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Oltre lo stato rappresentativo? | Beyond Representative State

Sobre la remota existencia del pueblo y otras incógnitas del referéndum

On the remote existence of the people and other hidden questions of the referendum
Francisco Javier Laporta
p. 85-102

Abstract

From a position not in favour, after the experiences in Europe in recent years both at European and national level, it is argued against the referendum as a procedure to settle complex political issues that claims to go beyond representative democracy. Starting from the ambiguities that the word «people» conveys, whether used as referring to a collective entity or to an aggregate of individuals, or used as denoting an active and present sovereign or a silent and sleeping political subject, the different scopes of the institution of referendum are discussed in relationship with these plural meanings of the notion of «people». Some mixtifications of this use in real political discourse, as in the case of Catalonia, are shown. The information problems and biases that are currently present in empirical referendums are examined, and the notion of wisdom of the people and some aspects of the alleged «epistemic» justification of democracy are mentioned. The requirements that are often demanded to accept this justification are too demanding to suppose that they can be met in a real referendum. Lastly, several problems that this political procedure entails are recalled: the possibility of conflict with other institutions of representative democracy, the difficulty of demanding political responsibility for people’s decisions, the rigidity of their decisions to be modified and the «suicidal» tendency democracy can feed when abandoned to this sort of procedures.

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Termini di indicizzazione

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Testo integrale

1. Introducción

  • 1 He podido beneficiarme de la lectura atenta del presente texto por Juan Carlos Bayón, Andrea Greppi (...)
  • 2 Para los lectores que deseen contrastar mis ideas con textos muy favorables a la práctica del refer (...)
  • 3 Mény, 2019: 175.

1Siempre que nos preguntamos si podemos ir más allá del Estado representativo prosiguiendo una vía democrática, nos salen al paso distintas figuras de la llamada democracia directa, y entre ellas, naturalmente, el más importante procedimiento institucional de ese tipo de democracia: el referéndum. Los tiempos, además, parecen demandar que volvamos a prestarle una atención renovada. A ello está dedicado el presente ensayo1. Para hacerlo quiero comenzar por poner mis cartas sobre la mesa: soy un enemigo declarado y explícito de la mayoría de los usos del referéndum en el proceso político. También suelo mirar con especial desconfianza los conceptos que pretenden denotar entidades colectivas, tales como «pueblo», «nación», «minoría», etc., como si se tratara de sujetos vivos de rasgos homogéneos y definidos2. Antes de comenzar debo advertir que estas reflexiones mías no tienen su origen en el uso espurio del referéndum que se realizaba en España en tiempos del general Franco, como se hacía en tantos otros regímenes autoritarios. Aquellas consultas me parecieron siempre prácticas políticamente fraudulentas y éticamente despreciables. Mis dudas aparecen en el momento en que el pueblo francés decide pronunciarse con un no en un tema de tanta complejidad como el proyecto de Constitución para Europa en 2005. Ese fue, me parece, un episodio importante porque altera el rumbo de la Unión Europea de un modo imprevisto sobre la base de una consulta popular acerca de una cuestión cuyo contenido me parece difícil pensar que pudiera ser entendido por la mayoría de los ciudadanos que la respondieron negativamente. Lo que demasiados hicieron fue, como recordarán, votar contra «le plombier polonais», una amenaza imaginaria inducida por la propaganda de algunos partidos. Desde entonces alimento la misma convicción, y tiendo a considerar que una de las causas más importantes de los retrocesos de la Unión Europea puede ser precisamente la oleada de sacudidas a que se ha visto sometida como consecuencia de las sucesivas consultas referendarias en sus países socios. Aquel de Francia no fue el primero; hubo uno anterior, el de Dinamarca sobre el tratado de Maastricht, del que Yves Mény afirma que era una propuesta «cuyo contenido y cuya formulación eran comprensibles solo para un puñado de expertos en Derecho de la Unión Europea»3. Después, el referéndum indirecto de Irlanda del Norte sobre el Tratado de Lisboa, y tras él algunos más. El Brexit es solo el colofón de toda una serie. Me parece que el resultado global de esas consultas no ha sido dar un paso hacia una mayor integración política, que era lo deseable, sino una regresión hacia exigencias particulares de los socios en detrimento del proyecto común. Pero también hemos vivido episodios similares en el ámbito nacional, que de nuevo ilustran las distorsiones que pueden producir los referéndums: por ejemplo, el rechazo de la reforma constitucional de Matteo Renzi en Italia, donde seguramente se votó más en contra de Renzi y no tanto sobre la reforma constitucional, o el no al plan de paz en Colombia, que, a pesar del rechazo popular, tuvo que acabar aprobándose en los órganos representativos. Con esos antecedentes hube de enfrentarme a la obsesiva petición de un referéndum sobre la llamada «autodeterminación» en Cataluña. Y, por último, tras el Brexit, tomé de nuevo una posición pública contundente.

  • 4 Un libro introductorio muy adecuado sobre ello, López, 2017.
  • 5 Una supervivencia de instituciones medievales. Cuando un municipio tiene muy pocos habitantes, se c (...)

2Todas esas fueron aportaciones menores desde el punto de vista académico, publicadas en un conocido diario español, aunque por ello quizá con mayor resonancia pública que los ensayos escritos en revistas teóricas. Este artículo me da la oportunidad de ir poniendo mis ideas en orden y tratar de explicitarlas y precisarlas un poco más. Sé que hay una amplia tipología de referéndums, y que los referéndums tienen también familiares cercanos con los que no deben confundirse4. No todos son iguales y no todos tienen los mismos problemas. Por lo que he dicho se entenderá que mi desconfianza hacia esos procedimientos de la supuesta «democracia directa» no se refiere, naturalmente, a esas consultas locales sobre un tema acotado que se celebran con frecuencia en ámbitos políticos menores para tomar decisiones muy precisas. Ni sobre lo que la tradición municipal en España llama «Concejo abierto»5. Mi objeto de preocupación son los referéndums propuestos como un paso más allá de la democracia representativa a grandes cuerpos electorales sobre cuestiones complejas, a veces muy complejas (la adhesión o la retirada de un tratado internacional, las condiciones de pago de la deuda pública nacional, el tratamiento de la inmigración, la puesta en vigor o la reforma de una constitución, la modificación de las fronteras territoriales, o la toma de posición ante un conflicto internacional). Y en esos temas, además, quisiera partir de coordenadas cercanas a las que dibujó Bovero. Cito:

  • 6 Bovero, 2002: 43.

Una institución de la democracia directa como el referéndum puede ciertamente ser invocada como un correctivo democrático frente a eventuales distorsiones de la democracia representativa, pero solamente cuando se aplique a un problema de decisión que por su naturaleza sea reductible a una pregunta específica y circunscrita, además de sensata, que pueda formularse en los términos de una alternativa neta entre un sí y un no, y solamente después de un debate público suficientemente amplio que permita a los ciudadanos la posibilidad de formarse una opinión ponderada. Como es obvio, estas condiciones no se presentan frecuentemente; al contrario, la mayor parte de los problemas de decisión política, en las sociedades contemporáneas, no pueden reducirse de ninguna manera a una alternativa neta6.

3Casi todos los extremos que se mencionan en esa cita me parecen convincentes, pero también me inclinan a hacer unas reflexiones contra el uso del referéndum. Lo que quizá me diferencia de Michelangelo Bovero es que yo no creo que estemos ante un «correctivo» de la democracia representativa: creo que se trata de algo que generalmente la empeora. Expondré mis razones de un modo perentorio e informal, consciente de que tras cada una de ellas hay un nudo de problemas y de dudas.

2. Dos ambigüedades

  • 7 Canovan, 2005.
  • 8 Tuck, 2016.
  • 9 Sobre lo falaz de este tipo de argumento, remito a Caro Baroja, 2004.

4El referéndum como procedimiento de toma de decisiones colectivas, si se desarrolla en un marco institucional de democracia liberal, con pluralismo político, libertades públicas e igualdad ciudadana, parece venir avalado por una argumentación poderosa. Pretende ser una apelación directa al sujeto político supremo: el pueblo. Oír la «voz» del pueblo, es decir, oír directamente al pueblo como soberano que no reconoce superior político. Pero eso de la «soberanía del pueblo», que parece un ideal irrenunciable, tropieza inmediatamente con problemas muy profundos de definición. Si no queremos dejarnos fascinar por la magia de las grandes palabras, tan engañosa siempre, tenemos que empezar por deshacer las ambigüedades que esas palabras parecen llevar consigo. Respecto a la noción de «pueblo» las ha subrayado con especial agudeza Margaret Canovan7. «Pueblo» puede hacer referencia, primera ambigüedad, a una entidad colectiva sustantivada (un todo orgánico comunitario), o a una mera agregación más o menos articulada e incluyente de individuos. Y puede hacer referencia, segunda ambigüedad, a un sujeto plural «en acción», activo y presente, del que se dice que desarrolla algunos comportamientos unitarios, o a un sujeto potencial de decisiones que está, por así decirlo, en reserva, silencioso, en la trastienda de la historia, «entre bastidores», sin salir a escena, una abstracción que tiene todos los rasgos de un mito, lo que el historiador Richard Tuck ha llamado «el soberano durmiente»8. El problema es que no tenemos herramientas para introducir claridad y precisión en ninguna de las dos ambigüedades. Por un lado, no tenemos hoy, y conjeturo que tampoco tendremos en el futuro, ningún conjunto de rasgos distintivos o propiedades que nos permitan definir aquella entidad colectiva que llamamos «pueblo», de la que muchas veces pretendemos obtener, no solo legitimidad política, sino hasta la identidad personal misma. Todos los esfuerzos teóricos que se han realizado para tratar de establecer los rasgos de ese misterioso sujeto de forma tal que podamos distinguirlo, por ejemplo, de otros pueblos, han resultado fallidos. Al «pueblo» así pensado le sucede lo mismo que a la «nación»: sus propiedades son imposibles de encontrar o caprichosas. Cuando se intenta hallarlas se acaba naufragando sin remedio en el mito de los «caracteres nacionales»9. Siempre es, por tanto, una tarea engañosa e inconcluyente. Sin embargo, tanto el concepto de «pueblo» como el concepto de «nación», siguen resistiéndose a abandonar el lenguaje político y a perder su función entificadora, sublimadora. Siguen pretendiendo ser la referencia enigmática a un todo social unitario que se presenta como comunidad de identificación.

  • 10 Rosanvallon, 1998.

5Y tampoco es fácil deshacer esta primera ambigüedad optando por la que parece ser su solución más racional: concebir el pueblo como un agregado definido de actores individuales listado en un censo que pueden articular un comportamiento con uno u otro método de agregación de decisiones, dando con ello como resultado una acción colectiva. Tanto a lo largo de la historia como en el presente hemos podido ser testigos de que los criterios de inclusión y exclusión en ese agregado han sido con frecuencia arbitrarios y controvertibles. El pueblo soberano ha sido durante más de un siglo solo el agregado de los hombres blancos, de los hombres blancos con ciertas rentas, de los hombres blancos con cierto grado de instrucción, etc. Tras una dura lucha secular se va por fin consiguiendo incluir en el agregado a las mujeres, que al parecer no eran «pueblo» hasta hace bien poco. Todavía no lo son en una buena cantidad de lugares. Tras una lucha similar, si no más dramática, se han ido incluyendo también individuos de otras «razas» o «colores», etc. No sin cierta agudeza, Pierre Rosanvallon llamaba al pueblo francés del siglo xix, el «pueblo inencontrable»10. Aún hoy, y en los países más evolucionados políticamente, se siguen discutiendo y modificando los criterios de inclusión. En España, por ejemplo, acaba de aprobarse una ampliación del derecho de sufragio que trata de incluir a individuos con cierta discapacidad intelectual. Y se estudia en algunos países rebajar la edad electoral a los dieciséis años. En la Unión Europea misma se está avanzando hacia el reconocimiento de los residentes extranjeros. En resumen, que no es nada fácil determinar quiénes forman parte del agregado, en qué condición y porqué. Por no mencionar la incógnita que plantea desde esta perspectiva el derecho mismo a participar en las decisiones: ¿se tiene derecho a participar porque se pertenece al pueblo, o se pertenece al pueblo porque se tiene derecho a participar? En las dos opciones encontraremos graves dificultades teóricas. Y por último, tampoco sabemos cuál es la relación que existe entre los comportamientos organizados de este agregado de actores individuales y el presunto todo colectivo anterior. ¿Es solo una parte de ese todo? ¿«Representa» a ese todo?

6Por lo que respecta a la segunda ambigüedad, la del pueblo como soberano «en acción» frente al pueblo como soberano silente tras las bambalinas de la historia, los juristas tienen más familiaridad con ella porque ese soberano omnipotente y silencioso, mítico, tiene un reflejo muy claro, aunque lleno de misterios, en la noción jurídica de «poder constituyente originario» (como distinto del «poder constituyente constituido»). El «pueblo» es el titular del poder constituyente originario. Lo que no sabemos es en qué consiste ese poder. ¿Qué hechos nos sirven de indicio para saber que ese poder originario ha actuado? ¿Una constitución vigente? ¿Unas elecciones? ¿Un referéndum? ¿Una movilización masiva? ¿Una revuelta espontánea? ¡Wir sind das Volk!, «¡Somos el pueblo!», gritaban los manifestantes de la Alemania oriental poco antes de la caída del muro de Berlín. Pero ¿lo eran? ¿Y por qué lo eran?

  • 11 Sobre el poder constituyente originario visto como una invención que viola los límites del lenguaje (...)
  • 12 Canovan, 2005: 89.

7Lo misterioso de ese poder omnipotente y callado es que tampoco resulta nada fácil señalar algún rasgo que lo defina con razonable claridad. Los juristas presuponen que existe porque, por ejemplo, existe una constitución en vigor o se ha reformado una constitución hasta ahora vigente, y entonces afirman que tiene que haber un poder que la haya puesto en vigor o que haya procedido a reformarla, el poder constituyente originario, y como no hay manera de saber cuáles son las características de ese poder ni del sujeto que lo tiene, entonces se limitan a suponer que existe. Pero que existe —si se me permite la ironía— con los mismos atributos que se predican de Dios: es alguien omnipotente y alguien que siempre está en silencio. Se trata de una suerte de argumento trascendental o de presuposición lógica de cuya necesidad cabe dudar. Muchos juristas afirman que es un poder del que se saben cosas, pero siempre se saben ex post, después de que ha «actuado». Y uno puede sospechar que lo que ha sucedido es que tras un acontecimiento histórico de cierta importancia se ha procedido a imputárselo a un actor mítico inventado11. Porque, de nuevo, ¿cómo sabemos que ciertos comportamientos colectivos, un voto de la mayoría de los ciudadanos, por ejemplo, es un indicio de que allí detrás hay un titular de ese poder? Me parece que no lo sabremos nunca. «Ningún procedimiento, por cuidadosamente que se construya —escribe Margaret Canovan— puede garantizar un resultado que pueda ser considerado plausiblemente como el acto del pueblo soberano»12. Así que nos vemos obligados de nuevo a tener como verdades lo que no son más que meras conjeturas o afirmaciones mágicas.

3. «Pueblo» y referéndum

8En este escenario ineludible de la doble ambigüedad de la noción de pueblo debemos ahora preguntarnos por el encaje que pueda tener una institución como el referéndum como la manifestación de la supuesta voluntad del pueblo soberano. El referéndum puede ser, entonces, una acción realizada por el sujeto colectivo como actor total y viviente, o una acción o decisión colectiva realizada por un agregado determinado de actores individuales identificados conforme a una regla de inclusión y una regla de agregación de preferencias (las reglas más comunes son la inclusión de todos los ciudadanos mayores de edad, la mera adición de los votos individuales de esos ciudadanos, y la decisión de la mayoría aritmética como resultado). Acciones y decisiones siempre controvertibles y algoritmos quizá demasiado simples. Pero ni aun así se puede evitar tan fácilmente la ambigüedad, porque la respuesta del cuerpo electoral de estos individuos a la pregunta del referéndum, obtenida aritméticamente de esa manera, tiende a identificarse tácitamente con la voz del actor unitario. Y a partir de la decisión de esa mayoría así obtenida, se concluye apresuradamente que el «pueblo» se ha pronunciado. Este deslizamiento de un significado al otro es siempre inherente a un término tan ambiguo. Y genera equívocos siempre que se pretenden resolver con él conflictos territoriales. Lo hemos podido ver en España, en la cuestión del malestar de Cataluña, porque no es imposible que esa ambigüedad se haya venido explotando cotidianamente como un principio de estrategia política en ese conflicto territorial. En efecto, estamos siendo testigos, no sin sorpresa, de cómo todos los grupos y partidos «independentistas» o secesionistas de Cataluña y todos los líderes políticos de esos grupos y partidos, desde los más conservadores hasta los más innovadores, parecen querer reducir todas sus demandas políticas a una sola: la celebración de un referéndum de autodeterminación. Sabemos por otro lado que, de acuerdo con la mayoría de los sondeos demoscópicos, el resultado de un referéndum de esa naturaleza, calculado con las reglas usuales mencionadas, sería seguramente un no a la independencia de Cataluña. ¿Por qué entonces concentrarse tan unilateralmente en esa propuesta? La respuesta es sencilla, y se puede extraer de la magia de esa ambigüedad: porque por la pura celebración del referéndum, el cuerpo electoral de los ciudadanos mayores de edad de las provincias catalanas se tornará mágicamente en un demos que se tenga como «pueblo» en el sentido primario de sujeto político originario, de entidad colectiva sustantivada. Mediante ese argumento se puede llegar a invertir subrepticiamente la lógica nacionalista con el solo fin de crear en el imaginario colectivo una realidad política nueva. En efecto, se da por sabido que la lógica nacionalista tiene que funcionar de acuerdo con un razonamiento parecido a este: «Dado que Cataluña es un “pueblo” (o una “nación”, etc.), Cataluña tiene derecho a decidir su forma política». Pero lo que se busca al invertir esa lógica es llegar espuriamente a este otro razonamiento: «Dado que Cataluña (es decir, el agregado de individuos censados mayores de edad, etc.) decide en un referéndum sobre su forma política, entonces, Cataluña es un “pueblo” (es decir, un sujeto político autónomo, una “nación”)». Es decir, no se demanda tan unánimemente votar porque se sea un pueblo con derecho a ello, sino que se pretende obtener la condición de pueblo, de sujeto político autónomo, porque le sea reconocida jurídicamente la competencia para votar. Esa es probablemente la razón de fondo que empuja a todas las fuerzas políticas secesionistas a demandar como exigencia básica, casi única, la celebración del referéndum. Porque la mera celebración de una consulta de esta naturaleza equivale al reconocimiento como sujeto político, como «pueblo».

9Esta inversión se presenta todavía con más claridad cuando tratamos de encajar la institución del referéndum en la segunda ambigüedad. Lo que sucede entonces es que la visión de ese sujeto «en acción» que decide de hecho en un referéndum empírico se va deslizando insensiblemente hacia la acepción del pueblo como sujeto suprahistórico y silencioso; el hecho empírico, histórico, del referéndum, se tiene precisamente como una manifestación expresa de ese sujeto que está ahí detrás, o sobre la historia, entre bastidores de la escena, hasta entonces durmiente. En este caso, además, la inversión de la lógica resulta en una conclusión muy poderosa: ese colectivo que ha tomado la decisión en referéndum no es sino una manifestación puntual e histórica del otro, el sujeto ahistórico que es así titular nada menos que del poder constituyente originario. Aquí vemos de nuevo la fuerza de la inversión: no se toma la decisión colectiva porque se tenga el poder constituyente; se tiene el poder constituyente porque se toma la decisión en referéndum. La mera ocasión histórica de la toma de la decisión, crea, constituye (como dicen los juristas) al titular del poder constituyente originario. Pero eso solo es, nuevamente, algo muy parecido a una estratagema. Porque no tenemos ningún criterio seguro que nos ayude en esa tarea imposible de hacer equivaler el resultado de un referéndum al veredicto del poder soberano. Por mucho que sea un prejuicio ampliamente aceptado. No es de extrañar, pues, que quienes aspiran a la secesión de un territorio o a la denuncia de un tratado internacional complejo, gusten tanto de la vía del referéndum. Es un procedimiento equívoco y dudoso que siempre está expuesto a la manipulación que surge de las ambigüedades que va segregando su remoto protagonista, el pueblo.

4. Los problemas del comportamiento referendario

  • 13 Esto ya lo señaló hace años Schumpeter, e insiste en ello, casi en los mismos términos, Bernard Man (...)

10Y vamos ahora con los problemas que plantea el desarrollo de ese comportamiento que se reinterpreta como una deliberación y una decisión colectiva. El primero de ellos es el de la naturaleza del objeto de la pregunta. Bovero afirma, muy razonablemente, que ha de tratarse de una cuestión que pueda ser reducida a una pregunta específica y circunscrita, y que pueda formularse en los términos de una alternativa neta entre un sí y un no. Todos sabemos de temas que nos parecen adecuados para un referéndum: si se hacen obras en la Plaza Mayor (España), si se debe permitir beber alcohol los sábados (Escocia), si se ordena el tráfico por la derecha o por la izquierda (Suecia), etc. Esas son preguntas acotadas, aunque no se ve muy bien por qué no podrían resolverse perfectamente por los representantes electos. Pero el problema es que cualquier cuestión, por compleja que sea, puede ser reformulada de modo que parezca circunscrita a una pregunta específica y contestada con un sí o un no. Poner en vigor toda una constitución o negarse a pagar la deuda nacional pueden contestarse así. Pasemos por alto el problema de psicología social que en un tema de esta envergadura suele derivarse de la división de la sociedad entre los del y los del no. Se viene en efecto mostrando en muchos estudios de psicología social que cualquier tipo de adscripciones, por irrelevantes que puedan parecer, generan parcialidades artificiales que tensan las pautas de la convivencia. Hasta un grupo de jóvenes exploradores que son divididos aleatoriamente entre los «azules» y los «verdes» para realizar sus actividades y juegos en un campamento, acaban por cultivar y adquirir una actitud de distanciamiento respecto de los del otro color. Es fácil imaginarse lo que ese efecto colectivo supondrá para la convivencia social si el contenido de la decisión es algo tan relevante como el abandono del tratado de la Unión Europea o la secesión política. Pero, como digo, dejemos esto de lado. Lo problemático es que para que ese o ese no sean aceptables como decisiones justificadas, el procedimiento de información, deliberación y decisión es complejísimo. Y el votante medio no suele tener conformadas sus preferencias al respecto13. Ahora hablaremos de ello. Veamos antes brevemente algunos problemas que suscita la mecánica misma de las decisiones binarias. Con solo imaginar un demos de tres ciudadanos a los que se plantea una cuestión compuesta solo por seis subcuestiones (A, B, C, D, E y F) que se deciden en un paquete único con un o un no (cualquier constitución, tratado o programa de Gobierno suele incorporar muchas más), podremos empezar a calibrar las incógnitas. La primera, que no cabe descartar, es que puede darse el caso de que, votadas una a una y no en un paquete único, todas las subcuestiones fueran rechazadas como consecuencia de los juegos de mayorías y minorías y las paradojas de las votaciones, y sin embargo cuando fueran votadas como paquete único resultaran, por el contrario, todas aprobadas. Pero supongamos que el no significa que solo se aceptan dos de esas subcuestiones (y se rechazan cuatro). Cada ciudadano pondera cuidadosamente sus preferencias y se decide por el si encuentra más preferencias satisfechas que insatisfechas y por el no si es al contrario. El ciudadano C1 vota no porque sus preferencias son solamente por A y B; el ciudadano C2 también vota no porque prefiere solo C y D; y el ciudadano C3 vota también no porque sus preferencias son E y F. El resultado es el rechazo global de la propuesta, aunque cada uno de los no se refiera a algo distinto. Si los ciudadanos, en cambio, pudieran configurar con su voto un órgano plural de representación y deliberación, sus preferencias estarían presentes en él, jugarían un papel, y en eventuales coaliciones podrían ser satisfechas. En un referéndum de respuesta binaria, sin embargo, no lo podrían ser. Y esto sucede porque el método de agregación de votos usual en los referéndums es sumamente tosco. No se tienen en cuenta en él ni la intensidad de las preferencias, vieja conocida de los politólogos, ni si las preferencias son internas o externas, si están mejor o peor fundadas, si son o no compatibles con otras, si están mejor o peor informadas y tantos otros matices que pueden por el contrario aparecer y entrar en juego en un órgano plural y deliberante.

11Volvamos ahora al problema de la formación de las preferencias. Tratemos de introducirnos en la mente de cualquiera de esos votantes. Lo que se le demanda es que lleve a cabo nada menos que un balance entre distintas instituciones y valores de forma tal que el peso de algunos de ellos pueda compensar el malestar o las malas consecuencias que producen otros. Pues bien, la cantidad de información que, como cualquiera puede imaginar, es necesaria para calibrar qué consecuencias tiene poner en vigor una institución (p. ej., la justicia constitucional, o el matrimonio entre personas del mismo sexo) es tan grande que es imposible suponer que un lego, como se tiene que admitir que son la mayoría de los votantes del pueblo soberano, pueda obtener y administrar adecuadamente esa información. Y por lo que respecta a la ponderación de valores en juego, los juristas sabemos desde hace años que es una actividad muy complicada que puede llevar además a resultados inconcluyentes.

12No es necesario recordar que las últimas décadas han sido fructíferas en el estudio de los sesgos, los atajos que toma la mente humana para tomar decisiones, y algunos otros saltos argumentativos. Y parece bastante improbable que todos esos problemas de la decisión no estén presentes en el caso de los votantes de un referéndum. Para empezar, desde luego, el mero hecho de tener que procesar toda esa información individualmente ya implica un coste tan grande que no es de extrañar que los ciudadanos llamados a ello resuelvan el problema con algún subterfugio, o algún autoengaño. Entre esos «atajos» se encuentran dos muy característicos de los referéndums, el del castigo al promotor y el de la sustitución de cuestiones. Unas veces se practican inadvertidamente, otras con plena deliberación. Que el voto en un referéndum puede servir para castigar a quien lo propone no es algo que sea necesario recordar aquí. Con frecuencia la gente no vota en contra (o a favor) de la propuesta, ni siquiera se para a considerar la propuesta, vota en contra (o a favor) de quien la propone. El general De Gaulle es famoso, entre otras cosas seguramente más importantes, también por ser víctima precisamente de su mucha afición al referéndum. Le gustaba tener hilo directo con el pueblo soberano, y en 1969 volvió a tratar de hablar con él, en este caso sobre algunos extremos de las regiones francesas y su presencia en el Senado en Francia. Eran propuestas bien razonables, pero lo que le dijo el «pueblo» poco tenía que ver con ellas. Lo que le dijo es que ya estaba cansado de él.

  • 14 Kahneman, 2011: 97. El llamado por Kahneman Sistema 1, es el sistema de decisiones producto de asoc (...)

13Pero lo que es más sutil es lo que Kahneman llama «sustitución de cuestiones», producto según él de nuestra inteligencia más resuelta e inmediata: «Si no se encuentra rápidamente una respuesta satisfactoria a una cuestión difícil, el Sistema 1 encontrará una cuestión relacionada que sea más fácil y la contestará»14. Para que podamos pensar que este fenómeno no se produce en un referéndum debemos suponer que los participantes en él abordan las cuestiones que se les plantean entregándose a la deliberación lenta y profunda que es característica de lo que Kahneman llama Sistema 2, el pensar informado, pausado y reflexivo. A mí esta me parece una suposición demasiado exigente. Y por ello creo que puede advertirse en todo referéndum un conjunto amplio de votantes que en lugar de votar lo que se les pregunta, sustituyen la cuestión y contestan a la que han imaginado como propia. Esto es más evidente aún si, como son los casos que estamos examinando, las cuestiones, además de complejas, pretenden tener una relación directa con el interés general. En este caso la sustitución es casi natural. Se trata de esa extendida inclinación inmediata del interés propio por encima del interés general. Aunque este no sea un corolario que tenga que mantenerse como verdadero en todo caso, parece razonable suponer que el votante de un referéndum no está entregado a priori y sin condiciones a la contemplación del interés general. El uso del voto estratégico es muy común en todo proceso electoral. Y no es producto de una desconfianza radical en la naturaleza humana suponer que la gente tiene en mente su propio interés al realizar la acción de votar. Tanto que con frecuencia se muestra que en temas que se reputan ajenos a los problemas cotidianos de cada uno, el cuerpo electoral acude poco a las urnas, es decir, que en muchos referéndums se da una participación baja, cumpliendo así con una de las conocidas conjeturas de la teoría económica de la democracia. Si, como suele ser el caso en estos procesos sobre temas complejos, la posibilidad individual de calibrar adecuadamente la trascendencia de la cuestión refrendada para el interés general es muy remota por la complejidad del tema y por los costes que supone la información, entonces la sustitución del interés general por el interés propio está asegurada. Ya lo hemos visto con el fontanero polaco. Y hay muchos otros casos. A la pregunta de por qué habían votado que al Brexit, muchos pescadores de Cornualles afirmaron categóricamente que porque querían que les devolvieran «sus» aguas (We want our water back). Y esto, si se piensa un poco, es lo más natural. Lo que resulta seguramente excéntrico es suponer lo contrario.

5. La sabiduría del pueblo

  • 15 Pazè, 2013.

14Soy consciente de que estas reflexiones abocan necesariamente a preguntarse por la sabiduría del pueblo. Este, como mostró hace años Valentina Pazé, ha sido históricamente uno de los problemas, si no «el problema», de la historia de la democracia15 y parece intensificarse cuando estamos ante un referéndum. En él el pueblo delibera y decide «directamente», sin mediaciones. Y si el pueblo es ignorante o irreflexivo, entonces eso puede trasladarse a sus actos y al resultado de sus actos. Estamos, desde luego, ante una cuestión muy delicada, porque a lo largo de la historia las élites ilustradas y las clases en el poder han utilizado cínicamente el argumento de la ignorancia del pueblo para negarse a reconocer a la mayoría su derecho a tomar decisiones. Pero es una cuestión importante, con algunas implicaciones para los fundamentos mismos del principio democrático.

  • 16 Lippmann, 2013.

15Podemos tomar como punto de partida las investigaciones de demoscopia que se han desarrollado a lo largo del siglo xx. Son demasiado numerosas como para tenerlas en cuenta, pero creo que hay un acuerdo general en que se han confirmado abrumadoramente las sospechas iniciales de Walter Lippmann sobre que el grueso de la población no tiene demasiado interés en los asuntos públicos, y tiene unos niveles bastante altos de desinformación sobre cuestiones vitales para el devenir de la vida pública16. En general, puede afirmarse que en estas cuestiones el ciudadano medio obedece más bien a estereotipos, fluctúa en sus opiniones por motivos triviales, no se detiene demasiado a pensar en las cuestiones y tiende a reaccionar a ellas mediante la apelación a los mensajes más próximos que le han enviado los medios, hasta hace muy poco la televisión predominantemente. He aquí una cita representativa, aunque un poco larga, de Zaller:

  • 17 Zaller, 1992: 36.

La gente está continuamente expuesta a un chorro de noticias e información política, mucha de la cual está lastrada de forma que empuja a la opinión pública en una u otra dirección. Pero debido a los niveles de atención a la política generalmente bajos de este país [se refiere a Estados Unidos], la mayoría de la gente, sobre la mayoría de los temas, es relativamente acrítica respecto a las ideas que internalizan. En consecuencia, llenan sus mentes con grandes lotes de ideas, argumentos y consideraciones solo parcialmente consistentes. Cuando les pregunta un encuestador, llaman a su mente tantas de esas ideas como son inmediatamente accesibles a su memoria, y las usan para hacer elecciones entre las opciones que se les ofrecen. Pero hacen esas elecciones deprisa y corriendo, típicamente sobre la base de una o quizá de dos consideraciones que sucede que están «en lo alto de su cabeza» en el momento de la respuesta17.

  • 18 Sartori, 1998: 123.
  • 19 Un libro sobre estas preocupaciones es Urbinati, 2013: 70 ss.
  • 20 Barrio Andrés, 2017: 38 ss.
  • 21 En el debate de Turín, Valentina Pazè, que también se posiciona entre quienes no piensan tan negati (...)

16Lippman ejercía el periodismo escrito y apenas vio los inicios de la televisión. Giovanni Sartori, en un tono parecido, ha corroborado que la televisión no ha sido precisamente algo que mejore las cosas; en la sociedad que llamó «teledirigida», afirmó: «Cada vez que llega el caso, descubrimos que la base de información del demos es de una pobreza alarmante, de una pobreza que nunca termina de sorprendernos»18. No es de extrañar por ello que Sartori fuera contrario a los referéndums y defensor de la democracia representativa. Y eso que todavía no había abordado el problema que nos plantea el contexto de la comunicación y la información en la sociedad digital, que se considera hoy una de las principales amenazas precisamente a la democracia representativa. En efecto, la aparición de la comunicación horizontal masiva en internet ha producido una marea sin precedentes de información accesible, y pretende llegar tan lejos como para cuestionar nada menos que la necesidad de los partidos políticos, propiciar la aparición de la llamada democracia de público o democracia de audiencia, más que de electorado, y la participación ilimitada y la información no mediada a través del vehículo de las nuevas tecnologías19. La realidad es más bien que la red es con demasiada frecuencia la versión neotecnológica del estado de naturaleza hobbesiano. Algunos juristas han afirmado que la web se caracteriza precisamente por tener «ausencia de soberano»20, y ya sabemos desde hace algunos siglos que allí donde no hay soberano reinan las más antiguas prácticas de dominación: el acoso, el fraude, la mentira, la manipulación, el robo de datos, la violación de los derechos, el uso de la red para fines violentos, y por lo que a nuestro tema respecta, también el condicionamiento de los procedimientos de toma de decisiones, sean electorales o de otra naturaleza. Pero lo que a mí me interesa aquí no es que la naturaleza humana siga siendo siempre igual a sí misma, sino que el nuevo contexto de información tampoco acabe por mejorar los índices de conocimiento y sabiduría del pueblo. La sociedad de sujetos hiperconectados parece conducir paradójicamente al atomismo social y a la trivialidad del mensaje. El soberano, además de ser tan manipulable como siempre, sigue estando pobremente informado21.

  • 22 Sobre esta cuestión remito a Estlund, 2008.
  • 23 Para una justificación minuciosa de estas dos afirmaciones, remito a Bayón, 2009, con una brillante (...)
  • 24 Landemore y Elster, 2014.

17¿A quiénes debe preocupar esto? Obviamente a quienes suponen o creen que existe en el pueblo un plus de conocimiento, una cierta dosis de sabiduría que se manifiesta en los procesos democráticos. Y por lo que a las posiciones teóricas respecta, a aquellos que alegan que la democracia tiene una justificación epistémica. Una justificación epistémica es la que supone que la democracia está justificada porque sus procedimientos nos acercan más a decisiones «verdaderas», cualquier cosa que esto signifique. El pueblo sería así depositario de una sabiduría colectiva de la que podría afirmarse que es de algún modo superior en conjunto a la sabiduría que pudiera encontrarse en los individuos de ese pueblo22. Ahora bien, debemos ser cuidadosos al examinar estas afirmaciones, porque en ellas puede estar oculto un cierto malentendido. Siempre he pensado, y lo repito con frecuencia apelando a una idea de viejos liberales españoles, que «lo que sabemos, lo sabemos entre todos». Dejando a un lado el contenido de las tradiciones en todas las sociedades, en las actuales sociedades abiertas y desarrolladas se ha depositado un acervo de conocimiento científico y técnico que ha sido producto de una compleja «división del trabajo epistémico» en un contexto de libertad y de apuesta por el descubrimiento y la investigación científica. Nuestras sociedades, en mayor o menor medida, son una prueba de ello. Y ello posibilita que podamos recurrir a ese depósito de conocimiento para enfrentar los problemas que nos salen al paso. Sea individualmente, como cuando utilizamos los servicios del sistema de salud o viajamos con un GPS, sea colectivamente, como cuando diseñamos programas nacionales para hacer frente al cambio climático, a una pandemia o a cualquier otro desafío colectivo. Es evidente que ninguno de nosotros sabemos individualmente todo lo que «se» sabe en nuestra sociedad sobre esos temas, pero disponemos de una red muy densa de vías de comunicación para aprovechar todo eso que pudiéramos llamar «sabiduría colectiva». Y podemos pensar en acudir a grupos de ciudadanos que pueden tener expertise en muchas materias. Pero esto no es lo mismo que decir que la voluntad del pueblo, manifestada voto a voto y agregada mediante un simple procedimiento aritmético, resulte ser para cualquier cuestión que se le plantee una decisión que pueda ser considerada «sabia» o más sabia que el promedio de los conocimientos que tienen los integrantes de esa sociedad. Y esto es lo que pretenden quienes afirman que la democracia tiene una justificación epistémica. Por mi parte, yo creo que no la tiene y, además, que no la necesita23. En efecto, los argumentos que se han barajado para atribuírsela se basan todos en planteamientos similares al del conocido teorema de Condorcet, pensado para decisiones de jurados, o en la afirmación más moderna de Hong y Page, sobre el beneficioso efecto de corrección que suelen tener los debates públicos para las posiciones erróneas. No es cuestión de entrar en discusiones tan sofisticadas. Hay una interesante compilación de ensayos sobre el tema que vale la pena leer24.

  • 25 Ibidem: 170 ss.
  • 26 Martí, 2016.
  • 27 www.venice.coe.int. Study No. 371/2006.
  • 28 Goodhart, 1971; Qvortrup, 2018.

18Lo que me interesa subrayar ahora es otra cosa. Precisamente en esa compilación25, Elster concluye con un sumario de las demandas normativas que él cree necesarias para que funcione con razonable sabiduría, no un demos completo (como se necesitaría en el caso de un referéndum), sino solamente una asamblea constituyente. Son entre otras, las siguientes: minimizar el rol del interés privado en los participantes, minimizar en ellos el papel de la pasión y, muy importante, maximizar la calidad epistémica. Esto último se alcanza dando pasos tales como la recopilación óptima de información, y el procesamiento también óptimo de esa información. Si se cumplen esas demandas, parece creer Elster, aparecerá la sabiduría colectiva en la asamblea constituyente. No dudo que esto pueda ser así, si podemos avanzar en esos pasos, pero temo que sea demasiado exigente para pensarlo en una consulta masiva a un «pueblo» en forma de referéndum. Y tampoco me parece fácil que puedan alcanzarse, como pretende Elster, mediante un adecuado diseño institucional. Las instituciones y las leyes pueden prestar algunos apoyos para eludir algunas desinformaciones e intentos de tergiversar la realidad, pero por sí mismas no pueden penetrar tanto en las motivaciones de los ciudadanos como para mejorar de un modo decisivo su grado de información y sus criterios valorativos. Sobre todo en cuestiones que les son ajenas. Algunos de los mejores analistas de la democracia deliberativa, como Josep Lluis Martí, a la hora de defender el referéndum como «necesario e irrenunciable», o como «una condición necesaria del ejercicio del autogobierno», mencionan también condiciones muy exigentes: «Para que dicha decisión [la decisión de referéndum] tenga valor —escribe— el decisor, es decir, la ciudadanía, debe haberse preparado concienzudamente, debe haber identificado y evaluado la información relevante, analizando las alternativas, sopesando pros y contras, etc. La fase de deliberación democrática que debe anteceder a un referéndum es, por esta razón, absolutamente clave e indisociable de una decisión verdaderamente democrática»26. Creo que es difícil no estar de acuerdo en que en esas condiciones la decisión colectiva sería una buena decisión democrática. Lo difícil es concebir un contexto social y político en el que esas exigencias sean satisfechas. Mis ambiciones ni siquiera serían tan grandes. Yo me conformaría con que se siguiera adecuadamente el código de buenas prácticas sobre referéndum de la Comisión para la Democracia a través del Derecho del Consejo de Europa (la Comisión de Venecia): igualdad entre propuestas, financiación pública y privada neutral, acceso equitativo para todas las voces, claridad de la cuestión, sanciones para quienes quiebren la neutralidad, observadores externos y garantías similares27. Pero incluso estas son condiciones informativas, legales y morales que no se vienen satisfaciendo en los referéndums de los que hemos sido testigos. Y no se trata de supuestos de países con menores índices de cultura política. El referéndum del Brexit ha concitado sobre sí todo tipo de sospechas por la actuación sin freno de técnicas tramposas de comunicación y el protagonismo sesgado de ciertos medios privados. No creo decir nada nuevo si recuerdo las sospechas que han ensombrecido la celebración del referéndum en el país de más larga tradición democrática del mundo (quizá por ello, por cierto, poco dado históricamente a la práctica del referéndum)28. Hoy en día, además, nos encontramos en un contexto en el que la comunicación es horizontal, sin límites, y de una fluidez imparable. Ciudadanos hipereconectados, y sometidos por ello al ruido ambiental predominante. ¿Y quién o quiénes administran ese ruido? ¿Produce ese ruido una sabiduría colectiva aceptable?

19Seguramente eso no es un gran argumento contra el referéndum si aceptamos que la justificación de ese procedimiento de democracia directa no tiene por qué ser una justificación epistémica. Los referéndums, incluso los mejor organizados y más asépticos pueden conducirnos al error o al disparate; por ejemplo, al error de negar el voto de la mujer en las decisiones colectivas o al disparate de rechazar un plan de saneamiento económico en un país en quiebra. Y no se aprecia ninguna sabiduría en tales resultados. Quizá tengan una justificación moral, de tipo procedimental (igual trato en la toma de decisiones, procedimientos equitativos, etc.), pero no soy capaz de ver en un pueblo consultado para un referéndum real nada parecido a la original position de Rawls ni a la situación ideal de diálogo de Habermas. No puedo detenerme aquí a argumentar esto, aunque en mi opinión tampoco bastaría una justificación meramente procedimental. Podemos calificar los resultados de un referéndum como disparatados o erróneos porque tenemos un estándar de corrección independiente del resultado del procedimiento. Y no deberíamos excluir que ese estándar tenga que ver con la eficacia instrumental o la justificación prudencial que ha de exhibir todo proceso de decisión si es que ha de enfrentar problemas colectivos que piden una solución. Pero, repito, no puedo detenerme en ello. Hay otras cuestiones sobre la calidad democrática del referéndum que no quiero omitir. Trataré de enunciarlas con brevedad.

6. Otras incógnitas

20La primera de ellas es que el referéndum suele generar un conflicto institucional profundo en los Estados representativos. Asumiendo aquí que los sistemas políticos de los que estamos hablando están regidos, en efecto, por pautas de democracia representativa con pluralismo y reconocimiento de los derechos básicos, el resultado de un referéndum puede diferir dramáticamente de lo que mantiene sobre la misma cuestión la asamblea representativa o un Gobierno surgido de esa asamblea. Los autores que estudian el referéndum en esas sociedades suelen partir de la afirmación de que el referéndum y, en general, los procedimientos de la llamada «democracia directa» son un «complemento» de la democracia representativa. Pero esto es una idea poco clara. Y empíricamente dudosa. Porque no sabemos en qué circunstancias y mediante qué métodos tendría que apelarse al pueblo para «complementar» la democracia representativa. Lo que contemplamos cuando se trata de los grandes referéndums de los que aquí hablo es que el resultado de la consulta puede oponerse dramáticamente a las instituciones representativas. Y la retórica de la «soberanía del pueblo» y todas esas grandes palabras que acompañan al referéndum desemboca inevitablemente en ese caso en que el Parlamento y el Gobierno pierden autoridad, es decir, quedan deslegitimados. Algunos autores parecen suponer que no se trata de una desautorización, sino de un imperativo, de un mandato del «pueblo» a sus gobernantes, pero esto es poco plausible. La idea que subyace a este punto de vista parece ser la de la relación agente-principal, que está invadiendo todo el pensamiento político, y especialmente la percepción de los procesos electorales. Seguramente por eso ha vuelto a circular, incomprensiblemente para mí, la propuesta del mandato imperativo. Pero ningún parlamento se sentirá obligado a someterse a una orden cuando su mayoría es contraria al contenido de esa orden. Y ningún Gobierno se sentirá vinculado por el resultado de un referéndum contrario a sus políticas. Por eso, los políticos que pierden una consulta de esta naturaleza suelen presentar la dimisión de su cargo. Ya hemos visto las peripecias del general De Gaulle. Y ahí está la actitud de Cameron en el Reino Unido. En general, tras un referéndum que fracasa se piensa que han de convocarse nuevas elecciones, en las que no es imposible, por cierto, que se genere la misma mayoría parlamentaria cuyas posiciones han salido perdedoras en el referéndum. Pero cualquiera que sea el resultado y la actitud de los protagonistas políticos, el encaje del referéndum en la arquitectura institucional de la democracia representativa es difícil y problemático. Y las consecuencias de un desencuentro serio, extremadamente graves para el sistema en su conjunto.

  • 29 Laporta, 2016.

21En segundo lugar está la cuestión de la responsabilidad política. Como he escrito en otro lugar29, la configuración del orden democrático está pensada también para pedir responsabilidad a quien ejerce el poder por las decisiones que ha tomado. La idea de accountability, de dar cuentas, está en la médula misma del proceso político en las sociedades abiertas. Pues bien, en el referéndum nadie es responsable de la decisión, ni se puede exigir a nadie que asuma sus costes. El mecanismo de dar y pedir cuentas es imposible en esta modalidad de procedimientos decisorios, porque ¿a quién se le piden las cuentas? ¿Al pueblo? ¿Cómo? ¿Quién debe darlas? ¿El pueblo? Al parecer tenemos que aceptar que el decisor soberano es irresponsable, como lo eran los antiguos soberanos absolutos. Esta de la responsabilidad es, por cierto, una cuestión que genera una sorprendente paradoja en algunos de estos métodos propuestos para «ir más allá» de la democracia representativa. En efecto, tanto el referéndum como el «sorteo» para elegir los cargos decisorios, adolecen de un problema similar a este respecto. En el referéndum no hay quien asuma la responsabilidad de la decisión. Suele exigírsele al que lo propone, mucho más que al pueblo que adopta la resolución. Curiosa justicia popular esta, que hace responsables precisamente a quienes dan la voz al pueblo por lo que dice el pueblo y no por lo que ellos pudieran decir. En el sorteo, por su parte, es inútil exigir responsabilidad política alguna porque la probabilidad aleatoria de que la misma persona vuelva a ejercer algún cargo es tan remota que queda desligada de esa responsabilidad. Así que puede inducirse una suerte de efecto perverso: con la supuesta innovación de sortear los cargos políticos, lo que se consigue en realidad es hacer irresponsables a los mandatarios, es decir, invitarles a que actúen durante su mandato como les parezca más conveniente, sin sentido alguno de la obligación de responder, porque su futuro en el cargo no puede verse condicionado por las consecuencias de sus acciones.

22En tercer lugar, advierto en el referéndum, paradójicamente, un cierto déficit democrático. Proviene de que al votante de un referéndum se le deja algo así como cazado, entrampado, por el resultado sin que esté nada claro cómo se puede reabrir el tema y volver a discutir la decisión. La democracia tiene que ser un régimen de discusión abierta e incesante, y el referéndum tiende a clausurar esa discusión. Alegando que ya se ha escuchado la voz del pueblo soberano, se da por resuelta la cuestión indefinidamente. Es verdad que puede convocarse de nuevo al pueblo, pero siempre es un procedimiento difícil y engorroso: ¿cómo se hace?, y ¿quién tiene la competencia para hacerlo? No parece emanar del pueblo mismo, sino de alguna representación más o menos indirecta de él, de forma tal que quien tiene la competencia legal para convocar es quien dispone de la llave para hacer hablar al pueblo. Esto parece una pequeña contradicción, y nos aboca a la paradoja que he mencionado. El pueblo tiene la última palabra, pero cómo, cuándo y en qué términos la expresa no depende de él ni de ningún procedimiento democrático. Tampoco si puede reconsiderar sus decisiones, y cuándo puede hacerlo. Las elecciones a un parlamento representativo, en cambio, se producen con una periodicidad determinada, y todos los temas allí decididos pueden ser reabiertos y sometidos de nuevo a debate, como exige la democracia en tanto que proceso deliberante. Pero esto no parece posible en las decisiones de referéndum, porque su rigidez procedimental y su difícil organización impiden la revisión de las cuestiones. En este sentido, nueva paradoja, la democracia directa es menos ágil y más inflexible que la democracia «indirecta», y quizá por ello menos democracia. Se ha hablado hasta de una suerte de tiranía del pueblo. Por escuchar directamente la voz del pueblo, se impide la posibilidad de reflexionar y modificar sus decisiones. Como si fuera, efectivamente, la voz dogmática de un tirano.

  • 30 Garzón Valdés, 2000.

23Y ello tiene que ver con la cuarta y última cuestión. Aquel deslizamiento inadvertido que veíamos desde la celebración de un referéndum entre ciudadanos individuales de una circunscripción territorial hacia la imaginación de un demos colectivo con pretensiones de vida propia no es un deslizamiento inocente desde el punto de vista de la percepción misma de la democracia. Supone trasladarse desde una visión moral de la práctica política de naturaleza liberal e individualista (que tiene como fundamento y unidad básica al ciudadano como sujeto autónomo dueño de su mundo ético) a una visión comunitaria y holista del sujeto de la práctica política. En la primera podemos (debemos) establecer límites y controles constitucionales a las decisiones democráticas, de forma que los derechos básicos de aquellos sujetos autónomos que son el fundamento de la politeia estén protegidos incluso de la decisión de la mayoría. Por el contrario, al hacer de la mayoría un «pueblo», y del pueblo un sujeto con un poder omnímodo, el proceso democrático comienza a deslizarse inadvertidamente por una pendiente que puede conducir a su autodestrucción. Cualquier demagogo puede transformarse en líder y cualquier líder en tirano. Cuando nos abandonamos a la retórica del referéndum e invocamos la voz de la mayoría como pueblo soberano con poder ilimitado, estamos abriendo la puerta a la posibilidad de la negación de la democracia desde su interior, facilitando de un modo insensato esa condición «suicida» que puede tener la democracia como institución abandonada a sí misma30. Este es el peligro más presente hoy día, porque la provocatio ad populum se ha trocado en una especie de eslogan desafiante difícil de rebatir, debido a la invocación devota a la majestad del soberano exhibida por sedicentes innovadores en un panorama polucionado informativamente y poco adecuado para poner en cuestión los cimientos de nuestro sistema político.

24Todas estas razones me impelen a redoblar mi confianza en aquello que parece hoy más amenazado, la democracia representativa. Creo que debemos emplear todos nuestros esfuerzos en examinarla para apoyarla y mejorarla. Porque por mucha suciedad que encontremos en ella, hemos de poner cuidado en no alentar su sustitución por mecanismos decisorios aún más dudosos y seguramente menos democráticos. Debemos procurar actuar en esto según el viejo consejo de no tirar el bebé con el agua sucia.

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Note

1 He podido beneficiarme de la lectura atenta del presente texto por Juan Carlos Bayón, Andrea Greppi, Luis Rodríguez Abascal y Alfonso Ruiz Miguel. Vaya a ellos mi agradecimiento más sincero. Todos ellos sin excepción, y por unas u otras razones, piensan que le concedo demasiado poco a la institución del referéndum. Aunque he tratado de reconducir algo mis ideas en esa dirección, mi posición sigue siendo muy firme. Ello hace innecesario que tenga que recordar lo obvio: que no son responsables de lo que aquí se publica.

2 Para los lectores que deseen contrastar mis ideas con textos muy favorables a la práctica del referéndum, reenvío a Altman, 2011, y Boyer, 2017.

3 Mény, 2019: 175.

4 Un libro introductorio muy adecuado sobre ello, López, 2017.

5 Una supervivencia de instituciones medievales. Cuando un municipio tiene muy pocos habitantes, se convoca a todos ellos «a campana tañida» para que decidan sobre los asuntos comunes. Está reconocido en el art. 140 CE.

6 Bovero, 2002: 43.

7 Canovan, 2005.

8 Tuck, 2016.

9 Sobre lo falaz de este tipo de argumento, remito a Caro Baroja, 2004.

10 Rosanvallon, 1998.

11 Sobre el poder constituyente originario visto como una invención que viola los límites del lenguaje normativo, Carrió, 1990: 244 ss.

12 Canovan, 2005: 89.

13 Esto ya lo señaló hace años Schumpeter, e insiste en ello, casi en los mismos términos, Bernard Manin (1998: 275-276).

14 Kahneman, 2011: 97. El llamado por Kahneman Sistema 1, es el sistema de decisiones producto de asociaciones automáticas y sencillas, que no implican esfuerzo por parte del decisor y usamos todos cotidianamente para reinterpretar nuestro mundo alrededor (ibidem: 13, 19-30).

15 Pazè, 2013.

16 Lippmann, 2013.

17 Zaller, 1992: 36.

18 Sartori, 1998: 123.

19 Un libro sobre estas preocupaciones es Urbinati, 2013: 70 ss.

20 Barrio Andrés, 2017: 38 ss.

21 En el debate de Turín, Valentina Pazè, que también se posiciona entre quienes no piensan tan negativamente del referéndum, sugirió que una consulta de este tipo puede tener también una función de pedagogía política para los ciudadanos, que son obligados a pensar en la pregunta que se les hace. Esta es una sugerencia que me interesa mucho, pero no he podido abordarla en profundidad hasta ahora, porque exige también entrar en este tema de la perversión del mensaje en la sociedad de la comunicación.

22 Sobre esta cuestión remito a Estlund, 2008.

23 Para una justificación minuciosa de estas dos afirmaciones, remito a Bayón, 2009, con una brillante discusión de Marti, 2006.

24 Landemore y Elster, 2014.

25 Ibidem: 170 ss.

26 Martí, 2016.

27 www.venice.coe.int. Study No. 371/2006.

28 Goodhart, 1971; Qvortrup, 2018.

29 Laporta, 2016.

30 Garzón Valdés, 2000.

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Per citare questo articolo

Notizia bibliografica

Francisco Javier Laporta, «Sobre la remota existencia del pueblo y otras incógnitas del referéndum»Teoria politica, 10 | 2020, 85-102.

Notizia bibliografica digitale

Francisco Javier Laporta, «Sobre la remota existencia del pueblo y otras incógnitas del referéndum»Teoria politica [Online], 10 | 2020, online dal 01 décembre 2020, consultato il 16 avril 2024. URL: http://journals.openedition.org/tp/1083

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Autore

Francisco Javier Laporta

Universidad Autónoma de Madrid, franciscolaporta@gmail.com

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