponerlo públicamente, también se buscaba incapacitarlo para ejercer algún oficio que le permitiera sustentar su economía. Las consecuencias eran nefastas, pues el reconocimiento social impedía que el reo volviera a una normalidad cotidiana. Aunque, a veces, los condenados sobrevivían a la infamia y creaban nuevas redes de convivencia, el desprestigio social era manipulado para garantizar una eficacia en sus prácticas. El mismo Félix mantuvo el reconocimiento por parte de sus pares, incluso alcanzó un cierto renombre en lugares fuera de Lima35.

  • 36 Farge, Arlette, Efusión y tormento, Op. Cit., p. 16-17.

33En este sentido, los cuerpos representan experiencias, pues transitan los espacios y manifiestan sus avatares diarios. Enfrentan los acontecimientos políticos y sociales y, a su vez, construyen y organizan sus roles respecto a los poderes. El cuerpo vive, resiste y lucha para protegerse de la autoridad, por lo tanto, se transforma en un agente de la historia. Félix representa a ese cuerpo marcado, humillado y señalado, ya que pese a los castigos y huellas se permite reconstruirse, manipula las situaciones a su favor y fabrica nuevos escenarios sociales. Aplica sus conocimientos en otras geografías y goza de una sexualidad controlada por sus instintos, obviando las normas y reglas impuestas36.

  • 37 Torquemada, María Jesús, “Doscientos azotes y pena de destierro”, Op. Cit., p. 364-365.
  • 38 Cordero, M., “Destierro a la Isla de Juan Fernández”, Op. Cit., p. 445-451.

34El aislamiento y confinamiento impuesto por segunda vez también es otro modo de provocar un escarmiento social. No obstante, al estar más lejos de Lima y ser en una prisión, el simbolismo del castigo es mayor. Al desterrar a los sujetos no sólo se les sancionaban sus malas prácticas, también se les civilizaba. La expulsión tenía un doble objetivo; restaurar por un lado el orden moral y espiritual y, por otro, el orden social. El destierro cumple un rol para el Estado, ya que resuelve situaciones anómalas, ajenas al sistema social. Con sus estrategias provoca rechazo hacia el acusado y, al mismo tiempo, manifiesta su poder, pues al expulsarlo vuelve a equilibrar a ese cuerpo social37. El destierro tenía un doble propósito, ya que no sólo implicaba la expulsión del lugar, sino también una desprotección y abandono de las redes familiares y amicales. Félix no detalla si tiene hijos, pero en las dos oportunidades que enfrentó a la justicia aseguró estar casado, no sabemos si se refiere a la misma persona ya que el expediente no lo explica, pero su regreso a Lima, después de su primera condena, pudo ser para retomar su vida marital38.

4. Tercer juicio contra Félix, “El Ayanque”: castigos y sentencias

35Félix estuvo en Valdivia hasta 1714, pues cumplió cinco años de destierro en la prisión de aquella ciudad. No obstante, el 10 de junio de 1729 los inquisidores vuelven a tener noticias de él. Esta vez fue denunciado ante el comisario inquisitorial de Lima por un hombre mayor de edad, quien aseguró que nuestro protagonista, en compañía de Nicolasa Mancilla, reconocida hechicera de la ciudad daba a las mujeres unos remedios para conseguir fortuna y alcanzar todo tipo de amores. Sus datos personales ya no eran los mismos, tenía 63 años, era viudo y ejercía un nuevo oficio: tintorero. Los inquisidores lo reconocieron inmediatamente, después de dos sentencias no era fácil olvidarlo. Además, en esta oportunidad testificaron 24 personas: 2 hombres y 22 mujeres; de éstas, 19 eran mayores de edad y otras 3 menores. Todos coincidían en los actos ejecutados por Félix, sin embargo, el detalle de estos testimonios fue mucho más preciso. A diferencia de los otros dos expedientes, éste es minucioso, más extenso y con explicaciones mucho más claras.

  • 39 Arrelucea, Maribel, Sobreviviendo a la esclavitud. Negociación y honor en las prácticas cotidianas (...)

36Las primeras páginas del tercer expediente, compuesto por los folios 42 verso al 48 reverso, documento n°1 del legajo 5346, narran las prácticas de Félix, incluso lo nombran por un apodo: “El Ayanque”. De estas descripciones se desprenden una serie de interacciones muy comunes y propias de los contextos americanos, pues a la pobreza, a la violencia y a las penurias, se suman las carencias y los desafectos. El uso de las hechicerías y supersticiones servían para menguar aquellas cotidianidades desventajosas, sobre todo, en los espacios femeninos. Las mujeres eran las que principalmente usaban este tipo de prácticas39.

  • 40 Urra, Natalia, “Movilidades geográficas, alianzas y parentescos en torno a las prácticas superstici (...)

37La ciudad se transforma en un espacio para articular redes, intercambiar conocimientos y promover aquellos imaginarios sujetos a las jerarquizaciones étnicas. Félix se rodea de mujeres cuyas vidas requieren de intervenciones poco comunes, es decir, de acciones heterodoxas y cuestionadas por los grupos de poder. Sin embargo, las mismas autoridades utilizan el discurso del desprestigio para así aplicar un esquema de separaciones, estigmas y prejuicios40.

  • 41 Urra, Natalia, “Mestizaje mágico en la ciudad. Intercambios, apropiaciones y recepciones. El proces (...)

38Durante los primeros años, los testigos desfilan por el Tribunal para narrar y describir los muchos actos poco ortodoxos de Félix. Una serie de rituales, hechizos, ungüentos y conjuros aparecen escritos en los primeros folios de este último proceso. Rodeado de mujeres y acompañado por otra reconocida hechicera, también penitenciada por el Santo Oficio, desarrolla prácticas dignas de un gran maestro. Además, dicen mucho de su experiencia social y personal, pues simbolizan las mezclas, las alianzas, las recepciones y las apropiaciones típicas de los grupos jerarquizados por la corona española. Con sus hechizos demuestra los códigos de sobrevivencia en aquellos espacios cuyas transgresiones son las únicas escapatorias a las realidades no convencionales y poco favorecedoras41.

39En muchos de los testimonios quedan de manifiesto los engaños y carencias afectivas, una de las testigos, por ejemplo, declaró que

  • 42 AHN, Inquisición de Lima, legajo 5346, documento n°1, folios 43 verso-reverso.

[…] para que su amante aborresiese a otra con quien tenia mal amistad dándole para este efecto unas aguas que se componian de agi, sal, tabaco, escremento de perrito de castilla y mono, persuadiéndole lo echase en la puerta de la casa donde vivía otro hombre y para que hiciese el efecto pretendido se ponían a mascar con aguardiente y echaban el zumo de la coca mascada en una de sus manos para ver por ella la suerte, que salía por donde adivinaban el efecto que avia de tener el sortilegio, haviendose formado una cruz de la babasa de otra coca dieron a entender a otra mujer que esta señal manifestaba que el referido hombre avia de pelear con sus parientes, por ella; por ser estos los que le impedían la ilizita amistad, para lo qual raspo este reo con el dedo la referida señal de cruz y la echo en una ollita para enberla con otros ingredientes42.

40De igual modo otra mujer, también creyente en la fama de Félix, acudió a él para que un hombre la quisiese. Entonces, él y la reconocida hechicera, comenzaron a

  • 43 AHN, Inquisición de Lima, legajo 5346, documento n°1, folios 42 reverso-43 verso.

[…] mascar coca y beber aguardiente sacando suertes aziendo imbocaciones con palabras bajas que no entendia el denunciante y pareciéndole por ellas que los medios de que usaban no eran naturales les dijo que aquellos remedios parecían cosa de brugerias a que respondio este reo junto con otra muger que le ayudaba que aquellos era conocimientos y experiencia, y que si fuera cosa de brugeria viera allí al diablo o los viera volar, para persuadirla ser cierta su ciencia, le dijeron que la persona que deseaba viniese a su amistad, se allaba presa en la cárcel […] lo que conocían por una reja que avia mostrado la coca en la palma de la mano la que la enseñaron a otra mujer y efectivamente esperimento este, que a las dos oras de sucedido el echo referido le trageron noticia de quedar otro hombre preso en la cárcel por una deuda como le avian dicho43.

41Otro de los testigos también recurrió a las intervenciones sortílegas de Félix, en su caso:

  • 44 AHN, Inquisición de Lima, legajo 5346, documento n°1, folios 44 reverso.

[…] se allaba mortificado por el gran amor que tenia a una muger y pedidole iciese remedio para que se pusiese fea y este la aborreciese, le respondio le diese un patacon que el dispondría que la […] muger lo quisiese y aviendole dado […] el sortilegio […] este reo consiguió que otra muger viniese a buscarlo y le fasilitase sus torpes deseos como también averla aborrecido, que era lo que deseaba; asi mismo en algunas noches, que […] se quedo a dormir en casa de este reo a acompañarlo durmiendo este en cuanto separado del, vio en distintas vezes a desenas de la noche vaylar unos muñecos al son demás castañuelas, aspas y violin y que luego desaparecían sin ver por donde entraban y salían […]44.

42No obstante, su fama y efectividad en sus prácticas se aprecia en el siguiente relato, pues junto a la hechicera:

  • 45 AHN, Inquisición de Lima, legajo 5346, documento n°1, folios 44 verso.

[…] se ofrecían voluntariamente persuadiendo a las personas que les consultaban sus accidentes, que estaban maleficiadas y para sacarles el maleficio que les suponían imbocaban al demonio con las palabras siguientes cojuelo angelo, huacas, ayudadme en cuyo tiempo echaban coca mascada en una ollita para recoger el vapor que despedía y con el untasen la cara y muelas asegurando que de este modo saldría el maleficio, y se pondrían varitas, persuadiendolas a que digesen estas palabras, jupiter, diosa venus, huacas, dadnos plata, canapes, diamantes y balas, y para que tuviesen por otros remedios el efecto que pretendían asi de ser queridos de los hombres; como para tener fortuna, así la otra mujer como este reo, persuadían a las que pedían otros remedios, se juntasen carnalmente, con el, ordenandoles, que de no egecutarlo, no surtiría el efecto pretendido, con cuyas persuasiones consiguió estar con muchas otras mujeres, para cuyo fin acostumbraban darles por remedio para sus pretensiones vaños, poniéndolas en cueros, lo que componían de cocimiento de membrillo, aguardiente, oro, plata y zaumerio y quando los daban usaban las palabras siguientes inca yay nestra yay pallayay que lindo saibi quimichi con las quales imbocaban al demonio y otras vezes quando requebraban la coca que mascaban, usaban de las siguientes coca amada linda coca contigo se saca el oro y la plata as, que tenga, y que me den, diablos del infierno y huacas ayudadme valiente lucifir satanas príncipe del abismo asistidme con cuyas imbocaciones y sortilegios experimentaban efectos maravillosos, y sobrenaturales siendo tanta la continuación, con que las egerzitaban en los reprobados y condenados egecicios, que por ellos consiguiera la […] opinión y crédito, para ser solizitados de todas gentes, para curar sus dolencias45.

43Testimonios similares se repitieron durante 8 años, ya que fue sólo el 6 de febrero de 1737 cuando tres teólogos analizaron las testificaciones y concluyeron que las prácticas de Félix lo convertían en cómplice vehemente sospechoso en la fe, pues sus actos eran hereticales, de vana observancia e incluso sospechoso de leví. En la sumaria, clasificación y clamosa que presentó el fiscal, dos inquisidores votaron un 12 de febrero de 1737 que Félix debía ir a las cárceles secretas y además secuestrarle sus bienes que, por supuesto, en ese momento no tenía.

  • 46 Urra, Natalia, “María Josefa de la Encarnación. Posesa, endemoniada y loca frente a los inquisidore (...)

44Las siguientes etapas fueron más detalladas: a diferencia de los otros dos procesos, esta vez Félix se enfrentó a un método inquisitorial mucho más riguroso. Por ende, en su discurso personal repite algunas de las palabras ya expresadas al Santo Oficio, aunque no deja de enfatizar ciertas características que le permitan deshacerse de aquellos prejuicios que le perjudiquen a ojos inquisitoriales46. Reconoce estar bautizado y confirmado, asistir a misa, confesarse e incluso comulgar una vez al año. Según él, sólo seis años atrás dejó de hacerlo porque recayó en las prácticas sortílegas de antaño. En esta primera audiencia, fechada un 14 de febrero de 1737, se signó, santiguó, rezó las oraciones más importantes e incluso aseguró estar bien instruido en la doctrina cristiana. Nuevamente afirmó saber leer y escribir y, además, rememoró algunos pasajes de su vida, entre ellos los dos exilios vividos en el reino de Chile. También recordó haber estado en Guayaquil, pero sin dar mayores detalles.

45Al saber que su compañera de hechizos estaba presa en las cárceles secretas, intuyó que los mismos testigos de ella también declararían en su contra, por ello se adelantó y confesó otros hechos, ya que así podía evitar el celo inquisitorial y obtener un tanto de misericordia. El 26 de marzo de 1737, bajo juramento, ratificó los hechos por los cuales se le acusó; sin embargo, aseguró no haber apostatado ni cometido herejía. Todos sus actos eran consecuencia de su fragilidad, pero en ningún momento se apartó de Dios. Semanas más tarde, un 24 de mayo, conoció –a través de la publicación de los testigos– aquellos testimonios y confesiones que éstos hicieron, y no renegó de ninguna de las testificaciones. No obstante, al preguntarle si creía o no en tales actos, sobre todo en la fuerza del demonio, él respondió que:

  • 47 AHN, Inquisición de Lima, legajo 5346, documento n°1, folio 47 verso.

[…] no era verosímil tuviese en esta crehencia que tenia confesado que con tanta frequencia usaba de este remedio; y ponia tanto concabo en las imbocaciones al demonio, para que por esste medio surtiese el efecto que pretendían, lo que no era verisímil ejecutaba no estando persuadido, que el demonio podía aser surtiese el efecto de querer o aborrecer. Dijo que es verdad, se persuadia que el demonio podía aser todo lo que le pedían, y que quando no surtia el efecto pretendido, lo atribuían a falta de fee, e indisposicion en los sugetos que avian de recivir los veneficios47.

46El 17 de junio de 1737, 8 años más tarde, los inquisidores Ibáñez y Calderón, junto a Francisco Gutiérrez Galeano de la Orden de la Merced, votaron que Félix debía asistir a un auto público de fe con insignias de sortílego y sambenito de media aspa, su sentencia debía ser leída con mérito, debía abjurar de vehementi y debía ser absuelto ad cautelam. Además, al día siguiente debía salir por las calles públicas envestido de albarda y recibir 200 azotes; sin embargo, esa pena no se concretó. A cambio, Félix fue recluso al Hospital de los Incurables por 10 años bajo observancia de un sacerdote. Allí debía confesarse, comulgar y rezar un tercio del rosario a la virgen todos los viernes. Sus pocos bienes fueron confiscados y, por último, el 11 de noviembre de 1737 su causa fue despachada.

  • 48 Goicovic Donoso, Igor, “Los modelos interpretativos en el estudio de la violencia”, en Goicovic, Ig (...)
  • 49 Gacto Fernández, Enrique, “Observaciones jurídicas sobre el proceso inquisitorial”, Op. Cit., p. 33

47En la tercera y última vez que los inquisidores juzgan a Félix quedan de manifiesto las aristas propias del método inquisitorial. Aunque también se reproducen las estrategias que los acusados usaban a su favor, incluso esas violencias implícitas a las que están expuestos por ser sujetos categorizados e incluso marginados48. Las estrategias de sobrevivencia ponen en jaque un método que, pese a todo, siempre logra sus objetivos, ya que Félix se enfrenta por tercera vez a una sentencia que lo inhabilita y condena al confinamiento. Sin embargo, qué tan desconocido e incluso intimidado pudo sentirte nuestro protagonista, el mismo reconoció el método inquisitorial al detalle, tanto así que confesó una serie de hechos más para evitar penas mayores49.

  • 50 Torquemada, María Jesús, La Inquisición y el diablo, Op. Cit., p. 65.
  • 51 O’Phelan, Scarleth, “La construcción del miedo a la plebe en el siglo XVIII a través de las rebelio (...)

48En algunos casos, es posible que los sujetos enjuiciados por la Inquisición tuviesen algo de conocimiento respecto a los métodos penales, sobre todo, personajes como Félix que, a pesar de experimentar el desarraigo, el dolor y el castigo, también manipularon las situaciones para su propio beneficio50. Los conocimientos letrados que Félix poseía respaldaron un discurso de arrepentimiento y socorro, pues, reconociera o no el método inquisitorial, sí supo cómo defenderse frente a los hombres del Santo Oficio. Además, saber leer y escribir le garantizó una posición superior frente a sus pares, ya que en las sociedades virreinales era común pertenecer a un grupo categorizado étnicamente y, al mismo tiempo, ser analfabeto, lo contrario era lo excepcional51.

  • 52 Cavallero, Ricardo, Justicia inquisitorial, Op. Cit., p. 76.
  • 53 Torquemada, María Jesús, “Los delitos de brujería y sortilegios”, Op. Cit., p. 110.
  • 54 Contreras, Jaime, Historia de la Inquisición Española (1478-1834), Arcos/Libros S. L., Madrid, 2004 (...)
  • 55 Peña, Manuel, “Los sambenitillos en el mundo hispánico (siglos XVI-XVIII)”, Revista Historia y Just (...)

49No obstante, esta vez se sumaron cuatro tipos de castigos no experimentados anteriormente por Félix: el sambenito, el confinamiento, la confiscación de bienes y la abjuración de vehementi. El primero, era la estigmatización máxima impuesta por el Santo Oficio. Al llevarlo sobre sí, el acusado era expuesto a los vejámenes, sarcasmos, burlas y desprecios por parte de su entorno52. Sin duda esto formó parte del teatro inquisitorial, pues al hacerlo conmovían las conciencias de la población y, a su vez, evitaban posibles resabios de herejías53. Con esta condena no sólo se privó al reo del estímulo social, sino también se le marginó y se le recordó su heterodoxia que, por supuesto, era subyugada por los agentes y custodios de la fe54. En palabras de Manuel Peña, el sambenito fue un ejemplo claro y concreto del poder inquisitorial junto a la cotidianidad de la sociedad moderna, pues representaba a la institucionalidad y al pueblo común por medio de la excepcionalidad y la normalidad55.

  • 56 Torquemada, M. J., “Doscientos azotes y pena de destierro”, Op. Cit., p. 366-367.
  • 57 Tausiet, M., Ponzoña en los ojos, Op. Cit., p. 97-99.

50Por otra parte, el confinamiento, además de privar de libertad al reo, también lo disciplinaba y, de cierto modo, le permitía interactuar con el resto de la población de un modo convencional o, al menos, de la forma que se esperaba de un buen cristiano, ya que además de servir en un centro hospitalario, conventual o carcelario, debía cumplir con una serie de normas religiosas que encausaran su alma a la salvación56. Muchas de las penitencias eran sanciones espirituales que reproducían el arquetipo ideal del buen cristiano. Todo condenado debía rezar ciertas cantidades de oraciones y plegarias para comprobar su arrepentimiento y, a su vez, perpetuar el modelo de adoctrinamiento basado en la correcta práctica del cristianismo57.

  • 58 Tausiet, M., Ponzoña en los ojos, Op. Cit., p. 89-91.

51La confiscación de bienes, poco frecuente en los condenados por superstición dada la inestabilidad de sus economías, era ejecutada por un alguacil, quien iba acompañado de un receptor y un escribano, pues debían dejar por escrito todas las pertenencias del sujeto. La mayoría de estos personajes pertenecían a los estratos más bajos de la sociedad, incluso ejercían varios oficios para así subsanar el déficit económico con el cual debían lidiar. En el caso de Félix, sólo se aplicó en la tercera sentencia, pues dada sus experiencias anteriores, es posible que su economía fuese precaria y de constante reconstrucción. Muchos sujetos sentenciados por el Santo Oficio carecían de un sustento que les permitiese pagar sus encarcelamientos, no había bienes que pudiesen serles confiscados. Nuestro protagonista sólo se enfrentó a tal condena luego de muchos años sin ser juzgado, ejerciendo un nuevo oficio y manteniendo una red de discípulas y clientas58.

  • 59 Torquemada, M. J., “Doscientos azotes y pena de destierro”, Op. Cit., p. 364.

52El nuevo tipo de abjuración también es otra variante, en este último juicio Félix debe hacerlo de vehementi y no de leví como fue dictaminado en las sentencias pasadas. Ambas son sospechas de herejía, sin embargo, en el primer caso es levemente sospecho, es decir, las pruebas y testificaciones no logran clarificar si incurrió o no en una falta grave. En el segundo tipo de abjuración se suman todas las sospechas pasadas y se concluye que el reo sí cometió faltas graves y heréticas. Félix, por ejemplo, abjuró para evitar ser juzgado por el brazo secular, así evitó ser quemado en la hoguera como lo decía la normativa del Tribunal. Incluso, la mayoría de los acusados –sea cual fuese el tipo de abjuración que debía realizar (leví, vehementi o violenta)– también debía nombrar a los cómplices y sospechosos de herejía para ser reconciliados en el seno de la Iglesia. Además, en este tipo de sentencias, las sanciones eran acumulativas y no excluyentes59.

53Ahora bien, las tres sentencias inquisitoriales también ejemplifican el modo en que la justicia y los sujetos comunes interactúan. En este caso, las penas fueron cada vez mayores, los castigos se intensificaron y, aun así, muchos condenados no temieron a la sanción que recibieron. Pese a la infamia o vergüenza que asumió Félix, éste siguió controlando ciertos espacios y relaciones sociales. Sus conocimientos y prácticas incluso adquirieron mayor prestigio, ya que a medida que aumentaban las sanciones, también aumentaba su fama y reconocimiento. La justicia ejercía un poder y control sobre el accionar de los sujetos, sin embargo, muchas veces este desequilibrio es lo que ilustraba los comportamientos generalizados de una sociedad: sus valores, conductas, tradiciones, creencias o rituales. La documentación inquisitorial es un espejo que nos refleja las realidades del Antiguo Régimen, no sólo desde lo jurídico, sino también desde lo personal o comunitario.

  • 60 Contreras, Jaime, Historia de la Inquisición Española, Op. Cit., p. 31-33.

54Así pues, los procesos contra “El Ayanque” dan cuenta de un entramado jurídico, social y político tan complejo, pero a la vez tan eficiente que, sin duda, son la expresión máxima del Antiguo Régimen español en tierras americanas. Enfrentar un juicio inquisitorial, no sólo fue el reflejo de la ortodoxia católica, también fue el modelo sociopolítico que la colonización impuso, desarrolló y perpetuó. El ser castigado y penitenciado por sus tribunales, significó romper los moldes y quebrantar las normas de interacción o socialización necesarias para una buena convivencia. Por lo tanto, los disidentes se convirtieron en aquellos sujetos que, además, de no cumplir las reglas básicas, representaban, a modo de ejemplo para los otros, el simbolismo del rechazo, el desacato y la expulsión60.

Conclusiones

55A modo de conclusiones, nuestro trabajo se enmarca en una historia de los sujetos procesados y condenados por los tribunales de la Inquisición. La historiografía es redundante en temas inquisitoriales, abundan los textos vinculados a su omnipresencia, poder, institucionalidad, rigurosidad, etc. Sin embargo, nuestra investigación intentó reconstruir las experiencias de un sujeto común enfrentado en tres oportunidades a la justicia del Santo Oficio. Por un lado, apreciamos los métodos y las aristas que el tribunal usó para su beneficio y modelo intachable de impartir justicia. Y, por otro, rescatamos aquellos discursos expresados por sus condenados para sobrellevar y aguantar sus duros castigos. Las costumbres e ideas de Félix contextualizan magistralmente las dinámicas grupales, a través de sus testimonios fue posible reinterpretar las interacciones de una sociedad que, pese a sus categorizaciones o limitantes, interactuó y articuló discursos de sobrevivencia frente a las situaciones poco favorecedoras, o poco estables.

56Sorprende que nuestro protagonista sobrevivió en tres oportunidades a un proceso de tal envergadura, incluso manipuló con ciertos diálogos y acciones los métodos perfectos de su procesamiento. No obstante, su eficacia era indudable, pese a todo sus castigos y sentencias se aplicaban de tal forma que ni siquiera Félix pudo librarse de ellas. Sus discursos e incluso manipulaciones no lo privaron de las penas inquisitoriales. Aunque, sin duda, logró desentenderse de sus conocimientos, prácticas y acciones, situación que le permitió perpetuar su figura pese a los años de exilio, desarraigo e infamias.

57Las experiencias personales de nuestro protagonista, entregadas a través de sus confesiones y testimonios, fueron claves para insertarnos dentro de una realidad sujeta a categorizaciones, prohibiciones y, sobre todo, estrategias de sobrevivencia. Su caso, particular y con matices propios, ejemplificó los métodos inquisitoriales y, por supuesto, las dinámicas sociales e individuales para transgredirlos y librarse de ellos. Los tres procesos judiciales, poco comunes para un mismo individuo, dan cuenta de un proceso social mucho más complejo, pero que, sin duda, puede apreciarse desde una óptica cercana y personal.

58Por otra parte, el modelo penal inquisitorial representó una de las tantas características del proyecto colonizador. Desarraigar las anomalías y exponerlas como símbolos de rechazo, desacato o desorden, fue una de las tantas estrategias de control social impuestas por la corona española. Asimismo, los disidentes se transformaron en los sujetos clave para perpetuar ese modelo e imaginario de orden y eficacia frente al resto de la comunidad. Félix, por ejemplo, representó al sujeto excluido, marginado y opositor al orden social, pero a la vez a ese que debía ser disciplinado, corregido e incluido de modos convencionales y armónicos por medio de los castigos.

59Por último, los desequilibrios entre quienes ejercen el poder y sobre quiénes se proyecta fue otra de las tantas características del Antiguo Régimen americano. Por un lado una justicia inquisitorial que custodia y salvaguarda las correctas prácticas del catolicismo y, por otro, una serie de sujetos que colocan en entredicho a los métodos procesales del Santo Oficio. Por lo tanto, ambos potencian el modelo colonizador y estructural de la corona española.

Fuentes

60Archivo Histórico Nacional de Madrid, Sección Inquisición de Lima
Legajo 5345, documento n°3, folios 87 verso - 90 verso.
Legajo 5345, documento n°4, folios 116 verso - 118 reverso.
Legajo 5346, documento n°1, folios 42 verso - 48 verso.

Inicio de página

Bibliografía

Araya, Alejandra, “Azotar. E1 cuerpo, prácticas de dominio colonial e imaginarios del reino a la república de Chile”, en Gaune, Rafael & Undurraga, Verónica (eds.), Formas de control y disciplinamiento. Chile, América y Europa, siglos XVI-XIX, Uqbar Editores, Santiago de Chile, 2014, p. 195-215.

Arrelucea Barrantes, Maribel, Sobreviviendo a la esclavitud. Negociación y honor en las prácticas cotidianas de los africanos y afrodescendientes. Lima, 1750-1820, Instituto de Estudios Peruanos, Lima, 2018, 439 p.

Benassar, Bartolomé, Inquisición española: Poder político y control social, Editorial Crítica, Barcelona, 1984, 347 p.

Caro, Baroja Julio, Vidas mágicas e Inquisición, Tomo I, Istmo, Madrid, 1992, 456 p.

Cavallero, Ricardo, Justicia inquisitorial. El sistema de justicia criminal de la Inquisición española, Editorial Ariel, Buenos Aires, 2003, 222 p.

Contreras, Jaime, Historia de la Inquisición Española (1478-1834), Arcos Libros, Madrid, 2004, 80 p.

Cordero, Macarena, “Destierro a la isla de Juan Fernández a fines del siglo XVIII: Civilización, corrección y exclusión social”, en Valenzuela, Jaime, América en diásporas. Esclavitudes y migraciones forzadas en Chile y otras regiones americanas (Siglos XVI-XIX), RIL Editores, Santiago, 2017, p. 439-467.

Escandell, Bartolomé, “La Inquisición como dispositivo de control social y la pervivencia actual del modelo inquisitorial”, en Alcalá, Ángel et al, Inquisición española y mentalidad inquisitorial, Editorial Ariel, Barcelona, 1984, p. 597-611.

Farge, Arlette, Efusión y tormento. El relato de los cuerpos. Historia del pueblo en el siglo XVIII, Katz Editores, Buenos Aires, 2008, 237 p.

Foucault, Michel, Obrar mal, decir la verdad. La función de la confesión en la justicia, Editorial Siglo XXI, Buenos Aires, 2014, 360 p.

Foucault, Michel, Vigilar y castigar. El nacimiento de la prisión, Editorial Siglo XXI, Buenos Aires, 2008, 384 p.

Gacto Fernández, Enrique, “Observaciones jurídicas sobre el proceso inquisitorial”, en Levaggi, Abelardo, (coord.), La Inquisición en Hispanoamérica, Ciudad Argentina, Buenos Aires, 1999, p. 13-41.

Ginzburg, Carlo, El Hilo y las Huellas. Lo Verdadero, lo Falso, lo Ficticio, Fondo de Cultura Económica, México, 2010, 492 p.

Ginzburg, Carlo, Mitos, emblemas, indicios. Morfología e Historia, Gedisa Editorial, Barcelona, 2013, 286 p.

Goicovic Donoso, Igor, “Los modelos interpretativos en el estudio de la violencia”, en Goicovic, Igor & Pinto, Julio & Lozoya, Ivette (comps.), Escrita con sangre. Historia de la violencia en América Latina: Siglos XIX y XX, Ceibo Ediciones, Santiago de Chile, 2013, p. 7-22.

González-Cuellar, Nicolás, Ecos de Inquisición, Castillo de Luna Ediciones Jurídicas, Madrid, 2014, 305 p.

Hernández, Bernat, “Un centauro de la Corona e Iglesia. La dimensión jurisdiccional del Santo Oficio”, en Vassallo, Jaqueline & Peña, Manuel (coord.), La Inquisición. Viejos temas, nuevas lecturas, Editorial Brujas, Córdoba, 2015, p. 47-62.

Mereu, Ítalo, Historia de la intolerancia en Europa, Editorial Paidós, Barcelona, 2003, 380 p.

Rodríguez, José Ramón, El consejo de la Suprema Inquisición. Perfil Jurídico de una institución, Editorial Complutense, Madrid, 2000, 283 p.

O’Phelan, Scarleth, “La construcción del miedo a la plebe en el siglo XVIII a través de las rebeliones sociales”, en Rosas, Claudia (ed.), El Miedo en el Perú, Ediciones Pontificia Universidad Católica del Perú, Lima, 2008, p. 123-138.

Peña, Manuel, “Ceremonias y fiestas inquisitoriales”, en Vassallo, Jaqueline & Peña, Manuel (coords.), La Inquisición. Viejos temas, nuevas lecturas, Editorial Brujas, Córdoba, 2015, p. 83-101.

Peña, Manuel, “Los sambenitillos en el mundo hispánico” (siglos XVI-XVIII), Revista Historia y Justicia, Santiago, n°15, 2020.

Tausiet, María, Ponzoña en los ojos. Brujería y superstición en Aragón en el siglo XVI, Turner Publicaciones, 2004, 644 p.

Torquemada, María Jesús, La Inquisición y el diablo. Supersticiones en el siglo XVIII, Universidad de Sevilla, Sevilla, 2000, 228 p.

Torquemada, María Jesús, “Doscientos azotes y pena de destierro”, en Zamora, María Jesús & Ortiz, Alberto (eds.), Espejo de brujas. Mujeres Transgresoras a través de la Historia, Abada Editores, Madrid, 2012, p. 353-370.

Torquemada, María Jesús, “Los delitos de brujería y sortilegios: Los orígenes de su represión jurídica y algunas observaciones acerca de sus peculiaridades”, en Muñoz, María José & Torquemada, María Jesús (coords.), Tres estampas sobre la mujer en la historia del derecho, Dykinson, Madrid, 2013, p. 55-114.

Urra, Natalia, “Movilidades Geográficas, Alianzas y Parentescos en Torno a las Prácticas Supersticiosas. Lima y sus Hechiceras, siglos XVII y XIII”, Diálogo Andino, Arica, n°60, 2019, p. 45-55.

Urra, Natalia, “Mestizaje Mágico en la Ciudad. Intercambios, Apropiaciones y Recepciones. El Proceso Inquisitorial Contra María Flores, “la Llana Candela”, 1699-1709”, Edad de Oro. Revista de Filología Hispánica, Madrid, vol. XXXVIII, 2019, p. 361-373.

Urra, Natalia, “María Josefa de la Encarnación. Posesa, endemoniada y loca frente a los inquisidores de Lima, 1714-1719”, História, Sao Paulo, n°38, 2019, p. 1-16.

Inicio de página

Notas

1 Benassar, Bartolomé, Inquisición española: Poder político y control social, Editorial Crítica, Barcelona, 1984, p. 7-13.

2 Escandell, Bartolomé, “La Inquisición como dispositivo de control social y la pervivencia actual del modelo inquisitorial”, en Alcalá, Ángel y Otros, Inquisición española y mentalidad inquisitorial, Editorial Ariel, Barcelona, 1984, p. 600-607.

3 Benassar, Bartolomé, Inquisición, Op. Cit., p. 94-97.

4 La mayoría de las acusadas por practicar hechicerías, sortilegios o supersticiones (conceptos muy diferentes, pero, al mismo tiempo, confundidos por la tradición popular) eran mujeres. La historiografía es abundante sobre el tema; explica, detalla y analiza un sinfín de casos y estereotipos femeninos vinculados a este tipo de delitos. Sin embargo, otra de las excepcionalidades de estos tres procesos es que son contra un hombre, pues tanto la tradición demonológica, como la variedad de creencias en torno a las prácticas sortílegas, lo connotan como un conocimiento netamente femenino. Para más información, véase Torquemada, María Jesús, Torquemada, María Jesús, La Inquisición y el diablo. Supersticiones en el siglo XVIII, Universidad de Sevilla, Sevilla, 2000.

5 Ginzburg, Carlo, El hilo y las huellas. Lo verdadero, lo falso, lo ficticio, Fondo de Cultura Económica, México, 2010, p. 370-373.

6 Ginzburg, Carlo, El hilo y las huellas., Op. Cit., p. 386-391.

7 Foucault, Michel, Obrar Mal, decir la verdad. La función de la confesión en la justicia, Editorial Siglo XXI, Buenos Aires, 2014, p. 24-30.

8 Cordero, Macarena, “Destierro a la isla de Juan Fernández a fines del siglo XVIII: Civilización, corrección y exclusión social”, en Valenzuela, Jaime, América en diásporas. Esclavitudes y migraciones forzadas en Chile y otras regiones americanas (Siglos XVI-XIX), Ril Editores, Santiago, 2017, p. 439-441.

9 Rodríguez, José Ramón, El consejo de la Suprema Inquisición. Perfil Jurídico de una institución, Editorial Complutense, Madrid, 2000, p.15-17.

10 Cavallero, Ricardo, Justicia inquisitorial. El sistema de justicia criminal de la Inquisición española, Editorial Ariel, Buenos Aires, 2003, p. 9-10.

11 Hernández, Bernat, “Un centauro de la Corona e Iglesia. La dimensión jurisdiccional del Santo Oficio”, en Vassallo, Jaqueline & Peña, Manuel (coords.), La Inquisición. Viejos temas, nuevas lecturas, Editorial Brujas, Córdoba, 2015, p. 47-51.

12 Torquemada, María Jesús, “Doscientos azotes y pena de destierro”, en Zamora, María Jesús & Ortiz, Alberto (eds.), Espejo de brujas. Mujeres Transgresoras a través de la Historia, Abada Editores, Madrid, 2012, p. 355.

13 Gacto Fernández, Enrique, “Observaciones jurídicas sobre el proceso inquisitorial”, en Levaggi, Abelardo, (coord.), La Inquisición en Hispanoamérica, Ciudad Argentina, Buenos Aires, 1999, p. 13-20.

14 El Santo Oficio y su legislación respecto a los delitos de superstición fue bastante ambiguo o poco claro. Para desarrollar un procedimiento adecuado y juzgar correctamente a un sujeto que practicaba tales actividades y conocimientos, se respaldó en una serie de tratados demonológicos y teológicos, incluso en una serie de bulas dictadas en el medioevo. Nicolás Eymeric, Francisco Peña, Cesar Carena o Francisco de la Pradilla fueron algunos de los tratadistas en quien se inspiró La Inquisición española. Éstos definieron de muchas formas el delito de superstición, ninguno coincidió en sus apreciaciones, ya que cada uno definió de forma distinta el significado de estas prácticas, pero sí concordaron que la creencia en el demonio y su fidelidad a él por medio de las supersticiones, convertía al acusado en un hereje que debía ser procesado y condenado. Para ahondar sobre este tema, recomiendo Torquemada, María Jesús, La Inquisición y el diablo. Supersticiones en el siglo XVIII, Universidad de Sevilla, Sevilla, 2000.

15 La expresión “mochar” se refiere a una práctica común entre las poblaciones andinas, éstos mezclan las hojas de coca con cenizas y luego la mastican hasta formar una bola en la boca. En ciertos rituales las hojas las escupen y según como caigan al suelo adivinan el porvenir.

16 Ambos términos definen la gravedad de los hechos cometidos por el acusado. Sin embargo, se diferencian por el pacto o no con el demonio. Para mayor información revisar las obras de María Jesús Torquemada.

17 Ambas expresiones aluden a sujetos carentes de razón y que para conseguir un propósito personal utilizan objetos “inútiles”. Para más información, véase Cavallero, Ricardo, Justicia inquisitorial. El sistema de justicia criminal de la Inquisición española, Editorial Ariel, Buenos Aires, 2003; y Torquemada, María Jesús, La Inquisición y el diablo. Supersticiones en el siglo XVIII, Universidad de Sevilla, Sevilla, 2000.

18 El pacto con el demonio era el elemento clave para definir a un sujeto como un hereje o no, ya que, según los tratados y la legislación respectiva, éste le entrega su alma y se compromete a adorarlo renegando de la fe cristiana y su devoción a Dios. La nomenclatura de ideas y conceptos nunca terminó por definir correctamente qué es brujería o qué es hechicería, sin embargo, en el primer caso se pacta explícitamente con el demonio y, en el segundo, sólo se le nombra o pide su intervención sin comprometerse a adorarlo. Para más información, véase Torquemada, M. J., La Inquisición y el diablo, Op. Cit.

19 Archivo Histórico Nacional de Madrid (AHN), Inquisición de Lima, legajo 5345, documento n°3, folios 87 verso-90 verso.

20 Foucault, Michel, Obrar Mal, decir la verdad. La función de la confesión en la justicia, Editorial Siglo XXI, Buenos Aires, 2014, p. 24-30.

21 Farge, Arlette, Efusión y tormento. El relato de los cuerpos. Historia del pueblo en el siglo XVIII, Katz Editores, Buenos Aires, 2008, p. 12.

22 Caro Baroja, Julio, Vidas mágicas e Inquisición, Tomo I, Istmo, Madrid, 1992, p. 260.

23 Ginzburg, Carlo, Mitos, emblemas, indicios. Morfología e Historia, Gedisa, Barcelona, 2013, p. 32-33.

24 AHN, Inquisición de Lima, legajo 5345, documento n°3, folios 89 reverso. Se conserva la ortografía original.

25 Torquemada, M. J., La Inquisición y el diablo, Op. Cit., p. 29.

26 Tausiet, María, Ponzoña en los ojos. Brujería y superstición en Aragón en el siglo XVI, Turner Publicaciones, 2004, p. 88-97.

27 Los testigos eran clave dentro de los procesos del Santo Oficio, incluso el secreto inquisitorial impedía conocer sus nombres, pues formaba parte de su modelo procesal que, a su vez, lo diferenciaba de las prácticas jurídicas europeas. El silencio sobre ellos ejemplificaba el sistema penal, el objetivo era que todos le temieran y así, por medio del secreto, demostraba su eficacia al momento de condenar. La culpabilidad del reo era proporcional a su estado de indefensión, pues debía suponer o adivinar quiénes eran sus delatores y con esto el mismo daba pruebas de su heterodoxia. Para más información, véase Cavallero, Ricardo, Justicia inquisitorial. El sistema de justicia criminal de la Inquisición española, Editorial Ariel, Buenos Aires, 2003.

28 AHN, Inquisición de Lima, legajo 5345, documento n°4, folios 116 reverso-118 verso.

29 Hernández, Bernat, “Un centauro de la Corona e Iglesia. La dimensión jurisdiccional del Santo Oficio”, Op. Cit., p. 57-69.

30 Mereu, Ítalo, Historia de la intolerancia en Europa, Editorial Paidós, Barcelona, 2003, p. 238-245.

31 González-Cuellar, Nicolás, Ecos de Inquisición, Castillo de Luna Ediciones Jurídicas, Madrid, 2014, p. 235-250.

32 Foucault, Michel, Vigilar y castigar. El nacimiento de la prisión, Editorial Siglo XXI, Buenos Aires, 2008, p. 17-19.

33 Peña, Manuel, “Ceremonias y fiestas inquisitoriales”, en Vassallo, J. & Peña, M. (coords.), La Inquisición, Op. Cit., p. 83-85.

34 Araya, Alejandra, “Azotar. E1 cuerpo, prácticas de dominio colonial e imaginarios del reino a la república de Chile”, en Gaune, Rafael & Undurraga, Verónica (eds.), Formas de control y disciplinamiento. Chile, América y Europa, siglos XVI-XIX, Uqbar Editores, Santiago de Chile, p. 194-215.

35 Torquemada, María Jesús, “Los delitos de brujería y sortilegios: Los orígenes de su represión jurídica y algunas observaciones acerca de sus peculiaridades”, en Muñoz, María José & Torquemada, María Jesús, Tres estampas sobre la mujer en la historia del derecho, Dykinson, S. L., Madrid, 2013, p. 104-107.

36 Farge, Arlette, Efusión y tormento, Op. Cit., p. 16-17.

37 Torquemada, María Jesús, “Doscientos azotes y pena de destierro”, Op. Cit., p. 364-365.

38 Cordero, M., “Destierro a la Isla de Juan Fernández”, Op. Cit., p. 445-451.

39 Arrelucea, Maribel, Sobreviviendo a la esclavitud. Negociación y honor en las prácticas cotidianas de los africanos y afrodescendientes. Lima, 1750-1820, Instituto de Estudios Peruanos, Lima, 2018, p. 290-295.

40 Urra, Natalia, “Movilidades geográficas, alianzas y parentescos en torno a las prácticas supersticiosas. Lima y sus hechiceras, siglos XVII y XIII”, Revista Diálogo Andino, Arica, n°60, 2019, p. 45-60.

41 Urra, Natalia, “Mestizaje mágico en la ciudad. Intercambios, apropiaciones y recepciones. El proceso inquisitorial contra María Flores, “La Llana Candela”, 1699-1709”, Revista Edad de Oro, Madrid, vol. XXXVIII, 2019, p. 361-373.

42 AHN, Inquisición de Lima, legajo 5346, documento n°1, folios 43 verso-reverso.

43 AHN, Inquisición de Lima, legajo 5346, documento n°1, folios 42 reverso-43 verso.

44 AHN, Inquisición de Lima, legajo 5346, documento n°1, folios 44 reverso.

45 AHN, Inquisición de Lima, legajo 5346, documento n°1, folios 44 verso.

46 Urra, Natalia, “María Josefa de la Encarnación. Posesa, endemoniada y loca frente a los inquisidores de Lima, 1714-1719”, Revista Historia Sao Paulo, Sao Paulo, n°38, 2019, p. 1-16.

47 AHN, Inquisición de Lima, legajo 5346, documento n°1, folio 47 verso.

48 Goicovic Donoso, Igor, “Los modelos interpretativos en el estudio de la violencia”, en Goicovic, Igor & Pinto, Julio & Lozoya, Ivette (comps.), Escrita con sangre. Historia de la violencia en América Latina: Siglos XIX y XX, Ceibo Ediciones, Santiago de Chile, 2013, p. 16-18.

49 Gacto Fernández, Enrique, “Observaciones jurídicas sobre el proceso inquisitorial”, Op. Cit., p. 33.

50 Torquemada, María Jesús, La Inquisición y el diablo, Op. Cit., p. 65.

51 O’Phelan, Scarleth, “La construcción del miedo a la plebe en el siglo XVIII a través de las rebeliones sociales”, en Rosas, Claudia (ed.), El miedo en el Perú, Ediciones Pontificia Universidad Católica del Perú, Lima, 2008, p. 123-138.

52 Cavallero, Ricardo, Justicia inquisitorial, Op. Cit., p. 76.

53 Torquemada, María Jesús, “Los delitos de brujería y sortilegios”, Op. Cit., p. 110.

54 Contreras, Jaime, Historia de la Inquisición Española (1478-1834), Arcos/Libros S. L., Madrid, 2004, p. 60.

55 Peña, Manuel, “Los sambenitillos en el mundo hispánico (siglos XVI-XVIII)”, Revista Historia y Justicia, Santiago, n°15, 2020.

56 Torquemada, M. J., “Doscientos azotes y pena de destierro”, Op. Cit., p. 366-367.

57 Tausiet, M., Ponzoña en los ojos, Op. Cit., p. 97-99.

58 Tausiet, M., Ponzoña en los ojos, Op. Cit., p. 89-91.

59 Torquemada, M. J., “Doscientos azotes y pena de destierro”, Op. Cit., p. 364.

60 Contreras, Jaime, Historia de la Inquisición Española, Op. Cit., p. 31-33.

Inicio de página

Para citar este artículo

Referencia electrónica

Natalia Urra Jaque, « Reincidencias, destierros y azotes. Félix Canelas, “El Ayanque” frente al Santo Oficio de Lima, siglo XVIII », Revista Historia y Justicia [En línea], 15 | 2020, Publicado el 30 noviembre 2020, consultado el 29 septiembre 2023. URL : http://journals.openedition.org/rhj/7678 ; DOI : https://doi.org/10.4000/rhj.7678

Inicio de página

Autor

Natalia Urra Jaque

Doctora en Historia Moderna, Universidad Andrés Bello, Chile.
natalia.urra@unab.cl
La siguiente investigación se enmarca en el proyecto DI-05-19/JM “Magia amorosa en los contextos urbanos: Emociones y transgresiones ante la Inquisición de Lima, siglos XVII y XVIII”, financiado por la Universidad Andrés Bello y dentro del proyecto “Religiosidad nativa, idolatría e instituciones eclesiásticas en los mundos ibéricos, época moderna” financiado por la Universidad Nacional Autónoma de México UNAM PAPIITI G400619.

Artículos del mismo autor

  • Presentación Dossier [Texto completo]
    "Inquisiciones, Justicia y Cotidianidades en el Antiguo Régimen. Discursos, métodos y aplicaciones”
    Publicado en Revista Historia y Justicia, 15 | 2020
Inicio de página

Derechos de autor

Salvo indicación contraria, el texto y otros elementos (ilustraciones, archivos adicionales importados) son "Todos los derechos reservados".

Inicio de página
  • Logo Erih+
  • Logo ACTO Editores Ltda
  • Logo Grupo de Estudios Historia y Justicia
  • OpenEdition Journals
Buscar en OpenEdition Search

Se le redirigirá a OpenEdition Search